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UNIVERSIDAD PARA DEL DESARROLLA DEL ESTADO DE PUEBLA
CAMPUS: TETELA DE OCAMPO
LICENCIATURA EN DERECHO
4º CUATRIMESTRE
DERECHO DEL TRABAJO I

Estudiante:

Guillermo Salazar Salazar


13 de octubre de 2012


Marco Integral de los Derechos individuales del Trabajo
El derecho individual del Trabajo trata sobre las relaciones de los sujetos
individualmente considerados, por un lado trabajador y por otro el
empleador. En este caso abordaré algunos derechos que corresponden al
trabajador, como es el derecho a la Vivienda, Capacitación, preferencia,
antigüedad, ascenso e invención de los trabajadores dentro de una

empresa, lo que nos permitirá conocer más de cerca lo que un trabajador
merece y mejorar su calidad de vida.
DERECHO HABITACIONAL
El derecho de los trabajadores a una vivienda digna, encuentra
su fundamento en el artículo 4º, párrafo cuarto de la
Constitución General de la República Mexicana, que a su texto
dice:

...toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y
decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a
fin de alcanzar tal objetivo…
Así como en el artículo 123, apartado A, fracción XII, del mismo
ordenamiento que a la letra dice:

“Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase
de trabajo, estará obligada, Según lo determinen las leyes
reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones
cómodas e higiénicas. Esta obligación se cumplirá mediante las
aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la
vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y
establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos
crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales
habitaciones”
LFT. ART. 136

AL 153
• Obligación de las empresas a proporcionar habitación.
 5% sobre los salarios de los trabajadores.

• Fondo Nacional de la Vivienda creará sistemas de
financiamiento para obtener un crédito barato y suficiente
para adquirir en propiedad su vivienda.
• Administración de los recursos del fondo Nacional de
Vivienda: Gobierno Federal-Trabajadores-Patrones.
• Ley Federal de vivienda.
• No Hay obligación de los patrones con los trabajadores
Domésticos
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

 institución mexicana tripartita donde participa el sector
obrero, el sector empresarial y el gobierno, dedicada a otorgar
crédito para la obtención de vivienda a los trabajadores y
brindar rendimientos al ahorro que está en el Fondo Nacional
de Vivienda para las pensiones de retiro.
 El 21 de abril de 1972, se promulga la LEY DEL INFONAVIT
donde se establece que las aportaciones que el patrón haga a
favor de sus trabajadores le dan derecho a obtener un crédito
para vivienda o a la devolución periódica del fondo que se
constituya, denominado de ahorro.
ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL INFONAVIT
• Coordinar y recopilar las opciones, sugerencias, políticas y
criterios del Sector de los Trabajadores así como propiciar un
enlace adecuado con el Instituto.
• Ser un órgano de enlace a solicitud de las organizaciones
respectivas con la Dirección General, teniendo una
participación relevante en las reuniones de trabajo en materia
de vivienda,
• En general, todos aquellos asuntos necesarios y relativos para
el debido cumplimiento de los objetivos del Instituto para los
que fue creado, otorgar crédito barato y suficiente para
adquirir en propiedad una vivienda.
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
 Derecho a la capacitación y adiestramiento en el trabajo, para
elevar el nivel de vida y productividad.
 Planes y programas formulados por el patrón y el
sindicato, y aprobado por la STPS.
 Escuelas y personal docente deben estar autorizadas por la
STPS
 La capacitación debe proporcionarse
en horas de la jornada laboral

LFT. ART. 153-A AL 153-X
CARACTERÍSTICAS DE LA CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
• Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del
trabajador

• Informar sobre la aplicación de nuevas tecnologías
• Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de
nueva creación
• Prevenir riesgos de trabajo

• Incrementar la productividad
DERECHO DE PREFERENCIA
• Los patrones estarán obligados A preferir en igualdad de
circunstancias A los trabajadores:
 Mexicanos de quienes no lo sean,
 A quienes les hayan servido satisfactoriamente por mayor
tiempo,

 A quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso
económico tengan A su cargo una familia Y

 A los sindicalizados respecto quienes no lo estén.
LFT. ART. 154

AL 162
DERECHO ANTIGÜEDAD
• Los trabajadores de planta tienen derecho
en cada empresa o establecimiento a que
se determine su antigüedad.
• La prima de antigüedad consistirá en el
importe de 12 días de salario por cada año
de servicios.

• Dicha prima se pagará a los trabajadores que se separen
voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido
15 años de servicio por lo menos. Asimismo se pagará a los
que se separen por causa justificada, y a los que sean
separados de su empleo, independientemente de la
justificación o injustificación del despido.
DERECHO DE ASCENSO
• Las vacantes definitivas, las provisionales con duración no
mayor a treinta días y los puestos de nueva creación, serán
cubiertas escalafonariamente por el trabajador de la categoría
inmediata inferior, del respectivo oficio o profesión.

• Si el patrón cumplió con la
obligación de capacitar a todos los
trabajadores de la categoría
inmediata inferior a aquella en que
ocurra la vacante, el ascenso
corresponderá a quien haya
demostrado ser apto y tenga
mayor antigüedad.
INVENCIÓN DE LOS TRABAJADORES
• Atribución de los derechos al nombre y a
la propiedad y explotación de las

invenciones realizadas en una empresa:
 El nombre del autor figurará como autor del invento
 La propiedad y explotación de la patente corresponde a la
empresa, si el inventor se dedica a la investigación o
perfeccionamiento de los procedimientos utilizados en la
misma.
 El inventor tendrá derecho
complementaria a su salario
LFT. ART. 163

a

una

compensación,
Al estudiar los derechos enviúdales del Trabajador nos hemos dado cuenta
que la ley Federal de Trabajo en su Título Cuarto , capítulos III, III BIS, IV y V,
así como en los capítulos I y II, dan sentido a lo que enuncia el Art. 2 de esta
ley que a la letra dice: «Las normas de trabajo tienden a conseguir el
equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones»,

así como lo que dice el Art. 3: «El trabajo es un derecho y un deber sociales.
No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de
quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la

salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia…
Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el
adiestramiento de los trabajadores.»

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  • 1. UNIVERSIDAD PARA DEL DESARROLLA DEL ESTADO DE PUEBLA CAMPUS: TETELA DE OCAMPO LICENCIATURA EN DERECHO 4º CUATRIMESTRE DERECHO DEL TRABAJO I Estudiante: Guillermo Salazar Salazar  13 de octubre de 2012 
  • 2. Marco Integral de los Derechos individuales del Trabajo El derecho individual del Trabajo trata sobre las relaciones de los sujetos individualmente considerados, por un lado trabajador y por otro el empleador. En este caso abordaré algunos derechos que corresponden al trabajador, como es el derecho a la Vivienda, Capacitación, preferencia, antigüedad, ascenso e invención de los trabajadores dentro de una empresa, lo que nos permitirá conocer más de cerca lo que un trabajador merece y mejorar su calidad de vida.
  • 3. DERECHO HABITACIONAL El derecho de los trabajadores a una vivienda digna, encuentra su fundamento en el artículo 4º, párrafo cuarto de la Constitución General de la República Mexicana, que a su texto dice: ...toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo…
  • 4. Así como en el artículo 123, apartado A, fracción XII, del mismo ordenamiento que a la letra dice: “Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, Según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones” LFT. ART. 136 AL 153
  • 5. • Obligación de las empresas a proporcionar habitación.  5% sobre los salarios de los trabajadores. • Fondo Nacional de la Vivienda creará sistemas de financiamiento para obtener un crédito barato y suficiente para adquirir en propiedad su vivienda. • Administración de los recursos del fondo Nacional de Vivienda: Gobierno Federal-Trabajadores-Patrones. • Ley Federal de vivienda. • No Hay obligación de los patrones con los trabajadores Domésticos
  • 6. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES  institución mexicana tripartita donde participa el sector obrero, el sector empresarial y el gobierno, dedicada a otorgar crédito para la obtención de vivienda a los trabajadores y brindar rendimientos al ahorro que está en el Fondo Nacional de Vivienda para las pensiones de retiro.  El 21 de abril de 1972, se promulga la LEY DEL INFONAVIT donde se establece que las aportaciones que el patrón haga a favor de sus trabajadores le dan derecho a obtener un crédito para vivienda o a la devolución periódica del fondo que se constituya, denominado de ahorro.
  • 7. ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL INFONAVIT • Coordinar y recopilar las opciones, sugerencias, políticas y criterios del Sector de los Trabajadores así como propiciar un enlace adecuado con el Instituto. • Ser un órgano de enlace a solicitud de las organizaciones respectivas con la Dirección General, teniendo una participación relevante en las reuniones de trabajo en materia de vivienda, • En general, todos aquellos asuntos necesarios y relativos para el debido cumplimiento de los objetivos del Instituto para los que fue creado, otorgar crédito barato y suficiente para adquirir en propiedad una vivienda.
  • 8. CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO  Derecho a la capacitación y adiestramiento en el trabajo, para elevar el nivel de vida y productividad.  Planes y programas formulados por el patrón y el sindicato, y aprobado por la STPS.  Escuelas y personal docente deben estar autorizadas por la STPS  La capacitación debe proporcionarse en horas de la jornada laboral LFT. ART. 153-A AL 153-X
  • 9. CARACTERÍSTICAS DE LA CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO • Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador • Informar sobre la aplicación de nuevas tecnologías • Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación • Prevenir riesgos de trabajo • Incrementar la productividad
  • 10. DERECHO DE PREFERENCIA • Los patrones estarán obligados A preferir en igualdad de circunstancias A los trabajadores:  Mexicanos de quienes no lo sean,  A quienes les hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo,  A quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso económico tengan A su cargo una familia Y  A los sindicalizados respecto quienes no lo estén. LFT. ART. 154 AL 162
  • 11. DERECHO ANTIGÜEDAD • Los trabajadores de planta tienen derecho en cada empresa o establecimiento a que se determine su antigüedad. • La prima de antigüedad consistirá en el importe de 12 días de salario por cada año de servicios. • Dicha prima se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido 15 años de servicio por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada, y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido.
  • 12. DERECHO DE ASCENSO • Las vacantes definitivas, las provisionales con duración no mayor a treinta días y los puestos de nueva creación, serán cubiertas escalafonariamente por el trabajador de la categoría inmediata inferior, del respectivo oficio o profesión. • Si el patrón cumplió con la obligación de capacitar a todos los trabajadores de la categoría inmediata inferior a aquella en que ocurra la vacante, el ascenso corresponderá a quien haya demostrado ser apto y tenga mayor antigüedad.
  • 13. INVENCIÓN DE LOS TRABAJADORES • Atribución de los derechos al nombre y a la propiedad y explotación de las invenciones realizadas en una empresa:  El nombre del autor figurará como autor del invento  La propiedad y explotación de la patente corresponde a la empresa, si el inventor se dedica a la investigación o perfeccionamiento de los procedimientos utilizados en la misma.  El inventor tendrá derecho complementaria a su salario LFT. ART. 163 a una compensación,
  • 14. Al estudiar los derechos enviúdales del Trabajador nos hemos dado cuenta que la ley Federal de Trabajo en su Título Cuarto , capítulos III, III BIS, IV y V, así como en los capítulos I y II, dan sentido a lo que enuncia el Art. 2 de esta ley que a la letra dice: «Las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones», así como lo que dice el Art. 3: «El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia… Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.»