El fideicomiso es una relación jurídica por la cual el fideicomitente transfiere bienes en fideicomiso a otra persona, denominada fiduciario, para la constitución de un patrimonio fideicometido, sujeto al dominio fiduciario de este último y afecto al cumplimiento de un fin específico en favor del fideicomitente o un tercero denominado fideicomisario.
4. Introducción
El fideicomiso es una relación jurídica por la cual el fideicomitente transfiere bienes en fideicomiso a otra
persona, denominada fiduciario, para la constitución de un patrimonio fideicometido, sujeto al dominio
fiduciario de este último y afecto al cumplimiento de un fin específico en favor del fideicomitente o un tercero
denominado fideicomisario.
Entidad Pública Entidad Privada
Entidad Financiera
8. Marco teórico
• Una vez suscrito el contrato de obra entre el contratista y la Entidad, esta última tiene un plazo
de treinta (30) días hábiles contado desde el día siguiente de suscrito el contrato para realizar
los trámites correspondientes para la constitución del fideicomiso; y de esta forma, el contratista
pueda recibir el adelanto directo. (…).
La entidad puede incorporar en las bases la obligación de constituir un fideicomiso para la
administración de los adelantos destinados a la ejecución de obra, con el fin de garantizar que
dichos recursos, durante su ejecución, se apliquen exclusivamente a la obra contratada.
Art. 184, D.S N° 162-2020
9. Marco Teórico
• Cartas fianza emitidas por bancos totalizaron S/ 56,633 millones a
diciembre del 2021, moto que denota una contracción de 6.2%,
respecto a un año antes.
• Ya en octubre y noviembre está garantía de financiamiento se
contrajo a ritmo anual de 0.6% y 0.5%, respectivamente según datos
de la SBS.
• En octubre, noviembre y diciembre últimos la inversión pública
disminuyó, en términos anuales, 8%, 17% y 6%, respectivamente,
según el MEF. Incluso , en enero de este año la inversión pública
siguió cayendo (18.8%)
Ralentización en la emisión de cartas fianza
Fuente: Diario Gestión (18.02.2022)
10. Marco Teórico
Administración de fideicomisos
Llevamos más de
25AÑOS
de experiencia
a nivel nacional
+180
Fideicomisos
+USD4,200 MM
en Patrimonios
Administrativos
Somos los fiduciarios del estado en todos los
programas destinados a preservar la cadena
de pagos por la pandemia del COVID 19.
Reactiva
FAE MYPE
PAE MYPE DL
1508
FAE Agro FAE
Turismo
COVID 19
Fortalecimiento
patrimonial
11. Marco Teórico
Principales Fideicomisos Administrados
A Diciembre/Setiembre 2021
Fideicomiso Canchaque
Fideicomiso
MI VIVIENDA
S/ 55.8
Patrimonio en millones
S/ 8,822
Patrimonio en millones
Adquisición
De primeras
viviendas
Fideicomiso OSITRAN
S/ 816.8
Patrimonio en millones
FISE
Masificación del gas natural
Subsidio del balón
S/ 1,197
Patrimonio en millones
*Los valores del patrimonio a Diciembre 2021 serán entregados por Contabilidad a mediados de febrero
Estructurar fideicomisos para el desarrollo del país y convertirnos en el fiduciario del Estado.
Madre de Dios
Ucayali
Loreto
Amazonas
San Martin
Fideicomisos amazónicos
Flujos anuales por S/ 148 millones 2
Patrimonio a Set-2021 s/ 104 millones
LEY N° 30896 LEY N° 30712
Ley que Promueve la
Inversión y Desarrollo de
la Región Amazónica
Ley que impulse la
conectividad en el
departamento de
Loreto1
1/ Ley que restablece la vigencia de la ley 29285 y establece una
compensación que impulse la conectividad en el departamento de
Loreto. 2/ Monto total por los 5 fideicomisos.
12. Marco Teórico
Ventajas del Fideicomiso
01. Para el constructor
• No usar Carta Fianza Menor estrés de caja
• Menor probabilidad de paralizaciones
• Costo financiero más barato que la carta fianza
02. Para el contratante
• Menor barrera de entrada a los concursos
• Mayor competencia en precios y calidad
03. Para el sector
• Facilitador de oportunidades para el crecimiento de las empresas
• Dinamismo en el desarrollo de obras públicas
13. Marco Normativo
Ley N° 30225, D.S. N° 344-2018-EF/15 y sus modificatorias
01. Artículo 184. Fideicomiso de adelanto de obra
• 184.5. Cuando el contratista solicite, además del adelanto directo, adelanto para materiales,
insumos, dicho monto es transferido al patrimonio fideicomitido.
• 184.6. Una En caso se solicite únicamente la entrega de adelanto de materiales, insumos, se
considera lo dispuesto en el artículo 182 para su solicitud. La Entidad inicia el trámite para
constituir el fideicomiso al día siguiente de presentada dicha solicitud. (…).”
02. Artículo 184. Fideicomiso de adelanto de obra
• 184.5. Cuando el contratista solicite, además del adelanto directo, adelanto para materiales,
insumos, equipamiento y mobiliario, dicho monto es transferido al patrimonio fideicometido
03. Artículo 184. Fideicomiso de adelanto de obra
• 184.6. Una En caso se solicite únicamente la entrega de adelanto de materiales, insumos,
equipamiento y mobiliario, se considera lo dispuesto en el artículo 182 para su solicitud. La
Entidad inicia el trámite para constituir el fideicomiso al día siguiente de presentada dicha
solicitud. (…).”
Antes: D.S. 162 –2021 EF
Ahora: D.S. 234-2022-EF
14. Marco Normativo
Ley N° 30225, D.S. N° 344-2018-EF/15 y sus modificatorias
01. Artículo 184. Fideicomiso de adelanto de obra
• 184.9. Cuando la Entidad no haya incorporado en las bases la obligación de constituir un
fideicomiso para la administración de los adelantos destinados a la ejecución de obra, las partes
pueden acordar la incorporación de una cláusula en el contrato para la constitución del
fideicomiso. Para tal efecto, se tiene en cuenta lo siguiente:
a) En la oportunidad de la presentación de los requisitos para perfeccionar el contrato, el postor
adjudicado puede presentar la solicitud a la Entidad para la constitución del fideicomiso. En caso la
Entidad acepte la solicitud, se incorpora en el contrato a suscribirse la cláusula que prevé la
constitución del fideicomiso; o,
b) Dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del contrato, el contratista puede presentar la
solicitud a la Entidad para la constitución del fideicomiso, siempre que los adelantos aún no hayan sido
entregados; vencido dicho plazo no procede la solicitud. En caso la Entidad acepte la solicitud, dentro
de los siete (7) días siguientes de recibida la mencionada solicitud, se incorpora en el contrato la
cláusula que prevé la constitución del fideicomiso. Desde el día siguiente de la incorporación de esta
cláusula, se computa el plazo establecido en el numeral 184.2.”
Ahora: D.S. 234-2022-EF
15. Esquema del fideicomiso
FIDEICOMITENTE / FIDEICOMISARIO
FIDUCIARIO
Patrimonio
Fideicometido
Contratista - Interviniente
Flujos dinerarios
(Adelanto de
obra)
Contratista
3. Instruye
Suscriben
Contrato de Obra
4. Canaliza(Flujos
Dinerarios)
Supervisor
1.
Requerimiento
de
pago
/
Transferencia
para
el
servicio
Entidad Pública
2. Informa
/
valida
Transfiere –en dominio fiduciario- los recursos
de los adelantos de obra/materiales
17. Comisiones
Comisión de estructuración
Principales actividades
• Redacción del contrato de fideicomiso y Convenio de retribuciones
• Análisis de poderes de los participantes
• Análisis de los documentos de la operación
• Supervisión de la publicación del Fideicomiso en el Diario el Peruano
• Supervisión del proceso de Inscripción en los Registros Públicos
18. Comisiones
Comisión de administración
Principales actividades
• Recibir instrucciones de pago del fideicomitente
• Abrir las cuentas bancarias necesarias Elaborar
• Estados Financieros & Memoria Anual
• Designación del supervisor del fideicomiso
• Designación del factor fiduciario
• Presentar EEFF & Informes a la SBS
• Supervisar el cumplimiento del cronograma de adelanto de obra y materiales
19. Comisiones
Documentos e información para la estructuración del fideicomiso
• Copia de las Bases Integradas de la Licitación Pública.
• Copia del Contrato de Obra suscrito entre La Entidad y el Contratista.
• Copia de la resolución y/o documento por medio del cual se otorga la Buena-Pro al Contratista.
• Copia de la resolución y/o documento donde se precise el nombramiento del funcionario de La
Entidad que suscribirá el contrato de fideicomiso.
• Formularios LA/FT debidamente llenados y firmados.
01. Por parte del fideicomitente / Fideicomisario (La Entidad)
20. Comisiones
Documentos e información
• Copia del contrato de constitución de la empresa/consorcio
• Copia de los estatutos sociales de la empresa/consorcio (y de las empresas consorciadas, si fuera
el caso); así como, copia de las partidas registrales emitidas por el Registro de Personas Jurídicas
de SUNARP
• Vigencia de poderes de los funcionarios y/o representantes de la empresa/consorcio (y de las
empresas consorciadas, si fuera el caso), con facultades expresas para “celebrar contratos de
fideicomiso”. Dichos certificados deberán tener como máximo diez (10) días de expedido.
02. Para el Contratista Interviniente (incluyendo Consorcios):
21. Comisiones
Documentos e información
• Copia de la Ficha RUC del(os) fideicomitente(s)/fideicomisario(s)/Contratista Interviniente:
- En caso de consorcios, remitir Ficha RUC del consorcio y de cada una de las empresas
consorciadas.
• Copia de los DNIs de los representantes de la Entidad/Contratista Interviniente que suscribirían el
Contrato de Fideicomiso.
03. Otro(s) documento(s) / información a tomar en cuenta:
23. Obligaciones, responsabilidades y requisitos
Adelantos directos, que en ningún caso pueden exceder en conjunto
el diez por ciento (10%) del monto del contrato original.
Adelantos para materiales o insumos, los que en conjunto no
superan el
veinte por ciento (20%) del monto del contrato original.
En el marco de los contratos de obra tenemos dos tipos de adelantos:
La posibilidad de solicitar adelantos debe encontrarse prevista en las Bases del
procedimiento de selección.
24. El fideicomiso de adelanto de obra: requisitos para su solicitud
Para emplear la figura del fideicomiso, las bases deben incorporar la obligación
de constituir un fideicomiso para la administración de los adelantos de obra.
Solo será aplicable para la obra contratada, no existe límite .
Una vez suscrito el contrato de ejecución de obra, la Entidad tiene un plazo de
treinta (30) días hábiles contados desde la firma para realizar los trámites para la
constitución del fideicomiso.
25. El fideicomiso de adelanto de obra: obligaciones y
responsabilidades de las partes
El contrato de fideicomiso se comienza a elaborar una vez que el contratista haya
cumplido con pagar la comisión de estructuración a favor de la entidad fiduciaria,
entendiéndose por constituido a partir de ese momento.
Una vez constituido el fideicomiso, el contratista se obliga a pagar la comisión de
administración; la Entidad se responsabiliza por transferir, en dominio fiduciario, el
monto del adelanto solicitado al patrimonio fideicometido.
El contratista se encuentra obligado a formar parte del contrato de fideicomiso en
calidad de contratista interviniente. La entidad fiduciaria se encarga de realizar el
pago al supervisor que designe, cuyo costo es asumido por el contratista
interviniente.
26. El fideicomiso de adelanto de obra: Solicitud
• Cuando el contratista solicite, además del adelanto directo, adelanto para materiales e
insumos, el monto es transferido al patrimonio fideicometido.
• Si solo se solicita la entrega de adelanto de materiales e insumos, ésta se realiza en el
plazo que se indique en los documentos del procedimiento de selección. La Entidad inicia el
trámite para constituir el fideicomiso al día siguiente de presentada dicha solicitud.
27. El fideicomiso de adelanto de obra: sobre la empresa que
presta servicios fiduciarios
La empresa que presta los servicios fiduciarios debe encontrarse autorizada por
la SBS
La información financiera y contable de la entidad fiduciaria puede ser
consultada por el OSCE y la Contraloría General de la República
28. Requisitos del contrato de fideicomiso
• El fideicomitente y fideicomisario es la entidad contratante.
• El contratista participa como interviniente.
• Dentro de las obligaciones de la sociedad fiduciaria, está la designación del
supervisor.
• El procedimiento que corresponde seguirse frente al incumplimiento del contratista
interviniente sobre sus obligaciones de pago frente a la fiduciaria
• El procedimiento para el reemplazo del contratista interviniente, en caso la Entidad
resuelva el contrato de obra original.
• El procedimiento para el cobro de las comisiones del fiduciario
29. ¿Cómo utilizar el fideicomiso de adelanto de obra?
Respondemos a tus preguntas