GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
cuadro Comparativo sobre la denuncia y la querella señalando su definición.pdf
1. cuadro
Comparativo sobre
la denuncia y la
querella señalando
su definición, sus
características y
sus diferencia
DEFINISION CARATERISTICA DIFERENCIA
QUERELLA
Es un
comunicado que
se presenta ante
el juez o tribunal
competente en el
que se notifican
unos hechos que
pueden ser
delictivos. Con
este escrito se
solicita la
apertura de un
procedimiento
penal en el que
el querellante
será parte.
1. El Juez o Tribunal
ante quien se
presente.
2. El nombre,
apellidos y
vecindad del
querellante.
3. El nombre,
apellidos y
vecindad del
querellado.
En el caso de
ignorarse estas
circunstancias, se
deberá hacer la
designación del
querellado por
las señas que
mejor pudieran
darle a conocer.
Entre otras.
1. La querella se ha de presentar
en el juzgado competente. La
denuncia puede presentarse
ante la autoridad judicial, el
Ministerio Fiscal o la policía.
2. La querella es válida tanto para
delitos públicos como para
delitos privados. Por su parte, la
denuncia solo se puede
interponer para delitos públicos
(los perseguidles de oficio).
DENUCIA
La denuncia
es la
declaración
que efectúa
una persona
para poner
en
conocimiento
del Juez,
Ministerio
Fiscal o la
policía, unos
hechos que
se considera
que pueden
constituir un
delito.
1. Los
funcionario
s públicos;
2. Los
médicos,
farmacéuti
cos,
enfermero
s, y demás
personas
que
ejerzan
cualquier
rama de las
ciencias
médicas;
3. Los
contadores
públicos
autorizado.
1. La denuncia es
un mero acto por
el que un
ciudadano pone
en conocimiento
de una autoridad
pública la
comisión de un
hecho que puede
ser delictivo.
1. 2. La denuncia no requiere
formalidades y puede presentarse
por escrito o de forma verbal. La
querella siempre se interpone por
escrito y ha de cumplir una serie de
condiciones formales para que se
admita.
Nombre; rosa angélica farrera