1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
BARQUISIMETO ESTADO LARA
MAPA CONCEPTUAL
Frelsy Pérez
22.203.068
2. Bienes Muebles
Definición Incorporales Derechos Reales
los bienes muebles son
aquellos que pueden
trasladarse fácilmente
de un lugar a otro, por
si mismos o por fuerza
Exterior. (Art 532 CCV)
Es aquel derecho subjetivo
que atribuye a su titular un
directo e inmediato sobre
una cosa determinada, sin
necesidad de intermediario
personalmente obligado, y
que impone asimismo a
todo el mundo. (Marcas)
Solo pueden ser
percibidos.(Art 546)
Derechos de Crédito
Los derechos de crédito
son como deudas ya que
consiste en que una
persona llamada acreedor
puede exigir a otra
denominada deudor un
hecho o una entrega de
una cosa.
3. Bienes Inmuebles
Un bien es inmueble por su naturaleza
cuando no es posible su
desplazamiento, es decir, que por
razón de su composición y naturaleza
son inmóviles. (art 527 del CCV)
Por su destinación
Se puede decir que son los que por su naturaleza
están afectados por su propietario al servicio de un
fundo que también le pertenece (art 528 y 529 CCV)
Cosas que el propietario ha puesto en el suelo para
su reproducción por la cual se obtendrá un beneficio
alguno.
Por su Naturaleza
Por el Objeto al cual se refiere
Los inmuebles por su objeto son los derechos del
propietario y los del enfiteuta sobre los predios
sujetos a enfiteusis; los derechos de usufructo y de
uso sobre las cosas Inmuebles y también el de
habitación, las servidumbres prediales y la hipoteca;
las acciones que tiendan a reivindicar inmuebles o a
reclamar que se refieran a los mismos,
(Fundamentado en el Art 530 del CCV)
(ART 526 CCV)