El documento describe los nuevos modelos y cambios fiscales para 2014 en España, incluyendo nuevos formatos bancarios para transferencias y adeudos directos según el Esquema Básico CORE y Esquema Empresarial B2B del SEPA, así como la nueva Ley de Apoyo a los Emprendedores y su régimen especial de IVA de caja. También se muestran demos de nuevos modelos en el software de contabilidad OpenERPy se agradece la asistencia.
articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014
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2. De que hablaremos?De que hablaremos?De que hablaremos?De que hablaremos?
• Nuevos Ficheros bancarios y funcionamiento
• Ley de emprendedores e IVA de caja.
• Demo nuevos modelos
Intentaremos no aburrir mucho... gracias
3. Nuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancarios
• ¿¿¿¿QuQuQuQuéééé es el SEPA?es el SEPA?es el SEPA?es el SEPA?
– SEPA: Single Euro payments Area.
– Objetivo: Crear un método de pago común.
– Cuando: febrero de 2014.
– Moratoria hasta febrero 2016 de:
• Producto “nicho”: (N58,N32, Recibos físicos)
• Formatos XML
– CCC IBAN y BIC (Cambio en clientes y proveedores)
– Donde: Los 27 estados de la UE, más Islandia,
Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco.
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4. Nuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancarios
• Nuevos ficheros: (TXT y XML)
– Transferencias (34/34.11/34.12) 34. 14 i XML
– DD CORE (obligatorio) (N19/N32/N58/Recibos
físicos 19. 34 y XML CORE (devol. 58 dias a
13 meses)
– DD B2B (opcional solo entre empresas) 19.
44 i XML B2B (Devol. 2 días!)
8. Nuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancarios
Adeudos directos SEPA esquema básico (CORE)
• Requisitos para emitir adeudos directos esquema básico (CORE):
– Las operaciones deben ser en euros
– Emisor y deudor pueden ser personas jurídicas y/o particulares.
– Todas las entidades que operan en adeudos admitirán la modalidad esquema básico.
– Previamente a la emisión debe existir una orden/mandato del deudor para domiciliar los
pagos. Las órdenes de domiciliación o mandatos existentes seguirán siendo igualmente
válidos para emitir adeudos directos bajo el esquema básico -CORE (sólo para el ámbito
nacional).
– Es obligatorio conservar los mandatos y todas sus modificaciones o cancelaciones mientras
se puedan exigir para justificar la existencia de autorización para un cobro.
– Se precisa un nuevo formato de fichero: 19-14 SEPA CORE.
– El código IBAN pasa a ser el código estandarizado de la cuenta del deudor, y el BIC, el de la
entidad financiera del deudor.
– Los débitos se presentarán con una anticipación de 7 días (para primeras o únicas
operaciones) y 4 días hábiles (para operaciones recurrentes o últimas).
– Plazos de devolución:
• Hasta 8 semanas por orden del cliente deudor.
• 13 meses para pagos no autorizados (por orden del cliente). Existe la posibilidad de rechazar una
devolución en este plazo aportando copia del mandato vigente.
9. Nuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancariosNuevos cuadernos bancarios
Adeudos directos SEPA esquema empresarial (B2B)
• Requisitos para emitir adeudos directos esquema empresarial (B2B):
– Las operaciones deben ser en euros
– Emisor y deudor deben ser personas jurídicas (empresas o autónomos).
– Previamente a la emisión debe formalizarse una orden/mandato de
domiciliación entre emisor y deudor. Esta orden debe especificar la
aceptación de operativa B2B y la renuncia de este al derecho de
devolución.
– Es obligatorio conservar los mandatos y todas sus modificaciones o
cancelaciones mientras se puedan exigir para justificar la existencia de
autorización para un cobro.
– Se precisa de un nuevo formato de fichero: 19-44 B2B SEPA.
– El código IBAN pasa a ser el código estandarizado de la cuenta del
deudor, y el BIC, el de la entidad financiera del deudor.
– Los débitos se presentarán con una anticipación de 3 días hábiles.
– Previamente al adeudo, la entidad bancaria solicitará autorización al
librado.
11. Ley de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a los
emprendedoresemprendedoresemprendedoresemprendedores
• Objetivos de la Ley:
– Facilitar la cultura y la iniciativa emprendedora.
– Apoyos fiscales y de Seguridad Social a los
emprendedores.
– Apoyo a la financiación de los emprendedores.
– Fomento del crecimiento empresarial y de la
contratación laboral.
– Favorecer la internacionalización de la
economía española.
Ley de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a los
emprendedoresemprendedoresemprendedoresemprendedores
12. Ley de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a los
emprendedoresemprendedoresemprendedoresemprendedores
• Principales medidas adoptadas:
Ámbito Laboral:
– Tarifa plana de 50€ de pago de autónomos.
– Capitalización del Paro y posibilidad de reanudación del mismo.
– Contrato de apoyo a los emprendedores y bonificación de hasta
el 100% de Seg. Social.
Ámbito Fiscal:
– Imp. Sobre Sociedades: Tipo reducido 15%.
IRPF: Reducción del 20% de rendimientos.
– Aplicación del IVA de CAJA para pymes y autónomos.
Ámbito Mercantil:
– Nueva figura mercantil: el Emprendedor de Responsabilidad
Limitada (ERL). No pagará las deudas de su empresa con su
vivienda habitual, siempre que el valor del hogar no supere los
300.000€, excluido el derecho público.
13. Ley de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a los
emprendedoresemprendedoresemprendedoresemprendedores
• Criterio de Caja: (Aplicable a partir del 01-01-2014)
– Sin pagar el IVA hasta no cobrar la factura. Y sin deducir el IVA
hasta no pagar la factura.
– No facturar más de 2 millones de euros.
– Esto significa que podrán optar por retrasar el devengo (momento en el que se
realiza la operación) y la declaración e ingreso del IVA repercutido (el impuesto
una vez añadido a la factura) hasta el momento de cobro, "total o parcial", al
cliente. No obstante, retardar el pago del IVA supondrá igualmente atrasar la
deducción del impuesto soportado en sus adquisiciones a los proveedores.
– La repercusión del Impuesto deberá efectuarse en el momento de la
expedición y entrega de la factura, pero se entenderá producida en el
momento del devengo por el criterio.
– Sujetos pasivos no acogidos al régimen especial destinatarios de las
operaciones realizadas bajo el régimen especial: el derecho a la deducción de
las cuotas soportadas por los sujetos pasivos no acogidos al régimen especial de
caja, que sean destinatarios de las operaciones acogidas al régimen especial,
se producirá en el momento del pago total o parcial del precio de las mismas,
por los importes satisfechos o, si este no se ha producido, el 31 de diciembre
del año inmediato posterior a aquel en que se haya realizado la operación.
– .
14. Ley de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a losLey de apoyo a los
emprendedoresemprendedoresemprendedoresemprendedores
• Más información en:
– Detalle nuevos ficheros bancarios:
• http://empresas.bankia.es/Ficheros/CMA/ficheros/C
uadernos_AEB_2.PDF
• Web de bancos como Banco sabadell, Popular
– Ley de apoyo a los emprendedores:
•Ley de emprendedores:
http://www.lamoncloa.gob.es
• Apartado circulares en gafic.com