Procedimientos administrativos UNIVERSIDAD FERMIN TORO
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHOS
Procedimientos Administrativos
Frelsy Pérez
BARQUISIMETO, 08 SEPTIEMBRE DE 2015
2. Procedimientos Administrativos
El Siguiente Ensayo Trata sobre Procedimientos Administrativos si
Requieren sustentación, Ordinario, sancionatorio, sumario. No requieren
sustanciación. Derecho de Petición, de oficio, procedimiento simple.
Reclamación previa administrativa o antejuicio administrativo con el fin de
que podamos Percibir los diversos procedimientos administrativos y su
ámbito de aplicación.
Y podemos comenzar Hablando sobre los procedimientos
administrativos que es importante destacar que son uno de los ejes
fundamentales del Derecho Administrativo, y son considerado como la serie
de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de
un objetivo en específico, y es Importante saber que gracias a él los
ciudadanos de una determinada comunidad tienen la seguridad de que los
trámites administrativos desarrollados frente a un organismo público se
realizarán de forma rigurosa en base a las leyes pactadas por dicha
comunidad, y no de forma aleatoria. El procedimiento administrativo, si bien
constituye una garantía de los derechos de los administrados, no agota en
ello su función, que es también, y muy principalmente, la de la de asegurar la
pronta y eficaz satisfacción del interés general mediante la adopción de las
medidas y decisiones necesarias por los órganos de la Administración,
intérpretes de ese interés, y, al propio tiempo, parte del procedimiento y
árbitro del mismo.
Así mismo decimos que los procedimientos administrativos constan de
varios Principios tales como El carácter contradictorio del procedimiento, que
Hace referencia a la posibilidad de que se hagan valer en el mismo los
distintos intereses en juego, y que esos intereses sean adecuadamente
confrontados en presencia de sus respectivos titulares antes de adoptar una
decisión definitiva. Para ello la Administración debe llamar al procedimiento a
todos aquellos que sin haberlo iniciado ostenten derechos que pudieran
verse afectados por la resolución que en su día recaiga (art. 34)
3. Seguidamente hablamos de El principio de economía procesal este principio
según el cual la actuación de la administración debe desarrollarse con
arreglo a normas de economía, celeridad y eficacia. En este sentido el
artículo 75 obliga a acordar en un solo acto todos los trámites que, por su
naturaleza, admitan una impulsión simultánea y no sea necesario su
cumplimiento sucesivo. El artículo 73 permite la acumulación de varios
expedientes cuando se dé entre ellos una conexión íntima o guarden
identidad sustancial. No Obstante Nombramos a El principio pro accione, que
postula en favor de asegurar una resolución sobre el fondo de la cuestión
objeto del procedimiento, pese a la existencia de dificultades de índole
formal, El artículo 71, por su parte, establece la posibilidad de subsanar los
defectos de que adolezca el escrito de solicitud, No podemos Olvidar el
principio de oficialidad, según el cual el procedimiento se impulsará de oficio
en todos sus trámites (art. 74.1), siendo responsabilidad de los titulares de
las unidades administrativas y del personal al servicio de la administración
(art.41), El principio de imparcialidad, Pese a que normalmente la
Administración ostenta el doble papel de juez y parte en la mayor parte de
los procedimientos, hay mecanismos que inciden en la necesaria
imparcialidad que debe presidir la actuación administrativa. Así los artículos
28 y 29 establecen el deber de abstención del instructor del expediente,
cuando concurran determinadas circunstancias de parentesco, amistad,
enemistad, etc., Así como la correlativa facultad de su recusación, por parte
de los interesados, en las mismas circunstancias, y por ultimo pero no menos
Importante tenemos el principio de transparencia, Puesto de manifiesto en
distintos apartados del artículo35, así como en el artículo 37 de la Ley.
Según el primero, los ciudadanos tienen derecho a identificar a las
autoridades y personal bajo cuya responsabilidad se tramitan los
expedientes, así como a obtener copias de los documentos que obren en los
procedimientos donde ostenten la condición de interesados. Según el artículo
37, en desarrollo de la previsión constitucional del artículo 105.b), se
reconoce a todos los ciudadanos el derecho a acceder a los archivos y
registros administrativos.
El Objeto de este es crear dicho procedimiento administrativo previo
con el objeto de que las partes resolvieran, amistosa y extrajudicialmente, las
controversias que pudieran suscitarse; no lográndose la conciliación, toca al
particular recurrir ante el órgano jurisdiccional con el fin de que le sea
tutelada la pretensión. Es Importante Resaltar que este Garantiza el derecho
a los Interesados y permite el cumplimiento de los principios Constitucionales
4. Como también permite encauzar la Actividad Administrativa, es por esto que
debemos tener claro la diferencia entre Proceso y Procedimiento
Administrativo y como ya antes mencionado se entiende por PROCESO, el
medio de discusión de dos litigantes ante una autoridad, según cierto
procedimiento preestablecido por la ley, y Así también tenemos que un
PROCEDIMIENTO es toda actividad, privada o pública, que requiere de una
consecución de actos.
Procedimiento Administrativo Ordinario en su Iniciación,
Sustanciación, Terminación, La iniciación como lo indica su nombre, es la
primera y necesaria etapa de todo procedimiento, Iníciese de oficio o a
solicitud de parte interesada, todo procedimiento debe regirse por los
principios y reglas de alcance general, consagrados en esta ley. La
ordenación es una actividad donde se dictan los actos de trámite con la
finalidad de poner en marcha el procedimiento y ordenarlo hasta su final.
Esta actividad constante se inicia con la incoación y llega a su fase final con
la resolución, Es por esto que nos Obliga a Nombrar el Artículo 48, donde se
expresa que el procedimiento administrativo se inicia mediante acto que tiene
el efecto de poner en movimiento (en marcha) la compleja estructura de
trámites, plazos e incidencias en que consiste la dinámica del procedimiento.
La etapa de iniciación del procedimiento, tiene dos formas de ejecutarse el
procedimiento a saber las cuales son El régimen de iniciación de oficio y
el régimen de iniciación a instancia de parte. En lo que decimos que
Régimen de iniciación de oficio, requiere del acuerdo expreso del órgano
competente para decidir el procedimiento, es decir, La de dictar un acto
administrativo de apertura, Cuando se trata de procedimientos iniciados de
oficio, ese acto administrativo por sí solo, tiene la virtualidad de la incoación,
es decir iniciación de un procedimiento en este caso, la autoridad
administrativa competente o una autoridad administrativa superior ordenará
la apertura del procedimiento y notificará a los particulares cuyos derechos
subjetivos o intereses legítimos, personales y directos pudieren resultar
afectados, concediéndoles un plazo de diez (10) días para que expongan sus
pruebas y aleguen sus razones, cabe resaltar que Existen procedimientos
que, en principio, requieren para su iniciación solicitud de parte interesada
(su iniciativa), por tratarse del reconocimiento o constitución de una situación
jurídica activa o favorable al administrado o administrados. En esta hipótesis,
la razón de ser del procedimiento es el derecho o interés legítimo, directo y
personal que asiste a un interesado, para obtener de la Administración un
pronunciamiento favorable a su situación jurídica y por ultimo tenemos La
5. Sustanciación Constituye la fase fundamental del procedimiento, cabe
destacar que en el desarrollo o transcurso de la misma se realizan los actos
en virtud de los cuales, se determina, se conoce, y se comprueban los datos
(de hecho y de derecho) acerca de la fundamentación de la resolución
definitiva del procedimiento, de la Sustanciación del Expediente (Artículos 51
al 59 LOPA) dice La instrucción o sustanciación del procedimiento constituye
la etapa o fase fundamental del mismo, ya que en ella (en su desarrollo o
transcurso) se deben realizar los actos en virtud de los cuales han de
determinarse, conocerse y comprobarse los datos (de hecho y de derecho)
sobre los que se va a fundamentar la solución definitiva del procedimiento.
Esto significa que la mayoría de los actos de ordenación se llevan a cabo
durante la instrucción.
Si bien Hablamos de Derecho de Petición de Oficio podemos decir
que es una solicitud verbal o escrita que se presenta ante el Órgano que es
este caso seria a Administración Publica con el fin de requerir información su
intervención o su reconocimiento de derecho, para así servirnos de ella y
podemos decir que se encuentra consagrado en su artículo 23 de la
constitución haciendo parte de los derechos fundamentales y a su vez
también lo conseguimos en el C.P.A en su artículo 13.
Reclamación previa administrativa o antejuicio administrativo entiendo
que es un típico procedimiento administrativo, aunque de naturaleza
especial, ordenado a obtener la Administración Pública el reconocimiento
pacifico de un derecho una situación de modo unilateral para eludir un
proceso, No Obstante decimos que es una condición de admisibilidad de la
demanda o recurso que se ha de interponer ante el Juez; Definición Han sido
múltiples las construcciones doctrinales elaboradas para tratar de explicar la
naturaleza jurídica del antejuicio administrativo, es por eso que existen varias
conceptos de este término..
Los Procesos Administrativos tienen en nuestra vida cotidiana
un efecto que en general vivimos todos los días, y la mayoría de las veces ni
caemos en cuenta que todo lo que realizamos gira alrededor de una
secuencia o mejor un cronograma de actividades que a diario organizamos
para poder llevar a cabo nuestros objetivos, pero en realidad, para poder dar
cumplimiento a cada meta que tenemos en mente, siempre se debe tener en
cuenta los pasos del Proceso Administrativo.
6. Ahora bien para culminar, un proceso es materializar una acción y a
su vez agruparla para formar determinado producto, en el caso del Proceso
Administrativo, hace referencia a la serie de pasos que se llevan a cabo para
alcanzar los objetivos, ya sean personales o empresariales, estos pasos son
la planeación, organización, dirección y el control; a través de estos pasos,
todas las personas los implementamos de maneras distintas para poder
llevar una vida organizada, que a media que transcurra el tiempo se pueda
visualizar en hechos todos esos esfuerzos realizados para estar en donde
queremos estar, sin perder el sentido de nuestra visión personal y también
como profesionales, El Proceso Administrativo ayuda a que cada persona le
ponga orden a su vida, que se planteé sus metas a corto, mediano y largo
plazo, que establezca sus objetivos, que sepa lo que en realidad quiere
lograr y que de verdad pueda estar a su alcance, que maximice sus recursos
para poder cumplir con efectividad sus tareas diarias, y ante todo tener una
planeación para cada proyecto de vida.