2. EL DERECHO ROMANO El Derecho Romano, consistió en un conjunto de normas jurídicas , principios y preceptos, que rigieron la vida del pueblo romano desde que la pequeña aldea se fundó por Rómulo, su primer y legendario rey, el 21 de abril del año 753 a. C, pasando por la fase en que el Imperio Romano cayó en poder de los pueblos bárbaros a partir del 476, formándose en España, Italia y la Galia Meridional, el Derecho Romano- Bárbaro, que rigió la vida de estos pueblos, tomando como base, principios romanos. De acuerdo con la evolución de su forma de gobierno, la historia romana puede dividirse en tres inmensos periodos: La monarquía, la República, y el Imperio.
3. A partir de este acontecimiento, el Derecho Romano ancló en el Imperio Romano de Oriente o Bizantino , hasta la muerte del emperador Justiniano en el 565, emperador que dejó como legado la codificación del Derecho vigente (leges o constituciones imperiales e iura o labor de los juriscosultos) en su Corpus Iuris Civilis .
4. La historia de Roma es la historia de la construcción del Imperio más grande y duradero de la antigüedad. Ninguno acumuló tanto poder ni extendió su civilización por tanto tiempo. Roma, la pequeña idea fundada sobre siete colonias, creció, conquistó con sus legiones y organizó el derecho romano conocido hasta entonces, dejando huellas que perduraron hasta nuestros días. El Derecho Romano, obra del genio jurídico de un pueblo guerrero y práctico, que necesitaba resolver sus cuestiones jurídicamente.
5. El gran legado romano ha sido la ciencia del derecho, que desarrollaron a un grado extraordinario a tal punto que es fundamento del derecho moderno. A su vez , el genio organizativo, base de la construcción de su imperio, creo modelos de instituciones tan sólidas que sobrevivieron a la caída de Roma. Grandes ingenieros llevaron la civilización romana hasta los confines del mundo conocido, a través de caminos y puentes cuidadosamente diseñados, de los cuales aún quedan restos en Europa.
6. “ Jesús de Nazaret, al ser interrogado por el gobernador romano, admitió ser un rey, mas agregó: ‘Yo para esto he nacido y para esto he venido al mundo, para dar testimonio de la verdad’. Pilatos preguntó entonces: ‘ ¿Qué es la verdad?’ Es evidente que el incrédulo ro- mano no esperaba respuesta al interrogante: el justo, de todos modos, tampoco la dio. Lo fundamental de su misión como rey mesiánico no era dar testimonio de la verdad. Jesús había nacido para dar testimonio de la Justicia, de esa Justicia que deseaba se realizara en el reino de Dios. Y por esa Justicia fue muerto en la cruz ” Hans Kelsen
8. La justicia es la concepción que cada época y civilización tienen acerca del bien común . Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes.
9. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones. La justicia se representa por una mujer con los ojos vendados, con una balanza en una mano y una espada en la otra
10. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Suprema Corte de Justicia de la Nación Consejo de la Judicatura Federal Tribunales de Circuito Colegiados Juzgados de Distrito Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis trativa Junta Federal de Concilia ción y Arbitraje Tribunal Superior Agrario Tribunal Federal de Concilia ción y Arbitraje Tribunal Unitario Agrario Supremo Tribunal Militar Consejos de Guerra Consejo de Menores Jueces Militares Juzgados de Paz, Menores, Municipales o de Cuantia menor Juzgados de Primera Instancia Tribunales Superiores de Justicia Tribunales Electorales Consejos de la Judicatura Local Unitarios Tribunales locales de Conciliación y Arbitraje Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje Tribunales de lo Contencioso Administrativo Consejos de Menores Órganos Locales de Administra ción de Jusiticia Poderes Judiciales Locales Órganos Fderales de Administración de Justicia Poder Judicial de la Federación JUSTICIA FEDERAL JUSTICIA LOCAL ARBITRAJE José Pedro Gómez Ávila
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13. El tribunal de justicia ( juzgado o corte ) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción , o sea, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada . Sin perjuicio de cumplir actos de otra índole que las leyes que los organizan les puedan atribuir; estos asuntos son denominados no contenciosos .
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17. El juicio es una controversia jurídica y actual entre partes y sometido al conocimiento de un tribunal de justicia . Esto presupone la existencia de una controversia, es decir, la sustentación de derechos e intereses contradictorios o contrapuestos a lo defendido por la parte contraria, y que la perjudican .
18. El juez es la autoridad pública que sirve en un tribunal de justicia y que se encuentra investido de la potestad jurisdiccional También se caracteriza como la persona que resuelve una controversia o que decide el destino de un imputado , tomando en cuenta las evidencias o pruebas presentadas en un juicio , administrando justicia .
19. La Constitución Española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España , a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España. 1