Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Venezuela. Los artículos cubren una variedad de temas relacionados con los derechos de los niños a la educación, la salud y la protección. El documento también incluye menús de navegación que permiten al lector acceder fácilmente a diferentes secciones y artículos de la ley.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
DECANATO DE POSTGRADO Y EXTENSION
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
ESPECIALIDAD PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN.
MATERIA: TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN SUS APLICACIONES EN EL CAMPO EDUCATIVO.
SECCIÓN: A/31
Tutora: Autores:
Dra. Garcia Maudy Prof. Blanco Jesús C.I. N°: 13564557
CARACAS, ENERO DE 2016
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CAPÍTULO VI: DE LOS DERECHOS CULTURALES Y EDUCATIVOS
Artículo 102 °
Artículo 103°
Artículo 104 °
LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES LOPNA, G O. (5859E de 10/12/2007).
Artículo 40. Protección contra el traslado ilícito.
Artículo 41. Derecho a la salud y a servicios de salud.
Artículo 42. Responsabilidad del padre, la madre, representantes o responsables en materia de salud.
Artículo 43. Derecho a información en materia de salud.
Artículo 44. Protección de la Maternidad.
Artículo 45. Protección del vínculo materno-filial.
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Artículo 57. Disciplina escolar acorde con los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes.
Artículo 58. Vínculo entre la educación y el trabajo.
Artículo 59. Educación para niños, niñas y adolescentes trabajadores y trabajadoras.
Artículo 60. Educación de niños, niñas y adolescentes indígenas.
Artículo 56. Derecho a ser respetados y respetadas por los educadores y educadoras.
Artículo 51. Protección contra sustancias alcohólicas, estupefacientes y psicotrópicas.
Artículo 52. Derecho a la seguridad social.
Artículo 53. Derecho a la educación.
Artículo 54. Obligación del padre, de la madre, representantes o Responsables en Materia de educación.
Artículo 55. Derecho a participar en el proceso de educación.
Artículo 46. Lactancia materna.
Artículo 47. Derecho a ser vacunado o vacunada.
Artículo 48. Derecho a atención médica de emergencia.
Artículo 49. Permanencia del niño, niña o adolescente junto a su padre, madre, representante o responsable.
Artículo 50. Salud sexual y reproductiva.
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4. CAPÍTULO VI
DE LOS DERECHOS CULTURALES Y EDUCATIVOS
El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo
interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento
del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de
la sociedad.
Artículo 102 ° La educación…
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5. …tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en
igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las
derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es
obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio
diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta
el pregrado universitario.
CAPÍTULO VI
DE LOS DERECHOS CULTURALES Y EDUCATIVOS
Artículo 103 ° Toda persona…
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6. …estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de
comprobada idoneidad académica. El Estado estimulará su actualización
permanente y les garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera
docente, bien sea pública o privada, atendiendo a esta Constitución y a la
ley…
CAPÍTULO VI
DE LOS DERECHOS CULTURALES Y EDUCATIVOS
Artículo 104 ° La educación …
Enlace URL DEL VIDEO https://youtu.be/0v216oGmZ5E?t=161
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7. Artículo 40.
Protección contra el traslado ilícito.
a todos los niños, niñas y
adolescentes contra su traslado
ilícito en territorio nacional o al
extranjero.
LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS YADOLESCENTES
LOPNA, G O. (5859E de 10/12/2007).
Artículo 41.
Derecho a la salud y a
servicios de salud.
Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen derecho a
disfrutar del nivel más alto posible
de salud física y mental.
Artículo 42.
Responsabilidad del padre, la
madre, representantes o
responsables en materia de
salud.
son los garantes inmediatos de
la salud de los niños, niñas y
adolescentes que se encuentren bajo su
Patria Potestad, representación o
responsabilidad.
Artículo 43.
Derecho a información en
materia de salud.
derecho a ser informados e
informadas y educados o
educadas sobre los principios básicos
de prevención en materia de salud,…
Artículo 44.
Protección de la Maternidad.
El Estado debe proteger la
maternidad.
Artículo 45 Y 46.
Protección del vínculo
materno-filial.
Todos los centros y servicios de
salud deben garantizar la permanencia
del recién nacido o la recién nacida
junto a su madre a tiempo completo
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8. Artículo 47.
Derecho a ser vacunado o
vacunada.
Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen derecho a la
inmunización contra las enfermedades
prevenibles.
LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS YADOLESCENTES
LOPNA, G O. (5859E de 10/12/2007).
Artículo 48.
Derecho a atención
médica de emergencia.
Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen derecho a
recibir atención médica de
emergencia.
Artículo 49.
Permanencia del niño, niña
o adolescente junto a su padre,
madre, representante o
responsable.
éstos deben permitir y
asegurar condiciones para la
permanencia a tiempo completo de, al
menos, el padre, la madre,
representante o responsable junto a
ellos y ellas
Artículo 50.
Salud sexual y reproductiva.
Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen derecho a ser
informados e informadas y educados o
educadas,…
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FIN
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9. Artículo 51.
Protección contra
sustancias alcohólicas,
estupefacientes y psicotrópicas.
El Estado, con la activa
participación de la sociedad, debe
garantizar políticas y programas de
prevención.
LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS YADOLESCENTES
LOPNA, G O. (5859E de 10/12/2007).
Artículo 52.
Derecho a la seguridad social.
Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen derecho a inscribirse
y beneficiarse del Sistema de Seguridad
Social.
Artículo 53.
Derecho a la educación.
Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen el derecho a la
educación gratuita y obligatoria
Artículo 54.
Obligación del padre,
de la madre, representantes o
Responsables en Materia de
educación.
tienen la obligación
inmediata de garantizar la
educación de los niños, niñas y
adolescentes.
Artículo 55.
Derecho a participar en el
proceso de educación.
Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen el derecho a ser
informados e informadas y a
participar activamente en su proceso
educativo.
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10. LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS YADOLESCENTES
LOPNA, G O. (5859E de 10/12/2007).
Artículo 56.
Derecho a ser
respetados y respetadas por
los educadores y educadoras.
Todos los niños, niñas
y adolescentes tienen derecho a
ser respetados y respetadas por
sus educadores y educadoras,
Artículo 57.
Disciplina escolar acorde con
los derechos y garantías de los niños,
niñas y adolescentes.
La disciplina escolar debe ser
administrada de forma acorde con los
derechos, garantías y deberes de los
niños, niñas y adolescentes.
Artículo 58.
Vínculo entre la educación
y el trabajo.
El sistema educativo
nacional estimulará la vinculación
entre el estudio y el trabajo.
Artículo 59.
Educación para niños,
niñas y adolescentes
trabajadores y trabajadoras.
El Estado debe garantizar
regímenes, planes y programas de
educación dirigidos a los niños,
niñas y adolescentes trabajadores
y trabajadoras
Artículo 60.
Educación de niños, niñas
y adolescentes indígenas.
El Estado debe garantizar a
todos los niños, niñas y adolescentes
indígenas regímenes, planes y
programas de educación
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FIN
11. A MODO DE REFLEXION
“EL ÉXITO SE PRESENTA CUANDO LA
OPORTUNIDAD SE ENCUENTRA CON LA
EXPERIENCIA.”
BOD MCDRIVE
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