1. REGLAS PARA LA FIJACIÓN DE LA
PENSIÓN DE ALIEMNTOS
GARANTIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE
LA PENSIÓN DE ALIEMNTOS
PONENTE:
FLAVIO HUIZA ALFONSO
2. REGLAS PARA LA FIJACIÓN DE LA PENSIÓN
DE ALIEMNTOS
A. FIJACIÓN DE LA ALIMENTACIÓN. 481° C.C
“los alimentos deben ser regulados por el juez en proporción a las
necesidades del alimentista y a las posibilidades de la persona que debe
darlos. Atendiendo además a las circunstancias personales de ambos…”
1.Estado de necesidad de quien los pide.
situación en que se encuentra una persona a la cual le resulta imposible proveer a su
propia subsistencia y satisfacer sus necesidades elementales.
CRITERIOS
- Patrimonio. - Capacidad de trabajo.
2. Posibilidades del obligado a prestar alimentos.
El juez fijará una pensión alimentista considerando que el obligado se encuentra en la
capacidad de proveer los alimentos.
CAPACIDAD
- Actual. - Futura.
“No es necesario investigar rigurosamente el monto de los ingresos del que debe
prestar los alimentos.”
3. REGLAS PARA LA FIJACIÓN DE LA PENSIÓN
DE ALIEMNTOS
B. VARIABILIDAD DE PENSIÓN . 482° C.C
“La pensión alimenticia se incrementa o reduce según el aumento o la
disminución que experimenten las necesidades del alimentista y las
posibilidades del que debe prestarla…”
1. Exoneración de prestar alimentos 483° C.C
• Disminución de sus ingresos o perdida capacidad del obligado.
• Desaparición del estado de necesidad del alimentista.
• Por mayoría de edad.
CRITERIOS
- Patrimonio. - Capacidad de trabajo.
2. Requisitos para demandar la variabilidad 565-A C.P.C
“…para la admisión de la demanda, el demandante obligado a la prestación de
alimentos, debe acreditar encontrarse al día en el pago de las pensiones
alimentarias.”
4. REGLAS PARA LA FIJACIÓN DE LA PENSIÓN
DE ALIEMNTOS
C. FORMA DE PRESTAR LOS ALIMENTOS 484° C.C
• Alimentos en Especie-. Atención directa del alimentante
• Alimentos en Suma de dinero- Sentencia judicial.
• Excepción
El obligado puede pedir que se le permita dar los alimentos en forma
diferente del pago de pensión, justificada por motivos especiales.
D. ASIGNACIÓN ANTICIPADA DE ALIMENTOS 675° C.P.C
“En el proceso sobre prestación de alimentos procede la medida de
asignación anticipada de alimentos cuando es requerida por los
ascendientes…”
E. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA 486° C.C
Por la muerte del obligado o del alimentista.
En caso de muerte del alimentista, sus herederos están obligados a
pagar los gastos funerarios.
5. GARANTIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA
PENSIÓN
ADMINISTRATIVO
A. EL REGISTRO DEL DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO. (REDAM)
• R.A. N° 136-2007-CE-PJ “Registro de deudores Alimentarios Morosos”
• Directiva N° 004-2007-CE-PJ “norma y Procedimientos para el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos”
Configuración en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos
Art. 1°
-El registro se crea para inscribir a aquellas personas que adeuden tres cuotas sucesivas o no.
-Aquellas personas que no cumplan con pagar pensiones devengadas durante el proceso
judicial de alimentos, si no las cancelan en un periodo de tres meses desde que son exigibles.
Art. 4°
-El órgano jurisdiccional deberá correr traslado al obligado la solicitud de declaración de
Deudores Alimentarios Morosos, por el término de tres días.
Contenido del Registro de Deudores Alimentarios Morosos
• nombre apellidos completos, domicilio real, número del DNI.
• fotografía, cantidad de cuotas en mora parcial o total, monto de la obligación
pendiente.
2010-1187 2012 - 1496 2014 - 2281
6. GARANTIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA
PENSIÓN
PROCESAL
B. PROHIBICIÓN DE AUSENTARSE DEL PAÍS. 563° C.P.C
“…el juez puede prohibir al demandado ausentarse del país mientras no esté
garantizado debidamente el cumplimiento de la asignación anticipada o pensión
alimentaria.
Para efectos de dar cumplimiento a la prohibición, el juez cursa oficio a las
autoridades competentes…”
C. INFORME DEL CENTRO DE TRABAJO 564° C.P.C
EXP. 01887-2012-HD/TC
…HA DISPUESTO que cada uno de los cónyuges podría acceder a la información del
otro, a efectos de conocer la capacidad económica de disponer y así exigir el
cumplimiento de sus obligaciones conyugales de tipo patrimonial…
El juez solicita el informe por escrito del centro de trabajo del demandado sobre
su remuneración, gratificaciones, vacaciones y cualquier suma de libre
disponibilidad que provenga de la relación laboral de éste.
7. GARANTIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA
PENSIÓN
PENAL
D. OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR 149° C.P
“El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución
judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años.
• “Si el agente ha simulado otra obligación de alimentos o abandona maliciosamente su
trabajo la pena será - no menor de uno ni mayor de cuatro años”
• en caso de lesión grave - …- no menor de dos ni mayor de cuatro años
• en caso de muerte -…- no menor de tres ni mayor de seis años.
El T.C. ha establecido que el requerimiento de pago y por ende la privación de libertad, al no
pagar en el tiempo oportuno establecido por sentencia, no constituye una afectación directa al
derecho de libertad personal.