SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 7
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
“JUAN MISAEL SARACHO”
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES
Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia
Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo
PROYECTO DE DOCENTE DE PLANTA
UAJMS
TARIJA, MAYO DEL 2011
JUSTIFICACIÓN:
El presente proyecto tiene como objeto establecer los mecanismos y
procedimientos para el reconocimiento de los profesionales que tiene la
tipología de docentes interinos (extraordinarios) como docentes de planta,
brindándoles la condición de trabajadores académicos permanentes de la
Universidad; esto con la finalidad de cumplir a cabalidad los principios y
normas que regulan la relación laboral entre docentes y la Institución
asimismo evitar los posibles daños y perjuicios a nuestra casa de estudios
superiores por la vulneración de los derechos de sus trabajadores.
REQUISITOS:
1. SER DOCENTE INTERINO DE JUAN MISAEL SARACHO EN CUALQUIER RÉGIMEN
DE DEDICACIÓN Y HABERSE DESEMPEÑADO EN GESTIONES ANTERIORES COMO
DOCENTE INTERINO AL MENOS POR DOS CONTRATACIONES SUCESIVAS EN EL
SISTEMA ANUAL, O SU EQUIVALENTE A UNA DESIGNACIÓN DE CUATRO
GESTIONES SEMESTRALES CONSECUTIVAS.
2. HABER INGRESADO A LA CÁTEDRA POR CONCURSO DE MÉRITOS.
3. NO PRESENTAR INCOMPATIBILIDADES CON EL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN QUE
DETENTA ACTUALMENTE (SEMESTRE I/2011).
4. APROBAR LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO CON FINES DE
RETROALIMENTACIÓN DEL PEA, ESTABLECIDA POR RR N° 689/11, DE LA
ÚLTIMA GESTIÓN DICTADA POR EL DOCENTE; MISMA QUE SE LLEVARÁ A CABO
EN EL PRIMER SEMESTRE DEL PRESENTE AÑO.
5. APLICABLE A DOCENTES TITULARES CON DEDICACIONES EN TITULARIDAD A
MEDIO TIEMPO O DEDICACIÓN PARCIAL, QUE TUVIERAN ASIGNACIONES
ADICIONALES EN CONDICIÓN DE INTERINATO POR CONTRATACIONES
SUCESIVAS.
6. APLICABLE A DOCENTES INTERINOS QUE POR CONTRATACIONES SUCESIVAS,
DESEMPEÑARON FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN, GESTIÓN Y
ADMINISTRACIÓN UNIVERSITARIA.
BENEFICIOS:
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
“JUAN MISAEL SARACHO”
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES
Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia
Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo
1. RECONOCIMIENTO COMO DOCENTE DE PLANTA DE LA UAJMS, EL CUAL SIN
LLEGAR A SER DOCENTE TITULAR, CUENTA CON DESIGNACIÓN EN CALIDAD DE
FUNCIONARIO PERMANENTE DE LA UNIVERSIDAD, LOS 12 MESES DEL AÑO Y
CON DERECHO A TODOS LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS POR LEY.
2. EL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN RECONOCIDO POR LA DISPOSICIÓN ANTERIOR,
SERÁ EL QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL ESTATUTO ORGÁNICO DE LA
UAJMS, RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DOCENTE, Y LA RR N° 644/08, Y LOS
LINEAMIENTOS DE DESIGNACIÓN DOCENTE PARA LA GESTIÓN 2011, DE
ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE:
a. CARGA 6 HS./SEM O MENOR => DOCENTE A DEDICACIÓN PARCIAL, CON
UN RECONOCIMIENTO SIMILAR A LAS HORAS DICTADAS.
b. 7 – 14 HS./SEM => DOCENTE A MEDIO TIEMPO, CON UN
RECONOCIMIENTO MÍNIMO DE 9 Y MÁXIMO DE 12 HS./SEM (SEGÚN
CORRESPONDA).
c. 15 – 18 HS./SEM => DOCENTE A TIEMPO COMPLETO CON UN
RECONOCIMIENTO DE 18 HS./SEM.
3. DETENTARÁN EL PUNTAJE DOCENTE PREVISTO EN LA ESCALA SALARIAL
EQUIVALENE A LA CATEGORÍA A1, NO PUDIENDO ASCENDER SIN HABER
ACCEDIDO PREVIAMENTE A LA TITULARIDAD. LOS DOCENTES QUE YA
DETENTAN TITULARIDAD A MEDIO TIEMPO O DEDICACIÓN PARCIAL,
MANTENDRÁN SU RESPECTIVA CATEGORÍA.
4. PODRÁN ASPIRAR A LA CONDICIÓN DE DOCENTES ORDINARIOS (TITULARES),
POSTULANDO Y GANANDO LA PRUEBA DE ADMISIÓN (CONCURSO DE MÉRITOS
Y EXÁMEN DE COMPETENCIA, SUFICIENCIA U OPOSICIÓN), EN EL MARCO DEL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DOCENTE.
5. DEBERÁN SOMETERSE A EVALUACIONES DE DESEMPEÑO ANUALES EN EL
MARCO DE LO ESTABLECIDO EN EL ART. 252° DEL ESTATUTO ORGÁNICO, CON
FINES DE MEJORAMIENTO DEL PEA Y CADA DOS AÑOS CON FINES DE
PERMANENCIA COMO DOCENTES DE PLANTA O REMOCIÓN.
6. PODRÁN CONCURSAR EN INTERINATO A UNA MAYOR CARGA HORARIA EN
FUTURAS CONVOCATORIAS DE ADMISIÓN DOCENTE.
MARCO LEGAL:
1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO.
2. LEY GENERAL DEL TRABAJO Y DISPOSICIONES
REGLAMENTARIAS.
3. ESTATUTO ORGÁNICO DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA
4. ESTATUTO ORGÁNICO DE LA UAJMS Y RÉGIMEN DOCENTE.
5. AUTO SUPREMO 329 SALA SOCIAL Y ADM
6. AUTO SUPREMO 828 SALA SOCIAL Y ADM
7. DL.16187
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
“JUAN MISAEL SARACHO”
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES
Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia
Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo
8. SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771
9. SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1334
(Ver detalle adjunto… ANEXOS)
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
“JUAN MISAEL SARACHO”
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES
Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia
Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo
ANEXOS
1.Ley General del Trabajo
Art. 6.- El contrato de trabajo puede celebrarse verbalmente o por escrito, y su existencia se acreditará por
todos los medios legales de prueba. Constituye la Ley de las partes, siempre que haya sido legalmente
constituido, y, a falta de estipulaciones expresas, será interpretado por los usos y costumbres de la localidad.
2.Decreto Supremo 28699
ARTICULO 4. (PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL).-
I. Se ratifica la vigencia plena de los principios del Derecho Laboral:
a) Principio Protector, en el que el Estado tiene la obligación de proteger al trabajador asalariado, entendido en
base a las siguientes reglas:
- in dubio pro operario, en caso de existir duda sobre la interpretación de una norma, se debe preferir aquella
interpretación más favorable al trabajador.
- de la condición más beneficiosa, en caso de existir una situación concreta anteriormente reconocida ésta debe
ser respetada, en la medida que sea más favorable al trabajador, ante la nueva norma que se ha de aplicar.
b) Principio de la Continuidad de la Relación Laboral, donde a la relación laboral se le atribuye la más
larga duración imponiéndose al fraude, la variación, la infracción, la arbitrariedad, la interrupción y la
sustitución del empleador.
c) Principio Intervencionista, en la que el Estado, a través de los órganos y tribunales especiales y competentes
ejerce tuición en el cumplimiento de los derechos sociales de los trabajadores y empleadores.
d) Principio de la Primacía de la Realidad, donde prevalece la veracidad de los hechos a lo determinado por
acuerdo de partes.
e) Principio de No Discriminación, es la exclusión de diferenciaciones que colocan a un trabajador en una
situación inferior o mas desfavorable respecto a otros' trabajadores, con los que mantenga responsabilidades o
labores similares.
II. La presente enumeración de los principios laborales no son excluyentes con principios establecidos
anteladamente, ni con las que pudieran incorporarse con posterioridad.
ARTICULO 11. (ESTABILIDAD LABORAL).-
I. Se reconoce la estabilidad laboral a favor de todos los trabajadores asalariados de acuerdo a la
naturaleza de la relación laboral, en los marcos señalados por (a Ley General del Trabajo y sus
disposiciones reglamentarias.
II. Mediante Decreto Supremo, el Poder Ejecutivo reglamentará la forma y alcances de la Estabilidad
Laboral.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
“JUAN MISAEL SARACHO”
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES
Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia
Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo
3.Constitución Política del Estado
Artículo 48. I. Las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio.
II. Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las
trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la
relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a
favor de la trabajadora y del trabajador.
III. Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden
renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.
4.Resolución Ministerial Nº. 193/72
RESUELVE:
Primero.- Los contratos de trabajo pactados sucesivamente por un lapso menor a un término de prueba o
por plazas fijas que sean renovados periódicamente, adquirirán la calidad de contratos a plazo fijo
indefinido a partir de la segunda contratación y siempre que se trate de realización de labores propias del
giro de la empresa.
5.- Estatuto Orgánico De La Universidad Boliviana,
Régimen Académico Docente:
Art. 6º.- En la docencia universitaria, se reconocen las siguientes categorías:
a) Docentes Honoríficos
b) Docentes Extraordinarios
c) Docentes Ordinarios.
Art. 11º.- Los Docentes Extraordinarios son aquellos profesionales nombrados por la instancia
universitaria correspondiente, para colaborar con la docencia y la investigación por un periodo de
tiempo definido, ellos son:
a).- Docentes Interinos
b).- Docentes Invitados
Art. 12º.- El docente interino es aquel que es llamado a colaborar en la docencia previo concurso de
méritos para un periodo académico, pasado el cual quedará automáticamente cesante.
6.- Estatuto Orgánico De La Universidad Autónoma
“Juan Misael Saracho”
Artículo 3°. La Misión de la UAJMS es:
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
“JUAN MISAEL SARACHO”
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES
Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia
Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo
• Formar profesionales integrales, con valores éticos y morales; creativos e innovadores; con pensamiento
crítico y reflexivo; solidarios y con responsabilidad social; capaces de generar y adecuar conocimiento
relevante e interactuar con éxito en escenarios dinámicos, bajo enfoques multidisciplinarios con el fin de
contribuir al desarrollo humano sostenible de la sociedad y de la región mediante la investigación
científico-tecnológica y la extensión universitaria, vinculadas a las demandas y expectativas del entorno
social.
• Estar al servicio del estudiante y de la sociedad, vinculada con las instituciones públicas y privadas; sin
discriminación alguna de raza, edad, sexo, idioma, religión o de consideraciones económicas, culturales y
sociales, ni de incapacidades físicas.
• Orientar su accionar en un proceso de educación continua, abierta y permanente, acorde con el avance
científico-tecnológico y criterios de calidad, pertinencia e internacionalización y en un marco de mutua
cooperación.
• Constituirse en un referente de universidad regional, a nivel latinoamericano, que desarrolla procesos de
transformación y modernización en el marco de la “Declaración Mundial sobre la Educación Superior en
el Siglo XXI”.
Artículo 4°. La Visión de la UAJMS proclama:
• La Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho” es una Institución Pública de Educación Superior, con
un Cogobierno Docente-Estudiantil, con participación ciudadana, democrática, descentralizada y eficiente,
que en el marco de su autonomía responsable, promueve el liderazgo de sus integrantes para contribuir al
logro de un desarrollo humano sostenible. Sus estructuras académica y administrativa, dinámicas y
flexibles, favorecen un clima organizacional que alienta el aprendizaje permanente y con una fuerte
vinculación con el entorno.
• Forma profesionales con valores cívicos, éticos, morales y conciencia social; críticos y reflexivos;
creativos, innovadores y emprendedores; capaces de actuar como agentes exitosos de cambio. En la
concepción de un currículo flexible, con programas académicos actualizados y pertinentes con las
demandas del entorno social, incorpora alternativas de educación continua y a distancia y se aplican
métodos didáctico – pedagógicos modernos centrados en el estudiante. El proceso de profesionalización
tiene valores crecientes de eficiencia académica.
• La institución promueve e incentiva la formación y capacitación permanente de los profesionales
mediante diferentes alternativas de posgrado y educación continua.
• Posee un Sistema Universitario de Ciencia y Tecnología integrado al ámbito nacional y con vinculación
internacional. Desarrolla fundamentalmente una investigación aplicada; relevante en áreas prioritarias y
estratégicas, basada en la adecuación, generación e innovación de nuevos conocimientos para satisfacer las
demandas regionales y aportar al progreso científico y tecnológico del país.
• Desarrolla una extensión universitaria sustentada en las actividades integradas de docencia e
investigación, cuyo fin es el de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población, preservar
el medio ambiente y fortalecer la identidad cultural. La institución promueve, incentiva y difunde la
actividad académica, científica y cultural en estrecha vinculación con las instituciones públicas y privadas.
• Dispone de un Claustro Académico con formación de Posgrado que ejerce la labor de facilitador del
aprendizaje estudiantil. Su trabajo es apoyado por personal administrativo calificado y comprometido con
la misión institucional.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
“JUAN MISAEL SARACHO”
FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES
Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia
Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo
• Sus estudiantes, imbuidos de un espíritu de superación y vocación de servicio a la sociedad, ingresan a
la institución a través de diversas vías de acceso basadas en los principios del mérito y la equidad social, la
capacidad, el esfuerzo, la perseverancia y determinación de los mismos, sin discriminación alguna.
• La institución brinda servicios sustentables que garantizan un bienestar integral de los estudiantes en
aras de su profesionalización. Dispone de facilidades, oportunidades e incentivos para todos aquellos
estudiantes que acreditan un meritorio rendimiento.
• La infraestructura física, disponible en materia de edificaciones, laboratorios y equipamiento, es la
requerida para el cumplimiento eficaz de las diferentes funciones y servicios que desarrolla la institución.
• Dispone de recursos económicos y financieros necesarios y suficientes para garantizar su adecuado
funcionamiento. Dichos recursos, por mandato constitucional, provienen del Estado; otros, del gobierno
local y de organismos regionales, nacionales e internacionales y con recursos propios y crecientes,
generados por la institución.
• Cuenta con relaciones interuniversitarias e interinstitucionales de intercambio y cooperación mutua,
relevantes en el ámbito regional, nacional e internacional.
Artículo 228°. Es docente universitario aquel profesional que, designado en sujeción al Reglamento de
Admisión Docente vigente, está dedicado a tareas de docencia, investigación, extensión, superación y/o
producción en el marco de la visión, misión, principios y valores institucionales, proclamados en el
presente Estatuto Orgánico.
Artículo 229°. Los docentes son miembros de la Universidad, pertenecen administrativamente a un
Departamento o Instituto Universitario pudiendo, además, realizar sus actividades en otros Departamentos
y/o Unidades Académicas que así lo requieran.
Artículo 230°. De la tipología docente.
En la UAJMS se reconocen los siguientes tipos de docentes:
1. Docentes honoríficos.
2. Docentes titulares.
3. Docentes extraordinarios.
La aplicación de esta tipología y sus implicaciones laborales se establecen en el Régimen Docente de la
Universidad.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)
UNAM
 

La actualidad más candente (11)

aspectos legales que benefician al trabajador
aspectos legales que benefician al trabajadoraspectos legales que benefician al trabajador
aspectos legales que benefician al trabajador
 
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)
 
Presentacion reforma laboral senadores
Presentacion reforma laboral senadoresPresentacion reforma laboral senadores
Presentacion reforma laboral senadores
 
Fundamentos del proceso laboral 06-06-12
Fundamentos del proceso laboral   06-06-12Fundamentos del proceso laboral   06-06-12
Fundamentos del proceso laboral 06-06-12
 
Avances Normativa Laboral día 09-06-2015
Avances Normativa Laboral día 09-06-2015Avances Normativa Laboral día 09-06-2015
Avances Normativa Laboral día 09-06-2015
 
Descargar circular licencia no remunerada
Descargar circular licencia no remuneradaDescargar circular licencia no remunerada
Descargar circular licencia no remunerada
 
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIALRÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
 
Ensayolopcymat
EnsayolopcymatEnsayolopcymat
Ensayolopcymat
 
ministerio de trabajo (faltas y sanciones)
 ministerio de trabajo (faltas y sanciones) ministerio de trabajo (faltas y sanciones)
ministerio de trabajo (faltas y sanciones)
 
Accion de amparo
Accion de amparoAccion de amparo
Accion de amparo
 
Ensayolopcymat
EnsayolopcymatEnsayolopcymat
Ensayolopcymat
 

Similar a Proyecto de docente de planta FUD TARIJA

ESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdf
ESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdfESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdf
ESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdf
AdonyLuna1
 
Estatuto del docente hondureño
Estatuto del docente hondureñoEstatuto del docente hondureño
Estatuto del docente hondureño
Dan G Brand
 

Similar a Proyecto de docente de planta FUD TARIJA (20)

Diapo reglamento
Diapo reglamentoDiapo reglamento
Diapo reglamento
 
Diapo reglamento
Diapo reglamentoDiapo reglamento
Diapo reglamento
 
Diapo reglamento
Diapo reglamentoDiapo reglamento
Diapo reglamento
 
Presentacion isbm
Presentacion isbmPresentacion isbm
Presentacion isbm
 
ESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdf
ESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdfESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdf
ESTATUTO DEL DOCENTE 2022 (02).pdf
 
1 upc
1 upc1 upc
1 upc
 
1 upc
1 upc1 upc
1 upc
 
instituciones administrativas del trabajo en venezuela
instituciones administrativas del trabajo en venezuelainstituciones administrativas del trabajo en venezuela
instituciones administrativas del trabajo en venezuela
 
Maestria Regional en Derecho Laboral y de la Seguridad Social
Maestria Regional en Derecho Laboral y de la Seguridad Social  Maestria Regional en Derecho Laboral y de la Seguridad Social
Maestria Regional en Derecho Laboral y de la Seguridad Social
 
Estatuto del docente hondureño
Estatuto del docente hondureñoEstatuto del docente hondureño
Estatuto del docente hondureño
 
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigosExposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
 
Manual de convivencia 20dic2010
Manual de convivencia 20dic2010Manual de convivencia 20dic2010
Manual de convivencia 20dic2010
 
CÁTEDRA UPECISTA GRUPO: 10
CÁTEDRA UPECISTA   GRUPO: 10CÁTEDRA UPECISTA   GRUPO: 10
CÁTEDRA UPECISTA GRUPO: 10
 
Universidad popular del cesar
Universidad popular del cesarUniversidad popular del cesar
Universidad popular del cesar
 
Presentación de Reforma Laboral aprobada el 08 de Noviembre de 2012.
Presentación de Reforma Laboral aprobada el 08 de Noviembre de 2012.Presentación de Reforma Laboral aprobada el 08 de Noviembre de 2012.
Presentación de Reforma Laboral aprobada el 08 de Noviembre de 2012.
 
REGLAMENTO ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
REGLAMENTO ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESARREGLAMENTO ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
REGLAMENTO ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
 
Titulo VIII de las instituciones para la protección y la garantía de los dere...
Titulo VIII de las instituciones para la protección y la garantía de los dere...Titulo VIII de las instituciones para la protección y la garantía de los dere...
Titulo VIII de las instituciones para la protección y la garantía de los dere...
 
Normativa Legal Docente
Normativa Legal DocenteNormativa Legal Docente
Normativa Legal Docente
 
Legislacion laboral semana 2
Legislacion laboral semana 2Legislacion laboral semana 2
Legislacion laboral semana 2
 
Reglamento Estudiantil UPC
Reglamento Estudiantil UPCReglamento Estudiantil UPC
Reglamento Estudiantil UPC
 

Último

ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...
ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...
ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...
MarcoAntonioAmayaSag
 
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menoresFICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
Santosprez2
 

Último (20)

Sesión de clase Motivados por la esperanza.pdf
Sesión de clase Motivados por la esperanza.pdfSesión de clase Motivados por la esperanza.pdf
Sesión de clase Motivados por la esperanza.pdf
 
a propósito del estado su relevancia y definiciones
a propósito del estado su relevancia y definicionesa propósito del estado su relevancia y definiciones
a propósito del estado su relevancia y definiciones
 
Tema 9. Roma. 1º ESO 2014. Ciencias SOciales
Tema 9. Roma. 1º ESO 2014. Ciencias SOcialesTema 9. Roma. 1º ESO 2014. Ciencias SOciales
Tema 9. Roma. 1º ESO 2014. Ciencias SOciales
 
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
 
¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx
¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx
¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx
 
Botiquin del amor - Plantillas digitales.pdf
Botiquin del amor - Plantillas digitales.pdfBotiquin del amor - Plantillas digitales.pdf
Botiquin del amor - Plantillas digitales.pdf
 
ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...
ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...
ACTIVIDAD 19 Construyo mi identidad personal y familiar para fortalecer los v...
 
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
 
Los caminos del saber matematicas 7°.pdf
Los caminos del saber matematicas 7°.pdfLos caminos del saber matematicas 7°.pdf
Los caminos del saber matematicas 7°.pdf
 
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docxMINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
 
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertitzacióRealitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
 
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 gradoEL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
 
novelas-cortas--3.pdf Analisis introspectivo y retrospectivo, sintesis
novelas-cortas--3.pdf Analisis introspectivo y retrospectivo, sintesisnovelas-cortas--3.pdf Analisis introspectivo y retrospectivo, sintesis
novelas-cortas--3.pdf Analisis introspectivo y retrospectivo, sintesis
 
GOBIERNO DE MANUEL ODRIA EL OCHENIO.pptx
GOBIERNO DE MANUEL ODRIA   EL OCHENIO.pptxGOBIERNO DE MANUEL ODRIA   EL OCHENIO.pptx
GOBIERNO DE MANUEL ODRIA EL OCHENIO.pptx
 
tema 6 2eso 2024. Ciencias Sociales. El final de la Edad Media en la Penínsul...
tema 6 2eso 2024. Ciencias Sociales. El final de la Edad Media en la Penínsul...tema 6 2eso 2024. Ciencias Sociales. El final de la Edad Media en la Penínsul...
tema 6 2eso 2024. Ciencias Sociales. El final de la Edad Media en la Penínsul...
 
Power Point : Motivados por la esperanza
Power Point : Motivados por la esperanzaPower Point : Motivados por la esperanza
Power Point : Motivados por la esperanza
 
4ª SESION la misión santificadora del Espíritu Santo en la vida de la Iglesi...
4ª SESION  la misión santificadora del Espíritu Santo en la vida de la Iglesi...4ª SESION  la misión santificadora del Espíritu Santo en la vida de la Iglesi...
4ª SESION la misión santificadora del Espíritu Santo en la vida de la Iglesi...
 
La historia de la vida estudiantil a 102 años de la fundación de las Normales...
La historia de la vida estudiantil a 102 años de la fundación de las Normales...La historia de la vida estudiantil a 102 años de la fundación de las Normales...
La historia de la vida estudiantil a 102 años de la fundación de las Normales...
 
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menoresFICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
 
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemasciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
 

Proyecto de docente de planta FUD TARIJA

  • 1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo PROYECTO DE DOCENTE DE PLANTA UAJMS TARIJA, MAYO DEL 2011 JUSTIFICACIÓN: El presente proyecto tiene como objeto establecer los mecanismos y procedimientos para el reconocimiento de los profesionales que tiene la tipología de docentes interinos (extraordinarios) como docentes de planta, brindándoles la condición de trabajadores académicos permanentes de la Universidad; esto con la finalidad de cumplir a cabalidad los principios y normas que regulan la relación laboral entre docentes y la Institución asimismo evitar los posibles daños y perjuicios a nuestra casa de estudios superiores por la vulneración de los derechos de sus trabajadores. REQUISITOS: 1. SER DOCENTE INTERINO DE JUAN MISAEL SARACHO EN CUALQUIER RÉGIMEN DE DEDICACIÓN Y HABERSE DESEMPEÑADO EN GESTIONES ANTERIORES COMO DOCENTE INTERINO AL MENOS POR DOS CONTRATACIONES SUCESIVAS EN EL SISTEMA ANUAL, O SU EQUIVALENTE A UNA DESIGNACIÓN DE CUATRO GESTIONES SEMESTRALES CONSECUTIVAS. 2. HABER INGRESADO A LA CÁTEDRA POR CONCURSO DE MÉRITOS. 3. NO PRESENTAR INCOMPATIBILIDADES CON EL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN QUE DETENTA ACTUALMENTE (SEMESTRE I/2011). 4. APROBAR LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO CON FINES DE RETROALIMENTACIÓN DEL PEA, ESTABLECIDA POR RR N° 689/11, DE LA ÚLTIMA GESTIÓN DICTADA POR EL DOCENTE; MISMA QUE SE LLEVARÁ A CABO EN EL PRIMER SEMESTRE DEL PRESENTE AÑO. 5. APLICABLE A DOCENTES TITULARES CON DEDICACIONES EN TITULARIDAD A MEDIO TIEMPO O DEDICACIÓN PARCIAL, QUE TUVIERAN ASIGNACIONES ADICIONALES EN CONDICIÓN DE INTERINATO POR CONTRATACIONES SUCESIVAS. 6. APLICABLE A DOCENTES INTERINOS QUE POR CONTRATACIONES SUCESIVAS, DESEMPEÑARON FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN, GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN UNIVERSITARIA. BENEFICIOS:
  • 2. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo 1. RECONOCIMIENTO COMO DOCENTE DE PLANTA DE LA UAJMS, EL CUAL SIN LLEGAR A SER DOCENTE TITULAR, CUENTA CON DESIGNACIÓN EN CALIDAD DE FUNCIONARIO PERMANENTE DE LA UNIVERSIDAD, LOS 12 MESES DEL AÑO Y CON DERECHO A TODOS LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS POR LEY. 2. EL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN RECONOCIDO POR LA DISPOSICIÓN ANTERIOR, SERÁ EL QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL ESTATUTO ORGÁNICO DE LA UAJMS, RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DOCENTE, Y LA RR N° 644/08, Y LOS LINEAMIENTOS DE DESIGNACIÓN DOCENTE PARA LA GESTIÓN 2011, DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE: a. CARGA 6 HS./SEM O MENOR => DOCENTE A DEDICACIÓN PARCIAL, CON UN RECONOCIMIENTO SIMILAR A LAS HORAS DICTADAS. b. 7 – 14 HS./SEM => DOCENTE A MEDIO TIEMPO, CON UN RECONOCIMIENTO MÍNIMO DE 9 Y MÁXIMO DE 12 HS./SEM (SEGÚN CORRESPONDA). c. 15 – 18 HS./SEM => DOCENTE A TIEMPO COMPLETO CON UN RECONOCIMIENTO DE 18 HS./SEM. 3. DETENTARÁN EL PUNTAJE DOCENTE PREVISTO EN LA ESCALA SALARIAL EQUIVALENE A LA CATEGORÍA A1, NO PUDIENDO ASCENDER SIN HABER ACCEDIDO PREVIAMENTE A LA TITULARIDAD. LOS DOCENTES QUE YA DETENTAN TITULARIDAD A MEDIO TIEMPO O DEDICACIÓN PARCIAL, MANTENDRÁN SU RESPECTIVA CATEGORÍA. 4. PODRÁN ASPIRAR A LA CONDICIÓN DE DOCENTES ORDINARIOS (TITULARES), POSTULANDO Y GANANDO LA PRUEBA DE ADMISIÓN (CONCURSO DE MÉRITOS Y EXÁMEN DE COMPETENCIA, SUFICIENCIA U OPOSICIÓN), EN EL MARCO DEL REGLAMENTO DE ADMISIÓN DOCENTE. 5. DEBERÁN SOMETERSE A EVALUACIONES DE DESEMPEÑO ANUALES EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN EL ART. 252° DEL ESTATUTO ORGÁNICO, CON FINES DE MEJORAMIENTO DEL PEA Y CADA DOS AÑOS CON FINES DE PERMANENCIA COMO DOCENTES DE PLANTA O REMOCIÓN. 6. PODRÁN CONCURSAR EN INTERINATO A UNA MAYOR CARGA HORARIA EN FUTURAS CONVOCATORIAS DE ADMISIÓN DOCENTE. MARCO LEGAL: 1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO. 2. LEY GENERAL DEL TRABAJO Y DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS. 3. ESTATUTO ORGÁNICO DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA 4. ESTATUTO ORGÁNICO DE LA UAJMS Y RÉGIMEN DOCENTE. 5. AUTO SUPREMO 329 SALA SOCIAL Y ADM 6. AUTO SUPREMO 828 SALA SOCIAL Y ADM 7. DL.16187
  • 3. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo 8. SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771 9. SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1334 (Ver detalle adjunto… ANEXOS)
  • 4. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo ANEXOS 1.Ley General del Trabajo Art. 6.- El contrato de trabajo puede celebrarse verbalmente o por escrito, y su existencia se acreditará por todos los medios legales de prueba. Constituye la Ley de las partes, siempre que haya sido legalmente constituido, y, a falta de estipulaciones expresas, será interpretado por los usos y costumbres de la localidad. 2.Decreto Supremo 28699 ARTICULO 4. (PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL).- I. Se ratifica la vigencia plena de los principios del Derecho Laboral: a) Principio Protector, en el que el Estado tiene la obligación de proteger al trabajador asalariado, entendido en base a las siguientes reglas: - in dubio pro operario, en caso de existir duda sobre la interpretación de una norma, se debe preferir aquella interpretación más favorable al trabajador. - de la condición más beneficiosa, en caso de existir una situación concreta anteriormente reconocida ésta debe ser respetada, en la medida que sea más favorable al trabajador, ante la nueva norma que se ha de aplicar. b) Principio de la Continuidad de la Relación Laboral, donde a la relación laboral se le atribuye la más larga duración imponiéndose al fraude, la variación, la infracción, la arbitrariedad, la interrupción y la sustitución del empleador. c) Principio Intervencionista, en la que el Estado, a través de los órganos y tribunales especiales y competentes ejerce tuición en el cumplimiento de los derechos sociales de los trabajadores y empleadores. d) Principio de la Primacía de la Realidad, donde prevalece la veracidad de los hechos a lo determinado por acuerdo de partes. e) Principio de No Discriminación, es la exclusión de diferenciaciones que colocan a un trabajador en una situación inferior o mas desfavorable respecto a otros' trabajadores, con los que mantenga responsabilidades o labores similares. II. La presente enumeración de los principios laborales no son excluyentes con principios establecidos anteladamente, ni con las que pudieran incorporarse con posterioridad. ARTICULO 11. (ESTABILIDAD LABORAL).- I. Se reconoce la estabilidad laboral a favor de todos los trabajadores asalariados de acuerdo a la naturaleza de la relación laboral, en los marcos señalados por (a Ley General del Trabajo y sus disposiciones reglamentarias. II. Mediante Decreto Supremo, el Poder Ejecutivo reglamentará la forma y alcances de la Estabilidad Laboral.
  • 5. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo 3.Constitución Política del Estado Artículo 48. I. Las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio. II. Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador. III. Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos. 4.Resolución Ministerial Nº. 193/72 RESUELVE: Primero.- Los contratos de trabajo pactados sucesivamente por un lapso menor a un término de prueba o por plazas fijas que sean renovados periódicamente, adquirirán la calidad de contratos a plazo fijo indefinido a partir de la segunda contratación y siempre que se trate de realización de labores propias del giro de la empresa. 5.- Estatuto Orgánico De La Universidad Boliviana, Régimen Académico Docente: Art. 6º.- En la docencia universitaria, se reconocen las siguientes categorías: a) Docentes Honoríficos b) Docentes Extraordinarios c) Docentes Ordinarios. Art. 11º.- Los Docentes Extraordinarios son aquellos profesionales nombrados por la instancia universitaria correspondiente, para colaborar con la docencia y la investigación por un periodo de tiempo definido, ellos son: a).- Docentes Interinos b).- Docentes Invitados Art. 12º.- El docente interino es aquel que es llamado a colaborar en la docencia previo concurso de méritos para un periodo académico, pasado el cual quedará automáticamente cesante. 6.- Estatuto Orgánico De La Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho” Artículo 3°. La Misión de la UAJMS es:
  • 6. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo • Formar profesionales integrales, con valores éticos y morales; creativos e innovadores; con pensamiento crítico y reflexivo; solidarios y con responsabilidad social; capaces de generar y adecuar conocimiento relevante e interactuar con éxito en escenarios dinámicos, bajo enfoques multidisciplinarios con el fin de contribuir al desarrollo humano sostenible de la sociedad y de la región mediante la investigación científico-tecnológica y la extensión universitaria, vinculadas a las demandas y expectativas del entorno social. • Estar al servicio del estudiante y de la sociedad, vinculada con las instituciones públicas y privadas; sin discriminación alguna de raza, edad, sexo, idioma, religión o de consideraciones económicas, culturales y sociales, ni de incapacidades físicas. • Orientar su accionar en un proceso de educación continua, abierta y permanente, acorde con el avance científico-tecnológico y criterios de calidad, pertinencia e internacionalización y en un marco de mutua cooperación. • Constituirse en un referente de universidad regional, a nivel latinoamericano, que desarrolla procesos de transformación y modernización en el marco de la “Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el Siglo XXI”. Artículo 4°. La Visión de la UAJMS proclama: • La Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho” es una Institución Pública de Educación Superior, con un Cogobierno Docente-Estudiantil, con participación ciudadana, democrática, descentralizada y eficiente, que en el marco de su autonomía responsable, promueve el liderazgo de sus integrantes para contribuir al logro de un desarrollo humano sostenible. Sus estructuras académica y administrativa, dinámicas y flexibles, favorecen un clima organizacional que alienta el aprendizaje permanente y con una fuerte vinculación con el entorno. • Forma profesionales con valores cívicos, éticos, morales y conciencia social; críticos y reflexivos; creativos, innovadores y emprendedores; capaces de actuar como agentes exitosos de cambio. En la concepción de un currículo flexible, con programas académicos actualizados y pertinentes con las demandas del entorno social, incorpora alternativas de educación continua y a distancia y se aplican métodos didáctico – pedagógicos modernos centrados en el estudiante. El proceso de profesionalización tiene valores crecientes de eficiencia académica. • La institución promueve e incentiva la formación y capacitación permanente de los profesionales mediante diferentes alternativas de posgrado y educación continua. • Posee un Sistema Universitario de Ciencia y Tecnología integrado al ámbito nacional y con vinculación internacional. Desarrolla fundamentalmente una investigación aplicada; relevante en áreas prioritarias y estratégicas, basada en la adecuación, generación e innovación de nuevos conocimientos para satisfacer las demandas regionales y aportar al progreso científico y tecnológico del país. • Desarrolla una extensión universitaria sustentada en las actividades integradas de docencia e investigación, cuyo fin es el de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población, preservar el medio ambiente y fortalecer la identidad cultural. La institución promueve, incentiva y difunde la actividad académica, científica y cultural en estrecha vinculación con las instituciones públicas y privadas. • Dispone de un Claustro Académico con formación de Posgrado que ejerce la labor de facilitador del aprendizaje estudiantil. Su trabajo es apoyado por personal administrativo calificado y comprometido con la misión institucional.
  • 7. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE DOCENTES Calle Ingavi esq. Padilla * Casilla 51 * Tarija – Bolivia Tel. Fax. 00591-4-6644898 * e-mail: fudtja@uajms.edu.bo • Sus estudiantes, imbuidos de un espíritu de superación y vocación de servicio a la sociedad, ingresan a la institución a través de diversas vías de acceso basadas en los principios del mérito y la equidad social, la capacidad, el esfuerzo, la perseverancia y determinación de los mismos, sin discriminación alguna. • La institución brinda servicios sustentables que garantizan un bienestar integral de los estudiantes en aras de su profesionalización. Dispone de facilidades, oportunidades e incentivos para todos aquellos estudiantes que acreditan un meritorio rendimiento. • La infraestructura física, disponible en materia de edificaciones, laboratorios y equipamiento, es la requerida para el cumplimiento eficaz de las diferentes funciones y servicios que desarrolla la institución. • Dispone de recursos económicos y financieros necesarios y suficientes para garantizar su adecuado funcionamiento. Dichos recursos, por mandato constitucional, provienen del Estado; otros, del gobierno local y de organismos regionales, nacionales e internacionales y con recursos propios y crecientes, generados por la institución. • Cuenta con relaciones interuniversitarias e interinstitucionales de intercambio y cooperación mutua, relevantes en el ámbito regional, nacional e internacional. Artículo 228°. Es docente universitario aquel profesional que, designado en sujeción al Reglamento de Admisión Docente vigente, está dedicado a tareas de docencia, investigación, extensión, superación y/o producción en el marco de la visión, misión, principios y valores institucionales, proclamados en el presente Estatuto Orgánico. Artículo 229°. Los docentes son miembros de la Universidad, pertenecen administrativamente a un Departamento o Instituto Universitario pudiendo, además, realizar sus actividades en otros Departamentos y/o Unidades Académicas que así lo requieran. Artículo 230°. De la tipología docente. En la UAJMS se reconocen los siguientes tipos de docentes: 1. Docentes honoríficos. 2. Docentes titulares. 3. Docentes extraordinarios. La aplicación de esta tipología y sus implicaciones laborales se establecen en el Régimen Docente de la Universidad.