1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
Ensayo y video administrativo
1. República Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Poder Popular Para La Educación
Universidad Fermín Toro
Saia
Organización del estado
Realizado por:
Ordoñez, María
C.I. 27.969.775
SAIA A
Febrero, 2019
2. En ámbito jurídico administrativo se puede decir que el estado mantiene
personalidad jurídica o puede verse como persona ya que este tiene
voluntad, la cual es diferente a la voluntad para los ciudadanos pero que es
capaz de realizar actos jurídicos así como de juzgar o privar de libertad a una
persona o hacer cumplir una sentencia pero esto no lo exenta de poder ser
demandado por un ciudadano para así buscar que el estado como persona
repare la vulneración que este cometió de un derecho. Destacando que el
estado se encuentra representado por el jefe del mismo, jefe de gobierno o
presidente de la república, el estado se encuentra apto para ser sujeto de
derecho y obligaciones.
Así mismo en cuanto a teorías es muy importante mencionar y explicar la
teoría del órgano ya que la misma establece que las personas que sirven al
estado no se deben considerar como representantes o personas ajenas a
este ya que su función como servidor público es querer por la administración
pública siendo así parte de esta y formando una misma persona, es decir, la
teoría del órgano explica el procedimiento de imputación de voluntad humana
a la persona jurídica.
Cabe destacar que los órganos pueden clasificarse de varias maneras
dentro de las cuales se encuentran: la clasificación según su creación, la cual
está conformada por órganos constitucionales y órganos no constitucionales
dependiendo si son creados directamente por la carta magna del estado; se
da también la clasificación según los cometidos que ejercen, dentro de la
cual se encuentran órganos activos, consultivos, de representación y
órganos de contralor; el ámbito territorial también es digno de clasificación y
se encuentran los órganos nacionales, un ejemplo de este podría ser el
poder ejecutivo, órganos departamentales y órganos locales así como juntas
locales autónomas; los órganos también pueden ser unipersonales o
pluripersonales dependiendo de su estructura y forma. Para finalizar con la
3. clasificación de los órganos puede decirse que existen también órganos
simples, potenciados y órganos permanentes o extraordinarios tomando en
cuenta diversos factores.
Así como existen diversas clasificaciones para los órganos, los mismos
tienen diversos elementos o también llamados componentes dentro de los
cuales se pueden encontrar la competencia, la forma y la voluntad humana.
En cuanto a la competencia como componente es considerada la aptitud
de obrar en tareas que se deben desarrollar por personas públicas o sus
órganos, la competencia como elementos principales cuenta con el territorio
que es el espacio físico de actuación que tiene el órgano, como elemento de
la misma se encuentra la materia la cual son la tareas de actividades
cometidas por la persona jurídica, así mismo los poderes jurídicos son
tomados también como elementos de la competencia ya que cumplen las
funciones jurídicas atribuidas a los órganos por último elemento pero no
menos importante se establece el grado que es la posición que ocupa el
órgano en un orden jerárquico.
Por otra parte la forma es el componente que establece como pueden
estructurarse los órganos de diferentes maneras las cuales pueden ser como
órganos unipersonales o colegiados dependiendo de la voluntad o
voluntades humanas, la misma cuenta con varias etapas para su desarrollo
un ejemplo de estas puede ser la convocatoria que es la citación a los
miembros para el desarrollo de la misma; la otra clasificación según la forma
como componente puede ser la de órganos simples o complejos y esta
depende de la constitución de los órganos.
Sobre la voluntad humana como componente puede decirse que esta está
comprendida por la acción de voluntad de las personas que integran los
órganos las cuales le dan vida y acción al órgano en el que se encuentran,
4. así mismo sus actos realizados como titulares de órgano se consideran
emanados de personas jurídicas.
Al respecto conviene decir que en derecho el concepto de persona tiene
varias definiciones ya que la misma puede ser vista de distintas manera, en
este caso al hablar de las personas jurídicas del derecho público se puede
dar una definición de las mismas como aquellas que nacen del estado y
pueden gozar de un derecho de potestad publica al crear subordinaciones
pero con el objetivo y la finalidad de prestar servicios públicos, de igual forma
realizar actividades en diversos ámbitos pero que siguen siendo susceptibles
a ser sujeto y tener derechos y deberes jurídicos.
Cabe concluir que el estado indiferentemente mantiene personalidad
jurídica teniendo así voluntad de realizar actos jurídicos pero de igual forma
cumpliendo deberes y derechos, basándose en la teoría del órgano se puede
decir que existe imputación de voluntad humana para la persona jurídica, por
otra parte los órganos del estado pueden ser clasificados de acuerdo a varios
factores y siendo complementados por ciertos elementos como forma y
voluntad, destacando que las personas jurídicas pueden ser definidas de
distintas maneras pero que de igual forma son susceptibles a deberes y
derechos jurídicos
5. Referencias electrónicas
Rg Valeria(2012) blogspot, personalidad jurídica del estado y las
teorías que la explican
http://derechoad.blogspot.com/2012/11/personalidad-juridica-del-
estado-y-las.html
S/A(2018)Wikipedia,Personalidad jurídica
https://es.wikipedia.org/wiki/Personalidad_jur%C3%ADdica#Teor%C3
%ADa_del_Estado
Flores Rubén (S/F) monografías, la teoría del órgano
https://www.monografias.com/trabajos90/teoria-del-organo/teoria-del-
organo.shtml#componenta
(S/A) (S/F) Educa portal de información financiera ,persona jurídica
http://www.svs.cl/educa/600/w3-propertyvalue-1345.html