Este documento discute la legitimación para ejercer acciones en materia ambiental. Explica que los derechos de incidencia colectiva como el medio ambiente han roto el esquema clásico de legitimación basado en el derecho subjetivo. Propone mecanismos como la acción popular y las class actions para tutelar derechos difusos e intereses colectivos sin dueño. Finalmente, analiza experiencias internacionales en este tema.
El documento presenta diferentes conceptos de acción en derecho penal, incluyendo el concepto causal, final, social, personal, negativo y funcional. También discute las causales de ausencia de acción como la fuerza irresistible, los actos reflejos y estados de inconsciencia. Asimismo, aborda la distinción entre delitos de acción y omisión, y las clases de omisión como la propia e impropia.
Este documento resume el origen y desarrollo del derecho subjetivo. Explica que el derecho subjetivo es la facultad que reconoce el ordenamiento jurídico a una persona para hacer o exigir algo. Se compone de un sujeto, un objeto y un contenido. También clasifica los derechos subjetivos en públicos y privados, y analiza cómo se adquiere, modifica y extingue un derecho subjetivo a través de la sucesión, transmisión o renuncia.
Las partes son los sujetos que actúan o contradicen en un proceso judicial. Existen partes materiales, aquellas cuyo interés se ve afectado por la sentencia, y partes formales, que actúan en el proceso sin verse afectadas personalmente. Para ser parte, una persona debe tener capacidad procesal y legitimación, ya sea activa como titular de un derecho o pasiva para contradecirlo.
El documento describe los principios de tipicidad, culpabilidad, proporcionalidad y humanidad de las penas en el derecho penal. El principio de tipicidad establece que solo conductas claramente descritas en la ley pueden ser consideradas delitos. Los principios de culpabilidad y proporcionalidad establecen que la pena debe estar justificada por la gravedad del delito y ajustarse a la culpabilidad del ofensor. Finalmente, el principio de humanidad prohíbe las penas crueles, inhumanas o degradantes.
La norma penal se caracteriza por tener un valorativo, un precepto y una sanción. La ley penal es la manifestación de la voluntad colectiva que tipifica ciertos actos como delitos y establece las sanciones aplicables. Siguiendo el principio de legalidad, nadie puede ser castigado por un hecho no previsto en la ley ni con penas no establecidas previamente. Las leyes penales pueden clasificarse por su naturaleza o sanción.
Este documento resume las causas de extinción de los actos administrativos. Los actos administrativos pueden extinguirse cuando no cumplen con todos los requisitos legales, por determinación judicial, o cuando cumplen su objetivo. Algunas causas específicas de extinción son la revocación, rescisión, prescripción, caducidad, condición o nulidad. Los actos administrativos también pueden extinguirse por su propia naturaleza, por omisión del destinatario, o por un nuevo acto administrativo que lo revoque.
Origen y Evolución del Derecho Ambiental Internacionalrosalbabueno
Este documento resume la evolución histórica del derecho ambiental internacional desde sus primeros antecedentes hasta la actualidad. Comienza describiendo los primeros tratados internacionales sobre el medio ambiente en la antigüedad y continúa explicando las cuatro etapas clave en el desarrollo del derecho ambiental internacional: desde los primeros instrumentos hasta 1972, desde 1972 hasta la Conferencia de Río en 1992, los acuerdos posteriores a Estocolmo 1972, y la Conferencia de Río de 1992.
El documento presenta diferentes conceptos de acción en derecho penal, incluyendo el concepto causal, final, social, personal, negativo y funcional. También discute las causales de ausencia de acción como la fuerza irresistible, los actos reflejos y estados de inconsciencia. Asimismo, aborda la distinción entre delitos de acción y omisión, y las clases de omisión como la propia e impropia.
Este documento resume el origen y desarrollo del derecho subjetivo. Explica que el derecho subjetivo es la facultad que reconoce el ordenamiento jurídico a una persona para hacer o exigir algo. Se compone de un sujeto, un objeto y un contenido. También clasifica los derechos subjetivos en públicos y privados, y analiza cómo se adquiere, modifica y extingue un derecho subjetivo a través de la sucesión, transmisión o renuncia.
Las partes son los sujetos que actúan o contradicen en un proceso judicial. Existen partes materiales, aquellas cuyo interés se ve afectado por la sentencia, y partes formales, que actúan en el proceso sin verse afectadas personalmente. Para ser parte, una persona debe tener capacidad procesal y legitimación, ya sea activa como titular de un derecho o pasiva para contradecirlo.
El documento describe los principios de tipicidad, culpabilidad, proporcionalidad y humanidad de las penas en el derecho penal. El principio de tipicidad establece que solo conductas claramente descritas en la ley pueden ser consideradas delitos. Los principios de culpabilidad y proporcionalidad establecen que la pena debe estar justificada por la gravedad del delito y ajustarse a la culpabilidad del ofensor. Finalmente, el principio de humanidad prohíbe las penas crueles, inhumanas o degradantes.
La norma penal se caracteriza por tener un valorativo, un precepto y una sanción. La ley penal es la manifestación de la voluntad colectiva que tipifica ciertos actos como delitos y establece las sanciones aplicables. Siguiendo el principio de legalidad, nadie puede ser castigado por un hecho no previsto en la ley ni con penas no establecidas previamente. Las leyes penales pueden clasificarse por su naturaleza o sanción.
Este documento resume las causas de extinción de los actos administrativos. Los actos administrativos pueden extinguirse cuando no cumplen con todos los requisitos legales, por determinación judicial, o cuando cumplen su objetivo. Algunas causas específicas de extinción son la revocación, rescisión, prescripción, caducidad, condición o nulidad. Los actos administrativos también pueden extinguirse por su propia naturaleza, por omisión del destinatario, o por un nuevo acto administrativo que lo revoque.
Origen y Evolución del Derecho Ambiental Internacionalrosalbabueno
Este documento resume la evolución histórica del derecho ambiental internacional desde sus primeros antecedentes hasta la actualidad. Comienza describiendo los primeros tratados internacionales sobre el medio ambiente en la antigüedad y continúa explicando las cuatro etapas clave en el desarrollo del derecho ambiental internacional: desde los primeros instrumentos hasta 1972, desde 1972 hasta la Conferencia de Río en 1992, los acuerdos posteriores a Estocolmo 1972, y la Conferencia de Río de 1992.
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con el derecho procesal civil y el procedimiento civil. Explica que un proceso es un conjunto de actos concatenados que tienen como finalidad llegar a una sentencia, y que un procedimiento es el conjunto de pasos que se siguen dentro de un proceso. Además, clasifica los procesos según criterios como su contenido, finalidad y estructura.
Este documento trata sobre el Título Preliminar del Código Penal Peruano. En primer lugar, introduce el tema y ofrece antecedentes históricos sobre los principios que se encuentran en el Título Preliminar. Luego, analiza varios artículos específicos, incluyendo el Artículo I sobre el objeto del Código Penal de prevenir delitos y proteger a las personas, y el Artículo II sobre el principio de legalidad de que solo se pueden sancionar conductas previamente definidas como delitos en la ley. Finalmente, resume las
1. El nuevo Estado ecuatoriano se define como un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, que garantiza la libertad individual a través de la ley y promueve la igualdad material de las personas.
2. La nueva Constitución es un acuerdo político y norma suprema que organiza los poderes del Estado y garantiza los derechos de acuerdo con los valores mayoritarios.
3. La Corte Constitucional es la institución especializada en control constitucional, integrada por 9 magistrados sin reelección
Este documento define el derecho de acción como la facultad de solicitar a los órganos jurisdiccionales del Estado que apliquen el derecho abstracto a un caso concreto para resolver una controversia. Explica diferentes teorías sobre el derecho de acción y clasifica las acciones en ejecutivas, declarativas, constitutivas y cautelares. También clasifica las acciones por el tipo de interés que protegen y por el derecho subjetivo material que se pretende hacer valer.
PROTECCION PENAL DEL AMBIENTE EN EL PERÚSara Quevedo
El documento habla sobre la protección penal del ambiente en Perú. Explica que el medio ambiente es un bien jurídico que sufre ataques de empresas y que el derecho penal tradicional ha sido ineficaz para prevenir delitos contra el ambiente cometidos por empresas. También resume los delitos contra el ambiente descritos en el Código Penal peruano, como la contaminación, residuos sólidos y minería ilegal, e incluye las penas asociadas.
Las acciones posesorias tienen como objetivo conservar o recuperar la posesión de bienes raíces o derechos reales constituidos sobre ellos. Para ejercer una acción posesoria, se requiere haber estado en posesión tranquila y no interrumpida de un bien durante un año completo, y que el bien sea susceptible de ser adquirido por prescripción. Las acciones posesorias protegen la posesión de manera provisional y sumaria, sin considerar el dominio, y se diferencian de las acciones petitorias que se fundamentan en la propiedad.
Este documento presenta un resumen de la figura jurídica de la querella en el derecho penal. Explica que la querella es un acto procesal mediante el cual la víctima solicita a la justicia que sancione al responsable de un delito. También describe que requiere ser presentada por escrito ante la autoridad competente y que otorga a la víctima el rol de parte acusadora en el proceso penal. Finalmente, señala las diferencias entre la querella y la denuncia, indicando que esta última solo informa sobre la comis
DR. EN DERECHO MG. EN DERECHO CIVIL COMERCIAL,ABOGADO DE PROFESIÓN,DOCENTE UNIVERSITARIO DE LAS UNIVERSIDADES CESAR VALLEJO,UNIVERSIDAD PERUANA LAS AMÉRICAS.
La ontología jurídica estudia la naturaleza del derecho y sus orígenes. Se centra en investigar las fuentes que dieron lugar a la creación de los pilares del derecho. La deontología jurídica, por otro lado, se refiere a un conjunto de deberes y obligaciones morales para los profesionales del derecho. Ambas disciplinas han existido desde los inicios de la humanidad y son fundamentales para el resto de las ciencias históricas.
Este documento resume las características y diferencias entre las tres principales obligaciones en el derecho civil venezolano: la obligación de dar, la obligación de hacer, y la obligación de no hacer. Explica que la obligación de dar implica la transferencia de un derecho real sobre una cosa determinada y existente, la obligación de hacer requiere la ejecución de un acto positivo, y la obligación de no hacer requiere la abstención de realizar un acto determinado. Además, cita los artículos pertinentes del Código Civil Venezolano y propor
El documento trata sobre el derecho a la libertad personal según la Constitución peruana de 1993. Explica las diferencias entre privación, restricción y retención de la libertad, así como los supuestos en que la policía puede detener a alguien con o sin orden judicial. También analiza casos en los que se han validado detenciones policiales con fines de investigación, lo cual va en contra de la Constitución.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
El negocio juridico en el codigo civil peruano Jonathan rul
Este documento resume el concepto y clasificación del acto jurídico según el Código Civil peruano. Explica que el acto jurídico es la manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas. Luego clasifica los actos jurídicos en: actos de derecho privado y público, unilaterales y bilaterales, inter vivos y mortis causa, formales y no formales, gratuitos y onerosos, positivos y negativos, y consensuales. Finalmente describe los elementos e
La pretensión es la declaración de voluntad petitoria dirigida a un órgano jurisdiccional sobre un bien de la vida. Consta de elementos subjetivos como el demandante y demandado, y elementos objetivos como el petitorio y la causa petendi. La resistencia del demandado no define el objeto del proceso pero puede ampliar el debate si alega excepciones.
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publicoJesus Fernandez
En 3 oraciones:
1) El documento discute los sujetos del derecho internacional público, incluidos los estados soberanos, sujetos atípicos como organizaciones internacionales e individuos, y movimientos como beligerantes y de liberación nacional.
2) Aborda las teorías de Hans Kelsen sobre la personalidad jurídica y la teoría de la responsabilidad respecto a quién es sujeto del derecho internacional.
3) Explica que los organismos internacionales poseen personalidad jurídica cuando son creados para realizar funciones espec
Litigio y medios de solución
Características de la jurisdicción
Deslinde entre jurisdicción y administración
Órganos Jurisdiccionales independientes del poder judicial
Divisiones de la jurisdicción
Competencia
Este documento define el derecho subjetivo y describe varias teorías sobre su naturaleza. Explica que un derecho subjetivo es una facultad reconocida por la ley que permite a las personas realizar ciertos actos. Luego describe teorías como la de la voluntad, el interés, la protección y la facultas agendi. También clasifica los derechos subjetivos y distingue entre derechos absolutos y relativos, así como derechos públicos y privados.
Este documento presenta un resumen de varios conceptos clave de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como punto de partida para estudiar un problema. Luego describe las diferentes escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito, incluyendo la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos fundamentales del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imp
Este documento presenta una introducción a la interpretación constitucional y judicial en Colombia. Explica conceptos clave como sentencia, tipos de providencias, contenido de las sentencias, interpretación jurídica, principios de la interpretación, argumentos legítimos e ilegítimos, ratio decidendi, jurisprudencia y construcción de líneas jurisprudenciales. El autor analiza estos temas para facilitar la comprensión de las decisiones judiciales emitidas por las altas cortes del país.
Este documento presenta una introducción a los conceptos de derechos humanos y derecho internacional humanitario. Explica las diferencias entre el ius naturalismo y el ius positivismo, y define los derechos humanos como cualidades inherentes a todas las personas que les permiten vivir de manera digna. Luego enumera algunos derechos fundamentales y mecanismos legales como la acción de tutela, habeas corpus y acciones populares que protegen los derechos humanos. Finalmente menciona algunas instituciones como la Procuraduría y Defensoría del Pue
El documento presenta estrategias de intervención con adolescentes y los sistemas de protección de niños, niñas y adolescentes. Brevemente describe los antecedentes del relator y los objetivos del módulo, que incluyen conocer los sistemas internacionales y locales de protección de derechos humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño. Luego define conceptos clave como derechos humanos, violaciones, infracciones y la clasificación de derechos por generaciones.
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con el derecho procesal civil y el procedimiento civil. Explica que un proceso es un conjunto de actos concatenados que tienen como finalidad llegar a una sentencia, y que un procedimiento es el conjunto de pasos que se siguen dentro de un proceso. Además, clasifica los procesos según criterios como su contenido, finalidad y estructura.
Este documento trata sobre el Título Preliminar del Código Penal Peruano. En primer lugar, introduce el tema y ofrece antecedentes históricos sobre los principios que se encuentran en el Título Preliminar. Luego, analiza varios artículos específicos, incluyendo el Artículo I sobre el objeto del Código Penal de prevenir delitos y proteger a las personas, y el Artículo II sobre el principio de legalidad de que solo se pueden sancionar conductas previamente definidas como delitos en la ley. Finalmente, resume las
1. El nuevo Estado ecuatoriano se define como un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, que garantiza la libertad individual a través de la ley y promueve la igualdad material de las personas.
2. La nueva Constitución es un acuerdo político y norma suprema que organiza los poderes del Estado y garantiza los derechos de acuerdo con los valores mayoritarios.
3. La Corte Constitucional es la institución especializada en control constitucional, integrada por 9 magistrados sin reelección
Este documento define el derecho de acción como la facultad de solicitar a los órganos jurisdiccionales del Estado que apliquen el derecho abstracto a un caso concreto para resolver una controversia. Explica diferentes teorías sobre el derecho de acción y clasifica las acciones en ejecutivas, declarativas, constitutivas y cautelares. También clasifica las acciones por el tipo de interés que protegen y por el derecho subjetivo material que se pretende hacer valer.
PROTECCION PENAL DEL AMBIENTE EN EL PERÚSara Quevedo
El documento habla sobre la protección penal del ambiente en Perú. Explica que el medio ambiente es un bien jurídico que sufre ataques de empresas y que el derecho penal tradicional ha sido ineficaz para prevenir delitos contra el ambiente cometidos por empresas. También resume los delitos contra el ambiente descritos en el Código Penal peruano, como la contaminación, residuos sólidos y minería ilegal, e incluye las penas asociadas.
Las acciones posesorias tienen como objetivo conservar o recuperar la posesión de bienes raíces o derechos reales constituidos sobre ellos. Para ejercer una acción posesoria, se requiere haber estado en posesión tranquila y no interrumpida de un bien durante un año completo, y que el bien sea susceptible de ser adquirido por prescripción. Las acciones posesorias protegen la posesión de manera provisional y sumaria, sin considerar el dominio, y se diferencian de las acciones petitorias que se fundamentan en la propiedad.
Este documento presenta un resumen de la figura jurídica de la querella en el derecho penal. Explica que la querella es un acto procesal mediante el cual la víctima solicita a la justicia que sancione al responsable de un delito. También describe que requiere ser presentada por escrito ante la autoridad competente y que otorga a la víctima el rol de parte acusadora en el proceso penal. Finalmente, señala las diferencias entre la querella y la denuncia, indicando que esta última solo informa sobre la comis
DR. EN DERECHO MG. EN DERECHO CIVIL COMERCIAL,ABOGADO DE PROFESIÓN,DOCENTE UNIVERSITARIO DE LAS UNIVERSIDADES CESAR VALLEJO,UNIVERSIDAD PERUANA LAS AMÉRICAS.
La ontología jurídica estudia la naturaleza del derecho y sus orígenes. Se centra en investigar las fuentes que dieron lugar a la creación de los pilares del derecho. La deontología jurídica, por otro lado, se refiere a un conjunto de deberes y obligaciones morales para los profesionales del derecho. Ambas disciplinas han existido desde los inicios de la humanidad y son fundamentales para el resto de las ciencias históricas.
Este documento resume las características y diferencias entre las tres principales obligaciones en el derecho civil venezolano: la obligación de dar, la obligación de hacer, y la obligación de no hacer. Explica que la obligación de dar implica la transferencia de un derecho real sobre una cosa determinada y existente, la obligación de hacer requiere la ejecución de un acto positivo, y la obligación de no hacer requiere la abstención de realizar un acto determinado. Además, cita los artículos pertinentes del Código Civil Venezolano y propor
El documento trata sobre el derecho a la libertad personal según la Constitución peruana de 1993. Explica las diferencias entre privación, restricción y retención de la libertad, así como los supuestos en que la policía puede detener a alguien con o sin orden judicial. También analiza casos en los que se han validado detenciones policiales con fines de investigación, lo cual va en contra de la Constitución.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
El negocio juridico en el codigo civil peruano Jonathan rul
Este documento resume el concepto y clasificación del acto jurídico según el Código Civil peruano. Explica que el acto jurídico es la manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas. Luego clasifica los actos jurídicos en: actos de derecho privado y público, unilaterales y bilaterales, inter vivos y mortis causa, formales y no formales, gratuitos y onerosos, positivos y negativos, y consensuales. Finalmente describe los elementos e
La pretensión es la declaración de voluntad petitoria dirigida a un órgano jurisdiccional sobre un bien de la vida. Consta de elementos subjetivos como el demandante y demandado, y elementos objetivos como el petitorio y la causa petendi. La resistencia del demandado no define el objeto del proceso pero puede ampliar el debate si alega excepciones.
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publicoJesus Fernandez
En 3 oraciones:
1) El documento discute los sujetos del derecho internacional público, incluidos los estados soberanos, sujetos atípicos como organizaciones internacionales e individuos, y movimientos como beligerantes y de liberación nacional.
2) Aborda las teorías de Hans Kelsen sobre la personalidad jurídica y la teoría de la responsabilidad respecto a quién es sujeto del derecho internacional.
3) Explica que los organismos internacionales poseen personalidad jurídica cuando son creados para realizar funciones espec
Litigio y medios de solución
Características de la jurisdicción
Deslinde entre jurisdicción y administración
Órganos Jurisdiccionales independientes del poder judicial
Divisiones de la jurisdicción
Competencia
Este documento define el derecho subjetivo y describe varias teorías sobre su naturaleza. Explica que un derecho subjetivo es una facultad reconocida por la ley que permite a las personas realizar ciertos actos. Luego describe teorías como la de la voluntad, el interés, la protección y la facultas agendi. También clasifica los derechos subjetivos y distingue entre derechos absolutos y relativos, así como derechos públicos y privados.
Este documento presenta un resumen de varios conceptos clave de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como punto de partida para estudiar un problema. Luego describe las diferentes escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito, incluyendo la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos fundamentales del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imp
Este documento presenta una introducción a la interpretación constitucional y judicial en Colombia. Explica conceptos clave como sentencia, tipos de providencias, contenido de las sentencias, interpretación jurídica, principios de la interpretación, argumentos legítimos e ilegítimos, ratio decidendi, jurisprudencia y construcción de líneas jurisprudenciales. El autor analiza estos temas para facilitar la comprensión de las decisiones judiciales emitidas por las altas cortes del país.
Este documento presenta una introducción a los conceptos de derechos humanos y derecho internacional humanitario. Explica las diferencias entre el ius naturalismo y el ius positivismo, y define los derechos humanos como cualidades inherentes a todas las personas que les permiten vivir de manera digna. Luego enumera algunos derechos fundamentales y mecanismos legales como la acción de tutela, habeas corpus y acciones populares que protegen los derechos humanos. Finalmente menciona algunas instituciones como la Procuraduría y Defensoría del Pue
El documento presenta estrategias de intervención con adolescentes y los sistemas de protección de niños, niñas y adolescentes. Brevemente describe los antecedentes del relator y los objetivos del módulo, que incluyen conocer los sistemas internacionales y locales de protección de derechos humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño. Luego define conceptos clave como derechos humanos, violaciones, infracciones y la clasificación de derechos por generaciones.
Este documento resume los conceptos clave relacionados con los conflictos sociales. Explica que los conflictos sociales involucran actores primarios, secundarios y terciarios y pasan por varias fases. También describe formas en que el estado puede responder a los conflictos, incluida la detección temprana, el diálogo y el restablecimiento del orden público. Finalmente, discute temas como los derechos humanos, la negociación, la mediación y el uso legítimo de la fuerza.
El documento define los derechos humanos y describe sus principales características. Explica que los derechos humanos protegen la dignidad de todos los seres humanos por igual, sin discriminación. Además, detalla las tres generaciones de derechos humanos y los principales instrumentos y organismos internacionales relacionados con los derechos humanos.
El documento define los derechos humanos como un conjunto de derechos interconectados que se derivan de la dignidad humana y que los estados tienen la obligación de respetar y garantizar para todas las personas bajo su jurisdicción. Además, señala que los derechos humanos surgieron para limitar el poder del estado y proteger la dignidad de las personas frente a él.
El documento discute la justicia indígena en Ecuador como un sistema dentro del pluralismo jurídico. Explica las características de los sujetos colectivos de derechos indígenas y los principios y procedimientos de la administración de justicia Kichwa. También cubre las leyes orgánicas de garantías jurisdiccionales y control constitucional y de seguridad pública y del estado que rigen la justicia indígena.
ENJ-200 Curso Derechos Colectivos y Difusos (Julio-Septiembre 2019).
Organizador:
Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ).
Encuentros:
Primer: 30 de agosto ;
Segundo: 6 de septiembre ;
Tercer: 13 de septiembre;
Cuarto: 20 de septiembre ;
Quinto: 27 de septiembre del 2019.
Docentes:
*Claudio Aníbal Medrano Mejía;
*Manuel Ramírez Suzaña;
*Hermógenes Acosta;
*Mayra Zuleica Cabral Brea;
*Amaury Reyes Torres ;
*Frinette Padilla.
Este documento presenta una breve introducción a los derechos humanos y de la naturaleza reconocidos en la Constitución ecuatoriana de 2008. Explica que la Constitución define a Ecuador como un Estado Constitucional de Derechos y reconoce una amplia gama de derechos civiles, políticos, económicos y colectivos, así como los derechos de la naturaleza. Además, introduce conceptos como los derechos del "Buen Vivir" y los derechos de grupos con necesidades especiales de protección como
El documento presenta información sobre los derechos humanos desde diferentes perspectivas como el iusnaturalismo, positivismo y las Naciones Unidas. Explica los principios, generaciones, fundamentos y sujetos de los derechos humanos. También describe instrumentos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y el sistema interamericano de protección de derechos humanos.
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Los líderes de la UE esperan que estas medidas más duras obliguen a Rusia a poner fin a su invasión de Ucrania.
Este documento describe los titulares y responsables de los derechos humanos. Todos los seres humanos son titulares de derechos humanos independientemente de su nacionalidad, raza, sexo u otra característica. Los estados, instituciones privadas y todas las personas deben respetar los derechos humanos. Los derechos humanos incluyen derechos civiles y políticos, derechos económicos, sociales y culturales, y derechos colectivos de los pueblos.
Este documento define los derechos humanos como aquellas libertades y reivindicaciones inherentes a toda persona por el hecho de ser humano, que garantizan una vida digna e incluyen el derecho a la vida, la libertad y la igualdad. Brevemente describe la historia de los derechos humanos desde la Revolución Francesa y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, hasta la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Finalmente, clasifica los derechos humanos en tres generaciones: derechos civiles
Las tres generaciones de derechos humanos incluyen: 1) los derechos civiles y políticos de la primera generación como el derecho al voto; 2) los derechos económicos, sociales y culturales de la segunda generación como el derecho a la salud; y 3) los derechos de solidaridad de la tercera generación como el derecho al desarrollo y medio ambiente.
Este documento describe las tres generaciones de derechos humanos. La primera generación incluye derechos civiles y políticos como el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica y el derecho a votar. La segunda generación comprende derechos económicos, sociales y culturales como el derecho a la salud y un salario justo. La tercera generación se refiere a derechos de solidaridad como el derecho a la paz, el desarrollo y el medio ambiente.
La clasificación más conocida de los derechos humanos distingue tres generaciones: 1) derechos civiles y políticos como la libertad y la igualdad, 2) derechos económicos, sociales y culturales como el trabajo y la salud, y 3) derechos de solidaridad como el derecho al desarrollo y al medio ambiente. Cada generación surgió en respuesta a cambios históricos y sociales.
Las tres generaciones de derechos humanos incluyen: 1) los derechos civiles y políticos de la primera generación como el derecho al voto; 2) los derechos económicos, sociales y culturales de la segunda generación como el derecho a la salud; y 3) los derechos de solidaridad de la tercera generación como el derecho al desarrollo y medio ambiente.
La clasificación más conocida de los derechos humanos distingue tres generaciones. La primera generación incluye derechos civiles y políticos como la libertad y la igualdad. La segunda generación comprende derechos económicos, sociales y culturales como el derecho al trabajo y la salud. La tercera generación se refiere a derechos de solidaridad y de los pueblos como la cooperación internacional.
Tema 8 designación del propio curador establecida en la ley 29633calacademica
Este documento discute los cambios recientes en la ley peruana que permiten a las personas designar preventivamente a un curador para proteger sus derechos e intereses si llegaran a ser declaradas incapaces. La nueva ley fortalece la tutela de los incapaces y adultos mayores al permitirles nombrar curadores y establecer el alcance de sus facultades. También analiza temas pendientes como la regulación del "amparo familiar" y las facultades que pueden otorgarse a los curadores.
Este documento trata sobre los derechos humanos y sus características. Explica que los derechos humanos son universales e inherentes a todos los seres humanos desde su nacimiento, e incluyen derechos civiles, sociales, políticos y otros. También cubre los deberes ciudadanos y diferentes mecanismos legales como el habeas corpus y la acción de tutela para proteger los derechos fundamentales.
Introduccion ddhh en familia y mediacion (2015)Edgardo Lovera
Presentación de introducción a módulos de familia, mediación y derechos del niño; de los postitulos y diplomados que realizo para la Universidad de La Frontera
Justo equilibrio entre el derecho al ambiente y otros derechos humanos.Mario Peña
El derecho a la protección del ambiente no es absoluto, siendo imperativo encontrar un justo y razonable equilibrio en relación a los demás intereses legítimos, y con ello evitar todo tipo de violaciones previsibles e injustificables de los demás derechos humanos. Las medidas regresivas que pueden afectar derechos ambientales no están prohibidas per se a los Estados, y bajo ciertas circunstancias muy calificadas, encuentran justificación y validez a la luz del derecho internacional de los derechos humanos.
Rol de los principios del derecho en la interpretación y aplicación de la leg...Mario Peña
Este documento describe el rol de los principios del derecho en la interpretación y aplicación de la legislación ambiental. Explica que los principios como el preventivo, precautorio, contaminador-pagador, entre otros, sirven como fuentes para la interpretación de las leyes ambientales. También destaca que los jueces deben aplicar una interpretación finalista, evolutiva y acorde con el objetivo de proteger el medio ambiente al maximizar la tutela del derecho a un ambiente sano.
Este documento resume las características, fortalezas, debilidades y retos de la Ley Orgánica del Ambiente de Ecuador 18 años después de su promulgación. La LOA estableció los objetivos, principios y fines del derecho ambiental ecuatoriano y creó la institucionalidad ambiental del país. Sin embargo, la normativa ambiental sigue siendo dispersa y contradictoria. Además, existen vacíos como la baja coordinación entre instituciones, presupuestos insuficientes, y falta de fiscalización y participación ciudadana. La LOA necesita actual
Régimen jurídico “sui generis” surgido a partir del voto san lucasMario Peña
Este documento describe el régimen jurídico especial surgido en la Isla San Lucas debido a varios decretos ejecutivos. Se creó originalmente un centro penitenciario en 1873, y desde entonces ha tenido diferentes usos como colonia agrícola, reserva natural y centro turístico. Recientemente, decretos han creado una comisión interinstitucional para administrar conjuntamente el área protegida y el patrimonio cultural de la isla.
Ddhh agua y saneamiento actividad maestria derecho publicoMario Peña
Este documento trata sobre el derecho humano al agua. Brevemente resume la realidad hídrica en América Latina y Centroamérica, donde millones de personas no tienen acceso a agua potable. También presenta datos sobre la situación del agua en Costa Rica, reconocimiento internacional y constitucional del derecho humano al agua, y obligaciones estatales relacionadas con garantizar el acceso al agua.
Este documento explica el principio de no regresión ambiental. En resumen:
1) El principio establece que la legislación ambiental no debe ser modificada o derogada si esto implica reducir los niveles de protección ambiental alcanzados.
2) Tiene su origen en instrumentos internacionales de derechos humanos y busca evitar retrocesos en la protección ambiental.
3) Implica tanto una obligación negativa de no reducir la protección como una obligación positiva de mejorar progresivamente las condiciones ambientales.
Derecho internacional ambiental como fundamento del principio de prohibición ...Mario Peña
El documento habla sobre el principio de prohibición de retroceso en derecho ambiental internacional. Explica que las normas ambientales no deben modificarse de manera que impliquen una reducción en los niveles de protección ambiental logrados. También describe el principio de progresividad, que requiere mejoras continuas en la protección ambiental. Ilustra casos de regresión como cambios en leyes que flexibilizan trámites ambientales. Concluye que este principio se basa en instrumentos de derecho internacional ambiental como convenios y en la jurisprudencia
Diagnóstico legislación ambiental Costa RicaMario Peña
El documento describe varios problemas con la legislación ambiental en Costa Rica, incluyendo que es dispersa, contradictoria y no ha respondido a una política ambiental clara. También hay traslapes de competencias entre instituciones, falta de recursos para hacer cumplir las leyes, y falta de coordinación e instrumentos para la aplicación efectiva de la legislación ambiental.
Daño moral colectivo y daños punitivos ambientalesMario Peña
El documento trata sobre el daño moral colectivo. Explica que este se produce cuando se lesionan derechos o intereses vitales de un grupo de personas, como la paz o la tranquilidad. También describe que el daño moral colectivo puede ser de tipo subjetivo, cuando afecta a personas unidas por un vínculo, o objetivo, cuando se daña un bien público. Además, señala que la indemnización por daño moral colectivo debe destinarse a fondos públicos para reparar el daño causado a la comunidad.
Responsabilidad Daño Ambiental en Costa RicaMario Peña
Este documento trata sobre la responsabilidad por daño ambiental en Costa Rica. Explica que existe una legitimación activa amplia para demandar daños ambientales, ya que cualquier persona puede denunciar actos que infringen el derecho a un ambiente sano y reclamar la reparación del daño causado. También establece que la responsabilidad por daños ambientales es objetiva, por lo que es irrelevante si hubo culpa, y surge cuando el daño fue efectivamente ocasionado.
Responsabilidad ambiental derivada de las relaciones de vecindadMario Peña
El documento habla sobre la responsabilidad ambiental derivada de las relaciones de vecindad. Explica que las relaciones de vecindad están basadas en el orden social y jurídico, y en el concepto de propiedad. A través de la historia, la noción de propiedad ha evolucionado de ser absoluta a tener una función social y ambiental, reconociendo limitaciones para proteger el interés público y el medio ambiente. Las teorías de "inmissio" y "eamolutio" del derecho romano también establecen restricciones al derecho de propiedad
Eficacia del derecho humano al agua y saneamiento Mario Peña
El documento presenta información sobre la situación del agua en América Latina y Centroamérica, destacando que millones de personas no tienen acceso a agua potable. También analiza la realidad hídrica de Costa Rica, señalando que la mayoría de la población tiene acceso a agua potable pero que solo se trata una pequeña parte de las aguas residuales. Finalmente, resume algunos votos y resoluciones de la Sala Constitucional de Costa Rica relacionados con el derecho humano al agua.
El documento resume la responsabilidad ambiental de las entidades financieras en Costa Rica. Explica que las entidades financieras pueden ser responsables por daños ambientales si financian proyectos que violan la legislación ambiental, participan directamente en proyectos contaminantes, otorgan créditos sin exigir permisos ambientales, o adquieren o venden bienes contaminados. También describe la responsabilidad en contratos como depósito, fideicomiso, arrendamiento e hipotecas si se ven involucrados bienes contaminados.
El documento define el concepto de daño ambiental de acuerdo con diferentes fuentes jurídicas como leyes y jurisprudencia. Explica que el daño ambiental se refiere a cualquier alteración negativa del ambiente o sus componentes, y puede incluir daños a recursos naturales, especies, hábitats y ecosistemas. También analiza las diferentes definiciones de ambiente y daño ambiental en leyes de varios países de América Latina.
El documento habla sobre la importancia de la efectividad del derecho ambiental. Señala que actualmente el mayor problema es la falta de cumplimiento de las leyes ambientales. Argumenta que para que el derecho ambiental sea eficaz, es necesario implementar medidas que aseguren el cumplimiento de las normas y políticas ambientales, y desincentiven las violaciones a la ley.
Riesgos ambientales de las entidades financieras, 2012Mario Peña
El documento describe los riesgos ambientales que enfrentan las entidades financieras. Explica que los bancos pueden ser responsables indirectamente por daños ambientales causados por sus clientes a quienes financian. También detalla tres tipos de riesgos: directos, indirectos e imagen. Finalmente, presenta algunos casos reales donde bancos sufrieron consecuencias financieras y de reputación debido a la contaminación causada por sus deudores.
Este documento discute el daño ambiental y la prescripción. Explica que el daño ambiental puede ser difícil de definir y medir, y que puede afectar tanto a individuos como a la sociedad en general. También argumenta que el instituto de la prescripción debe reinterpretarse a la luz del derecho ambiental para evitar que los contaminadores se vuelvan inmunes debido a la incertidumbre inherente a los asuntos ambientales y el paso del tiempo.
Instrumentos Económicos para la Regulación de la contaminaciónMario Peña
Este documento describe los instrumentos económicos para regular la contaminación y el uso racional de los recursos naturales, en particular el Canon Ambiental por Vertidos. Explica que este canon grava a quienes realizan vertidos contaminantes a cuerpos de agua, con el fin de internalizar los costos ambientales y desincentivar dichos vertidos. También busca recaudar fondos para proyectos de protección ambiental. El documento provee detalles sobre la naturaleza jurídica y aplicación práctica de este canon.
1) El documento trata sobre los derechos humanos y el medio ambiente. 2) Explica las diferentes generaciones de derechos humanos, incluyendo los derechos de primera, segunda y tercera generación. 3) También discute el derecho al desarrollo sostenible y su relación con el derecho al medio ambiente y al desarrollo.
Cambio climatico y servidumbres ambientalesMario Peña
Este documento trata sobre el cambio climático y las servidumbres ambientales. Explica que el cambio climático amenaza el futuro de la humanidad y el medio ambiente. Luego describe las causas y efectos del cambio climático, así como las políticas y medidas para mitigarlo, incluyendo la eficiencia energética, la conservación, la reforestación y las energías renovables. También habla sobre las servidumbres ambientales voluntarias que permiten a propietarios privados proteger sus tierras con fines ecológicos.
1. TUTELA EFECTIVA PARA LA
DEFENSA DE LOS DERECHOS
COLECTIVOS , LEGITIMACION
PARA EJERCER ACCIONES EN
MATERIA AMBIENTAL
MSc. Mario Peña Chacón
mariopena@racsa.co.cr
2. “El derecho ambiental es decodificante, herético,
mutante, se trata de problemas que convocan a
todas las ciencias a una nueva fiesta,
exigiéndoles un vestido nuevo. La invitación es
amplia abarca lo público y lo privado, lo penal y
lo civil, lo administrativo, lo procesal, sin excluir
a nadie, con la condición que se adopten nuevas
características” Ricardo Luiz Lorenzetti
3. • “Legitimación es el nudo gordiano o el
verdadero talón de Aquiles de la tutela
procesal del medio ambiente” Augusto
Morello
5. DERECHO DE ACCION
• Derecho subjetivo público • Queda satisfecha con
• Emanado de la resolución de fondo que
Constitución Arts. 41 y 49 aprueba o deniega el
• Recae en toda persona
física y jurídica derecho debatido
• Se ejerce contra o frente al • Autónomo e
Estado independiente del
• Por medio de una derecho subjetivo, del
denuncia o demanda interés jurídico o el
derecho de incidencia
colectiva que se debate
6. LEGITIMACION
• Condición especial o calificada
• Faculta a la persona física o jurídica a ser
parte dentro de un proceso judicial o
administrativo
• Depende necesariamente del derecho
subjetivo o del interés jurídico debatido.
7. LEGITIMACION
“Es la idoneidad de la persona para actuar en
juicio inferida a su posición respecto al
litigio” Francesco Carnelutti
“Coincidencia entre las personas que actúan
en el proceso y las personas a las cuales la
ley habilita para pretender y para
contradecir respecto a la materia sobre la
cual versa el proceso” Lino Palacio
8. DERECHO DE ACCION VS LEGITIMACION
• Derecho subjetivo • Condición especial o
público inherente a la calificada
naturaleza humana
• Siempre se detenta • No siempre se detenta
• Se ejerce contra el • Se ejerce contra el otro
Estado sujeto procesal
• Independiente del • Depende del derecho
derecho debatido subjetivo y del interés
jurídico debatido
11. ROMPIMIENTO DEL ESQUEMA
CLASICO DE LEGITIMACION
• No se adapta a situaciones transindividuales
• Tutela de bienes comunes o colectivos
• Donde no existe un derecho subjetivo
propio sino interés común compartido con
una generalidad de individuos
• Crisis del modelo tradicional de
legitimación debido a lo introducción de los
derechos de incidencia colectiva
12. DERECHOS INCIDENCIA
COLECTIVA
MEDIO AMBIENTE
BIENES Y ZONAS CONSUMIDORES
PUBLICAS Y USUARIOS
PLANIFICACION
SALUD
URBANA
IGUALDAD MUJER, ETNICA
PATRIMONIO HISTORICO
IDENTIDAD CULTURAL
CULTURAL
INDIGENA
PRESUPUESTARIA LIBRE COMPETENCIA
ELECTORAL
14. DERECHOS INCIDENCIA
COLECTIVA
• Código Defensa Consumidor Brasil, 1990,
artículo 81
• Código Modelo de Procesos Colectivos
para América Latina, 2004
15. INTERESES INCIDENCIA
COLECTIVA
• También se les denomina intereses de: serie o
sector, de masa, de categoría, difundidos o
propagados, profesionales, fragmentarios,
supraindividuales, sin estructura, dispersos o sin
dueño o anónimos, de clase, colectivos,
metaindividuales, transindividuales, intereses
debilitados o de estructura débil, disminuidos,
plurales homogéneos o fungibles, iguales o
similares, asociativos, indiferenciados, generales.
16. DIFICULTADES
• Identificar quienes son los portadores de derecho
de incidencia colectiva?
• Quién está legitimado para ejercer la
representación del grupo?
• Cómo son los efectos de la sentencia?
• Cómo proteger el debido proceso de los que no
han participado?
• Cómo se concilia las decisiones judiciales
opuestas?
17. TEORIA DE LOS INTERESES
DIFUSOS
• Interés se encuentra diseminado en una
colectividad
• Colectividad es heterogénea y indeterminada
• Ligados por una situación de hecho y no de
derecho
• Intereses que pertenecen a todos y a cada uno de
los sujetos que forman la colectividad
• A todos corresponde su defensa y tutela por lo que
nadie podría arrogarse el monopolio procesal de la
misma
18. DOBLE NATURALEZA DEL
INTERES DIFUSO
• INDIVIDUAL:
• COLECTIVO: Al
Afecta directa o
indirectamente a un mismo tiempo la
individuo lesión la sufre la
comunidad como un
todo.
19. INTERES DIFUSO
DEFINICION
• Se trata de intereses individuales pero a la
vez diluidos en conjuntos extensos y
amorfos de personas que comparten un
interés y por ende reciben un beneficio o
perjuicio actual, potencial más o menos
igual, por lo que se trata de intereses iguales
de los conjuntos de personas que se
encuentran en determinadas situaciones
como de cada una de ellas. Voto 2233-93
20. INTERES DIFUSO VS INTERES LEGITIMO
• Propio de • Propio de situaciones
colectividades o individuales
grupos
21. INTERES DIFUSO VS INTERES COLECTIVO
• Se encuentra diseminado • Se encuentra diluido en
en una colectividad una colectividad
heterogénea e determinable y fácilmente
indeterminada de sujetos individualizable
• unidos por una situación
de hecho • Unidos por un vínculo
• Grupo ocasional, duración jurídico
efímera • Grupo organizado,
estable, permanente
22. INTERES DIFUSO vs
INDIVIDUALES HOMOGENEOS
• Pertenecen a una comunidad • Son indivisibles, pues se
de personas perfectamente protege a todos
individualizadas • Si se lesiona a una persona se
• Se trata de derechos subjetivos lesiona a toda la comunidad
divisibles dentro de la
comunidad al ser víctima cada
uno de un daño
• Son accidentalmente
colectivos,
• Derechos individuales con
origen común y por ello,
tienen semejanza y
homogeneidad.
• Individuales y divisibles
23. TUTELA DE LOS DERECHOS DE
INCIDENCIA COLECTIVA
ONG´s PGR
MINISTERIO
MUNICIPALIDADES
PUBLICO
CLASS DEFENSOR
ACTIONS HABITANTES
ACCION
POPULAR
24. ACCION POPULAR
• Legitimación deviene de norma jurídica
• No de la tenencia derecho subjetivo o
interés legítimo
• Potencialmente dada a todos los ciudadanos
• Para la tutela de bienes comunes o
colectivos (interés difuso)
• Legitimación objetivo y no subjetiva
25. ACCION POPULAR
DEFINICION
• Acción jurisdiccional potencialmente
concedida para todos y cada uno de los
sujetos con capacidad procesal, donde el
grado de interés no se califica, porque
cualquiera puede impugnar el acto lesivo.
26. REQUISITOS ACCION POPULAR
CAPACIDAD
JURIDICA
ACCION
POPULAR
NORMA VIOLACION
JURIDICA AL BIEN TUTELADO
27. ACCION POPULAR
CONCURRENCIA DE LEGITIMACIONES
• Concurrente y no excluyente de las demás
medios de legitimación
• Posibilidad de una doble legitimación tanto
objetiva como subjetiva
• Ambas formas de legitimación pueden
coexistir sin invalidarse una a la otra
28. ACCION POPULAR
BRASIL
• Constitución 1988, artículo 5, reconoce el ejercicio de la
acción popular a cualquier ciudadano, partido político con
representación en la Cámara Federal o Senado, asociación
o sindicato.
• Anulación de un acto ilegal o lesivo del patrimonio
público, a la moralidad administrativa, a la comunidad, a
la sociedad en general, al medio ambiente y/o patrimonio
histórico, a efectos de proceder contra quienes
perjudiquen el bienestar general, en sus aspectos
económico, artístico, estético, histórico.
29. ACCION POPULAR
ARGENTINA
• Ley General del Ambiente, 25675, artículo
30 legitima para obrar en el ejercicio de la
acción de recomposición ambiental a:
• El afectado, Defensor del Pueblo, ONG´s
de defensa ambiental, persona directamente
afectada, Estado Nacional, provincial o
municipal
30. CLASS ACTIONS
• Permite que un individuo o un grupo, ejercite de forma
justa y adecuada el derecho de acción procesal, en
nombre y representación de un grupo mayor, siempre que
sea en defensa de intereses coincidentes.
• Los elementos de la acción o de las excepciones y
defensas son comunes a todos los miembros
• La sentencia afecta a toda la colectividad titular del
derecho violado
• Operan cuando resulta impráctico y oneroso que la
totalidad de los sujetos que forman parte del mismo
actúen directamente dentro del proceso
31. CLASS ACTIONS
DERECHO COMPARADO
• Proteger derechos del consumidor
• Litigios sobre acciones y monopolios
• Ambiente
• Daños masivos
• Derechos Humanos
32. CLASS ACTIONS
VENTAJAS
SEGURIDAD
JURIDICA
UNICIDAD DE UNA UNICA
PRUEBA SENTENCIA
33. CLASS ACTION
CLASS ACTIONS
DAMAGE INJUCTIVE
Romano
Common Law
Germánico
34. CLASS ACTIONS
• DAMAGE: Acciones colectivas para la
reclamación de daños y perjuicios producidos por
la destrucción del ambiente
• INJUNCTIVE (POR MANDATO JUDICIAL):
Buscan impedir la violación de derechos
humanos, sin exigir pago por ello. Tratan de
impedir, ordenar o suspender actos de autoridad
que toleran o dañan el ambiente
35. DAMAGE CLASS ACTIONS
• Requisitos, Estados Unidos:
• Grupo o clase numeroso (numerosity)
• Cuestiones comunes de hecho y de derecho
(commonality)
• Accionar en defensa derecho colectivo,
pretensión típicamente grupal (typicality)
• Representante de la clase debe proteger
adecuadamente los intereses de grupo (adequacy
of representation)
36. DAMAGE CLASS ACTIONS
• Corte Suprema de EU caso Philips Petroleum Co, versus
Shutts, estableció requisitos de la sentencia para que sea
vinculante a todos los miembros de la clase:
• Cada miembro debe estar notificado y concedérsele la
posibilidad de ser oído
• Notificación debe ser fehaciente
• Debe dársele la oportunidad a cada miembro de quedar
fuera del proceso
• Miembro que fue parte en el proceso debe ser
representativo de su clase
37. CLASS ACTIONS
ARGENTINA
• Caso Halabi la CSJ introduce la idea de acciones de clase
como mecanismo de protección de los intereses
plurindividuales homogéneos, basado en el art 43 de la
CP
• “Tal sería el caso de los derechos personales o
patrimoniales derivados de afectaciones al ambiente y a la
competencia, de los derechos de los usuarios y
consumidores, como de los derechos de los sujetos
discriminados”
38. CLASS ACTION
BRASIL
• Ley de acción civil pública 7347/1985
• Para acciones morales y patrimoniales en casos donde se encuentre
comprometido el medio ambiente, consumidor, orden urbanístico,
bienes de valor artístico, estético, histórico, turístico y paisajístico.
• Objeto del proceso: condena en dinero o el cumplimiento de una
obligación de hacer o no hacer
• Legitima: MP, Defensa Pública, aparato estatal, federal y municipal,
empresa públicas, fundaciones o sociedades de economía mixta, y
ONGs (con requisitos)
• Indemnización destinada a un fondo para la reconstitución de los
bienes afectados
• Sentencia con efecto erga omnes solo para beneficiar
39. CLASS ACTION BRASIL
• Código Defensa del Consumidor, ley 8078 de 1990
• Acciones colectivas para la defensa de los intereses
individuales homogéneos, faculta interposición de acción
civil colectiva de responsabilidad por los daños
individualmente sufridos (art 91)
• Citación por medio de edictos (art 94)
• Condena genérica fijándose la responsabilidad del
demandado (art 95)
• Posibilidad de ejecución colectiva de la sentencia
• Indemnización se destina al fondo creado al efecto
40. CLASS ACTION ESPAÑA
• Ley de enjuiciamiento civil 1/2000, regula acciones colectivas
indemnizatorias
• Ámbito de aplicación restringido, sólo consumidores y usuarios,
excluyendo daños colectivos ambientales
• Comprende daño moral
• Legitima: grupos afectados, asociaciones de consumidores, usuarios
y entidades legalmente constituidas para la defensa de consumidores
y usuarios
• Sentencia no produce cosa juzgada respecto pretensiones
indemnizatorias susceptibles de ser ejercitadas individualmente por
los consumidores y usuarios afectados
• Sin embargo permite a terceros beneficiarse de la sentencia favorable
41. ACCION POPULAR VS CLASS ACTION
• Ejercida por cualquier • Ejercida por un individuo en
ciudadano representación de un grupo
• Actúa en defensa de un
• Actúa en defensa de un bien
interés coincidente del grupo
común o colectivo
• Legitimación deviene de
• Legitimación deviene de una pertenecer a un grupo o clase
norma jurídica • No permite la concurrencia
• Concurrente y no excluyente de legitimación objetiva y
de las demás formas de subjetiva
legitimación
42. COSTA RICA
• En Costa Rica la aplicación de la acción
popular se da por medio de la defensa de
los intereses difusos
• Art. 50 CP dispone que toda persona está
legitimada:
• Denunciar actos que infrinjan el derecho a
un ambiente sano
• Reclamar la reparación del daño causado
43. COSTA RICA
• Principio 10 Declaración de Río
• 17.3. CAFTA-DR: Cada parte garantizará que las
personas interesadas puedan solicitar a las
autoridades competentes que investiguen las
infracciones a la legislación ambiental así como
acceso adecuado a los procedimientos judiciales,
cuasijudiciales y administrativos para sancionar o
reparar las infracciones a su legislación ambiental
44. 17.3. CAFTA-DR
• Cada parte otorgará apropiado y efectivo acceso a
reparaciones:
• Demandar por daños a otra persona
• Solicitar sanciones o medidas de reparación
• Solicitar a las autoridades la adopción de
acciones adecuadas para el cumplimiento de la
legislación con el fin de proteger y evitar el daño
• Solicitar medidas precautorias
45. COSTA RICA
• Artículo 105 de Ley Biodiversidad: “Toda
persona estará legitimada para accionar en
sede administrativa y jurisdiccional en
defensa y protección de la biodiversidad”.
47. VIA CONSTITUCIONAL
SALA
CONSTITUCIONAL
RECURSOS ACCIONES
AMPARO CONSTITUCIONALIDAD
48. • “Cualquier persona que alegue estar afectada por un daño ambiental,
pertenece a la parte material titular del interés difuso y estará
legitimada para ser parte activa en el proceso judicial que se inicie en
protección del ambiente. De acuerdo con el parámetro constitucional,
producido un daño ambiental, en cualquiera de sus dos vertientes, se
concede acción para obtener la reparación del ambiente, lo que no
obsta al ejercicio de la acción indemnizatoria. Para lo primero debe
deducirse la “acción ambiental” -recurso de amparo o vía ordinaria -;
para lo segundo, la “acción indemnizatoria” -ejecución de sentencia o
vía ordinaria”
• Sentencia: 00675 Expediente: 02-000682-0163-CA Fecha:
21/09/2007, Sala Primera de la Corte, CASO DOS PINOS RIO
SIQUIARES
49. • “Es por ello que en esta materia se amplia la legitimación activa,
cuando la pretensión material del actor sea la protección de intereses
difusos o por acción popular, permitiéndose la posibilidad de actuar
en juicio no en nombre propio o de otros, sino en nombre y beneficio
de todos, dentro de los límites de dicho objeto. En consecuencia, en
procesos como el presente, cualquier persona lo puede incoar, aunque
no sea afectado de manera directa, donde la acción no se interpone en
nombre propio sino a nombre del colectivo”
• Sentencia: 00675 Expediente: 02-000682-0163-CA Fecha:
21/09/2007, Sala Primera de la Corte, CASO DOS PINOS RIO
SIQUIARES
50. VIA CONSTITUCIONAL
• Legitimación deriva del Art. 50 CP.
• “La legitimación activa para la defensa del
ambiente corresponde al ser humano como
tal, pues la lesión a ese derecho
fundamental la sufre tanto la comunidad
como el individuo en particular”
• Voto 80-1-96 del 23/02/1996.
• Sentencia efectos erga omnes
51. TRIBUNAL AMBIENTAL
ADMINISTRATIVO
• Creado por la LOA en 1995
• Competencia para todo el país
• Desconcentrado del MINAE
• Resoluciones agotan la vía administrativa, de
obligado acatamiento e irrecurribles.
• Conoce de oficio, o a instancia de parte,
denuncias contra sujeto público o privado que por
acción u omisión violenten legislación ambiental
• Establece las indemnizaciones por daño
ambiental
52. VIA ADMINISTRATIVA TAA
• Artículo 50 CP
• Artículo 105 de Ley Biodiversidad.
• Cualquier persona sea ésta física o
jurídica, pública o privada, nacional o
extranjera, mayor o menor de edad, se
encuentra facultada para interponer
denuncia administrativa por perturbación o
daño ambiental
53. REFORMA PROCESAL
ADMINISTRATIVA
AGOTAMIENTO CONTROL DE
VIA ADMINISTRATIVA ACTUACIONES
OPCIONAL ADMINISTRATIVAS
CONTROL DE
OMISIONES
54. VIA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
• Art 10 CPCA le da legitimación activa a:
• a) quienes invoquen la afectación de
intereses legítimos o derechos subjetivos;
• b) quienes invoquen la defensa de intereses
difusos y colectivos;
• c) todas las personas por acción popular,
cuando así lo disponga, expresamente, la
ley
55. VIA CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA
• Prevención de daños
• Cesación de perjuicios
• Asegurar la descontaminación
• Reparación in natura
• Resarcimiento económico del daño
(indemnización derechos subjetivos)
56. PROCESO PENAL
• La acción penal pública corresponde al MP
sin perjuicio de la participación que se le
otorga a la víctima o a los ciudadanos.
• En los delitos contra el ambiente, la PGR
también está facultada a ejercer
directamente acción, sin estar subordinada
al MP.
57. PROCESO PENAL
• Art 75 del CPP dispone que podrán constituirse en
querellantes en los delitos de acción pública:
• tanto la víctima
• Cualquier persona en casos de intereses difusos
• Las asociaciones, fundaciones y otros entes, en los delitos
que afectan intereses colectivos o difusos, siempre que el
objeto de la agrupación se vincule directamente con esos
intereses.
• encontrándose facultados para provocar la persecución
penal, adherirse a la ya iniciada por el Ministerio Público o
continuar con su ejercicio.
58. ACCION CIVIL RESARCITORIA
• Acción civil por daño ambiental puede ser iniciada
por la PGR (Art 38 CPP y 58 LF)
• Caso contrario, puede ser incoada por:
Asociaciones, Fundaciones y otros entes en el
tanto el objeto de la agrupación se vincule
directamente con esos intereses,
• Así como por el directamente ofendido en cuanto
a los daños sufridos en sus derechos subjetivos
particulares
59. LEY DE NOTIFICACIONES
JUDICIALES
• ARTÍCULO 13.- Comunicaciones y notificaciones en procesos de intereses
de grupo
• A quienes representan los intereses de grupo, para que hagan valer sus
derechos, se les comunicará la existencia del proceso mediante edicto que se
publicará dos veces en un periódico de circulación nacional y por cualquier
otro medio que el juez estime conveniente, con intervalos de ocho días al
menos. Cuando el hecho afecte un sector determinado, también se utilizarán
medios de comunicación en los centros o lugares, boletines o similares para
que llegue a su efectivo conocimiento. Si los perjudicados con el hecho se
encuentran determinados o son fácilmente determinables, se intentará
comunicar su existencia a todos los afectados mediante publicaciones
generales en sus centros de trabajo o interés. El plazo para apersonarse a
hacer valer sus derechos corre a partir del día siguiente a la segunda
publicación.
60. LEY DE NOTIFICACIONES
• ARTÍCULO 14.- Comunicaciones complejas con partes
múltiples En procesos de interés de grupo, difusos y
colectivos, y en cualquier otro en donde existan más de
veinte personas apersonadas o que puedan verse afectadas
con estos, no se les notificarán las resoluciones de
trámite, salvo que hayan señalado un medio conforme a
esta Ley. Se les notificará un extracto de la resolución de
fondo o de terminación, las propuestas de arreglo y las
que se originen de cuestiones planteadas por la parte. El
juez podrá suplir esa notificación por publicación en un
diario de circulación nacional
62. INTEGRACION DEL INTERES DIFUSO
COMO MEDIDA CAUTELAR
• Juez debe llamar al proceso a interesados
• Publicar la demanda en periódico
• Colocar aviso en lugar público o zona
afectada
• Si sujetos son identificables le corresponde
al actor comunicar la demanda
63. CONCILIACION
• Propuesta debe ser notificada a
intervinientes y publicada por edictos
• Si es aceptada surte efectos respecto a todos
los interesados una vez homologada por
juez
• Surte efecto incluso respecto a los que se
opusieron en minoría o no se apersonaron
64. EFECTOS SENTENCIA
• Sentencia produce cosa juzgada material
• Excepto si es desestimatoria por ausencia de
pruebas siempre que sea planteada por otro sujeto
• Si hay condena dineraria la sentencia determinará
los sujetos beneficiados
• Debe determinar si afecta a las partes o surte
efectos a los no intervinientes (erga omnes)
65. CONCLUSIONES
• Legitimación es la llave que abre la puerta a la
justicia ambiental
• Legitimación talón aquiles o nudo gordiano
• Crisis del esquema tradicional de legitimación
• Reconocimiento a los derechos incidencia
colectiva
• Carencia e insuficiencia de normas procesales
para aplicarlos
66. CONCLUSIONES
• Acciones procesales más comunes acción popular
y las class actions
• Legitimación deviene de una norma jurídica
• Costarricense cuenta con múltiples vías
procesales para la defensa del ambiente
• Constitución contempla expresamente la tutela de
los derechos subjetivos e intereses legítimos de
los administrados,
67. CONCLUSIONES
• Artículo 50 CP legitima a toda persona, vía
acción popular, para la defensa
jurisdiccional y administrativa del ambiente
• Sala Constitucional ha reconocido la
defensa del ambiente como un típico interés
difuso
68. CONCLUSIONES
• Actualmente, la legitimación para la
defensa del ambiente recae en el ser
humano como tal
• Todavía no se cuenta con herramientas
procesales idóneas para la integración de
intereses difusos, conciliación y sentencia
en procesos con multiplicidad de partes