Qué se consideraAccidentede Trabajo
La legislacióndeterminaque “unaccidente de trabajoestodalesióncorporal que el trabajador
sufracon ocasióno por consecuenciadel trabajoque ejecuteporcuentaajena”(art.115 LGSS)
estadefiniciónsigue siendoválidaparacontarlos accidentesde trabajo,peroconla aprobaciónde
la ley20/2007 lostrabajadoresautónomos(notrabajanporcuentaajena) si tienenderechoalas
prestacionesporcontingenciaprofesionales,enel casode losautónomoseconómicamente
dependientesesobligatorialacotizaciónyportanto laprestaciónypara el restode los
autónomosestacotizaciónesvoluntaria.
En el mismocaso nosencontramosa lasempleadasdel hogardespuésde laaprobacióndel RD
1596/2011.
Por lotanto, para que unaccidente tengaestaconsideraciónesnecesarioque:
1. Que el trabajador/asufrauna lesióncorporal.Entendiendoporlesióntododañoodetrimento
corporal causado por unaherida,golpe oenfermedad.Se asimilanala lesióncorporal lassecuelas
o enfermedadespsíquicasopsicológicas.
2. Que el accidente seaconocasióno por consecuenciadel trabajo,esdecir,que existauna
relaciónde causalidaddirectaentre trabajo - lesión.
La lesiónnoconstituye,porsísola,accidente de trabajo.
¿Qué supuestosestánconsideradoscomoAccidentesde Trabajo?
Accidentesproducidosconocasiónde lastareasdesarrolladasaunque seandistintasalas
habituales:Se entenderácomoaccidente de trabajo,aquel que hayaocurridodurante la
realizaciónde lastareasencomendadasporel empresario,orealizadasde formaespontáneapor
el trabajador/aeninterésdel buenfuncionamientode laempresa,(aunqueéstasseandistintasa
lasde su categoríaprofesional) (Art.115.2c LGSS).
Accidentessufridosenel lugarydurante el tiempode trabajo:Las lesionessufridasdurante el
tiempoyenel lugar de trabajose consideran,salvopruebaencontrario,accidentesde trabajo
(Art.115.3 LGSS).
Accidente “initinere”:Esaquel que sufre el trabajador/aal iral trabajoo al volverde éste.No
existe unalimitaciónhoraria(Art.115.2d LGSS).
Hay 3 elementosque se requierenenunaccidente initinere:
Que ocurra en el caminode ida o vuelta.
Que no se produzcaninterrupcionesentreel trabajoyel accidente.
Que se emplee el itinerariohabitual.
Accidentesenmisión:Sonaquellossufridosporel trabajador/aenel trayectoque tengaque
realizarpara el cumplimientode lamisión,asícomo el acaecidoenel desempeñode lamisma
dentrode su jornadalaboral.
Accidentesde cargoselectivosde caráctersindical:Sonlossufridosconocasiónopor
consecuenciadel desempeñode cargoelectivode caráctersindical ode gobiernode lasentidades
gestorasde la SeguridadSocial,asícomolos accidentesocurridosal ir o volverdel lugarenque se
ejercenlasfuncionesque lessonpropias(Art.115.2b LGSS).
Actosde salvamento:Sonlosaccidentesacaecidosenactosde salvamentoode naturaleza
análogacuando tenganconexiónconel trabajo.Se incluye el casode ordendirectadel empresario
o acto espontáneodel trabajador/a(Art.115.2d LGSS).
Enfermedadesodefectosanteriores:Sonaquellasenfermedadesodefectospadecidoscon
anterioridad,que se manifiestanoagravancomo consecuenciade unaccidente de trabajo (Art.
115.2.f LGSS).
Enfermedadesintercurrentes:Se entiendeportaleslasque constituyencomplicacionesdel
procesopatológicodeterminadoporel accidente de trabajomismo.Paracalificarunaenfermedad
como intercurrente esimprescindibleque existaunarelaciónde causalidadinmediataentre el
accidente de trabajoinicial ylaenfermedadderivadadel procesopatológico(Art.115.2.g LGSS).
Las enfermedadescomunesque contraigael trabajador/aconmotivode larealizaciónde su
trabajo,no incluidasenlalistade enfermedadesprofesionales.Se debe acreditar
fehacientemente larelacióncausa - efectoentre larealizaciónde untrabajoy laaparición
posteriorde laenfermedad(Art.115.2e LGSS).
Los debidosaimprudenciasprofesionales(Art.115.5 a LGSS):se calificaasía losaccidentes
derivadosdel ejerciciohabitual de untrabajooprofesiónyde la confianzaque éstosinspiranal
accidentado.
Que accidentesNOtienenlaconsideraciónde Accidente de Trabajo?
Los accidentesdebidosaimprudenciatemerariadel trabajador/a(Art.115.4 b,LGSS): se considera
Imprudenciatemerariacuandoel accidentadohaactuadode manera contrariaa lasnormas,
instruccionesuórdenesdadasporel empresariode formareiteradaynotoriaenmateriade
Seguridade Higiene.Si coincidenriesgomanifiesto,innecesarioygrave,lajurisprudenciaviene
entendiendoque existeimprudenciatemeraria,si noseráuna imprudenciaprofesional.
Los debidosafuerzamayorextrañaal trabajo:esdecir,cuandoesta fuerza mayor,seade tal
naturalezaque noguarde relaciónalgunaconel trabajo que se realizaenel momentode
sobrevenirel accidente.Noconstituyensupuestosde fuerzamayorextrañafenómenoscomola
insolación,el rayoyotrosfenómenosanálogosde lanaturaleza(síel trabajohabitual del
trabajador/aesa laintemperiesíesA.T.).En el caso de atentadoterroristaque afectaal
trabajador/aenel lugar de trabajono estamosante un caso de fuerzamayorsinoante una
actuaciónde untercero.Art. 115.4 a LGSS
Accidentesdebidosadolodel trabajador/aaccidentado:Se consideraque existe dolocuandoel
trabajador/aconsciente,voluntariaymaliciosamente provocaunaccidente paraobtener
prestacionesque se derivande lacontingencia.Art.115.4 b LGSS
Accidentesderivadosde laactuaciónde otra persona:Losaccidentesque sonconsecuenciade
culpacivil o criminal del empresario,de uncompañerode trabajoode un terceroconstituyen
auténticosaccidentesde trabajosiempre ycuandoguardenalgunarelaciónconel trabajo.El
elementodeterminante eslarelacióncausa - efecto.Art.115.5.b LGSS. Así lasbromas o juegos
que puedenoriginarunaccidente ocurridosdurante el trabajoolossufridosal separarunariña
seránA.T.

Accidente de trabajo

  • 1.
    Qué se consideraAccidentedeTrabajo La legislacióndeterminaque “unaccidente de trabajoestodalesióncorporal que el trabajador sufracon ocasióno por consecuenciadel trabajoque ejecuteporcuentaajena”(art.115 LGSS) estadefiniciónsigue siendoválidaparacontarlos accidentesde trabajo,peroconla aprobaciónde la ley20/2007 lostrabajadoresautónomos(notrabajanporcuentaajena) si tienenderechoalas prestacionesporcontingenciaprofesionales,enel casode losautónomoseconómicamente dependientesesobligatorialacotizaciónyportanto laprestaciónypara el restode los autónomosestacotizaciónesvoluntaria. En el mismocaso nosencontramosa lasempleadasdel hogardespuésde laaprobacióndel RD 1596/2011. Por lotanto, para que unaccidente tengaestaconsideraciónesnecesarioque: 1. Que el trabajador/asufrauna lesióncorporal.Entendiendoporlesióntododañoodetrimento corporal causado por unaherida,golpe oenfermedad.Se asimilanala lesióncorporal lassecuelas o enfermedadespsíquicasopsicológicas. 2. Que el accidente seaconocasióno por consecuenciadel trabajo,esdecir,que existauna relaciónde causalidaddirectaentre trabajo - lesión. La lesiónnoconstituye,porsísola,accidente de trabajo. ¿Qué supuestosestánconsideradoscomoAccidentesde Trabajo? Accidentesproducidosconocasiónde lastareasdesarrolladasaunque seandistintasalas habituales:Se entenderácomoaccidente de trabajo,aquel que hayaocurridodurante la realizaciónde lastareasencomendadasporel empresario,orealizadasde formaespontáneapor el trabajador/aeninterésdel buenfuncionamientode laempresa,(aunqueéstasseandistintasa lasde su categoríaprofesional) (Art.115.2c LGSS). Accidentessufridosenel lugarydurante el tiempode trabajo:Las lesionessufridasdurante el tiempoyenel lugar de trabajose consideran,salvopruebaencontrario,accidentesde trabajo (Art.115.3 LGSS).
  • 2.
    Accidente “initinere”:Esaquel quesufre el trabajador/aal iral trabajoo al volverde éste.No existe unalimitaciónhoraria(Art.115.2d LGSS). Hay 3 elementosque se requierenenunaccidente initinere: Que ocurra en el caminode ida o vuelta. Que no se produzcaninterrupcionesentreel trabajoyel accidente. Que se emplee el itinerariohabitual. Accidentesenmisión:Sonaquellossufridosporel trabajador/aenel trayectoque tengaque realizarpara el cumplimientode lamisión,asícomo el acaecidoenel desempeñode lamisma dentrode su jornadalaboral. Accidentesde cargoselectivosde caráctersindical:Sonlossufridosconocasiónopor consecuenciadel desempeñode cargoelectivode caráctersindical ode gobiernode lasentidades gestorasde la SeguridadSocial,asícomolos accidentesocurridosal ir o volverdel lugarenque se ejercenlasfuncionesque lessonpropias(Art.115.2b LGSS). Actosde salvamento:Sonlosaccidentesacaecidosenactosde salvamentoode naturaleza análogacuando tenganconexiónconel trabajo.Se incluye el casode ordendirectadel empresario o acto espontáneodel trabajador/a(Art.115.2d LGSS). Enfermedadesodefectosanteriores:Sonaquellasenfermedadesodefectospadecidoscon anterioridad,que se manifiestanoagravancomo consecuenciade unaccidente de trabajo (Art. 115.2.f LGSS). Enfermedadesintercurrentes:Se entiendeportaleslasque constituyencomplicacionesdel procesopatológicodeterminadoporel accidente de trabajomismo.Paracalificarunaenfermedad como intercurrente esimprescindibleque existaunarelaciónde causalidadinmediataentre el accidente de trabajoinicial ylaenfermedadderivadadel procesopatológico(Art.115.2.g LGSS). Las enfermedadescomunesque contraigael trabajador/aconmotivode larealizaciónde su trabajo,no incluidasenlalistade enfermedadesprofesionales.Se debe acreditar
  • 3.
    fehacientemente larelacióncausa -efectoentre larealizaciónde untrabajoy laaparición posteriorde laenfermedad(Art.115.2e LGSS). Los debidosaimprudenciasprofesionales(Art.115.5 a LGSS):se calificaasía losaccidentes derivadosdel ejerciciohabitual de untrabajooprofesiónyde la confianzaque éstosinspiranal accidentado. Que accidentesNOtienenlaconsideraciónde Accidente de Trabajo? Los accidentesdebidosaimprudenciatemerariadel trabajador/a(Art.115.4 b,LGSS): se considera Imprudenciatemerariacuandoel accidentadohaactuadode manera contrariaa lasnormas, instruccionesuórdenesdadasporel empresariode formareiteradaynotoriaenmateriade Seguridade Higiene.Si coincidenriesgomanifiesto,innecesarioygrave,lajurisprudenciaviene entendiendoque existeimprudenciatemeraria,si noseráuna imprudenciaprofesional. Los debidosafuerzamayorextrañaal trabajo:esdecir,cuandoesta fuerza mayor,seade tal naturalezaque noguarde relaciónalgunaconel trabajo que se realizaenel momentode sobrevenirel accidente.Noconstituyensupuestosde fuerzamayorextrañafenómenoscomola insolación,el rayoyotrosfenómenosanálogosde lanaturaleza(síel trabajohabitual del trabajador/aesa laintemperiesíesA.T.).En el caso de atentadoterroristaque afectaal trabajador/aenel lugar de trabajono estamosante un caso de fuerzamayorsinoante una actuaciónde untercero.Art. 115.4 a LGSS Accidentesdebidosadolodel trabajador/aaccidentado:Se consideraque existe dolocuandoel trabajador/aconsciente,voluntariaymaliciosamente provocaunaccidente paraobtener prestacionesque se derivande lacontingencia.Art.115.4 b LGSS Accidentesderivadosde laactuaciónde otra persona:Losaccidentesque sonconsecuenciade culpacivil o criminal del empresario,de uncompañerode trabajoode un terceroconstituyen auténticosaccidentesde trabajosiempre ycuandoguardenalgunarelaciónconel trabajo.El elementodeterminante eslarelacióncausa - efecto.Art.115.5.b LGSS. Así lasbromas o juegos que puedenoriginarunaccidente ocurridosdurante el trabajoolossufridosal separarunariña seránA.T.