1. LA TUTELA
Concepto
Clasificación
TUTELA DE MENORES
La tutela del menor procede ante
la muerte del padre o los padres,
quienes ejercían la patria potestad
y, por ende, la representación del
niño, niña o adolescente. La tutela
es un régimen de protección de los
intereses del menor de edad; es
sustituto del régimen natural, de
ordinario a cargo de los
progenitores
Al tutor le corresponde el gobierno
de la persona del pupilo, darle
TUTELA DE ENTREDICHOS POR
DEFECTO INTELECTUAL
Igual que en la tutela ordinaria de
menores ni el cónyuge, ni los
padres necesitan: (Art. 400 C.C.V.)
1. Discernimiento para ejercer
el cargo de tutor
2. No se encuentran obligados
prestar caución, ni tampoco a la
prestación de los estados anuales
(fianza, rendición de cuentas).
La tutela del entredicho será
ejercida por el cónyuge no
separado legalmente de bienes.
TUTELA DE ENTREDICHOS POR
CONDENA PENAL
Es la resultante de una condena de
presidio. Su nombre deriva de que
impuesta la condena sin necesidad
de ningún otro requisito, el reo
queda entredicho en virtud de la
ley. Se establece ya no en
beneficio del entredicho como
función principal, sino en
resguardo de la sociedad,
predomina al interés social.
El reo no queda sometido al
Se trata de la autoridad que se confiere para cuidar de
una persona que, ya sea por minoría de edad o por
otras causas, no tiene completa capacidad civil. De
esta manera, el tutor adquiere autoridad y
responsabilidad, en defecto de los padres de la persona
en cuestión, sobre el sujeto y sus bienes.
2. cuidados, es el encargado de
protegerlo, corregirlo cuando sea
preciso, o sea tiene la custodia del
menor y debe orientarlo en su
educación. El Artículo 348 del
Código Civil, estipula: "Cuando el
tutor no sea el abuelo o abuela, el
Tribunal, consultando previamente
al Consejo de Tutela y oyendo al
menor, si tuviere más de diez
años, determinará el lugar en que
deba ser criado éste y la
educación que deba dársele. Si la
determinación del Tribunal no
fuere conforme con la opinión del
Consejo, se remitirán las
diligencias al Superior para que
decida, cumpliéndose mientras
tanto lo determinado por el
Tribunal".
(Art. 398 C.C.V)
La tutela cesa por causa del tutor,
por lo que se le denomina
cesación relativa.
Los enajenados originan dos
órdenes de problemas, que la
interdicción judicial ayudar a
resolver:
a) Individuales del Enajenado:
necesita que se le de una
protección adecuada de su
persona y sus bienes, y
b) Sociales: se debe velar por
los intereses de la sociedad.
La interdicción se fija en beneficio
directo del entredicho ya que este
no puede ejercer ninguno de sus
derechos.
gobierno de la persona del tutor,
sino que su persona queda
sometida al régimen penitenciario
del establecimiento de reclusión
determinado por el Estado, según
lo establecido en el Artículo 408:
"El entredicho por condenación
penal queda sometido a tutela, la
cual se regirá por las
disposiciones de este Capitulo, en
cuanto sean aplicables".
El reo queda en capacidad de
realizar los actos estrictamente
personales que no podrían ser
realizados por representantes
(contraer matrimonio, otorgar
testamento, reconocer hijos).
Se priva del ejercicio de la patria
potestad sobre sus hijos menores
no emancipados.
Pierde durante la pena el derecho
de disponer de sus bienes por
actos entre vivos y administrarlos.
En materia de derecho de autor, el
entredicho puede por medio de
mandatario, realizar cualquier acto
jurídico relativo a la obra creada
3. por él y ejercer en juicio las
acciones derivadas de ese acto
jurídico.
La tutela legal que ejercía el
Estado, termina con la libertad
plena que obtenga la persona por
haber cumplido la condena que le
fue impuesta o por haber sido
indultado.