Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
8. PRINCIPIO DEPRINCIPIO DE
ORALIDADORALIDAD
Art. 14 - 321Art. 14 - 321
PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓNPRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN
Y CONTINUIDADY CONTINUIDAD
Art. 17 - 318Art. 17 - 318
PRINCIPIO DEPRINCIPIO DE
PUBLICIDADPUBLICIDAD
Art. 15 - 316Art. 15 - 316
PRINCIPIO DEPRINCIPIO DE
INMEDIACIÓNINMEDIACIÓN
Art. 16 - 315Art. 16 - 315
9. Art.Art. 49 y49 y
257257
ART. Nº 14.ART. Nº 14. El Juicio seráEl Juicio será
ORALORAL y solo se apreciaran lasy solo se apreciaran las
pruebas incorporadas en lapruebas incorporadas en la AUDIENCIAAUDIENCIA,,
conforme a las disposiciones de esteconforme a las disposiciones de este
Código.Código.
10. 8/3/2008 Exp. JP01-R-2008-0000128/3/2008 Exp. JP01-R-2008-000012
IMPORTANCIA DE LA ORALIDAD
….(…)….Proviene del hecho de que ella es el único medio
que nuestra cultura ha encontrado hasta el momento para
darle positividad o vigencia de los principios políticos del
sistema acusatorio…(…)…
IMPORTANCIA DE LA ORALIDAD
…(…)….Es el fundamento de toda comunicación, la
utilización de la palabra hablada entre las partes de los
diferentes órganos de prueba..(…)….
11. ART. Nº 15.ART. Nº 15. EL JUICIOEL JUICIO
ORALORAL tendrá lugar de forma publica,tendrá lugar de forma publica,
salvo las excepciones de Ley.salvo las excepciones de Ley.
Art.Art. 257257
COPP Art. 315 -COPP Art. 315 -
329329
12. 13/6/2008 Exp. FP01-R-2008-00012013/6/2008 Exp. FP01-R-2008-000120
…(…)…La Oralidad, la
publicidad, la
inmediación y
concentración, son
“Principios” inherentes
del Desarrollo del Juicio,
lo que implica que los
mismos son de
obligatorio cumplimiento,
debiendo ser acatados
por los Jueces
correspondientes a la
13.
14. 02/6/2005 C04-051302/6/2005 C04-0513
…(…)…No pueden comparar, ni valorar pruebas,
pues la determinación precisa y circunstanciada de
los hechos que se estiman acreditados para la
configuración de los delitos analizados, le
corresponde a los Juzgados de Juicio, en virtud del
Principio de Inmediación, EL JUEZ LLAMADO A
SENTENCIAR ES AQUEL QUE HAYA
PRESENCIADO EL DEBATE, POR HABER ESTADO
EN RELACIÓN DIRECTA CON LAS PRUEBAS.
15.
16. Exp. A11-11 12/1/2011Exp. A11-11 12/1/2011
…(…)…Este proceso de deliberación debe realizarse
en forma continua, podrá extenderse por el tiempo
que requieran los Jueces para adoptar su sentencia,
por consiguiente no podrá interrumpirse
fraccionarse.
17. Art.Art. 49 y49 y
257257
ART. Nº 14.ART. Nº 14. El Juicio seráEl Juicio será
ORALORAL y solo se apreciaran lasy solo se apreciaran las
pruebas incorporadas en lapruebas incorporadas en la AUDIENCIAAUDIENCIA,,
conforme a las disposiciones de esteconforme a las disposiciones de este
Código.Código.
18. 8/3/2008 Exp. JP01-R-2008-0000128/3/2008 Exp. JP01-R-2008-000012
IMPORTANCIA DE LA ORALIDAD
….(…)….Proviene del hecho de que ella es el único medio
que nuestra cultura ha encontrado hasta el momento para
darle positividad o vigencia de los principios políticos del
sistema acusatorio…(…)…
IMPORTANCIA DE LA ORALIDAD
…(…)….Es el fundamento de toda comunicación, la
utilización de la palabra hablada entre las partes de los
diferentes órganos de prueba..(…)….
19. ART. Nº 15.ART. Nº 15. EL JUICIOEL JUICIO
ORALORAL tendrá lugar de forma publica,tendrá lugar de forma publica,
salvo las excepciones de Ley.salvo las excepciones de Ley.
Art.Art. 257257
COPP Art. 315 -COPP Art. 315 -
329329
20. 13/6/2008 Exp. FP01-R-2008-00012013/6/2008 Exp. FP01-R-2008-000120
…(…)…La Oralidad, la
publicidad, la
inmediación y
concentración, son
“Principios” inherentes
del Desarrollo del Juicio,
lo que implica que los
mismos son de
obligatorio cumplimiento,
debiendo ser acatados
por los Jueces
correspondientes a la