2. FISCALIZADOR DE TRANSPORTE
Es el encargado de verificar el
cumplimiento de las normas de
transporte, incluyendo los términos,
condiciones, deberes y obligaciones
de la prestación del servicio de
transporte público de personas.
3. Se encuentra facultado
para intervenir, solicitar
documentación,
imponer actas de
fiscalización, aplicar
medidas preventivas y
elaborar informes
según corresponda.
(cuando esté
acreditado)
Se encarga de la
acción de
fiscalización y de
detectar los
incumplimientos e
infracciones
FISCALIZADOR ESPECIALIZADO EN TRANSPORTE
PÚBLICO
4. ➢ Conocer la normatividad y procedimientos
➢ Asistir y aprobar los cursos de capacitación y
actualización que se dispongan
➢ Utilizar uniforme y credencial correspondiente al
momento del desarrollo de sus funciones.
➢ Mantener una conducta ética y cumplir las
ordenes de sus superiores.
➢ Tener un trato cortés con las personas
intervenidas y con el publico usuario.
OBLIGACIONES DEL FISCALIZADOR
5. ✓ Fiscalizar el cumplimiento de la normativa
de transporte
vigente
público
vinculada al servicio
de personas, incluida la
infraestructura complementaria.
✓ Ejecutar acciones de fiscalización , utilizando
los medios electrónicos a su alcance para
registrar la comisión de infracciones.
✓ Orientar a los operadores del servicio de
transporte de la importancia de cumplir con
las normas.
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6. ✓ Cumplir con los procedimientos para la
correcta imposición del acta de fiscalización
y aplicación de medidas preventivas.
✓ Elaborar informes registrando la información
relevante que sustente la acción de
fiscalización realizada.
✓ Orientar a los usuario sobre el servicio de
transporte público.
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7. Acreditación de los fiscalizadores
➢ Los fiscalizadores a fin de obtener la
acreditación correspondiente, deben
aprobar el curso de formación y
capacitación integral.
➢ Comprenderá las siguientes materias:
1.Normas de carácter nacional y sobre el
servicio de transporte urbano.
2.Instructivos referidos a los
procedimientos de intervención en todas
las modalidades de transporte, así como
la imposición de actas de fiscalización.
3.Aspectos Psicologícos
8. ➢ Culminado el curso correspondiente, el
fiscalizador será acreditado mediante
una Resolución Directoral, la cual se
encuentra supeditada al vinculo
laboral y contractual del inspector.
10. Según la Ley N° 27181 - Ley General de
Transporte y Transito
La competencia de
fiscalización comprende la
supervisión, detección de
infracciones y la imposición
de sanciones por
incumplimiento de la
normatividad de la materia.
11. Es el conjunto de actos y diligencias
de:
- investigación
- supervisión
- control o inspección
Sobre el cumplimiento de las
obligaciones, prohibiciones y otras
limitaciones exigibles a los
administrados.
Según la Ley N° 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General
12. Las prohibiciones y limitaciones que deben estar derivadas de una
norma legal o reglamentaria; de igual forma la función
fiscalizadora tendrá que ser atribuida a la entidad mediante ley.
13. Facultades de las entidades que
realizan actividad de fiscalización
(Ley N° 27444)
1.- Interrogar a las
personas materias de
fiscalización o a sus
representaciones,
empleados, funcionarios
y a terceros, utilizando los
medios idóneos.
3.- Requerir al administrado
objeto de fiscalización la
exhibición o presentación de
todo tipo de documentación
2.- Realizar inspecciones con
o sin previa notificación, en
los locales y/o bienes de las
personas naturales o
jurídicas objeto de
fiscalización.
14. Facultades de las entidades que
realizan actividad de fiscalización
5.- Realizar exámenes
periciales sobre la
documentación y otros
aspectos técnicos
relacionados con la
fiscalización.
6.- Utilizar, en las
acciones y diligencias de
fiscalización, equipos que
consideren necesarios..
4.- Tomar copia de los
archivos físicos, ópticos,
electrónicos tomar
fotografías y otros, con
conocimiento previo del
administrado.
7.- Ampliar o variar el
objeto de la acción de
fiscalización al
detectarse
incumplimientos
adicionales.
15. ABOG. YESSICA YANAC ROSAS
1.- Previamente realizar y evaluar la
documentación que contenga información
del caso en concreto.
Deberes de las
entidades
fiscalizadoras
Citar la base legal que sustente su
competencia de fiscalización, sus
facultades, entre otros.
2.- Identificase a requerimiento de los
administrados, presentando la credencial
respectiva.
16. ABOG. YESSICA YANAC ROSAS
4.- Entregar copia del Acta de
Fiscalización.
6.- Actuar de manera imparcial y
no mantener intereses en
conflicto.
Deberes de las
entidades
fiscalizadoras
5.- Guardar reserva sobre la
información obtenida.
18. INICIO DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRAVO
SANCIONADOR
ETAPA INSTRUCTORA ETAPA SANCIONADORA
Inicia mediante la notificación del
documento de imputación de
cargos, el cual puede ser:
- El acta de fiscalización
(fiscalización de campo)
- La resolución de inicio
(fiscalización de gabinete)
Notificado el documento de
imputación de cargos el
administrado puede:
a. Efectuar el pago de la multa
(esto implica un reconocimiento
voluntario de la infracción)
b. Efectuar los descargos de la
imputación a fin de desvirtuarla
dentro del plazo de 5 días
hábiles desde que se notificó el
documento de imputación.
Recibidos los descargo se elabora el
IFI en la cual se determina si existe o
no infracción alguna, siendo remitido
a la autoridad decisora.
Recibido el IFI, la autoridad decisora
podrá emitir:
a. Resolución Final (cuando se
determine la existencia de la
responsabilidad administrativa)
b. Resolución de archivamiento
(cuando se determine que no
existe responsabilidad
administrativa)