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UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES
Educación a Distancia
Huancayo.
IMPRESION DIGITAL
SOLUCIONES GRAFICAS SAC
Jr.PUNO 564-HUANCAYO
Telf. 214433
5
INDICE Pag.
PRESENTACION
UNIDAD TEMÁTICA I:
AUDITOR, AUDITORIA Y NORMATIVIDAD 9
1.1 DEFINICIONES, OBJETIVOS Y FINALIDAD 9
1.2 EL AUDITOR 10
1.3 CLASIFICACION DE LA AUDITORIA 12
1.4 PUNTOS QUE ABARCA LA AUDITORIA.- 15
1.5 NIAS - CONCEPTO Y GRUPOS QUE LAS CONFORMAN 16
1.6 COMPENDIO DE NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL – NAGUS 24
1.7 NIIFS APROBADAS 38
UNIDAD TEMÁTICA II:
EL PROCESO DE LA AUDITORÍA 45
2.1 INTRODUCCION 46
2.2 LA PLANIFICACION 46
2.3 ETAPAS DE LA PLANIFICACIÓN EN LA AUDITORIA 48
2.4 FASES DE PLANEACION 51
2.5 PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABLES DE LA PLANEACION 52
2.6 TÉCNICAS A APLICARSE EN LA PLANEACIÓN DE AUDITORIA. 53
2.7 LA CARTA PROPUESTA 53
UNIDAD TEMÁTICA III:
AUDITORIA DE CUENTAS DEL BALANCE 57
3.1 AUDITORIA A CAJA Y BANCOS (TESORERIA) 58
3.2 AUDITORIA DE CUENTAS POR COBRAR 72
3.3 AUDITORIA DE EXISTENCIAS 84
3.4 AUDITORIA DE ACTIVOS FIJOS 98
3.5 AUDITORIA DE INVERSIONES EN VALORES 104
3.6 AUDITORIA DE INTANGIBLES 108
3.7 AUDITORIA DE PASIVOS CP Y LP 115
3.8 AUDITORÍA DE CUENTAS PATRIMONIALES 124
6
UNIDAD TEMÁTICA IV:
AUDITORIA DE INGRESOS Y EGRESOS 133
4.1 AUDITORIA DE INGRESOS 134
4.2 AUDITORIA DE GASTOS 135
UNIDAD TEMÁTICA V:
FLUJO DE EFECTIVO Y ESTADO EN EL PATRIMONIO NETO 143
5.1 FLUJO DE EFECTIVO 144
5.2 ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO 151
UNIDAD TEMÁTICA VI:
DICTAMEN E INFORMES DE AUDITORIA 155
6.1 DICTAMEN DE AUDITORIA 155
6.2 TIPOS DE DICTAMEN 160
6.3 CARTA DE OBSERVACION Y SUGERENCIAS AL CONTROL
INTERNO 171
6.4 HECHOS POSTERIORES 174
6.5 SEGUIMIENTO DE LA AUDITORIA 181
7
PRESENTACION
El presente manual ayudará a la total comprensión de una de las ramas
importantes de la profesión contable, como es la auditoría dirigida a los
alumnos de la Carrera Profesional de Contabilidad y Finanzas, pretende
brindar apoyo teórico y práctico a su capacitación en temas de Auditoria II.
Se han dividido los temas en VI Fascículos en las que se ha introducido
lecturas y resúmenes que facilitarán el desarrollo del curso.
El objetivo de la Auditoria II es proporcionar una certeza razonable de que
los estados financieros, tomados de forma integral. Certeza razonable es un
término que se refiere a la acumulación de la evidencia de la auditoría
necesaria para que el auditor concluya que no hay manifestaciones erróneas
substanciales en los estados financieros.
Las exigencias de los usuarios de estados financieros auditados crecerán y
serán más sofisticados, por lo que el requerimiento de que los auditores
cumplan con normas de auditoría internacionales es de hecho una realidad.
Algunos conceptos esenciales en la auditoría no cambian; ni pueden ni
deben cambiar. La independencia mental sigue siendo la columna vertebral
de la profesión; la ética continúa identificándose como el cimiento de la
labor de los contadores; y las normas de auditoría permanecen como los
requisitos mínimos de calidad, los lineamientos de conducta que debe
observar el auditor.
Pero, la tecnología no se detiene. Por el contrario, avanza a pasos
acelerados y las expectativas de clientes y usuarios se multiplican, lo que
hace aún más demandante la labor de los contadores públicos que llevan a
cabo el examen de los estados financieros.
En este contexto se desarrolla la auditoría, como actividad por excelencia
del contador público que lo identifica con sus características más esenciales,
como son responsabilidad e independencia. El auditor, para llevar a cabo
sus funciones, requiere tener conocimientos profundos sobre principios y
normas internacionales de contabilidad, normas internacionales de
auditoría, procedimientos de auditoría, principios de ética profesional.
Espero que este primer esfuerzo sirva de base a obras de mayor
envergadura, contando siempre con vuestra generosa colaboración.
CPC. Isabel Liz PEÑA RICAPA
8
"Una máquina puede hacer el trabajo de 50
hombres corrientes. Pero no existe ninguna
máquina que pueda hacer el trabajo de un hombre
extraordinario."
9
AUDITORIA, AUDITOR Y NORMAS APLICABLES A LA
AUDITORIA
CONTENIDO
INDICADOR DE LOGROS
1.8 DEFINICIONES, OBJETIVOS Y FINALIDAD
1.9 EL AUDITOR
1.10 CLASIFICACION DE LA AUDITORIA
1.11 PUNTOS QUE ABARCA LA AUDITORIA.-
1.12 NIAS - CONCEPTO Y GRUPOS QUE LAS CONFORMAN
1.13 COMPENDIO DE NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL –
NAGUS
1.14 NIIFS APROBADAS
ACTIVIDADES
RESUMEN
BIBLIOGRAFIA RECOMENDADA
AUTOEVALUACION FORMATIVA
1.1 DEFINICIONES
Inicialmente, la auditoria se limito a las verificaciones de los registros
contables, dedicándose a observar si los mismos eran exactos. Por lo tanto
esta era la forma primaria: Confrontar lo escrito con las pruebas de lo
acontecido y las respectivas referencias de los registros. Con el tiempo, el
campo de acción de la auditoria ha continuado extendiéndose; no obstante
son muchos los que todavía la juzgan como portadora exclusiva de aquel
objeto remoto, o sea, observar la veracidad y exactitud de los registros.
Holmes escribe:
"... la auditoria es el examen de las demostraciones y registros
administrativos. El auditor observa la exactitud, integridad y autenticidad de
tales demostraciones, registros y documentos."
Al finalizar el presente Fascículo el participante comprende
los aspectos generales y la función del auditor en la
empresa moderna y sus principales características. Así
como las Normas que se aplican en la Auditoria
10
Por otra parte tenemos la conceptuación sintética de un profesor de la
universidad de Harvard el cual expresa lo siguiente:
"... el examen de todas las anotaciones contables a fin de comprobar su
exactitud, así como la veracidad de los estados o situaciones que dichas
anotaciones producen."
Tomando en cuenta los criterios anteriores podemos decir que la auditoria
es la actividad por la cual se verifica la corrección contable de las cifras de
los estados financieros; Es la revisión misma de los registros y fuentes de
contabilidad para determinar la racionabilidad de las cifras que muestran los
estados financieros emanados de ellos.
OBJETIVOS
El objetivo de la Auditoria consiste en apoyar a los miembros de la empresa
en el desempeño de sus actividades. Para ello la Auditoria les proporciona
análisis, evaluaciones, recomendaciones, asesoría e información
concerniente a las actividades revisadas.
La Auditoria, es practicada en una empresa o entidad para llegar a
establecer alguno de los siguientes objetivos:
1. Descubrir errores, filtraciones o fraudes en la gestión y contabilización
de las operaciones de la empresa, cometidos por sus empleados,
funcionarios o propietarios.
2. Valuar las tareas del personal en cuanto se refiere a su corrección y
productividad.
3. Verificar el mecanismo administrativo empleado en la empresa.
4. Verificar la corrección de la presentación de los estados económicos y
financieros preparados por la empresa.
5. Recopilar las observaciones necesarias al momento de la certificación de
los estados financieros.
6. Estudiar los mecanismos y procedimientos de control interno y proponer
las soluciones a las fallas detectadas.
FINALIDAD
• Los fines de la auditoria son los aspectos bajo los cuales su objeto es
observado. Podemos escribir los siguientes:
• Indagaciones y determinaciones sobre el estado patrimonial
• Indagaciones y determinaciones sobre los estados financieros.
• Indagaciones y determinaciones sobre el estado reditual.
• Descubrir errores y fraudes.
• Prevenir los errores y fraudes
• Estudios generales sobre casos especiales, tales como:
• Exámenes de aspectos fiscales y legales
• Examen para compra de una empresa( cesión patrimonial)
• Examen para la determinación de bases de criterios de prorrateo,
entre otros.
1.2 EL AUDITOR
Es aquella persona profesional, que se dedica a trabajos de auditoria
habitualmente con libre ejercicio de una ocupación técnica.
Una auditoria debe hacerla una persona o firma independiente de capacidad
profesional reconocidas. Esta persona o firma debe ser capaz de ofrecer una
11
opinión imparcial y profesionalmente experta a cerca de los resultados de
auditoria, basándose en el hecho de que su opinión ha de acompañar el
informe presentado al término del examen y concediendo que pueda
expresarse una opinión basada en la veracidad de los documentos y de los
estados financieros y en que no se imponga restricciones al auditor en su
trabajo de investigación.
Bajo cualquier circunstancia, un Contador profesional acertado se distingue
por una combinación de un conocimiento completo de los principios y
procedimientos contables, juicio certero, estudios profesionales adecuados y
una receptividad mental imparcial y razonable.
Funciones generales
Para ordenar e imprimir cohesión a su labor, el auditor cuenta con un una
serie de funciones tendientes a estudiar, analizar y diagnosticar la
estructura y funcionamiento general de una organización.
Las funciones tipo del auditor son:
• Estudiar la normatividad, misión, objetivos, políticas, estrategias, planes
y programas de trabajo.
• Desarrollar el programa de trabajo de una auditoria.
• Definir los objetivos, alcance y metodología para instrumentar una
auditoria.
• Captar la información necesaria para evaluar la funcionalidad y
efectividad de los procesos, funciones y sistemas utilizados.
• Recabar y revisar estadísticas sobre volúmenes y cargas de trabajo.
• Diagnosticar sobre los métodos de operación y los sistemas de
información.
• Detectar los hallazgos y evidencias e incorporarlos a los papeles de
trabajo.
• Respetar las normas de actuación dictadas por los grupos de filiación,
corporativos, sectoriales e instancias normativas y, en su caso,
globalizadoras.
• Proponer los sistemas administrativos y/o las modificaciones que
permitan elevar la efectividad de la organización
• Analizar la estructura y funcionamiento de la organización en todos sus
ámbitos y niveles
• Revisar el flujo de datos y formas.
• Considerar las variables ambientales y económicas que inciden en el
funcionamiento de la organización.
• Analizar la distribución del espacio y el empleo de equipos de oficina.
• Evaluar los registros contables e información financiera.
• Mantener el nivel de actuación a través de una interacción y revisión
continua de avances.
• Proponer los elementos de tecnología de punta requeridos para impulsar
el cambio organizacional.
• Diseñar y preparar los reportes de avance e informes de una auditoria.
HABILITACION DE AUDITORES
Para poder encargarse de la auditoria debe estarse en posesión de la
oportuna habilitación administrativa como auditores de cuentas. Se
entiende que tienen tal habilitación los inscritos en el Registro Oficial de
12
Auditores de Cuentas.
1.3 CLASIFICACION DE LA AUDITORIA
Auditoria Externa
La auditoria Externa es el examen crítico, sistemático y detallado de un
sistema de información de una unidad económica, realizado por un
Contador Público sin vínculos laborales con la misma, utilizando técnicas
determinadas y con el objeto de emitir una opinión independiente sobre la
forma como opera el sistema, el control interno del mismo y formular
sugerencias para su mejoramiento. El dictamen u opinión independiente
tiene trascendencia a los terceros, pues da plena validez a la información
generada por el sistema ya que se produce bajo la figura de la Fe Pública,
que obliga a los mismos a tener plena credibilidad en la información
examinada.
La Auditoria Externa examina y evalúa cualquiera de los sistemas de
información de una organización y emite una opinión independiente sobre
los mismos, pero las empresas generalmente requieren de la evaluación de
su sistema de información financiero en forma independiente para otorgarle
validez ante los usuarios del producto de este, por lo cual tradicionalmente
se ha asociado el término Auditoria Externa a Auditoria de Estados
Financieros, lo cual como se observa no es totalmente equivalente, pues
puede existir Auditoria Externa del Sistema de Información Tributario,
Auditoria Externa del Sistema de Información Administrativo, Auditoria
Externa del Sistema de Información Automático etc.
Auditoría Interna
La auditoria Interna es el examen crítico, sistemático y detallado de un
sistema de información de una unidad económica, realizado por un
profesional con vínculos laborales con la misma, utilizando técnicas
determinadas y con el objeto de emitir informes y formular sugerencias
para el mejoramiento de la misma. Estos informes son de circulación
interna y no tienen trascendencia a los terceros pues no se producen bajo la
figura de la Fe Publica.
Las auditorias internas son hechas por personal de la empresa. Un auditor
interno tiene a su cargo la evaluación permanente del control de las
transacciones y operaciones y se preocupa en sugerir el mejoramiento de
los métodos y procedimientos de control interno que redunden en una
operación más eficiente y eficaz. Cuando la auditoria está dirigida por
Contadores Públicos profesionales independientes, la opinión de un experto
desinteresado e imparcial constituye una ventaja definida para la empresa y
una garantía de protección para los intereses de los accionistas, los
acreedores y el Público. La imparcialidad e independencia absolutas no son
posibles en el caso del auditor interno, puesto que no puede divorciarse
completamente de la influencia de la alta administración, y aunque
mantenga una actitud independiente como debe ser, esta puede ser
cuestionada ante los ojos de los terceros. Por esto se puede afirmar que el
Auditor no solamente debe ser independiente, sino parecerlo para así
obtener la confianza del Público.
13
Diferencias entre auditoria interna y externa:
Existen diferencias substanciales entre la Auditoria Interna y la Auditoria
Externa, algunas de las cuales se pueden detallar así:
En la Auditoria Interna existe un vínculo laboral entre el auditor y la
empresa, mientras que en la Auditoria Externa la relación es de tipo civil.
En la Auditoria Interna el diagnóstico del auditor, esta destinado para la
empresa; en el caso de la Auditoria Externa este dictamen se destina
generalmente para terceras personas o sea ajena a la empresa.
La Auditoria Interna está inhabilitada para dar Fe Pública, debido a su
vinculación contractual laboral, mientras la Auditoria Externa tiene la
facultad legal de dar Fe Pública.
Clasificación de la Auditoria por niveles de Trabajo.-
Auditoria Financiera:
Es un proceso cuyo resultado final es la emisión de un informe, en el que el
auditor da a conocer su opinión sobre la situación financiera de la empresa,
este proceso solo es posible llevarlo a cabo a través de un elemento llamado
evidencia de auditoria, ya que el auditor hace su trabajo posterior a las
operaciones de la empresa.
Auditoria de cumplimiento:
Es la comprobación o examen de operaciones financieras, administrativas,
económicas y de otra índole de una entidad para establecer que se han
realizado conforme a las normas legales, reglamentarias, estatuarias y de
procedimientos que le son aplicables. Esta auditoria se practica mediante la
revisión de documentos que soportan legal, técnica, financiera y
contablemente las operaciones para determinar si los procedimientos
utilizados y las medidas de control interno están de acuerdo con las normas
que le son aplicables y si dichos procedimientos están operando de manera
efectiva y son adecuados para el logro de los objetivos de la entidad.
Auditoria de Gestión y resultados:
Tiene por objeto el examen de la gestión de una empresa con el propósito
de evaluar la eficacia de sus resultados con respecto a las metas previstas,
los recursos humanos, financieros y técnicos utilizados, la organización y
coordinación de dichos recursos y los controles establecidos sobre dicha
gestión.
Es una herramienta de apoyo efectivo a la gestión empresarial, donde se
puede conocer las variables y los distintos tipos de control que se deben
producir en la empresa y que estén en condiciones de reconocer y valorar
su importancia como elemento que repercute en la competitividad de la
misma. Se tiene en cuenta la descripción y análisis del control estratégico,
el control de eficacia, cumplimiento de objetivos empresariales, el control
operativo o control de ejecución y un análisis del control como factor clave
de competitividad.
14
Auditoria Administrativa:
Es el revisar y evaluar si los métodos, sistemas y procedimientos que se
siguen en todas las fases del proceso administrativo aseguran el
cumplimiento con políticas, planes, programas, leyes y reglamentaciones
que puedan tener un impacto significativo en operación de los reportes y
asegurar que la organización los este cumpliendo y respetando.
Es el examen metódico y ordenado de los objetivos de una empresa de su
estructura orgánica y de la utilización del elemento humano a fin de
informar los hechos investigados. Su importancia radica en el hecho de que
proporciona a los directivos de una organización un panorama sobre la
forma como esta siendo administrada por los diferentes niveles jerárquicos
y operativos, señalando aciertos y desviaciones de aquellas áreas cuyos
problemas administrativos detectados exigen una mayor o pronta atención.
Auditoría de gestión ambiental:
La creciente necesidad de controlar el impacto ambiental que generan las
actividades humanas ha hecho que dentro de muchos sectores industriales
se produzca un incremento de la sensibilización respecto al medio ambiente.
Debido a esto, las simples actuaciones para asegurar el cumplimiento
legislativo han dado paso a sistemas de gestión medioambiental que
permiten estructurar e integrar todos los aspectos medioambientales,
coordinando los esfuerzos que realiza la empresa para llegar a objetivos
previstos.
Es necesario analizar y conocer en todo momento todos los factores de
contaminación que generan las actividades de la empresa, y por este
motivo será necesario que dentro del equipo humano se disponga de
personas cualificadas para evaluar el posible impacto que se derive de los
vectores ambientales. Establecer una forma sistemática de realizar esta
evaluación es una herramienta básica para que las conclusiones de las
mismas aporten mejoras al sistema de gestión establecido. La aplicación
permanente del concepto mejora continua es un referente que en el campo
medioambiental tiene una incidencia práctica constante, y por este motivo
la revisión de todos los aspectos relacionados con la minimización del
impacto ambiental tiene que ser una acción realizadas sin interrupción.
Auditoria informática de sistemas:
Se ocupa de analizar la actividad que se conoce como técnica de sistemas
en todas sus facetas. Hoy, la importancia creciente de las
telecomunicaciones ha propiciado que las comunicaciones. Líneas y redes de
las instalaciones informáticas, se auditen por separado, aunque formen
parte del entorno general de sistemas.
Su finalidad es el examen y análisis de los procedimientos administrativos y
de los sistemas de control interno de la compañía auditada. Al finalizar el
trabajo realizado, los auditores exponen en su informe aquellos puntos
débiles que hayan podido detectar, así como las recomendaciones sobre los
cambios convenientes a introducir, en su opinión, en la organización de la
compañía.
Normalmente, las empresas funcionan con políticas generales, pero hay
procedimientos y métodos, que son términos más operativos. Los
procedimientos son también sistemas; si están bien hechos, la empresa
15
funcionará mejor. La auditoria de sistemas analiza todos los procedimientos
y métodos de la empresa con la intención de mejorar su eficacia.
1.4 PUNTOS QUE ABARCA LA AUDITORIA.-
Esta especialidad lleva al Profesional Contador Público Colegiado a ejercerla
con el máximo de amplitud, responsabilidad e independencia de criterio,
para lo cual los puntos que requiere su estudio son:
1. REVISION DE LIBROS.- Esta labor tiende a establecer si las
operaciones han sido correctamente registradas, sin errores aritméticos
o técnicos derivados de negligencia o de mala fe. La revisión periódica
de los libros constituye para las empresas protección y seguridad. La
revisión de libros puede ser mensual, trimestral, semestral o anual para
lo cual se contratará a un Auditor para que efectúe exámenes
especiales, con independencia de cualquier otro aspecto técnico como
sería la certificación de balances.
2. CERTIFICACION DE BALANCES.- En esta labor el Auditor deberá
revisar todas las operaciones efectuadas en un determinado ejercicio.
En este caso la función del Auditor se orienta con preferencia al estudio
de las Cuentas del Activo, Pasivo y subdivisionarias de Pérdidas y
Ganancias, verificando la exactitud de los valores en cantidades e
importes y analizando el movimiento anterior de cada rubro, solamente
cuando lo crea necesario.
3. CERTIFICACION DE OPERACIONES DETERMINADAS.- Se reduce la
labor del Auditor en este caso a examinar la Contabilidad de la empresa
o entidad, para determinar la conformidad o veracidad de algunas
operaciones o acciones concretas. En estas situaciones el Auditor se
limitará a revisar y verificar la registración contable y sus
correspondientes documentos.
4. ORGANIZACIÓN DE SISTEMAS CONTABLES.- El Auditor en general
conoce las modalidades y Sistemas de Contabilidad que se puede aplicar
a una determinada empresa o entidad, por ello sus servicios pueden ser
solicitados para que organice y prepare un Sistema Contable, de
administración y de control a utilizarse, esto al iniciarse las operaciones
de la empresa o entidad.
5. ORGANIZACIÓN DE UN SISTEMA DE FUNCIONAMIENTO.- Los
servicios Profesionales del Auditor puede ser solicitado para cambiar o
modernizar totalmente un sistema Contable que ya se encuentra en
funcionamiento, o bien para corregir ciertas fallas en su funcionamiento.
El Auditor procurará que el Sistema Contable sea eficiente, moderno y
encuadrado dentro de los requisitos del Control Interno.
6. ASESORAMIENTO ECONOMICO FINANCIERO.- Esta función resulta
de suma importancia para el Auditor, ya que podrá sacar conclusiones
concretas después del análisis a las actividades económicas que realiza
la empresa, las mismas que servirán a la alta dirección de la empresa a
tomar decisiones para mejorar la situación de la misma.
16
1. La auditoria es la actividad por la cual se verifica la corrección
contable de las cifras de los estados financieros; Es la revisión misma
de los registros y fuentes de contabilidad para determinar la
racionabilidad de las cifras que muestran los estados financieros
emanados de ellos.
2. La Auditoria Interna está inhabilitada para dar Fe Pública, debido a su
vinculación contractual laboral, mientras la Auditoria Externa tiene la
facultad legal de dar Fe Pública.
1.5 NIAS - CONCEPTO Y GRUPOS QUE LAS CONFORMAN
Las Normas Internacionales de Auditoria contienen principios básicos y
procedimientos esenciales estas son emitidas en dos series separadas: La
de Servicios de Auditoria (NIAs) y la de Servicios Afines (NIAs/SAs). El
marco describe los servicios que el Auditor puede comprometerse a realizar
en relación con el nivel de certidumbre resultante. La Auditoria y la revisión
están diseñadas para permitir que el Auditor exprese niveles de
certidumbre, alto y moderados respectivamente, en relación con la
existencia o no de errores materiales en la información.
Se dividen en nueve grupos con temáticas similares:
100 -199 Asuntos introductorias
200 - 299 Responsabilidades
300 - 399 Planeación
400 - 499 Control Interno
500 - 599 Evidencia de auditoria
600 - 699 Uso del trabajo de otros
700 - 799 Conclusiones y dictamen de auditoria
800 - 899 Áreas especializadas
900 - 999 Servicios relacionados (SRs)
NIA 1: Objetivo y principios básicos de la auditoria de los Estados
Financieros
La Norma describe la responsabilidad de la dirección en relación con los
estados financieros, así como las cuestiones generales relativas al objetivo y
principios básicos de la auditoria de los estados financieros realizada por
auditor independiente.
NIA 2: Las cartas – propuesta
Las cartas propuesta, que el auditor envía al cliente, tienen por objeto
documentar y confirmar la aceptación por el auditor del encargo realizado,
17
el alcance de su trabajo, la extensión de sus responsabilidades y el
contenido previsible del informe. La Norma describe los contenidos usuales
en una carta propuesta y el Anexo incluye un modelo de dicha carta.
NIA 3: Principios básicos que rigen una auditoria
Esta Norma describe los principios básicos que gobiernan la responsabilidad
profesional del auditor, que deben tenerse en cuenta cuando se lleva a cabo
una auditoria. Son los de integridad, objetividad e independencia, secreto
profesional, aptitudes y competencia, trabajo realizado por otros,
documentación, planificación, obtención de evidencia de auditoria, revisión
de los sistemas contables y de control interno, revisión de las conclusiones
obtenidas y elaboración del informe. Estos principios básicos son de capital
importancia para el desarrollo de las restantes Normas Internacionales de
Auditoria.
NIA 4: Planificación de la auditoria
Esta Norma se refiere al proceso de planificación de la auditoria, tanto de
los estados financieros como de cualquier otra información financiera. Está
formulada en el contexto de auditorias periódicas, identifica los elementos
básicos en el proceso de planificación y suministra ejemplos prácticos de
cuestiones que deben tenerse en cuenta cuando se planifica una auditoria.
La adecuada planificación de la auditoria contribuye a asegurar que se
presta la atención adecuada a las principales áreas de la misma, que los
problemas potenciales se identifican con prontitud y que el trabajo se
realiza íntegra y eficazmente. La planificación también es un punto de
apoyo en la adecuada utilización del personal auxiliar y en la coordinación
del trabajo realizado por otros auditores y expertos.
NIA 5: Utilización del trabajo de otro auditor
En esta Norma se describen las cuestiones que deben tenerse en cuenta
cuando se pretenda utilizar el trabajo de otro auditor. La Norma resulta
aplicable cuando un auditor independiente, llamado a elaborar un informe
sobre los estados financieros de una entidad, utiliza el trabajo que otro
auditor ha realizado en relación con los estados financieros de una o más
filiales, asociadas, sucursales o divisiones incluidas en la información
financiera de la primera. A los efectos de esta Norma, se consideran como
otros auditores las oficinas de la empresa del auditor principal situadas en
otros países, las sociedades de auditoria afiliadas, las corresponsales y los
auditores que, sin tener en principio relación, están implicados en la
auditoria de los componentes de la entidad.
NIA 6: Evaluación del riesgo y del control interno
La dirección de la empresa es responsable del mantenimiento de un
adecuado sistema contable, que incluya la incorporación de los
correspondientes controles internos, en la medida oportuna a la dimensión
y naturaleza de su actividad. No obstante, el auditor necesita seguridad
razonable de que el sistema contable es adecuado y de que toda la
información que deba registrarse, ha sido recogida debidamente. Los
controles internos contribuyen normalmente a la obtención de tal seguridad.
18
Esta Norma describe los sistemas contables, los elementos objetivos y
limitaciones de los controles internos y los procedimientos de auditoria
idóneos para el estudio y evaluación del control interno.
NIA 7 : Control de calidad del trabajo de auditoria
El control de calidad del trabajo de auditoria es esencial en el
mantenimiento de altos estándares en la profesión. Esta Norma distingue
entre controles concretos de una auditoria y controles generales de calidad
adoptados por la empresa de auditoria. Aunque se reconoce la relación
entre los dos tipos de control, de manera que los controles generales
aumentan y facilitan los controles individuales, aquéllos no deben nunca
reemplazar a estos últimos. Se establecen en esta Norma los controles a
tener en cuenta para cumplir con los principios básicos de una auditoria,
cuando se delega trabajo en personal auxiliar, a la vez que se suministran
criterios para que una empresa de auditoria establezca controles generales
sobre la calidad de su trabajo. Se incluye un anexo con ejemplos de
procedimientos de control con la finalidad de ayudar a las empresas de
auditoria a implantar sus políticas de control de calidad.
NIA 8: La evidencia en la auditoria
La evidencia en la auditoria es la información obtenida por el auditor,
soporte de las conclusiones en las que se basa su opinión sobre los estados
financieros. En esta Norma se describe la naturaleza y fuentes de la
evidencia de auditoria, los factores en que se basa su idoneidad, adecuación
y suficiencia y los medios por los que pueden ser obtenida en la ejecución
de pruebas de cumplimiento y de procedimientos sustantivos. Se
contemplan criterios para la aplicación de los procedimientos tendentes a la
obtención de evidencia de auditoria 8 presencia en el inventario,
confirmación directa de cuentas a cobrar y comunicación con los asesores
jurídicos del cliente), que son generalmente aceptados como los más
adecuados para suministrar evidencia fiable en relación con determinadas
rúbricas.
NIA 9. Documentación (papeles de trabajo)
Se establecen criterios generales sobre la forma y contenido de los papeles
de trabajo, así como ejemplos concretos de documentación preparada u
obtenida normalmente por el auditor. Se comentan asimismo cuestiones
relativas a la propiedad y custodia de los papeles de trabajo.
NIA 10. Utilización del trabajo del auditor interno
La función de auditoria interna constituye un componente del control
interno, llevado a cabo por personal destinado específicamente por la
entidad para tal cometido. Uno de los objetivos del auditor interno es
determinar si los controles internos están bien diseñados y si actúan
correctamente. Una buena parte del trabajo del departamento de auditoria
interna puede ser útil para el auditor independiente en su cometido de
examinar la información financiera. Se suministran en esta Norma criterios
sobre los procedimientos a tener en cuenta por el auditor independiente al
evaluar el trabajo del auditor interno.
19
NIA 11. Fraudes y errores
Esta Norma define los fraudes y errores e indica que la responsabilidad por
su prevención corresponde a la dirección de la empresa. El auditor debe
planificar su trabajo de manera que exista una razonable expectativa de
detección de los efectos significativos resultantes de fraudes y errores. Se
enumeran procedimientos que pueden tenerse en cuenta cuando se indica
al auditor la posible existencia de fraudes o errores.
NIA 12. Revisión Analítica
Se suministra en esta Norma una descripción de la naturaleza de los
procedimientos de revisión analítica, así como criterios sobre los objetivos,
programación y grado de confianza que deben otorgárseles en la realización
de una auditoria. También se comenta la necesaria investigación por el
auditor de fluctuaciones inusuales.
NIA 13. El informe de auditoria sobre los estados financieros.
En esta Norma se suministran criterios sobre la forma y contenido del
informe emitido con ocasión de una auditoria independiente de los estados
financieros de una entidad. La Norma incluye las frases que se sugiere
utilizar cuando se emita una opinión sin reservas y discute las
circunstancias de las que puede resultar una opinión diferente a la indicada.
En un Anexo se incluyen ejemplos de informes con opinión sin reservas, con
reservas, con opinión negativa o con abstención de opinión.
NIA 14. Otra información incluida en documentos conteniendo
estados financieros auditados.
Esta Norma define esa “otra información” como la de carácter tanto
financiero como no financiero incluido en un documento que contiene los
estados financieros auditados de la entidad junto con el informe de auditoria
emitido sobre ellos. Las entidades normalmente publican tal documento con
carácter anual, habitualmente bajo la denominación de informe o memoria
financiera. En algunos caso, el auditor tiene la obligación de emitir opinión
sobre la información adicional, mientras que en otros no está obligado a
hacerlo. Esta Norma contempla las consideraciones que debe realizar el
auditor sobre esta otra información cuando no tiene obligación de emitir
informe sobre la misma, así como las acciones que debe acometer si existen
inconsistencias significativas o si descubre errores de importancia.
NIA 15. Auditoria en un contexto informatizado
En esta Norma se establecen criterios sobre los procedimientos adicionales
necesarios para cumplir la NIA núm. 3, “Principios básicos que rigen una
auditoria”, cuando el trabajo se realiza en un contexto informatizado. Se
describen las aptitudes y competencia requeridas por el auditor así como su
responsabilidad cuando delega este trabajo en sus auxiliares o utiliza el
trabajo realizado por otros.
NIA 16. Técnicas de auditoria asistidas por ordenador
Esta Norma suministra criterios al auditor para la utilización de técnicas de
auditoria asistidas por ordenador, especialmente programas aplicables a la
20
auditoria y a la comprobación de los datos. La Norma contempla los casos
en los que pueden emplearse tales técnicas, los factores a considerar al
tomar la decisión de utilizarlas o no, así como las principales etapas en la
realización de un trabajo asistido por ordenador. Además, se vierten
consideraciones sobre el empleo de este tipo de técnicas en empresas de
reducido tamaño.
NIA 17. Terceros vinculados
Resumen. Se establecen en esta Norma los procedimientos a tener en
cuenta para obtener evidencia suficiente y adecuada en relación con la
existencia de terceros vinculados, así como con las transacciones que hayan
podido producirse con ellos. La Norma se vincula con la definición y
requerimientos de información contenida en la Norma Internacional de
Contabilidad (NIC) núm. 24, “Información sobre terceros vinculados”.
Por su parte, la NIA núm. 17 suministra criterios para ayudar al auditor a
determinar si la dirección de la entidad ha puesto de manifiesto
adecuadamente las relaciones con terceros vinculados y las transacciones
correspondientes, de acuerdo con las disposiciones de la NIC núm. 24.
NIA 18. Utilización del trabajo de un experto
Resumen. Esta Norma suministra criterios al auditor en el caso de que se
disponga a utilizar el trabajo de un experto (especialista) vinculado o
empleado con o por el cliente o el propio auditor. La Norma incluye
ejemplos de casos en los que el auditor puede necesitar la utilización del
trabajo de un experto, y establece criterios sobre las consideraciones que
debe hacerse sobre las aptitudes, competencia y objetividad del experto. Al
mismo tiempo, esta Norma pone de manifiesto las cuestiones que debe
tener en cuenta el auditor en sus comunicaciones con el experto y establece
criterios específicos para evaluar el trabajo de este último.
NIA 19. El muestreo en auditoria
Resumen. Se identifican en esta Norma los factores que el auditor debe
tener en cuenta diseña y selecciona una muestra de auditoria y cuando
evalúa los resultados de los procedimientos aplicados. Se ocupa tanto de
métodos estadísticos como no estadísticos de muestreo y suministra
criterios sobre cuestiones tales como riesgo en el muestreo, estratificación,
métodos de selección y proyección de errores.
NIA 20. Efectos de la existencia de un contexto informatizado sobre
el estudio y evaluación del sistema contable y de su correspondiente
control interno
Resumen. Esta Norma aborda el estudio y evaluación del sistema contable y
del correspondiente sistema de control interno en un contexto
informatizado; es una aplicación de los criterios contenidos en la NIA núm.
6, “Estudio y evaluación del sistema contable y de su correspondiente
control interno en relación con la auditoria” y de la NIA núm. 15, “Auditoria
en un contexto informatizado”.
NIA 21. Fecha del informe de auditoria. Sucesos acaecidos tras la
fecha de cierre del balance. Descubrimiento de hechos con
21
posterioridad a la publicación de los estados financieros.
Resumen. Se suministran en esta Norma criterios relacionados con la fecha
del informe de auditoria; con la responsabilidad del auditor en relación con
hechos posteriores, que son los acontecimientos importantes acaecidos tras
la fecha de cierre del balance; y, finalmente, con la responsabilidad del
auditor en relación con el descubrimiento de hechos después de que los
estados financieros se hayan publicado.
La Norma describe las etapas que cubre normalmente el auditor para
identificar los hechos posteriores, la responsabilidad en relación con los
hechos posteriores a la fecha del informe de auditoria pero previos a la
publicación de los estados financieros y el descubrimiento de hechos
posteriores a esta última fecha. En un Anexo se incluyen ejemplos de
informes de auditoria relativos a estados financieros ya revisados.
NIA 22. Declaraciones de la dirección
Resumen. Esta Norma suministra al auditor criterios sobre la utilización de
las declaraciones de la dirección como evidencia de la auditoria, sobre los
procedimientos que deben aplicar en su evaluación y documentación, y
sobre las circunstancias en las que deben obtenerse declaraciones escritas.
La Norma indica que, en relación con las declaraciones relativas a
cuestiones importantes de los estados financieros, el auditor debe obtener
evidencia suficiente, sopesar el contenido de la declaración en cuanto a su
razonabilidad y consistencia con otros medios de evidencia en auditoria y
con otras declaraciones, así como evaluar si puede esperarse que la
persona que hace la declaración esté bien informado.
También hace notar que las declaraciones deben documentarse en los
papeles de trabajo, resumiendo las manifestaciones orales u obteniendo
declaraciones escritas. La Norma también enumera las condiciones para
obtener una carta de la dirección, así como las consideraciones que debe
hacerse el auditor cuando la dirección rehusé suministrar o confirmar
declaraciones sobre cuestiones que se consideran necesarias.
NIA 23. El principio de empresa en funcionamiento
Resumen. Se establecen en esta Norma criterios para que el auditor pueda
dejar a salvo su responsabilidad en situaciones en las que la normal
aplicación del principio de empresa en funcionamiento esté en entredicho.
La Norma pone de manifiesto que, en ausencia de indicación sobre lo
contrario, se asume la aplicación normal del principio de empresa en
funcionamiento y, en consecuencia, la normal continuidad de la entidad. Si
esta succión no resulta justificada, la entidad no podrá realizar sus activos a
los importes registrados en el balance, a la vez que se producirán cambios
en los importes y vencimientos de sus pasivos, con lo que resultará
necesario ajustar los estados financieros.
La NIA núm. 23 suministra ejemplos de indicadores que pueden poner de
manifiesto que la continuidad bajo el principio de empresa en
funcionamiento debe ser cuestionada; contempla normas de carácter
general para la obtención de evidencia de auditoria cuanto se presente la
situación y describe los procedimientos que deben aplicarse para obtenerla.
Además, pone de manifiesto las consideraciones a realizar en el informe en
tales circunstancias.
22
NIA 24. Informes del auditor con finalidades especiales
Resumen. Esta Norma establece criterios que orienten al auditor cuando
emite informes diferentes a los previstos en la NIA núm. 13, especialmente
en casos como los siguientes: a) estados financieros preparados de acuerdo
con un conjunto de principios contables diferentes a los generalmente
admitidos, b) partes concretas de los estados financieros, c) cumplimiento
de acuerdos contractuales y d) estados financieros abreviados. Los Anexos
incluyen ejemplos de estos informes con finalidades especiales.
NIA 25. Importancia relativa y riesgo en la auditoria
Esta Norma define los conceptos de importancia relativa y riesgo en la
auditoria, sus interrelaciones y la aplicación de estos conceptos por el
auditor en la planificación y realización de una auditoria y en la evaluación
de los resultados de sus procedimientos.
La importancia relativa se define como referida a la magnitud o naturaleza
de un error, incluidas las omisiones, de la información financiera que, bien
individualmente, bien en el conjunto, en el marco de las circunstancias que
lo rodean, hace probable que el juicio de una persona razonable apoyado en
la información pudiera resultar influenciado, o su decisión afectada, como
consecuencia de dicho error. La evaluación de la importancia relativa
descansa en el criterio profesional del auditor, teniendo en cuenta tanto su
incidencia global como la que pueda tener sobre rúbricas concretas de
balance.
El riesgo en la auditoria se define como el riesgo de que un error lleve a
formular una opinión inadecuada sobre la información financiera, cuando
ésta es significativamente errónea. El riesgo de auditoria debe evaluarse al
nivel global de los estados financieros en su conjunto y en relación con las
partidas de balance y transacciones concretas. Se discuten los tres
componentes del riesgo de auditoria y se explican sus interpelaciones.
NIA 26. Auditoria de las estimaciones contables
Se suministran a los auditores en esta Norma criterios sobre los
procedimientos de auditoria a aplicar para obtener seguridad razonable de
la idoneidad de las estimaciones contables contenidas en la información
financiera.
Se define una estimación contable como la aproximación del importe de una
partida en ausencia de procedimientos exactos de medida. Se pone de
manifiesto que la dirección de la empresa es responsable de realizar las
estimaciones contables en base a su evaluación de los hechos o
circunstancias inciertos que han ocurrido que es probable que ocurran y que
el auditor es responsable de la evaluación de la razonabilidad de tales
estimaciones.
NIA 27. Examen de la información financiera prospectiva
Esta Norma se ocupa de los procedimientos de examen y elaboración de
informes, cuando se requiere al auditor emitir opinión, bien sobre
pronósticos, basados en la estimación de las mejores asunciones posibles,
bien en proyecciones, basadas en la asunción de hipótesis. Dada la
orientación hacia el futuro de este tipo de encargo, los procedimientos de
examen deben reconocer la naturaleza hipotética de la evidencia disponible
23
para el auditor, por lo que la Norma, aún considerando que se trata de un
objetivo de auditoria viable, diferencia entre los requerimientos y procesos
aplicables a la estimación de las mejores asunciones posibles y a la
asunción de hipótesis.
También se recomienda que el informe contenga un párrafo que prevenga a
los lectores de que el auditor no está expresando una opinión sobre si los
resultados mostrados por la información habrán de ser alcanzados. En el
Anexo se incluyen informes sobre pronósticos y proyecciones.
NIA 28. Actuación por primera vez en una empresa.
Saldos de apertura
Esta Norma ofrece criterios sobre la responsabilidad del auditor en relación
con los saldos de apertura, cuando se auditan los estados financieros por
primera vez o cuando han sido auditados por otro profesional en el año
precedente. La Norma describe los procedimientos de auditoria mediante los
que puede obtenerse evidencia adecuada y suficiente en un caso y en otro,
al objeto de determinar si los saldos de apertura son erróneos, si han sido
debidamente trasladados desde el ejercicio anterior y si se basan en una
correcta política contable, aplicada uniformemente. Se ponen de manifiesto
las consideraciones a incluir en el informe cuando el auditor no pueda
obtener la adecuada evidencia al respecto, así como cuando sobre la
auditoria del ejercicio anterior haya recaído opinión diferente a la
establecida sin reservas. Los Anexos incluyen ejemplos de informes en este
caso.
NIA 29. La evaluación del riesgo inherente y del riesgo de control y
su impacto en los procedimientos sustantivos(
Se suministran en esta Norma criterios al auditor para la evaluación del
riesgo inherente y del riesgo de control y para la utilización de tal
evaluación en la determinación de la naturaleza, programa y extensión de
los procedimientos sustantivos, al objeto de situar el riesgo de detección en
un nivel aceptable. La Norma insta al auditor a conocer los sistemas
contables y de control interno y a documentar tal conocimiento. También se
establecen criterios sobre la utilización de dicha información conjuntamente
con la evaluación previa del riesgo de control en planificación de la
auditoria y en la determinación del nivel adecuado de riesgo de detección.
La evaluación del riesgo de control en un nivel no elevado requiere que el
auditor planifique la realización de procedimientos de prueba para confirmar
esta evaluación.
NIA 30 Técnicas de auditoria con ayuda de computadora
Proporciona pautas detalladas con respecto al uso de técnicas de auditoria
asistidas por la computadora.
NIA 31 CONSIDERACIÓN DE LAS LEYES Y REGULACIONES EN UNA
AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
24
Esta norma tiene como propósito establecer lineamiento y proporcionar
pautas sobre la responsabilidad del auditor en la consideración de las leyes
y regulaciones en una auditoria, el auditor debe reconocer que la falta de
cumplimiento de la entidad con las leyes y regulaciones puede afectar
significativamente a los estados financieros.
NIA 32 LOS PRINCIPIOS BÁSICOS QUE RIGEN UN COMPROMISO DE
REVISIÓN
El propósito de esta norma es describir los principios básicos que rigen la
responsabilidad profesional del auditor cuando lleva a cabo una revisión el
auditor aplica procedimientos que van a suministrar un moderado nivel de
incertidumbre sobre la información financiera.
El auditor deberá documentar todo aquello que se importante para poder
evidenciar que la revisión sea llevado a cabo de conformidad con los
principios básicos.
NIA 33 REVISIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Esta norma describe los procedimientos que el auditor debe considerar al
asumir el compromiso de revisión de los estados financieros y lo
concerniente a la forma y contenido del dictamen.
NIA 34 EL COMPROMISO DE APLICACIÓN DE LOS
PROCEDIMIENTOS ACORDADOS
El propósito de esta norma es describir los principios básicos y las pautas
generales que deben seguirse cuando el auditor asume un compromiso de
aplicación de procedimientos acordados la forma y el contenido del informe
con hallazgos por emitir en relación con el compromiso de aplicación de
procedimientos acordados. Esta norma está dirigida a los compromisos que
se refiere a los compromisos de información financiera.
El auditor debe organizar una reunión con el cliente y con otras personas
específicas que recibirán copia de su informe.
NIA 35 COMPROMISO DE COMPILACIÓN E INFORMACIÓN
FINANCIERA
Esta norma proporciona útil información con referencia a los compromisos
de compilación siempre y cuando el contador posee una adecuado
conocimiento de la materia.
1.6 COMPENDIO DE NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
- NAGUS
Las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU, son los criterios que
determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor,
orientados a uniformar el trabajo de la auditoria gubernamental y obtener
resultados de calidad. Constituyen un medio técnico para fortalecer y
uniformar el ejercicio profesional del auditor gubernamental y permiten la
evaluación del desarrollo y resultados de su trabajo, promoviendo el grado
de economía, eficiencia y eficacia en la gestión de la entidad auditada. Se
fundamentan en la Ley del Sistema Nacional de Control, su Reglamento y
en las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas.
25
Las NAGA son aplicables en su totalidad cuando se trata de una auditoria
financiera, y en lo aplicable, en una auditoria de asuntos financieros en
particular y otros exámenes especiales. La auditoria de gestión requiere, sin
embargo, normas complementarias y específicas para satisfacer las
necesidades propias de los citados exámenes.
DETALLE DE LAS NORMAS
1. Normas Generales:
1.10 Entrenamiento Técnico y Capacidad Profesional
1.20 Independencia
1.30 Cuidado y Esmero Profesional
1.40 Confidencialidad
1.50 Participación de Profesionales y/o Especialistas
1.60 Control de Calidad
2. Normas relativas a la Planificación de la Auditoria
Gubernamental:
2.10 Planificación General
2.20 Planificación Específica
2.30 Programas de Auditoria
2.40 Archivo Permanente
3. Normas relativas a la Ejecución de la Auditoria Gubernamental
3.10 Estudio y Evaluación del Control Interno
3.20 Evaluación del Cumplimiento de Disposiciones Legales y
Reglamentarias
3.30 Supervisión del Trabajo de Auditoria
3.40 Evidencia Suficiente, Competente y Relevante
3.50 Papeles de Trabajo
3.60 Comunicación de Observaciones
3.70 Carta de Representación
4. Normas relativas al Informe de Auditoria Gubernamental:
4.10 Forma Escrita
4.20 Oportunidad del Informe
4.30 Presentación del Informe
4.40 Contenido del Informe
4.50 Informe Especial
NAGU. 1. NORMAS GENERALES
NAGU. 1.10 ENTRENAMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL
El auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la
experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecución de su
trabajo.
NAGU. 1.20 INDEPENDENCIA
26
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de
la entidad examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que
pudiera señalarse como incompatible con su integridad y objetividad.
Deberá abstenerse de participar en la realización de una auditoria en caso
de incompatibilidad o conflictos de interés manifiestos. Tampoco deberá
realizar actividad política partidaria durante el ejercicio funcional del cargo
ni emitir opinión, intervenir o participar en actos de decisión, gestión o
administración de la entidad donde realice su examen.
NAGU. 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONAL
El auditor debe actuar con el debido cuidado profesional a efectos de
cumplir con las normas de auditoria durante la ejecución de su trabajo y en
la elaboración del informe.
NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDAD
El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la
información que conozca en el transcurso de su trabajo. La confidencialidad
conlleva mantener estricta reserva respecto al proceso y los resultados de la
auditoria, no revelando los hechos, datos y situaciones que sean de
conocimiento del auditor por el ejercicio de su actividad profesional.
NAGU. 1.50 PARTICIPACION DE PROFESIONALES Y/O ESPECIALISTAS
Integrarán el equipo de auditoria, en calidad de apoyo, los profesionales y/o
especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la
auditoria gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios
para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus
labores se incluirán en el Informe o como anexos al mismo. Los
profesionales y/o especialistas, son personas naturales o jurídicas, que
poseen idoneidad, conocimiento y experiencia en determinado campo
técnico distinto al ejercicio de la auditoria gubernamental, cuyos servicios
podrán ser utilizados de acuerdo
NAGU. 1.60 CONTROL DE CALIDAD
La Contraloría General de la República, los Órganos de Auditoria Interna
conformantes del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditoria
designadas, deben establecer y mantener un adecuado sistema interno de
control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que la
auditoria se ejecuta en concordancia con los objetivos, políticas, normas y
procedimientos de auditoria gubernamental.
El control de calidad es el conjunto de políticas y procedimientos, así como
los recursos técnicos especializados para cerciorarse que las auditorias se
realizan de acuerdo con las normas de auditoria gubernamental.
NAGU. 2. NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DE LA
AUDITORIA GUBERNAMENTAL
Este grupo de normas tiene por objeto establecer los criterios técnicos
generales que permitan una apropiada planificación de la auditoria en
entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, a fin de alcanzar los
objetivos propuestos.
NAGU. 2.10 PLANIFICACION GENERAL
La Contraloría General de la República y los Órganos de Auditoria Interna
conformantes del Sistema Nacional de Control, planificarán sus actividades
27
de auditoria a través de sus Planes Anuales, aplicando criterios de
materialidad, economía, objetividad y oportunidad, y evaluarán
periódicamente la ejecución de sus planes. El Plan Anual de Auditoria
Gubernamental, es el documento que contiene el conjunto de actividades de
auditoria y el universo de entidades y/o áreas, según corresponda, a
examinar durante el período de un año y será elaborado en concordancia
con las políticas y disposiciones establecidas por la Contraloría General de la
República. El citado Plan es de naturaleza reservada, para cuyo efecto los
niveles pertinentes adoptarán medidas cautelatorias siendo obligación del
personal vinculado con las acciones de auditoria, mantener una absoluta
confidencialidad de su contenido. Los Planes Anuales de Auditoria serán
flexibles a fin de permitir cambios que previa autorización se considere
necesario efectuar de acuerdo a las circunstancias.
LIMITACIONES AL ALCANCE: Las Sociedades de Auditoria están
exceptuadas del cumplimiento de la presente norma debido a la naturaleza
de su designación por la Contraloría General de la República.
NAGU. 2.2O PLANIFICACION ESPECÍFICA
El trabajo del auditor debe ser adecuadamente planificado a fin de asegurar
la realización de una auditoria de alta calidad y debe estar basado tanto en
el conocimiento de la actividad que desarrolla la entidad a examinar como
de las disposiciones legales que la afectan. La planificación de una auditoria
implica desarrollar una estrategia general para su conducción a fin de
asegurar que el auditor tenga un cabal conocimiento y comprensión de las
actividades, sistemas de control e información y disposiciones legales
aplicables a la entidad; que le permitan evaluar el nivel de riesgo de
auditoria así como determinar y programar la naturaleza, oportunidad y
alcance de los procedimientos a aplicar. La planificación de la auditoria debe
incluir la evaluación de los resultados de la gestión de la entidad a
examinar, en relación a los objetivos, metas y programas previstos.
Al concluir la recolección y estudio de información el auditor documentará
su trabajo mediante:
a. Descripción de las actividades de la entidad, resumidas en los papeles de
trabajo, sustentadas con la documentación obtenida de la entidad, como
flujo gramas sobre los procedimientos de las áreas más significativas,
etc.
b. Emisión de un Memorándum de Planificación cuya estructura básica
contendrá:
1. Objetivos del examen, son los resultados que se espera alcanzar.
2. Alcance del examen, grado de extensión de las labores de auditoria
que incluye áreas, aspectos y períodos a examinar.
3. Descripción de las actividades de la entidad.
4. Normativa aplicable a la entidad, especialmente relacionada con las
áreas materia de evaluación.
5. Informes a emitir y fechas de entrega.
6. Identificación de áreas críticas definiendo el tipo de pruebas a aplicar.
Se efectúa en los casos de objetivos predeterminados.
7. Puntos de atención, situaciones importantes a tener en cuenta
durante la conducción del examen, incluyendo denuncias que se
hubieran recibido.
28
8. Personal, nombre y categoría de los auditores que conforman el
equipo de auditoria. Asimismo, las tareas asignadas a cada uno, de
acuerdo a su capacidad y experiencia.
9. Funcionarios de la entidad a examinar.
10. Presupuesto de tiempo, por categorías, áreas y visitas.
11. Participación de otros profesionales y/o especialistas, de acuerdo a
las áreas materia de evaluación.
12. Aspectos denunciados, referidos a hechos de importancia
relacionados con la entidad a examinar.
13. La responsabilidad por la preparación del Memorándum de
Planificación corresponde al auditor encargado y al supervisor; la
revisión y aprobación a los niveles gerenciales competentes.
14. En el caso de las entidades sujetas al Sistema, el Jefe del Órgano de
Auditoria Interna aprobará el Memorándum de Planificación.
NAGU. 2.30. PROGRAMAS DE AUDITORIA
Para cada auditoria gubernamental deben prepararse programas específicos
que incluyan objetivos, alcance de la muestra, procedimientos detallados y
oportunidad de su aplicación; así como el personal encargado de su
desarrollo.
Los programas de auditoria comprenden una relación ordenada de
procedimientos a ser aplicados en el proceso de la auditoria, que permitan
obtener las evidencias competentes y suficientes para alcanzar el logro de
los objetivos establecidos.
Se desarrollan a partir del conocimiento de la entidad y sus sistemas. El
auditor se apoya en este conocimiento para establecer la naturaleza,
oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar. Su flexibilidad debe
permitir modificaciones, mejoras y ajustes que a juicio del auditor
encargado y supervisor se consideren pertinentes durante el curso de la
auditoria. El programa de auditoria debe ser lo suficientemente detallado de
manera que sirva de guía y como medio para controlar la adecuada
ejecución del trabajo. La responsabilidad de la elaboración de los
respectivos programas corresponde al auditor encargado y supervisor.
NAGU. 2.40 ARCHIVO PERMANENTE
El Archivo Permanente está conformado por un conjunto orgánico de
documentos que contienen copias y/o extractos de información de interés,
de utilización continúa o necesaria para futuros exámenes, básicamente
relacionada con:
* Ley orgánica de la entidad y normas legales que regulan su
funcionamiento
* Organigrama aprobado
* Reglamento de Organización y Funciones - ROF aprobado
* Manual de Organización y Funciones - MOF aprobado
* Manual de Procedimientos aprobado
* Flujo gramas de las principales actividades de la entidad
* Plan Operativo Institucional
* Presupuesto institucional, incluyendo modificaciones y evaluaciones
* Estados financieros
* Informes de auditoria
29
* Denuncias
* Plan Anual de Control, incluyendo reprogramaciones
* Informe de evaluación del Plan Anual
* Resumen de las decisiones más importantes adoptadas por la Alta
Dirección
* Resoluciones y Directivas emitidas por la entidad
* Convenios y Contratos trascendentes.
Se actualizará periódicamente a fin de permitir su fácil utilización,
especialmente en la fase de planificación de las auditorias. La
responsabilidad de organizar el Archivo Permanente corresponde:
a) A las Gerencias de Línea de la Contraloría General.
b) A las Jefaturas de los Órganos de Auditoria Interna de las
entidades sujetas al Sistema Nacional de Control
Limitaciones al Alcance
El cumplimiento de esta norma no es de aplicación a las Sociedades de
Auditoria debido a que sus exámenes se supeditan a la designación de la
Contraloría General, debiendo limitarse a mantener el archivo
correspondiente a las auditorias que hayan realizado en armonía con la
normativa vigente.
NAGU. 3. NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA
GUBERNAMENTAL
Este grupo está integrado esencialmente por normas utilizadas en la
realización de la auditoria, tienen el propósito que las pruebas y demás
procedimientos que se seleccionen, según el criterio profesional del auditor,
sean apropiados en las circunstancias para cumplir los objetivos de cada
auditoria. Las normas que se establecen a continuación, están referidas a:
Estudio y evaluación del control interno, evaluación del cumplimiento de
disposiciones legales y reglamentarias, supervisión del trabajo de auditoria,
evidencia suficiente, competente y relevante, papeles de trabajo,
comunicación de observaciones y carta de representación.
NAGU. 3.10 ESTUDIO Y EVALUACION DEL CONTROL INTERNO
Se debe efectuar un apropiado estudio y evaluación del control interno para
identificar las áreas críticas que requieren un examen profundo, determinar
su grado de confiabilidad a fin de establecer la naturaleza, alcance,
oportunidad y selectividad de la aplicación de procedimientos de auditoria.
La administración de la entidad es responsable de implantar y mantener un
sistema eficaz de control interno, cuya estructura comprende:
a) Ambiente de control, que se refiere a la disposición general, actitud
vigilante y acciones adoptadas por parte de la administración con respecto
al control y su importancia para la entidad.
b) Sistemas de información y registro, consiste en los métodos y registros
establecidos para identificar, reunir, analizar, clasificar, registrar e informar
las transacciones de una entidad.
30
c) Procedimientos de control, consisten en las políticas y procedimientos
adicionales establecidos por la administración para lograr una razonable
seguridad de que los objetivos específicos de la entidad serán alcanzados.
El estudio y evaluación del sistema de control interno debe ser llevado a
cabo de acuerdo al tipo de auditoria que se ejecute, sea financiera, de
gestión o se trate de exámenes especiales. Los auditores podrán evaluar,
hasta donde sea necesario para cumplir los objetivos de la auditoria,
aquellas políticas, La evaluación del sistema de control interno comprende
dos etapas:
1. Obtención de información acerca de su funcionamiento.
2. Comprobación de que los controles identificados funcionan efectivamente
y logran sus objetivos.
En caso de encontrarse computarizados los sistemas de información y
registro, el auditor debe establecer si los controles internos están
funcionando apropiadamente, a fin de brindarle confianza respecto a la
integridad de los datos procesados mediante medios informáticos. Al
término de ésta evaluación el auditor emitirá el documento denominado
Memorándum de Control Interno, el cual estará dirigido al titular de la
entidad.
NAGU. 3.20 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES
LEGALES Y REGLAMENTARIAS
En la ejecución de la auditoria gubernamental debe evaluarse el
cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables cuando sea necesario
para los objetivos de la auditoria. En el desarrollo de la auditoria
gubernamental, la evaluación del cumplimiento de las leyes y reglamentos
es también importante debido a que los organismos, programas, servicios,
actividades y funciones gubernamentales se crean generalmente por ley y
están sujetos a disposiciones legales y reglamentarias más específicas que
las que rigen en el sector privado. Dicha normativa establece, entre otros
aspectos, qué debe hacerse, quién debe hacerlo, las metas y objetivos por
alcanzar, la población que se va a beneficiar, cuánto y en qué deberá
gastarse. Las fuentes de información sobre las disposiciones legales son
diversas. Una adecuada fuente primaria constituye la entidad auditada,
dado que conoce la legislación aplicable. Cuando la citada entidad reciba
financiamiento de otro nivel gubernamental y se conozca su fuente, los
auditores podrán recurrir a la organización que suministre los fondos para
obtener y/o verificar información relacionada con las normas pertinentes.
NAGU. 3.30 SUPERVISION DEL TRABAJO DE AUDITORIA
El trabajo de auditoria debe ser apropiadamente supervisado para mejorar
su calidad y cumplir los objetivos propuestos. La supervisión es un proceso
técnico que consiste en dirigir y controlar la auditoria desde su inicio hasta
la aprobación del informe por el nivel competente. En la auditoria
gubernamental, la supervisión será ejercida por el auditor encargado, el
supervisor y los niveles inmediatos superiores vinculados directamente con
el proceso del examen. La supervisión se aplicará al planificar, ejecutar y
elaborar el correspondiente informe de auditoria. Se debe dejar evidencia
de la labor de supervisión que permita establecer la oportunidad y el aporte
técnico al trabajo de auditoria. La cantidad de trabajos de auditoria a
supervisar dependerá de los objetivos y alcance de la auditoria, complejidad
31
del trabajo, y condiciones externas, como la distancia de las entidades a
examinar.
NAGU. 3.40 EVIDENCIA SUFICIENTE, COMPETENTE Y RELEVANTE
El auditor debe obtener evidencia suficiente, competente y relevante
mediante la aplicación de pruebas de control y procedimientos sustantivos
que le permitan fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que
formule respecto al organismo, programa, actividad o función que sea
objeto de la auditoria. La evidencia deberá someterse a prueba para
asegurarse que cumpla los requisitos básicos de suficiencia, competencia y
relevancia. Los papeles de trabajo deberán mostrar los detalles de la
evidencia y revelar la forma en que se obtuvo.
CARACTERISTICAS DE LA EVIDENCIA
a. Suficiencia
Es suficiente la evidencia objetiva y convincente que basta para sustentar
los hallazgos, conclusiones y recomendaciones del auditor. La evidencia
será suficiente cuando por los resultados de la aplicación de una o varias
pruebas, el auditor podrá adquirir certeza razonable que los hechos
revelados se encuentran satisfactoriamente comprobados. Para
determinar si la evidencia es suficiente se requiere aplicar el criterio
profesional. Cuando sea conveniente, se podrá emplear métodos
estadísticos con ese propósito.
b. Competencia
Para que sea competente, la evidencia debe ser válida y confiable. A fin
de evaluar la competencia de la evidencia, el auditor deberá considerar
cuidadosamente si existen razones para dudar de su validez o de su
integridad. De ser así, deberá obtener evidencia adicional o revelar esa
situación en su informe. La evidencia que se obtiene de fuentes
independientes es más confiable que la obtenida del propio organismo
auditado.
La evidencia que se obtiene cuando se ha establecido un sistema de
control interno apropiado es más confiable que aquélla que se obtiene
cuando el sistema de control interno es deficiente, no es satisfactorio o
no se ha establecido.
La evidencia que se obtiene físicamente mediante un examen,
observación, cálculo o inspección es más confiable que la que se obtiene
en forma indirecta.
Los documentos originales son más confiables que sus copias.
La evidencia testimonial que se obtiene en circunstancias que permite a
los informantes expresarse libremente merece más crédito que aquélla
que se obtiene en circunstancias comprometedoras (por ejemplo, cuando
los informantes pueden sentirse intimidados).
c. Relevancia
Se refiere a la relación que existe entre la evidencia y su uso. La
información que se utilice para demostrar o refutar un hecho será
relevante si guarda una relación lógica y patente con ese hecho. Si no lo
hace, será irrelevante y, por consiguiente, no deberá incluirse como
evidencia. Cuando lo estimen conveniente, el auditor deberá obtener de
32
los funcionarios de la entidad auditada declaraciones por escrito respecto
a la relevancia y competencia de la evidencia que haya obtenido.
CONFIABILIDAD DE LA EVIDENCIA PROVENIENTE DE SISTEMAS
COMPUTARIZADOS
Para determinar la confiabilidad de la información, el auditor:
a) Podrá efectuar una revisión de los controles generales de los sistemas
computarizados y de los relacionados específicamente con sus
aplicaciones, que incluya todas las pruebas que sean permitidas; o
b) Si no revisa los controles generales y los relacionados con las
aplicaciones o comprueba que esos controles no son confiables, podrá
practicar pruebas adicionales o emplear otros procedimientos.
c) Cuando el auditor utilice datos procesados por medios electrónicos o los
incluya en su informe a manera de antecedentes o con fines informativos,
por no ser significativos para los resultados de la auditoria, bastará
generalmente que en el informe se cite la fuente de esos datos para
cumplir las normas relacionadas con la exactitud e integridad de su
informe.
NAGU. 3.50 PAPELES DE TRABAJO
El auditor gubernamental debe organizar un registro completo y detallado
de la labor efectuada y las conclusiones alcanzadas, en forma de papeles de
trabajo. Los papeles de trabajo constituyen el vínculo entre el trabajo de
planeamiento y ejecución, y el informe de auditoria. Por tanto, deberán
contener la evidencia necesaria para fundamentar los hallazgos, y opiniones
.
CONTENIDO
La forma y contenido de los papeles de trabajo se ven afectados por
factores tales como:
a. La naturaleza de la auditoria.
b. El tipo de informe a emitir.
c. La naturaleza y complejidad de la actividad de la entidad.
Como regla general, los papeles de trabajo deben contener:
a) El Memorando de Planificación y los Programas de Auditoria, que deben
estar debidamente referenciados a los papeles de trabajo.
b) Objetivos, alcance y metodología, incluyendo los criterios usados para la
selección de las muestras.
c) Indicación de la manera como se ha obtenido la información, con
referencia a los documentos base y las personas que la facilitaron
(fuentes).
d) Documentación del trabajo que sustente las conclusiones y juicios
significativos.
e) Índices, referencias, cédulas y resúmenes adecuados.
f) Conclusiones sobre cada uno de los componentes en que se divida el
examen.
g) Fecha y firma de la persona que los preparó.
h) Evidencia de las revisiones efectuadas al supervisar el trabajo realizado.
PROPIEDAD Y CUSTODIA DE LOS PAPELES DE TRABAJO
Los papeles de trabajo son propiedad de los órganos conformantes del
Sistema Nacional de Control, y de las Sociedades de Auditoria cuyos
exámenes practicados contaron con la autorización de la Contraloría
33
General. El auditor cautelará la integridad de los papeles de trabajo,
debiendo asegurar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, el
carácter secreto de la información contenida en los mismos.
NAGU. 3.60 COMUNICACION DE OBSERVACIONES
Durante el proceso de la auditoria, el auditor encargado debe comunicar
oportunamente las observaciones a los funcionarios y servidores de la
entidad examinada comprendidos en los hechos observados, a fin que en un
plazo perentorio establecido, presenten sus descargos sustentados
documentariamente, para su oportuna evaluación y consideración en el
informe correspondiente.
Las observaciones fundamentan las conclusiones y recomendaciones del
informe, y deben cumplir los siguientes requisitos:
a. Estar basadas en hechos y respaldadas con evidencias.
b. Ser objetivas.
c. Estar fundamentadas en una labor suficiente que sirva de soporte
para las conclusiones y recomendaciones.
El auditor gubernamental debe desarrollar sus hallazgos y constarán en los
papeles de trabajo, debidamente referenciados y documentados. Para
revelar completa y claramente los hallazgos, éstos contarán necesariamente
con los atributos de: Condición, Criterio, Causa y Efecto
La comunicación de observaciones es el proceso mediante el cual el auditor,
una vez evidenciados los hallazgos, cumple en forma inmediata con darlos a
conocer a los funcionarios y servidores de la entidad examinada
comprendidos en los hechos, para que presenten sus respectivos descargos
documentados.
El auditor encargado debe comunicar las observaciones a fin de otorgar el
ejercicio del derecho de defensa de las personas comprendidas en las
mismas, en observancia a las disposiciones legales vigentes. La
comunicación se efectúa por escrito en forma reservada y directa, debiendo
acreditarse su recepción.
El plazo para la entrega de los descargos es perentorio y será establecido a
criterio del auditor encargado, de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes. En caso de no ser ubicados los funcionarios y servidores
comprendidos en los hechos observados serán notificados en el diario oficial
u otro de mayor circulación en la que se encuentre la entidad auditada. La
no presentación de los descargos por parte del servidor o funcionario
público dentro del plazo previsto debe revelarse en el informe, así como los
hechos materia de la observación.
NAGU. 3.70 CARTA DE REPRESENTACION
El auditor debe obtener una carta de representación del titular y/o del nivel
gerencial competente de la entidad auditada. La carta de representación es
el documento por el cual el titular y/o nivel gerencial competente de la
entidad auditada reconoce haber puesto a disposición del auditor la
información requerida, así como cualquier hecho significativo ocurrido
durante el período bajo examen y hasta la fecha de terminación del trabajo
de campo.
34
NAGU. 4. NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA
GUBERNAMENTAL
Este grupo de normas establecen los criterios técnicos para el contenido,
elaboración y presentación del Informe de Auditoria Gubernamental
relacionado con la auditoria de gestión y exámenes especiales. Las Normas
de Auditoria Generalmente Aceptadas - NAGA y las Normas Internacionales
de Auditoria - NIA, que rigen a la profesión contable en el país, son
aplicables a todos los aspectos de contenido, elaboración y presentación del
Informe de Auditoria Financiera Gubernamental. Las normas que se
mencionan a continuación regulan la formulación del informe, estableciendo
la forma escrita, la oportunidad, presentación y contenido del informe; y el
informe especial.
NAGU 4.10 FORMA ESCRITA
Los auditores deben preparar informes de auditoria por escrito para
comunicar los resultados de cada examen. Los informes por escrito son
necesarios para:
a) Comunicar los resultados de la auditoria a funcionarios de los niveles
apropiados de gobierno.
b) Reducir el riesgo de los resultados sean erróneamente
interpretados.
c) Poner a disposición de las autoridades pertinentes los resultados del
examen.
d) Facilitar el seguimiento de los hallazgos y recomendaciones para verificar
que se hayan adoptado las medidas correctivas apropiadas.
NAGU. 4.20 OPORTUNIDAD DEL INFORME
Los informes de auditoria deben emitirse lo más pronto posible a fin que su
información pueda ser utilizada oportunamente por el titular de la entidad
examinada y/o funcionarios de los niveles apropiados del gobierno.
NAGU. 4.30 PRESENTACION DEL INFORME
El informe debe ser preparado en lenguaje sencillo y fácilmente entendible,
tratando los asuntos en forma concreta y concisa, los que deben coincidir de
manera exacta y objetiva con los hechos observados. Los hechos deben ser
presentados de manera objetiva y ponderada, es decir, con la suficiente
información que permita al usuario una adecuada interpretación de los
asuntos mencionados.
NAGU. 4.40 CONTENIDO DEL INFORME
Al finalizar el trabajo, el auditor debe elaborar un informe en el cual
expondrá apropiadamente los resultados del examen, señalando que se
realizó de acuerdo a las normas de auditoria gubernamental. Esta norma
tiene por finalidad regular el contenido de los informes de auditoria
financiera (informe largo), de gestión y de otros tipos que se deriven de las
mismas, tales como exámenes especiales, asegurando la uniformidad en su
denominación y estructura, así como una exposición clara y precisa de los
resultados del examen. Adicionalmente, se emitirá una Síntesis Gerencial
del Informe.
35
CONTENIDO DEL INFORME
El informe deberá presentar la siguiente estructura:
I. INTRODUCCION
Comprenderá la información general concerniente al examen y a la
entidad examinada.
A. INFORMACION RELATIVA AL EXAMEN
1. Motivo del examen
Estará referido a las causas que originan la acción de control, así como
la referencia al documento de acreditación. Deberán exponerse las
razones por las cuales se llevó a cabo la auditoria.
2. Naturaleza y Objetivos
En este rubro se precisará la naturaleza o tipo de examen a efectuar,
ya sea que se trate de una Auditoria de Gestión, Financiera o Examen
Especial. Los objetivos están referidos a lo que espera lograrse como
resultado del examen. Al exponerlos se darán a conocer los límites de
la auditoria, a fin de evitar interpretaciones erróneas en los casos en
que los objetivos hayan sido particularmente limitados o puntuales
sobre determinados aspectos de la gestión.
3. Alcance
Se dejará constancia que el trabajo se realizó de acuerdo con las
Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas y las Normas de
Auditoria Gubernamental.
Deberá indicarse claramente la cobertura y profundidad del trabajo que
se haya realizado para cumplir los objetivos de la auditoria,
precisándose el período examinado, el ámbito geográfico donde se haya
practicado la auditoria y las áreas materia de examen. De ser el caso,
el auditor revelará las limitaciones al alcance que se presenten en el
proceso del trabajo. Si se emplean datos que no hayan sido verificados,
ese hecho deberá manifestarse. También deberán revelarse las
modificaciones efectuadas al enfoque de la auditoria, como
consecuencia de las limitaciones de la información o del alcance de la
auditoria.
4. Comunicación de Observaciones
Se dará a conocer el cumplimiento de la comunicación de observaciones
efectuada a los funcionarios de la entidad comprendidos en las mismas.
B. INFORMACION RELATIVA A LA ENTIDAD EXAMINADA
1. Antecedentes y Base Legal
Se deberá hacer una breve referencia en torno a la creación de la
entidad, su estructura organizativa, las principales actividades que
desarrolla y al área examinada.
En la base legal se precisará la referencia a las disposiciones legales
que la regulan.
2. Relación de las personas comprendidas en las observaciones
Está referido al personal de la entidad auditada comprendido en las
observaciones, el cual se consignará en un anexo del informe, con
indicación de nombres y apellidos, cargo, período de gestión, condición
laboral y dirección domiciliaria.
3. Posición financiera, económica y presupuestaria
36
Teniendo en cuenta el tipo de examen que se realice, a criterio del
auditor, se incluirán el balance general, estado de pérdidas y
ganancias, balance de ejecución presupuestal u otros, según
corresponda.
II. CONCLUSIONES
En este rubro el auditor deberá expresar sus conclusiones, que son
juicios de carácter profesional basados en las observaciones resultantes
del examen efectuado. Las conclusiones estarán referidas a la evaluación
de los resultados de gestión de la entidad examinada, en cuanto al logro
de los objetivos, metas y programas, así como a la utilización de los
recursos públicos, en términos de economía, eficiencia y eficacia.
Asimismo, en las conclusiones se deberá indicar la determinación de la
naturaleza de la responsabilidad en la que incurran los funcionarios o
servidores públicos, sea administrativa, civil o penal. De acuerdo a la
competencia funcional de los órganos conformantes del Sistema Nacional
de Control, cuando la responsabilidad es de carácter penal, ésta debe ser
revelada en términos de presunción de delito. Al final de cada conclusión
se hará referencia al número correspondiente a la observación en la cual
se expone el hecho con todos los detalles.
III. OBSERVACIONES
En esta parte del informe, se debe revelar:
Toda aquella información que a juicio del auditor, permita conocer hechos
o circunstancias que incidan significativamente en la gestión de la entidad
auditada, tales como el reconocimiento de las dificultades o
circunstancias en las que se desenvolvieron los responsables de dicha
gestión, en los supuestos en que esto suceda, sin perjuicio de la
observancia de los requisitos de objetividad e imparcialidad que deben
guiar al auditor en la elaboración de su informe. Los aspectos principales
que deben tenerse en cuenta al redactar las observaciones serán:
1. Las observaciones estarán referidas a asuntos significativos e incluirán
información suficiente y competente relacionada con los resultados de
la evaluación efectuada a la gestión de la entidad examinada, así como
el uso de los recursos públicos, en términos de economía, eficiencia y
eficacia.
2. Igualmente deberá incluir la información necesaria respecto a los
antecedentes a fin de facilitar la comprensión de las observaciones.
3. El término observación está referido a cualquier situación deficiente y
relevante que se determine de la aplicación de procedimientos de
auditoria y estará estructurada de acuerdo con los atributos (condición,
criterio, causa y efecto) que se considere de interés para la entidad
examinada.
Cada observación deberá redactarse en forma narrativa, teniendo en
cuenta para su presentación los aspectos siguientes:
a. Sumilla.- Se refiere al título que utiliza el hecho observado.
b. Condición.- Este término se refiere a la descripción de la situación
irregular o deficiencia hallada, cuyo grado de desviación debe ser
demostrada.
37
c. Criterio.- Son las normas transgredidas de carácter legal, operativo o
de control que regulan el accionar de la entidad examinada. El desarrollo
del criterio en la presentación de la observación debe citar
específicamente la normativa pertinente y el texto aplicable de la misma.
d. Causa.- Es la razón fundamental por la cual ocurrió la condición, o el
motivo por el que no se cumplió el criterio o norma. Su identificación
requiere de la habilidad y juicio profesional del auditor y es necesaria para
el desarrollo de una recomendación constructiva que prevenga la
recurrencia de la condición.
e. Efecto.- Es la consecuencia real o potencial, cuantitativa o cualitativa,
que ocasiona el hallazgo, indispensable para establecer su importancia y
recomendar a la Administración que tome las acciones requeridas para
corregir la condición. Siempre y cuando sea posible, el auditor debe
revelar en su informe la cuantificación del efecto.
4. Al término del desarrollo de cada observación, se indicarán de modo
sucinto los descargos que presenten las personas comprendidas en la
misma, así como la opinión del auditor después de evaluar los hechos
observados y los descargos recibidos.
5. Si durante el examen el auditor aprecia logros notables en la entidad
auditada y que tengan relación con el alcance y objetivos de la auditoria,
a su juicio podrá decidir su inclusión en los comentarios del informe.
6. Tratándose de la existencia de posibles delitos el auditor debe
deslindar y determinar el tipo de responsabilidad que corresponda a los
presuntos implicados, contando para ello con una adecuada coordinación
con la asesoría legal.
IV. RECOMENDACIONES
Las recomendaciones constituyen las medidas sugeridas a la
Administración de la entidad examinada, orientadas a promover la
superación de las observaciones o hallazgos emergentes de la evaluación
de la gestión. Serán dirigidas a los funcionarios públicos que tengan
competencia para disponer su aplicación. Las recomendaciones deben
estar encaminadas a superar las causas de los problemas observados, se
referirán a acciones específicas y estarán dirigidas a quienes corresponde
emprender esas acciones. Además, es necesario que las medidas que se
recomienden sean factibles de implantar y que su costo corresponda a los
beneficios esperados. Las recomendaciones deberán contener la
descripción de cursos de acción para optimizar el cumplimiento de metas
y objetivos institucionales, sectoriales y nacionales. Al formular las
recomendaciones se enfatizará en precisar las medidas necesarias para la
acción correctiva, aplicando criterios de oportunidad, de acuerdo a la
naturaleza de las observaciones.
ANEXOS
A fin de lograr el máximo de concisión y claridad en el informe, se
utilizarán los anexos indispensables que complementen o amplíen la
información de importancia contenida en el mismo. Pueden estar
referidos, entre otros aspectos, a los fundamentos de los descargos
presentados por las personas comprendidas en los hechos observados, a
los informes técnicos y legales, según la naturaleza de los hallazgos, y a
los estados financieros consolidados, en caso de no haber sido auditados.
FIRMA
38
El informe deberá ser firmado por el auditor encargado, el supervisor y el
nivel gerencial correspondiente de la Contraloría General de la República.
En el caso de los órganos de auditoria interna del Sistema Nacional de
Control, por el auditor encargado, el supervisor y el jefe del respectivo
órgano. De ameritarlo, el informe también será suscrito por el asesor
legal u otro profesional y/o especialista.
NAGU. 4.50 INFORME ESPECIAL
Cuando en la ejecución del trabajo de auditoria, se evidencien indicios
razonables de comisión de delito, en cautela de los intereses del Estado, el
auditor, sin perjuicio de la continuidad del respectivo examen, debe emitir
con la celeridad del caso, un Informe Especial con el respectivo sustento
técnico y legal, para que se efectúen las acciones pertinentes en forma
inmediata en las instancias correspondientes. La aplicación de esta norma
permitirá al auditor que con base en su juicio profesional y en observancia
de las normas legales aplicables, ejerza su labor en los casos de
evidenciarse indicios razonables de comisión de delito durante el desarrollo
de su trabajo en la entidad auditada.
La instancia correspondiente será la Procuraduría, en el caso que la
auditoria sea realizada por la Contraloría General de la República; las
Fiscalías, y/o Procuraduría adscrita al sector respectivo, cuando los
exámenes sean efectuados por los órganos de auditoria interna
conformantes del Sistema y Sociedades de Auditoria designadas.
En la misma fecha de iniciados los trámites en la Procuraduría y/o Fiscalía,
según corresponda, los citados órganos de auditoria y las Sociedades de
Auditoria, remitirán un ejemplar del informe especial a la Contraloría
General y, a juicio del auditor, al titular de la entidad, siempre que éste
último no se encuentre comprendido en los indicios razonables de comisión
de delito. La emisión del informe especial, no exime al auditor de su
obligación de recomendar medidas inmediatas, en cautela de la
recuperación del patrimonio del Estado.
1.7 NIIFS APROBADAS
Los especialistas en materia contable habían sido vistos por la sociedad
como profesionales pétreos cuyos principios y normas cambiaban
singularmente y de alguna manera sin mayor gloria. Es indudable que
siendo la contabilidad instrumental al mundo de los negocios el constante
cambio en el entorno global de los mismos, marque elásticos movimientos
en la generación de normativa, procesos y aplicaciones contables.
Es de conocimiento general la obligatoria aplicación de las normas
internacionales de contabilidad a efectos de reportes financieros y
concretamente en relación con la preparación de los estados que sirvan de
base para las declaraciones de impuesto sobre la renta.
Es importante hacer notar que en el mes de marzo del 2004 el IASB publica
las Normas Internacionales de Reporte Financiero con los primeros cambios
resultantes de la transición de las Normas Internacionales de Contabilidad a
las Normas Internacionales de Reporte Financiero, dictándose las primeras
cinco normas internacionales de Reporte Financiero.
La norma número uno se refiere a los aspectos relativos al tratamiento de la
adopción por primera vez de las NIRF; partiendo de la base de estados
39
financieros que ya han sido convertidos a la base contable de Normas
Internacionales de Contabilidad, por lo cual este requisito previo, para
quienes aún lo tienen pendiente, es un adeudo vencido. La norma número
dos regula aspectos de pagos efectuados en transacciones monetarias y no
monetarias; la relevancia de esta norma es la de denotar transacciones de
carácter dual respecto de pagos realizados sobre bases compartidas en
términos monetarios, no dinerarios y de contraprestación mediante la
entrega de servicios.
La norma tercera regula los elementos relacionados con combinaciones de
negocios. Esta viene a sustituir la Norma Internacional Contable No. 22,
dando el enfoque más actual en relación con este tipo de transacciones.
La norma cuarta, trata lo relativo a contratos de seguros. Cuando este tema
empezó a tratarse y antes de que el IASB decidiera migrar de las Normas
Internacionales de Contabilidad a las Normas Internacionales de Reporte
Financiero, la norma relativa a seguros estaba supuesta a ocupar su lugar
como NIC 42.
Por último, la quinta norma regula aspectos relativos a la tenencia de
activos no corrientes con propósitos de venta y operaciones discontinuas;
viene esta norma a tratar aspectos de muy cotidiano requerimiento y
sustituye en relación con operaciones en discontinuación a la NIC 35.
Quedan con estas modificaciones también eliminados los boletines
interpretativos SIC 8, 9 y 28 y marca, a partir de estos cambios, el inicio de
la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera en
contraposición o evolución de las Normas Internacionales de Contabilidad.
Como es notorio, los temas son de gran impacto actual, siendo el propósito
de esta nota hacer del conocimiento del lector que así como el mundo de los
negocios globales está dirigido por cambios continuos de alta velocidad, el
tradicional mundo contable, otrora estático, se ha tenido que poner al
corriente de las nuevas velocidades a las que evoluciona el mundo de los
negocios. La adopción de las primeras cinco normas internacionales de
reporte financiero son solo el principio de un nuevo ciclo de cambios.
PLANTEAMIENTO
Desde que se reestructuró el cuerpo internacional encargado de emitir las
normas técnicas de contabilidad, encargando de emitir dichos
pronunciamientos actualmente bajo la denominación en castellano de
normas internacionales de información (o reportes) financieros se han
emitido 06 Normas.
ANALISIS
El ente encargado de emitir los estándares contables a partir del 2,001 es la
Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en
inglés), el cuál tiene la misión de establecer un solo sistema de normas
globales comprensibles y de alta calidad necesarias para la preparación de
información transparente y comparable denominadas normas
internacionales de reporte financiero (NIRF o NIIF, en inglés IFRS). Sin
embargo, dado que era necesario contar con una base inicial, el IASB
aprobó que todas las normas e interpretaciones emitidas por su predecesor
continuasen siendo aplicables hasta que sean modificadas o abandonadas,
por nuevas normas e interpretaciones.
40
De esta manera, inicialmente adoptó las Normas Internaciones de
Contabilidad (NICs) emitidas por el IASC (organismo predecesor del IASB)
habiendo luego de todo un proceso generado nuevas normas que completan
o mejoran las anteriores. Resultado de ello, a la fecha la Junta de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASB), ha publicado 6 Normas
Internacionales de Información (o Reporte) Financiero (en siglas NIRFs o
NIIFs), las cuales se detallan en el siguiente cuadro, con su respectiva fecha
de publicación:
INTERNATIONAL FINANCIAL REPORTING STANDARDS
(Normas Internacionales de Información Financiera)
NIIF TITULO DESCRIPCIÓN
1
First-time Adoption of
International Financial
Reporting Standards.
(Primera adopción de las
Normas Internacionales de
Información Financiera)
Explica como una entidad debería efectuar
la transición de las políticas contables
aplicadas a las NICs/NIIF en los elementos
de sus estados financieros. Aplicable a las
empresas de Europa que aplicarán por
primera vez las normas internacionales de
contabilidad a partir del 2005.
Reemplaza a la interpretación SIC-8 Primera
Aplicación de las NICs como Base Primaria
de la Contabilidad. (First-time Application of
IASs as the Primary Basis of Accounting )
Fecha de Publicación: 19 de junio del
2003
2
Share-Based Payment
(Pagos basados en acciones)
Trata sobre la contabilización de
transacciones de pago basado en acciones,
incluyendo concesión de opciones de
acciones a los empleados. La norma
propone medir estas transacciones al valor
razonable, ya sea directamente, por el valor
razonable de los bienes y servicios recibidos
o adquiridos, o indirectamente, mediante la
referencia al valor razonable de los
instrumentos de capital concedidos, en
función de cuál de los dos sea determinable
más fácilmente.
Fecha de Publicación: 19 de febrero del
2004
3
Business Combinations
(Combinación de negocios)
Explica el tratamiento que debe darse a las
combinaciones de negocios, estableciendo
como único método de contabilización el
método de la compra. Además de ello, entre
otras modificaciones, elimina una de las
posibilidades de reconocimiento de activos y
pasivos identificables (aquella referida al
reconocimiento proporcional), establece la
no amortización de la plusvalía mercantil
pero sí la prueba de desvalorización del
mismo anualmente o más frecuentemente si
los eventos o cambios en las circunstancias
indican una posible desvalorización.
41
Cualquier exceso de los activos y pasivos
netos identificables adquiridos respecto al
costo de la combinación se reconoce como
una ganancia en el estado de resultados.
Reemplaza a la NIC 22 Combinación
(Fusión) de Negocios.
Fecha de Publicación: 31 de marzo del
2004
4
Insurance Contracts
(Contratos de Seguros)
Regula el tratamiento contable de todos los
contratos de seguros y reaseguros. Es la
primera norma que establece una guía que
marca el primer paso en los proyectos del
IASB para conseguir la convergencia de
distintas prácticas en el negocio de seguros
alrededor del mundo.
Esta norma resulta aplicable para estados
financieros anuales que comiencen a partir
del 1º de enero del 2,005, sin embargo, una
aplicación anterior a dicha fecha es
alentada.
Fecha de Publicación: 31 de marzo del
2004
5
Non-current Assets Held
for Sale and Discontinued
Operations.
(Activos no corrientes
mantenidos a la venta y
operaciones discontinuadas)
Dispone el tratamiento aplicable, cuando
una línea de negocios principal o las
operaciones de un área geográfica se
clasifican como discontinuas. Esta norma
reemplaza a la NIC 35: Operaciones
Discontinuas. De acuerdo con esta norma,
los activos mantenidos para la venta se
valoran al menor entre su valor contable y
su valor razonable menos los costes de
enajenación. Además, se estipula que una
línea de negocio principal o las operaciones
de un área geográfica se clasifican como
discontinuas si sus activos se clasifican
como “a la venta”. A partir de la fecha en la
cual los activos no corrientes son
clasificados como mantenidos para la venta
no se deprecian; siendo presentados en el
balance general de manera separada.
Fecha de Publicación: 31 de marzo del
2004.
6
NIIF 6. Exploración y
evaluación de los recursos
minerales
El objetivo de esta NIIF es especificar la
información financiera relativa a la
exploración y la evaluación de recursos
minerales.
2 En concreto, esta NIIF requiere:
(a) determinadas mejoras en las prácticas
contables existentes para los desembolsos
relacionados con la exploración y
evaluación;
42
(b) que las entidades que reconozcan
activos para exploración y evaluación
realicen una comprobación del deterioro del
valor de los mismos de acuerdo con esta
NIIF, y valoren el posible deterioro de
acuerdo con la NIC 36 Deterioro del valor de
los activos;
(c) revelar información que identifique y
explique los importes que surjan, en los
estados financieros de la entidad, derivados
de la exploración y evaluación de recursos
minerales, a la vez que ayude a los usuarios
de esos estados financieros a comprender el
importe, calendario y certidumbre asociados
a los flujos de efectivo futuros de los activos
para exploración y evaluación reconocidos.
1. Las Normas Internacionales de Auditoria contienen principios básicos
y procedimientos esenciales estas son emitidas en dos series
separadas: La de Servicios de Auditoria (NIAs) y la de Servicios
Afines (NIAs/SAs). El marco describe los servicios que el Auditor
puede comprometerse a realizar en relación con el nivel de
certidumbre resultante.
2. Las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU, son los criterios que
determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor,
orientados a uniformar el trabajo de la auditoria gubernamental y
obtener resultados de calidad. Constituyen un medio técnico para
fortalecer y uniformar el ejercicio profesional del auditor
gubernamental y permiten la evaluación del desarrollo y resultados
de su trabajo, promoviendo el grado de economía, eficiencia y
eficacia en la gestión de la entidad auditada.
3. El ente encargado de emitir los estándares contables a partir del
2,001 es la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB,
por sus siglas en inglés), el cuál tiene la misión de establecer un solo
sistema de normas globales comprensibles y de alta calidad
necesarias para la preparación de información transparente y
comparable denominadas normas internacionales de reporte
financiero (NIRF o NIIF, en inglés IFRS). Sin embargo, dado que era
necesario contar con una base inicial, el IASB aprobó que todas las
normas e interpretaciones emitidas por su predecesor continuasen
siendo aplicables hasta que sean modificadas o abandonadas, por
nuevas normas e interpretaciones.
43
1. Elabore cuadro comparativo entre NIAS –NAGUS – NIIFS
Nº AUTOR TITULO EDITORIAL
1 Juan Francisco Álvarez Illanes Auditoria Gubernamental Pacifico 2002
2 Federación de Colegios de
Contadores Públicos del Perú
Normas Internacionales de
Contabilidad
IMCP 1998
3 O. Ray Whittington - Kurt Pany AUDITORIA - UN
ENFOQUE INTEGRAL
Mc Graw Hill 2001
Recursos en Internet
Nº Dirección Internet Descripción
1 www.contraloria.gob.pe Portal Contraloría General de la Republica
2 www.conasev.gob.pe Portal de CONASEV
3 www.cpn.mef.gob.pe Portal Contaduría Pública de la Nación
Nº 01
Indique que entiende por Auditoria y cuál es la finalidad principal.
Cuál es la diferencia entre la Auditoría Interna y la Auditoría Externa.
En qué consiste la Auditoria de Gestión Ambiental.
Indique que entiende por la NAGU. 4.40 Contenido del Informe.
Cuáles son las características que debe tener una evidencia en la
Auditoria.
44
45
EL PROCESO DE LA AUDITORÍA
CONTENIDO
INDICADOR DE LOGROS
2.1 INTRODUCCION
2.2 LA PLANIFICACION
2.3 ETAPAS DE LA PLANIFICACIÓN EN LA AUDITORIA
2.4 FASES DE PLANEACION
2.5 PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABLES DE LA PLANEACION
2.6 TÉCNICAS A APLICARSE EN LA PLANEACIÓN DE AUDITORIA.
2.7 LA CARTA PROPUESTA
ACTIVIDADES
RESUMEN
BIBLIOGRAFIA RECOMENDADA
AUTOEVALUACION FORMATIVA
Al finalizar el presente Fascículo el participante estará en condiciones
de conocer el proceso de planeamiento y su aplicación en empresas
privadas y públicas. Elabora la carta propuesta y el memorando de
planeamiento y reconoce la importancia del plan de auditoría.
46
2.1 INTRODUCCION
Llevar a cabo una auditoria implica una serie de pasos a cumplimentar que,
bien sabemos, pueden diferir según las circunstancias particulares en cada
caso. Sin embargo, y sin perjuicio de lo expuesto con anterioridad,
usualmente se verifican tres etapas: planificación, ejecución y control.
A continuación podemos observar los objetivos, productos terminados y
aspectos claves a ser considerados para cada una de dichas etapas:
Por otra parte, cabe señalar que los límites de cada etapa no son tajantes ni
excluyentes, pudiéndose realizar las modificaciones que se consideren
necesarias según surja de la ejecución de los procedimientos a ser aplicados
en el desarrollo de la tarea de auditoria.
Para concluir, en el esquema siguiente, se establecen -a grandes rasgos-
cuáles serían las acciones a seguir en cada etapa del proceso de auditoría.
2.2 PLANIFICACION
El Planeamiento como etapa primaria del proceso de Auditoria fue
establecido para prever los procedimientos que se aplicarán a fin de obtener
conclusiones válidas y objetivas que sirvan de soporte a la opinión que se
vierta sobre la Entidad o Empresa bajo examen.
Auditoria ii
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  • 1. 1
  • 2. 2
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  • 4. 4 UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES Educación a Distancia Huancayo. IMPRESION DIGITAL SOLUCIONES GRAFICAS SAC Jr.PUNO 564-HUANCAYO Telf. 214433
  • 5. 5 INDICE Pag. PRESENTACION UNIDAD TEMÁTICA I: AUDITOR, AUDITORIA Y NORMATIVIDAD 9 1.1 DEFINICIONES, OBJETIVOS Y FINALIDAD 9 1.2 EL AUDITOR 10 1.3 CLASIFICACION DE LA AUDITORIA 12 1.4 PUNTOS QUE ABARCA LA AUDITORIA.- 15 1.5 NIAS - CONCEPTO Y GRUPOS QUE LAS CONFORMAN 16 1.6 COMPENDIO DE NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL – NAGUS 24 1.7 NIIFS APROBADAS 38 UNIDAD TEMÁTICA II: EL PROCESO DE LA AUDITORÍA 45 2.1 INTRODUCCION 46 2.2 LA PLANIFICACION 46 2.3 ETAPAS DE LA PLANIFICACIÓN EN LA AUDITORIA 48 2.4 FASES DE PLANEACION 51 2.5 PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABLES DE LA PLANEACION 52 2.6 TÉCNICAS A APLICARSE EN LA PLANEACIÓN DE AUDITORIA. 53 2.7 LA CARTA PROPUESTA 53 UNIDAD TEMÁTICA III: AUDITORIA DE CUENTAS DEL BALANCE 57 3.1 AUDITORIA A CAJA Y BANCOS (TESORERIA) 58 3.2 AUDITORIA DE CUENTAS POR COBRAR 72 3.3 AUDITORIA DE EXISTENCIAS 84 3.4 AUDITORIA DE ACTIVOS FIJOS 98 3.5 AUDITORIA DE INVERSIONES EN VALORES 104 3.6 AUDITORIA DE INTANGIBLES 108 3.7 AUDITORIA DE PASIVOS CP Y LP 115 3.8 AUDITORÍA DE CUENTAS PATRIMONIALES 124
  • 6. 6 UNIDAD TEMÁTICA IV: AUDITORIA DE INGRESOS Y EGRESOS 133 4.1 AUDITORIA DE INGRESOS 134 4.2 AUDITORIA DE GASTOS 135 UNIDAD TEMÁTICA V: FLUJO DE EFECTIVO Y ESTADO EN EL PATRIMONIO NETO 143 5.1 FLUJO DE EFECTIVO 144 5.2 ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO 151 UNIDAD TEMÁTICA VI: DICTAMEN E INFORMES DE AUDITORIA 155 6.1 DICTAMEN DE AUDITORIA 155 6.2 TIPOS DE DICTAMEN 160 6.3 CARTA DE OBSERVACION Y SUGERENCIAS AL CONTROL INTERNO 171 6.4 HECHOS POSTERIORES 174 6.5 SEGUIMIENTO DE LA AUDITORIA 181
  • 7. 7 PRESENTACION El presente manual ayudará a la total comprensión de una de las ramas importantes de la profesión contable, como es la auditoría dirigida a los alumnos de la Carrera Profesional de Contabilidad y Finanzas, pretende brindar apoyo teórico y práctico a su capacitación en temas de Auditoria II. Se han dividido los temas en VI Fascículos en las que se ha introducido lecturas y resúmenes que facilitarán el desarrollo del curso. El objetivo de la Auditoria II es proporcionar una certeza razonable de que los estados financieros, tomados de forma integral. Certeza razonable es un término que se refiere a la acumulación de la evidencia de la auditoría necesaria para que el auditor concluya que no hay manifestaciones erróneas substanciales en los estados financieros. Las exigencias de los usuarios de estados financieros auditados crecerán y serán más sofisticados, por lo que el requerimiento de que los auditores cumplan con normas de auditoría internacionales es de hecho una realidad. Algunos conceptos esenciales en la auditoría no cambian; ni pueden ni deben cambiar. La independencia mental sigue siendo la columna vertebral de la profesión; la ética continúa identificándose como el cimiento de la labor de los contadores; y las normas de auditoría permanecen como los requisitos mínimos de calidad, los lineamientos de conducta que debe observar el auditor. Pero, la tecnología no se detiene. Por el contrario, avanza a pasos acelerados y las expectativas de clientes y usuarios se multiplican, lo que hace aún más demandante la labor de los contadores públicos que llevan a cabo el examen de los estados financieros. En este contexto se desarrolla la auditoría, como actividad por excelencia del contador público que lo identifica con sus características más esenciales, como son responsabilidad e independencia. El auditor, para llevar a cabo sus funciones, requiere tener conocimientos profundos sobre principios y normas internacionales de contabilidad, normas internacionales de auditoría, procedimientos de auditoría, principios de ética profesional. Espero que este primer esfuerzo sirva de base a obras de mayor envergadura, contando siempre con vuestra generosa colaboración. CPC. Isabel Liz PEÑA RICAPA
  • 8. 8 "Una máquina puede hacer el trabajo de 50 hombres corrientes. Pero no existe ninguna máquina que pueda hacer el trabajo de un hombre extraordinario."
  • 9. 9 AUDITORIA, AUDITOR Y NORMAS APLICABLES A LA AUDITORIA CONTENIDO INDICADOR DE LOGROS 1.8 DEFINICIONES, OBJETIVOS Y FINALIDAD 1.9 EL AUDITOR 1.10 CLASIFICACION DE LA AUDITORIA 1.11 PUNTOS QUE ABARCA LA AUDITORIA.- 1.12 NIAS - CONCEPTO Y GRUPOS QUE LAS CONFORMAN 1.13 COMPENDIO DE NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL – NAGUS 1.14 NIIFS APROBADAS ACTIVIDADES RESUMEN BIBLIOGRAFIA RECOMENDADA AUTOEVALUACION FORMATIVA 1.1 DEFINICIONES Inicialmente, la auditoria se limito a las verificaciones de los registros contables, dedicándose a observar si los mismos eran exactos. Por lo tanto esta era la forma primaria: Confrontar lo escrito con las pruebas de lo acontecido y las respectivas referencias de los registros. Con el tiempo, el campo de acción de la auditoria ha continuado extendiéndose; no obstante son muchos los que todavía la juzgan como portadora exclusiva de aquel objeto remoto, o sea, observar la veracidad y exactitud de los registros. Holmes escribe: "... la auditoria es el examen de las demostraciones y registros administrativos. El auditor observa la exactitud, integridad y autenticidad de tales demostraciones, registros y documentos." Al finalizar el presente Fascículo el participante comprende los aspectos generales y la función del auditor en la empresa moderna y sus principales características. Así como las Normas que se aplican en la Auditoria
  • 10. 10 Por otra parte tenemos la conceptuación sintética de un profesor de la universidad de Harvard el cual expresa lo siguiente: "... el examen de todas las anotaciones contables a fin de comprobar su exactitud, así como la veracidad de los estados o situaciones que dichas anotaciones producen." Tomando en cuenta los criterios anteriores podemos decir que la auditoria es la actividad por la cual se verifica la corrección contable de las cifras de los estados financieros; Es la revisión misma de los registros y fuentes de contabilidad para determinar la racionabilidad de las cifras que muestran los estados financieros emanados de ellos. OBJETIVOS El objetivo de la Auditoria consiste en apoyar a los miembros de la empresa en el desempeño de sus actividades. Para ello la Auditoria les proporciona análisis, evaluaciones, recomendaciones, asesoría e información concerniente a las actividades revisadas. La Auditoria, es practicada en una empresa o entidad para llegar a establecer alguno de los siguientes objetivos: 1. Descubrir errores, filtraciones o fraudes en la gestión y contabilización de las operaciones de la empresa, cometidos por sus empleados, funcionarios o propietarios. 2. Valuar las tareas del personal en cuanto se refiere a su corrección y productividad. 3. Verificar el mecanismo administrativo empleado en la empresa. 4. Verificar la corrección de la presentación de los estados económicos y financieros preparados por la empresa. 5. Recopilar las observaciones necesarias al momento de la certificación de los estados financieros. 6. Estudiar los mecanismos y procedimientos de control interno y proponer las soluciones a las fallas detectadas. FINALIDAD • Los fines de la auditoria son los aspectos bajo los cuales su objeto es observado. Podemos escribir los siguientes: • Indagaciones y determinaciones sobre el estado patrimonial • Indagaciones y determinaciones sobre los estados financieros. • Indagaciones y determinaciones sobre el estado reditual. • Descubrir errores y fraudes. • Prevenir los errores y fraudes • Estudios generales sobre casos especiales, tales como: • Exámenes de aspectos fiscales y legales • Examen para compra de una empresa( cesión patrimonial) • Examen para la determinación de bases de criterios de prorrateo, entre otros. 1.2 EL AUDITOR Es aquella persona profesional, que se dedica a trabajos de auditoria habitualmente con libre ejercicio de una ocupación técnica. Una auditoria debe hacerla una persona o firma independiente de capacidad profesional reconocidas. Esta persona o firma debe ser capaz de ofrecer una
  • 11. 11 opinión imparcial y profesionalmente experta a cerca de los resultados de auditoria, basándose en el hecho de que su opinión ha de acompañar el informe presentado al término del examen y concediendo que pueda expresarse una opinión basada en la veracidad de los documentos y de los estados financieros y en que no se imponga restricciones al auditor en su trabajo de investigación. Bajo cualquier circunstancia, un Contador profesional acertado se distingue por una combinación de un conocimiento completo de los principios y procedimientos contables, juicio certero, estudios profesionales adecuados y una receptividad mental imparcial y razonable. Funciones generales Para ordenar e imprimir cohesión a su labor, el auditor cuenta con un una serie de funciones tendientes a estudiar, analizar y diagnosticar la estructura y funcionamiento general de una organización. Las funciones tipo del auditor son: • Estudiar la normatividad, misión, objetivos, políticas, estrategias, planes y programas de trabajo. • Desarrollar el programa de trabajo de una auditoria. • Definir los objetivos, alcance y metodología para instrumentar una auditoria. • Captar la información necesaria para evaluar la funcionalidad y efectividad de los procesos, funciones y sistemas utilizados. • Recabar y revisar estadísticas sobre volúmenes y cargas de trabajo. • Diagnosticar sobre los métodos de operación y los sistemas de información. • Detectar los hallazgos y evidencias e incorporarlos a los papeles de trabajo. • Respetar las normas de actuación dictadas por los grupos de filiación, corporativos, sectoriales e instancias normativas y, en su caso, globalizadoras. • Proponer los sistemas administrativos y/o las modificaciones que permitan elevar la efectividad de la organización • Analizar la estructura y funcionamiento de la organización en todos sus ámbitos y niveles • Revisar el flujo de datos y formas. • Considerar las variables ambientales y económicas que inciden en el funcionamiento de la organización. • Analizar la distribución del espacio y el empleo de equipos de oficina. • Evaluar los registros contables e información financiera. • Mantener el nivel de actuación a través de una interacción y revisión continua de avances. • Proponer los elementos de tecnología de punta requeridos para impulsar el cambio organizacional. • Diseñar y preparar los reportes de avance e informes de una auditoria. HABILITACION DE AUDITORES Para poder encargarse de la auditoria debe estarse en posesión de la oportuna habilitación administrativa como auditores de cuentas. Se entiende que tienen tal habilitación los inscritos en el Registro Oficial de
  • 12. 12 Auditores de Cuentas. 1.3 CLASIFICACION DE LA AUDITORIA Auditoria Externa La auditoria Externa es el examen crítico, sistemático y detallado de un sistema de información de una unidad económica, realizado por un Contador Público sin vínculos laborales con la misma, utilizando técnicas determinadas y con el objeto de emitir una opinión independiente sobre la forma como opera el sistema, el control interno del mismo y formular sugerencias para su mejoramiento. El dictamen u opinión independiente tiene trascendencia a los terceros, pues da plena validez a la información generada por el sistema ya que se produce bajo la figura de la Fe Pública, que obliga a los mismos a tener plena credibilidad en la información examinada. La Auditoria Externa examina y evalúa cualquiera de los sistemas de información de una organización y emite una opinión independiente sobre los mismos, pero las empresas generalmente requieren de la evaluación de su sistema de información financiero en forma independiente para otorgarle validez ante los usuarios del producto de este, por lo cual tradicionalmente se ha asociado el término Auditoria Externa a Auditoria de Estados Financieros, lo cual como se observa no es totalmente equivalente, pues puede existir Auditoria Externa del Sistema de Información Tributario, Auditoria Externa del Sistema de Información Administrativo, Auditoria Externa del Sistema de Información Automático etc. Auditoría Interna La auditoria Interna es el examen crítico, sistemático y detallado de un sistema de información de una unidad económica, realizado por un profesional con vínculos laborales con la misma, utilizando técnicas determinadas y con el objeto de emitir informes y formular sugerencias para el mejoramiento de la misma. Estos informes son de circulación interna y no tienen trascendencia a los terceros pues no se producen bajo la figura de la Fe Publica. Las auditorias internas son hechas por personal de la empresa. Un auditor interno tiene a su cargo la evaluación permanente del control de las transacciones y operaciones y se preocupa en sugerir el mejoramiento de los métodos y procedimientos de control interno que redunden en una operación más eficiente y eficaz. Cuando la auditoria está dirigida por Contadores Públicos profesionales independientes, la opinión de un experto desinteresado e imparcial constituye una ventaja definida para la empresa y una garantía de protección para los intereses de los accionistas, los acreedores y el Público. La imparcialidad e independencia absolutas no son posibles en el caso del auditor interno, puesto que no puede divorciarse completamente de la influencia de la alta administración, y aunque mantenga una actitud independiente como debe ser, esta puede ser cuestionada ante los ojos de los terceros. Por esto se puede afirmar que el Auditor no solamente debe ser independiente, sino parecerlo para así obtener la confianza del Público.
  • 13. 13 Diferencias entre auditoria interna y externa: Existen diferencias substanciales entre la Auditoria Interna y la Auditoria Externa, algunas de las cuales se pueden detallar así: En la Auditoria Interna existe un vínculo laboral entre el auditor y la empresa, mientras que en la Auditoria Externa la relación es de tipo civil. En la Auditoria Interna el diagnóstico del auditor, esta destinado para la empresa; en el caso de la Auditoria Externa este dictamen se destina generalmente para terceras personas o sea ajena a la empresa. La Auditoria Interna está inhabilitada para dar Fe Pública, debido a su vinculación contractual laboral, mientras la Auditoria Externa tiene la facultad legal de dar Fe Pública. Clasificación de la Auditoria por niveles de Trabajo.- Auditoria Financiera: Es un proceso cuyo resultado final es la emisión de un informe, en el que el auditor da a conocer su opinión sobre la situación financiera de la empresa, este proceso solo es posible llevarlo a cabo a través de un elemento llamado evidencia de auditoria, ya que el auditor hace su trabajo posterior a las operaciones de la empresa. Auditoria de cumplimiento: Es la comprobación o examen de operaciones financieras, administrativas, económicas y de otra índole de una entidad para establecer que se han realizado conforme a las normas legales, reglamentarias, estatuarias y de procedimientos que le son aplicables. Esta auditoria se practica mediante la revisión de documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones para determinar si los procedimientos utilizados y las medidas de control interno están de acuerdo con las normas que le son aplicables y si dichos procedimientos están operando de manera efectiva y son adecuados para el logro de los objetivos de la entidad. Auditoria de Gestión y resultados: Tiene por objeto el examen de la gestión de una empresa con el propósito de evaluar la eficacia de sus resultados con respecto a las metas previstas, los recursos humanos, financieros y técnicos utilizados, la organización y coordinación de dichos recursos y los controles establecidos sobre dicha gestión. Es una herramienta de apoyo efectivo a la gestión empresarial, donde se puede conocer las variables y los distintos tipos de control que se deben producir en la empresa y que estén en condiciones de reconocer y valorar su importancia como elemento que repercute en la competitividad de la misma. Se tiene en cuenta la descripción y análisis del control estratégico, el control de eficacia, cumplimiento de objetivos empresariales, el control operativo o control de ejecución y un análisis del control como factor clave de competitividad.
  • 14. 14 Auditoria Administrativa: Es el revisar y evaluar si los métodos, sistemas y procedimientos que se siguen en todas las fases del proceso administrativo aseguran el cumplimiento con políticas, planes, programas, leyes y reglamentaciones que puedan tener un impacto significativo en operación de los reportes y asegurar que la organización los este cumpliendo y respetando. Es el examen metódico y ordenado de los objetivos de una empresa de su estructura orgánica y de la utilización del elemento humano a fin de informar los hechos investigados. Su importancia radica en el hecho de que proporciona a los directivos de una organización un panorama sobre la forma como esta siendo administrada por los diferentes niveles jerárquicos y operativos, señalando aciertos y desviaciones de aquellas áreas cuyos problemas administrativos detectados exigen una mayor o pronta atención. Auditoría de gestión ambiental: La creciente necesidad de controlar el impacto ambiental que generan las actividades humanas ha hecho que dentro de muchos sectores industriales se produzca un incremento de la sensibilización respecto al medio ambiente. Debido a esto, las simples actuaciones para asegurar el cumplimiento legislativo han dado paso a sistemas de gestión medioambiental que permiten estructurar e integrar todos los aspectos medioambientales, coordinando los esfuerzos que realiza la empresa para llegar a objetivos previstos. Es necesario analizar y conocer en todo momento todos los factores de contaminación que generan las actividades de la empresa, y por este motivo será necesario que dentro del equipo humano se disponga de personas cualificadas para evaluar el posible impacto que se derive de los vectores ambientales. Establecer una forma sistemática de realizar esta evaluación es una herramienta básica para que las conclusiones de las mismas aporten mejoras al sistema de gestión establecido. La aplicación permanente del concepto mejora continua es un referente que en el campo medioambiental tiene una incidencia práctica constante, y por este motivo la revisión de todos los aspectos relacionados con la minimización del impacto ambiental tiene que ser una acción realizadas sin interrupción. Auditoria informática de sistemas: Se ocupa de analizar la actividad que se conoce como técnica de sistemas en todas sus facetas. Hoy, la importancia creciente de las telecomunicaciones ha propiciado que las comunicaciones. Líneas y redes de las instalaciones informáticas, se auditen por separado, aunque formen parte del entorno general de sistemas. Su finalidad es el examen y análisis de los procedimientos administrativos y de los sistemas de control interno de la compañía auditada. Al finalizar el trabajo realizado, los auditores exponen en su informe aquellos puntos débiles que hayan podido detectar, así como las recomendaciones sobre los cambios convenientes a introducir, en su opinión, en la organización de la compañía. Normalmente, las empresas funcionan con políticas generales, pero hay procedimientos y métodos, que son términos más operativos. Los procedimientos son también sistemas; si están bien hechos, la empresa
  • 15. 15 funcionará mejor. La auditoria de sistemas analiza todos los procedimientos y métodos de la empresa con la intención de mejorar su eficacia. 1.4 PUNTOS QUE ABARCA LA AUDITORIA.- Esta especialidad lleva al Profesional Contador Público Colegiado a ejercerla con el máximo de amplitud, responsabilidad e independencia de criterio, para lo cual los puntos que requiere su estudio son: 1. REVISION DE LIBROS.- Esta labor tiende a establecer si las operaciones han sido correctamente registradas, sin errores aritméticos o técnicos derivados de negligencia o de mala fe. La revisión periódica de los libros constituye para las empresas protección y seguridad. La revisión de libros puede ser mensual, trimestral, semestral o anual para lo cual se contratará a un Auditor para que efectúe exámenes especiales, con independencia de cualquier otro aspecto técnico como sería la certificación de balances. 2. CERTIFICACION DE BALANCES.- En esta labor el Auditor deberá revisar todas las operaciones efectuadas en un determinado ejercicio. En este caso la función del Auditor se orienta con preferencia al estudio de las Cuentas del Activo, Pasivo y subdivisionarias de Pérdidas y Ganancias, verificando la exactitud de los valores en cantidades e importes y analizando el movimiento anterior de cada rubro, solamente cuando lo crea necesario. 3. CERTIFICACION DE OPERACIONES DETERMINADAS.- Se reduce la labor del Auditor en este caso a examinar la Contabilidad de la empresa o entidad, para determinar la conformidad o veracidad de algunas operaciones o acciones concretas. En estas situaciones el Auditor se limitará a revisar y verificar la registración contable y sus correspondientes documentos. 4. ORGANIZACIÓN DE SISTEMAS CONTABLES.- El Auditor en general conoce las modalidades y Sistemas de Contabilidad que se puede aplicar a una determinada empresa o entidad, por ello sus servicios pueden ser solicitados para que organice y prepare un Sistema Contable, de administración y de control a utilizarse, esto al iniciarse las operaciones de la empresa o entidad. 5. ORGANIZACIÓN DE UN SISTEMA DE FUNCIONAMIENTO.- Los servicios Profesionales del Auditor puede ser solicitado para cambiar o modernizar totalmente un sistema Contable que ya se encuentra en funcionamiento, o bien para corregir ciertas fallas en su funcionamiento. El Auditor procurará que el Sistema Contable sea eficiente, moderno y encuadrado dentro de los requisitos del Control Interno. 6. ASESORAMIENTO ECONOMICO FINANCIERO.- Esta función resulta de suma importancia para el Auditor, ya que podrá sacar conclusiones concretas después del análisis a las actividades económicas que realiza la empresa, las mismas que servirán a la alta dirección de la empresa a tomar decisiones para mejorar la situación de la misma.
  • 16. 16 1. La auditoria es la actividad por la cual se verifica la corrección contable de las cifras de los estados financieros; Es la revisión misma de los registros y fuentes de contabilidad para determinar la racionabilidad de las cifras que muestran los estados financieros emanados de ellos. 2. La Auditoria Interna está inhabilitada para dar Fe Pública, debido a su vinculación contractual laboral, mientras la Auditoria Externa tiene la facultad legal de dar Fe Pública. 1.5 NIAS - CONCEPTO Y GRUPOS QUE LAS CONFORMAN Las Normas Internacionales de Auditoria contienen principios básicos y procedimientos esenciales estas son emitidas en dos series separadas: La de Servicios de Auditoria (NIAs) y la de Servicios Afines (NIAs/SAs). El marco describe los servicios que el Auditor puede comprometerse a realizar en relación con el nivel de certidumbre resultante. La Auditoria y la revisión están diseñadas para permitir que el Auditor exprese niveles de certidumbre, alto y moderados respectivamente, en relación con la existencia o no de errores materiales en la información. Se dividen en nueve grupos con temáticas similares: 100 -199 Asuntos introductorias 200 - 299 Responsabilidades 300 - 399 Planeación 400 - 499 Control Interno 500 - 599 Evidencia de auditoria 600 - 699 Uso del trabajo de otros 700 - 799 Conclusiones y dictamen de auditoria 800 - 899 Áreas especializadas 900 - 999 Servicios relacionados (SRs) NIA 1: Objetivo y principios básicos de la auditoria de los Estados Financieros La Norma describe la responsabilidad de la dirección en relación con los estados financieros, así como las cuestiones generales relativas al objetivo y principios básicos de la auditoria de los estados financieros realizada por auditor independiente. NIA 2: Las cartas – propuesta Las cartas propuesta, que el auditor envía al cliente, tienen por objeto documentar y confirmar la aceptación por el auditor del encargo realizado,
  • 17. 17 el alcance de su trabajo, la extensión de sus responsabilidades y el contenido previsible del informe. La Norma describe los contenidos usuales en una carta propuesta y el Anexo incluye un modelo de dicha carta. NIA 3: Principios básicos que rigen una auditoria Esta Norma describe los principios básicos que gobiernan la responsabilidad profesional del auditor, que deben tenerse en cuenta cuando se lleva a cabo una auditoria. Son los de integridad, objetividad e independencia, secreto profesional, aptitudes y competencia, trabajo realizado por otros, documentación, planificación, obtención de evidencia de auditoria, revisión de los sistemas contables y de control interno, revisión de las conclusiones obtenidas y elaboración del informe. Estos principios básicos son de capital importancia para el desarrollo de las restantes Normas Internacionales de Auditoria. NIA 4: Planificación de la auditoria Esta Norma se refiere al proceso de planificación de la auditoria, tanto de los estados financieros como de cualquier otra información financiera. Está formulada en el contexto de auditorias periódicas, identifica los elementos básicos en el proceso de planificación y suministra ejemplos prácticos de cuestiones que deben tenerse en cuenta cuando se planifica una auditoria. La adecuada planificación de la auditoria contribuye a asegurar que se presta la atención adecuada a las principales áreas de la misma, que los problemas potenciales se identifican con prontitud y que el trabajo se realiza íntegra y eficazmente. La planificación también es un punto de apoyo en la adecuada utilización del personal auxiliar y en la coordinación del trabajo realizado por otros auditores y expertos. NIA 5: Utilización del trabajo de otro auditor En esta Norma se describen las cuestiones que deben tenerse en cuenta cuando se pretenda utilizar el trabajo de otro auditor. La Norma resulta aplicable cuando un auditor independiente, llamado a elaborar un informe sobre los estados financieros de una entidad, utiliza el trabajo que otro auditor ha realizado en relación con los estados financieros de una o más filiales, asociadas, sucursales o divisiones incluidas en la información financiera de la primera. A los efectos de esta Norma, se consideran como otros auditores las oficinas de la empresa del auditor principal situadas en otros países, las sociedades de auditoria afiliadas, las corresponsales y los auditores que, sin tener en principio relación, están implicados en la auditoria de los componentes de la entidad. NIA 6: Evaluación del riesgo y del control interno La dirección de la empresa es responsable del mantenimiento de un adecuado sistema contable, que incluya la incorporación de los correspondientes controles internos, en la medida oportuna a la dimensión y naturaleza de su actividad. No obstante, el auditor necesita seguridad razonable de que el sistema contable es adecuado y de que toda la información que deba registrarse, ha sido recogida debidamente. Los controles internos contribuyen normalmente a la obtención de tal seguridad.
  • 18. 18 Esta Norma describe los sistemas contables, los elementos objetivos y limitaciones de los controles internos y los procedimientos de auditoria idóneos para el estudio y evaluación del control interno. NIA 7 : Control de calidad del trabajo de auditoria El control de calidad del trabajo de auditoria es esencial en el mantenimiento de altos estándares en la profesión. Esta Norma distingue entre controles concretos de una auditoria y controles generales de calidad adoptados por la empresa de auditoria. Aunque se reconoce la relación entre los dos tipos de control, de manera que los controles generales aumentan y facilitan los controles individuales, aquéllos no deben nunca reemplazar a estos últimos. Se establecen en esta Norma los controles a tener en cuenta para cumplir con los principios básicos de una auditoria, cuando se delega trabajo en personal auxiliar, a la vez que se suministran criterios para que una empresa de auditoria establezca controles generales sobre la calidad de su trabajo. Se incluye un anexo con ejemplos de procedimientos de control con la finalidad de ayudar a las empresas de auditoria a implantar sus políticas de control de calidad. NIA 8: La evidencia en la auditoria La evidencia en la auditoria es la información obtenida por el auditor, soporte de las conclusiones en las que se basa su opinión sobre los estados financieros. En esta Norma se describe la naturaleza y fuentes de la evidencia de auditoria, los factores en que se basa su idoneidad, adecuación y suficiencia y los medios por los que pueden ser obtenida en la ejecución de pruebas de cumplimiento y de procedimientos sustantivos. Se contemplan criterios para la aplicación de los procedimientos tendentes a la obtención de evidencia de auditoria 8 presencia en el inventario, confirmación directa de cuentas a cobrar y comunicación con los asesores jurídicos del cliente), que son generalmente aceptados como los más adecuados para suministrar evidencia fiable en relación con determinadas rúbricas. NIA 9. Documentación (papeles de trabajo) Se establecen criterios generales sobre la forma y contenido de los papeles de trabajo, así como ejemplos concretos de documentación preparada u obtenida normalmente por el auditor. Se comentan asimismo cuestiones relativas a la propiedad y custodia de los papeles de trabajo. NIA 10. Utilización del trabajo del auditor interno La función de auditoria interna constituye un componente del control interno, llevado a cabo por personal destinado específicamente por la entidad para tal cometido. Uno de los objetivos del auditor interno es determinar si los controles internos están bien diseñados y si actúan correctamente. Una buena parte del trabajo del departamento de auditoria interna puede ser útil para el auditor independiente en su cometido de examinar la información financiera. Se suministran en esta Norma criterios sobre los procedimientos a tener en cuenta por el auditor independiente al evaluar el trabajo del auditor interno.
  • 19. 19 NIA 11. Fraudes y errores Esta Norma define los fraudes y errores e indica que la responsabilidad por su prevención corresponde a la dirección de la empresa. El auditor debe planificar su trabajo de manera que exista una razonable expectativa de detección de los efectos significativos resultantes de fraudes y errores. Se enumeran procedimientos que pueden tenerse en cuenta cuando se indica al auditor la posible existencia de fraudes o errores. NIA 12. Revisión Analítica Se suministra en esta Norma una descripción de la naturaleza de los procedimientos de revisión analítica, así como criterios sobre los objetivos, programación y grado de confianza que deben otorgárseles en la realización de una auditoria. También se comenta la necesaria investigación por el auditor de fluctuaciones inusuales. NIA 13. El informe de auditoria sobre los estados financieros. En esta Norma se suministran criterios sobre la forma y contenido del informe emitido con ocasión de una auditoria independiente de los estados financieros de una entidad. La Norma incluye las frases que se sugiere utilizar cuando se emita una opinión sin reservas y discute las circunstancias de las que puede resultar una opinión diferente a la indicada. En un Anexo se incluyen ejemplos de informes con opinión sin reservas, con reservas, con opinión negativa o con abstención de opinión. NIA 14. Otra información incluida en documentos conteniendo estados financieros auditados. Esta Norma define esa “otra información” como la de carácter tanto financiero como no financiero incluido en un documento que contiene los estados financieros auditados de la entidad junto con el informe de auditoria emitido sobre ellos. Las entidades normalmente publican tal documento con carácter anual, habitualmente bajo la denominación de informe o memoria financiera. En algunos caso, el auditor tiene la obligación de emitir opinión sobre la información adicional, mientras que en otros no está obligado a hacerlo. Esta Norma contempla las consideraciones que debe realizar el auditor sobre esta otra información cuando no tiene obligación de emitir informe sobre la misma, así como las acciones que debe acometer si existen inconsistencias significativas o si descubre errores de importancia. NIA 15. Auditoria en un contexto informatizado En esta Norma se establecen criterios sobre los procedimientos adicionales necesarios para cumplir la NIA núm. 3, “Principios básicos que rigen una auditoria”, cuando el trabajo se realiza en un contexto informatizado. Se describen las aptitudes y competencia requeridas por el auditor así como su responsabilidad cuando delega este trabajo en sus auxiliares o utiliza el trabajo realizado por otros. NIA 16. Técnicas de auditoria asistidas por ordenador Esta Norma suministra criterios al auditor para la utilización de técnicas de auditoria asistidas por ordenador, especialmente programas aplicables a la
  • 20. 20 auditoria y a la comprobación de los datos. La Norma contempla los casos en los que pueden emplearse tales técnicas, los factores a considerar al tomar la decisión de utilizarlas o no, así como las principales etapas en la realización de un trabajo asistido por ordenador. Además, se vierten consideraciones sobre el empleo de este tipo de técnicas en empresas de reducido tamaño. NIA 17. Terceros vinculados Resumen. Se establecen en esta Norma los procedimientos a tener en cuenta para obtener evidencia suficiente y adecuada en relación con la existencia de terceros vinculados, así como con las transacciones que hayan podido producirse con ellos. La Norma se vincula con la definición y requerimientos de información contenida en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) núm. 24, “Información sobre terceros vinculados”. Por su parte, la NIA núm. 17 suministra criterios para ayudar al auditor a determinar si la dirección de la entidad ha puesto de manifiesto adecuadamente las relaciones con terceros vinculados y las transacciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones de la NIC núm. 24. NIA 18. Utilización del trabajo de un experto Resumen. Esta Norma suministra criterios al auditor en el caso de que se disponga a utilizar el trabajo de un experto (especialista) vinculado o empleado con o por el cliente o el propio auditor. La Norma incluye ejemplos de casos en los que el auditor puede necesitar la utilización del trabajo de un experto, y establece criterios sobre las consideraciones que debe hacerse sobre las aptitudes, competencia y objetividad del experto. Al mismo tiempo, esta Norma pone de manifiesto las cuestiones que debe tener en cuenta el auditor en sus comunicaciones con el experto y establece criterios específicos para evaluar el trabajo de este último. NIA 19. El muestreo en auditoria Resumen. Se identifican en esta Norma los factores que el auditor debe tener en cuenta diseña y selecciona una muestra de auditoria y cuando evalúa los resultados de los procedimientos aplicados. Se ocupa tanto de métodos estadísticos como no estadísticos de muestreo y suministra criterios sobre cuestiones tales como riesgo en el muestreo, estratificación, métodos de selección y proyección de errores. NIA 20. Efectos de la existencia de un contexto informatizado sobre el estudio y evaluación del sistema contable y de su correspondiente control interno Resumen. Esta Norma aborda el estudio y evaluación del sistema contable y del correspondiente sistema de control interno en un contexto informatizado; es una aplicación de los criterios contenidos en la NIA núm. 6, “Estudio y evaluación del sistema contable y de su correspondiente control interno en relación con la auditoria” y de la NIA núm. 15, “Auditoria en un contexto informatizado”. NIA 21. Fecha del informe de auditoria. Sucesos acaecidos tras la fecha de cierre del balance. Descubrimiento de hechos con
  • 21. 21 posterioridad a la publicación de los estados financieros. Resumen. Se suministran en esta Norma criterios relacionados con la fecha del informe de auditoria; con la responsabilidad del auditor en relación con hechos posteriores, que son los acontecimientos importantes acaecidos tras la fecha de cierre del balance; y, finalmente, con la responsabilidad del auditor en relación con el descubrimiento de hechos después de que los estados financieros se hayan publicado. La Norma describe las etapas que cubre normalmente el auditor para identificar los hechos posteriores, la responsabilidad en relación con los hechos posteriores a la fecha del informe de auditoria pero previos a la publicación de los estados financieros y el descubrimiento de hechos posteriores a esta última fecha. En un Anexo se incluyen ejemplos de informes de auditoria relativos a estados financieros ya revisados. NIA 22. Declaraciones de la dirección Resumen. Esta Norma suministra al auditor criterios sobre la utilización de las declaraciones de la dirección como evidencia de la auditoria, sobre los procedimientos que deben aplicar en su evaluación y documentación, y sobre las circunstancias en las que deben obtenerse declaraciones escritas. La Norma indica que, en relación con las declaraciones relativas a cuestiones importantes de los estados financieros, el auditor debe obtener evidencia suficiente, sopesar el contenido de la declaración en cuanto a su razonabilidad y consistencia con otros medios de evidencia en auditoria y con otras declaraciones, así como evaluar si puede esperarse que la persona que hace la declaración esté bien informado. También hace notar que las declaraciones deben documentarse en los papeles de trabajo, resumiendo las manifestaciones orales u obteniendo declaraciones escritas. La Norma también enumera las condiciones para obtener una carta de la dirección, así como las consideraciones que debe hacerse el auditor cuando la dirección rehusé suministrar o confirmar declaraciones sobre cuestiones que se consideran necesarias. NIA 23. El principio de empresa en funcionamiento Resumen. Se establecen en esta Norma criterios para que el auditor pueda dejar a salvo su responsabilidad en situaciones en las que la normal aplicación del principio de empresa en funcionamiento esté en entredicho. La Norma pone de manifiesto que, en ausencia de indicación sobre lo contrario, se asume la aplicación normal del principio de empresa en funcionamiento y, en consecuencia, la normal continuidad de la entidad. Si esta succión no resulta justificada, la entidad no podrá realizar sus activos a los importes registrados en el balance, a la vez que se producirán cambios en los importes y vencimientos de sus pasivos, con lo que resultará necesario ajustar los estados financieros. La NIA núm. 23 suministra ejemplos de indicadores que pueden poner de manifiesto que la continuidad bajo el principio de empresa en funcionamiento debe ser cuestionada; contempla normas de carácter general para la obtención de evidencia de auditoria cuanto se presente la situación y describe los procedimientos que deben aplicarse para obtenerla. Además, pone de manifiesto las consideraciones a realizar en el informe en tales circunstancias.
  • 22. 22 NIA 24. Informes del auditor con finalidades especiales Resumen. Esta Norma establece criterios que orienten al auditor cuando emite informes diferentes a los previstos en la NIA núm. 13, especialmente en casos como los siguientes: a) estados financieros preparados de acuerdo con un conjunto de principios contables diferentes a los generalmente admitidos, b) partes concretas de los estados financieros, c) cumplimiento de acuerdos contractuales y d) estados financieros abreviados. Los Anexos incluyen ejemplos de estos informes con finalidades especiales. NIA 25. Importancia relativa y riesgo en la auditoria Esta Norma define los conceptos de importancia relativa y riesgo en la auditoria, sus interrelaciones y la aplicación de estos conceptos por el auditor en la planificación y realización de una auditoria y en la evaluación de los resultados de sus procedimientos. La importancia relativa se define como referida a la magnitud o naturaleza de un error, incluidas las omisiones, de la información financiera que, bien individualmente, bien en el conjunto, en el marco de las circunstancias que lo rodean, hace probable que el juicio de una persona razonable apoyado en la información pudiera resultar influenciado, o su decisión afectada, como consecuencia de dicho error. La evaluación de la importancia relativa descansa en el criterio profesional del auditor, teniendo en cuenta tanto su incidencia global como la que pueda tener sobre rúbricas concretas de balance. El riesgo en la auditoria se define como el riesgo de que un error lleve a formular una opinión inadecuada sobre la información financiera, cuando ésta es significativamente errónea. El riesgo de auditoria debe evaluarse al nivel global de los estados financieros en su conjunto y en relación con las partidas de balance y transacciones concretas. Se discuten los tres componentes del riesgo de auditoria y se explican sus interpelaciones. NIA 26. Auditoria de las estimaciones contables Se suministran a los auditores en esta Norma criterios sobre los procedimientos de auditoria a aplicar para obtener seguridad razonable de la idoneidad de las estimaciones contables contenidas en la información financiera. Se define una estimación contable como la aproximación del importe de una partida en ausencia de procedimientos exactos de medida. Se pone de manifiesto que la dirección de la empresa es responsable de realizar las estimaciones contables en base a su evaluación de los hechos o circunstancias inciertos que han ocurrido que es probable que ocurran y que el auditor es responsable de la evaluación de la razonabilidad de tales estimaciones. NIA 27. Examen de la información financiera prospectiva Esta Norma se ocupa de los procedimientos de examen y elaboración de informes, cuando se requiere al auditor emitir opinión, bien sobre pronósticos, basados en la estimación de las mejores asunciones posibles, bien en proyecciones, basadas en la asunción de hipótesis. Dada la orientación hacia el futuro de este tipo de encargo, los procedimientos de examen deben reconocer la naturaleza hipotética de la evidencia disponible
  • 23. 23 para el auditor, por lo que la Norma, aún considerando que se trata de un objetivo de auditoria viable, diferencia entre los requerimientos y procesos aplicables a la estimación de las mejores asunciones posibles y a la asunción de hipótesis. También se recomienda que el informe contenga un párrafo que prevenga a los lectores de que el auditor no está expresando una opinión sobre si los resultados mostrados por la información habrán de ser alcanzados. En el Anexo se incluyen informes sobre pronósticos y proyecciones. NIA 28. Actuación por primera vez en una empresa. Saldos de apertura Esta Norma ofrece criterios sobre la responsabilidad del auditor en relación con los saldos de apertura, cuando se auditan los estados financieros por primera vez o cuando han sido auditados por otro profesional en el año precedente. La Norma describe los procedimientos de auditoria mediante los que puede obtenerse evidencia adecuada y suficiente en un caso y en otro, al objeto de determinar si los saldos de apertura son erróneos, si han sido debidamente trasladados desde el ejercicio anterior y si se basan en una correcta política contable, aplicada uniformemente. Se ponen de manifiesto las consideraciones a incluir en el informe cuando el auditor no pueda obtener la adecuada evidencia al respecto, así como cuando sobre la auditoria del ejercicio anterior haya recaído opinión diferente a la establecida sin reservas. Los Anexos incluyen ejemplos de informes en este caso. NIA 29. La evaluación del riesgo inherente y del riesgo de control y su impacto en los procedimientos sustantivos( Se suministran en esta Norma criterios al auditor para la evaluación del riesgo inherente y del riesgo de control y para la utilización de tal evaluación en la determinación de la naturaleza, programa y extensión de los procedimientos sustantivos, al objeto de situar el riesgo de detección en un nivel aceptable. La Norma insta al auditor a conocer los sistemas contables y de control interno y a documentar tal conocimiento. También se establecen criterios sobre la utilización de dicha información conjuntamente con la evaluación previa del riesgo de control en planificación de la auditoria y en la determinación del nivel adecuado de riesgo de detección. La evaluación del riesgo de control en un nivel no elevado requiere que el auditor planifique la realización de procedimientos de prueba para confirmar esta evaluación. NIA 30 Técnicas de auditoria con ayuda de computadora Proporciona pautas detalladas con respecto al uso de técnicas de auditoria asistidas por la computadora. NIA 31 CONSIDERACIÓN DE LAS LEYES Y REGULACIONES EN UNA AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
  • 24. 24 Esta norma tiene como propósito establecer lineamiento y proporcionar pautas sobre la responsabilidad del auditor en la consideración de las leyes y regulaciones en una auditoria, el auditor debe reconocer que la falta de cumplimiento de la entidad con las leyes y regulaciones puede afectar significativamente a los estados financieros. NIA 32 LOS PRINCIPIOS BÁSICOS QUE RIGEN UN COMPROMISO DE REVISIÓN El propósito de esta norma es describir los principios básicos que rigen la responsabilidad profesional del auditor cuando lleva a cabo una revisión el auditor aplica procedimientos que van a suministrar un moderado nivel de incertidumbre sobre la información financiera. El auditor deberá documentar todo aquello que se importante para poder evidenciar que la revisión sea llevado a cabo de conformidad con los principios básicos. NIA 33 REVISIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Esta norma describe los procedimientos que el auditor debe considerar al asumir el compromiso de revisión de los estados financieros y lo concerniente a la forma y contenido del dictamen. NIA 34 EL COMPROMISO DE APLICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ACORDADOS El propósito de esta norma es describir los principios básicos y las pautas generales que deben seguirse cuando el auditor asume un compromiso de aplicación de procedimientos acordados la forma y el contenido del informe con hallazgos por emitir en relación con el compromiso de aplicación de procedimientos acordados. Esta norma está dirigida a los compromisos que se refiere a los compromisos de información financiera. El auditor debe organizar una reunión con el cliente y con otras personas específicas que recibirán copia de su informe. NIA 35 COMPROMISO DE COMPILACIÓN E INFORMACIÓN FINANCIERA Esta norma proporciona útil información con referencia a los compromisos de compilación siempre y cuando el contador posee una adecuado conocimiento de la materia. 1.6 COMPENDIO DE NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL - NAGUS Las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU, son los criterios que determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor, orientados a uniformar el trabajo de la auditoria gubernamental y obtener resultados de calidad. Constituyen un medio técnico para fortalecer y uniformar el ejercicio profesional del auditor gubernamental y permiten la evaluación del desarrollo y resultados de su trabajo, promoviendo el grado de economía, eficiencia y eficacia en la gestión de la entidad auditada. Se fundamentan en la Ley del Sistema Nacional de Control, su Reglamento y en las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas.
  • 25. 25 Las NAGA son aplicables en su totalidad cuando se trata de una auditoria financiera, y en lo aplicable, en una auditoria de asuntos financieros en particular y otros exámenes especiales. La auditoria de gestión requiere, sin embargo, normas complementarias y específicas para satisfacer las necesidades propias de los citados exámenes. DETALLE DE LAS NORMAS 1. Normas Generales: 1.10 Entrenamiento Técnico y Capacidad Profesional 1.20 Independencia 1.30 Cuidado y Esmero Profesional 1.40 Confidencialidad 1.50 Participación de Profesionales y/o Especialistas 1.60 Control de Calidad 2. Normas relativas a la Planificación de la Auditoria Gubernamental: 2.10 Planificación General 2.20 Planificación Específica 2.30 Programas de Auditoria 2.40 Archivo Permanente 3. Normas relativas a la Ejecución de la Auditoria Gubernamental 3.10 Estudio y Evaluación del Control Interno 3.20 Evaluación del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias 3.30 Supervisión del Trabajo de Auditoria 3.40 Evidencia Suficiente, Competente y Relevante 3.50 Papeles de Trabajo 3.60 Comunicación de Observaciones 3.70 Carta de Representación 4. Normas relativas al Informe de Auditoria Gubernamental: 4.10 Forma Escrita 4.20 Oportunidad del Informe 4.30 Presentación del Informe 4.40 Contenido del Informe 4.50 Informe Especial NAGU. 1. NORMAS GENERALES NAGU. 1.10 ENTRENAMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL El auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecución de su trabajo. NAGU. 1.20 INDEPENDENCIA
  • 26. 26 El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la entidad examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y objetividad. Deberá abstenerse de participar en la realización de una auditoria en caso de incompatibilidad o conflictos de interés manifiestos. Tampoco deberá realizar actividad política partidaria durante el ejercicio funcional del cargo ni emitir opinión, intervenir o participar en actos de decisión, gestión o administración de la entidad donde realice su examen. NAGU. 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONAL El auditor debe actuar con el debido cuidado profesional a efectos de cumplir con las normas de auditoria durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe. NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDAD El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo. La confidencialidad conlleva mantener estricta reserva respecto al proceso y los resultados de la auditoria, no revelando los hechos, datos y situaciones que sean de conocimiento del auditor por el ejercicio de su actividad profesional. NAGU. 1.50 PARTICIPACION DE PROFESIONALES Y/O ESPECIALISTAS Integrarán el equipo de auditoria, en calidad de apoyo, los profesionales y/o especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditoria gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirán en el Informe o como anexos al mismo. Los profesionales y/o especialistas, son personas naturales o jurídicas, que poseen idoneidad, conocimiento y experiencia en determinado campo técnico distinto al ejercicio de la auditoria gubernamental, cuyos servicios podrán ser utilizados de acuerdo NAGU. 1.60 CONTROL DE CALIDAD La Contraloría General de la República, los Órganos de Auditoria Interna conformantes del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditoria designadas, deben establecer y mantener un adecuado sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que la auditoria se ejecuta en concordancia con los objetivos, políticas, normas y procedimientos de auditoria gubernamental. El control de calidad es el conjunto de políticas y procedimientos, así como los recursos técnicos especializados para cerciorarse que las auditorias se realizan de acuerdo con las normas de auditoria gubernamental. NAGU. 2. NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL Este grupo de normas tiene por objeto establecer los criterios técnicos generales que permitan una apropiada planificación de la auditoria en entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, a fin de alcanzar los objetivos propuestos. NAGU. 2.10 PLANIFICACION GENERAL La Contraloría General de la República y los Órganos de Auditoria Interna conformantes del Sistema Nacional de Control, planificarán sus actividades
  • 27. 27 de auditoria a través de sus Planes Anuales, aplicando criterios de materialidad, economía, objetividad y oportunidad, y evaluarán periódicamente la ejecución de sus planes. El Plan Anual de Auditoria Gubernamental, es el documento que contiene el conjunto de actividades de auditoria y el universo de entidades y/o áreas, según corresponda, a examinar durante el período de un año y será elaborado en concordancia con las políticas y disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República. El citado Plan es de naturaleza reservada, para cuyo efecto los niveles pertinentes adoptarán medidas cautelatorias siendo obligación del personal vinculado con las acciones de auditoria, mantener una absoluta confidencialidad de su contenido. Los Planes Anuales de Auditoria serán flexibles a fin de permitir cambios que previa autorización se considere necesario efectuar de acuerdo a las circunstancias. LIMITACIONES AL ALCANCE: Las Sociedades de Auditoria están exceptuadas del cumplimiento de la presente norma debido a la naturaleza de su designación por la Contraloría General de la República. NAGU. 2.2O PLANIFICACION ESPECÍFICA El trabajo del auditor debe ser adecuadamente planificado a fin de asegurar la realización de una auditoria de alta calidad y debe estar basado tanto en el conocimiento de la actividad que desarrolla la entidad a examinar como de las disposiciones legales que la afectan. La planificación de una auditoria implica desarrollar una estrategia general para su conducción a fin de asegurar que el auditor tenga un cabal conocimiento y comprensión de las actividades, sistemas de control e información y disposiciones legales aplicables a la entidad; que le permitan evaluar el nivel de riesgo de auditoria así como determinar y programar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar. La planificación de la auditoria debe incluir la evaluación de los resultados de la gestión de la entidad a examinar, en relación a los objetivos, metas y programas previstos. Al concluir la recolección y estudio de información el auditor documentará su trabajo mediante: a. Descripción de las actividades de la entidad, resumidas en los papeles de trabajo, sustentadas con la documentación obtenida de la entidad, como flujo gramas sobre los procedimientos de las áreas más significativas, etc. b. Emisión de un Memorándum de Planificación cuya estructura básica contendrá: 1. Objetivos del examen, son los resultados que se espera alcanzar. 2. Alcance del examen, grado de extensión de las labores de auditoria que incluye áreas, aspectos y períodos a examinar. 3. Descripción de las actividades de la entidad. 4. Normativa aplicable a la entidad, especialmente relacionada con las áreas materia de evaluación. 5. Informes a emitir y fechas de entrega. 6. Identificación de áreas críticas definiendo el tipo de pruebas a aplicar. Se efectúa en los casos de objetivos predeterminados. 7. Puntos de atención, situaciones importantes a tener en cuenta durante la conducción del examen, incluyendo denuncias que se hubieran recibido.
  • 28. 28 8. Personal, nombre y categoría de los auditores que conforman el equipo de auditoria. Asimismo, las tareas asignadas a cada uno, de acuerdo a su capacidad y experiencia. 9. Funcionarios de la entidad a examinar. 10. Presupuesto de tiempo, por categorías, áreas y visitas. 11. Participación de otros profesionales y/o especialistas, de acuerdo a las áreas materia de evaluación. 12. Aspectos denunciados, referidos a hechos de importancia relacionados con la entidad a examinar. 13. La responsabilidad por la preparación del Memorándum de Planificación corresponde al auditor encargado y al supervisor; la revisión y aprobación a los niveles gerenciales competentes. 14. En el caso de las entidades sujetas al Sistema, el Jefe del Órgano de Auditoria Interna aprobará el Memorándum de Planificación. NAGU. 2.30. PROGRAMAS DE AUDITORIA Para cada auditoria gubernamental deben prepararse programas específicos que incluyan objetivos, alcance de la muestra, procedimientos detallados y oportunidad de su aplicación; así como el personal encargado de su desarrollo. Los programas de auditoria comprenden una relación ordenada de procedimientos a ser aplicados en el proceso de la auditoria, que permitan obtener las evidencias competentes y suficientes para alcanzar el logro de los objetivos establecidos. Se desarrollan a partir del conocimiento de la entidad y sus sistemas. El auditor se apoya en este conocimiento para establecer la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar. Su flexibilidad debe permitir modificaciones, mejoras y ajustes que a juicio del auditor encargado y supervisor se consideren pertinentes durante el curso de la auditoria. El programa de auditoria debe ser lo suficientemente detallado de manera que sirva de guía y como medio para controlar la adecuada ejecución del trabajo. La responsabilidad de la elaboración de los respectivos programas corresponde al auditor encargado y supervisor. NAGU. 2.40 ARCHIVO PERMANENTE El Archivo Permanente está conformado por un conjunto orgánico de documentos que contienen copias y/o extractos de información de interés, de utilización continúa o necesaria para futuros exámenes, básicamente relacionada con: * Ley orgánica de la entidad y normas legales que regulan su funcionamiento * Organigrama aprobado * Reglamento de Organización y Funciones - ROF aprobado * Manual de Organización y Funciones - MOF aprobado * Manual de Procedimientos aprobado * Flujo gramas de las principales actividades de la entidad * Plan Operativo Institucional * Presupuesto institucional, incluyendo modificaciones y evaluaciones * Estados financieros * Informes de auditoria
  • 29. 29 * Denuncias * Plan Anual de Control, incluyendo reprogramaciones * Informe de evaluación del Plan Anual * Resumen de las decisiones más importantes adoptadas por la Alta Dirección * Resoluciones y Directivas emitidas por la entidad * Convenios y Contratos trascendentes. Se actualizará periódicamente a fin de permitir su fácil utilización, especialmente en la fase de planificación de las auditorias. La responsabilidad de organizar el Archivo Permanente corresponde: a) A las Gerencias de Línea de la Contraloría General. b) A las Jefaturas de los Órganos de Auditoria Interna de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control Limitaciones al Alcance El cumplimiento de esta norma no es de aplicación a las Sociedades de Auditoria debido a que sus exámenes se supeditan a la designación de la Contraloría General, debiendo limitarse a mantener el archivo correspondiente a las auditorias que hayan realizado en armonía con la normativa vigente. NAGU. 3. NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL Este grupo está integrado esencialmente por normas utilizadas en la realización de la auditoria, tienen el propósito que las pruebas y demás procedimientos que se seleccionen, según el criterio profesional del auditor, sean apropiados en las circunstancias para cumplir los objetivos de cada auditoria. Las normas que se establecen a continuación, están referidas a: Estudio y evaluación del control interno, evaluación del cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, supervisión del trabajo de auditoria, evidencia suficiente, competente y relevante, papeles de trabajo, comunicación de observaciones y carta de representación. NAGU. 3.10 ESTUDIO Y EVALUACION DEL CONTROL INTERNO Se debe efectuar un apropiado estudio y evaluación del control interno para identificar las áreas críticas que requieren un examen profundo, determinar su grado de confiabilidad a fin de establecer la naturaleza, alcance, oportunidad y selectividad de la aplicación de procedimientos de auditoria. La administración de la entidad es responsable de implantar y mantener un sistema eficaz de control interno, cuya estructura comprende: a) Ambiente de control, que se refiere a la disposición general, actitud vigilante y acciones adoptadas por parte de la administración con respecto al control y su importancia para la entidad. b) Sistemas de información y registro, consiste en los métodos y registros establecidos para identificar, reunir, analizar, clasificar, registrar e informar las transacciones de una entidad.
  • 30. 30 c) Procedimientos de control, consisten en las políticas y procedimientos adicionales establecidos por la administración para lograr una razonable seguridad de que los objetivos específicos de la entidad serán alcanzados. El estudio y evaluación del sistema de control interno debe ser llevado a cabo de acuerdo al tipo de auditoria que se ejecute, sea financiera, de gestión o se trate de exámenes especiales. Los auditores podrán evaluar, hasta donde sea necesario para cumplir los objetivos de la auditoria, aquellas políticas, La evaluación del sistema de control interno comprende dos etapas: 1. Obtención de información acerca de su funcionamiento. 2. Comprobación de que los controles identificados funcionan efectivamente y logran sus objetivos. En caso de encontrarse computarizados los sistemas de información y registro, el auditor debe establecer si los controles internos están funcionando apropiadamente, a fin de brindarle confianza respecto a la integridad de los datos procesados mediante medios informáticos. Al término de ésta evaluación el auditor emitirá el documento denominado Memorándum de Control Interno, el cual estará dirigido al titular de la entidad. NAGU. 3.20 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS En la ejecución de la auditoria gubernamental debe evaluarse el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables cuando sea necesario para los objetivos de la auditoria. En el desarrollo de la auditoria gubernamental, la evaluación del cumplimiento de las leyes y reglamentos es también importante debido a que los organismos, programas, servicios, actividades y funciones gubernamentales se crean generalmente por ley y están sujetos a disposiciones legales y reglamentarias más específicas que las que rigen en el sector privado. Dicha normativa establece, entre otros aspectos, qué debe hacerse, quién debe hacerlo, las metas y objetivos por alcanzar, la población que se va a beneficiar, cuánto y en qué deberá gastarse. Las fuentes de información sobre las disposiciones legales son diversas. Una adecuada fuente primaria constituye la entidad auditada, dado que conoce la legislación aplicable. Cuando la citada entidad reciba financiamiento de otro nivel gubernamental y se conozca su fuente, los auditores podrán recurrir a la organización que suministre los fondos para obtener y/o verificar información relacionada con las normas pertinentes. NAGU. 3.30 SUPERVISION DEL TRABAJO DE AUDITORIA El trabajo de auditoria debe ser apropiadamente supervisado para mejorar su calidad y cumplir los objetivos propuestos. La supervisión es un proceso técnico que consiste en dirigir y controlar la auditoria desde su inicio hasta la aprobación del informe por el nivel competente. En la auditoria gubernamental, la supervisión será ejercida por el auditor encargado, el supervisor y los niveles inmediatos superiores vinculados directamente con el proceso del examen. La supervisión se aplicará al planificar, ejecutar y elaborar el correspondiente informe de auditoria. Se debe dejar evidencia de la labor de supervisión que permita establecer la oportunidad y el aporte técnico al trabajo de auditoria. La cantidad de trabajos de auditoria a supervisar dependerá de los objetivos y alcance de la auditoria, complejidad
  • 31. 31 del trabajo, y condiciones externas, como la distancia de las entidades a examinar. NAGU. 3.40 EVIDENCIA SUFICIENTE, COMPETENTE Y RELEVANTE El auditor debe obtener evidencia suficiente, competente y relevante mediante la aplicación de pruebas de control y procedimientos sustantivos que le permitan fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que formule respecto al organismo, programa, actividad o función que sea objeto de la auditoria. La evidencia deberá someterse a prueba para asegurarse que cumpla los requisitos básicos de suficiencia, competencia y relevancia. Los papeles de trabajo deberán mostrar los detalles de la evidencia y revelar la forma en que se obtuvo. CARACTERISTICAS DE LA EVIDENCIA a. Suficiencia Es suficiente la evidencia objetiva y convincente que basta para sustentar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones del auditor. La evidencia será suficiente cuando por los resultados de la aplicación de una o varias pruebas, el auditor podrá adquirir certeza razonable que los hechos revelados se encuentran satisfactoriamente comprobados. Para determinar si la evidencia es suficiente se requiere aplicar el criterio profesional. Cuando sea conveniente, se podrá emplear métodos estadísticos con ese propósito. b. Competencia Para que sea competente, la evidencia debe ser válida y confiable. A fin de evaluar la competencia de la evidencia, el auditor deberá considerar cuidadosamente si existen razones para dudar de su validez o de su integridad. De ser así, deberá obtener evidencia adicional o revelar esa situación en su informe. La evidencia que se obtiene de fuentes independientes es más confiable que la obtenida del propio organismo auditado. La evidencia que se obtiene cuando se ha establecido un sistema de control interno apropiado es más confiable que aquélla que se obtiene cuando el sistema de control interno es deficiente, no es satisfactorio o no se ha establecido. La evidencia que se obtiene físicamente mediante un examen, observación, cálculo o inspección es más confiable que la que se obtiene en forma indirecta. Los documentos originales son más confiables que sus copias. La evidencia testimonial que se obtiene en circunstancias que permite a los informantes expresarse libremente merece más crédito que aquélla que se obtiene en circunstancias comprometedoras (por ejemplo, cuando los informantes pueden sentirse intimidados). c. Relevancia Se refiere a la relación que existe entre la evidencia y su uso. La información que se utilice para demostrar o refutar un hecho será relevante si guarda una relación lógica y patente con ese hecho. Si no lo hace, será irrelevante y, por consiguiente, no deberá incluirse como evidencia. Cuando lo estimen conveniente, el auditor deberá obtener de
  • 32. 32 los funcionarios de la entidad auditada declaraciones por escrito respecto a la relevancia y competencia de la evidencia que haya obtenido. CONFIABILIDAD DE LA EVIDENCIA PROVENIENTE DE SISTEMAS COMPUTARIZADOS Para determinar la confiabilidad de la información, el auditor: a) Podrá efectuar una revisión de los controles generales de los sistemas computarizados y de los relacionados específicamente con sus aplicaciones, que incluya todas las pruebas que sean permitidas; o b) Si no revisa los controles generales y los relacionados con las aplicaciones o comprueba que esos controles no son confiables, podrá practicar pruebas adicionales o emplear otros procedimientos. c) Cuando el auditor utilice datos procesados por medios electrónicos o los incluya en su informe a manera de antecedentes o con fines informativos, por no ser significativos para los resultados de la auditoria, bastará generalmente que en el informe se cite la fuente de esos datos para cumplir las normas relacionadas con la exactitud e integridad de su informe. NAGU. 3.50 PAPELES DE TRABAJO El auditor gubernamental debe organizar un registro completo y detallado de la labor efectuada y las conclusiones alcanzadas, en forma de papeles de trabajo. Los papeles de trabajo constituyen el vínculo entre el trabajo de planeamiento y ejecución, y el informe de auditoria. Por tanto, deberán contener la evidencia necesaria para fundamentar los hallazgos, y opiniones . CONTENIDO La forma y contenido de los papeles de trabajo se ven afectados por factores tales como: a. La naturaleza de la auditoria. b. El tipo de informe a emitir. c. La naturaleza y complejidad de la actividad de la entidad. Como regla general, los papeles de trabajo deben contener: a) El Memorando de Planificación y los Programas de Auditoria, que deben estar debidamente referenciados a los papeles de trabajo. b) Objetivos, alcance y metodología, incluyendo los criterios usados para la selección de las muestras. c) Indicación de la manera como se ha obtenido la información, con referencia a los documentos base y las personas que la facilitaron (fuentes). d) Documentación del trabajo que sustente las conclusiones y juicios significativos. e) Índices, referencias, cédulas y resúmenes adecuados. f) Conclusiones sobre cada uno de los componentes en que se divida el examen. g) Fecha y firma de la persona que los preparó. h) Evidencia de las revisiones efectuadas al supervisar el trabajo realizado. PROPIEDAD Y CUSTODIA DE LOS PAPELES DE TRABAJO Los papeles de trabajo son propiedad de los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, y de las Sociedades de Auditoria cuyos exámenes practicados contaron con la autorización de la Contraloría
  • 33. 33 General. El auditor cautelará la integridad de los papeles de trabajo, debiendo asegurar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, el carácter secreto de la información contenida en los mismos. NAGU. 3.60 COMUNICACION DE OBSERVACIONES Durante el proceso de la auditoria, el auditor encargado debe comunicar oportunamente las observaciones a los funcionarios y servidores de la entidad examinada comprendidos en los hechos observados, a fin que en un plazo perentorio establecido, presenten sus descargos sustentados documentariamente, para su oportuna evaluación y consideración en el informe correspondiente. Las observaciones fundamentan las conclusiones y recomendaciones del informe, y deben cumplir los siguientes requisitos: a. Estar basadas en hechos y respaldadas con evidencias. b. Ser objetivas. c. Estar fundamentadas en una labor suficiente que sirva de soporte para las conclusiones y recomendaciones. El auditor gubernamental debe desarrollar sus hallazgos y constarán en los papeles de trabajo, debidamente referenciados y documentados. Para revelar completa y claramente los hallazgos, éstos contarán necesariamente con los atributos de: Condición, Criterio, Causa y Efecto La comunicación de observaciones es el proceso mediante el cual el auditor, una vez evidenciados los hallazgos, cumple en forma inmediata con darlos a conocer a los funcionarios y servidores de la entidad examinada comprendidos en los hechos, para que presenten sus respectivos descargos documentados. El auditor encargado debe comunicar las observaciones a fin de otorgar el ejercicio del derecho de defensa de las personas comprendidas en las mismas, en observancia a las disposiciones legales vigentes. La comunicación se efectúa por escrito en forma reservada y directa, debiendo acreditarse su recepción. El plazo para la entrega de los descargos es perentorio y será establecido a criterio del auditor encargado, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. En caso de no ser ubicados los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos observados serán notificados en el diario oficial u otro de mayor circulación en la que se encuentre la entidad auditada. La no presentación de los descargos por parte del servidor o funcionario público dentro del plazo previsto debe revelarse en el informe, así como los hechos materia de la observación. NAGU. 3.70 CARTA DE REPRESENTACION El auditor debe obtener una carta de representación del titular y/o del nivel gerencial competente de la entidad auditada. La carta de representación es el documento por el cual el titular y/o nivel gerencial competente de la entidad auditada reconoce haber puesto a disposición del auditor la información requerida, así como cualquier hecho significativo ocurrido durante el período bajo examen y hasta la fecha de terminación del trabajo de campo.
  • 34. 34 NAGU. 4. NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL Este grupo de normas establecen los criterios técnicos para el contenido, elaboración y presentación del Informe de Auditoria Gubernamental relacionado con la auditoria de gestión y exámenes especiales. Las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas - NAGA y las Normas Internacionales de Auditoria - NIA, que rigen a la profesión contable en el país, son aplicables a todos los aspectos de contenido, elaboración y presentación del Informe de Auditoria Financiera Gubernamental. Las normas que se mencionan a continuación regulan la formulación del informe, estableciendo la forma escrita, la oportunidad, presentación y contenido del informe; y el informe especial. NAGU 4.10 FORMA ESCRITA Los auditores deben preparar informes de auditoria por escrito para comunicar los resultados de cada examen. Los informes por escrito son necesarios para: a) Comunicar los resultados de la auditoria a funcionarios de los niveles apropiados de gobierno. b) Reducir el riesgo de los resultados sean erróneamente interpretados. c) Poner a disposición de las autoridades pertinentes los resultados del examen. d) Facilitar el seguimiento de los hallazgos y recomendaciones para verificar que se hayan adoptado las medidas correctivas apropiadas. NAGU. 4.20 OPORTUNIDAD DEL INFORME Los informes de auditoria deben emitirse lo más pronto posible a fin que su información pueda ser utilizada oportunamente por el titular de la entidad examinada y/o funcionarios de los niveles apropiados del gobierno. NAGU. 4.30 PRESENTACION DEL INFORME El informe debe ser preparado en lenguaje sencillo y fácilmente entendible, tratando los asuntos en forma concreta y concisa, los que deben coincidir de manera exacta y objetiva con los hechos observados. Los hechos deben ser presentados de manera objetiva y ponderada, es decir, con la suficiente información que permita al usuario una adecuada interpretación de los asuntos mencionados. NAGU. 4.40 CONTENIDO DEL INFORME Al finalizar el trabajo, el auditor debe elaborar un informe en el cual expondrá apropiadamente los resultados del examen, señalando que se realizó de acuerdo a las normas de auditoria gubernamental. Esta norma tiene por finalidad regular el contenido de los informes de auditoria financiera (informe largo), de gestión y de otros tipos que se deriven de las mismas, tales como exámenes especiales, asegurando la uniformidad en su denominación y estructura, así como una exposición clara y precisa de los resultados del examen. Adicionalmente, se emitirá una Síntesis Gerencial del Informe.
  • 35. 35 CONTENIDO DEL INFORME El informe deberá presentar la siguiente estructura: I. INTRODUCCION Comprenderá la información general concerniente al examen y a la entidad examinada. A. INFORMACION RELATIVA AL EXAMEN 1. Motivo del examen Estará referido a las causas que originan la acción de control, así como la referencia al documento de acreditación. Deberán exponerse las razones por las cuales se llevó a cabo la auditoria. 2. Naturaleza y Objetivos En este rubro se precisará la naturaleza o tipo de examen a efectuar, ya sea que se trate de una Auditoria de Gestión, Financiera o Examen Especial. Los objetivos están referidos a lo que espera lograrse como resultado del examen. Al exponerlos se darán a conocer los límites de la auditoria, a fin de evitar interpretaciones erróneas en los casos en que los objetivos hayan sido particularmente limitados o puntuales sobre determinados aspectos de la gestión. 3. Alcance Se dejará constancia que el trabajo se realizó de acuerdo con las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas y las Normas de Auditoria Gubernamental. Deberá indicarse claramente la cobertura y profundidad del trabajo que se haya realizado para cumplir los objetivos de la auditoria, precisándose el período examinado, el ámbito geográfico donde se haya practicado la auditoria y las áreas materia de examen. De ser el caso, el auditor revelará las limitaciones al alcance que se presenten en el proceso del trabajo. Si se emplean datos que no hayan sido verificados, ese hecho deberá manifestarse. También deberán revelarse las modificaciones efectuadas al enfoque de la auditoria, como consecuencia de las limitaciones de la información o del alcance de la auditoria. 4. Comunicación de Observaciones Se dará a conocer el cumplimiento de la comunicación de observaciones efectuada a los funcionarios de la entidad comprendidos en las mismas. B. INFORMACION RELATIVA A LA ENTIDAD EXAMINADA 1. Antecedentes y Base Legal Se deberá hacer una breve referencia en torno a la creación de la entidad, su estructura organizativa, las principales actividades que desarrolla y al área examinada. En la base legal se precisará la referencia a las disposiciones legales que la regulan. 2. Relación de las personas comprendidas en las observaciones Está referido al personal de la entidad auditada comprendido en las observaciones, el cual se consignará en un anexo del informe, con indicación de nombres y apellidos, cargo, período de gestión, condición laboral y dirección domiciliaria. 3. Posición financiera, económica y presupuestaria
  • 36. 36 Teniendo en cuenta el tipo de examen que se realice, a criterio del auditor, se incluirán el balance general, estado de pérdidas y ganancias, balance de ejecución presupuestal u otros, según corresponda. II. CONCLUSIONES En este rubro el auditor deberá expresar sus conclusiones, que son juicios de carácter profesional basados en las observaciones resultantes del examen efectuado. Las conclusiones estarán referidas a la evaluación de los resultados de gestión de la entidad examinada, en cuanto al logro de los objetivos, metas y programas, así como a la utilización de los recursos públicos, en términos de economía, eficiencia y eficacia. Asimismo, en las conclusiones se deberá indicar la determinación de la naturaleza de la responsabilidad en la que incurran los funcionarios o servidores públicos, sea administrativa, civil o penal. De acuerdo a la competencia funcional de los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, cuando la responsabilidad es de carácter penal, ésta debe ser revelada en términos de presunción de delito. Al final de cada conclusión se hará referencia al número correspondiente a la observación en la cual se expone el hecho con todos los detalles. III. OBSERVACIONES En esta parte del informe, se debe revelar: Toda aquella información que a juicio del auditor, permita conocer hechos o circunstancias que incidan significativamente en la gestión de la entidad auditada, tales como el reconocimiento de las dificultades o circunstancias en las que se desenvolvieron los responsables de dicha gestión, en los supuestos en que esto suceda, sin perjuicio de la observancia de los requisitos de objetividad e imparcialidad que deben guiar al auditor en la elaboración de su informe. Los aspectos principales que deben tenerse en cuenta al redactar las observaciones serán: 1. Las observaciones estarán referidas a asuntos significativos e incluirán información suficiente y competente relacionada con los resultados de la evaluación efectuada a la gestión de la entidad examinada, así como el uso de los recursos públicos, en términos de economía, eficiencia y eficacia. 2. Igualmente deberá incluir la información necesaria respecto a los antecedentes a fin de facilitar la comprensión de las observaciones. 3. El término observación está referido a cualquier situación deficiente y relevante que se determine de la aplicación de procedimientos de auditoria y estará estructurada de acuerdo con los atributos (condición, criterio, causa y efecto) que se considere de interés para la entidad examinada. Cada observación deberá redactarse en forma narrativa, teniendo en cuenta para su presentación los aspectos siguientes: a. Sumilla.- Se refiere al título que utiliza el hecho observado. b. Condición.- Este término se refiere a la descripción de la situación irregular o deficiencia hallada, cuyo grado de desviación debe ser demostrada.
  • 37. 37 c. Criterio.- Son las normas transgredidas de carácter legal, operativo o de control que regulan el accionar de la entidad examinada. El desarrollo del criterio en la presentación de la observación debe citar específicamente la normativa pertinente y el texto aplicable de la misma. d. Causa.- Es la razón fundamental por la cual ocurrió la condición, o el motivo por el que no se cumplió el criterio o norma. Su identificación requiere de la habilidad y juicio profesional del auditor y es necesaria para el desarrollo de una recomendación constructiva que prevenga la recurrencia de la condición. e. Efecto.- Es la consecuencia real o potencial, cuantitativa o cualitativa, que ocasiona el hallazgo, indispensable para establecer su importancia y recomendar a la Administración que tome las acciones requeridas para corregir la condición. Siempre y cuando sea posible, el auditor debe revelar en su informe la cuantificación del efecto. 4. Al término del desarrollo de cada observación, se indicarán de modo sucinto los descargos que presenten las personas comprendidas en la misma, así como la opinión del auditor después de evaluar los hechos observados y los descargos recibidos. 5. Si durante el examen el auditor aprecia logros notables en la entidad auditada y que tengan relación con el alcance y objetivos de la auditoria, a su juicio podrá decidir su inclusión en los comentarios del informe. 6. Tratándose de la existencia de posibles delitos el auditor debe deslindar y determinar el tipo de responsabilidad que corresponda a los presuntos implicados, contando para ello con una adecuada coordinación con la asesoría legal. IV. RECOMENDACIONES Las recomendaciones constituyen las medidas sugeridas a la Administración de la entidad examinada, orientadas a promover la superación de las observaciones o hallazgos emergentes de la evaluación de la gestión. Serán dirigidas a los funcionarios públicos que tengan competencia para disponer su aplicación. Las recomendaciones deben estar encaminadas a superar las causas de los problemas observados, se referirán a acciones específicas y estarán dirigidas a quienes corresponde emprender esas acciones. Además, es necesario que las medidas que se recomienden sean factibles de implantar y que su costo corresponda a los beneficios esperados. Las recomendaciones deberán contener la descripción de cursos de acción para optimizar el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, sectoriales y nacionales. Al formular las recomendaciones se enfatizará en precisar las medidas necesarias para la acción correctiva, aplicando criterios de oportunidad, de acuerdo a la naturaleza de las observaciones. ANEXOS A fin de lograr el máximo de concisión y claridad en el informe, se utilizarán los anexos indispensables que complementen o amplíen la información de importancia contenida en el mismo. Pueden estar referidos, entre otros aspectos, a los fundamentos de los descargos presentados por las personas comprendidas en los hechos observados, a los informes técnicos y legales, según la naturaleza de los hallazgos, y a los estados financieros consolidados, en caso de no haber sido auditados. FIRMA
  • 38. 38 El informe deberá ser firmado por el auditor encargado, el supervisor y el nivel gerencial correspondiente de la Contraloría General de la República. En el caso de los órganos de auditoria interna del Sistema Nacional de Control, por el auditor encargado, el supervisor y el jefe del respectivo órgano. De ameritarlo, el informe también será suscrito por el asesor legal u otro profesional y/o especialista. NAGU. 4.50 INFORME ESPECIAL Cuando en la ejecución del trabajo de auditoria, se evidencien indicios razonables de comisión de delito, en cautela de los intereses del Estado, el auditor, sin perjuicio de la continuidad del respectivo examen, debe emitir con la celeridad del caso, un Informe Especial con el respectivo sustento técnico y legal, para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes. La aplicación de esta norma permitirá al auditor que con base en su juicio profesional y en observancia de las normas legales aplicables, ejerza su labor en los casos de evidenciarse indicios razonables de comisión de delito durante el desarrollo de su trabajo en la entidad auditada. La instancia correspondiente será la Procuraduría, en el caso que la auditoria sea realizada por la Contraloría General de la República; las Fiscalías, y/o Procuraduría adscrita al sector respectivo, cuando los exámenes sean efectuados por los órganos de auditoria interna conformantes del Sistema y Sociedades de Auditoria designadas. En la misma fecha de iniciados los trámites en la Procuraduría y/o Fiscalía, según corresponda, los citados órganos de auditoria y las Sociedades de Auditoria, remitirán un ejemplar del informe especial a la Contraloría General y, a juicio del auditor, al titular de la entidad, siempre que éste último no se encuentre comprendido en los indicios razonables de comisión de delito. La emisión del informe especial, no exime al auditor de su obligación de recomendar medidas inmediatas, en cautela de la recuperación del patrimonio del Estado. 1.7 NIIFS APROBADAS Los especialistas en materia contable habían sido vistos por la sociedad como profesionales pétreos cuyos principios y normas cambiaban singularmente y de alguna manera sin mayor gloria. Es indudable que siendo la contabilidad instrumental al mundo de los negocios el constante cambio en el entorno global de los mismos, marque elásticos movimientos en la generación de normativa, procesos y aplicaciones contables. Es de conocimiento general la obligatoria aplicación de las normas internacionales de contabilidad a efectos de reportes financieros y concretamente en relación con la preparación de los estados que sirvan de base para las declaraciones de impuesto sobre la renta. Es importante hacer notar que en el mes de marzo del 2004 el IASB publica las Normas Internacionales de Reporte Financiero con los primeros cambios resultantes de la transición de las Normas Internacionales de Contabilidad a las Normas Internacionales de Reporte Financiero, dictándose las primeras cinco normas internacionales de Reporte Financiero. La norma número uno se refiere a los aspectos relativos al tratamiento de la adopción por primera vez de las NIRF; partiendo de la base de estados
  • 39. 39 financieros que ya han sido convertidos a la base contable de Normas Internacionales de Contabilidad, por lo cual este requisito previo, para quienes aún lo tienen pendiente, es un adeudo vencido. La norma número dos regula aspectos de pagos efectuados en transacciones monetarias y no monetarias; la relevancia de esta norma es la de denotar transacciones de carácter dual respecto de pagos realizados sobre bases compartidas en términos monetarios, no dinerarios y de contraprestación mediante la entrega de servicios. La norma tercera regula los elementos relacionados con combinaciones de negocios. Esta viene a sustituir la Norma Internacional Contable No. 22, dando el enfoque más actual en relación con este tipo de transacciones. La norma cuarta, trata lo relativo a contratos de seguros. Cuando este tema empezó a tratarse y antes de que el IASB decidiera migrar de las Normas Internacionales de Contabilidad a las Normas Internacionales de Reporte Financiero, la norma relativa a seguros estaba supuesta a ocupar su lugar como NIC 42. Por último, la quinta norma regula aspectos relativos a la tenencia de activos no corrientes con propósitos de venta y operaciones discontinuas; viene esta norma a tratar aspectos de muy cotidiano requerimiento y sustituye en relación con operaciones en discontinuación a la NIC 35. Quedan con estas modificaciones también eliminados los boletines interpretativos SIC 8, 9 y 28 y marca, a partir de estos cambios, el inicio de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera en contraposición o evolución de las Normas Internacionales de Contabilidad. Como es notorio, los temas son de gran impacto actual, siendo el propósito de esta nota hacer del conocimiento del lector que así como el mundo de los negocios globales está dirigido por cambios continuos de alta velocidad, el tradicional mundo contable, otrora estático, se ha tenido que poner al corriente de las nuevas velocidades a las que evoluciona el mundo de los negocios. La adopción de las primeras cinco normas internacionales de reporte financiero son solo el principio de un nuevo ciclo de cambios. PLANTEAMIENTO Desde que se reestructuró el cuerpo internacional encargado de emitir las normas técnicas de contabilidad, encargando de emitir dichos pronunciamientos actualmente bajo la denominación en castellano de normas internacionales de información (o reportes) financieros se han emitido 06 Normas. ANALISIS El ente encargado de emitir los estándares contables a partir del 2,001 es la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), el cuál tiene la misión de establecer un solo sistema de normas globales comprensibles y de alta calidad necesarias para la preparación de información transparente y comparable denominadas normas internacionales de reporte financiero (NIRF o NIIF, en inglés IFRS). Sin embargo, dado que era necesario contar con una base inicial, el IASB aprobó que todas las normas e interpretaciones emitidas por su predecesor continuasen siendo aplicables hasta que sean modificadas o abandonadas, por nuevas normas e interpretaciones.
  • 40. 40 De esta manera, inicialmente adoptó las Normas Internaciones de Contabilidad (NICs) emitidas por el IASC (organismo predecesor del IASB) habiendo luego de todo un proceso generado nuevas normas que completan o mejoran las anteriores. Resultado de ello, a la fecha la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), ha publicado 6 Normas Internacionales de Información (o Reporte) Financiero (en siglas NIRFs o NIIFs), las cuales se detallan en el siguiente cuadro, con su respectiva fecha de publicación: INTERNATIONAL FINANCIAL REPORTING STANDARDS (Normas Internacionales de Información Financiera) NIIF TITULO DESCRIPCIÓN 1 First-time Adoption of International Financial Reporting Standards. (Primera adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera) Explica como una entidad debería efectuar la transición de las políticas contables aplicadas a las NICs/NIIF en los elementos de sus estados financieros. Aplicable a las empresas de Europa que aplicarán por primera vez las normas internacionales de contabilidad a partir del 2005. Reemplaza a la interpretación SIC-8 Primera Aplicación de las NICs como Base Primaria de la Contabilidad. (First-time Application of IASs as the Primary Basis of Accounting ) Fecha de Publicación: 19 de junio del 2003 2 Share-Based Payment (Pagos basados en acciones) Trata sobre la contabilización de transacciones de pago basado en acciones, incluyendo concesión de opciones de acciones a los empleados. La norma propone medir estas transacciones al valor razonable, ya sea directamente, por el valor razonable de los bienes y servicios recibidos o adquiridos, o indirectamente, mediante la referencia al valor razonable de los instrumentos de capital concedidos, en función de cuál de los dos sea determinable más fácilmente. Fecha de Publicación: 19 de febrero del 2004 3 Business Combinations (Combinación de negocios) Explica el tratamiento que debe darse a las combinaciones de negocios, estableciendo como único método de contabilización el método de la compra. Además de ello, entre otras modificaciones, elimina una de las posibilidades de reconocimiento de activos y pasivos identificables (aquella referida al reconocimiento proporcional), establece la no amortización de la plusvalía mercantil pero sí la prueba de desvalorización del mismo anualmente o más frecuentemente si los eventos o cambios en las circunstancias indican una posible desvalorización.
  • 41. 41 Cualquier exceso de los activos y pasivos netos identificables adquiridos respecto al costo de la combinación se reconoce como una ganancia en el estado de resultados. Reemplaza a la NIC 22 Combinación (Fusión) de Negocios. Fecha de Publicación: 31 de marzo del 2004 4 Insurance Contracts (Contratos de Seguros) Regula el tratamiento contable de todos los contratos de seguros y reaseguros. Es la primera norma que establece una guía que marca el primer paso en los proyectos del IASB para conseguir la convergencia de distintas prácticas en el negocio de seguros alrededor del mundo. Esta norma resulta aplicable para estados financieros anuales que comiencen a partir del 1º de enero del 2,005, sin embargo, una aplicación anterior a dicha fecha es alentada. Fecha de Publicación: 31 de marzo del 2004 5 Non-current Assets Held for Sale and Discontinued Operations. (Activos no corrientes mantenidos a la venta y operaciones discontinuadas) Dispone el tratamiento aplicable, cuando una línea de negocios principal o las operaciones de un área geográfica se clasifican como discontinuas. Esta norma reemplaza a la NIC 35: Operaciones Discontinuas. De acuerdo con esta norma, los activos mantenidos para la venta se valoran al menor entre su valor contable y su valor razonable menos los costes de enajenación. Además, se estipula que una línea de negocio principal o las operaciones de un área geográfica se clasifican como discontinuas si sus activos se clasifican como “a la venta”. A partir de la fecha en la cual los activos no corrientes son clasificados como mantenidos para la venta no se deprecian; siendo presentados en el balance general de manera separada. Fecha de Publicación: 31 de marzo del 2004. 6 NIIF 6. Exploración y evaluación de los recursos minerales El objetivo de esta NIIF es especificar la información financiera relativa a la exploración y la evaluación de recursos minerales. 2 En concreto, esta NIIF requiere: (a) determinadas mejoras en las prácticas contables existentes para los desembolsos relacionados con la exploración y evaluación;
  • 42. 42 (b) que las entidades que reconozcan activos para exploración y evaluación realicen una comprobación del deterioro del valor de los mismos de acuerdo con esta NIIF, y valoren el posible deterioro de acuerdo con la NIC 36 Deterioro del valor de los activos; (c) revelar información que identifique y explique los importes que surjan, en los estados financieros de la entidad, derivados de la exploración y evaluación de recursos minerales, a la vez que ayude a los usuarios de esos estados financieros a comprender el importe, calendario y certidumbre asociados a los flujos de efectivo futuros de los activos para exploración y evaluación reconocidos. 1. Las Normas Internacionales de Auditoria contienen principios básicos y procedimientos esenciales estas son emitidas en dos series separadas: La de Servicios de Auditoria (NIAs) y la de Servicios Afines (NIAs/SAs). El marco describe los servicios que el Auditor puede comprometerse a realizar en relación con el nivel de certidumbre resultante. 2. Las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU, son los criterios que determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor, orientados a uniformar el trabajo de la auditoria gubernamental y obtener resultados de calidad. Constituyen un medio técnico para fortalecer y uniformar el ejercicio profesional del auditor gubernamental y permiten la evaluación del desarrollo y resultados de su trabajo, promoviendo el grado de economía, eficiencia y eficacia en la gestión de la entidad auditada. 3. El ente encargado de emitir los estándares contables a partir del 2,001 es la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), el cuál tiene la misión de establecer un solo sistema de normas globales comprensibles y de alta calidad necesarias para la preparación de información transparente y comparable denominadas normas internacionales de reporte financiero (NIRF o NIIF, en inglés IFRS). Sin embargo, dado que era necesario contar con una base inicial, el IASB aprobó que todas las normas e interpretaciones emitidas por su predecesor continuasen siendo aplicables hasta que sean modificadas o abandonadas, por nuevas normas e interpretaciones.
  • 43. 43 1. Elabore cuadro comparativo entre NIAS –NAGUS – NIIFS Nº AUTOR TITULO EDITORIAL 1 Juan Francisco Álvarez Illanes Auditoria Gubernamental Pacifico 2002 2 Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú Normas Internacionales de Contabilidad IMCP 1998 3 O. Ray Whittington - Kurt Pany AUDITORIA - UN ENFOQUE INTEGRAL Mc Graw Hill 2001 Recursos en Internet Nº Dirección Internet Descripción 1 www.contraloria.gob.pe Portal Contraloría General de la Republica 2 www.conasev.gob.pe Portal de CONASEV 3 www.cpn.mef.gob.pe Portal Contaduría Pública de la Nación Nº 01 Indique que entiende por Auditoria y cuál es la finalidad principal. Cuál es la diferencia entre la Auditoría Interna y la Auditoría Externa. En qué consiste la Auditoria de Gestión Ambiental. Indique que entiende por la NAGU. 4.40 Contenido del Informe. Cuáles son las características que debe tener una evidencia en la Auditoria.
  • 44. 44
  • 45. 45 EL PROCESO DE LA AUDITORÍA CONTENIDO INDICADOR DE LOGROS 2.1 INTRODUCCION 2.2 LA PLANIFICACION 2.3 ETAPAS DE LA PLANIFICACIÓN EN LA AUDITORIA 2.4 FASES DE PLANEACION 2.5 PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABLES DE LA PLANEACION 2.6 TÉCNICAS A APLICARSE EN LA PLANEACIÓN DE AUDITORIA. 2.7 LA CARTA PROPUESTA ACTIVIDADES RESUMEN BIBLIOGRAFIA RECOMENDADA AUTOEVALUACION FORMATIVA Al finalizar el presente Fascículo el participante estará en condiciones de conocer el proceso de planeamiento y su aplicación en empresas privadas y públicas. Elabora la carta propuesta y el memorando de planeamiento y reconoce la importancia del plan de auditoría.
  • 46. 46 2.1 INTRODUCCION Llevar a cabo una auditoria implica una serie de pasos a cumplimentar que, bien sabemos, pueden diferir según las circunstancias particulares en cada caso. Sin embargo, y sin perjuicio de lo expuesto con anterioridad, usualmente se verifican tres etapas: planificación, ejecución y control. A continuación podemos observar los objetivos, productos terminados y aspectos claves a ser considerados para cada una de dichas etapas: Por otra parte, cabe señalar que los límites de cada etapa no son tajantes ni excluyentes, pudiéndose realizar las modificaciones que se consideren necesarias según surja de la ejecución de los procedimientos a ser aplicados en el desarrollo de la tarea de auditoria. Para concluir, en el esquema siguiente, se establecen -a grandes rasgos- cuáles serían las acciones a seguir en cada etapa del proceso de auditoría. 2.2 PLANIFICACION El Planeamiento como etapa primaria del proceso de Auditoria fue establecido para prever los procedimientos que se aplicarán a fin de obtener conclusiones válidas y objetivas que sirvan de soporte a la opinión que se vierta sobre la Entidad o Empresa bajo examen.