Sistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacion
Servicios públicos y confiscatoriedad
1. Los servicios públicos y la Confiscatoriedad
Dice la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS en su artículo 25 inc. 1º: “…Toda
persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el
bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios
sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez,
viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de
su voluntad..”
Al respecto dice nuestra CONSTITUCION NACIONAL: Artículo 42: “…Los consumidores y usuarios de
bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e
intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de
trato equitativo y digno.
Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la
defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los
monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución
de asociaciones de consumidores y de usuarios.
La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos
regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las
asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control…”
Artículo 43.- Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista
otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares,
que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad
manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el
juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.
Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos
que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de
incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a
esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización.
Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su
finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes,
y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización
de aquéllos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística…”
Dicho lo antecedente y, visto el sustento legal expresado, me permito bosquejar la siguiente propuesta:
USUARIOS y/o CONTRIBUYENTES DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
En la relación existente entre el Estado, las Empresas y los Ciudadanos, estos últimos,
son a la vez, contribuyentes y usuarios de los servicios públicos. Por ese motivo, es
importante conocer al momento de implementar distintas medidas económicas y sociales,
cuál es la capacidad financiera y contributiva de ellos –nosotros-. Es decir, conocer su
realidad, cuya crisis se revela, con el análisis del nivel de precarización de la calidad del
empleo, y de los niveles de ingresos de la población ocupada y desocupada, así como la
de sus respectivos hogares.
En ese sentido, debemos EXIGIR al gobierno que, sobre la base de información VERAZ
proveniente del INDEC, del Ministerio de Trabajo, de la AFIP y de la ANSES, efectúen
una investigación sobre el mercado laboral argentino, a fin de ser utilizado como
herramienta de consulta para el análisis de la ecuación económica de los habitantes, en
su múltiple carácter de contribuyentes, usuarios de servicios públicos, ahorristas y/o
deudores del sistema.
En lo que refiere a los aspectos económicos de la situación actual de la población
ocupada, será necesario precisar sus niveles de ingresos, como así también la
distribución de los mismos, tanto entre los distintos estratos sociales, como así también en
las distintas regiones del país. A tal efecto, se deberían desarrollar los cuadros
estadísticos, que se consideran relevantes para resaltar las siguientes consideraciones:
a) En primer lugar, es preciso definir, a fin de percibir la dimensión de la renta de los
trabajadores, que un hogar tipo de cinco integrantes se considera que está por debajo de
2. la línea de indigencia si la suma de los ingresos de sus integrantes es inferior a cuántos
Pesos? Y;
b) Si ese mismo hogar tiene un ingreso inferior a qué Pesos? y, a qué porcentajes se
considera que sus individuos se encuentran por debajo de la línea de pobreza?
Unas vez obtenidos los datos estadísticos propuestos y, a fin de mostrar cual es la
realidad en materia de distribución del ingreso en la Argentina, resultará elocuente la
información plasmada en los cuadros –de no resultar tergiversada- por los organismos
propuestos supra.
A poco de andar e investigar, habremos llegado a la mágica conclusión de que la mayoría
de los trabajadores, con el producido de su renta, deben afrontar su múltiple condición de
consumidores, contribuyentes, usuarios de servicios públicos y clientes del sistema
financiero pergeñado por el sistema, sin posibilidad de afrontar seriamente la
confiscatoriedad propuesta por el gobierno en materia de precios de productos y servicios.
Así, adelanto que los datos que se relevarán nos advertirá con claridad meridiana, que la
ecuación económica de los ocupados se encuentra deteriorada gravemente, –en
particular- en estos últimos ocho meses desde diciembre de 2015, ni que hablar de los
sectores desocupados que ameritará un trabajo particular futuro.
A lo expuesto, cabe agregar que la preocupación por las características del panorama
planteado, se profundiza cuando observamos que el sector económico que otrora fuera el
principal generador de empleo, hoy contribuye de manera marginal en la ocupación de la
mano de obra. Esto reviste particular importancia si recordamos que el industrial (Pyme)
es el sector de mayor productividad, y el que más valor agregado genera.
Asimismo, cabe resaltar que el alto nivel de obreros que se encuentran al presente
despedidos y/o suspendidos en sus habituales labores, indica que la crisis tiene fuertes
componentes estructurales que lejos este gobierno, parece querer afrontar.
De lo expuesto, resulta evidente y alarmante el nivel de transferencia de recursos
económicos que fluyen vívidamente desde los sectores bajos y medios de la población,
con destino a los sectores privilegiados de la economía, como son los sectores
concentrados y poderosos, tanto internos como extranjeros. De tal manera que, la
calidad, la estabilidad y la amplia disparidad en la distribución de los ingresos, tanto por
estratos sociales como entre las distintas regiones del país, demuestran que se trata de
un tema de imprescindible discusión previo a un análisis de reforma tarifaria como la
impulsada por el actual gobierno argentino.
Ante la INJUSTICIA debemos oponer la REBELION
Dr. Mario A. Blanco