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Acción de Tutela Contra Cesar Omar Rojas Ayala, Alcalde de Cúcuta
1. Jairo Sandoval Hernández
Veedor Ciudadano
jshjournalist.wordpress.com
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San José de Cúcuta, Octubre 14 de 2016
Honorable
Juez ______________ según el competente de acuerdo con el Decreto 1382 de 2000 (Reparto)
Ciudad
Referencia: Acción de Tutela
Accionante: Jairo Sandoval Hernández
Accionado: Cesar Omar Rojas Ayala
Yo Jairo Sandoval Hernández, mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con cedula de
ciudadanía Nº. XX’XXX.XXX expedida en Xxxxxx, siendo Coordinador de la “Veeduría de Control
Disciplinario y Gestión Pública a los Ediles de Cúcuta” Adscrita a la Personería Municipal de
esta misma ciudad según acta XXX de XXX, haciendo uso de las facultades que me confiere el
artículo 86 de la Carta Política, de la manera más atenta y respetuosa me dirijo a usted con el fin
de manifestarle que por medio del presente escrito INSTAURO ACCIÓN DE TUTELA contra
Cesar Omar Rojas Ayala, Burgomaestre Titular de la Alcaldía de San José de Cúcuta con el fin
de que se me proteja y tutele mi derecho constitucional fundamental de petición.
Hechos:
Primero: El día 21 de Julio de 2016, interpuse derecho fundamental de Petición ante Cesar Omar
Rojas Ayala, Burgomaestre Titular de la Alcaldía de San José de Cúcuta, a través de mi correo
electrónico (xxxx@xxxx.com) al correo electrónico de ellos (contactenos@cucuta-
nortedesantander.gov.co).
Derechos Violados:
El retardo injustificado o la dilación a la respuesta de mi petición, es un atentado flagrante contra mi
derecho fundamental constitucional consagrado en la carta política: Articulo 23 Derecho de
Petición: “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por
motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá
reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”
Procedencia de la Acción:
La presente acción es procedente porque a la fecha la autoridad no ha absuelto la solicitud que
respetuosamente interpuse ante su despacho el día 21 de Julio de 2016, además de no existir
otro mecanismo de protección a mi Derecho Fundamental violado.
Petición:
Se me garantice mi derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la
Constitución Política de Colombia, Tutelar el Derecho Fundamental de Petición vulnerado por parte
del accionado y en consecuencia, ordenar a dicho funcionario que resuelva la Petición formulada
dando respuesta concreta a todas y cada una de las peticiones formuladas en dicho escrito.
Fundamento de la Acción:
Fundamento la presente acción en el artículo 86 de la Constitución Política, Decreto 2591 de 1991,
Decreto 1382 de 2000, Ley 1755 de 2015, Artículo 54 de la Ley 1437 de 2011 y la Ley 527 de
1999.
2. Jairo Sandoval Hernández
Veedor Ciudadano
jshjournalist.wordpress.com
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Juramento:
Bajo la gravedad de juramento, aseguro que no he interpuesto otra Acción de Tutela por los
mismos hechos y pretensiones.
Pruebas:
Solicito se tengan en cuenta los siguientes medios probatorios:
Copia de los documentos enviados y recibidos por correo electrónico
Anexos:
Con el propósito de sustentar esta acción, me permito anexar los documentos anunciados en el
acápite correspondiente a los medios probatorios documentales.
1. Copia del Derecho de Petición Enviado a través de Correo Electrónico.
2. Copia de la respuesta del Correo Electrónico por parte de la Alcaldía de San José de
Cúcuta, donde me asignan un numero de Radicado #20160722-001 del Recibido.
Notificaciones:
La parte accionada recibirá Notificaciones en:
Dirección Electrónica: contactenos@cucuta-nortedesantander.gov.co, de conformidad con
lo establecido por el artículo 197 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
Del señor Juez atentamente,
Atentamente;
Jairo Sandoval Hernández
La parte accionante recibirá Notificaciones en:
Dirección Electrónica: xxxx@xxxx.com, de conformidad con lo establecido por el artículo 56
de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo).
Teléfono Móvil: XXX XXXXXXX