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2. LA CLASIFICACIÓN
DE LAS EMPRESAS
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“Emprender en media hora”
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4-Maquetaci—n Emprender.indd 37
10/11/14 15:33
CONOCIMIENTOS PREVIOS:
¿Qué tipos de empresas conoces?
Para un empresario, ¿por qué es importante la responsabilidad que asume ante
el riesgo?
¿Qué diferencia hay entre una persona física y una persona jurídica?
¿Crees que es fácil y rápido constituir una empresa en España? ¿Por qué?
26
1. CRITERIOS PARA CLASIFICAR LAS EMPRESAS
Seguro que donde vives existen muchos tipos de empresas, algunas más grandes que otras,
por ejemplo, cafeterías y restaurantes locales o bien tiendas como el Corte Inglés o Mer-
cadona. Pero no solo el tamaño diferencia a estas empresas, por ello comenzaremos esta
unidad describiendo los criterios para clasificar las empresas:
Según quién posea el capital
a) Privadas, pertenecen a particulares, con la peculiaridad de que en ocasiones sus propie-
tarios son también trabajadores de la mismas.
b) Públicas, cuando el capital pertenece al Estado, comunidades autónomas, diputaciones,
ayuntamientos o algunos de los organismos dependientes de estas instituciones. Su fina-
lidad no es el beneficio económico, sino prestar un servicio social. Por ejemplo, Correos o
Renfe.
c) Mixtas, si la titularidad es compartida entre organismos públicos y particulares. Ejemplo
AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea).
Según su tamaño
Atendiendo a su tamaño, se acepta generalmente una división de la empresa que distingue
entre microempresa, pequeña, pequeña y mediana y gran empresa. Los criterios limitado-
res entre cada una de estas categorías fijados por la Recomendación de la Comisión Euro-
pea (2003/361/CE) son los siguientes:
CATEGORÍA DE
EMPRESA
NÚMERO DE
TRABAJADORES
VOLUMEN DE
NEGOCIO
BALANCE
GENERAL
Microempresa <10 ≤2 millones EUR ≤ 2 millones EUR
Pequeña ≥10 y <50 ≤ 10 millones EUR ≤ 10 millones EUR
Mediana ≥50 y < 250 ≤50 millones EUR ≤ 43 millones EUR
Gran empresa ≥250 ≥11.400.000 EUR ≥22.800.000 EUR
EMPRESAS POR TAMAÑO NÚMERO DE EMPRESAS
Autónomos (PYME sin asalariados 1.55.798
PYME(1-249 asalariados)
•	 Microempresas (1-9 asalariados) 1.143.015
•	 Pequeñas (10-49 asalariados) 154.738
•	 Medianas (50-248 asalariados 24.508
•	 Grandes (250 o más asalariados) 4.700
Total empresas 2.886.759
Empresas inscritas en la
Seguridad Social 2019
(ipyme.org)
¿Cuál es el % de autónomos y PYME
sobre el total de empresas?
Pues si las grandes empresas son el 2
por mil de las empresas
¡Autónomos y PYME son el 99,98%
del tejido empresarial!
La clasificación en función del sector
productivo viene dada por la Clasifi-
cación Nacional de Actividades Eco-
nómicas.
La clasificación que está actualmente
en vigor es la CNAE-2009
Unidad 2. La clasificación de las empresas
4.700_______ = 0,002
2886759
27
Según el objeto de su actividad (sector productivo)
a) Empresas productoras de bienes. Pueden subdividirse en empresas agrícolas, extracti-
vas, artesanales, industriales de fabricación de bienes de equipo, industriales de fabricación
de bienes de consumo, etc.
b) Empresas prestadoras de servicios. Se subdividen en empresas comerciales (mayoristas
y minoristas), de transporte, de seguros, financieras, de ocio y cultura, de enseñanza, de
comunicaciones, etc.
Según el sector en el que actúa
a) Empresas del sector primario. Engloba aquellas empresas cuya actividad se relaciona con
la agricultura, caza, pesca, acuicultura, apicultura, agricultura, minería y actividad forestal.
b) Empresas del sector secundario. Empresas dedicadas a la actividad industrial, a la trans-
formación y elaboración de bienes y servicios: empresas de textil, metalúrgica, pastelerías,
panaderías, etc.
c) Empresas del sector terciario. Incluye aquellas empresas cuyo resultado no es algo ma-
terial obtenido a través de un proceso de transformación de materias primas. Por lo tanto
son empresas dedicadas a ofrecer un servicio: peluquería, transporte (taxi, autobus), disco-
tecas, restaurantes, hospitales, educación, agencias de viajes, hoteles, etc.
Según el destino de los beneficios
a) Empresas con ánimo de lucro. Empresas cuyo
fin es obtener beneficios. Ejemplos: supermerca-
dos, despachos de abogados… la mayoría de las
empresas que conoces.
b) Empresas sin ánimo de lucro. Organizaciones
cuya actividad o beneficio está destinado a fines
sociales. Conocidas como “el tercer sector”, son las
instituciones sin fines de lucro al servicio de los ho-
gares (ISFLSH). En el tercer sector trabajan en España
más de 30.000 entidades y 2 millones de personas.
Según la zona geográfica donde actúan
a) Empresa local: Desarolla su actividad en una
zona en concreto. Por ejemplo, la dulcería de una
pequeña ciudad o la tienda de ropa de un pueblo.
b) Empresa regional: Desarolla su actividad en
varias localidades o provincias de una misma
Comunidad Autónoma. Ejemplos: el servicio de
transporte en las islas Canarias (Global SL) o una
empresa constructora en Andalucía (Salsa inmo-
biliaria SL).
c) Empresa nacional: Desarrolla su actividad en un país en concreto, ejemplo Marca (Diario
online líder en información deportiva) e Iberdrola.
d) Empresa multinacional: Empresas con filiales en otro paises, ya sean puntos de produc-
ción o venta. Ejemplos: Inditex, Apple o Coca Cola.
El tercer sector.
Fuente: Fundación PWC.
1 Entidades singulares: Cáritas, Cruz Roja
y Fundación ONCE.
2 En cooperación internacional se incluye
desarrollo, emergencias, derechos huma-
nos y paz.
NO INCLUIDO
• Colegios e instituciones
	 educativas
• Cofradías pescadores
• Sindicatos y partidos políticos
• Museos
• Residencias para
	 la tercera edad
• Iglesias
• Asoc. deportivas de carácter 		
	 profesional, empresariales
	 y profesionales
INCLUIDO
• Cooperativas sociales
• Entidades singulares1
• Residencias para colectivos
	 en riesgo de exclusión
• Fundaciones
• ONGD
• Centros especiales de empleo 	
	 e inversión
• Asociaciones de utilidad
	 pública
		 Acción social
		 Medio ambiente
		 Cooperación
		 internacional2
Unidad 2. La clasificación de las empresas
CURIOSIDAD
Para promover la igualdad de
género en la pesca y acuicul-
tura se ha propuesto la adap-
tación de los barcos pesque-
ros a través de camarotes y
aseos diferenciados.
Plan para la igualdad de gé-
nero en el sector pesquero y
acuicultura 2015-2020
28
Según la forma jurídica de organización y titularidad de la empresa
La forma jurídica es una de las deciciones más importantes que ha de tomar una empresa a
la hora de arrancar su negocio. Para ello es fundamental conocer que la normativa española
hace dos grandes diferencias:
a) Empresas mercantiles (con ánimo de lucro) y empresas no mercantiles (asociaciones,
fundaciones, patronatos, etc, a las que, en principio, se les supone sin ánimo de lucro).
b) Empresas individuales y sociales, según que la titularidad de las mismas corresponda a
una persona física o jurídica respectivamente.
Sociedadcomanditaria
Sociedadcolectiva
Empresa
conpersonaidad
física
EmpresarioAutónomo
Comunidadesdebienes
Sociedadcivil
EmpresarioAutónomo
Dependiente
Emprendedor
deresponsabilidadlimitada
Empresas
conpersonalidad
jurídica
Sociedades
mercantiles
Sociedades
deinteréssocial
Capitalista
Cooperativas
Sociedadeslaborales
Personalista
Sociedadlimitada
deformaciónsuceriva
Sociedadderesponsabilidadlimitada
Sociedadlimitadanuevaempresa
Sociedadanónima
Unidad 2. La clasificación de las empresasUnidad 2. La clasificación de las empresas
29
2. LA FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA
Como acabamos de ver existe una clasificación genérica según la forma jurídica de las em-
presas: empresas con personalidad física o con personalidad jurídica. Atendiendo a las ca-
racterísticas de las mismas, según el Ministerio de industria, Turismo y Comercio (ipyme.
org) tenemos:
A) EMPRESAS CON PERSONALIDAD FÍSICA
EMPRESARIO INDIVIDUAL (AUTÓNOMO)
El empresario individual o autónomo es una persona física que realiza en nombre propio y
por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional con finalidad
lucrativa.
Las características que tiene que cumplir una persona para ser autónomo son:
•	 Realizar la actividad de forma habitual y en nombre propio.
•	 Ser mayor de edad o mayor de 16 años emancipado.
•	 No requiere un capital mínimo para empezar el negocio.
•	 Control total de la empresa por parte del propietario al dirigir personalmente el negocio.
•	 Responde de las deudas contraídas con todo su patrimonio, presente y futuro. Por lo
tanto, su responsabilidad es ilimitada frente de las deudas contraídas. De la misma ma-
nera, si está casado sin separación de bienes su cónyuge responderá con su patrimonio
a las deudas contrario por parte del autónomo, no obstante, el cónyuge podrá negarse
haciéndolo constar en una escritura pública en el Registro Mercantil.
•	 Tributa a través de Impuesto sobre la Renta de la Persona Física (IRPF).
•	 La razón social es el nombre y apellidos del empresario. El nombre comercial puede
diferir del nombre personal.
•	 Los empresarios individuales no están obligados a inscribirse en el Registro Mercantil,
aunque pueden hacerlo si lo desean.
Unidad 2. La clasificación de las empresas
LECTURA SUGERIDA
Elpais.com
¿Cuándo es obligatorio darse de alta
como autónomo?
UN TOQUE DE HUMOR
“Soy Autónomo”,
por Manu Sánchez.
Unidad 2. La clasificación de las empresas
¡NO OLVIDES!
La forma jurídica más sen-
cilla para emprender es el
empresario individual, por
lo que se suele utilizar en
negocios pequeños.
30
El Emprendedor de Responsabilidad Limitada y el autónomo dependiente
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionaliza-
ción, creó la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, dando la posibilidad de
limitar su responsabilidad sobre su vivienda habitual, siempre y cuando su valor sea inferior
a los 300.000€.
Por otro lado, también se distingue la figura del autónomo dependiente (TRADE) como
aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma
habitual, personal, directa y predominante, para una persona física o jurídica denominada
cliente, del que depende económicamente, en al menos, un 75% de sus ingresos. Por ejem-
plo, un electricista que trabaja para una constructora y para algunos clientes particulares,
pero la gran parte de sus ingresos (más del 75%) lo recibe de la constructora. Se denomina
falso autónomo al trabajador que tiene las obligaciones del autónomo (darse de alta en
el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social) y las del trabajador por cuenta
propia, y sin embargo no disfruta de lo derechos del resto de la plantilla, precisamente por
su condición de autónomo.
COMUNIDAD DE BIENES 	
La Comunidad de Bienes se constituye cuando la propiedad de un bien o derecho perte-
nece proindiviso a varias personas y forma parte de una actividad empresarial realizada
en común. Se podría decir que es la forma más sencilla de asociación entre autónomos.
Sus características fundamentales son:
•	 El número mínimo de socios es dos.
•	 La responsabilidad es ilimitada al capital aportado.
•	 No existe un capital mínimo. Pueden aportarse solamente bienes, pero no puede apor-
tarse sólo dinero o trabajo.
•	 Tributa a través del Impuesto sobre la Renta de la Persona Física.
•	 Para ejercer la actividad se requiere la existencia de un contrato privado en el que se
detalle la naturaleza de las aportaciones y el porcentaje de participación que cada co-
munero tiene en las pérdidas y ganancias de la Comunidad de Bienes
•	 La Comunidad se constituirá mediante escritura pública cuando se aporten bienes in-
muebles o derechos reales.
Empresas por forma jurídica en España (Fuente INE 2019)
Unidad 2. La clasificación de las empresas
Capital social: valor monetario
de las aportaciones en dinero o
bienes de los socios de una so-
ciedad.
Estatutos: normas de funciona-
miento elaboradas por la propia
empresa, que sirve para perso-
nalizar la ley y adaptarla a sus
necesidades.
Si te animas a crear tu propio
negocio, en la Cámara de Comercio
te ayudan.
camara.es.
Sociedades
anónimas
Sociedades de
responsabilidad
limitada
Sociedades
colectivas
Sociedades
comanditarias
Comunidades
de bienes
Sociedades
cooperativas
Asociaciones
y otros tipos
Organismos
autónomos
y otros
Personas
físicas
78.866 1.181.391 155 81 116.119 20.707 145.405 8.885 1.786.037
ACTIVIDAD: SABER MÁS
Entra en la página www.ipyme.org ¿Cuál es el proceso de constitución y puesta en marcha de un empresario/a
que quiere constituirse como un empresario individual (autónomo)?
31
SOCIEDAD CIVIL
Contrato por el que dos o más personas ponen en común capital, con propósito de repartir
entre si las ganancias.
Sus características fundamentales son:
•	 El capital está formado por las aportaciones de los socios, tanto en dinero como en
bienes o trabajo, servicios o actividad en general.
•	 Podrá tener o no personalidad jurídica propia en función de que sus pactos sean públicos
o secretos. La Agencia Tributaria considera que tienen personalidad jurídica cuando se
manifiestan como tales en el momento de solicitar el Número de Identificación Fiscal
(NIF), es decir, cuando lo mencionan en el acuerdo de voluntades (Instrucciones en re-
lación con las Sociedades civiles como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
- Agencia Tributaria).
•	 Cuando los pactos sean secretos se regirán por las disposiciones relativas a la Comuni-
dad de Bienes.
•	 Pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio, según el ob-
jeto a que se destinen.
•	 La Sociedad se constituirá mediante escritura pública cuando se aporten bienes inmue-
bles o derechos reales.
•	 El número mínimo de socios es de dos y la responsabilidad de estos es ilimitada.
•	 Los socios pueden ser de dos clases; capitalistas o industriales.
•	 La razón social puede ser cualquier nombre elegido por los socios.
•	 No existe un capital mínimo legal.
•	 Tributan por el Impuesto de sociedades o IRPF.
B) EMPRESAS CON PERSONALIDAD JURÍDICA: SOCIEDADES
Las sociedades son empresas con personalidad jurídica, es decir, adquieren una personali-
dad distinta a la de sus propietarios y todas han de inscribirse en el Registro Mercantil.
SOCIEDADES COLECTIVAS (SC)
Sociedad mercantil de carácter personalista en la que todos los socios, en nombre colectivo
y bajo una razón social, se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de
los mismos derechos y obligaciones, respondiendo subsidiaria, personal y solidariamente
de las deudas sociales.
Sus características fundamentales son:
•	 Todos los socios participan en la sociedad en plano de igualdad.
•	 La sociedad tiene autonomía patrimonial y responde de sus deudas con su propio pa-
trimonio.
•	 Al socio colectivo que aporta “bienes” a la sociedad se le denomina “socio capitalista”,
y al que solamente aporta “industria” (trabajo, servicios o actividad en general) “socio
industrial”. Los socios industriales participan en las ganancias de la sociedad, pero no en
las pérdidas, salvo pacto expreso.
•	 El número mínimo de socios es de dos.
Unidad 2. La clasificación de las empresas
El Registro Mercantil es una
institución oficial que se encarga de
dar publicidad sobre las personas,
físicas y jurídicas, que intervienen en
el tráfico mercantil.
En él se inscriben los actos de
los empresarios, de modo que
puedan ser conocidos por aquellas
personas que contraten con ellos
(proveedores, bancos, etc.), así como
por los actuales o posibles inversores,
además de por entidades públicas con
las que tengan relación (Seguridad
Social, Agencia tributaria, etc.).
registradores.org
32
•	 No se requiere un capital mínimo para constituirse.
•	 Responsabilidad ilimitada (responden con todos sus bienes personales) de todos los
socios colectivos, que responden, solidariamente (se le puede exigir la totalidad de las
deudas a cada uno de los socios) entre ellos y subsidiariamente respecto a la sociedad,
de todas las deudas sociales.
•	 Tributan por el Impuesto de Sociedades.
•	 Funciona bajo un nombre colectivo o razón social. Ejemplo: López y Sánchez, SC
SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE
Sociedad mercantil de carácter personalista que se define por la existencia de socios co-
lectivos que aportan capital y trabajo y responden subsidiaria, personal y solidariamente
de las deudas sociales, y de socios comanditarios que solamente aportan capital y cuya
responsabilidad estará limitada a su aportación.
Sus características fundamentales son:
•	 El número mínimo de socios es 2.
•	 Existen dos tipos de socios:
- Socios Colectivos: intervienen directamente en la gestión de la sociedad y 		
responden de forma personal, solidaria e ilimitada a las deudas.
- Socios Comanditarios: realizan una aportación económica a la sociedad y 			
participan únicamente en los resultados económicos, sin intervenir en la gestión 		
(responsabilidad limitada).
•	 No existe un capital mínimo para constituir la sociedad.
•	 Tributan por el Impuesto de Sociedades.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SL o SRL)
Sociedad capitalista en la que el capital social está dividido en participaciones sociales,
indivisibles y acumulables.
Sus características fundamentales son:
•	 El número mínimo de socios para constituirse es de uno.
•	 Su responsabilidad está limitada al capital aportado.
•	 El capital mínimo para constituirse es de 3.000€, que debe estar totalmente suscrito y
desembolsado.
•	 Tributan por el Impuesto de Sociedades.
•	 Se limita la venta de las participaciones sociales a terceros ajenos a la empresa.
Sus órganos sociales son:
1. Junta General de socios: incluye a todos los socios. Algunas de sus funciones son apro-
bación de las cuentas anuales, modificación de los estatutos sociales, reducción del capital
social y disolución de la sociedad.
2. Los Administradores: pueden ser socios o no y se encargan de la gestión administrativa
diaria de la empresa y de representar a la empresa frente a terceros.
Unidad 2. La clasificación de las empresas
Responsabilidad solidaria: obli-
gación conjunta ante una misma
deuda.
Responsabilidad subsidiaria: re-
cae por el incumplimiento de un
tercero, es decir, solo existe en
caso de que el deudor principal
no pague la deuda.
Sociedades unipersonales
la Ley de Sociedades de Capital
define a las sociedades uniper-
sonales, ya sean de responsabi-
lidad limitada (SLU) o anónima
(SAU), como aquellas constitui-
das por un único socio ya sea
persona natural o jurídica.
33
VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
VENTAJAS INCONVENIENTES
Modalidad apropiada para la pequeña y me-
diana empresa, con socios perfectamente
identificados e implicados en el proyecto.
Restricción en la transmisión de las participacio-
nes sociales, salvo cuando el adquiriente sea un
familiar del socio transmitente.
La responsabilidad de los socios por las deu-
das sociales está limitada a las aportaciones a
capital.
Obligatoriedad de llevar contabilidad formal.
Libertad de la denominación social. Complejidad del Impuesto sobre Sociedades.
No existe porcentaje mínimo ni máximo de ca-
pital por socio.
Necesidad de escritura pública para la transmi-
sión de participaciones
Posibilidad de aportar el capital en bienes o
dinero.
Mayores gastos de gestión que el empresario in-
dividual o las comunidades de bienes o socieda-
des civiles.
Régimen jurídico más flexible que las socieda-
des anónimas.
No puede emitir obligaciones, ni cotizar en Bolsa
SOCIEDAD LIMITADA DE FORMACIÓN SUCESIVA
Sociedad de carácter mercantil, sin capital mínimo, de régimen idéntico al de las Socieda-
des de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones tendentes a garantizar una
adecuada protección de terceros (por ejemplo, límites a la retribución de socios y adminis-
tradores o responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación).
Sus características fundamentales son:
•	 El número mínimo de socios es uno.
•	 La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
•	 Tributa por el Impuesto de Sociedades.
•	 No existe capital social mínimo; hasta que se alcance la cifra de capital social de 3.000 eu-
ros la sociedad estará sujeta al régimen de formación sucesiva. Es decir, La sociedad perde-
rá la calificación de formación sucesiva cuando se alcance el capital mínimo legal (3.000 €).
Unidad 2. La clasificación de las empresas
PAÍS
DÍAS EN
CREAR UNA
EMPRESA
Nueva
Zelanda
1
Canadá 2
Francia 4
España 13
Venezuela 230
UE 10
Fuente bancomundial.org (2019)
EJERCICIO RESUELTO
Sofía y Andrea quieren crear una SL dedicada a la comercialización de productos y servicios informáticos. Para ello, cuentan
con un capital inicial entre las dos de 2.300 €, pero tienen pensado pedir cada una personalmente un préstamo de 1.000€.
¿Pueden escoger esta forma jurídica? ¿Cómo responderán ante las futuras deudas? En el caso de que Sofía quiera dejar
el negocio ¿Puede transmitir libremente las participaciones?
Aunque los 2.300€ no son suficiente para constituir la empresa al solicitar el préstamo a nivel personal ya superan la canti-
dad mínima establecida por Ley (3.000 €). Su responsabilidad se limita al capital aportado a la empresa. La transmisión se
encuentra limitada en estas sociedades, salvo que Sofía se las transmita a un familiar.
34
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
La sociedad limitada nueva empresa es una especialidad de la Sociedad limitada cuya
finalidad de crear empresas pequeñas de manera rápida y sencilla. Puede constituirse de
forma telemática o presencial en 48 horas.
Sus características fundamentales son:
•	 El número mínimo de socios es 1 y máximo 5.
•	 La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
•	 El capital mínimo para constituirse es de 3.000 €y máximo de 120.000 €.
•	 Tributa por el Impuesto de Sociedades.
•	 Su capital social está dividido en participaciones sociales y la responsabilidad frente a
terceros está limitada al capital aportado.
•	 La denominación social se compone de los apellidos y el nombre de uno de los socios
más un código alfanumérico único (ID-CIRCE) seguido de las palabras “Sociedad Limita-
da Nueva Empresa” o la abreviación “SLNE”.
•	 Medidas fiscales para ayudar a superar los primeros años de actividad empresarial.
•	 El objeto social es genérico.
•	 Los órganos sociales son sencillos.
•	 El libro de registro de socios no es obligatorio.
•	 Durante los tres meses posteriores a la constitución se puede modificar la denomina-
ción social a coste cero.
Acciones: títulos que represen-
tan cada una de las partes igua-
les (partes alícuotas) en que se
divide el capital de una S.A. y
que dan a su poseedor la con-
dición de socio accionista, así
como el derecho a recibir parte
del beneficio y a participar en la
gestión.
Pueden ser nominativas, cuan-
do aparece el nombre del titular
en la acción o al portador, si no
consta el nombre del titular.
Constitución online
de sociedades de responsabilidad limitada
1
2 3 4 5 6
7
EL FUTURO EMPRESARIO
Se identifica ante el notario
con su DNI electrónico.
Comprobará
la veracidad
de la identidad
del socio fundador.
Asesorará
al futuro
empresario
y adaptará
el contenido
de las escrituras
a sus necesidades.
Comprobará
digitalmente
la aportación
de capital.
Volverá a examinar
todos los detalles
de la escritura.
EL FUTURO EMPRESARIO
Y EL NOTARIO
Firmarán electrónicamente
la escritura pública.
¿QUÉ MÁS PUEDEN HACER LOS NOTARIOS
DE MANERA ONLINE SI SE LES PIDE?
Antes del encuentro digital
• Solicitar la denominación social.
Durante el encuentro digital
• Solicitar el NIF provisional.
• Liquidar los impuestos correspondientes.
EL FUTURO EMPRESARIO
Recibirá inmediatamente copia
de la escritura digitalmente certificada.
EL NOTARIO
Envío online de la escritura pública
al Registro Mercantil
Conectados por videoconferencia
EL NOTARIO:
LECTURA SUGERIDA
En 2021 se podrían crear
empresas íntegramente online
(Directiva Europea 2019/1151)
Unidad 2. La clasificación de las empresas
35
SOCIEDAD ANÓNIMA (SA)
Sociedad de carácter mercantil en la que el capital social, dividido en acciones, está inte-
grado por las aportaciones de los socios, que no responden personalmente de las deudas
sociales.
Sus características fundamentales son:
•	 El número mínimo de socios para constituir la sociedad es de uno.
•	 La responsabilidad de los accionistas está limitada al capital aportado.
•	 Tributan por el Impuesto de Sociedades.
•	 El capital mínimo para su constitución es de 60.000€, que debe estar totalmente sus-
crito y desembolsado al menos en un 25%. El capital pendiente de desembolsar es el
dividendo pasivo.
•	 Constitución formalizada mediante escritura pública y posterior inscripción en el Regis-
tro Mercantil. En la denominación deberá figurar necesariamente la expresión “Socie-
dad Anónima” o su abreviatura “S.A.”.
Sus órganos sociales son:
1. Junta General de accionistas: es un órgano constituido por todos los accionistas a través
de los cuales se decide por mayoría sobre los asuntos sociales.
Esta junta puede adoptar varias formas:
-Junta General Ordinaria, se reúne dentro de los
seis primeros meses de cada ejercicio, para apro-
bar o censurar la gestión social, aprobar las cuen-
tas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplica-
ción del resultado.
-Junta Extraordinaria, que deberá ser convocada
por los administradores, cuando lo estimen conve-
niente para los intereses sociales o cuando lo soli-
cite un número de socios titulares de, almenos, un
cinco por ciento del capital social.
2. Administradores: es un órgano ejecutivo encar-
gado de la gestión permanente de la sociedad y
de representar a la misma en sus relaciones con
terceros. Los administradores pueden ser perso-
nas físicas o jurídicas y a menos que los estatutos
dispongan lo contrario, no se requiere que sean
accionistas.
Facultades y deberes de los administradores:
•	 Convocar las juntas generales.
•	 Informar a los accionistas.
•	 Formular y firmar las cuentas anuales y redactar el informe de gestión.
•	 Depositar las cuentas en el Registro mercantil.
Derechos de los accionistas
•	 Participar en el reparto
del beneficio (dividendo activo).
•	 Derecho a voto en función
del capital social poseído.
•	 Información sobre la gestión de
la empresa
•	 Preferencias en la adquisición
de nuevas acciones.
S.A
DIVIDENDO ACTIVO
DIVIDENDO PASIVO
Participación Beneficios
Capital pendiente de desembolsar
accionista
Unidad 2. La clasificación de las empresas
36
3. SOCIEDADES DE INTERÉS SOCIAL
Son sociedades que se caracterizan porque la mayor parte del capital está en manos de los
trabajadores, suelen tener incentivos económicos y fiscales.
SOCIEDAD LABORAL
Sociedad en la que la mayoría del capital social (mínimo el 50,01%) es propiedad de los
trabajadores que prestan en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya
relación laboral es por tiempo indefinido. Se distingue la Sociedad Anónima Laboral
(S.A.L) y Sociedad Limitada Laboral (S.L.L).
Sus características fundamentales son:
•	 En la S.L.L. el capital mínimo es de 3.000€ y en la S.A.L. de 60.000€.
•	 La responsabilidad está limitada al capital aportado.
•	 La mayoría del capital social debe ser propiedad de trabajadores que presten servicios
retribuidos en virtud de una relación laboral por tiempo indefinido.
•	 Ningún socio podrá poseer participaciones sociales que representen más de la tercera
parte del capital social.
•	 El número de horas/año trabajadas por los trabajadores contratados por tiempo inde-
finido que no sean socios, no podrá ser superior al 49% del total horas/año trabajadas
por el conjunto de los socios trabajadores.
•	 Además de las reservas legales o estatutarias están obligadas a constituir una Reserva
especial con el 10% del beneficio de cada ejercicio, hasta que se alcance al menos una
cifra superior al doble del capital social. Este Fondo, sólo podrá destinarse a la compen-
sación de pérdidas en el caso de que no existan otras reservas disponibles suficientes
para este fin y/o a la adquisición de sus propias acciones o participaciones sociales.
SOCIEDAD COOPERATIVA (S. Coop.)
Sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja vo-
luntaria, para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades
y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Sus características fundamentales son:
•	 La responsabilidad está limitada al capital aportado.
•	 El capital mínimo está fijado en los estatutos.
•	 Tributan por el Impuesto de Sociedades, pero tienen incentivos fiscales.
•	 Según el grado de asociación se distinguen dos tipos de cooperativas:
- De primer grado: los socios son personas físicas y jurídicas. El número mínimo de 		
socios varía entre 3 y 5, en función de cada Comunidad Autónoma.
- De segundo grado: están formadas por dos o más cooperativistas de primer grado, 		
es decir, son el resultado de la asociación de Cooperativas.
•	 El número de socios será de:
- Tres socios como mínimo, en las cooperativas de primer grado.
- Dos cooperativas como mínimo en las de segundo grado.
Lacooop, la primera ‘start-up’
española enfocada a las
viviendas cooperativas
‘Lamadredelascooperativas’
(Lacooop), la única ‘start-up’
española enfocada a las
viviendas en régimen de
cooperativas con marketplace
y contenido especializado,
nace en España con el objetivo
de ayudar, informar y
asesorar a aquellas personas
que estén buscando una casa
en régimen de cooperativa.
En España, según Lacoop, hay
más de 1.650.000 viviendas,
entre entregadas y en
construcción, en régimen de
cooperativa. «El auge de la
economía colaborativa y el
ahorro de hasta un 25% en la
compra, hace que las
cooperativas sean una
excelente alternativa para
acceder a una vivienda
propia».
Fuente: fotocasa.es
Unidad 2. La clasificación de las empresas
37
Órganos sociales de la Cooperativa:
1. Asamblea General: Está formada por todos
los socios de la cooperativa. Cada socio tie-
ne un voto. Su objetivo es deliberar y adoptar
acuerdos sobre asuntos que, legal o estatuta-
riamente, sean de su competencia. Las decisio-
nes adoptadas vinculan a todos los socios de la
cooperativa.
2. Consejo Rector: Es el órgano colegiado de
gobierno al que corresponde la alta gestión, la
supervisión de los directivos y la representación
de la sociedad cooperativa, con sujeción a la
Ley, a los Estatutos y a la política general fijada
por la Asamblea General.
3. Intervención: Su función es controlar las
cuentas anuales.
4. Comité de recursos: Tramita y resuelve los
recursos contra las sanciones impuestas a los socios por el Consejo Rector.
Cooperativas de trabajo asociado
Tiene por objeto proporcionar a sus socios puestos de trabajo a tiempo parcial o completo,
a través de la organización en común de la producción de bienes o servicios para terceros.
Los socios de una cooperativa de esta naturaleza pueden ser de dos tipos: colaboradores y
de trabajo. Los primeros, los socios colaboradores, pueden ser tanto personas físicas como
jurídicas, públicas o privadas, y comunidades de bienes. No participan en la actividad que
constituye el objeto social y su aportación no puede exceder del 45% del capital, con lo cual
el conjunto de sus votos no puede exceder el 30% del total. Los socios de trabajo serán
exclusivamente personas físicas y percibirán por su trabajo una retribución nunca inferior
al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Pueden convertirse en socios colaboradores si de-
jan de ser socios de trabajo. Reciben rendimientos del trabajo, es decir, una nómina, pero
pueden cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores. Ejemplos son las denominadas coo-
perativas de transportistas y a las cooperativas de enseñanza, ya que la inmensa mayoría de
las mismas se constituyen como de trabajo asociado.
Las Cooperativas de facturación
Recientes en el tiempo y de carácter online, nacen de una forma peculiar de entender las
cooperativas de trabajo asociado y se crean para evitar que una persona que tiene trabajos
esporádicos deba darse de alta como autónomo y pagar todos los meses su cuota íntegra
al RETA. Hay que tener en cuenta que están muy cuestionadas por el Ministerio de Trabajo,
que ya ha actuado contra alguna de ellas y contra sus asociados exigiéndoles el pago de
las cuotas que no pagaron en su día. Funcionan de tal manera que un autónomo realiza un
trabajo, pero es la cooperativa quién lo factura, le da de alta en la Seguridad Social como si
fuera un asalariado por los días que necesite y, después, ésta paga al socio una parte de lo
facturado quedándose con un porcentaje. De hecho, las facturas van a nombre de la coo-
perativa y no a nombre del trabajador autónomo.
Unidad 2. La clasificación de las empresas
LECTURA SUGERIDA
Eelconfidencial.com
La justicia avala
a los “freelances” y
cuestiona el ataque a
las cooperativas para
facturar.
Interventores
Asamblea
generaldesocios
Consejo
rector
Dueñosdelacooperativa
Gestores
Nombran
y controlan
Controlan
las cuentas
anuales
38
EJERCICIOS EBAU
1.	 (Extremadura 2018) La empresa TOMATOEX S.Coop. es una empresa que opera en Miajadas (Extremadura); a la mis-
ma pertenecen 100 agricultores de la zona, elaboran derivados del tomate y cuentan con veinte trabajadores. Con estos
datos clasifique la empresa según: la actividad, su tamaño, el tipo de mercado en el que opera y forma jurídica.
2.	 Indique el sector económico al que pertenecen las siguientes empresas:
a.	 Guarderías.
b.	 Restaurantes.
c.	 Industria de coches.
d.	 Granja.
e.	 Peluquería.
f.	 Un barco pesquero.
3.	 Ponga dos ejemplos de forma jurídica de empresa donde los socios tengan responsabilidad ilimitada y dos ejemplos
donde la responsabilidad de los socios sea limitada.
4.	 (Canarias 205 y 2017) Dos graduados universitarios han decidido montar un despacho profesional y no tienen claro
qué forma jurídica adoptar, si bien saben que deberán aportar cada uno 4.000 euros para poder iniciar su actividad. Indi-
que dos formas jurídicas que pueden adoptar, justificando cada una de ellas, si quieren que su responsabilidad patrimonial
se limite al capital aportado.
5.	 (Canarias 2013) Cinco ingenieros informáticos deciden montar una empresa para asesorar a otras empresas sobre las
redes sociales, aportando cada uno un capital de 6.000 euros. Decir tres formas jurídicas que pueden adoptar, justificando
cada una de ellas, si quieren que su responsabilidad patrimonial se limite al capital aportado.
6.	 (Andalucía 2010) ¿Cuáles son los órganos de gestión de una Sociedad Anónima? Explíquelos.
7.	 Juan y Carlos han creado una sociedad limitada y no saben si en el momento de la constitución tienen que desembol-
sar todo el capital, tampoco saben cuál es el capital mínimo que tienen que aportar.
8.	 (La Rioja 2019) La sociedad limitada. Explica en qué consiste, sus características (socios, capital social y responsabili-
dad de los socios), dos ventajas y dos inconvenientes.
9.	 En una sociedad comanditaria, ¿qué diferencia existe entre los socios comanditario y los socios colectivos?
10.	(Asturias 2019) Enumera dos similitudes y dos diferencias entre la Sociedad Anónima y la Sociedad Limitada.
11.	¿Qué diferencia existe entre la Cooperativa de primer grado y de segundo grado?
12.	Describe brevemente qué se basa una sociedad civil.
13.	Marta y Raquel quieren abrir un negocio de venta de electrodomésticos. Cada una puede aportar la cantidad de
5.000€, y no desean responder ante posibles deudas con sus bienes personales. ¿Qué tipo de forma jurídica les aconseja-
rías? Argumenta tu respuesta.
14.	(Asturias 2019) Veinte alumnos de la última promoción de ingenieros industriales tienen una idea de negocio para
fabricar papel a partir de piedra. Han estimado que necesitan capital por valor de 50 millones de euros. ¿Qué tipo de forma
jurídica les sugieres para su empresa? Cita dos ventajas de la forma jurídica seleccionada.
15.	¿Cuál es la característica fundamental de una Sociedad Laboral?
16.	Imaginas que acabas de crear una asesoría jurídica y debes asesorar a los siguientes clientes:
•	 	Juan es Administrados de una S.A y quiere saber cuáles son sus deberes.
•	 José quiere vender sus acciones de Zapatería S.A. y quiere saber si puede trasmitírselas a cualquier persona.
•	 Elisa acaba de comprar acciones de Zapatería S.A. y quiere sabe cuál es su obligación respecto a las futuras deudas que
se generen en la empresa.
17.	 (Aragón 2019) Señale tres diferencias entre la Sociedad Anónima (S.A.) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) en
relación con el capital mínimo de constitución, títulos representativos del capital social y transmisión (venta) de la propiedad.
39
18.	 Defina qué es una acción.
19.	 Tres amigos crearon en el año 2.000 una sociedad limitada dedicada a la venta de ordenadores. Cada uno de ellos
aportó 1.000 €, pero debido a la crisis económica las ventas han bajado notablemente y la empresa ha acumulado 3.600
euros de deuda. Uno de ellos necesita que le explique de qué parte de las deudas es responsable ya que tiene miedo a
posibles reclamaciones por parte de acreedores.
20.	 Señale dos criterios para clasificar las empresas, explíquelo con algún ejemplo.
21.	 (Canarias 2017)
Florette dobla su producción al invertir 2,5 millo-
nes en Ingenio (Gran Canaria)
Florette Ibérica hará en su planta de Ingenio la mayor inversión del país
con 2,5 millones de euros y crecerá un 80%. Se alimentará solo con energía
renovable, hará posible duplicar la producción con 12 millones de bolsas
de ensaladas anuales y crear 70 nuevos empleos. El porqué de esta apues-
ta: estabilidad, agricultura, sostenibilidad y clima. La mayor apuesta de la
empresa de ensaladas Florette Ibérica en su plan de ampliación a nivel na-
cional es en su planta de producción de Ingenio para asumir el constante
crecimiento del mercado. […] Florette Ibérica es la empresa líder en España
en el mercado de la fabricación y comercialización de verduras y hortalizas
frescas, seleccionadas, troceadas, lavadas y listas para consumir. Cuenta
con plantas de producción en Navarra, Canarias, Murcia, Toledo y Cuen-
ca. No pasan 24 horas entre la recolecta del producto, su procesamiento y
envasado hasta que llega a la mesa de un hogar, a los supermercados o a
los restaurantes del sector de hostelería. Además, la producción es ininte-
rrumpida durante todo el año por la excelente y diversificada climatología. Desde 2011, cuando la empresa decidió abrir su
primera planta de Canarias, en el polígono de Las Majoreras (Ingenio), la empresa no ha hecho más que innovar y “generar
riqueza en la economía de la isla, creando empleo a través de una gran apuesta por el sector primario y la sostenibilidad”,
explica Stathis Smoilis, director de la Unidad de Negocio de Florette Canarias. Las plantas de producción, que cuentan con
el código de buenas prácticas en la agricultura, son mimadas cuidadosamente al detalle, desde la semilla hasta el producto
final, explica el responsable en Canarias de la empresa […]. Esto unido a la cercanía de los campos con el centro de produc-
ción da como resultado unas ensaladas de máxima calidad y frescura.
FUENTE: adaptado de María José Pallarés. Canarias 7. (14 de abril de 2017)
Responda a las siguientes preguntas:
•	 Identifique en el texto una de las funciones que Florette Ibérica, como empresa, desempeña en la economía.
•	 Clasifique, según el criterio del ámbito de actuación, a Florette Ibérica como empresa. Justifique la respuesta con in-
formación del texto.
22.	 Tres amigos que han finalizado un Ciclo Superior de Informática quieren crear una empresa de videojuegos. Sus recur-
sos económicos son limitados por lo que en principio no contemplan la contratación ajena, una condición que se imponen
es la de evitar que sin el acuerdo de los tres no pueda participar otra persona en la sociedad. Teniendo en cuenta estos
datos ¿qué forma jurídica les recomienda para su empresa? Razone la respuesta.
23.	 Indique qué forma jurídica es la más adecuada en los casos siguientes:
Un obrero en paro que decide crear en un pequeño local de su propiedad una pequeña panadería.
¿Podemos añadir una foto?
40
•	 Un grupo de agricultores que se asocian para elaborar y comercializar el aceite.
•	 Los trabajadores de una empresa que, ante la quiebra de ésta, deciden hacerse cargo de la empresa para salvaguardar
su puesto de trabajo.
•	 Una multinacional de la alimentación.
24.	 (Canarias 2019)
HiperDino invertirá 60 millones hasta alcanzar las 236 tiendas en Canarias
La cadena canaria de alimentación HiperDino invertirá 60 millones de euros en 2019 en modernizar y expandir su red de
establecimientos hasta alcanzar las 236 tiendas en el Archipiélago.
Hiperdino es un grupo propiedad de Hermanos Domínguez y Javier Puga, que adquirieron la sociedad en 2012. Tal como
declara Javier Puga, “la compañía se encuentra inmersa en un ambicioso proyecto de reforma y crecimiento de sus ne-
gocios, para adaptarnos a los nuevos tiempos y llegar a todos los canarios con una oferta amplia y de calidad”; también
destaca que la inversión global prevista para 2019 no tendrá traslación en el aumento del precio de los alimentos en venta,
sino que “seguiremos siendo un 5% de media más baratos que otras cadenas del sector”.
HiperDino, que el pasado año cerró con una facturación de mil millones de euros y unos 20 millones de beneficio, cuenta
con una plantilla superior a los 7.300 trabajadores, la empresa isleña con mayor volumen de empleo. Dispone de 58 tien-
das de HiperDino, 91 de SuperDino y 77 de HiperDino Express; en la actualidad, la enseña está presente en cinco de las
ocho islas canarias. La modernización de las instalaciones incluye diseños renovados, espacios más diáfanos y accesibles,
pasillos más amplios, nuevas referencias como productos ecológicos y dietéticos y secciones de nueva creación como el
servicio de perfumería y zona gourmet, además de un modelo de panadería innovador. Además, al igual que anunciara
Mercadona, HiperDino priorizará en 2019 el canal de venta online y el servicio a domicilio.
Por lo que respecta al cuidado del medio ambiente y la eficiencia energética, se han adoptado medidas para reducir hasta
un 60% el consumo, con la instalación de luminarias leds que, como medida de ahorro adicional, se integran dentro de un
sistema automático de encendido y apagado. El mobiliario y los equipos de frío son de alto rendimiento energético y llevan
incorporada tecnología para asegurar la eficiencia y la optimización a través de la condensación y la evaporación flotante.
La compañía estima que se producirá un ahorro de hasta un 40% y una reducción en las emisiones de gases contaminantes
perjudiciales para el cambio climático.
Fuente: Adaptado de José Mújica. Expansión.es. 27-3-2019
A partir de la lectura del artículo, responda a las siguientes preguntas:
•	 ¿Es Hiperdino responsable socialmente? ¿Por qué? Responda apoyándose en el concepto de Responsabilidad Social
Empresarial y en la información del texto. En caso de ser afirmativa su respuesta, identifique un ámbito en el que actúa
responsablemente.
•	 ¿Es Hiperdino una PYME? Justifique su respuesta basándose en dos criterios que aparecen en el texto.
41
25.	Dada las siguientes empresas clasifícala según los criterios vistos a lo largo de la asignatura.
EMPRESA TAMAÑO PROPIEDAD
SECTOR
ECONÓMICO
ÁMBITO DE
ACTUACIÓN
ESTRATEGIA
COMPETITIVA
RESPONSABILIDAD
SOCIAL
CORPORATIVA
FORMA
JURÍDICA
Zara
Cafetería
del Instituto
INE
Mercadona
Tu peluquería
EJERCICIO PARA ESQUEMATIZAR LO APRENDIDO
26.	En relación con las distintas formas jurídicas rellena la información de la siguiente tabla.
PERSONALIDAD FORMA
Nº
DE SOCIOS
CAPITAL RESPONSABILIDAD
FISCALIDAD
DIRECTA
Empresario individual
No existe
mínimo
Emprendedor
de responsabilidad
limitada
Comunidad
de bienes
Sociedad civil
Sociedades
mercantiles
o de capital
Sociedad
de Responsabilidad
limitada
Limitada al
capital aportado
Sociedad limitada
nueva empresa
Sociedad anónima
Impuesto
de sociedades
Sociedades
Mercantiles
Especiales o de
economía social
Sociedad
Cooperativa
Mínimo3
42
ANÁLISIS EMPRESARIAL
La supervivencia empresarial: más de la mitad de las nuevas empresas cierra
Los datos relativos a supervivencia empresarial reflejan que el mayor número de desapariciones de empresas, algo menos
de la mitad de las empresas creadas, se producen en los primeros años de vida. El fin de la actividad empresarial afecta
a más del 20 por 100 de las empresas creadas en su primer año de vida, el 15 por 100 desaparece en el segundo año y
aproximadamente un 10 por 100 desaparecen en el tercero. Más allá de los tres años de vida continúan extinguiéndose
empresas, aunque en menor medida toda vez que la actividad empresarial está más asentada y goza de cierta estabilidad.
Transcurridos cinco años de vida, el número de empresas que permanecen en la actividad se sitúa en torno al 40 por 100.
Los datos de Eurostat también permiten analizar la supervivencia empresarial en función del tamaño empresarial, infor-
mación que, con las cautelas necesarias, sería complementaria a la ofrecida por la Demografía empresarial del INE. Así,
considerando las empresas por estrato de asalariados, se observa que la mayor supervivencia empresarial está directa-
mente relacionada con el tamaño empresarial, de forma que cuanto mayor es el número de trabajadores, mayor es la tasa
de supervivencia, especialmente en el caso de España, donde el 61 por 100 de los proyectos de empresas sin asalariados
no llegan a cinco años, frente al 48 por 100 de Francia, el 54 por 100 de Italia o el 58 por 100 del Reino Unido. En definiti-
va, dentro de las empresas desaparecidas, la mayoría son microempresas jóvenes, creadas en los tres años anteriores, y
dedicadas a actividades terciarias, ya que es el sector que concentra más empresas jóvenes y que presenta un mayor dina-
mismo. De hecho, las actividades industriales son, frente a las de servicios, desarrolladas en mayor medida por empresas
más veteranas. El fin de la actividad empresarial afecta a más del 20 por 100 de las empresas creadas en su primer año de
vida y transcurridos cinco años, el número de empresas que permanecen en la actividad se sitúa en torno al 40 por 100.
Fuente: CES
Cuestiones:
•	 ¿Te parece alta la tasa de supervivencia empresarial? Justifica tu respuesta.
•	 ¿Crees que son conscientes los que emprenden de la dificultad de sobrevivir? ¿Por qué?
•	 Propón medidas para mejorar la tasa de supervivencia empresarial.
Gráfico 3: Supervivencia empresarial a nivel comparado en algunos países de la Unión
Europea. (Porcentaje de las empresas que viven sobre las nacidas)
Nota: No hay datos de supervivencia a cinco años para 2008 ni disponibilidad de datos
para el conjunto de la Unión Europea
Fuente: Consejo Económico y Social (2016) - Eurostat
Gráfico 4: Supervivencia empresarial por estrato de asalariados a nivel comparado en
algunos países de la Unión Europea. 2013. (En porcentaje)
43
DEBATE
UGT calcula que las plataformas de reparto se ahorran 168 millones
con los falsos autónomos
El sindicato atribuye el éxito de estas empresas al uso fraudulento de la contratación: “si contrataran asalariados, tendrían
que cerrar”, aseguran. Alemania se dispone a aprobar una ley que obligue a las empresas de reparto a pagar las cotizacio-
nes sociales de sus repartidores si las empresas que los subcontratan no lo hacen. En España no existe ninguna regulación
específica para los nuevos modelos de economía que o bien diluyen las responsabilidades empresariales en la cadena de
subcontratación o, directamente, obligan a sus trabajadores a hacerse autónomos para realizar una tarea de un asalariado.
El sindicato UGT ha hecho por primera vez una aproximación de lo que se ahorran las plataformas digitales de reparto Glo-
vo, Stuart, Uber Eats y Deliveroo, por tener a sus trabajadores como autónomos en lugar de asalariados, que es lo que está
diciendo la Inspección de Trabajo que son, según van analizando las denuncias de los sindicatos.
Según este estudio presentado ayer estas empresas de economía digital se estarían ahorrando hasta 92 millones en sala-
rios y más de 76 millones en cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Cómo llega UGT a estas cifras? Según el sindicato, si los poco más de 14.000 trabajadores de estas cuatro plataformas
–con datos de la patronal Adigital– recibieran el salario de convenio que les correspondería por un contrato a tiempo
completo recibirían unos 17.229 euros anuales por persona, o un total de 247 millones de euros. En la actualidad, cada
uno de estos trabajadores recibe unos ingresos brutos anuales de unos 10.800 euros, o lo que es lo mismo 154,8 millones
anuales. Así, la diferencia entre los 247 millones que deberían pagar las plataformas por 14.000 asalariados y los 154,8
millones son los 92,2 millones que se están ahorrando en retribuciones.
A esto habría que añadir las cotizaciones, por valor de 76,8 millones de euros que las plataformas deberían pagar por
cotizaciones de estos asalariados a la Seguridad Social. Si bien estas cuotas se las ahorran por completo al obligar al
trabajador a que sea él quien pague directamente de su bolsillo las cotizaciones al sistema como autónomo. Ambos
ahorros en salarios y cotizaciones suman un total de 168 millones de euros.
“ELEGIR ENTRE COMER O PAGAR AL ESTADO”
“Yo trabajaba entre 25 y 30 horas a la semana y después de pagar la cuota de autó-
nomo, los impuestos y los gastos que generaba el trabajo se me quedaban al mes
600 euros limpios”, aseguraba ayer un repartidor que ha colaborado en la elabo-
ración de este estudio. Es más, Rubén Ranz, coordinador de Turespuestasindical.
es aseguraba ayer que si una semana haces menos horas o la plataforma veta a un
trabajador y no le asigna servicios, los ingresos no llegan para pagar las cotizaciones
“y el trabajador tiene que elegir entre comer o pagar al Estado”, por lo que suele
escoger lo primero y genera deudas con la Seguridad Social o con Hacienda.
Fuente: cincodias.es. (Adaptado)
Cuestiones:
•	 ¿Qué significa falso autónomo?
•	 ¿Por qué son un problema según UGT? ¿Te parece realista sus cálculos?
•	 ¿Qué opinas de obligar a cotizar por trabajador a las empresas de reparto?
44
ESQUEMATIZA Y APRENDE
Solo un 19% de las mujeres decide emprender
El ecosistema emprendedor se consolida en nuestro país. Más de la mitad de los emprendedores (54%) son emprende-
dores en serie. Esto es, aquellos que han creado dos o más ‘startups’, y cuyo nivel de fracaso resulta mucho más baja que
los recién iniciados. Un 16% de riesgo frente a un 45%. Sin embargo, el sector continúa adoleciendo del mismo problema:
la falta de talento femenino y senior. 
Son las principales conclusiones del Mapa del Emprendimiento, el informe elaborado por Spain Startup South Summit,
después de haber analizado a un total de 1.720 startups extraídas de los 3.800 proyectos presentados a la competición de
‘startups’ de la organización. 
Como ha ocurrido en anteriores ediciones, el retrato robot del
emprendedor español se mantiene.  Hombre (81%), con una
edad media de 34 años y con estudios universitarios (92%).
Un 63% de emprendedores señala que comenzar una ‘startup’
responde a una decisión deseada y no como forma de obtener
un trabajo (1%). 
En la sexta edición de este informe se recoge asimismo la
consolidacióndelsectoralsaberqueel54%delosemprendedores
españoles son emprendedores en serie. Esto es, que han creado
dos o más ‘startups’.  Los emprendedores de ‘nuevo cuño’
resultan el 46%, aunque cuentan con una mayor probabilidad de
fracaso que los primeros. Un 45% de riesgo frente a un 16%. 
De igual modo, se mantiene la presencia minoritaria de mujeres y empresarios mayores de 45 años. Un 34% de las
‘startups’ españolas cuenta con, al menos, un fundador senior en su equipo. Y solo un 19% de mujeres toma la decisión
de emprender. Un porcentaje inferior al obtenido en 2018, cuando se situaba en el 22%. 
A diferencia de los hombres, ellas prefieren emprender solas (62%) y se decantan por los sectores de salud, tercer sector
y robótica. En el caso de los emprendedores mayores de 45 años, el 55% comienza su aventura empresarial en solitario y
desarrollan proyectos relacionados con ‘insurtech’, robótica y Big Data. 
Fuente: distribucionactualidad.com
Cuestiones:
•	 Realiza un esquema de las ideas principales del texto.
•	 ¿Por qué crees que las mujeres emprenden menos?
•	 ¿Qué diferencias por género existen entre los emprendedores?
•	 ¿Qué es un emprendedor en serie? ¿Qué ventajas crees que tiene?
45
TEST DE EVALUACIÓN
1. (Andalucía 2018) ¿Cuál de los siguientes no es un ór-
gano de las sociedades cooperativas?
	a) Administradores.
	b. Consejo Rector.
	c) Asamblea General.
2. Los títulos representativos del capital social de una
sociedad limitada se denominan:
	a) Acciones.
	b) Participaciones.
	c) Obligaciones.
3. (Andalucía 2018) La acción:
a) No es una contrapartida que el socio recibe por su
aportación a la sociedad anónima.
b) Es una de las partes elementales en que se divide el
capital de una S.A.
c) Sólo pueden ser nominativas y no aportan una serie
de derechos a los propietarios.
4. (Andalucía 2010) En la constitución de una sociedad
anónima:
a) Las aportaciones tienen que ser necesariamente en
dinero.
b) Hay que desembolsar totalmente el capital.
c) Ninguna de las anteriores.
5. (Andalucía 2010) ¿Cuál de las siguientes sociedades
es una sociedad personalista?
a) Sociedad colectiva.
b) Sociedad limitada.
c) Las dos anteriores son correctas.
6. (Castilla y León 2019) La forma jurídica de empresa-
rio individual es más habitual:
a) En negocios grandes, con elevadas inversiones y res-
ponsabilidad limitada.
b) En negocios pequeños, con poco riesgo y escasa inver-
sión inicial.
c) En negocios en los que solo puede trabajar una per-
sona.
7. (Castilla y León 2018) La responsabilidad limitada
ante terceros se da:
a) En un empresario individual.
b) En una sociedad anónima.
c) En una sociedad colectiva.
8. (Castilla y León 2018) Una acción es una parte alícuo-
ta del capital de:
a) Una sociedad de responsabilidad limitada.
b) Una sociedad anónima.
c) Tanto de una sociedad anónima como de responsabi-
lidad limitada.
9. (Castilla y León 2018) ¿Qué tipo de empresa se puede
constituir con un capital inicial de 2.500 Euros?
a) Sociedad laboral.
b) Empresa individual.
c) Sociedad anónima.
10. ¿En qué tipo de sociedad el capital mínimo se fija en
los estatutos?
a) S. Coop.
b) S.A
c) S.L
11. El empresario individual:
a) Tiene personalidad jurídica.
b) Está sujeto al Impuesto de Sociedades.
c) Paga impuestos según su volumen de ventas.
12. Entendemos por empresario individual:
a) Cada uno de los socios que forman una sociedad.
b) Aquella persona física que teniendo capacidad legal
para ejercer una actividad empresarial y no responde
con su patrimonio de las obligaciones derivadas de su
actividad empresarial.
c) Aquella persona física que teniendo capacidad legal
para ejercer una actividad empresarial responde con su
patrimonio de las obligaciones derivadas de su actividad
empresarial.
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  • 1. 36 4-Maquetaci—n Emprender.indd 36 10/11/14 15:33 2. LA CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS
  • 2. Descarga gratis el cómic de “Emprender en media hora” 37 4-Maquetaci—n Emprender.indd 37 10/11/14 15:33 CONOCIMIENTOS PREVIOS: ¿Qué tipos de empresas conoces? Para un empresario, ¿por qué es importante la responsabilidad que asume ante el riesgo? ¿Qué diferencia hay entre una persona física y una persona jurídica? ¿Crees que es fácil y rápido constituir una empresa en España? ¿Por qué?
  • 3. 26 1. CRITERIOS PARA CLASIFICAR LAS EMPRESAS Seguro que donde vives existen muchos tipos de empresas, algunas más grandes que otras, por ejemplo, cafeterías y restaurantes locales o bien tiendas como el Corte Inglés o Mer- cadona. Pero no solo el tamaño diferencia a estas empresas, por ello comenzaremos esta unidad describiendo los criterios para clasificar las empresas: Según quién posea el capital a) Privadas, pertenecen a particulares, con la peculiaridad de que en ocasiones sus propie- tarios son también trabajadores de la mismas. b) Públicas, cuando el capital pertenece al Estado, comunidades autónomas, diputaciones, ayuntamientos o algunos de los organismos dependientes de estas instituciones. Su fina- lidad no es el beneficio económico, sino prestar un servicio social. Por ejemplo, Correos o Renfe. c) Mixtas, si la titularidad es compartida entre organismos públicos y particulares. Ejemplo AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea). Según su tamaño Atendiendo a su tamaño, se acepta generalmente una división de la empresa que distingue entre microempresa, pequeña, pequeña y mediana y gran empresa. Los criterios limitado- res entre cada una de estas categorías fijados por la Recomendación de la Comisión Euro- pea (2003/361/CE) son los siguientes: CATEGORÍA DE EMPRESA NÚMERO DE TRABAJADORES VOLUMEN DE NEGOCIO BALANCE GENERAL Microempresa <10 ≤2 millones EUR ≤ 2 millones EUR Pequeña ≥10 y <50 ≤ 10 millones EUR ≤ 10 millones EUR Mediana ≥50 y < 250 ≤50 millones EUR ≤ 43 millones EUR Gran empresa ≥250 ≥11.400.000 EUR ≥22.800.000 EUR EMPRESAS POR TAMAÑO NÚMERO DE EMPRESAS Autónomos (PYME sin asalariados 1.55.798 PYME(1-249 asalariados) • Microempresas (1-9 asalariados) 1.143.015 • Pequeñas (10-49 asalariados) 154.738 • Medianas (50-248 asalariados 24.508 • Grandes (250 o más asalariados) 4.700 Total empresas 2.886.759 Empresas inscritas en la Seguridad Social 2019 (ipyme.org) ¿Cuál es el % de autónomos y PYME sobre el total de empresas? Pues si las grandes empresas son el 2 por mil de las empresas ¡Autónomos y PYME son el 99,98% del tejido empresarial! La clasificación en función del sector productivo viene dada por la Clasifi- cación Nacional de Actividades Eco- nómicas. La clasificación que está actualmente en vigor es la CNAE-2009 Unidad 2. La clasificación de las empresas 4.700_______ = 0,002 2886759
  • 4. 27 Según el objeto de su actividad (sector productivo) a) Empresas productoras de bienes. Pueden subdividirse en empresas agrícolas, extracti- vas, artesanales, industriales de fabricación de bienes de equipo, industriales de fabricación de bienes de consumo, etc. b) Empresas prestadoras de servicios. Se subdividen en empresas comerciales (mayoristas y minoristas), de transporte, de seguros, financieras, de ocio y cultura, de enseñanza, de comunicaciones, etc. Según el sector en el que actúa a) Empresas del sector primario. Engloba aquellas empresas cuya actividad se relaciona con la agricultura, caza, pesca, acuicultura, apicultura, agricultura, minería y actividad forestal. b) Empresas del sector secundario. Empresas dedicadas a la actividad industrial, a la trans- formación y elaboración de bienes y servicios: empresas de textil, metalúrgica, pastelerías, panaderías, etc. c) Empresas del sector terciario. Incluye aquellas empresas cuyo resultado no es algo ma- terial obtenido a través de un proceso de transformación de materias primas. Por lo tanto son empresas dedicadas a ofrecer un servicio: peluquería, transporte (taxi, autobus), disco- tecas, restaurantes, hospitales, educación, agencias de viajes, hoteles, etc. Según el destino de los beneficios a) Empresas con ánimo de lucro. Empresas cuyo fin es obtener beneficios. Ejemplos: supermerca- dos, despachos de abogados… la mayoría de las empresas que conoces. b) Empresas sin ánimo de lucro. Organizaciones cuya actividad o beneficio está destinado a fines sociales. Conocidas como “el tercer sector”, son las instituciones sin fines de lucro al servicio de los ho- gares (ISFLSH). En el tercer sector trabajan en España más de 30.000 entidades y 2 millones de personas. Según la zona geográfica donde actúan a) Empresa local: Desarolla su actividad en una zona en concreto. Por ejemplo, la dulcería de una pequeña ciudad o la tienda de ropa de un pueblo. b) Empresa regional: Desarolla su actividad en varias localidades o provincias de una misma Comunidad Autónoma. Ejemplos: el servicio de transporte en las islas Canarias (Global SL) o una empresa constructora en Andalucía (Salsa inmo- biliaria SL). c) Empresa nacional: Desarrolla su actividad en un país en concreto, ejemplo Marca (Diario online líder en información deportiva) e Iberdrola. d) Empresa multinacional: Empresas con filiales en otro paises, ya sean puntos de produc- ción o venta. Ejemplos: Inditex, Apple o Coca Cola. El tercer sector. Fuente: Fundación PWC. 1 Entidades singulares: Cáritas, Cruz Roja y Fundación ONCE. 2 En cooperación internacional se incluye desarrollo, emergencias, derechos huma- nos y paz. NO INCLUIDO • Colegios e instituciones educativas • Cofradías pescadores • Sindicatos y partidos políticos • Museos • Residencias para la tercera edad • Iglesias • Asoc. deportivas de carácter profesional, empresariales y profesionales INCLUIDO • Cooperativas sociales • Entidades singulares1 • Residencias para colectivos en riesgo de exclusión • Fundaciones • ONGD • Centros especiales de empleo e inversión • Asociaciones de utilidad pública Acción social Medio ambiente Cooperación internacional2 Unidad 2. La clasificación de las empresas CURIOSIDAD Para promover la igualdad de género en la pesca y acuicul- tura se ha propuesto la adap- tación de los barcos pesque- ros a través de camarotes y aseos diferenciados. Plan para la igualdad de gé- nero en el sector pesquero y acuicultura 2015-2020
  • 5. 28 Según la forma jurídica de organización y titularidad de la empresa La forma jurídica es una de las deciciones más importantes que ha de tomar una empresa a la hora de arrancar su negocio. Para ello es fundamental conocer que la normativa española hace dos grandes diferencias: a) Empresas mercantiles (con ánimo de lucro) y empresas no mercantiles (asociaciones, fundaciones, patronatos, etc, a las que, en principio, se les supone sin ánimo de lucro). b) Empresas individuales y sociales, según que la titularidad de las mismas corresponda a una persona física o jurídica respectivamente. Sociedadcomanditaria Sociedadcolectiva Empresa conpersonaidad física EmpresarioAutónomo Comunidadesdebienes Sociedadcivil EmpresarioAutónomo Dependiente Emprendedor deresponsabilidadlimitada Empresas conpersonalidad jurídica Sociedades mercantiles Sociedades deinteréssocial Capitalista Cooperativas Sociedadeslaborales Personalista Sociedadlimitada deformaciónsuceriva Sociedadderesponsabilidadlimitada Sociedadlimitadanuevaempresa Sociedadanónima Unidad 2. La clasificación de las empresasUnidad 2. La clasificación de las empresas
  • 6. 29 2. LA FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA Como acabamos de ver existe una clasificación genérica según la forma jurídica de las em- presas: empresas con personalidad física o con personalidad jurídica. Atendiendo a las ca- racterísticas de las mismas, según el Ministerio de industria, Turismo y Comercio (ipyme. org) tenemos: A) EMPRESAS CON PERSONALIDAD FÍSICA EMPRESARIO INDIVIDUAL (AUTÓNOMO) El empresario individual o autónomo es una persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional con finalidad lucrativa. Las características que tiene que cumplir una persona para ser autónomo son: • Realizar la actividad de forma habitual y en nombre propio. • Ser mayor de edad o mayor de 16 años emancipado. • No requiere un capital mínimo para empezar el negocio. • Control total de la empresa por parte del propietario al dirigir personalmente el negocio. • Responde de las deudas contraídas con todo su patrimonio, presente y futuro. Por lo tanto, su responsabilidad es ilimitada frente de las deudas contraídas. De la misma ma- nera, si está casado sin separación de bienes su cónyuge responderá con su patrimonio a las deudas contrario por parte del autónomo, no obstante, el cónyuge podrá negarse haciéndolo constar en una escritura pública en el Registro Mercantil. • Tributa a través de Impuesto sobre la Renta de la Persona Física (IRPF). • La razón social es el nombre y apellidos del empresario. El nombre comercial puede diferir del nombre personal. • Los empresarios individuales no están obligados a inscribirse en el Registro Mercantil, aunque pueden hacerlo si lo desean. Unidad 2. La clasificación de las empresas LECTURA SUGERIDA Elpais.com ¿Cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo? UN TOQUE DE HUMOR “Soy Autónomo”, por Manu Sánchez. Unidad 2. La clasificación de las empresas ¡NO OLVIDES! La forma jurídica más sen- cilla para emprender es el empresario individual, por lo que se suele utilizar en negocios pequeños.
  • 7. 30 El Emprendedor de Responsabilidad Limitada y el autónomo dependiente La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionaliza- ción, creó la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, dando la posibilidad de limitar su responsabilidad sobre su vivienda habitual, siempre y cuando su valor sea inferior a los 300.000€. Por otro lado, también se distingue la figura del autónomo dependiente (TRADE) como aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante, para una persona física o jurídica denominada cliente, del que depende económicamente, en al menos, un 75% de sus ingresos. Por ejem- plo, un electricista que trabaja para una constructora y para algunos clientes particulares, pero la gran parte de sus ingresos (más del 75%) lo recibe de la constructora. Se denomina falso autónomo al trabajador que tiene las obligaciones del autónomo (darse de alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social) y las del trabajador por cuenta propia, y sin embargo no disfruta de lo derechos del resto de la plantilla, precisamente por su condición de autónomo. COMUNIDAD DE BIENES La Comunidad de Bienes se constituye cuando la propiedad de un bien o derecho perte- nece proindiviso a varias personas y forma parte de una actividad empresarial realizada en común. Se podría decir que es la forma más sencilla de asociación entre autónomos. Sus características fundamentales son: • El número mínimo de socios es dos. • La responsabilidad es ilimitada al capital aportado. • No existe un capital mínimo. Pueden aportarse solamente bienes, pero no puede apor- tarse sólo dinero o trabajo. • Tributa a través del Impuesto sobre la Renta de la Persona Física. • Para ejercer la actividad se requiere la existencia de un contrato privado en el que se detalle la naturaleza de las aportaciones y el porcentaje de participación que cada co- munero tiene en las pérdidas y ganancias de la Comunidad de Bienes • La Comunidad se constituirá mediante escritura pública cuando se aporten bienes in- muebles o derechos reales. Empresas por forma jurídica en España (Fuente INE 2019) Unidad 2. La clasificación de las empresas Capital social: valor monetario de las aportaciones en dinero o bienes de los socios de una so- ciedad. Estatutos: normas de funciona- miento elaboradas por la propia empresa, que sirve para perso- nalizar la ley y adaptarla a sus necesidades. Si te animas a crear tu propio negocio, en la Cámara de Comercio te ayudan. camara.es. Sociedades anónimas Sociedades de responsabilidad limitada Sociedades colectivas Sociedades comanditarias Comunidades de bienes Sociedades cooperativas Asociaciones y otros tipos Organismos autónomos y otros Personas físicas 78.866 1.181.391 155 81 116.119 20.707 145.405 8.885 1.786.037 ACTIVIDAD: SABER MÁS Entra en la página www.ipyme.org ¿Cuál es el proceso de constitución y puesta en marcha de un empresario/a que quiere constituirse como un empresario individual (autónomo)?
  • 8. 31 SOCIEDAD CIVIL Contrato por el que dos o más personas ponen en común capital, con propósito de repartir entre si las ganancias. Sus características fundamentales son: • El capital está formado por las aportaciones de los socios, tanto en dinero como en bienes o trabajo, servicios o actividad en general. • Podrá tener o no personalidad jurídica propia en función de que sus pactos sean públicos o secretos. La Agencia Tributaria considera que tienen personalidad jurídica cuando se manifiestan como tales en el momento de solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF), es decir, cuando lo mencionan en el acuerdo de voluntades (Instrucciones en re- lación con las Sociedades civiles como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades - Agencia Tributaria). • Cuando los pactos sean secretos se regirán por las disposiciones relativas a la Comuni- dad de Bienes. • Pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio, según el ob- jeto a que se destinen. • La Sociedad se constituirá mediante escritura pública cuando se aporten bienes inmue- bles o derechos reales. • El número mínimo de socios es de dos y la responsabilidad de estos es ilimitada. • Los socios pueden ser de dos clases; capitalistas o industriales. • La razón social puede ser cualquier nombre elegido por los socios. • No existe un capital mínimo legal. • Tributan por el Impuesto de sociedades o IRPF. B) EMPRESAS CON PERSONALIDAD JURÍDICA: SOCIEDADES Las sociedades son empresas con personalidad jurídica, es decir, adquieren una personali- dad distinta a la de sus propietarios y todas han de inscribirse en el Registro Mercantil. SOCIEDADES COLECTIVAS (SC) Sociedad mercantil de carácter personalista en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones, respondiendo subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales. Sus características fundamentales son: • Todos los socios participan en la sociedad en plano de igualdad. • La sociedad tiene autonomía patrimonial y responde de sus deudas con su propio pa- trimonio. • Al socio colectivo que aporta “bienes” a la sociedad se le denomina “socio capitalista”, y al que solamente aporta “industria” (trabajo, servicios o actividad en general) “socio industrial”. Los socios industriales participan en las ganancias de la sociedad, pero no en las pérdidas, salvo pacto expreso. • El número mínimo de socios es de dos. Unidad 2. La clasificación de las empresas El Registro Mercantil es una institución oficial que se encarga de dar publicidad sobre las personas, físicas y jurídicas, que intervienen en el tráfico mercantil. En él se inscriben los actos de los empresarios, de modo que puedan ser conocidos por aquellas personas que contraten con ellos (proveedores, bancos, etc.), así como por los actuales o posibles inversores, además de por entidades públicas con las que tengan relación (Seguridad Social, Agencia tributaria, etc.). registradores.org
  • 9. 32 • No se requiere un capital mínimo para constituirse. • Responsabilidad ilimitada (responden con todos sus bienes personales) de todos los socios colectivos, que responden, solidariamente (se le puede exigir la totalidad de las deudas a cada uno de los socios) entre ellos y subsidiariamente respecto a la sociedad, de todas las deudas sociales. • Tributan por el Impuesto de Sociedades. • Funciona bajo un nombre colectivo o razón social. Ejemplo: López y Sánchez, SC SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE Sociedad mercantil de carácter personalista que se define por la existencia de socios co- lectivos que aportan capital y trabajo y responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales, y de socios comanditarios que solamente aportan capital y cuya responsabilidad estará limitada a su aportación. Sus características fundamentales son: • El número mínimo de socios es 2. • Existen dos tipos de socios: - Socios Colectivos: intervienen directamente en la gestión de la sociedad y responden de forma personal, solidaria e ilimitada a las deudas. - Socios Comanditarios: realizan una aportación económica a la sociedad y participan únicamente en los resultados económicos, sin intervenir en la gestión (responsabilidad limitada). • No existe un capital mínimo para constituir la sociedad. • Tributan por el Impuesto de Sociedades. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SL o SRL) Sociedad capitalista en la que el capital social está dividido en participaciones sociales, indivisibles y acumulables. Sus características fundamentales son: • El número mínimo de socios para constituirse es de uno. • Su responsabilidad está limitada al capital aportado. • El capital mínimo para constituirse es de 3.000€, que debe estar totalmente suscrito y desembolsado. • Tributan por el Impuesto de Sociedades. • Se limita la venta de las participaciones sociales a terceros ajenos a la empresa. Sus órganos sociales son: 1. Junta General de socios: incluye a todos los socios. Algunas de sus funciones son apro- bación de las cuentas anuales, modificación de los estatutos sociales, reducción del capital social y disolución de la sociedad. 2. Los Administradores: pueden ser socios o no y se encargan de la gestión administrativa diaria de la empresa y de representar a la empresa frente a terceros. Unidad 2. La clasificación de las empresas Responsabilidad solidaria: obli- gación conjunta ante una misma deuda. Responsabilidad subsidiaria: re- cae por el incumplimiento de un tercero, es decir, solo existe en caso de que el deudor principal no pague la deuda. Sociedades unipersonales la Ley de Sociedades de Capital define a las sociedades uniper- sonales, ya sean de responsabi- lidad limitada (SLU) o anónima (SAU), como aquellas constitui- das por un único socio ya sea persona natural o jurídica.
  • 10. 33 VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA VENTAJAS INCONVENIENTES Modalidad apropiada para la pequeña y me- diana empresa, con socios perfectamente identificados e implicados en el proyecto. Restricción en la transmisión de las participacio- nes sociales, salvo cuando el adquiriente sea un familiar del socio transmitente. La responsabilidad de los socios por las deu- das sociales está limitada a las aportaciones a capital. Obligatoriedad de llevar contabilidad formal. Libertad de la denominación social. Complejidad del Impuesto sobre Sociedades. No existe porcentaje mínimo ni máximo de ca- pital por socio. Necesidad de escritura pública para la transmi- sión de participaciones Posibilidad de aportar el capital en bienes o dinero. Mayores gastos de gestión que el empresario in- dividual o las comunidades de bienes o socieda- des civiles. Régimen jurídico más flexible que las socieda- des anónimas. No puede emitir obligaciones, ni cotizar en Bolsa SOCIEDAD LIMITADA DE FORMACIÓN SUCESIVA Sociedad de carácter mercantil, sin capital mínimo, de régimen idéntico al de las Socieda- des de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros (por ejemplo, límites a la retribución de socios y adminis- tradores o responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación). Sus características fundamentales son: • El número mínimo de socios es uno. • La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado. • Tributa por el Impuesto de Sociedades. • No existe capital social mínimo; hasta que se alcance la cifra de capital social de 3.000 eu- ros la sociedad estará sujeta al régimen de formación sucesiva. Es decir, La sociedad perde- rá la calificación de formación sucesiva cuando se alcance el capital mínimo legal (3.000 €). Unidad 2. La clasificación de las empresas PAÍS DÍAS EN CREAR UNA EMPRESA Nueva Zelanda 1 Canadá 2 Francia 4 España 13 Venezuela 230 UE 10 Fuente bancomundial.org (2019) EJERCICIO RESUELTO Sofía y Andrea quieren crear una SL dedicada a la comercialización de productos y servicios informáticos. Para ello, cuentan con un capital inicial entre las dos de 2.300 €, pero tienen pensado pedir cada una personalmente un préstamo de 1.000€. ¿Pueden escoger esta forma jurídica? ¿Cómo responderán ante las futuras deudas? En el caso de que Sofía quiera dejar el negocio ¿Puede transmitir libremente las participaciones? Aunque los 2.300€ no son suficiente para constituir la empresa al solicitar el préstamo a nivel personal ya superan la canti- dad mínima establecida por Ley (3.000 €). Su responsabilidad se limita al capital aportado a la empresa. La transmisión se encuentra limitada en estas sociedades, salvo que Sofía se las transmita a un familiar.
  • 11. 34 SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA La sociedad limitada nueva empresa es una especialidad de la Sociedad limitada cuya finalidad de crear empresas pequeñas de manera rápida y sencilla. Puede constituirse de forma telemática o presencial en 48 horas. Sus características fundamentales son: • El número mínimo de socios es 1 y máximo 5. • La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado. • El capital mínimo para constituirse es de 3.000 €y máximo de 120.000 €. • Tributa por el Impuesto de Sociedades. • Su capital social está dividido en participaciones sociales y la responsabilidad frente a terceros está limitada al capital aportado. • La denominación social se compone de los apellidos y el nombre de uno de los socios más un código alfanumérico único (ID-CIRCE) seguido de las palabras “Sociedad Limita- da Nueva Empresa” o la abreviación “SLNE”. • Medidas fiscales para ayudar a superar los primeros años de actividad empresarial. • El objeto social es genérico. • Los órganos sociales son sencillos. • El libro de registro de socios no es obligatorio. • Durante los tres meses posteriores a la constitución se puede modificar la denomina- ción social a coste cero. Acciones: títulos que represen- tan cada una de las partes igua- les (partes alícuotas) en que se divide el capital de una S.A. y que dan a su poseedor la con- dición de socio accionista, así como el derecho a recibir parte del beneficio y a participar en la gestión. Pueden ser nominativas, cuan- do aparece el nombre del titular en la acción o al portador, si no consta el nombre del titular. Constitución online de sociedades de responsabilidad limitada 1 2 3 4 5 6 7 EL FUTURO EMPRESARIO Se identifica ante el notario con su DNI electrónico. Comprobará la veracidad de la identidad del socio fundador. Asesorará al futuro empresario y adaptará el contenido de las escrituras a sus necesidades. Comprobará digitalmente la aportación de capital. Volverá a examinar todos los detalles de la escritura. EL FUTURO EMPRESARIO Y EL NOTARIO Firmarán electrónicamente la escritura pública. ¿QUÉ MÁS PUEDEN HACER LOS NOTARIOS DE MANERA ONLINE SI SE LES PIDE? Antes del encuentro digital • Solicitar la denominación social. Durante el encuentro digital • Solicitar el NIF provisional. • Liquidar los impuestos correspondientes. EL FUTURO EMPRESARIO Recibirá inmediatamente copia de la escritura digitalmente certificada. EL NOTARIO Envío online de la escritura pública al Registro Mercantil Conectados por videoconferencia EL NOTARIO: LECTURA SUGERIDA En 2021 se podrían crear empresas íntegramente online (Directiva Europea 2019/1151) Unidad 2. La clasificación de las empresas
  • 12. 35 SOCIEDAD ANÓNIMA (SA) Sociedad de carácter mercantil en la que el capital social, dividido en acciones, está inte- grado por las aportaciones de los socios, que no responden personalmente de las deudas sociales. Sus características fundamentales son: • El número mínimo de socios para constituir la sociedad es de uno. • La responsabilidad de los accionistas está limitada al capital aportado. • Tributan por el Impuesto de Sociedades. • El capital mínimo para su constitución es de 60.000€, que debe estar totalmente sus- crito y desembolsado al menos en un 25%. El capital pendiente de desembolsar es el dividendo pasivo. • Constitución formalizada mediante escritura pública y posterior inscripción en el Regis- tro Mercantil. En la denominación deberá figurar necesariamente la expresión “Socie- dad Anónima” o su abreviatura “S.A.”. Sus órganos sociales son: 1. Junta General de accionistas: es un órgano constituido por todos los accionistas a través de los cuales se decide por mayoría sobre los asuntos sociales. Esta junta puede adoptar varias formas: -Junta General Ordinaria, se reúne dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para apro- bar o censurar la gestión social, aprobar las cuen- tas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplica- ción del resultado. -Junta Extraordinaria, que deberá ser convocada por los administradores, cuando lo estimen conve- niente para los intereses sociales o cuando lo soli- cite un número de socios titulares de, almenos, un cinco por ciento del capital social. 2. Administradores: es un órgano ejecutivo encar- gado de la gestión permanente de la sociedad y de representar a la misma en sus relaciones con terceros. Los administradores pueden ser perso- nas físicas o jurídicas y a menos que los estatutos dispongan lo contrario, no se requiere que sean accionistas. Facultades y deberes de los administradores: • Convocar las juntas generales. • Informar a los accionistas. • Formular y firmar las cuentas anuales y redactar el informe de gestión. • Depositar las cuentas en el Registro mercantil. Derechos de los accionistas • Participar en el reparto del beneficio (dividendo activo). • Derecho a voto en función del capital social poseído. • Información sobre la gestión de la empresa • Preferencias en la adquisición de nuevas acciones. S.A DIVIDENDO ACTIVO DIVIDENDO PASIVO Participación Beneficios Capital pendiente de desembolsar accionista Unidad 2. La clasificación de las empresas
  • 13. 36 3. SOCIEDADES DE INTERÉS SOCIAL Son sociedades que se caracterizan porque la mayor parte del capital está en manos de los trabajadores, suelen tener incentivos económicos y fiscales. SOCIEDAD LABORAL Sociedad en la que la mayoría del capital social (mínimo el 50,01%) es propiedad de los trabajadores que prestan en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral es por tiempo indefinido. Se distingue la Sociedad Anónima Laboral (S.A.L) y Sociedad Limitada Laboral (S.L.L). Sus características fundamentales son: • En la S.L.L. el capital mínimo es de 3.000€ y en la S.A.L. de 60.000€. • La responsabilidad está limitada al capital aportado. • La mayoría del capital social debe ser propiedad de trabajadores que presten servicios retribuidos en virtud de una relación laboral por tiempo indefinido. • Ningún socio podrá poseer participaciones sociales que representen más de la tercera parte del capital social. • El número de horas/año trabajadas por los trabajadores contratados por tiempo inde- finido que no sean socios, no podrá ser superior al 49% del total horas/año trabajadas por el conjunto de los socios trabajadores. • Además de las reservas legales o estatutarias están obligadas a constituir una Reserva especial con el 10% del beneficio de cada ejercicio, hasta que se alcance al menos una cifra superior al doble del capital social. Este Fondo, sólo podrá destinarse a la compen- sación de pérdidas en el caso de que no existan otras reservas disponibles suficientes para este fin y/o a la adquisición de sus propias acciones o participaciones sociales. SOCIEDAD COOPERATIVA (S. Coop.) Sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja vo- luntaria, para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático. Sus características fundamentales son: • La responsabilidad está limitada al capital aportado. • El capital mínimo está fijado en los estatutos. • Tributan por el Impuesto de Sociedades, pero tienen incentivos fiscales. • Según el grado de asociación se distinguen dos tipos de cooperativas: - De primer grado: los socios son personas físicas y jurídicas. El número mínimo de socios varía entre 3 y 5, en función de cada Comunidad Autónoma. - De segundo grado: están formadas por dos o más cooperativistas de primer grado, es decir, son el resultado de la asociación de Cooperativas. • El número de socios será de: - Tres socios como mínimo, en las cooperativas de primer grado. - Dos cooperativas como mínimo en las de segundo grado. Lacooop, la primera ‘start-up’ española enfocada a las viviendas cooperativas ‘Lamadredelascooperativas’ (Lacooop), la única ‘start-up’ española enfocada a las viviendas en régimen de cooperativas con marketplace y contenido especializado, nace en España con el objetivo de ayudar, informar y asesorar a aquellas personas que estén buscando una casa en régimen de cooperativa. En España, según Lacoop, hay más de 1.650.000 viviendas, entre entregadas y en construcción, en régimen de cooperativa. «El auge de la economía colaborativa y el ahorro de hasta un 25% en la compra, hace que las cooperativas sean una excelente alternativa para acceder a una vivienda propia». Fuente: fotocasa.es Unidad 2. La clasificación de las empresas
  • 14. 37 Órganos sociales de la Cooperativa: 1. Asamblea General: Está formada por todos los socios de la cooperativa. Cada socio tie- ne un voto. Su objetivo es deliberar y adoptar acuerdos sobre asuntos que, legal o estatuta- riamente, sean de su competencia. Las decisio- nes adoptadas vinculan a todos los socios de la cooperativa. 2. Consejo Rector: Es el órgano colegiado de gobierno al que corresponde la alta gestión, la supervisión de los directivos y la representación de la sociedad cooperativa, con sujeción a la Ley, a los Estatutos y a la política general fijada por la Asamblea General. 3. Intervención: Su función es controlar las cuentas anuales. 4. Comité de recursos: Tramita y resuelve los recursos contra las sanciones impuestas a los socios por el Consejo Rector. Cooperativas de trabajo asociado Tiene por objeto proporcionar a sus socios puestos de trabajo a tiempo parcial o completo, a través de la organización en común de la producción de bienes o servicios para terceros. Los socios de una cooperativa de esta naturaleza pueden ser de dos tipos: colaboradores y de trabajo. Los primeros, los socios colaboradores, pueden ser tanto personas físicas como jurídicas, públicas o privadas, y comunidades de bienes. No participan en la actividad que constituye el objeto social y su aportación no puede exceder del 45% del capital, con lo cual el conjunto de sus votos no puede exceder el 30% del total. Los socios de trabajo serán exclusivamente personas físicas y percibirán por su trabajo una retribución nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Pueden convertirse en socios colaboradores si de- jan de ser socios de trabajo. Reciben rendimientos del trabajo, es decir, una nómina, pero pueden cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores. Ejemplos son las denominadas coo- perativas de transportistas y a las cooperativas de enseñanza, ya que la inmensa mayoría de las mismas se constituyen como de trabajo asociado. Las Cooperativas de facturación Recientes en el tiempo y de carácter online, nacen de una forma peculiar de entender las cooperativas de trabajo asociado y se crean para evitar que una persona que tiene trabajos esporádicos deba darse de alta como autónomo y pagar todos los meses su cuota íntegra al RETA. Hay que tener en cuenta que están muy cuestionadas por el Ministerio de Trabajo, que ya ha actuado contra alguna de ellas y contra sus asociados exigiéndoles el pago de las cuotas que no pagaron en su día. Funcionan de tal manera que un autónomo realiza un trabajo, pero es la cooperativa quién lo factura, le da de alta en la Seguridad Social como si fuera un asalariado por los días que necesite y, después, ésta paga al socio una parte de lo facturado quedándose con un porcentaje. De hecho, las facturas van a nombre de la coo- perativa y no a nombre del trabajador autónomo. Unidad 2. La clasificación de las empresas LECTURA SUGERIDA Eelconfidencial.com La justicia avala a los “freelances” y cuestiona el ataque a las cooperativas para facturar. Interventores Asamblea generaldesocios Consejo rector Dueñosdelacooperativa Gestores Nombran y controlan Controlan las cuentas anuales
  • 15. 38 EJERCICIOS EBAU 1. (Extremadura 2018) La empresa TOMATOEX S.Coop. es una empresa que opera en Miajadas (Extremadura); a la mis- ma pertenecen 100 agricultores de la zona, elaboran derivados del tomate y cuentan con veinte trabajadores. Con estos datos clasifique la empresa según: la actividad, su tamaño, el tipo de mercado en el que opera y forma jurídica. 2. Indique el sector económico al que pertenecen las siguientes empresas: a. Guarderías. b. Restaurantes. c. Industria de coches. d. Granja. e. Peluquería. f. Un barco pesquero. 3. Ponga dos ejemplos de forma jurídica de empresa donde los socios tengan responsabilidad ilimitada y dos ejemplos donde la responsabilidad de los socios sea limitada. 4. (Canarias 205 y 2017) Dos graduados universitarios han decidido montar un despacho profesional y no tienen claro qué forma jurídica adoptar, si bien saben que deberán aportar cada uno 4.000 euros para poder iniciar su actividad. Indi- que dos formas jurídicas que pueden adoptar, justificando cada una de ellas, si quieren que su responsabilidad patrimonial se limite al capital aportado. 5. (Canarias 2013) Cinco ingenieros informáticos deciden montar una empresa para asesorar a otras empresas sobre las redes sociales, aportando cada uno un capital de 6.000 euros. Decir tres formas jurídicas que pueden adoptar, justificando cada una de ellas, si quieren que su responsabilidad patrimonial se limite al capital aportado. 6. (Andalucía 2010) ¿Cuáles son los órganos de gestión de una Sociedad Anónima? Explíquelos. 7. Juan y Carlos han creado una sociedad limitada y no saben si en el momento de la constitución tienen que desembol- sar todo el capital, tampoco saben cuál es el capital mínimo que tienen que aportar. 8. (La Rioja 2019) La sociedad limitada. Explica en qué consiste, sus características (socios, capital social y responsabili- dad de los socios), dos ventajas y dos inconvenientes. 9. En una sociedad comanditaria, ¿qué diferencia existe entre los socios comanditario y los socios colectivos? 10. (Asturias 2019) Enumera dos similitudes y dos diferencias entre la Sociedad Anónima y la Sociedad Limitada. 11. ¿Qué diferencia existe entre la Cooperativa de primer grado y de segundo grado? 12. Describe brevemente qué se basa una sociedad civil. 13. Marta y Raquel quieren abrir un negocio de venta de electrodomésticos. Cada una puede aportar la cantidad de 5.000€, y no desean responder ante posibles deudas con sus bienes personales. ¿Qué tipo de forma jurídica les aconseja- rías? Argumenta tu respuesta. 14. (Asturias 2019) Veinte alumnos de la última promoción de ingenieros industriales tienen una idea de negocio para fabricar papel a partir de piedra. Han estimado que necesitan capital por valor de 50 millones de euros. ¿Qué tipo de forma jurídica les sugieres para su empresa? Cita dos ventajas de la forma jurídica seleccionada. 15. ¿Cuál es la característica fundamental de una Sociedad Laboral? 16. Imaginas que acabas de crear una asesoría jurídica y debes asesorar a los siguientes clientes: • Juan es Administrados de una S.A y quiere saber cuáles son sus deberes. • José quiere vender sus acciones de Zapatería S.A. y quiere saber si puede trasmitírselas a cualquier persona. • Elisa acaba de comprar acciones de Zapatería S.A. y quiere sabe cuál es su obligación respecto a las futuras deudas que se generen en la empresa. 17. (Aragón 2019) Señale tres diferencias entre la Sociedad Anónima (S.A.) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) en relación con el capital mínimo de constitución, títulos representativos del capital social y transmisión (venta) de la propiedad.
  • 16. 39 18. Defina qué es una acción. 19. Tres amigos crearon en el año 2.000 una sociedad limitada dedicada a la venta de ordenadores. Cada uno de ellos aportó 1.000 €, pero debido a la crisis económica las ventas han bajado notablemente y la empresa ha acumulado 3.600 euros de deuda. Uno de ellos necesita que le explique de qué parte de las deudas es responsable ya que tiene miedo a posibles reclamaciones por parte de acreedores. 20. Señale dos criterios para clasificar las empresas, explíquelo con algún ejemplo. 21. (Canarias 2017) Florette dobla su producción al invertir 2,5 millo- nes en Ingenio (Gran Canaria) Florette Ibérica hará en su planta de Ingenio la mayor inversión del país con 2,5 millones de euros y crecerá un 80%. Se alimentará solo con energía renovable, hará posible duplicar la producción con 12 millones de bolsas de ensaladas anuales y crear 70 nuevos empleos. El porqué de esta apues- ta: estabilidad, agricultura, sostenibilidad y clima. La mayor apuesta de la empresa de ensaladas Florette Ibérica en su plan de ampliación a nivel na- cional es en su planta de producción de Ingenio para asumir el constante crecimiento del mercado. […] Florette Ibérica es la empresa líder en España en el mercado de la fabricación y comercialización de verduras y hortalizas frescas, seleccionadas, troceadas, lavadas y listas para consumir. Cuenta con plantas de producción en Navarra, Canarias, Murcia, Toledo y Cuen- ca. No pasan 24 horas entre la recolecta del producto, su procesamiento y envasado hasta que llega a la mesa de un hogar, a los supermercados o a los restaurantes del sector de hostelería. Además, la producción es ininte- rrumpida durante todo el año por la excelente y diversificada climatología. Desde 2011, cuando la empresa decidió abrir su primera planta de Canarias, en el polígono de Las Majoreras (Ingenio), la empresa no ha hecho más que innovar y “generar riqueza en la economía de la isla, creando empleo a través de una gran apuesta por el sector primario y la sostenibilidad”, explica Stathis Smoilis, director de la Unidad de Negocio de Florette Canarias. Las plantas de producción, que cuentan con el código de buenas prácticas en la agricultura, son mimadas cuidadosamente al detalle, desde la semilla hasta el producto final, explica el responsable en Canarias de la empresa […]. Esto unido a la cercanía de los campos con el centro de produc- ción da como resultado unas ensaladas de máxima calidad y frescura. FUENTE: adaptado de María José Pallarés. Canarias 7. (14 de abril de 2017) Responda a las siguientes preguntas: • Identifique en el texto una de las funciones que Florette Ibérica, como empresa, desempeña en la economía. • Clasifique, según el criterio del ámbito de actuación, a Florette Ibérica como empresa. Justifique la respuesta con in- formación del texto. 22. Tres amigos que han finalizado un Ciclo Superior de Informática quieren crear una empresa de videojuegos. Sus recur- sos económicos son limitados por lo que en principio no contemplan la contratación ajena, una condición que se imponen es la de evitar que sin el acuerdo de los tres no pueda participar otra persona en la sociedad. Teniendo en cuenta estos datos ¿qué forma jurídica les recomienda para su empresa? Razone la respuesta. 23. Indique qué forma jurídica es la más adecuada en los casos siguientes: Un obrero en paro que decide crear en un pequeño local de su propiedad una pequeña panadería. ¿Podemos añadir una foto?
  • 17. 40 • Un grupo de agricultores que se asocian para elaborar y comercializar el aceite. • Los trabajadores de una empresa que, ante la quiebra de ésta, deciden hacerse cargo de la empresa para salvaguardar su puesto de trabajo. • Una multinacional de la alimentación. 24. (Canarias 2019) HiperDino invertirá 60 millones hasta alcanzar las 236 tiendas en Canarias La cadena canaria de alimentación HiperDino invertirá 60 millones de euros en 2019 en modernizar y expandir su red de establecimientos hasta alcanzar las 236 tiendas en el Archipiélago. Hiperdino es un grupo propiedad de Hermanos Domínguez y Javier Puga, que adquirieron la sociedad en 2012. Tal como declara Javier Puga, “la compañía se encuentra inmersa en un ambicioso proyecto de reforma y crecimiento de sus ne- gocios, para adaptarnos a los nuevos tiempos y llegar a todos los canarios con una oferta amplia y de calidad”; también destaca que la inversión global prevista para 2019 no tendrá traslación en el aumento del precio de los alimentos en venta, sino que “seguiremos siendo un 5% de media más baratos que otras cadenas del sector”. HiperDino, que el pasado año cerró con una facturación de mil millones de euros y unos 20 millones de beneficio, cuenta con una plantilla superior a los 7.300 trabajadores, la empresa isleña con mayor volumen de empleo. Dispone de 58 tien- das de HiperDino, 91 de SuperDino y 77 de HiperDino Express; en la actualidad, la enseña está presente en cinco de las ocho islas canarias. La modernización de las instalaciones incluye diseños renovados, espacios más diáfanos y accesibles, pasillos más amplios, nuevas referencias como productos ecológicos y dietéticos y secciones de nueva creación como el servicio de perfumería y zona gourmet, además de un modelo de panadería innovador. Además, al igual que anunciara Mercadona, HiperDino priorizará en 2019 el canal de venta online y el servicio a domicilio. Por lo que respecta al cuidado del medio ambiente y la eficiencia energética, se han adoptado medidas para reducir hasta un 60% el consumo, con la instalación de luminarias leds que, como medida de ahorro adicional, se integran dentro de un sistema automático de encendido y apagado. El mobiliario y los equipos de frío son de alto rendimiento energético y llevan incorporada tecnología para asegurar la eficiencia y la optimización a través de la condensación y la evaporación flotante. La compañía estima que se producirá un ahorro de hasta un 40% y una reducción en las emisiones de gases contaminantes perjudiciales para el cambio climático. Fuente: Adaptado de José Mújica. Expansión.es. 27-3-2019 A partir de la lectura del artículo, responda a las siguientes preguntas: • ¿Es Hiperdino responsable socialmente? ¿Por qué? Responda apoyándose en el concepto de Responsabilidad Social Empresarial y en la información del texto. En caso de ser afirmativa su respuesta, identifique un ámbito en el que actúa responsablemente. • ¿Es Hiperdino una PYME? Justifique su respuesta basándose en dos criterios que aparecen en el texto.
  • 18. 41 25. Dada las siguientes empresas clasifícala según los criterios vistos a lo largo de la asignatura. EMPRESA TAMAÑO PROPIEDAD SECTOR ECONÓMICO ÁMBITO DE ACTUACIÓN ESTRATEGIA COMPETITIVA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA FORMA JURÍDICA Zara Cafetería del Instituto INE Mercadona Tu peluquería EJERCICIO PARA ESQUEMATIZAR LO APRENDIDO 26. En relación con las distintas formas jurídicas rellena la información de la siguiente tabla. PERSONALIDAD FORMA Nº DE SOCIOS CAPITAL RESPONSABILIDAD FISCALIDAD DIRECTA Empresario individual No existe mínimo Emprendedor de responsabilidad limitada Comunidad de bienes Sociedad civil Sociedades mercantiles o de capital Sociedad de Responsabilidad limitada Limitada al capital aportado Sociedad limitada nueva empresa Sociedad anónima Impuesto de sociedades Sociedades Mercantiles Especiales o de economía social Sociedad Cooperativa Mínimo3
  • 19. 42 ANÁLISIS EMPRESARIAL La supervivencia empresarial: más de la mitad de las nuevas empresas cierra Los datos relativos a supervivencia empresarial reflejan que el mayor número de desapariciones de empresas, algo menos de la mitad de las empresas creadas, se producen en los primeros años de vida. El fin de la actividad empresarial afecta a más del 20 por 100 de las empresas creadas en su primer año de vida, el 15 por 100 desaparece en el segundo año y aproximadamente un 10 por 100 desaparecen en el tercero. Más allá de los tres años de vida continúan extinguiéndose empresas, aunque en menor medida toda vez que la actividad empresarial está más asentada y goza de cierta estabilidad. Transcurridos cinco años de vida, el número de empresas que permanecen en la actividad se sitúa en torno al 40 por 100. Los datos de Eurostat también permiten analizar la supervivencia empresarial en función del tamaño empresarial, infor- mación que, con las cautelas necesarias, sería complementaria a la ofrecida por la Demografía empresarial del INE. Así, considerando las empresas por estrato de asalariados, se observa que la mayor supervivencia empresarial está directa- mente relacionada con el tamaño empresarial, de forma que cuanto mayor es el número de trabajadores, mayor es la tasa de supervivencia, especialmente en el caso de España, donde el 61 por 100 de los proyectos de empresas sin asalariados no llegan a cinco años, frente al 48 por 100 de Francia, el 54 por 100 de Italia o el 58 por 100 del Reino Unido. En definiti- va, dentro de las empresas desaparecidas, la mayoría son microempresas jóvenes, creadas en los tres años anteriores, y dedicadas a actividades terciarias, ya que es el sector que concentra más empresas jóvenes y que presenta un mayor dina- mismo. De hecho, las actividades industriales son, frente a las de servicios, desarrolladas en mayor medida por empresas más veteranas. El fin de la actividad empresarial afecta a más del 20 por 100 de las empresas creadas en su primer año de vida y transcurridos cinco años, el número de empresas que permanecen en la actividad se sitúa en torno al 40 por 100. Fuente: CES Cuestiones: • ¿Te parece alta la tasa de supervivencia empresarial? Justifica tu respuesta. • ¿Crees que son conscientes los que emprenden de la dificultad de sobrevivir? ¿Por qué? • Propón medidas para mejorar la tasa de supervivencia empresarial. Gráfico 3: Supervivencia empresarial a nivel comparado en algunos países de la Unión Europea. (Porcentaje de las empresas que viven sobre las nacidas) Nota: No hay datos de supervivencia a cinco años para 2008 ni disponibilidad de datos para el conjunto de la Unión Europea Fuente: Consejo Económico y Social (2016) - Eurostat Gráfico 4: Supervivencia empresarial por estrato de asalariados a nivel comparado en algunos países de la Unión Europea. 2013. (En porcentaje)
  • 20. 43 DEBATE UGT calcula que las plataformas de reparto se ahorran 168 millones con los falsos autónomos El sindicato atribuye el éxito de estas empresas al uso fraudulento de la contratación: “si contrataran asalariados, tendrían que cerrar”, aseguran. Alemania se dispone a aprobar una ley que obligue a las empresas de reparto a pagar las cotizacio- nes sociales de sus repartidores si las empresas que los subcontratan no lo hacen. En España no existe ninguna regulación específica para los nuevos modelos de economía que o bien diluyen las responsabilidades empresariales en la cadena de subcontratación o, directamente, obligan a sus trabajadores a hacerse autónomos para realizar una tarea de un asalariado. El sindicato UGT ha hecho por primera vez una aproximación de lo que se ahorran las plataformas digitales de reparto Glo- vo, Stuart, Uber Eats y Deliveroo, por tener a sus trabajadores como autónomos en lugar de asalariados, que es lo que está diciendo la Inspección de Trabajo que son, según van analizando las denuncias de los sindicatos. Según este estudio presentado ayer estas empresas de economía digital se estarían ahorrando hasta 92 millones en sala- rios y más de 76 millones en cotizaciones a la Seguridad Social. ¿Cómo llega UGT a estas cifras? Según el sindicato, si los poco más de 14.000 trabajadores de estas cuatro plataformas –con datos de la patronal Adigital– recibieran el salario de convenio que les correspondería por un contrato a tiempo completo recibirían unos 17.229 euros anuales por persona, o un total de 247 millones de euros. En la actualidad, cada uno de estos trabajadores recibe unos ingresos brutos anuales de unos 10.800 euros, o lo que es lo mismo 154,8 millones anuales. Así, la diferencia entre los 247 millones que deberían pagar las plataformas por 14.000 asalariados y los 154,8 millones son los 92,2 millones que se están ahorrando en retribuciones. A esto habría que añadir las cotizaciones, por valor de 76,8 millones de euros que las plataformas deberían pagar por cotizaciones de estos asalariados a la Seguridad Social. Si bien estas cuotas se las ahorran por completo al obligar al trabajador a que sea él quien pague directamente de su bolsillo las cotizaciones al sistema como autónomo. Ambos ahorros en salarios y cotizaciones suman un total de 168 millones de euros. “ELEGIR ENTRE COMER O PAGAR AL ESTADO” “Yo trabajaba entre 25 y 30 horas a la semana y después de pagar la cuota de autó- nomo, los impuestos y los gastos que generaba el trabajo se me quedaban al mes 600 euros limpios”, aseguraba ayer un repartidor que ha colaborado en la elabo- ración de este estudio. Es más, Rubén Ranz, coordinador de Turespuestasindical. es aseguraba ayer que si una semana haces menos horas o la plataforma veta a un trabajador y no le asigna servicios, los ingresos no llegan para pagar las cotizaciones “y el trabajador tiene que elegir entre comer o pagar al Estado”, por lo que suele escoger lo primero y genera deudas con la Seguridad Social o con Hacienda. Fuente: cincodias.es. (Adaptado) Cuestiones: • ¿Qué significa falso autónomo? • ¿Por qué son un problema según UGT? ¿Te parece realista sus cálculos? • ¿Qué opinas de obligar a cotizar por trabajador a las empresas de reparto?
  • 21. 44 ESQUEMATIZA Y APRENDE Solo un 19% de las mujeres decide emprender El ecosistema emprendedor se consolida en nuestro país. Más de la mitad de los emprendedores (54%) son emprende- dores en serie. Esto es, aquellos que han creado dos o más ‘startups’, y cuyo nivel de fracaso resulta mucho más baja que los recién iniciados. Un 16% de riesgo frente a un 45%. Sin embargo, el sector continúa adoleciendo del mismo problema: la falta de talento femenino y senior.  Son las principales conclusiones del Mapa del Emprendimiento, el informe elaborado por Spain Startup South Summit, después de haber analizado a un total de 1.720 startups extraídas de los 3.800 proyectos presentados a la competición de ‘startups’ de la organización.  Como ha ocurrido en anteriores ediciones, el retrato robot del emprendedor español se mantiene.  Hombre (81%), con una edad media de 34 años y con estudios universitarios (92%). Un 63% de emprendedores señala que comenzar una ‘startup’ responde a una decisión deseada y no como forma de obtener un trabajo (1%).  En la sexta edición de este informe se recoge asimismo la consolidacióndelsectoralsaberqueel54%delosemprendedores españoles son emprendedores en serie. Esto es, que han creado dos o más ‘startups’.  Los emprendedores de ‘nuevo cuño’ resultan el 46%, aunque cuentan con una mayor probabilidad de fracaso que los primeros. Un 45% de riesgo frente a un 16%.  De igual modo, se mantiene la presencia minoritaria de mujeres y empresarios mayores de 45 años. Un 34% de las ‘startups’ españolas cuenta con, al menos, un fundador senior en su equipo. Y solo un 19% de mujeres toma la decisión de emprender. Un porcentaje inferior al obtenido en 2018, cuando se situaba en el 22%.  A diferencia de los hombres, ellas prefieren emprender solas (62%) y se decantan por los sectores de salud, tercer sector y robótica. En el caso de los emprendedores mayores de 45 años, el 55% comienza su aventura empresarial en solitario y desarrollan proyectos relacionados con ‘insurtech’, robótica y Big Data.  Fuente: distribucionactualidad.com Cuestiones: • Realiza un esquema de las ideas principales del texto. • ¿Por qué crees que las mujeres emprenden menos? • ¿Qué diferencias por género existen entre los emprendedores? • ¿Qué es un emprendedor en serie? ¿Qué ventajas crees que tiene?
  • 22. 45 TEST DE EVALUACIÓN 1. (Andalucía 2018) ¿Cuál de los siguientes no es un ór- gano de las sociedades cooperativas? a) Administradores. b. Consejo Rector. c) Asamblea General. 2. Los títulos representativos del capital social de una sociedad limitada se denominan: a) Acciones. b) Participaciones. c) Obligaciones. 3. (Andalucía 2018) La acción: a) No es una contrapartida que el socio recibe por su aportación a la sociedad anónima. b) Es una de las partes elementales en que se divide el capital de una S.A. c) Sólo pueden ser nominativas y no aportan una serie de derechos a los propietarios. 4. (Andalucía 2010) En la constitución de una sociedad anónima: a) Las aportaciones tienen que ser necesariamente en dinero. b) Hay que desembolsar totalmente el capital. c) Ninguna de las anteriores. 5. (Andalucía 2010) ¿Cuál de las siguientes sociedades es una sociedad personalista? a) Sociedad colectiva. b) Sociedad limitada. c) Las dos anteriores son correctas. 6. (Castilla y León 2019) La forma jurídica de empresa- rio individual es más habitual: a) En negocios grandes, con elevadas inversiones y res- ponsabilidad limitada. b) En negocios pequeños, con poco riesgo y escasa inver- sión inicial. c) En negocios en los que solo puede trabajar una per- sona. 7. (Castilla y León 2018) La responsabilidad limitada ante terceros se da: a) En un empresario individual. b) En una sociedad anónima. c) En una sociedad colectiva. 8. (Castilla y León 2018) Una acción es una parte alícuo- ta del capital de: a) Una sociedad de responsabilidad limitada. b) Una sociedad anónima. c) Tanto de una sociedad anónima como de responsabi- lidad limitada. 9. (Castilla y León 2018) ¿Qué tipo de empresa se puede constituir con un capital inicial de 2.500 Euros? a) Sociedad laboral. b) Empresa individual. c) Sociedad anónima. 10. ¿En qué tipo de sociedad el capital mínimo se fija en los estatutos? a) S. Coop. b) S.A c) S.L 11. El empresario individual: a) Tiene personalidad jurídica. b) Está sujeto al Impuesto de Sociedades. c) Paga impuestos según su volumen de ventas. 12. Entendemos por empresario individual: a) Cada uno de los socios que forman una sociedad. b) Aquella persona física que teniendo capacidad legal para ejercer una actividad empresarial y no responde con su patrimonio de las obligaciones derivadas de su actividad empresarial. c) Aquella persona física que teniendo capacidad legal para ejercer una actividad empresarial responde con su patrimonio de las obligaciones derivadas de su actividad empresarial. MÁS TIPO TEST