Este documento es una resolución de alcaldía que rectifica una resolución anterior. Rectifica la definición de un sublote en la resolución 727-2011 de acuerdo a la solicitud de un ciudadano. Ahora define el sublote como sublote 1-B en lugar de sublote 2-A. También notifica al ciudadano de esta rectificación y encarga a la gerencia municipal implementar los cambios.
Informe sobre el Bono Verde en el Parque Eólico Arauco
R.a. no.001 rectif. r.a. nº 727 2011
1. Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
Correo electrónico muniayaviri@hotmail.com
“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD ”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 001-2012-MPM-A.
Ayaviri, 05 de Enero del 2012.
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 058, mediante el cual se Solicita la Rectificación de la Resolución de
Alcaldía No.727-2011-MPM-A, de fecha 07 de noviembre del 2011, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente Administrativo Nº 058, el administrado Fidel Leónidas Jara Beltrán solicita la
Rectificación de la Resolución de Alcaldía No.727-2011-MPM-A, en el extremo de la definición del Sub Lote Nº 2-A, a
Sub Lote Nº 1-B, conforme a la Memoria descriptiva que obra en autos;
Que, el artículo 407 del Código Procesal Civil precisa, que de oficio puede corregirse cualquier error
material evidente que contenga los errores numéricos y ortográficos; así mismo el articulo 201 de la Ley No.27444
Ley del Procedimiento Administrativo General sobre “Rectificación de Errores” precisa: “Los errores material o
aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento de
oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la
decisión”;
Que, la Resolución de Alcaldía materia de corrección es susceptible de corrección a solicitud de parte
conforme al ordenamiento jurídico, así la potestad de rectificación tiene por objeto un acto preexistente, esto es, el
acto que ha de ser rectificado por adolecer de algún error material. Esta corrección debe llevarse a cabo mediante
una nueva actuación de la Administración, mediante una declaración formal de que ha incurrido en un error
material que se va a corregir, y no rehaciendo el mismo documento o resolución. Así, esa potestad se ejerce
mediante otro acto que no sustituye al anterior sino que lo modifica el error material incurrido, y que se denomina
acto de rectificación.
Que, estando a lo establecido en el Art. 6º,20° y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;
Ley Nº 27444-Ley de Procedimientos Administrativos General y con visación de la Gerencia Municipal, Dirección
General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECTIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía No.727-2011-MPM-A, de
fecha 07.11.2011, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: Articulo Primero.- APROBAR la Sub
División del Predio Urbano (Sub Lote Nº 1) ubicado en el Jr. Mariscal Castilla No. 249 de esta ciudad de Ayaviri, cuya
área total es de 1,456.27metros cuadrados y con un Perímetro de 178.05 metros lineales, de propiedad de Leónidas
Jara Sánchez y Antonia Beltrán de Jara, de acuerdo a los documentos expuestos en la parte considerativa ( Plano de
Sub División) y conforme al siguiente detalle:
No. LOTE AREA TOTAL
M2
PERIMETRO
ML.
PROPIETARIO
Sub Lote No.1- A 545.50 M2 155.37 m.l. Fidel Leónidas Jara Beltrán
Sub Lote No.1-B 910.77 M2 161.42 m.l Leónidas Jara Sánchez y Antonia Beltrán de Jara
Lote Matriz 1,456.27 M2 178.05 m.l Leónidas Jara Sánchez y Antonia Beltrán de Jara
Los Perímetros y Colindancias son los que se detallan a continuación:
DEL SUB LOTE Nº 1-A
Por el Frente (Oeste): Con línea recta de 8.80 metros lineales, colindante con la Av. Mariscal Castilla
Por Mano Derecha Entrando (Sur): Con línea quebrada de cinco tramos de: 14.31; 0.80, 26.00, 0.80 y 27.46
metros lineales, cada tramo respectivamente (total 69.37 metros lineales), colindante con el Sub Lote Nº 1-
B, propiedad de Leónidas Jara Sánchez y Esposa.
Por Mano Izquierda Entrando (Norte): Con línea quebrada de tres tramos de: 41.35; 1.60 y 26.70 metros
lineales cada tramo respectivamente (total 69.65 metros lineales), colindante con la propiedad de los
herederos de Manuel q. Bustinza.
Por el Fondo (Este): Con línea recta de 7.55 metros lineales, colindante con la propiedad de Raúl Ccama
AREA: 545.50 M2
PERÍMETRO: 155.37 metros lineales
2. Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
Correo electrónico muniayaviri@hotmail.com
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 001-2012-MPM-A.
DEL SUB LOTE Nº 1-B
Por el Frente (Oeste): Con línea recta de 12.60 metros lineales, colindante con la Av. Mariscal Castilla
Por Mano Derecha Entrando (Sur): Con línea recta de 67.50 metros lineales, colindante con la propiedad
de los Herederos de Manuel Rodrigo.
Por Mano Izquierda Entrando (Norte): Con línea quebrada de cinco tramos de: 14.31; 0.80, 26.00, 0.80 y
27.46 metros lineales cada tramo respectivamente (total 69.37 metros lineales), colindante con el Sub Lote
Nº 1-A propiedad de Fidel Leónidas Jara Beltrán.
Por Mano Derecha Entrando (Este): Con línea recta de 11.95 metros lineales, colindante con la propiedad
de Raúl Ccama.
AREA: 910.77 M2
PERIMETRO: 161.42 metros lineales
Quedando subsistente en todo los demás extremos de la Resolución de Alcaldía Nº 727-2011-MPM-A de
fecha 07 de noviembre del 2011.
Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE con la presente resolución al administrado Fidel Leónidas Jara Beltrán.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Dirección de Desarrollo Local, el cumplimiento de la
presente en el extremo que le corresponda.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
LHH/A
WCH/SG
C.C
GEMU
DDL
INT.
ARCH.