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SUPERVISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS.
MÓDULO : SUPERVISIÓN
DOCENTE : DR. ING. MARTIN PAUCARA ROJAS
1. PROYECTOS DE INVERSIÓN Y OBRAS.
2. CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE OBRA.
3. INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA.
4. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA
5. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS DEL CONTRATO DE OBRA
6. CONTROL TÉCNICO DE OBRA
6.1 Revisión de expediente técnico.
6.2 Especificaciones Técnicas
6.2 Calidad
6.3 Certificado de conformidad técnica
7. CONTROL ECONÓMICO DE OBRAS
7.1 Adelanto de materiales
7.2 Valorización de Obra
7.3 Liquidación de contrato de obra
8. CONTROL ADMINISTRATIVO
8.1 Cuaderno de Obra / Consultas
8.1 Suspensión de plazo y ampliación de plazo.
8.2 Mayores metrados y adicional de obra
8.3 Intervención económica.
9. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA.
10. REINICIO DE OBRAS POST EMERGENCIA NACIONAL.
TEMARIO
PROYECTO DE INVERSIÓN Y OBRA
PÚBLICA
I
Obra:
Construcción, reconstrucción,
remodelación, mejoramiento,
demolición, renovación,
ampliación y habilitación de
bienes inmuebles, tales como
edificaciones, estructuras,
excavaciones, perforaciones,
carreteras, puentes, entre otros.
Dirección técnica
Expediente técnico
Mano de obra
Materiales y/o equipos
Proyecto de inversión:
Intervenciones temporales que se financian,
total o parcialmente, con recursos públicos,
destinadas a la formación de capital físico,
humano, institucional, intelectual y/o natural,
que tenga como propósito crear, ampliar,
mejorar o recuperar la capacidad de producción
de bienes y/o servicios.
Fases del Ciclo de Inversión
Sistema Nacional de
Programación Multianual y
Gestión de Inversiones.
Supervisión de la Entidad (Articulo 10-LCE).
La Entidad debe supervisar el proceso de
contratación en todos sus niveles, directamente o a
través de terceros.
Cuando la supervisión sea contratada con terceros,
el plazo inicial del contrato debe estar vinculado al
del contrato de la prestación a supervisar y
comprender hasta la liquidación de la obra o la
conclusión del servicio
Para iniciar la ejecución de una obra que requiera
supervisión, puede designarse un inspector de obra o
un equipo de inspectores en tanto se contrata la
supervisión.
SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
SUPERVISAR
Ejercer la
inspección
superior en
trabajos
realizados por
otros.
CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE
OBRA
II
Supervisor de Obra (Articulo 186-RLCE).
• Durante la ejecución de la obra, se cuenta, de modo permanente y
directo, con un inspector o con un supervisor.
• El inspector es un profesional, funcionario o servidor de la Entidad, el
supervisor es una persona natural o jurídica. Si es una persona jurídica,
esta designa a una persona natural como supervisor permanente de
obra.
Funciones del Supervisor de Obra (Articulo 187-RLCE).
• Responsable de velar directa y permanentemente por la correcta
ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del
cumplimiento del contrato, además de la debida y oportuna
administración de riesgos durante todo el plazo de la obra, debiendo
absolver las consultas que formule el contratista
• Está facultado para ordenar el retiro de cualquier subcontratista o
trabajador por incapacidad o incorrecciones; para rechazar y ordenar el
retiro de materiales o equipos por mala calidad o por el incumplimiento
de las especificaciones técnicas y para disponer cualquier medida
generada por una emergencia.
SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA El supervisor, cumple al
menos con la
experiencia y
calificaciones
profesionales
establecidas para el
residente de obra.
El supervisor de obra no
tiene autoridad para
modificar el contrato de
obra.
Sistema de Contratación.
Para consultoría de obra, esquema mixto de suma alzada, tarifas y/o
precios unitarios.
1) Si el sistema de contratación es de tarifas se debe indicar la tarifa
referencial correspondiente al periodo o unidad de tiempo definido.
2) Cuando se haya previsto que las actividades comprenden además
la liquidación del contrato de obra, se debe desagregar el monto
correspondiente a ambas prestaciones (mixto).
CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE OBRA
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO
N° DE
PERIODOS DE
TIEMPO
PERIODO O
UNIDAD DE
TIEMPO
TARIFA
REFERENCIAL
UNITARIA (S/)
VALOR
REFERENCIAL
TOTAL
CONSULTORIA PARA
SUPERVISÓN DE OBRA "A"
300 DIA 2,500.00 750,000.00
DESCRIPCIÓN DEL
OBJETO
N° DE
PERIODOS
DE TIEMPO
PERIODO O
UNIDAD DE
TIEMPO
TARIFA
REFERENCIAL
UNITARIA (S/)
VALOR
REFERENCIAL
TOTAL (S/.)
Supervisión de obra 300 DIA 2,500.00 750,000.00
25,000.00
775,000.00
Liquidación de obra
INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN
DE OBRA
III
DOCUMENTOS ADICIONALES A PRESENTAR POR EL
POSTOR ADJUDICADO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
DE OBRA
a) Constancia de Capacidad Libre de Contratación.
b) Programa de Ejecución de Obra (CPM) y el calendario
de avance de obra valorizado.
c) Calendario de adquisición de materiales.
d) Calendario de utilización de equipo.
e) Análisis de costos unitarios de las partidas y detalle de
gastos generales que da origen a la oferta, (precios
unitarios).
f) Desagregado por partidas que da origen a su
propuesta (suma alzada)
❑El supervisor después de los siete (7) días de
suscrito el contrato de obra, emite su
conformidad sobre los documentos b), c), d).
De existir observaciones, comunica al
contratista, quien absuelve en los ocho (8) días
siguientes y, de ser el caso, concuerda la
versión definitiva.
❑Supervisor remite a la Entidad la versión final de
dichos documentos dentro de los quince (15)
días de suscrito el contrato.
❑Entidad aprueba en cinco (5) días hábiles. En
caso se observe, se consideran los calendarios
del expediente técnico de la obra.
APROBACIÓN DE DOCUMENTOS PRESENTADOS PARA LA
FIRMA DE CONTRATO DE OBRA
b) Programa de Ejecución
de Obra (CPM) y el
calendario de avance
de obra valorizado.
c) Calendario de
adquisición de
materiales.
d) Calendario de
utilización de equipo.
1) Entidad notifique al contratista quién es el inspector o el
supervisor.
2) Entrega total o parcial del terreno o lugar donde se
ejecuta la obra.
3) Entidad provea el calendario de entrega de los
materiales e insumos (de ser el caso).
4) Entrega del Expediente Técnico de Obra completo
(modificado con ocasión de la absolución de consultas
y observaciones).
5) Se haya otorgado al contratista el adelanto directo.
INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN
Articulo 181º , Entegra del Adelanto Directo, RLCE - D.S. Nº 340-2018-EF
Firma del
Contrato
Solicitud de
Adelanto
Directo
Se cumple
los
8 días 7 días
30-01-2020 08-02-2020 15-02-2020
SUPERVISOR
VERIFICA
Si no se cumple los
requisitos 1) y 2), se
puede acordar la
suspensión de inicio de
plazo de ejecución.
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE
OBRA
IV
EL SUPERVISOR DE OBRA DEBE EXIGIR Y VERIFICAR EL
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA Y TODAS LA NORMAS
APLICABLES AL MISMO.
a) Alcance, Costo y Cronograma.
b) Permisos, Autorizaciones y Licencias.
✓ Plan de Monitoreo Arqueológico-PMA (MINCU)
✓ Autorización para ejecución de obras de aprovechamiento hídrico
(ANA-AAA)
✓ Uso de derecho de vías nacionales, departamentales (MTC /GR)
✓ Licencia de obra, rotura de pavimentos, desviaciones y otros permisos
municipales. (GL)
✓ Certificación ambiental (Sector)
c) Libre disponibilidad de terreno y servidumbres (Entidad)
d) Personal Clave del Contratista.
e) Equipo mínimo e instalaciones.
f) Salud y Seguridad.
SUPERVISIÓN
SECTORIAL
COMPETENTE
-Ambiental
-Laboral.
-Municipal.
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS DEL
CONTRATO DE OBRA
V
RIESGO DE PROYECTO
Es un evento o condición incierta que, de
producirse tiene un efecto positivo o negativo
en uno o más objetivos del proyecto, tales
como el alcance, el cronograma, el costo y la
calidad.
Los profesionales autorizados
para anotar en el cuaderno de
obra evalúan permanentemente el
desarrollo de la administración de
riesgos, debiendo anotar los
resultados, cuando menos, con
periodicidad semanal, precisando
sus efectos y los hitos afectados.
16
Asignación de Riesgos del Contrato de Obra
Se encuentran en el contrato de obra.
CONTROL TÉCNICO DE OBRA
VI
• El contratista presenta al supervisor o inspector de obra, un
informe técnico de revisión del expediente técnico de
obra, que incluya entre otros, las posibles prestaciones
adicionales, riesgos del proyecto y otros aspectos que sean
materia de consulta.
• Supervisor eleva el informe técnico de revisión del
expediente técnico de obra a la Entidad, con copia al
contratista, adjuntando su evaluación, pronunciamiento y
verificaciones propias realizadas como supervisión o
inspección.
REVISIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO
Inicio de pazo
de ejecución
Informe del
Contratista
Informe del
Supervisor
plazo15dc o 30dc
Plazo 07dc o 10dc
❑Estudios básicos
❑Compatibilidad diseños, planos, especificaciones técnicas
❑Metrados
❑Fórmulas polinómicas.
❑Canteras y botaderos.
❑Permisos y autorizaciones.
❑Riesgos del proyecto (no considerados en el contrato).
❑Posible mayores metrados.
❑Posible prestaciones adicionales de obra.
Elementos claves a considerar en revisión de ET
✓Replanteo General de Obra.
✓Revisión y aprobación de métodos.
constructivos presentados por el contratista.
✓Autorización técnicas de ejecución de
partidas.
✓Control topográfico durante ejecución
(planimetría, niveles).
✓Control de calidad de materiales (inspección
visual y certificados)
✓Control de calidad de procesos constructivos
(protocolos de pruebas).
✓Conformidad técnica de obra.
CONTROL TECNICO DE OBRA
APLICARÁ TODAS LAS
NORMAS TÉCNICAS
Reglamento Nacional de
Edificaciones (RNE).
Normas Técnicas Peruanas (NTP)
Normas ACI
Normas del Sector (MTC, MVCS,
Salud, Educación, etc).
CONTROL ECONÓMICO DE OBRA
VII
Adelanto para materiales e insumos
▪ En el contrato se establece el plazo en el cual el
contratista solicita el adelanto, así como el plazo en el
cual se entregue el adelanto.
▪ Se solicita una vez iniciado el plazo de ejecución
contractual, teniendo en consideración el calendario
de adquisición de materiales.
▪ No procede en los casos en que las solicitudes
correspondientes sean realizadas con posterioridad a
las fechas señaladas en el calendario de adquisición
de materiales e insumos
▪ Es responsabilidad del supervisor, según corresponda,
verificar la oportunidad de la solicitud de los adelantos
para materiales e insumos, de acuerdo al calendario
correspondiente.
Valorización de Obra
Los requisitos para el tramite y
pago de valorización se
establecen en el contrato de
obra.
Valorizaciones de Intereses.
Valorización de Obra Principal
Valorización de mayores metrados
Valorización de Mayores Gastos Generales
Variables
Según el reglamento, se determina la existencia de diferentes tipos de Valorizaciones, normas
que permiten distinguirlas, del modo siguiente:
Provienen de la demora en los Pagos de:
Valorización de obra, adicionales y mayores
gastos generales
Proviene de Valorizar el Monto Contratado
Proviene de Valorizar los mayores metrados
Proviene de las Ampliaciones de Plazo
Valorización de Obra Adicional Proviene de Valorizar las Obras Adicionales
El supervisor de obra aprueba y remite a la Entidad para
valorización respectiva, dentro de los 05 días (desde le
primer día hábil) del mes siguiente y debe ser pagada
por la Entidad como máximo el último día calendario de
dicho mes.
Valorizaciones de mayores
costos directos
Provienen de ampliaciones de plazo aprobadas
CONTROL ADMINISTRATIVO DE
OBRA
VIII
Cuaderno de obra
El cuaderno de obra es el documento oficial en
el que se registra todos los hechos relevantes, que
se producen en la ejecución de obra.
• Debe estar legalizado y cada página suscrita por
el supervisor o inspector y el residente.
• Consta de un original y tres copias desglosables:
una para la entidad, una para el contratista y
otra para el supervisor o inspector.
Características del cuaderno de obra
• Las anotaciones solo deben hacerlo el residente
y el supervisor. También un profesional autorizado
por la Entidad, por ausencia excepcional de los
primeros.
 Administración de riesgos: anotar los resultados,
cuando menos, con periodicidad semanal,
precisando sus efectos y los hitos afectados o no
cumplidos de ser el caso.
• Las anotaciones no reemplazan a las solicitudes
que debe hacer el contratista.
• El cuaderno de obra lo concluye cuando la obra
ha sido recepcionada de manera definitiva por
la entidad.
Consultas sobre ocurrencia en la Obra
Articulo 193-RLCE
 Las consultas se formulan en el cuaderno de obra y se dirigen al
inspector o supervisor, según corresponda.
 Las consultas cuando por su naturaleza, en opinión del supervisor,
no requieran de la opinión del proyectista, son absueltas dentro
del plazo máximo de cinco (5) días. Vencido el plazo anterior y
de no ser absueltas, el contratista dentro de los dos (2) días
siguientes tiene que acudir a la Entidad, la cual las resuelve en un
plazo máximo de cinco (5) días.
 Las consultas cuando por su naturaleza, en opinión del supervisor,
requieran de la opinión del proyectista son elevadas a la Entidad
en el máximo de cuatro (4) días, correspondiendo a esta en
absolver la consulta en un plazo máximo de quince (15) días
 Si, vencidos los plazos, no se absuelve la consulta, el contratista
tiene el derecho a solicitar ampliación de plazo contractual por el
tiempo correspondiente a la demora.
1.- Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista.
2.- Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la
prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplia el plazo
de las garantías que hubiere otorgado.
3.- Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los
mayores metrados, en contratos a precios unitarios
Causales:
✓ Siempre que las causales mencionadas modifiquen la ruta
crítica del programa de ejecución de obra vigente al
momento de la solicitud.
✓ La solicitud de ampliación de pazo lo presenta el contratista
(representante legal).
AMPLIACIÓN DE PLAZO
Articulo 197 DS N° 340-2018-EF
Plazos y procedimientos de Ampliación de Plazo
Articulo 198 RLCE (DS N° 344-2018-EF)
X d. c 15 d
xx d. c
5 d. h.
15 d. h
30 d. h
7 d. 7 d. 7 d.
Entidad emite pronunciamiento:
Contratista lo acepta - OK
Contratista no lo acepta
Residente
anota en el CO
el inicio de la
causal
Contratista a presenta
solicitud de Ampliación
de Plazo al Supervisor,
con copia a la entidad.
Contratista puede
someter a medio de
solución de controversia.
Contratista presenta al
supervisor un nuevo CAOV
y el CPM, de las partidas
afectadas así como la Ruta
Crítica
Residente anota
en el CO fin de
la causal
Supervisor eleva a la Entidad
con los ajustes concordados
con el Contratista
Supervisor emite opinión
técnica sustentada, y lo
remite a la Entidad y al
contratista.
Entidad se pronuncia y aprueba, el
nuevo CAOV y el CPM, reemplaza
al anterior en todos sus efectos.
Si la Entidad no se pronuncia, se da
por aprobado el enviado por el
supervisor.
Si la Entidad no se pronuncia, se
considera ampliado el plazo con el
informe del supervisor. Si el
Supervisor no ha emitido opinión, se
da por otorgado el plazo solicitado
por el contratista.
30
Comunicación de Ampliación de Plazo
Se considera
correctamente
comunicado
/notificado.
ESCENARIOS
QUE SE
PRESENTAN
Se emite la
Resolución, pero
se notifica
después del plazo
establecido
Se emite la
Resolución y se
notifica dentro del
plazo establecido.
No se emite la
resolución en
el plazo
establecido.
Se considera
ampliado
(consentido) el plazo
solicitado por el
Contratista
En caso el Contratista no esté de acuerdo con la decisión adoptada por la
entidad, puede someter al respectivo medio de solución de controversia (Junta
de Resolución de Disputas/Conciliación /Arbitraje), dentro de los tiene 30 días
hábiles, de comunicado.
Se considera
ampliado
(consentido) el
plazo solicitado por
el Contratista
La ejecución es autorizado por el supervisor o inspector de
obra a través de su anotación en el cuaderno de obra, y
comunicados a la Entidad, de forma previa a su ejecución.
Mayor metrado: Es el incremento del metrado de una partida
prevista en el presupuesto de obra, indispensable para alcanzar
la finalidad del proyecto, resultante del replanteo y cuantificación
real respecto de lo considerado en el expediente técnico de obra
y que no proviene de una modificación del diseño de ingeniería.
El contratista mediante anotación en cuaderno de obra solicita la
ejecución de mayores metrados. El supervisor autoriza su
ejecución siempre que no se supere el quince por ciento (15%)
del monto del contrato original,
MAYORES METRADOS
Articulo 205. DS N° 344-2018-EF
DISEÑO DE INGENIERIA
Cálculos de diseño que han servido
para el dimensionamiento y/o
determinación de las características
físico-mecánicas de los
componentes de una obra
realizados por especialistas de
ingeniería o arquitectura. No se
consideran cambios de diseño de
ingeniería los cambios en las
dimensiones o características físico
mecánicas producto de replanteos
o adecuaciones a la situación real
del terreno que no impliquen la
necesidad de nuevos cálculos.
ADICIONALES DE OBRA
Prestaciones adicionales de obras menores
o iguales al 15% (Artículo 205°). La ejecución
de prestaciones adicionales de obra solo
procede, cuando previamente se cuente
con la certificación de crédito
presupuestario y con la resolución del Titular
de la Entidad.
Prestaciones adicionales de obras
mayores al 15% (Artículo 206)
Luego de ser aprobadas por el Titular
de la Entidad, requieren previamente,
para su ejecución y pago, la
autorización expresa de la
Contraloría General de la República.
% Adicional de obra = ∑Ppto. Adicional +∑Mayores metrados- ∑Ppto. Deductivo Vinculante < 15%
Ppto. Contrato Original
Situaciones Imprevisibles posteriores a
la suscripción del Contrato
Deficiencia en el Expediente
Técnico de la obra
La elaboración del expediente técnico del
adicional de obra es responsabilidad de
contratista (Artículo 205°).
Causales
Si el contratista no cumple con presentar un nuevo
calendario acelerado de avance de obra cuando el monto
de la valorización acumulada ejecutada es < 80% del monto
acumulado programado
Si el monto de la valorización acumulada ejecutada es <
80% del monto acumulado programado del nuevo
calendario acelerado
Si vencido el 50% del plazo para la subsanación de las
observaciones durante la recepción de la obra, se verifica
que no se ha dado inicio a los trabajos
Por incumplimiento de otras estipulaciones contractuales
INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE OBRA
1
2
3
4
RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE
OBRA
IX
El inspector o supervisor, corrobora el fiel cumplimiento
de lo establecido en los planos, especificaciones
técnicas y calidad y emite el certificado de
conformidad técnica, que detalla las metas del
proyecto y precisa que la obra cumple lo establecido en
el expediente técnico de obra.
RECEPCIÓN DE OBRA
Articulo 208 – DS N° 344-2018-EF
El comité verifica el
funcionamiento
u operatividad de
la infraestructura
culminada y las
instalaciones y
equipos.
Si el comité de recepción, al verificar el funcionamiento u
operatividad de la infraestructura culminada, advierte que
la obra no se encuentra culminada, dispone que el
supervisor anote en el cuaderno de obra tal hecho.
Respecto al supervisor se le aplica una penalidad no
menor a 1% ni mayor a 5% al monto del contrato de
supervisión.
RESIDENTE:
Anota en Cuaderno
de Obra y solicita la
Recepción de obra.
ENTIDAD:
Designa al
Comité de
Recepción
Acta de
Recepción
Sin
observaciones
Con
observaciones
SUPERVISOR:
Verifica, emite
Conformidad
Técnica de Obra
e informa a la
Entidad
COMITÉ y
CONTRATISTA
inicia la
Recepción de
obra, (1/10 plazo
de obra)
20 días
El Comité
Recepciona la
obra
Pliego de
observaciones
Periodo de
subsanación de
observaciones
1/10 Plazo
vigente (45dc)
RESIDENTE:
Nuevo pedido de
Recepción 3 días
SUPERVISOR:
Verifica e informa a
la Entidad
El Comité
Recepciona la
obra
CULMINA
EJECUCIÓN DE
LA OBRA
COMITÉ y
CONTRATISTA
Verifican
subsanaciones
7 días
2 días
5 días
Recepción de obra
CONTRATISTA:
Presenta
liquidación
Sí
Contratista comunica a la Entidad sus
observaciones
ENTIDAD observa o
elabora su liquidación y
notifica a Contratista
Entidad no acoge las
observaciones y lo manifiesta al
Contratista
Liquidación
consentida
Se inicia solución de
controversia (Conciliación y/o
arbitraje
OBRA
RECEPCIONADA
15 días
LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA
1/10 Plazo
vigente ó 60 dc
60 dc
ENTIDAD: Ordena al
Supervisor de Obra
Elabora la liquidación
notifica al Contratista
Entidad acoge las
observaciones y con
acto resolutivo notifica
al Contratista
No
Contratista
está de
acuerdo?
Liquidación
consentida
Entidad
está
conforme?
Entidad
está
conforme?
Contratista
está
conforme?
Contratista manifiesta
su conformidad a la
Entidad
Sí
Contratista manifiesta que
no acoge las observaciones
a la Entidad
No
Contratista comunica su
conformidad, si no se
pronuncia, quedará
consentida.
Sí
Contratist
a elabora
liquidació
n de obra
No 1/10 Plazo
vigente ó 60 d
15 días
15 días
Sí
No
Liquidación
consentida
15 días
Sí
No
15 días
Supervisor
presenta sus
propios cálculos
(liquidación)
1/10 Plazo vigente ó 60 dc
60 dc
REINICIO DE OBRAS POST
EMERGENCIA NACIONAL-COVID19
X
DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA
DECRETO SUPREMO N° 044-2020-PCM
DECRETO SUPREMO N° 051-2020-PCM
DECRETO SUPREMO N° 064-2020-PCM
DECRETO SUPREMO N° 075-2020-PCM
DECRETO DE URGENCIA 036-2020
GESTIÓN PARA REINICIO DE OBRAS
❑Respecto al estado de emergencia nacional, se ha acordado la
suspensión del plazo de ejecución de obra?
❑Solitud y ampliación de plazo de ejecución de obra, por declaratoria
de emergencia nacional.
❑Suspensión de plazo de ejecución de obra o ampliación de plazo, por
adecuación del los protocolos para actividades de construcción
(Covid19).
¿Para la implementación de la nuevos protocolos de trabajo, que
corresponde, adicional de obra?
Articulo 34-Ley de Contrataciones de Estado
34.10 Cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, las partes pueden
acordar otras modificaciones al contrato siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes
a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su
finalidad de manera oportuna y eficiente, y no cambien los elementos determinantes del objeto.
Cuando la modificación implique el incremento del precio debe ser aprobada por el Titular de la
Entidad.
¡GRACIAS!
#Yomequedoencasa.
#Quedateencasa.
correo:mpaucarar@unjbg.edu.pe
celular: 968967641

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2 SEMANA 1 B SUPERVISION DE OBRAS PUBLICAS.pdf

  • 1. SUPERVISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. MÓDULO : SUPERVISIÓN DOCENTE : DR. ING. MARTIN PAUCARA ROJAS
  • 2. 1. PROYECTOS DE INVERSIÓN Y OBRAS. 2. CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE OBRA. 3. INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA. 4. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA 5. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS DEL CONTRATO DE OBRA 6. CONTROL TÉCNICO DE OBRA 6.1 Revisión de expediente técnico. 6.2 Especificaciones Técnicas 6.2 Calidad 6.3 Certificado de conformidad técnica 7. CONTROL ECONÓMICO DE OBRAS 7.1 Adelanto de materiales 7.2 Valorización de Obra 7.3 Liquidación de contrato de obra 8. CONTROL ADMINISTRATIVO 8.1 Cuaderno de Obra / Consultas 8.1 Suspensión de plazo y ampliación de plazo. 8.2 Mayores metrados y adicional de obra 8.3 Intervención económica. 9. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA. 10. REINICIO DE OBRAS POST EMERGENCIA NACIONAL. TEMARIO
  • 3. PROYECTO DE INVERSIÓN Y OBRA PÚBLICA I
  • 4. Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros. Dirección técnica Expediente técnico Mano de obra Materiales y/o equipos Proyecto de inversión: Intervenciones temporales que se financian, total o parcialmente, con recursos públicos, destinadas a la formación de capital físico, humano, institucional, intelectual y/o natural, que tenga como propósito crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes y/o servicios. Fases del Ciclo de Inversión Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
  • 5. Supervisión de la Entidad (Articulo 10-LCE). La Entidad debe supervisar el proceso de contratación en todos sus niveles, directamente o a través de terceros. Cuando la supervisión sea contratada con terceros, el plazo inicial del contrato debe estar vinculado al del contrato de la prestación a supervisar y comprender hasta la liquidación de la obra o la conclusión del servicio Para iniciar la ejecución de una obra que requiera supervisión, puede designarse un inspector de obra o un equipo de inspectores en tanto se contrata la supervisión. SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA SUPERVISAR Ejercer la inspección superior en trabajos realizados por otros.
  • 7. Supervisor de Obra (Articulo 186-RLCE). • Durante la ejecución de la obra, se cuenta, de modo permanente y directo, con un inspector o con un supervisor. • El inspector es un profesional, funcionario o servidor de la Entidad, el supervisor es una persona natural o jurídica. Si es una persona jurídica, esta designa a una persona natural como supervisor permanente de obra. Funciones del Supervisor de Obra (Articulo 187-RLCE). • Responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del cumplimiento del contrato, además de la debida y oportuna administración de riesgos durante todo el plazo de la obra, debiendo absolver las consultas que formule el contratista • Está facultado para ordenar el retiro de cualquier subcontratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones; para rechazar y ordenar el retiro de materiales o equipos por mala calidad o por el incumplimiento de las especificaciones técnicas y para disponer cualquier medida generada por una emergencia. SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA El supervisor, cumple al menos con la experiencia y calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra. El supervisor de obra no tiene autoridad para modificar el contrato de obra.
  • 8. Sistema de Contratación. Para consultoría de obra, esquema mixto de suma alzada, tarifas y/o precios unitarios. 1) Si el sistema de contratación es de tarifas se debe indicar la tarifa referencial correspondiente al periodo o unidad de tiempo definido. 2) Cuando se haya previsto que las actividades comprenden además la liquidación del contrato de obra, se debe desagregar el monto correspondiente a ambas prestaciones (mixto). CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE OBRA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO N° DE PERIODOS DE TIEMPO PERIODO O UNIDAD DE TIEMPO TARIFA REFERENCIAL UNITARIA (S/) VALOR REFERENCIAL TOTAL CONSULTORIA PARA SUPERVISÓN DE OBRA "A" 300 DIA 2,500.00 750,000.00 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO N° DE PERIODOS DE TIEMPO PERIODO O UNIDAD DE TIEMPO TARIFA REFERENCIAL UNITARIA (S/) VALOR REFERENCIAL TOTAL (S/.) Supervisión de obra 300 DIA 2,500.00 750,000.00 25,000.00 775,000.00 Liquidación de obra
  • 9. INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA III
  • 10. DOCUMENTOS ADICIONALES A PRESENTAR POR EL POSTOR ADJUDICADO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO DE OBRA a) Constancia de Capacidad Libre de Contratación. b) Programa de Ejecución de Obra (CPM) y el calendario de avance de obra valorizado. c) Calendario de adquisición de materiales. d) Calendario de utilización de equipo. e) Análisis de costos unitarios de las partidas y detalle de gastos generales que da origen a la oferta, (precios unitarios). f) Desagregado por partidas que da origen a su propuesta (suma alzada)
  • 11. ❑El supervisor después de los siete (7) días de suscrito el contrato de obra, emite su conformidad sobre los documentos b), c), d). De existir observaciones, comunica al contratista, quien absuelve en los ocho (8) días siguientes y, de ser el caso, concuerda la versión definitiva. ❑Supervisor remite a la Entidad la versión final de dichos documentos dentro de los quince (15) días de suscrito el contrato. ❑Entidad aprueba en cinco (5) días hábiles. En caso se observe, se consideran los calendarios del expediente técnico de la obra. APROBACIÓN DE DOCUMENTOS PRESENTADOS PARA LA FIRMA DE CONTRATO DE OBRA b) Programa de Ejecución de Obra (CPM) y el calendario de avance de obra valorizado. c) Calendario de adquisición de materiales. d) Calendario de utilización de equipo.
  • 12. 1) Entidad notifique al contratista quién es el inspector o el supervisor. 2) Entrega total o parcial del terreno o lugar donde se ejecuta la obra. 3) Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos (de ser el caso). 4) Entrega del Expediente Técnico de Obra completo (modificado con ocasión de la absolución de consultas y observaciones). 5) Se haya otorgado al contratista el adelanto directo. INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN Articulo 181º , Entegra del Adelanto Directo, RLCE - D.S. Nº 340-2018-EF Firma del Contrato Solicitud de Adelanto Directo Se cumple los 8 días 7 días 30-01-2020 08-02-2020 15-02-2020 SUPERVISOR VERIFICA Si no se cumple los requisitos 1) y 2), se puede acordar la suspensión de inicio de plazo de ejecución.
  • 14. EL SUPERVISOR DE OBRA DEBE EXIGIR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA Y TODAS LA NORMAS APLICABLES AL MISMO. a) Alcance, Costo y Cronograma. b) Permisos, Autorizaciones y Licencias. ✓ Plan de Monitoreo Arqueológico-PMA (MINCU) ✓ Autorización para ejecución de obras de aprovechamiento hídrico (ANA-AAA) ✓ Uso de derecho de vías nacionales, departamentales (MTC /GR) ✓ Licencia de obra, rotura de pavimentos, desviaciones y otros permisos municipales. (GL) ✓ Certificación ambiental (Sector) c) Libre disponibilidad de terreno y servidumbres (Entidad) d) Personal Clave del Contratista. e) Equipo mínimo e instalaciones. f) Salud y Seguridad. SUPERVISIÓN SECTORIAL COMPETENTE -Ambiental -Laboral. -Municipal.
  • 15. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS DEL CONTRATO DE OBRA V
  • 16. RIESGO DE PROYECTO Es un evento o condición incierta que, de producirse tiene un efecto positivo o negativo en uno o más objetivos del proyecto, tales como el alcance, el cronograma, el costo y la calidad. Los profesionales autorizados para anotar en el cuaderno de obra evalúan permanentemente el desarrollo de la administración de riesgos, debiendo anotar los resultados, cuando menos, con periodicidad semanal, precisando sus efectos y los hitos afectados. 16
  • 17. Asignación de Riesgos del Contrato de Obra Se encuentran en el contrato de obra.
  • 19. • El contratista presenta al supervisor o inspector de obra, un informe técnico de revisión del expediente técnico de obra, que incluya entre otros, las posibles prestaciones adicionales, riesgos del proyecto y otros aspectos que sean materia de consulta. • Supervisor eleva el informe técnico de revisión del expediente técnico de obra a la Entidad, con copia al contratista, adjuntando su evaluación, pronunciamiento y verificaciones propias realizadas como supervisión o inspección. REVISIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO Inicio de pazo de ejecución Informe del Contratista Informe del Supervisor plazo15dc o 30dc Plazo 07dc o 10dc
  • 20. ❑Estudios básicos ❑Compatibilidad diseños, planos, especificaciones técnicas ❑Metrados ❑Fórmulas polinómicas. ❑Canteras y botaderos. ❑Permisos y autorizaciones. ❑Riesgos del proyecto (no considerados en el contrato). ❑Posible mayores metrados. ❑Posible prestaciones adicionales de obra. Elementos claves a considerar en revisión de ET
  • 21. ✓Replanteo General de Obra. ✓Revisión y aprobación de métodos. constructivos presentados por el contratista. ✓Autorización técnicas de ejecución de partidas. ✓Control topográfico durante ejecución (planimetría, niveles). ✓Control de calidad de materiales (inspección visual y certificados) ✓Control de calidad de procesos constructivos (protocolos de pruebas). ✓Conformidad técnica de obra. CONTROL TECNICO DE OBRA APLICARÁ TODAS LAS NORMAS TÉCNICAS Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE). Normas Técnicas Peruanas (NTP) Normas ACI Normas del Sector (MTC, MVCS, Salud, Educación, etc).
  • 23. Adelanto para materiales e insumos ▪ En el contrato se establece el plazo en el cual el contratista solicita el adelanto, así como el plazo en el cual se entregue el adelanto. ▪ Se solicita una vez iniciado el plazo de ejecución contractual, teniendo en consideración el calendario de adquisición de materiales. ▪ No procede en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales e insumos ▪ Es responsabilidad del supervisor, según corresponda, verificar la oportunidad de la solicitud de los adelantos para materiales e insumos, de acuerdo al calendario correspondiente.
  • 24. Valorización de Obra Los requisitos para el tramite y pago de valorización se establecen en el contrato de obra. Valorizaciones de Intereses. Valorización de Obra Principal Valorización de mayores metrados Valorización de Mayores Gastos Generales Variables Según el reglamento, se determina la existencia de diferentes tipos de Valorizaciones, normas que permiten distinguirlas, del modo siguiente: Provienen de la demora en los Pagos de: Valorización de obra, adicionales y mayores gastos generales Proviene de Valorizar el Monto Contratado Proviene de Valorizar los mayores metrados Proviene de las Ampliaciones de Plazo Valorización de Obra Adicional Proviene de Valorizar las Obras Adicionales El supervisor de obra aprueba y remite a la Entidad para valorización respectiva, dentro de los 05 días (desde le primer día hábil) del mes siguiente y debe ser pagada por la Entidad como máximo el último día calendario de dicho mes. Valorizaciones de mayores costos directos Provienen de ampliaciones de plazo aprobadas
  • 26. Cuaderno de obra El cuaderno de obra es el documento oficial en el que se registra todos los hechos relevantes, que se producen en la ejecución de obra. • Debe estar legalizado y cada página suscrita por el supervisor o inspector y el residente. • Consta de un original y tres copias desglosables: una para la entidad, una para el contratista y otra para el supervisor o inspector.
  • 27. Características del cuaderno de obra • Las anotaciones solo deben hacerlo el residente y el supervisor. También un profesional autorizado por la Entidad, por ausencia excepcional de los primeros.  Administración de riesgos: anotar los resultados, cuando menos, con periodicidad semanal, precisando sus efectos y los hitos afectados o no cumplidos de ser el caso. • Las anotaciones no reemplazan a las solicitudes que debe hacer el contratista. • El cuaderno de obra lo concluye cuando la obra ha sido recepcionada de manera definitiva por la entidad.
  • 28. Consultas sobre ocurrencia en la Obra Articulo 193-RLCE  Las consultas se formulan en el cuaderno de obra y se dirigen al inspector o supervisor, según corresponda.  Las consultas cuando por su naturaleza, en opinión del supervisor, no requieran de la opinión del proyectista, son absueltas dentro del plazo máximo de cinco (5) días. Vencido el plazo anterior y de no ser absueltas, el contratista dentro de los dos (2) días siguientes tiene que acudir a la Entidad, la cual las resuelve en un plazo máximo de cinco (5) días.  Las consultas cuando por su naturaleza, en opinión del supervisor, requieran de la opinión del proyectista son elevadas a la Entidad en el máximo de cuatro (4) días, correspondiendo a esta en absolver la consulta en un plazo máximo de quince (15) días  Si, vencidos los plazos, no se absuelve la consulta, el contratista tiene el derecho a solicitar ampliación de plazo contractual por el tiempo correspondiente a la demora.
  • 29. 1.- Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista. 2.- Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplia el plazo de las garantías que hubiere otorgado. 3.- Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados, en contratos a precios unitarios Causales: ✓ Siempre que las causales mencionadas modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud. ✓ La solicitud de ampliación de pazo lo presenta el contratista (representante legal). AMPLIACIÓN DE PLAZO Articulo 197 DS N° 340-2018-EF
  • 30. Plazos y procedimientos de Ampliación de Plazo Articulo 198 RLCE (DS N° 344-2018-EF) X d. c 15 d xx d. c 5 d. h. 15 d. h 30 d. h 7 d. 7 d. 7 d. Entidad emite pronunciamiento: Contratista lo acepta - OK Contratista no lo acepta Residente anota en el CO el inicio de la causal Contratista a presenta solicitud de Ampliación de Plazo al Supervisor, con copia a la entidad. Contratista puede someter a medio de solución de controversia. Contratista presenta al supervisor un nuevo CAOV y el CPM, de las partidas afectadas así como la Ruta Crítica Residente anota en el CO fin de la causal Supervisor eleva a la Entidad con los ajustes concordados con el Contratista Supervisor emite opinión técnica sustentada, y lo remite a la Entidad y al contratista. Entidad se pronuncia y aprueba, el nuevo CAOV y el CPM, reemplaza al anterior en todos sus efectos. Si la Entidad no se pronuncia, se da por aprobado el enviado por el supervisor. Si la Entidad no se pronuncia, se considera ampliado el plazo con el informe del supervisor. Si el Supervisor no ha emitido opinión, se da por otorgado el plazo solicitado por el contratista. 30
  • 31. Comunicación de Ampliación de Plazo Se considera correctamente comunicado /notificado. ESCENARIOS QUE SE PRESENTAN Se emite la Resolución, pero se notifica después del plazo establecido Se emite la Resolución y se notifica dentro del plazo establecido. No se emite la resolución en el plazo establecido. Se considera ampliado (consentido) el plazo solicitado por el Contratista En caso el Contratista no esté de acuerdo con la decisión adoptada por la entidad, puede someter al respectivo medio de solución de controversia (Junta de Resolución de Disputas/Conciliación /Arbitraje), dentro de los tiene 30 días hábiles, de comunicado. Se considera ampliado (consentido) el plazo solicitado por el Contratista
  • 32. La ejecución es autorizado por el supervisor o inspector de obra a través de su anotación en el cuaderno de obra, y comunicados a la Entidad, de forma previa a su ejecución. Mayor metrado: Es el incremento del metrado de una partida prevista en el presupuesto de obra, indispensable para alcanzar la finalidad del proyecto, resultante del replanteo y cuantificación real respecto de lo considerado en el expediente técnico de obra y que no proviene de una modificación del diseño de ingeniería. El contratista mediante anotación en cuaderno de obra solicita la ejecución de mayores metrados. El supervisor autoriza su ejecución siempre que no se supere el quince por ciento (15%) del monto del contrato original, MAYORES METRADOS Articulo 205. DS N° 344-2018-EF DISEÑO DE INGENIERIA Cálculos de diseño que han servido para el dimensionamiento y/o determinación de las características físico-mecánicas de los componentes de una obra realizados por especialistas de ingeniería o arquitectura. No se consideran cambios de diseño de ingeniería los cambios en las dimensiones o características físico mecánicas producto de replanteos o adecuaciones a la situación real del terreno que no impliquen la necesidad de nuevos cálculos.
  • 33. ADICIONALES DE OBRA Prestaciones adicionales de obras menores o iguales al 15% (Artículo 205°). La ejecución de prestaciones adicionales de obra solo procede, cuando previamente se cuente con la certificación de crédito presupuestario y con la resolución del Titular de la Entidad. Prestaciones adicionales de obras mayores al 15% (Artículo 206) Luego de ser aprobadas por el Titular de la Entidad, requieren previamente, para su ejecución y pago, la autorización expresa de la Contraloría General de la República. % Adicional de obra = ∑Ppto. Adicional +∑Mayores metrados- ∑Ppto. Deductivo Vinculante < 15% Ppto. Contrato Original Situaciones Imprevisibles posteriores a la suscripción del Contrato Deficiencia en el Expediente Técnico de la obra La elaboración del expediente técnico del adicional de obra es responsabilidad de contratista (Artículo 205°).
  • 34. Causales Si el contratista no cumple con presentar un nuevo calendario acelerado de avance de obra cuando el monto de la valorización acumulada ejecutada es < 80% del monto acumulado programado Si el monto de la valorización acumulada ejecutada es < 80% del monto acumulado programado del nuevo calendario acelerado Si vencido el 50% del plazo para la subsanación de las observaciones durante la recepción de la obra, se verifica que no se ha dado inicio a los trabajos Por incumplimiento de otras estipulaciones contractuales INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE OBRA 1 2 3 4
  • 36. El inspector o supervisor, corrobora el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos, especificaciones técnicas y calidad y emite el certificado de conformidad técnica, que detalla las metas del proyecto y precisa que la obra cumple lo establecido en el expediente técnico de obra. RECEPCIÓN DE OBRA Articulo 208 – DS N° 344-2018-EF El comité verifica el funcionamiento u operatividad de la infraestructura culminada y las instalaciones y equipos. Si el comité de recepción, al verificar el funcionamiento u operatividad de la infraestructura culminada, advierte que la obra no se encuentra culminada, dispone que el supervisor anote en el cuaderno de obra tal hecho. Respecto al supervisor se le aplica una penalidad no menor a 1% ni mayor a 5% al monto del contrato de supervisión.
  • 37. RESIDENTE: Anota en Cuaderno de Obra y solicita la Recepción de obra. ENTIDAD: Designa al Comité de Recepción Acta de Recepción Sin observaciones Con observaciones SUPERVISOR: Verifica, emite Conformidad Técnica de Obra e informa a la Entidad COMITÉ y CONTRATISTA inicia la Recepción de obra, (1/10 plazo de obra) 20 días El Comité Recepciona la obra Pliego de observaciones Periodo de subsanación de observaciones 1/10 Plazo vigente (45dc) RESIDENTE: Nuevo pedido de Recepción 3 días SUPERVISOR: Verifica e informa a la Entidad El Comité Recepciona la obra CULMINA EJECUCIÓN DE LA OBRA COMITÉ y CONTRATISTA Verifican subsanaciones 7 días 2 días 5 días Recepción de obra
  • 38. CONTRATISTA: Presenta liquidación Sí Contratista comunica a la Entidad sus observaciones ENTIDAD observa o elabora su liquidación y notifica a Contratista Entidad no acoge las observaciones y lo manifiesta al Contratista Liquidación consentida Se inicia solución de controversia (Conciliación y/o arbitraje OBRA RECEPCIONADA 15 días LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA 1/10 Plazo vigente ó 60 dc 60 dc ENTIDAD: Ordena al Supervisor de Obra Elabora la liquidación notifica al Contratista Entidad acoge las observaciones y con acto resolutivo notifica al Contratista No Contratista está de acuerdo? Liquidación consentida Entidad está conforme? Entidad está conforme? Contratista está conforme? Contratista manifiesta su conformidad a la Entidad Sí Contratista manifiesta que no acoge las observaciones a la Entidad No Contratista comunica su conformidad, si no se pronuncia, quedará consentida. Sí Contratist a elabora liquidació n de obra No 1/10 Plazo vigente ó 60 d 15 días 15 días Sí No Liquidación consentida 15 días Sí No 15 días Supervisor presenta sus propios cálculos (liquidación) 1/10 Plazo vigente ó 60 dc 60 dc
  • 39. REINICIO DE OBRAS POST EMERGENCIA NACIONAL-COVID19 X
  • 40. DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA DECRETO SUPREMO N° 044-2020-PCM DECRETO SUPREMO N° 051-2020-PCM DECRETO SUPREMO N° 064-2020-PCM DECRETO SUPREMO N° 075-2020-PCM DECRETO DE URGENCIA 036-2020
  • 41. GESTIÓN PARA REINICIO DE OBRAS ❑Respecto al estado de emergencia nacional, se ha acordado la suspensión del plazo de ejecución de obra? ❑Solitud y ampliación de plazo de ejecución de obra, por declaratoria de emergencia nacional. ❑Suspensión de plazo de ejecución de obra o ampliación de plazo, por adecuación del los protocolos para actividades de construcción (Covid19). ¿Para la implementación de la nuevos protocolos de trabajo, que corresponde, adicional de obra? Articulo 34-Ley de Contrataciones de Estado 34.10 Cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, las partes pueden acordar otras modificaciones al contrato siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su finalidad de manera oportuna y eficiente, y no cambien los elementos determinantes del objeto. Cuando la modificación implique el incremento del precio debe ser aprobada por el Titular de la Entidad.