Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificacion de las leyes
1. ALUMNO: Pedro José Mindiolaza medina
FECHA: Miércoles, 28 de mayo del 2015
CURSO: Quinto de Bioquímica y Farmacia
PARALELO: “B”
DOCENTE: Dr. Carlos García
2. LEYES IMPOSITIVAS:
Son aquellas que el Estado impone al
ciudadano ecuatoriano de una manera
obligatoria. Así el Derecho Administrativo,
manda por ejemplo, a prestar caución a favor
del Fisco, a los funcionarios y empleados del
sector público, encargados de la recepción,
control, custodia e inversión de los fondos
públicos.
3. LEYES PROHIBITIVAS:
Son aquellas que prohíben determinados actos,
que atentan contra el orden público, la moral y
las buenas costumbres. Así el Derecho
Administrativo, prohíbe recibir coimas, el
peculado o el soborno de los funcionarios
públicos.
4. LEYES PERMISIVAS:
Son aquellas que no ordenan ni prohíben hacer
algo, sino que simplemente conceden
facultades para que las personas ejecuten
determinados actos, como por ejemplo, el
derecho de la libre asociación para formar
empresas, que en el Ecuador toma el nombre
de Fundaciones, Partidos Políticos, Ongs,
Corporaciones “sin fines de lucro” y otras que
manejan fondos públicos y privados.
5. LEYES ORGANICAS:
Serán leyes orgánicas:
Las que regulen la organización y actividades de
las Funciones Legislativa, Ejecutiva y Judicial.
Las relativas del régimen de partidos.
Las que regulen las garantías de los derechos
fundamentales y los procedimientos para su
protección.
Las que la constitución determine que se expidan
con este carácter.
Las leyes orgánicas serán aprobadas reformadas,
derogadas o interpretadas por mayoría absoluta de
los integrantes del Congreso Nacional.
6. LEYES ORDINARIAS:
Todas aquellas leyes que no se establecen en
los aspectos anteriores. Una ley ordinaria no
podrá modificar una ley orgánica ni prevalecer
sobre ella, ni siquiera a titulo de ley especial.
7. FEIJOO, Luz. MANUAL DE LEGISLACIÓN
FARMACEUTICA (biblioteca en casa). [Fecha
de consulta: martes 27 de mayo del 2014].