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Comunicado de Prensa                                                                                          C.27-07


Antiguo Cuscatlán, 10 de agosto de 2007


        Fijación de precios

        SC abre a pruebas en caso de mercado de bolsas
El proceso sancionador inició por supuestos actos que podrían violar el artículo 25 letra a),
 de la Ley de Competencia, que prohíbe que entre competidores se establezcan “acuerdos
      para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma”.

La Superintendencia de Competencia (SC) resolvió el 8 de agosto de 2007 abrir a pruebas, por un
plazo de 20 días hábiles, en el respectivo procedimiento administrativo sancionador en contra de los
puestos de bolsa GRACONSA, LAFISE, SBS, LATIN TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS.

                                     Durante la presente fase, la SC recibirá todas las pruebas
 Los puestos de bolsa                instrumentales y testimoniales. En la resolución del 8 de agosto, la
 tienen 20 días hábiles              SC requiere a los puestos de bolsa diversa información para
 para presentar pruebas de           efectos de integrar expediente y remitirlo al Consejo Directivo (CD)
 descargo en el proceso              de la Superintendencia, para resolución final.
 sancionador      que      la
 Superintendencia         de         Antecedentes
 Competencia inició el 21
 de mayo de 2007, por                La SC inició el 21 de mayo de 2007 un proceso sancionador en
 supuestas         prácticas         contra de los puestos de bolsa GRACONSA, LAFISE, SBS, LATIN
 anticompetitivas,     tales         TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS, por supuestos actos que
 como fijación de precios.           podrían violar el artículo 25 letra a), de la Ley de Competencia, que
 Luego, si la SC confirma            prohíbe que entre competidores se establezcan “acuerdos para fijar
 los indicios, podría enviar         precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier
 el expediente al Consejo            forma”.
 Directivo,     para     que
 resuelva lo pertinente           La SC consideró la existencia de indicios suficientes para ordenar
 según      la    Ley     de      la instrucción formal en este caso, por el acuerdo adoptado por los
 Competencia.                     puestos de bolsa mencionados que realizan operaciones en Bolsa
                                  administrada por BOLPROES, a efecto de establecer una tarifa de
comisiones mínimas que cobrarían a sus clientes por la prestación del servicio de intermediación
bursátil en las siguientes transacciones: operaciones abiertas (privadas y de gobierno); registro de
contingentes (arroz granza, maíz amarillo, carne de cerdo, queso cheddar y maíz blanco); y,
convenios de sorgo, arroz granza, maíz blanco (operaciones representando a industrias y
agricultores).

Los días 11, 12 y 13 de diciembre de 2006 aparecieron en un matutino de este país, avisos suscritos
por la Asociación de Puestos de Bolsa de El Salvador (PDBESA) en los que se hacía del
conocimiento general una tarifa de comisiones mínimas que cobrarían GRACONSA, LAFISE, SBS,
LATIN TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS, asociados a PDBESA.

         Edificio Madreselva, Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Avenida El Espino, Urbanización Madreselva.
                                              Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
                   Conmutador (503) 2523-6600, Fax (503) 2523-6625 Comunicaciones (503) 2523-6616
Dicha tarifa estaba referida al servicio de intermediación bursátil que los miembros de PDBESA
prestan a sus clientes representados por operaciones realizadas en BOLSA, administrada por
BOLPROES.

PDBESA es una asociación de hecho, es decir que no está debidamente inscrita en el Ministerio de
Gobernación.

Multas

De comprobarse en el proceso sancionador que los agentes económicos antes señalados han
cometido las prácticas anticompetitivas que se les atribuyen, el Consejo Directivo de la SC en la
resolución definitiva, podría imponer una multa máxima de $852,000 dólares, monto que se
determinará tomando en cuenta la gravedad de la infracción, el daño causado, el efecto sobre
terceros, la duración de dicha práctica y las dimensiones del mercado.




         Edificio Madreselva, Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Avenida El Espino, Urbanización Madreselva.
                                              Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
                   Conmutador (503) 2523-6600, Fax (503) 2523-6625 Comunicaciones (503) 2523-6616

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SC abre a pruebas en caso de mercado de bolsas

  • 1. Comunicado de Prensa C.27-07 Antiguo Cuscatlán, 10 de agosto de 2007 Fijación de precios SC abre a pruebas en caso de mercado de bolsas El proceso sancionador inició por supuestos actos que podrían violar el artículo 25 letra a), de la Ley de Competencia, que prohíbe que entre competidores se establezcan “acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma”. La Superintendencia de Competencia (SC) resolvió el 8 de agosto de 2007 abrir a pruebas, por un plazo de 20 días hábiles, en el respectivo procedimiento administrativo sancionador en contra de los puestos de bolsa GRACONSA, LAFISE, SBS, LATIN TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS. Durante la presente fase, la SC recibirá todas las pruebas Los puestos de bolsa instrumentales y testimoniales. En la resolución del 8 de agosto, la tienen 20 días hábiles SC requiere a los puestos de bolsa diversa información para para presentar pruebas de efectos de integrar expediente y remitirlo al Consejo Directivo (CD) descargo en el proceso de la Superintendencia, para resolución final. sancionador que la Superintendencia de Antecedentes Competencia inició el 21 de mayo de 2007, por La SC inició el 21 de mayo de 2007 un proceso sancionador en supuestas prácticas contra de los puestos de bolsa GRACONSA, LAFISE, SBS, LATIN anticompetitivas, tales TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS, por supuestos actos que como fijación de precios. podrían violar el artículo 25 letra a), de la Ley de Competencia, que Luego, si la SC confirma prohíbe que entre competidores se establezcan “acuerdos para fijar los indicios, podría enviar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier el expediente al Consejo forma”. Directivo, para que resuelva lo pertinente La SC consideró la existencia de indicios suficientes para ordenar según la Ley de la instrucción formal en este caso, por el acuerdo adoptado por los Competencia. puestos de bolsa mencionados que realizan operaciones en Bolsa administrada por BOLPROES, a efecto de establecer una tarifa de comisiones mínimas que cobrarían a sus clientes por la prestación del servicio de intermediación bursátil en las siguientes transacciones: operaciones abiertas (privadas y de gobierno); registro de contingentes (arroz granza, maíz amarillo, carne de cerdo, queso cheddar y maíz blanco); y, convenios de sorgo, arroz granza, maíz blanco (operaciones representando a industrias y agricultores). Los días 11, 12 y 13 de diciembre de 2006 aparecieron en un matutino de este país, avisos suscritos por la Asociación de Puestos de Bolsa de El Salvador (PDBESA) en los que se hacía del conocimiento general una tarifa de comisiones mínimas que cobrarían GRACONSA, LAFISE, SBS, LATIN TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS, asociados a PDBESA. Edificio Madreselva, Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Avenida El Espino, Urbanización Madreselva. Antiguo Cuscatlán, El Salvador. Conmutador (503) 2523-6600, Fax (503) 2523-6625 Comunicaciones (503) 2523-6616
  • 2. Dicha tarifa estaba referida al servicio de intermediación bursátil que los miembros de PDBESA prestan a sus clientes representados por operaciones realizadas en BOLSA, administrada por BOLPROES. PDBESA es una asociación de hecho, es decir que no está debidamente inscrita en el Ministerio de Gobernación. Multas De comprobarse en el proceso sancionador que los agentes económicos antes señalados han cometido las prácticas anticompetitivas que se les atribuyen, el Consejo Directivo de la SC en la resolución definitiva, podría imponer una multa máxima de $852,000 dólares, monto que se determinará tomando en cuenta la gravedad de la infracción, el daño causado, el efecto sobre terceros, la duración de dicha práctica y las dimensiones del mercado. Edificio Madreselva, Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Avenida El Espino, Urbanización Madreselva. Antiguo Cuscatlán, El Salvador. Conmutador (503) 2523-6600, Fax (503) 2523-6625 Comunicaciones (503) 2523-6616