1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
FACULTAD DE DERECHO
BARQUISIMETO
Derecho
Financiero
Estudiante:
- José Vargas.
C.I. V-24.614.922
Cátedra:
Derecho Tributario
Docente:
Emily Ramírez
Barquisimeto, Noviembre de 2016
2. Diferencias entre el Derecho Financiero y el Derecho Tributario
El derecho financiero es la rama del derecho que se encarga del estudio de los procesos o
métodos que llevan a cabo la recaudación del pago de tributos o demás contribuciones que
realicen las personas hacia el estado, controlando así los ingresos y gastos públicos que el
estado debe satisfacer, dando carácter de derecho público al mismo e incluyéndolo dentro
del derecho administrativo ya que se encarga de regir y controlar la hacienda pública,
específicamente en sus actividades financieras. Es por ello que se dice que el derecho
financiero deriva de la autonomía del derecho administrativo y es un derecho autónomo
porque su objeto se encuentra implícito dentro del objeto del derecho administrativo pero
posee principios propios que lo sustentan y conllevan a que resuelva los casos sin necesidad
de otro derecho. Constituye así la parte fundamental de la actividad financiera estadal,
creando los mecanismos y técnicas de control y ejecución de los planes los cuales sean
menester de la hacienda pública para su llevada a cabo en el marco de lo planteado en la
memoria y cuenta anual dentro de las finanzas públicas del país. Es uno de sus fines
sociales primordiales la satisfacción de las necesidades del estado y de la colectividad en
general, es por ello que fundamentalmente debe priorizar la necesidad real de la
colectividad de requerir o no lo antes planteado.
Ahora bien, el derecho tributario por su parte es la rama del derecho fiscal que se encarga
de todo lo referente a los tributos (recaudación, procedimiento de recaudación, evaluación y
revisión de todo tipo de procedimiento fiscal de recaudación tributaria correspondiente al
estado) para administrar y redirigir los ingresos obtenidos por motivo de los tributos
provenientes de los contribuyentes respectivos, es por ello que el derecho financiero y el
derecho tributario se diferencian en su objetivo, claramente siendo el del derecho financiero
los procesos de ingresos-egresos de fondos provenientes del estado y el del derecho
tributario siendo todo lo referente a los impuestos o tributos correspondientes a las arcas del
estado, abarcando también la parte del contribuyente al imponer los gravámenes a pagar y
las faltas en las que incurriría en caso de no cumplir con el tributo que le corresponda a
cada persona bien sea natural o jurídica. Este evalúa desde el nacimiento del gravamen
hasta el modo de recaudar los mismos, terminando ahí su función para que entre el derecho
financiero quien es el que redirigirá los fondos recaudados para las áreas que requieran el
3. dinero proveniente de la hacienda pública nacional como lo son las áreas de educación,
cultura, salud, producción económica nacional y otros gastos diversos que corresponden al
estado realizarlos.
Autonomía del Derecho Financiero
Existen muchos estudios los cuales nos hablan acerca de la autonomía del derecho
financiero, estudios de los cuales podemos extraer que el derecho financiero por su
fisionomía es un derecho que deriva de varias ramas principales del derecho, pero ¿qué es
lo que le otorga la autonomía al derecho financiero? Es la particularidad propia del derecho
financiero quien le otorga esta autonomía ya que este se encarga de resolver sus propias
controversias por sí mismo, solo a veces apoyándose de cierto modo en otras ramas del
derecho como podría ser el derecho administrativo, pero esto no es más que parte
fundamental del derecho ya que todas las ramas del derecho en un punto concuerdan o se
apoyan ya que todas juntas forman una unidad, esto porque siempre se debe tomar en
cuenta todas las ramas para poder actuar en una de ellas, evitando crear discrepancias o
contradicciones dentro del derecho y este derecho posee también principios propios que
hacen que resuelva sus propios problemas.