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Marly fernandez bienes....
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE
CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE
DERECHO
LOS BIENES
INTEGRANTE
Marly Fernández
CI : 19727435
2. Son aquellos bienes que se
pueden cambiar de un lugar a
otro por si solo o por una fuerza
exterior Se distinguen tres
categorías según la doctrina.
•POR SU NATURALEZA
•INCORPORALES-DERECHOS REALES
•DERECHO DE CREDITO
Es aquel derecho subjetivo que
atribuye a su titular un poder o
señorío directo e inmediato sobre
una cosa determinada.
Por su naturaleza a
aquellos cuerpos que
pueden trasladarse de un
lugar a otro.
Los derechos de crédito son también
llamados derechos y obligaciones y es
la facultad en virtud de la cual una
persona llamada acreedor puede
exigir de otra .
3. Bienes inmuebles
Etimológicamente su denominación proviene de la palabra
inmóvil , y de conformidad con lo estipulado por el legislador
en el Código Civil venezolano en su artículo 526, los bienes
son inmuebles por su naturaleza, por su destinación y por el
objeto que se refieren.
POR SU
SU
Y
NATURALEZA
DESTINACION
POR EL OBJETO QUE SE
REFIERE
4. BIEN INMUEBLE
Por su naturaleza:
Un bien es inmueble por su naturaleza cuando
no es posible su desplazamiento, es decir, que
por razón de su composición y naturaleza son
inmóviles. De acuerdo al artículo 527 del Código
Civil considera bienes inmuebles por su
naturaleza a l os terrenos, las minas, los
edificios y. en general,
Los muebles que por su naturaleza están afectados
por su propietario al servicio de un fundo que
también le pertenece” y en consecuencia los
artículos 528 y 529 del Código Civil establecen que
son inmuebles por su destinación: las cosas que el
propietario del suelo ha puesto en él para su uso,
cultivo y beneficio.
Por el objeto que se refieren:
El artículo 530 del Código Civil establece que los
inmuebles por su objeto son los derechos del
propietario y los del enfiteuta sobre los predios
sujetos a enfiteusis; los derechos de usufructo y de
uso sobre las cosas Inmuebles y también el de
habitación, las servidumbres prediales y la hipoteca.