4. objetivos:
• actividad financiera:
– democratización del crédito EOSF(49)
– coordinación EOSF (47)
– corrección de fallas de mercado EOSF (50)
• actividad del mercado de valores (L.964(1)):
– protección de los inversionistas
– protección del mercado
– protección al sistema
– confianza del público
7. postulado:
• Coordinación de autoridades:
– CP (113):
«Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero
colaboran armónicamente para la realización de sus fines»
– CP (371)
– Corte Constitucional C-560/94, C-478/92
– CP (339) PND
– EOSF (47)
– EOSF (48)(a)
– L. 31/92(4)
8. monetario:
Congreso: Gobierno: JDBR / BR:
• moneda legal
• convertibilidad
• alcance de su
poder liberatorio
• emisión de TES • capacidad
adquisitiva de la
moneda
• control sobre
agregados
monetarios
• inflación objetivo
• niveles de encaje
• subastas de
operaciones REPO
sobre TES
9. cambiario:
Congreso: Gobierno: JDBR / BR:
• objetivos y criterios
generales del
régimen de cambios
• operaciones sujetas
al régimen de
cambios
• régimen de inversión
extranjera
• infracciones
cambiarias
• comprador o
vendedor de divisas
• plazos, intereses,
finalidad del
endeudamiento
externo
• régimen general de
operaciones de
cambio
• obligaciones en
moneda extranjera
10. crediticio:
Congreso: Gobierno: JDBR / BR:
• límites a los
intereses / usura
• sistemas de
financiación y apoyo
sectorial
• deuda soberana
• democratización del
crédito
• fijar plazos de
operaciones
autorizadas
• clases y montos de
garantías
• oferta y demanda de
dinero
• regulación de los
intereses
• refinanciación de
créditos
• orientación del
crédito
11. jueces:
• Algunos fallos de la Corte Constitucional y sus
consecuencias para los mercados financieros:
– indexación de salarios
– financiación de vivienda atada a la inflación
– límites a las tasas de interés de vivienda
– reliquidación de las deudas hipotecarias
– pensiones
19. jueces:
• algunos fallos de la Corte Constitucional y sus
consecuencias para los mercados financieros:
– indexación de salarios
– financiación de vivienda atada a la inflación
– límites a las tasas de interés de vivienda
– reliquidación de las deudas hipotecarias
– pensiones
– progresividad tributaria
20. sostenibilidad fiscal:
• objetivo: fijar un marco de referencia para que todas
las ramas del poder público orienten sus actuaciones
al cumplimiento progresivo de los objetivos del Estado
Social de Derecho
21. sostenibilidad fiscal:
ciclos económicos pueden afectar la prestación y el
contenido de algunos derechos (no fundamentales) y por
lo mismo, la capacidad de gasto del Gobierno
la sostenibilidad fiscal es el instrumento para asegurar la
progresividad en sus logros
22. regla fiscal:
• objetivo: sostenibilidad de largo plazo de las finanzas
públicas para contribuir a la estabilidad
macroeconómica del país
23. regla fiscal:
gasto estructural no podrá superar al ingreso estructural,
en un monto que exceda la meta anual de balance
estructural establecido
el déficit estructural del Gobierno Nacional Central no
será mayor a 1% del PIB a partir del año 2022