SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 20
LA AGRICULTURA: IMPORTANCIA.
La agricultura representa para
nuestra economia nacional, la base
y sustento de la misma, asi como
una forma de vida arraigada en
nuestras constumbres mas
produndas.
Régimen Jurídico.
La normativa principal vigente como
reguladora de las activiades agricolas, es el
Estatuto Agrario, conjuntamente con le Ley
de del Ministerio de Agricultura y
Ganaderia, y supletoriamiente las normtivas
aplicables del Codigo Civil Paraguayo.
CONCEPTO DE ESTABLECIMIENTO
AGRÍCOLA
En los asentamientos agrícolas se
considera prioritario el arraigo de
las familias campesinas, por lo que s
e promoverá y orientará la
implantación de sistemas productivos
que contemplen los siguientes
aspectos, entre otros, buscando la
sustentabilidad de los mismos:
a) la recuperación, manejo y conservació
n del suelo que deberá ser
promocionado y practicado en todos lo
s asentamientos, y que es la base
fundamental de la sostenibilidad
productiva;
 b) el estímulo al desarrollo de sistemas
diversificados de la producción
para el consumo familiar, con el objeti
vo de lograr la seguridad alimentaria
de la misma;
 c) estimular la producción para el
mercado, bajo sistemas de producción
que
contemplen la utilización de tecnolog
ías económicamente viables, socialmen
te justas, culturalmente aceptables y e
cológicamente sanas.
Estimular el desarrollo de prácticas de producción
que incorpore enfoques
como la agroforestería, los sistemas Agro-Silvo-
Pastoriles, sistemas de labranza mínima, poli
cultivos, entre otros, dependiendo de la
ecorregión;

 d) incentivar prácticas productivas para la utiliz
ación adecuada y la
preservación de los recursos hídricos y
acuíferos, la prohibición de la
quema, mantener la cobertura vegetal por
medio del laboreo del suelo, y
eliminar la contaminación del suelo, el agua, el
aire y el envenenamiento de las personas con el
uso de agroquímicos;
 e) impulsar y estimular el desarrollo y la
utilización de tecnologías
limpias y sanas para el medioambiente y las
personas, y proteger e incentivar el
fortalecimiento del patrimonio constituido por el
germoplasma nativo;
 f) estimular la instalación y desarrollo
de sistemas productivos de
transformación y procesamiento de la
materia prima de las fincas
campesinas, familiares, asociativas o m
ixtas, a fin de disponer de alimentos
transformados de calidad alimentaria;
PROTECCION DE LAS
OPERACIONES DE SIEMBRA
Y COSECHA
Ninguna autoridad de la República
podrá suspender las operaciones
de siembra y cosecha a no ser por
orden emanada de juez competente
y salvo flagrante delito
PROHIBICIÓN DE EMBARGO
 En ningún caso podrá trabarse
embargo, ni menos ejecución en
mieses no segadas o que aun se
hallasen en la ara, debiéndose
esperar que los granos estén
limpios y entrojados.-(art. 322 C.R.
y 115 Código Procesal Civil)
 No son embargables los animales y
útiles necesarios para el trabajo
personal del agricultor su familia (
art. 323)

VIVIENDA RURAL
CONTRATO DE APARCERIA
CONCEPTO
La aparceria es un contrato en virtud del cual una de
las partes se compromete a entregar a la otra un
inmueble rural o animales, para su explotacion, y
este a su vez se compromete a entregar a aquella
una parte de los frutos obtenidos.
REGIMEN LEGAL
 Artículo 83.- Del precio del arrendamiento o de la
aparcería.
 El canon será anual y acordado libremente entre
las partes, conforme a las disposiciones del
Código Civil.
CONTRATO DE TRABAJO
RURAL
 Definicion
 Es el que establece las normas que
regulan el trabajo
agricola, ganadero, forestal y otros.
EMPLEADOR Y TRABAJADOR
RURAL
 Entre los trabajadores rurales estan
incluidos:
 A) Los artesanos (carpinteros, albañiles)
que trabajan personalmente en los
establecimientos de campo.
 B) Los cocineros del personal
(carniceros, panaderos, etc).
 C) El personal permanente que realiza
tareas auxiliares referentes a estos
servicios.
 Se excluye personal domestico del
empleador y los que tienen tareas
especificas de carácter transitorio.
 Se considera empleador a aquel que por
su cuenta y riesgo se dedica
personalmente o mediante
representantes a la explotacion
agrpecuaria.
DISPOSICIONES LEGALES
 La Ley 213/93 que Establece El
Codigo Laboral del Py determina en
sus Arts. 158 al 191 las diversas
normativas que regulan las relaciones
nacidas de los contratos de trabajo
Rural.
 DEL TRABAJO RURAL
 (Art. 157 al art. 191 del cód. Laboral)
 Trabajador rural:
 Son Todas las personas, de uno u otro
sexo, que ejecuten labores propias o
habituales de un establecimiento
agrícola, ganadero, forestal, tambos o
explotaciones similares, y sus respectivos
empleadores.
 También son considerados trabajadores
rurales:
 a) Los artesanos que trabajen
permanentemente en los
establecimientos de campo, tales como
carpintero, herrero, albañiles, pintores y
los que realicen tareas afines;
 b) Los cocineros del
personal, despenseros, panaderos, carnic
eros, y ayudantes que se encuentran en
iguales condiciones; y
 c) El personal permanente que realice
tareas auxiliares de las enumeradas en
los incisos a) y b).
 Estos trabajadores serán remunerados de
conformidad a la escala de salarios que
les corresponda por su calificación
profesional.
 Quedan excluidos como sujetos:
 a) Los trabajadores especializados
contratados para realizar una tarea
determinada, con carácter transitorio; y,
 b) El personal ocupado en el servicio
doméstico, con carácter exclusivo del
empleador.
 Se considera empleador:
 Aquel que por su propia cuenta y
riesgo se dedica personalmente o
mediante representantes o
intermediarios a la cría, invernada o
engorde de
vacunos, lanares, porcinos, ovinos
o equinos, a la explotación de
tambos, al cultivo de la tierra, a la
explotación forestal o a
explotaciones similares, con otras
personas en calidad de
dependiente.
 El locatario o aparcero:
 Que contrate los servicios de
trabajadores, será considerado
respecto de ellos como empleador
y sus relaciones se regirán por este
Capítulo.
 Los empleadores de establecimientos
agrícolas, ganaderos, forestales, tambos
y de explotaciones similares:
 Proporcionarán a los trabajadores que
residan permanentemente en dichos
establecimientos casa - habitación
decorosa debiendo satisfacer la misma
las condiciones mínimas de
higiene, abrigo, aireación, luz natural y
espacio conforme al números de
moradores.
 La casa – habitación:
 proporcionada por los empleadores para
vivienda de los trabajadores deben ser de
pared compacta y techo de tejas de
material cocido, paja, chapa o cualquier
otro material impermeable, construido de
tal forma que no ofrezca riesgos para la
integridad física o la salud. El piso debe
ser de
ladrillo, madera, baldosas, cemento o
materiales similares.
 Además, contará con los servicios
sanitarios correspondiente.
 Los empleadores proporcionarán a
los trabajadores que viviesen en el
establecimiento
 muebles individuales para el reposo y
guarda de sus efectos personales.
Los lugares destinados para vivienda
de los trabajadores no podrán ser
ocupados como depósitos y estarán a
una distancia prudencial de los
lugares de crianzas, guarda o acceso
de animales.
 Los comedores contarán con
mesas, asientos y utensilios
atendiendo al número de personas.
 El empleador asegurará la
producción de agua potable para los
trabajadores, como asimismo, luz
adecuada por la noche hasta
comenzar la hora del descanso por lo
menos.
 Cuando los trabajadores de un
establecimiento dedicado a la
explotación forestal deben realizar sus
labores en lugares alejados de la
Administración, los empleadores les
proveerán por lo menos de carpas y
además de los elementos necesarios a
fin de organizar los campamentos para la
vivienda temporaria de los mismos.
 Los establecimientos
agrícolas, ganaderos, tambos, forestales,
y de explotación similares están
obligados a disponer de un botiquín de
urgencia con elementos necesarios para
primeros auxilios, debiendo incluirse en
el mismo antiofídico en dosis suficientes.
 El trabajador podrá ser autorizado por el
empleador
 a tener y cuidar en el establecimientos y
lugar de trabajo animales de su
propiedad, vacunos, equinos, ovinos, av
es y otros, en cantidad que no distraiga
la actividad contratada con el empleador.
 Así mismo, si el empleador destina
animales con el objeto especial de
proveer leche y derivados para
complementar la alimentación
debida, dicho convenio no afectará el
salario.
 Si el empleador cede al trabajador el uso
gratuito de una parcela de tierra para
realizar cultivos, ello no afectará el
salario de éste.
 De los hijos de los trabajadores en edad
escolar.
 Si los hijos de los trabajadores en edad
escolar, siete a catorce años, residentes
en un establecimiento, superan el
número de veinte, y no existen escuelas
públicas dentro de un radio de cinco
kilómetros, el empleador costeará la
contratación , el traslado y pensión
completa de un educador primario para
atender la instrucción de dichos
menores, mediante el sistema de
pluriclases.
 Así mismo, proveerá las comodidades
mínimas para el local y los útiles
necesarios para la enseñanza.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Aproximacion De Enfermedad Digestiva.
Aproximacion De Enfermedad Digestiva.Aproximacion De Enfermedad Digestiva.
Aproximacion De Enfermedad Digestiva.
CARLOS PIEDRAHITA
 
PARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTES
PARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTESPARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTES
PARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTES
1395872
 
Histomoniasis
HistomoniasisHistomoniasis
Histomoniasis
yeigam
 

La actualidad más candente (20)

Diapositivos colico equino
Diapositivos colico equinoDiapositivos colico equino
Diapositivos colico equino
 
Plan de bioseguridad en bovinos
Plan de bioseguridad en bovinosPlan de bioseguridad en bovinos
Plan de bioseguridad en bovinos
 
ÉTICA PROFESIONAL EN MEDICINA VETERINARIA
ÉTICA PROFESIONAL EN MEDICINA VETERINARIAÉTICA PROFESIONAL EN MEDICINA VETERINARIA
ÉTICA PROFESIONAL EN MEDICINA VETERINARIA
 
Oestrus ovis
Oestrus ovisOestrus ovis
Oestrus ovis
 
Laringotraqueitis aviar
Laringotraqueitis aviarLaringotraqueitis aviar
Laringotraqueitis aviar
 
Derecho Civil III
Derecho Civil IIIDerecho Civil III
Derecho Civil III
 
Aproximacion De Enfermedad Digestiva.
Aproximacion De Enfermedad Digestiva.Aproximacion De Enfermedad Digestiva.
Aproximacion De Enfermedad Digestiva.
 
Coccidiosis exp
Coccidiosis expCoccidiosis exp
Coccidiosis exp
 
Newcastle Aviar
Newcastle AviarNewcastle Aviar
Newcastle Aviar
 
FIEBRE AFTOSA.ppt
FIEBRE AFTOSA.pptFIEBRE AFTOSA.ppt
FIEBRE AFTOSA.ppt
 
Leucemia Viral Felina.pdf
Leucemia Viral Felina.pdfLeucemia Viral Felina.pdf
Leucemia Viral Felina.pdf
 
Parasitos int aves
Parasitos int aves Parasitos int aves
Parasitos int aves
 
Enfermedad de newcastle
Enfermedad de newcastleEnfermedad de newcastle
Enfermedad de newcastle
 
Coccidiosis intestinal en caninos
Coccidiosis intestinal en caninosCoccidiosis intestinal en caninos
Coccidiosis intestinal en caninos
 
PARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTES
PARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTESPARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTES
PARASITOS ASOCIADOS A RUMIANTES
 
Modulo salud animal
Modulo salud animalModulo salud animal
Modulo salud animal
 
Pezuña de bovino
Pezuña de bovinoPezuña de bovino
Pezuña de bovino
 
Mycoplasmosis
MycoplasmosisMycoplasmosis
Mycoplasmosis
 
Newcastle
NewcastleNewcastle
Newcastle
 
Histomoniasis
HistomoniasisHistomoniasis
Histomoniasis
 

Destacado

Agrario unidad 11. asociaciones agrarias
Agrario unidad 11. asociaciones agrariasAgrario unidad 11. asociaciones agrarias
Agrario unidad 11. asociaciones agrarias
UNICAN
 
Agrario unidad 12. promocion agraria
Agrario unidad 12. promocion agrariaAgrario unidad 12. promocion agraria
Agrario unidad 12. promocion agraria
UNICAN
 
Agrario unidad 9.
Agrario unidad 9.Agrario unidad 9.
Agrario unidad 9.
UNICAN
 
Agrario unidad 14. contratos agrarios
Agrario unidad 14. contratos agrariosAgrario unidad 14. contratos agrarios
Agrario unidad 14. contratos agrarios
UNICAN
 
Agrario unidad 13. organizaciones campesinas
Agrario unidad 13. organizaciones campesinasAgrario unidad 13. organizaciones campesinas
Agrario unidad 13. organizaciones campesinas
UNICAN
 
Agrario unidad 8.
Agrario unidad 8.Agrario unidad 8.
Agrario unidad 8.
UNICAN
 
Agrario unidad 5
Agrario unidad 5Agrario unidad 5
Agrario unidad 5
UNICAN
 
Agrario unidad 19. recursos naturales
Agrario unidad 19. recursos naturalesAgrario unidad 19. recursos naturales
Agrario unidad 19. recursos naturales
UNICAN
 
Agrario unidad 10. indert
Agrario unidad 10. indertAgrario unidad 10. indert
Agrario unidad 10. indert
UNICAN
 
Agrario unidad 4
Agrario unidad 4Agrario unidad 4
Agrario unidad 4
UNICAN
 
Agrario unidad 1
Agrario unidad 1Agrario unidad 1
Agrario unidad 1
UNICAN
 
Agrario unidad 20. aguas publicas
Agrario unidad 20. aguas publicasAgrario unidad 20. aguas publicas
Agrario unidad 20. aguas publicas
UNICAN
 
Agrario unidad 6.
Agrario unidad 6.Agrario unidad 6.
Agrario unidad 6.
frandel25
 
Agrario unidad 7.
Agrario unidad 7.Agrario unidad 7.
Agrario unidad 7.
frandel25
 

Destacado (20)

Agrario unidad 11. asociaciones agrarias
Agrario unidad 11. asociaciones agrariasAgrario unidad 11. asociaciones agrarias
Agrario unidad 11. asociaciones agrarias
 
Agrario unidad 12. promocion agraria
Agrario unidad 12. promocion agrariaAgrario unidad 12. promocion agraria
Agrario unidad 12. promocion agraria
 
Agrario unidad 9.
Agrario unidad 9.Agrario unidad 9.
Agrario unidad 9.
 
Agrario unidad 14. contratos agrarios
Agrario unidad 14. contratos agrariosAgrario unidad 14. contratos agrarios
Agrario unidad 14. contratos agrarios
 
Agrario unidad 13. organizaciones campesinas
Agrario unidad 13. organizaciones campesinasAgrario unidad 13. organizaciones campesinas
Agrario unidad 13. organizaciones campesinas
 
Planificacion agropecuaria
Planificacion agropecuariaPlanificacion agropecuaria
Planificacion agropecuaria
 
TEMAS DE PLANIFICACIÓN AGROPECUARIA
TEMAS DE PLANIFICACIÓN AGROPECUARIATEMAS DE PLANIFICACIÓN AGROPECUARIA
TEMAS DE PLANIFICACIÓN AGROPECUARIA
 
Agrario unidad 8.
Agrario unidad 8.Agrario unidad 8.
Agrario unidad 8.
 
Agrario unidad 5
Agrario unidad 5Agrario unidad 5
Agrario unidad 5
 
Agrario unidad 19. recursos naturales
Agrario unidad 19. recursos naturalesAgrario unidad 19. recursos naturales
Agrario unidad 19. recursos naturales
 
Agrario unidad 10. indert
Agrario unidad 10. indertAgrario unidad 10. indert
Agrario unidad 10. indert
 
Agrario unidad 4
Agrario unidad 4Agrario unidad 4
Agrario unidad 4
 
Agrario unidad 1
Agrario unidad 1Agrario unidad 1
Agrario unidad 1
 
Agrario unidad 20. aguas publicas
Agrario unidad 20. aguas publicasAgrario unidad 20. aguas publicas
Agrario unidad 20. aguas publicas
 
Derecho agrario y ambiental
Derecho agrario y ambientalDerecho agrario y ambiental
Derecho agrario y ambiental
 
LA PLANEACION AGRICOLA Y LA INGENIERIA AGRONOMICA
LA PLANEACION AGRICOLA Y LA INGENIERIA AGRONOMICALA PLANEACION AGRICOLA Y LA INGENIERIA AGRONOMICA
LA PLANEACION AGRICOLA Y LA INGENIERIA AGRONOMICA
 
Agrario unidad 6.
Agrario unidad 6.Agrario unidad 6.
Agrario unidad 6.
 
Agrario unidad 7.
Agrario unidad 7.Agrario unidad 7.
Agrario unidad 7.
 
Funciones agropecuarias
Funciones agropecuariasFunciones agropecuarias
Funciones agropecuarias
 
Presentación planificación administrativa
Presentación planificación administrativaPresentación planificación administrativa
Presentación planificación administrativa
 

Similar a Agrario unidad 17. la agricultura

Derecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestableDerecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
cesar rodriguez
 
Ley nº 1279 de conservacion de la fauna
Ley nº 1279 de conservacion de la faunaLey nº 1279 de conservacion de la fauna
Ley nº 1279 de conservacion de la fauna
ana_osella
 
Ageopecuaria y Pecuaria
Ageopecuaria  y PecuariaAgeopecuaria  y Pecuaria
Ageopecuaria y Pecuaria
Ledy Cabrera
 
Ley de protección a la fauna silvestre
Ley de protección a la fauna silvestreLey de protección a la fauna silvestre
Ley de protección a la fauna silvestre
andrerami
 

Similar a Agrario unidad 17. la agricultura (20)

Ley Federal del Trabajo (LFT) -Trabajadores del campo
Ley Federal del Trabajo (LFT) -Trabajadores del campoLey Federal del Trabajo (LFT) -Trabajadores del campo
Ley Federal del Trabajo (LFT) -Trabajadores del campo
 
Porcinocultura o Porcinotécnica.docx
Porcinocultura o Porcinotécnica.docxPorcinocultura o Porcinotécnica.docx
Porcinocultura o Porcinotécnica.docx
 
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
 
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestableDerecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
 
Derecho agrario ensayo
Derecho agrario ensayoDerecho agrario ensayo
Derecho agrario ensayo
 
República bolivariana de venezuela roxi hoy
República bolivariana de venezuela roxi hoyRepública bolivariana de venezuela roxi hoy
República bolivariana de venezuela roxi hoy
 
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIODESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
 
Ley nº 1279 de conservacion de la fauna
Ley nº 1279 de conservacion de la faunaLey nº 1279 de conservacion de la fauna
Ley nº 1279 de conservacion de la fauna
 
Contabilidad agricola
Contabilidad agricolaContabilidad agricola
Contabilidad agricola
 
Ageopecuaria y Pecuaria
Ageopecuaria  y PecuariaAgeopecuaria  y Pecuaria
Ageopecuaria y Pecuaria
 
Desarrollo rural susestanble
Desarrollo rural susestanbleDesarrollo rural susestanble
Desarrollo rural susestanble
 
Rossi 2002 sistema silvopastoriles
Rossi 2002 sistema silvopastorilesRossi 2002 sistema silvopastoriles
Rossi 2002 sistema silvopastoriles
 
Ley de tierras dic 2015 3
Ley de tierras dic 2015 3Ley de tierras dic 2015 3
Ley de tierras dic 2015 3
 
Cumplimiento de la ley 84 de 1989
Cumplimiento de la ley 84 de 1989Cumplimiento de la ley 84 de 1989
Cumplimiento de la ley 84 de 1989
 
Derecho agrario venezolano
Derecho agrario venezolanoDerecho agrario venezolano
Derecho agrario venezolano
 
Derecho agrario venezolano
Derecho agrario venezolanoDerecho agrario venezolano
Derecho agrario venezolano
 
Ley de protección a la fauna silvestre
Ley de protección a la fauna silvestreLey de protección a la fauna silvestre
Ley de protección a la fauna silvestre
 
Propiedad civil y propiedad agraria
Propiedad civil y propiedad agrariaPropiedad civil y propiedad agraria
Propiedad civil y propiedad agraria
 
Silvopastoreo con ovinos
Silvopastoreo con ovinosSilvopastoreo con ovinos
Silvopastoreo con ovinos
 
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividadDesarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
 

Agrario unidad 17. la agricultura

  • 1. LA AGRICULTURA: IMPORTANCIA. La agricultura representa para nuestra economia nacional, la base y sustento de la misma, asi como una forma de vida arraigada en nuestras constumbres mas produndas.
  • 2. Régimen Jurídico. La normativa principal vigente como reguladora de las activiades agricolas, es el Estatuto Agrario, conjuntamente con le Ley de del Ministerio de Agricultura y Ganaderia, y supletoriamiente las normtivas aplicables del Codigo Civil Paraguayo.
  • 3. CONCEPTO DE ESTABLECIMIENTO AGRÍCOLA En los asentamientos agrícolas se considera prioritario el arraigo de las familias campesinas, por lo que s e promoverá y orientará la implantación de sistemas productivos que contemplen los siguientes aspectos, entre otros, buscando la sustentabilidad de los mismos:
  • 4. a) la recuperación, manejo y conservació n del suelo que deberá ser promocionado y practicado en todos lo s asentamientos, y que es la base fundamental de la sostenibilidad productiva;  b) el estímulo al desarrollo de sistemas diversificados de la producción para el consumo familiar, con el objeti vo de lograr la seguridad alimentaria de la misma;  c) estimular la producción para el mercado, bajo sistemas de producción que contemplen la utilización de tecnolog ías económicamente viables, socialmen te justas, culturalmente aceptables y e cológicamente sanas.
  • 5. Estimular el desarrollo de prácticas de producción que incorpore enfoques como la agroforestería, los sistemas Agro-Silvo- Pastoriles, sistemas de labranza mínima, poli cultivos, entre otros, dependiendo de la ecorregión;   d) incentivar prácticas productivas para la utiliz ación adecuada y la preservación de los recursos hídricos y acuíferos, la prohibición de la quema, mantener la cobertura vegetal por medio del laboreo del suelo, y eliminar la contaminación del suelo, el agua, el aire y el envenenamiento de las personas con el uso de agroquímicos;  e) impulsar y estimular el desarrollo y la utilización de tecnologías limpias y sanas para el medioambiente y las personas, y proteger e incentivar el fortalecimiento del patrimonio constituido por el germoplasma nativo;
  • 6.  f) estimular la instalación y desarrollo de sistemas productivos de transformación y procesamiento de la materia prima de las fincas campesinas, familiares, asociativas o m ixtas, a fin de disponer de alimentos transformados de calidad alimentaria;
  • 7. PROTECCION DE LAS OPERACIONES DE SIEMBRA Y COSECHA Ninguna autoridad de la República podrá suspender las operaciones de siembra y cosecha a no ser por orden emanada de juez competente y salvo flagrante delito
  • 8. PROHIBICIÓN DE EMBARGO  En ningún caso podrá trabarse embargo, ni menos ejecución en mieses no segadas o que aun se hallasen en la ara, debiéndose esperar que los granos estén limpios y entrojados.-(art. 322 C.R. y 115 Código Procesal Civil)  No son embargables los animales y útiles necesarios para el trabajo personal del agricultor su familia ( art. 323) 
  • 10. CONTRATO DE APARCERIA CONCEPTO La aparceria es un contrato en virtud del cual una de las partes se compromete a entregar a la otra un inmueble rural o animales, para su explotacion, y este a su vez se compromete a entregar a aquella una parte de los frutos obtenidos. REGIMEN LEGAL  Artículo 83.- Del precio del arrendamiento o de la aparcería.  El canon será anual y acordado libremente entre las partes, conforme a las disposiciones del Código Civil.
  • 11. CONTRATO DE TRABAJO RURAL  Definicion  Es el que establece las normas que regulan el trabajo agricola, ganadero, forestal y otros.
  • 12. EMPLEADOR Y TRABAJADOR RURAL  Entre los trabajadores rurales estan incluidos:  A) Los artesanos (carpinteros, albañiles) que trabajan personalmente en los establecimientos de campo.  B) Los cocineros del personal (carniceros, panaderos, etc).  C) El personal permanente que realiza tareas auxiliares referentes a estos servicios.  Se excluye personal domestico del empleador y los que tienen tareas especificas de carácter transitorio.  Se considera empleador a aquel que por su cuenta y riesgo se dedica personalmente o mediante representantes a la explotacion agrpecuaria.
  • 13. DISPOSICIONES LEGALES  La Ley 213/93 que Establece El Codigo Laboral del Py determina en sus Arts. 158 al 191 las diversas normativas que regulan las relaciones nacidas de los contratos de trabajo Rural.
  • 14.  DEL TRABAJO RURAL  (Art. 157 al art. 191 del cód. Laboral)  Trabajador rural:  Son Todas las personas, de uno u otro sexo, que ejecuten labores propias o habituales de un establecimiento agrícola, ganadero, forestal, tambos o explotaciones similares, y sus respectivos empleadores.  También son considerados trabajadores rurales:  a) Los artesanos que trabajen permanentemente en los establecimientos de campo, tales como carpintero, herrero, albañiles, pintores y los que realicen tareas afines;  b) Los cocineros del personal, despenseros, panaderos, carnic eros, y ayudantes que se encuentran en iguales condiciones; y
  • 15.  c) El personal permanente que realice tareas auxiliares de las enumeradas en los incisos a) y b).  Estos trabajadores serán remunerados de conformidad a la escala de salarios que les corresponda por su calificación profesional.  Quedan excluidos como sujetos:  a) Los trabajadores especializados contratados para realizar una tarea determinada, con carácter transitorio; y,  b) El personal ocupado en el servicio doméstico, con carácter exclusivo del empleador.
  • 16.  Se considera empleador:  Aquel que por su propia cuenta y riesgo se dedica personalmente o mediante representantes o intermediarios a la cría, invernada o engorde de vacunos, lanares, porcinos, ovinos o equinos, a la explotación de tambos, al cultivo de la tierra, a la explotación forestal o a explotaciones similares, con otras personas en calidad de dependiente.  El locatario o aparcero:  Que contrate los servicios de trabajadores, será considerado respecto de ellos como empleador y sus relaciones se regirán por este Capítulo.
  • 17.  Los empleadores de establecimientos agrícolas, ganaderos, forestales, tambos y de explotaciones similares:  Proporcionarán a los trabajadores que residan permanentemente en dichos establecimientos casa - habitación decorosa debiendo satisfacer la misma las condiciones mínimas de higiene, abrigo, aireación, luz natural y espacio conforme al números de moradores.  La casa – habitación:  proporcionada por los empleadores para vivienda de los trabajadores deben ser de pared compacta y techo de tejas de material cocido, paja, chapa o cualquier otro material impermeable, construido de tal forma que no ofrezca riesgos para la integridad física o la salud. El piso debe ser de ladrillo, madera, baldosas, cemento o materiales similares.
  • 18.  Además, contará con los servicios sanitarios correspondiente.  Los empleadores proporcionarán a los trabajadores que viviesen en el establecimiento  muebles individuales para el reposo y guarda de sus efectos personales. Los lugares destinados para vivienda de los trabajadores no podrán ser ocupados como depósitos y estarán a una distancia prudencial de los lugares de crianzas, guarda o acceso de animales.  Los comedores contarán con mesas, asientos y utensilios atendiendo al número de personas.  El empleador asegurará la producción de agua potable para los trabajadores, como asimismo, luz adecuada por la noche hasta comenzar la hora del descanso por lo menos.
  • 19.  Cuando los trabajadores de un establecimiento dedicado a la explotación forestal deben realizar sus labores en lugares alejados de la Administración, los empleadores les proveerán por lo menos de carpas y además de los elementos necesarios a fin de organizar los campamentos para la vivienda temporaria de los mismos.  Los establecimientos agrícolas, ganaderos, tambos, forestales, y de explotación similares están obligados a disponer de un botiquín de urgencia con elementos necesarios para primeros auxilios, debiendo incluirse en el mismo antiofídico en dosis suficientes.  El trabajador podrá ser autorizado por el empleador  a tener y cuidar en el establecimientos y lugar de trabajo animales de su propiedad, vacunos, equinos, ovinos, av es y otros, en cantidad que no distraiga la actividad contratada con el empleador.
  • 20.  Así mismo, si el empleador destina animales con el objeto especial de proveer leche y derivados para complementar la alimentación debida, dicho convenio no afectará el salario.  Si el empleador cede al trabajador el uso gratuito de una parcela de tierra para realizar cultivos, ello no afectará el salario de éste.  De los hijos de los trabajadores en edad escolar.  Si los hijos de los trabajadores en edad escolar, siete a catorce años, residentes en un establecimiento, superan el número de veinte, y no existen escuelas públicas dentro de un radio de cinco kilómetros, el empleador costeará la contratación , el traslado y pensión completa de un educador primario para atender la instrucción de dichos menores, mediante el sistema de pluriclases.  Así mismo, proveerá las comodidades mínimas para el local y los útiles necesarios para la enseñanza.