2. Traspaso del titulo de
propiedad sobre un bien de
una persona u organización
a otra
3. Este es un impuesto que grava
la propiedad inmueble,
independientemente de quien
sea su propietario
4. El impuesto de transferencia
de bienes inmuebles 2%
debe pagarse cada vez que
se realice una transferencia
de un bien inmueble. Esta
regulado por el articulo 1 de
la ley 106 de 1974
modificado por la ley 6 de
2005 articulo 65
ITBI
Debe ser pagado
al Tesoro Nacional
Por el propietario
de inmueble
5. Parte del valor de
un bien o servicio
sobre la cual se
puede calcular el
importe del
impuesto
Es el valor que
resulte mayor
entre
El precio de venta
Valor catastral actualizado
6. La actualización del
valor catastral se realiza
multiplicando 5% a los
años de tenencia
completos transcurridos
entre la fecha de
adquisición y la fecha de
enajenación
El resultado de esta
operación da un
coeficiente que se aplica
al valor catastral para
determinar el incremento
que debe añadirse
Valor fiscal asignado a la
propiedad.
8. Se entiende por mejoras
incorporadas , en los casos
de construcciones, edificios,
ampliaciones y similares,
siempre que éstas se
encuentren declaradas e
inscritas en el Registro
Público de Panamá.
9.
10.
11. Escribir en el
espacio,
correspondiente,
la información
que se solicita:
Número de
Registro Único de
Contribuyente
(RUC) así como
el dígito
verificador (DV),
constate que sea
el número
correcto.
Marque con x el
tipo de
contribuyente
Normal o Con
Estabilidad
Jurídica
Nombre o Razón
Social del
Contribuyente.
Número de
teléfono para
localización del
contribuyente
(obligatorio).
12. • es aquel contribuyente que presenta su
declaración por la transacción de venta.
Normal o
Corriente
• es aquel contribuyente que se encuentra
debidamente registrado antes de la entrada en
vigencia de la Ley 6 de 2 de febrero de 2005 y
autorizado por el Ministerio de Comercio e
Industrias; al seleccionar esta opción permite
calcular el coeficiente a aplicar utilizando un 10%
por los años completos en poder del enajenante.
Con
Estabilidad
Jurídica
13. Nombre o Razón Social del Adquiriente o
persona a quién se le transfiere el bien
inmueble.
Número de Registro Único de Contribuyente
Número de teléfono para localización
Anotar el Nombre del Representante Legal si es
persona Jurídica.
No. de Cédula del Representante Legal.
14. Marque si la venta es
Total, Transferencia de
Cuota o si es
Segregación.
Escriba el Número de
Finca a transferir.
En el primer recuadro,
escriba si es finca normal.
En el segundo, escriba el
código de la provincia
En el tercer recuadro,
escriba (H) si es Propiedad
Horizontal, (P) si es
Patrimonio Familiar, (R) si
es finca de Reforma
Agraria, (K)
En los siguientes
recuadros escriba el
número de la finca.
Escriba el Tomo/Rollo,
Folio/Documento.
Escriba el área total de la
finca (MT2 ó HA2).
Anote el área a transferir,
si es transferencia por
cuota o si es segregación
15. Fecha de Adquisición del Inmueble y nuevas
mejoras
Casillas 01 y 02. Anote la fecha de adquisición del
Terreno y las mejoras adquiridas.
Casillas 03 y 04. Adicionalmente, si se incorporaron
mejoras o cuota después de la adquisición, anote la
fecha
Fecha de Enajenación del Inmueble
Casillas 05, 06, 07 y 08. Anote la fecha de
Enajenación del Terreno y de las mejoras (esta fecha
no debe ser anterior a la fecha de presentación del
formulario).
16. Determinación de años calendarios
completos:
Casillas 09, 10. 11 y 12. Anote los años
calendarios completos para el terreno y
para las mejoras del 1º de Enero al 31 de
Diciembre.
Determinación del Coeficiente:
Casillas 13, 14, 15 y 16.Contribuyentes
Normales o Contribuyentes con Estabilidad
Jurídica
17. • Para determinar el coeficiente a aplicar
al valor del terreno y al de las mejoras
multipliqué los años calendarios
determinados por el 5%, y anote el
resultado en la casilla de coeficiente a
aplicar
Contribuyentes
Normales o
Corrientes
• Para determinar el coeficiente a aplicar
al valor del terreno y al de las mejoras
multiplique los años calendarios
determinados por el 10%, y anote el
resultado en la casilla de coeficiente a
aplicar.
Contribuyentes
con Estabilidad
Jurídica
18. Incremento del Valor Catastral:
anote en estas casillas el resultado de la siguiente operación: multiplique Valor Catastral por el Coeficiente
a Aplicar ( A x B ).
Coeficiente a aplicar al Valor:
es el porcentaje que viene del cuadrante 4 (casillas 13,14, 15 o 16).
Valor Catastral:
Anote el valor catastral del terreno y mejoras al momento de la adquisición y de las nuevas mejoras o
cuota parte de la propiedad incorporada.
19. Precio de Venta:
anote en esta casilla el precio de venta por el cual se transfiere el
bien inmueble.
Valor Catastral Actualizado:
Sume las casillas 29+30+31+32.
Total Valor Catastral:
anote el valor resultante de la suma del Valor Catastral más el
Incremento del Valor Catastral. (A + C).
20. Valor Básico:
Contribuyentes Normales o Corrientes: traslade a esta casilla el mayor
valor entre la casilla 33 y 34.
Contribuyentes con Estabilidad Jurídica: traslade el valor de la casilla 33.
Impuesto a Pagar:
Contribuyentes Normales o Corrientes: aplique el 2% al valor de la casilla
35.
Contribuyentes con Estabilidad Jurídica: aplique un 5% al valor de la
casilla 35.