LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
Obligaciones de los trabajadores y de los patrones, semana 2, legislacion laboral
1. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Y
DE LOS PATRONES
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2. El articulo 132 de la Ley Federal del Trabajo impone las siguientes obligaciones a los patrones
“Cumplir las disposiciones
de las normas de trabajo
aplicables a sus empresas
o establecimientos, tales
como salubridad, higiene
ambiental, protección de
riesgos de trabajo.
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3. Pagar a los
trabajadores los
salarios e
indemnizaciones.
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ND
Pagar a tiempo los salarios y compensar a los
trabajadores si sufren un accidente dentro del
área de trabajo
4. Proporcionar oportunamente a los
trabajadores los útiles, herramientas y
materiales necesarios para la ejecución del
trabajado, debiendo darlos de buena calidad
y en buen estado y reponerlos tal luego
como dejen de ser eficientes, siempre que
aquellos no se hayan comprometido a usar
herramienta propia. El patrón podrá exigir
indemnización alguna por el desgaste
natural que sufra los útiles, instrumentos y
materiales de trabajo
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5. Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo
pertenecientes al trabajador, siempre deben de permanecer en el lugar en que se
prestan los servicios.
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6. Mantener el numero de suficiente de asientos o sillas a disposición de los
trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y
otros centros análogos de trabajo.
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7. Guardar a los trabajadores
la debida consideración,
absteniéndose del mal
trato de palabra u obra
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El trabajador debe de ser tratado con respeto
8. Expedir cada quince dias , a solicitud de los trabajadores ,
una constancia escrita del numero de dias trabajados y del
salario percibido
El trabajador obtendrá un cheque en donde se le dará
la información sobre cuantas horas o dias trabajo y
cuanto se le esta pagando, por cada dia u hora de
trabajo.
9. Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del
termino de tres dias , una constancia escrita relativa a sus servicios.
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El empleador expide
una carta de
recomendación al
trabajador,
recomendando los
servicios del
trabajador.
10. Conceder a sus trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en
la s elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados ,
electorales y censales, a quien se refiere el articulo quinto, de la Constitución,
cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo,
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11. Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo para
desempeñar una comisión accidental o permanente de su
sindicato o del estado, siempre y cuando esas actividades
deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo.
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12. Poner en conocimiento del
sindicato titular del contrato
colectivo y de los trabajadores de
la categoría inmediata inferior, los
puestos de nueva creación, las
vacantes definitivas y las
temporales que deban de cubrirse
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13. Colaborar con la autoridades del Trabajo y de Educación , de
conformidad con las leyes y reglamentos, afín de lograrla
alfabetización de los trabajadores.
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14. Proporcionar capacitación y
adiestramiento a sus empleados.
Instalar, de acuerdo con los principios de seguridad e
higiene, las fabricas, talleres, oficinas y de mas
lugares en que de beben de ejecutarse las labores,
para prevenir riesgos en el lugar de trabajo, asi
adoptar medidas necesarias para evitar que los
contaminantes excedan los máximos permitidos en
los reglamentos e instructivos que expidan las
autoridades competentes,
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15. Cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes y los
reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades en el centro del trabajo o
lugares donde se ejecuta el trabajo, disponer en todo momento de los medicamentos
y materiales de curación indispensables que señales los instructivos que se expidan,
para que se preste atención oportuna y eficazmente los primeros auxilios, debiendo
dar de des luego aviso a la autoridad competente de la cada accidente que ocurra.
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16. Fijar
visiblemente y
difundir en los
lugares donde
se preste el
trabajo las
disposiciones
conducentes de
los reglamentos
e instructivos de
la seguridad e
higiene
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17. Proporcionar a sus trabajadores los
medicamentos profilácticos que
determine la autoridad sanitaria en los
lugares donde existan enfermedades
tropicales o endémicas o cuando exista
peligro de epidemias.
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Reservar, cuando la población fija de un centro rural de
trabajo exceda de doscientos habitantes, un espacio de
terreno no menos de cinco mil metros cuadrados para el
establecimiento de mercados recreativos, públicos, edificios
para servicios municipales y centros recreativos, siempre
que dicho centro de trabajo este a un distancia no mayor de
cinco kilómetros de la población mas próxima.
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18. Hacer las deducciones que soliciten
los sindicatos de las cuotas sindicales
ordinarias, conforme a la ley
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Contribuir al fomento de las actividades
culturales y del deporte entre sus
trabajadores y proporcionales equipos y
útiles indispensables.
19. Proporcionar alas mujeres
embarazadas la protección
que establezcan los
reglamentos.
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Participar en la integración y
funcionamiento de las comisiones
que deban formarse en cada centro
de trabajo, de acuerdo con lo
establecido por la ley.
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20. PROHIBICIONES A LOS PATRONES
A demás de la obligaciones los patrones tambien tienen derechos por
ejemplo:
- Negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o e sexo.
- Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o
lugar determinado.
- Elegir o acepte dinero de los trabajadores como gratificación porque se les
admita en el trabajo o por cualquier otro motivo que se refiera a las
condiciones de este.
- Obliga a los trabajadores por coacción o por cualquier otro medio a afiliarse
o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezca, o que voten por
determinada candidatura.
- Intervenir en cualquier forma en el régimen interno del sindicato.
- Hacer o autorizar colectas o suscripciones en los establecimientos y
lugares de trabajo.
21. CONDICIONES DE TRABAJO
- La jornada de trabajo es el tiempo en el cual el trabajador esta dispuesto o a disposición del patrón para
prestar el trabajo.
TIPOS DE JORNADAS
- Jornada diurna : es la comprende entre las seis de la mañana y la ocho de la noche,
la cual no deberá tener una duración máxima de ocho horas.
- Jornada nocturna: Es la que comprende de las ocho de la noche a las seis de la
mañana la cual no deberá de exceder las seis horas-
- Jornada reducida: es un tipo especial de jornada aplicable a los menores de 16 años ,
que tiene como duración máxima de 6 horas.
- Jornada especial; es la convenida por el trabajador y el patrón respetando las
condiciones generales de trabajo y su duración será de ocho horas .
- Jornada extraordinaria: es aquella jornada de trabajo que se prolonga respecto de la
jornada normal de trabajo por circunstancias extraordinarias y que no podrá exceder
nunca las tres horas diarias ni tres veces en una semana.
22. DIAS DE DESCANSO, VACASIONES Y PRIMA
VACIONAL
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En caso de que el trabajador trabaje en los dias
feriados, a este se le otorgara el salario doble.
Cuando le corresponden vacaciones a los
trabajadores?
- Si tienen un años prestando sus servicios.
- Luego del cuarto año los dias serán
incrementados.
- Si son trabajadores temporales se les
otorga vacaciones dependiendo de los dias
trabajados.
- Cualquier trabajador debe de contar por lo
menos de seis dias continuos de
vacaciones.
- Las vacaciones no son compensables
mediante alguna remuneración.
- Los trabajadores tiene derecho a un a
prima del 25% sobre sus salarios.