2. Es el conjunto de
normas que regulan
cualquier proceso de
carácter penal desde
su inicio hasta su fin:
la actividad de los
jueces y la ley de
fondo en la
sentencia.Investigar, identificar y
sancionar (en caso de
que así sea requerido)
las conductas que
constituyen delitos,
evaluando las
circunstancias
particulares en cada
3. Protección de los bienes jurídicos
fundamentales del ser humano.
Aislar de la sociedad aquellos
individuos que ponen en peligro la
convivencia mutua, debido a su
anormal comportamiento.
PRINCIPIO: propósito de la norma penal
que apunta a la razón y fundamento
del proceso.
GARANTÍA: la norma recoge un derecho
fundamental que tiene como finalidad
la protección del ciudadano y deriva de
los derechos constitucionales y de los
pactos y convenios suscritos y
5. El estudio de un hecho de
la vida real. Este hecho
es lo que se debate en el
juicio. Se basa en la
implementación de los
principios de oficialidad y
de legalidad, que dan al
Ministerio Público el
poder de actuar en juicio
penal. SIN ACCIÓN NO
HAY JURISDICCIÓN. Si no
se acusa, no puede haber
juicio penal
acusatori
o
inquisiti
vo
mixto o
francés
6. l El Procedimiento Penal
Ordinario esta previsto en
el Libro Segundo, Titulo Primero del
COPP El Proceso Penal esta compuesto
por Cuatros (4) Fases:
1.-
Preparator
ia
2.-
Intermedia
3.-
Juicio Oral
4.-
Ejecución
7. Consiste en preparar
el Juicio Oral y Público
mediante el Proceso
de Investigación,
Recolección de todos los
elementos de convicción
que permitan fundamentar
el acto conclusivo del
Ministerio Publico y la
Defensa del Imputado La
Fase preparatoria la Vamos
a encontrar a partir del
A.- Por denuncia (Artículo
285 y siguientes del
COPP)
B.- Por Querella (Artículo
292 y siguientes del
COPP)
C.- De Oficio o
8. Es el conjunto de actos procesales que
median después que el Ministerio Publico a dado
por terminada la fase preparatoria y a presentado
su acto
conclusivo,(archivo fiscal, sobreseimiento o
acusación); en esta fase del Proceso penal se
entabla el estadio procesal encaminada a
determinar si se abre o no el Juicio Oral y Público
en contra de él o los acusados
• Que sea aceptado por el Juez
• Que no sea aceptado por el Juez
EL ARCHIVO FISCAL EL SOBRESEIMIENTO
LA ACUSACIÓN FISCAL
9. Presentada la acusación el juez o
jueza convocará a las partes a una
audiencia oral, que deberá realizarse
dentro de un plazo no menor de
quince días ni mayor de veinte. La
víctima podrá, dentro del plazo de
cinco días, contados desde la
notificación de la convocatoria,
adherir a la acusación del fiscal o
presentar una acusación particular
propia cumpliendo con los requisitos.
10. El juicio es la fase de desahogo de
prueba y decisión de las cuestiones
esenciales del proceso y se realizará
sobre la base de la acusación y asegurará
la concreción de los principios de
oralidad, inmediación, imparcialidad,
publicidad, contradicción, igualdad,
concentración y continuidad.Auto de apertura
Desarrollo del
debate
Alegatos finales
Deliberación y
sentencia
11. Mediante la ejecución se garantiza el
cumplimiento efectivo de las penas
decretadas por el juez y se satisfacen
los perjuicios causados por el hecho
delictivo a la víctima. En esta fase se
procede a la ejecución de las penas
privativas de libertad y de las
responsabilidades civiles decretas.