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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C
TEMA 6: CONTABILIDAD PESQUERA
1. ACTIVIDAD PESQUERA
La actividad pesquera constituye una área económica fundamental dentro del proceso productivo
general, en los países que cuentan con litoral o aguas continentales; se entiende como un conjunto de
elementos interactuantes en un sistema que permite la obtención de los beneficios que derivan de la
explotación racional de los recursos hidrobiologicos; no se refiere únicamente al mismo de pescar, sino
que abarca otros conceptos que enriquecen su aceptación tradicional, comprendiendo a la investigación
y capacitación pesquera, la extracción, el procesamiento, la comercialización y los servicios.
El Perú está vinculado a la actividad pesquera desde tiempos remotos. Los
restos encontrados, de los primeros grupos humanos relacionados al mar,
tienen una antigüedad de 9000 años. Asimismo, las evidencias en la cerámica
y los telares, demuestran con toda seguridad que las antiguas culturas
peruanas utilizaron y consideraron al mar como fuente de alimentación.
La pesca es muy importante en el Perú desde tiempos prehispánicos, debido a que la fría temperatura
de la Corriente Peruana hace de nuestro mar una de las zonas pesqueras más ricas del planeta.
La actividad pesquera es sumamente aleatoria por influencia de factores naturales del mar peruano lo
que exige alta capacidad de gestión, por lo que es necesario establecer Políticas y Estrategias a largo
plazo para la gestión y desarrollo sostenido, ambiental y socialmente responsable.
2. TIPOS DE PESCA
La pesca es uno de los oficios más antiguos, ya que los antepasados utilizaban este tipo de recursos
para así sacar los peces u otros animales del agua y comer, aunque también utilizaban la caza.
 PESCA ARTESANAL:
La pesca artesanal utiliza técnicas tradicionales con poco desarrollo
tecnológico. La practican pequeños barcos en zonas costeras a no más
de 12 millas de distancia, dentro de lo que se llama mar territorial. Se
mantiene en regiones poco desarrolladas donde la producción es
escasa y sirve básicamente para el autoconsumo; sólo una pequeña
parte se destina al mercado. Para este tipo de pesca se utilizan botes,
chalanas y embarcaciones tradicionales que extraen gran cantidad de especies de peces, mariscos,
moluscos y crustáceos.
 PESCA INDUSTRIAL:
La pesca industrial emplea las técnicas más avanzadas desde el punto
de vista tecnológico. Tiene como objetivo obtener un gran número de
capturas, por eso necesita: capital para equipar a los barcos e
investigar nuevos sistemas de pesca; tecnología a la vanguardia de la
industrialización para aumentar el volumen de capturas, y por lo tanto
que la actividad sea rentable; infraestructuras portuarias donde puedan
desembarcar y donde se puedan distribuir las capturas.
3. LA PESCA EN LOS RIOS Y LAGOS DE LA COSTA, SIERRA Y SELVA
La pesca se realiza también en los diferentes ríos y lagos del Perú.
A. La Pesca en los Ríos de la Costa:
En los ríos de la Costa se pesca el camarón, crustáceo de gran valor en la alimentación. Abunda en
los ríos de las regiones Arequipa. Los Libertadores-Wari y Lima. Debemos lamentar la desaparición
de este recurso natural en los ríos que tienen aguas contaminadas por los relaves y sustancias
químicas que se arrojan desde los centros mineros.
B. La Pesca en los Ríos y Lagos Andinos:
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En los ríos y lagunas andinos hay una gran variedad de peces, como la trucha, que se encuentra
diseminada en las lagunas, lagos y cursos fluviales; la callhua, pez de tamaño pequeño que se
desarrolla en los cursos fluviales de la Puna; etc.
La trucha fue traída al Perú desde Canadá y encontró, en las aguas frías de esta región, su medio
ecológico más adecuado. La especie más difundida es la trucha arco iris.
En el Lago Titicaca se pescan varias especies destacando entre ellas: el carachí, el ispi, el humano,
elboga y los pejerreyes. En el Rio Suche, que desagua en el Titicaca, se pesca el suche.
C. La Pesca en los Ríos y Cochas Amazónicas:
En los ríos amazónicos hay una gran variedad de peces. Destacan por su importancia las siguientes
especies:
a. El paiche, que es el pez más importante de la región, de sabrosa carne blanca. Alcanza
normalmente 200 Kg. De peso,#. Vive en las cochas o tipishcas. Su pesca se realiza con arpón.
b. El zúngaro, pez de gran tamaño, carente de escamas, de la que hay varias especies, como el
zúngaro-tigre, el dorado, el saltón, la doncella, etc.
c. La gamitana, que alcanza unos 0,80 cmtr. de longitud y unos 15 Kg. De peso.
d. El sábalo, parecido en tamaño al boquichico.
e. El boquichico, de tamaño mediano, muchas espinas pero de gran consumo, Especialmente en
forma de “timbuche” ó sopa de pescado.
f. La corvina, parecida a la especie de mar, pero de carne muy fina.
g. El paco, de tamaño mediano, parecido a la gamitan.
h. El caracha, que vive en el lodo y de aspecto desagradable, pero exquisito en el timbuche o sopa.
Además, hay muchas otras especies que forman los recursos ictiológicos de los ríos
amazónicos.
4. IMPORTANCIA ECONÓMICA:
Aunque fue uno de los sectores que más crecieron en el mes de enero en el 2016 al 2018 el
desarrollo de esta industria en el Perú ha venido mostrándose muy voluble en el 2019, con caídas entre
enero y mayo y subidas entre junio y setiembre, volviendo a decrecer en octubre y noviembre.
En ese sentido, sus últimos resultados han demostrado un desempeño negativo. Según el Banco Central
de Reserva del Perú (BCRP), esta actividad, entre enero y noviembre del año anterior, registró una caída
de -17,8%.
El tema de la pesca es un tema profundo, es un tema complejo, porque involucra una de las principales
actividades económicas del país, probablemente después de la minería, después del turismo, la pesca
sea una de las principales actividades que genera recursos económicos para pagar sueldos, planillas,
infraestructura, etc., es decir el mar, nuestra cuarta región natural del país, es una región que hoy día da
ingentes recursos, pero es complejo porque también el mar produce la gran pesca, la pesca industrial
que está prácticamente en manos de ocho a diez empresas grandes y que tienen miles de millones de
soles en utilidades y gran parte de la pesca es básicamente anchoveta para quemarla en harina y
exportarla para que sirva de alimentos en granjas y otro tipo de actividades en otros mercados.
La pesca, como actividad extractiva, tiene gran importancia económica en el Perú. En efecto:
Es fuente proveedora de alimentos para la población. El pescado es el alimento más nutritivo que se
conoce, pues contiene 20% de proteínas, mientras que las carnes de vaca y aves tienen sólo 18%.
Además, es el alimento económico de que se dispone en el Perú, pues suministra a La población de
abundante de proteínas. Es fuente proveedora de materias primas, para la Industria de harina y aceite
de pescado y para las conservas de pescado. En harina y aceite de pescado somos uno de los mayores
productores del Mundo.
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La exportación de los productos derivados de la pesca, genera divisas en beneficio del Perú. Estas
divisas, que representan el 13% del total, se utilizan para comprar en el extranjero lo que no producimos
en el país.
Da ocupación a grandes sectores de la población. Unos trabajan como pescadores artesanales, en sus
pequeñas embarcaciones; otros como tripulantes de las bolicheras, que pescan anchovetas y sardinas
para la industria; y muchos más como personal de las fábricas que procesan los productos pesqueros.
La pesca en los ríos, lagos y lagunas del Perú contribuye a mejorar la dieta alimenticia de la población
andina y Selvática. En efecto, la población de estas regiones consume pescado fresco ó pescado seco
y salado.
5. LA PESCA Y SU CLASIFICACIÓN
La pesca constituye un área económica fundamental dentro del proceso productivo general, en los
países que cuentan con litoral o aguas continentales. La actividad pesquera no se refiere únicamente al
acto mismo de pescar, sino que abarca otros conceptos que enriquecen su aceptación tradicional,
comprendiendo a la investigación y capacitación pesquera, la extracción, el procesamiento, la
comercialización y los servicios. Las empresas pesqueras se clasifican principalmente en el ámbito
económico en:
1. Empresa pesquera dedicada a la extracción:
Es el ente económico que tiene por objeto capturar, cazar, sesgar o colectar los recursos
hidrobiológicos destinados al consumo humano directo o venta para su posterior procesamiento.
Estas actividades se pueden realizar empleando embarcaciones menores o ninguna (denominada
de menor escala o artesanal) y cuando se realiza con embarcaciones mayores de pesca
(denominada de mayor escala)
2. Empresa pesquera dedicada a la producción:
Es el ente económico cuyo giro radica en la utilización de recursos hidrobiológicos con la finalidad
de obtener productos elaborados y/o preservados, cumpliendo las normas de sanidad, higiene y
seguridad industrial, calidad y preservación del medio ambiente.
Pueden ser:
1. Artesanal: Empleo de instalaciones simples de trabajo manual.
2. Industrial: Emplea de técnicas, procesos y operaciones con maquinarias y equipo.
3. Empresa pesquera dedicada a la extracción y producción: es el ente económico cuyo objeto
es la captura y caza de los recursos hidrobiológicos para su procesamiento, teniendo como fin
la venta de dichos productos hidrobiológicos.
PRINCIPALES PRODUCTOS PESQUEROS:
1. Harina de pescado:
La harina de pescado es un producto obtenido del procesamiento de pescados, eliminando su
contenido de agua y aceite. El aceite de pescado es un importante producto secundario.
Con un 70% a 80% del producto en forma de proteína y grasa digerible, su contenido de energía
es notablemente mayor que muchas otras proteínas animales o vegetales ya que proporciona
una fuente concentrada de proteína de alta calidad y una grasa rica en ácidos grasos omega-
3, DHA y EPA indispensables para el rápido crecimiento de los animales. Sus principales
productores en el mundo son Chile Y Perú.
Uso: Como alimento para aves, aves ponedoras, cerdos, rumiantes, vacas lecheras, ganado
vacuno, ovino, camarón y el desarrollo de la piscicultura, disminuyendo notablemente los costos
de producción industrial de estos animales por su rápido crecimiento, su mejor nutrición, la
mejora de la fertilidad y la notoria disminución de posibilidades de enfermedades.
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2. Aceite de pescado:
El aceite de pescado es normalmente de color marrón/amarillento oscuro. Se obtiene al final del
tratamiento del líquido procedente de la prensa, después de haber sido sometido a operaciones
de separación y centrifugación y pasado por una pulidora antes de ser almacenado en nuestros
tanques.
Usos: El aceite de pescado se utiliza principalmente en piensos
para peces de criadero pero también se utiliza para elaborar
cápsulas que contienen los ácidos grasos omega-3, como
suplemento para la salud humana.
3. Conserva de pescado:
“Conserva alimenticia” es el resultado del proceso de manipulación de los alimentos de tal forma
que sea posible preservarlos en las mejores condiciones posibles durante un largo periodo de
tiempo; el objetivo final de la conserva es mantener los alimentos preservados de la acción de
microorganismos capaces de modificar las condiciones sanitarias y de sabor de los alimentos.
El periodo de tiempo que se mantienen los alimentos en conserva es muy superior al que
tendrían si la conserva no existiese.
6. LEY GENERAL DE PESCA – DECRETO LEY N° 25977
Norma principal, que tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo
sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos, y de asegurar un aprovechamiento
responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la
preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad.
 Reglamento de la Ley General de Pesca – Decreto Supremo N° 012-2001-PE.-
Regula las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, el vigente Reglamento tiene
además el propósito de simplificar todas las normas y modificaciones dictadas y de incluir
los mecanismos para generar estabilidad jurídica y económica que alienten a la inversión privada en
el sector pesquero, compatibilizando dichas normas con los criterios de manejo responsable y
aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos. El Reglamento dispone, entre otros, la
aprobación de normas con la finalidad de establecer los principios, las normas y medidas
regulatorias aplicables a los recursos hidrobiológicos que deban ser administrados como unidades
diferenciadas, como los que se describen a continuación:
 Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota - Decreto Supremo Nº
013-2001-PE.-
Esta norma tiene como objetivos: El aprovechamiento racional y sostenido del calamar gigante o
pota, tomando en cuenta las características biológicas y poblacionales del recurso, así como la
optimización de los beneficios obtenidos por su explotación.
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 Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Bacalao de Profundidad – Resolución Ministerial
N° 236-2001-PE.-
Tiene como objetivos:
Promover el desarrollo integral de la pesquería del bacalao de profundidad y garantizar el uso
racional y sostenido del recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta las características
biológicas, poblacionales y los principios de pesca responsable, la conservación del medio
ambiente y la biodiversidad, y contribuir en el fortalecimiento de los objetivos de la Convención de
Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), adoptando medidas y normas
para conservar y proteger los recursos marinos vivos antárticos.
 Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza – Decreto Supremo Nº 016-
2003-PRODUCE.-
Son objetivos principales del ordenamiento de merluza lograr la recuperación del recurso merluza
en el mediano plazo, para el posterior aprovechamiento sostenido de este recurso y de su fauna
acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los
principios de la pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad.
Asímismo, armonizar la participación de los diferentes agentes involucrados en la extracción y
procesamiento del recurso merluza.
 Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún - Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE
(04.11.03).-
Son objetivos del ordenamiento el aprovechamiento racional y sostenido de los stocks de atunes y
especies afines tanto en aguas jurisdiccionales peruanas como en alta mar, mediante la
aplicación de medidas para el ordenamiento y conservación de su pesquería. El desarrollo de la
pesquería de atunes mediante la conformación de una flota atunera nacional especializada y la
participación activa del Perú en los mecanismos de cooperación subregional, regional y global para
la investigación, protección y manejo integral de las especies altamente migratorias.
 Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa - Decreto Supremo N° 011-2007-
PRODUCE.-
Tiene por objetivos el promover la explotación racional de los recursos jurel y caballa, la protección
del ecosistema marino y la preservación de la biodiversidad en concordancia con los principios y
normas de la Ley General de Pesca y disposiciones complementarias, y también de contribuir a la
diversificación y desarrollo de la pesca como fuente de alimentación, empleo y divisas.
7. ASPECTOS TRIBUTARIOS
IMPUESTO A LA RENTA
Las empresas pueden acogerse a tres regímenes: Régimen General, Régimen Especial, Nuevo RUS (la
diferencia está en los niveles de ingresos y tamaño de la actividad.
Cada una tiene distintas facilidades para el pago de impuestos. Sin embargo, la declaración del impuesto
a la renta de Tercera categoría se determina al finalizar el año y el pago se efectúa dentro de los tres
primeros meses del año siguiente, de acuerdo con el Cronograma de Vencimientos que aprueba la
SUNAT para cada ejercicio.
Régimen General: Todos los meses, desde su fecha de inicio de actividades, usted debe hacer
pagos a cuenta. Existen dos sistemas para calcular sus pagos a cuenta de todo el año. Usted deberá
utilizar el que le corresponda de acuerdo con lo siguiente: Si tuvo impuesto calculado en el ejercicio
anterior (coeficiente) o si inicia actividades en el año (porcentaje).
Tasa para la determinación del impuesto a la renta:
 Los contribuyentes que perciban rentas de tercera categoría se encuentran gravados con las
siguientes tasas:
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Base Legal: Artículo 55 de la Ley del Impuesto a la Renta.
DEPRECIACIÓN:
Depreciación de redes y embarcaciones pesqueras: Los bienes en el sector pesquero se deprecian
conforme al Art. 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. De especial interés resultan
las redes de pesca y las embarcaciones pesqueras.
Artículo 22º.- DEPRECIACION
Para el cálculo de la depreciación se aplicará las siguientes disposiciones:
a) De conformidad con el Artículo 39º de la Ley, los edificios y construcciones sólo serán
depreciados mediante el método de línea recta, a razón de 3% anual.
b) Los demás bienes afectados a la producción de rentas gravadas de la tercera categoría, se
depreciarán aplicando el porcentaje que resulte de la siguiente tabla:
BIENES
PORCENTAJE ANUAL DE
DEPRECIACION
HASTA UN MAXIMO DE:
1. Ganado de trabajo y reproducción; redes de pesca. 25%
2. Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles);
hornos en general.
20%
3. Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera,
petrolera y de construcción; excepto muebles, enseres y
equipos de oficina.
20%
4. Equipos de procesamiento de datos. 25%
5. Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01.01.91. 10%
6. Otros bienes del activo fijo 10%
La depreciación aceptada tributariamente será aquélla que se encuentre contabilizada dentro del
ejercicio gravable en los libros y registros contables, siempre que no exceda el porcentaje máximo
establecido en la presente tabla para cada unidad del activo fijo, sin tener en cuenta el método de
depreciación aplicado por el contribuyente.
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
El IGV o Impuesto General a las Ventas es un impuesto que grava todas las fases del ciclo de
producción y distribución, está orientado a ser asumido por el consumidor final, encontrándose
normalmente en el precio de compra de los productos que adquiere.
Tasa:
Se aplica una tasa de 16% en las operaciones gravadas con el IGV. A esa tasa se añade la tasa de
2% del Impuesto de Promoción Municipal (IPM).(*)
De tal modo a cada operación gravada se le aplica un total de 18%: IGV + IPM.
Por otro lado tenemos lo siguiente:
EJERCICIO TASA APLICABLE
· Hasta el 2014 · 30%
· 2015-2016 · 28%
· 2017 en adelante · 29.5%
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OPERACIONES GRAVADAS IGV
VENTA DE BIENES MUEBLES
EN EL PAIS
a) Todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, tales
como compraventa, permuta, dación en pago, expropiación,
adjudicación por remate.
b) El retiro de bienes, son los autoconsumos realizados por el
contribuyente fuera de sus actividades empresariales, es decir
que no son necesarios para realizar sus actividades gravadas.
PRESTACIÓN O UTILIZACIÓN
DE SERVICIOS EN L PAIS
a) toda prestación de servicios que una persona realiza para otra y
por la cual percibe un ingreso que se considere renta de tercera
categoría para los efectos del impuesto a la renta, aun cuando
no esté afecto a este último impuesto.
Entiéndase que el servicio es prestado en el país cuando el
sujeto que lo presta se encuentra domiciliado en el área efecto
del impuesto a la renta, sea cual fuere el lugar de celebración del
contrato o del pago de la retribución.
LOS CONTRATOS DE
CONSTRUCCIÓN
a) Los contratos deconstrucción que se ejecuten en e territorio
nacional, cualquiera sea su denominación, sujeto que lo realice,
lugar de celebración de contrato o de percepción de los ingresos.
PRIMERA VENTA DE
INMUEBLES QUE REALICEN
LOS CONSTRUCTORES
a) Se encuentra gravada la primera venta de inmuebles ubicados
en el territorio nacional que realicen los constructores de los
mismos así como la posterior venta del inmueble que realicen las
empresas vinculadas con el constructor cuando el inmueble haya
sido adquirido directamente de éste o de otras empresas
vinculadas económicamente con el mismo, salvo cuando se
demuestre que la venta se efectuó a valor de mercado o a valor
de tasación, el que resulte mayor.
LA IMPORTACIÓN DE BIENES
a) La importación de bienes se encuentra gravada cualquiera sea
el sujeto que la realice (no se requiere habitualidad).
Tratándose del caso de bienes intangibles provenientes del
exterior, el impuesto se aplicará de acuerdo a las reglas de
utilización de servicios en el país.
En caso que la Superintendencia Nacional de Aduanas -
ADUANAS hubiere efectuado la liquidación y el cobro del
impuesto, éste se considerará como anticipo del impuesto que
en definitiva corresponda.
Las empresas pesqueras, si la SUNAT los designa se convierten en Agentes de SPOT
Del crédito fiscal: Cuando el sujeto no pueda determinar las adquisiciones que han sido destinadas a
realizar operaciones gravadas o no con el impuesto, el crédito fiscal se calculara proporcionalmente con
el siguiente procedimiento:
1. Se determinara el monto de las operaciones gravadas con el impuesto así como las exportaciones
de los últimos doce meses, incluyendo al mes al que corresponda el crédito.
2. Se determinara el total de las operaciones del mismo periodo, considerando a las gravadas y a las
no gravadas, incluyendo a las exportaciones.
3. El monto obtenido en el primer enunciado se dividirá entre el obtenido en el segundo y el resultado
se multiplicara por cien. El porcentaje resultante se expresara hasta con dos decimales.
4. Este porcentaje se aplicara sobre el monto del impuesto que haya gravado la adquisición de bienes,
servicios, contratos de construcción e importaciones que otorgan derecho a crédito fiscal, resultando
así el crédito fiscal del mes.
La proporción se aplicara siempre en un periodo de 12 meses incluyendo el mes al que corresponde el
crédito fiscal, el contribuyente haya realizado operaciones gravadas y no gravadas cuando menos una
vez en el periodo mencionado.
Devolución: Los exportadores tienen derecho a solicitar la devolución del IGV que haya gravado la
adquisición de bines o servicios empleados como insumos de los bienes exportados.
Presentar en medios magnéticos la siguiente información:
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1. Relación detallada de los comprobantes de pago que respalden las adquisiciones efectuadas, así
como de las notas de debito y crédito respectivas y de las declaraciones de importación
correspondientes al periodo por el que se comunica la compensación.
2. En el caso de exportadores de bienes, relación detallada de las declaraciones de exportación y de
las notas de debito y crédito que sustenten las exportaciones realizadas en el periodo por el que se
comunica la compensación
Adicionalmente se requerirá la presentación de:
 Los documentos de atribución, tratándose de exportaciones realizadas a través del operador de las
sociedades irregulares, comunidad de bienes, joint venture, consorcios y demás contratos de
colaboración empresarial que no lleven contabilidad en forma independiente.
 Copia simple de la declaración – pago donde conste el saldo a favor
 En la declaración donde se efectué la compensación se consignara el monto a compensar en la
casilla correspondiente.
EL IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS - ITAN
El Impuesto Temporal a los Activos Netos - ITAN, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos
netos como manifestación de capacidad contributiva. Puede utilizarse como crédito contra los pagos a
cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta.
 Sujetos Obligados – ITAN:
Son los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría cuyo valor de los activos netos al
31 de diciembre de 2015 supere un millón de Nuevos Soles (S/. 1 000,000) que estén comprendidos
en el Régimen General del Impuesto a la Renta, siempre que hayan iniciado operaciones antes del
1 de enero del año 2016. La obligación incluye a los que se encuentran en Régimen de Amazonía,
Régimen Agrario, los establecidos en Zona de Frontera, entre otros. Están obligados también, las
sucursales, agencias y demás establecimientos permanentes de empresas no domiciliadas.
 Cálculo del Impuesto – ITAN:
De acuerdo con lo establecido por el artículo 4 de la Ley 28424, la base imponible del impuesto está
constituida por el valor de los activos netos consignados en el balance general ajustado según el
Decreto Legislativo N° 797, cuando corresponda efectuar dicho ajuste, cerrado al 31 de diciembre
del ejercicio anterior al que corresponda el pago, deducidas las depreciaciones y amortizaciones
admitidas por la Ley del Impuesto a la Renta.
En virtud del Decreto Legislativo N° 976, a partir del 01.01.2009 la alícuota del ITAN es de 0.4%,
que se calcula sobre la base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda
S/.1´000,000, (un millón de Nuevos Soles) según el balance cerrado al 31 de diciembre del ejercicio
gravable inmediato anterior:
De tal modo:
Alícuota: 0% hasta S/. 1,000,000
Alícuota: 0.4% por el exceso de S/. 1,000,000
Para el ejercicio 2016 el ITAN se determina aplicando la tasa del 0.4% sobre la base del valor
histórico de los activos netos de la empresa que exceda de un millón de Nuevos Soles, según
balance cerrado al 31.12.2015.
Base Legal: Artículo 6 de la Ley 28424

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  • 1. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C TEMA 6: CONTABILIDAD PESQUERA 1. ACTIVIDAD PESQUERA La actividad pesquera constituye una área económica fundamental dentro del proceso productivo general, en los países que cuentan con litoral o aguas continentales; se entiende como un conjunto de elementos interactuantes en un sistema que permite la obtención de los beneficios que derivan de la explotación racional de los recursos hidrobiologicos; no se refiere únicamente al mismo de pescar, sino que abarca otros conceptos que enriquecen su aceptación tradicional, comprendiendo a la investigación y capacitación pesquera, la extracción, el procesamiento, la comercialización y los servicios. El Perú está vinculado a la actividad pesquera desde tiempos remotos. Los restos encontrados, de los primeros grupos humanos relacionados al mar, tienen una antigüedad de 9000 años. Asimismo, las evidencias en la cerámica y los telares, demuestran con toda seguridad que las antiguas culturas peruanas utilizaron y consideraron al mar como fuente de alimentación. La pesca es muy importante en el Perú desde tiempos prehispánicos, debido a que la fría temperatura de la Corriente Peruana hace de nuestro mar una de las zonas pesqueras más ricas del planeta. La actividad pesquera es sumamente aleatoria por influencia de factores naturales del mar peruano lo que exige alta capacidad de gestión, por lo que es necesario establecer Políticas y Estrategias a largo plazo para la gestión y desarrollo sostenido, ambiental y socialmente responsable. 2. TIPOS DE PESCA La pesca es uno de los oficios más antiguos, ya que los antepasados utilizaban este tipo de recursos para así sacar los peces u otros animales del agua y comer, aunque también utilizaban la caza.  PESCA ARTESANAL: La pesca artesanal utiliza técnicas tradicionales con poco desarrollo tecnológico. La practican pequeños barcos en zonas costeras a no más de 12 millas de distancia, dentro de lo que se llama mar territorial. Se mantiene en regiones poco desarrolladas donde la producción es escasa y sirve básicamente para el autoconsumo; sólo una pequeña parte se destina al mercado. Para este tipo de pesca se utilizan botes, chalanas y embarcaciones tradicionales que extraen gran cantidad de especies de peces, mariscos, moluscos y crustáceos.  PESCA INDUSTRIAL: La pesca industrial emplea las técnicas más avanzadas desde el punto de vista tecnológico. Tiene como objetivo obtener un gran número de capturas, por eso necesita: capital para equipar a los barcos e investigar nuevos sistemas de pesca; tecnología a la vanguardia de la industrialización para aumentar el volumen de capturas, y por lo tanto que la actividad sea rentable; infraestructuras portuarias donde puedan desembarcar y donde se puedan distribuir las capturas. 3. LA PESCA EN LOS RIOS Y LAGOS DE LA COSTA, SIERRA Y SELVA La pesca se realiza también en los diferentes ríos y lagos del Perú. A. La Pesca en los Ríos de la Costa: En los ríos de la Costa se pesca el camarón, crustáceo de gran valor en la alimentación. Abunda en los ríos de las regiones Arequipa. Los Libertadores-Wari y Lima. Debemos lamentar la desaparición de este recurso natural en los ríos que tienen aguas contaminadas por los relaves y sustancias químicas que se arrojan desde los centros mineros. B. La Pesca en los Ríos y Lagos Andinos:
  • 2. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C En los ríos y lagunas andinos hay una gran variedad de peces, como la trucha, que se encuentra diseminada en las lagunas, lagos y cursos fluviales; la callhua, pez de tamaño pequeño que se desarrolla en los cursos fluviales de la Puna; etc. La trucha fue traída al Perú desde Canadá y encontró, en las aguas frías de esta región, su medio ecológico más adecuado. La especie más difundida es la trucha arco iris. En el Lago Titicaca se pescan varias especies destacando entre ellas: el carachí, el ispi, el humano, elboga y los pejerreyes. En el Rio Suche, que desagua en el Titicaca, se pesca el suche. C. La Pesca en los Ríos y Cochas Amazónicas: En los ríos amazónicos hay una gran variedad de peces. Destacan por su importancia las siguientes especies: a. El paiche, que es el pez más importante de la región, de sabrosa carne blanca. Alcanza normalmente 200 Kg. De peso,#. Vive en las cochas o tipishcas. Su pesca se realiza con arpón. b. El zúngaro, pez de gran tamaño, carente de escamas, de la que hay varias especies, como el zúngaro-tigre, el dorado, el saltón, la doncella, etc. c. La gamitana, que alcanza unos 0,80 cmtr. de longitud y unos 15 Kg. De peso. d. El sábalo, parecido en tamaño al boquichico. e. El boquichico, de tamaño mediano, muchas espinas pero de gran consumo, Especialmente en forma de “timbuche” ó sopa de pescado. f. La corvina, parecida a la especie de mar, pero de carne muy fina. g. El paco, de tamaño mediano, parecido a la gamitan. h. El caracha, que vive en el lodo y de aspecto desagradable, pero exquisito en el timbuche o sopa. Además, hay muchas otras especies que forman los recursos ictiológicos de los ríos amazónicos. 4. IMPORTANCIA ECONÓMICA: Aunque fue uno de los sectores que más crecieron en el mes de enero en el 2016 al 2018 el desarrollo de esta industria en el Perú ha venido mostrándose muy voluble en el 2019, con caídas entre enero y mayo y subidas entre junio y setiembre, volviendo a decrecer en octubre y noviembre. En ese sentido, sus últimos resultados han demostrado un desempeño negativo. Según el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), esta actividad, entre enero y noviembre del año anterior, registró una caída de -17,8%. El tema de la pesca es un tema profundo, es un tema complejo, porque involucra una de las principales actividades económicas del país, probablemente después de la minería, después del turismo, la pesca sea una de las principales actividades que genera recursos económicos para pagar sueldos, planillas, infraestructura, etc., es decir el mar, nuestra cuarta región natural del país, es una región que hoy día da ingentes recursos, pero es complejo porque también el mar produce la gran pesca, la pesca industrial que está prácticamente en manos de ocho a diez empresas grandes y que tienen miles de millones de soles en utilidades y gran parte de la pesca es básicamente anchoveta para quemarla en harina y exportarla para que sirva de alimentos en granjas y otro tipo de actividades en otros mercados. La pesca, como actividad extractiva, tiene gran importancia económica en el Perú. En efecto: Es fuente proveedora de alimentos para la población. El pescado es el alimento más nutritivo que se conoce, pues contiene 20% de proteínas, mientras que las carnes de vaca y aves tienen sólo 18%. Además, es el alimento económico de que se dispone en el Perú, pues suministra a La población de abundante de proteínas. Es fuente proveedora de materias primas, para la Industria de harina y aceite de pescado y para las conservas de pescado. En harina y aceite de pescado somos uno de los mayores productores del Mundo.
  • 3. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C La exportación de los productos derivados de la pesca, genera divisas en beneficio del Perú. Estas divisas, que representan el 13% del total, se utilizan para comprar en el extranjero lo que no producimos en el país. Da ocupación a grandes sectores de la población. Unos trabajan como pescadores artesanales, en sus pequeñas embarcaciones; otros como tripulantes de las bolicheras, que pescan anchovetas y sardinas para la industria; y muchos más como personal de las fábricas que procesan los productos pesqueros. La pesca en los ríos, lagos y lagunas del Perú contribuye a mejorar la dieta alimenticia de la población andina y Selvática. En efecto, la población de estas regiones consume pescado fresco ó pescado seco y salado. 5. LA PESCA Y SU CLASIFICACIÓN La pesca constituye un área económica fundamental dentro del proceso productivo general, en los países que cuentan con litoral o aguas continentales. La actividad pesquera no se refiere únicamente al acto mismo de pescar, sino que abarca otros conceptos que enriquecen su aceptación tradicional, comprendiendo a la investigación y capacitación pesquera, la extracción, el procesamiento, la comercialización y los servicios. Las empresas pesqueras se clasifican principalmente en el ámbito económico en: 1. Empresa pesquera dedicada a la extracción: Es el ente económico que tiene por objeto capturar, cazar, sesgar o colectar los recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo o venta para su posterior procesamiento. Estas actividades se pueden realizar empleando embarcaciones menores o ninguna (denominada de menor escala o artesanal) y cuando se realiza con embarcaciones mayores de pesca (denominada de mayor escala) 2. Empresa pesquera dedicada a la producción: Es el ente económico cuyo giro radica en la utilización de recursos hidrobiológicos con la finalidad de obtener productos elaborados y/o preservados, cumpliendo las normas de sanidad, higiene y seguridad industrial, calidad y preservación del medio ambiente. Pueden ser: 1. Artesanal: Empleo de instalaciones simples de trabajo manual. 2. Industrial: Emplea de técnicas, procesos y operaciones con maquinarias y equipo. 3. Empresa pesquera dedicada a la extracción y producción: es el ente económico cuyo objeto es la captura y caza de los recursos hidrobiológicos para su procesamiento, teniendo como fin la venta de dichos productos hidrobiológicos. PRINCIPALES PRODUCTOS PESQUEROS: 1. Harina de pescado: La harina de pescado es un producto obtenido del procesamiento de pescados, eliminando su contenido de agua y aceite. El aceite de pescado es un importante producto secundario. Con un 70% a 80% del producto en forma de proteína y grasa digerible, su contenido de energía es notablemente mayor que muchas otras proteínas animales o vegetales ya que proporciona una fuente concentrada de proteína de alta calidad y una grasa rica en ácidos grasos omega- 3, DHA y EPA indispensables para el rápido crecimiento de los animales. Sus principales productores en el mundo son Chile Y Perú. Uso: Como alimento para aves, aves ponedoras, cerdos, rumiantes, vacas lecheras, ganado vacuno, ovino, camarón y el desarrollo de la piscicultura, disminuyendo notablemente los costos de producción industrial de estos animales por su rápido crecimiento, su mejor nutrición, la mejora de la fertilidad y la notoria disminución de posibilidades de enfermedades.
  • 4. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C 2. Aceite de pescado: El aceite de pescado es normalmente de color marrón/amarillento oscuro. Se obtiene al final del tratamiento del líquido procedente de la prensa, después de haber sido sometido a operaciones de separación y centrifugación y pasado por una pulidora antes de ser almacenado en nuestros tanques. Usos: El aceite de pescado se utiliza principalmente en piensos para peces de criadero pero también se utiliza para elaborar cápsulas que contienen los ácidos grasos omega-3, como suplemento para la salud humana. 3. Conserva de pescado: “Conserva alimenticia” es el resultado del proceso de manipulación de los alimentos de tal forma que sea posible preservarlos en las mejores condiciones posibles durante un largo periodo de tiempo; el objetivo final de la conserva es mantener los alimentos preservados de la acción de microorganismos capaces de modificar las condiciones sanitarias y de sabor de los alimentos. El periodo de tiempo que se mantienen los alimentos en conserva es muy superior al que tendrían si la conserva no existiese. 6. LEY GENERAL DE PESCA – DECRETO LEY N° 25977 Norma principal, que tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos, y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad.  Reglamento de la Ley General de Pesca – Decreto Supremo N° 012-2001-PE.- Regula las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, el vigente Reglamento tiene además el propósito de simplificar todas las normas y modificaciones dictadas y de incluir los mecanismos para generar estabilidad jurídica y económica que alienten a la inversión privada en el sector pesquero, compatibilizando dichas normas con los criterios de manejo responsable y aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos. El Reglamento dispone, entre otros, la aprobación de normas con la finalidad de establecer los principios, las normas y medidas regulatorias aplicables a los recursos hidrobiológicos que deban ser administrados como unidades diferenciadas, como los que se describen a continuación:  Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota - Decreto Supremo Nº 013-2001-PE.- Esta norma tiene como objetivos: El aprovechamiento racional y sostenido del calamar gigante o pota, tomando en cuenta las características biológicas y poblacionales del recurso, así como la optimización de los beneficios obtenidos por su explotación.
  • 5. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C  Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Bacalao de Profundidad – Resolución Ministerial N° 236-2001-PE.- Tiene como objetivos: Promover el desarrollo integral de la pesquería del bacalao de profundidad y garantizar el uso racional y sostenido del recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta las características biológicas, poblacionales y los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad, y contribuir en el fortalecimiento de los objetivos de la Convención de Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), adoptando medidas y normas para conservar y proteger los recursos marinos vivos antárticos.  Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza – Decreto Supremo Nº 016- 2003-PRODUCE.- Son objetivos principales del ordenamiento de merluza lograr la recuperación del recurso merluza en el mediano plazo, para el posterior aprovechamiento sostenido de este recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de la pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad. Asímismo, armonizar la participación de los diferentes agentes involucrados en la extracción y procesamiento del recurso merluza.  Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún - Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE (04.11.03).- Son objetivos del ordenamiento el aprovechamiento racional y sostenido de los stocks de atunes y especies afines tanto en aguas jurisdiccionales peruanas como en alta mar, mediante la aplicación de medidas para el ordenamiento y conservación de su pesquería. El desarrollo de la pesquería de atunes mediante la conformación de una flota atunera nacional especializada y la participación activa del Perú en los mecanismos de cooperación subregional, regional y global para la investigación, protección y manejo integral de las especies altamente migratorias.  Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa - Decreto Supremo N° 011-2007- PRODUCE.- Tiene por objetivos el promover la explotación racional de los recursos jurel y caballa, la protección del ecosistema marino y la preservación de la biodiversidad en concordancia con los principios y normas de la Ley General de Pesca y disposiciones complementarias, y también de contribuir a la diversificación y desarrollo de la pesca como fuente de alimentación, empleo y divisas. 7. ASPECTOS TRIBUTARIOS IMPUESTO A LA RENTA Las empresas pueden acogerse a tres regímenes: Régimen General, Régimen Especial, Nuevo RUS (la diferencia está en los niveles de ingresos y tamaño de la actividad. Cada una tiene distintas facilidades para el pago de impuestos. Sin embargo, la declaración del impuesto a la renta de Tercera categoría se determina al finalizar el año y el pago se efectúa dentro de los tres primeros meses del año siguiente, de acuerdo con el Cronograma de Vencimientos que aprueba la SUNAT para cada ejercicio. Régimen General: Todos los meses, desde su fecha de inicio de actividades, usted debe hacer pagos a cuenta. Existen dos sistemas para calcular sus pagos a cuenta de todo el año. Usted deberá utilizar el que le corresponda de acuerdo con lo siguiente: Si tuvo impuesto calculado en el ejercicio anterior (coeficiente) o si inicia actividades en el año (porcentaje). Tasa para la determinación del impuesto a la renta:  Los contribuyentes que perciban rentas de tercera categoría se encuentran gravados con las siguientes tasas:
  • 6. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C Base Legal: Artículo 55 de la Ley del Impuesto a la Renta. DEPRECIACIÓN: Depreciación de redes y embarcaciones pesqueras: Los bienes en el sector pesquero se deprecian conforme al Art. 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. De especial interés resultan las redes de pesca y las embarcaciones pesqueras. Artículo 22º.- DEPRECIACION Para el cálculo de la depreciación se aplicará las siguientes disposiciones: a) De conformidad con el Artículo 39º de la Ley, los edificios y construcciones sólo serán depreciados mediante el método de línea recta, a razón de 3% anual. b) Los demás bienes afectados a la producción de rentas gravadas de la tercera categoría, se depreciarán aplicando el porcentaje que resulte de la siguiente tabla: BIENES PORCENTAJE ANUAL DE DEPRECIACION HASTA UN MAXIMO DE: 1. Ganado de trabajo y reproducción; redes de pesca. 25% 2. Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles); hornos en general. 20% 3. Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción; excepto muebles, enseres y equipos de oficina. 20% 4. Equipos de procesamiento de datos. 25% 5. Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01.01.91. 10% 6. Otros bienes del activo fijo 10% La depreciación aceptada tributariamente será aquélla que se encuentre contabilizada dentro del ejercicio gravable en los libros y registros contables, siempre que no exceda el porcentaje máximo establecido en la presente tabla para cada unidad del activo fijo, sin tener en cuenta el método de depreciación aplicado por el contribuyente. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS El IGV o Impuesto General a las Ventas es un impuesto que grava todas las fases del ciclo de producción y distribución, está orientado a ser asumido por el consumidor final, encontrándose normalmente en el precio de compra de los productos que adquiere. Tasa: Se aplica una tasa de 16% en las operaciones gravadas con el IGV. A esa tasa se añade la tasa de 2% del Impuesto de Promoción Municipal (IPM).(*) De tal modo a cada operación gravada se le aplica un total de 18%: IGV + IPM. Por otro lado tenemos lo siguiente: EJERCICIO TASA APLICABLE · Hasta el 2014 · 30% · 2015-2016 · 28% · 2017 en adelante · 29.5%
  • 7. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C OPERACIONES GRAVADAS IGV VENTA DE BIENES MUEBLES EN EL PAIS a) Todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, tales como compraventa, permuta, dación en pago, expropiación, adjudicación por remate. b) El retiro de bienes, son los autoconsumos realizados por el contribuyente fuera de sus actividades empresariales, es decir que no son necesarios para realizar sus actividades gravadas. PRESTACIÓN O UTILIZACIÓN DE SERVICIOS EN L PAIS a) toda prestación de servicios que una persona realiza para otra y por la cual percibe un ingreso que se considere renta de tercera categoría para los efectos del impuesto a la renta, aun cuando no esté afecto a este último impuesto. Entiéndase que el servicio es prestado en el país cuando el sujeto que lo presta se encuentra domiciliado en el área efecto del impuesto a la renta, sea cual fuere el lugar de celebración del contrato o del pago de la retribución. LOS CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN a) Los contratos deconstrucción que se ejecuten en e territorio nacional, cualquiera sea su denominación, sujeto que lo realice, lugar de celebración de contrato o de percepción de los ingresos. PRIMERA VENTA DE INMUEBLES QUE REALICEN LOS CONSTRUCTORES a) Se encuentra gravada la primera venta de inmuebles ubicados en el territorio nacional que realicen los constructores de los mismos así como la posterior venta del inmueble que realicen las empresas vinculadas con el constructor cuando el inmueble haya sido adquirido directamente de éste o de otras empresas vinculadas económicamente con el mismo, salvo cuando se demuestre que la venta se efectuó a valor de mercado o a valor de tasación, el que resulte mayor. LA IMPORTACIÓN DE BIENES a) La importación de bienes se encuentra gravada cualquiera sea el sujeto que la realice (no se requiere habitualidad). Tratándose del caso de bienes intangibles provenientes del exterior, el impuesto se aplicará de acuerdo a las reglas de utilización de servicios en el país. En caso que la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS hubiere efectuado la liquidación y el cobro del impuesto, éste se considerará como anticipo del impuesto que en definitiva corresponda. Las empresas pesqueras, si la SUNAT los designa se convierten en Agentes de SPOT Del crédito fiscal: Cuando el sujeto no pueda determinar las adquisiciones que han sido destinadas a realizar operaciones gravadas o no con el impuesto, el crédito fiscal se calculara proporcionalmente con el siguiente procedimiento: 1. Se determinara el monto de las operaciones gravadas con el impuesto así como las exportaciones de los últimos doce meses, incluyendo al mes al que corresponda el crédito. 2. Se determinara el total de las operaciones del mismo periodo, considerando a las gravadas y a las no gravadas, incluyendo a las exportaciones. 3. El monto obtenido en el primer enunciado se dividirá entre el obtenido en el segundo y el resultado se multiplicara por cien. El porcentaje resultante se expresara hasta con dos decimales. 4. Este porcentaje se aplicara sobre el monto del impuesto que haya gravado la adquisición de bienes, servicios, contratos de construcción e importaciones que otorgan derecho a crédito fiscal, resultando así el crédito fiscal del mes. La proporción se aplicara siempre en un periodo de 12 meses incluyendo el mes al que corresponde el crédito fiscal, el contribuyente haya realizado operaciones gravadas y no gravadas cuando menos una vez en el periodo mencionado. Devolución: Los exportadores tienen derecho a solicitar la devolución del IGV que haya gravado la adquisición de bines o servicios empleados como insumos de los bienes exportados. Presentar en medios magnéticos la siguiente información:
  • 8. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS CONTABILIDAD DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES SEMESTRE VII – GRUPO C 1. Relación detallada de los comprobantes de pago que respalden las adquisiciones efectuadas, así como de las notas de debito y crédito respectivas y de las declaraciones de importación correspondientes al periodo por el que se comunica la compensación. 2. En el caso de exportadores de bienes, relación detallada de las declaraciones de exportación y de las notas de debito y crédito que sustenten las exportaciones realizadas en el periodo por el que se comunica la compensación Adicionalmente se requerirá la presentación de:  Los documentos de atribución, tratándose de exportaciones realizadas a través del operador de las sociedades irregulares, comunidad de bienes, joint venture, consorcios y demás contratos de colaboración empresarial que no lleven contabilidad en forma independiente.  Copia simple de la declaración – pago donde conste el saldo a favor  En la declaración donde se efectué la compensación se consignara el monto a compensar en la casilla correspondiente. EL IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS - ITAN El Impuesto Temporal a los Activos Netos - ITAN, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos como manifestación de capacidad contributiva. Puede utilizarse como crédito contra los pagos a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta.  Sujetos Obligados – ITAN: Son los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre de 2015 supere un millón de Nuevos Soles (S/. 1 000,000) que estén comprendidos en el Régimen General del Impuesto a la Renta, siempre que hayan iniciado operaciones antes del 1 de enero del año 2016. La obligación incluye a los que se encuentran en Régimen de Amazonía, Régimen Agrario, los establecidos en Zona de Frontera, entre otros. Están obligados también, las sucursales, agencias y demás establecimientos permanentes de empresas no domiciliadas.  Cálculo del Impuesto – ITAN: De acuerdo con lo establecido por el artículo 4 de la Ley 28424, la base imponible del impuesto está constituida por el valor de los activos netos consignados en el balance general ajustado según el Decreto Legislativo N° 797, cuando corresponda efectuar dicho ajuste, cerrado al 31 de diciembre del ejercicio anterior al que corresponda el pago, deducidas las depreciaciones y amortizaciones admitidas por la Ley del Impuesto a la Renta. En virtud del Decreto Legislativo N° 976, a partir del 01.01.2009 la alícuota del ITAN es de 0.4%, que se calcula sobre la base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda S/.1´000,000, (un millón de Nuevos Soles) según el balance cerrado al 31 de diciembre del ejercicio gravable inmediato anterior: De tal modo: Alícuota: 0% hasta S/. 1,000,000 Alícuota: 0.4% por el exceso de S/. 1,000,000 Para el ejercicio 2016 el ITAN se determina aplicando la tasa del 0.4% sobre la base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda de un millón de Nuevos Soles, según balance cerrado al 31.12.2015. Base Legal: Artículo 6 de la Ley 28424