PROGRAMA AMPLIACIÓN DE
       COBERTURA
 SENA REGIONAL CÓRDOBA
Los convenios para la ampliación de cobertura, son las alianzas
  celebradas entre el SENA y aquellas instituciones de carácter
  público o privado, que se suscriben como respuesta estratégica
  para atender a un mayor número de colombianos fortaleciendo
  con calidad la formación para el trabajo en el país, permitiendo
  equidad en el acceso y la eficiencia en el uso de los recursos
  destinados al aprendizaje, mediante:

• La utilización de la capacidad instalada con que cuentan las
  instituciones de educación superior, las entidades de formación
  para el trabajo y el desarrollo humano y las organizaciones
  gubernamentales dedicadas a la formación.

• La cofinanciación de proyectos de formación profesional.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
   Tipo de Instituciones:
Los convenios interinstitucionales se podrán suscribir con:
• Instituciones de Educación para el trabajo y el desarrollo
  humano.
• Instituciones de Educación Superior.
• Fundaciones u organizaciones con o sin ánimo de lucro que
  tengan dentro de su objeto la formación para el trabajo.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
  Pertinencia de los Programas
Deben responder a las necesidades de formación pertinentes requeridas en los
  mercados laborales de la región, validadas en los planes de centro y en las
  investigaciones de los observatorios laborales regionales o nacionales,
  correspondiendo preferentemente a:

• Programas de baja especialización tecnológica y amplia oferta institucional
  en la región
• Programas altamente especializados con baja oferta institucional en los
  cuales el SENA no cuenta con toda la tecnología
• Programas que se identifiquen a partir de necesidades en el mercado laboral
  y de los planes estratégicos locales

• Importante resaltar la atención en las zonas rurales, para lo cual se debe
  atender el plan de desarrollo municipal.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
 Modalidades de Formación


Los programas de formación que aplican a la Estrategia de
  Ampliación de Cobertura mediante Convenios y Alianzas, son de
  formación titulada presencial en el nivel de técnico laboral y
  formación presencial complementaria y corresponden a
  programas de catálogo de formación titulada y complementaria
  SENA.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
  Priorización de programas:
Tendrán preferencia aquellas instituciones que ofrezcan:
• Programas del nivel de técnico laboral con componente de
  práctica laboral, donde el aprendiz pueda aplicar cualquier de
  las ocho (8) opciones de práctica laboral que tiene el SENA.

• Programas de formación con posibilidades de cadena de
  formación en el SENA, instituciones de formación para el trabajo
  o Educación Superior.

• Programas de formación que tengan relación con los
  reconocidos por el SENA.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Calidad de los programas:
 Las entidades con las que se suscriban los convenios de ampliación de
   cobertura, deben impartir la formación de los programas SENA, haciendo
   especial énfasis en:
• Utilizar las cuatro fuentes del conocimiento: Trabajo colaborativo, instructor,
   tics y entorno.
• Promover a los aprendices para ser cada vez mejores personas, solidarios,
   emprendedores y lideres.
• Integrar desde el inicio de la formación el Emprendimiento para el desarrollo
   de su proyecto productivo.
• Desarrollar como estrategia de formación, la formación por proyectos
• Aplicar metodologías que faciliten el aprendizaje colaborativo.
• Refuerza las actividades tendientes a adquirir habilidades y conocimientos
   propios del oficio que faciliten el aprendizaje y que presentan dificultades en
   el aprendiz para el logro de las competencias.
APORTES DE LA INSTITUCIÓN

• Las Instituciones interesadas en suscribir este tipo de
  convenios, podrán realizar aportes que serán evaluados y
  valorados por el SENA que pueden estar representados en
  recursos económicos o físicos, de preferencia equitativos entre
  las partes y que pueden estar representados en dinero,
  infraestructura, personal administrativo, bienestar al aprendiz
  y/o idoneidad de la institución
APORTES DE LA INSTITUCIÓN
• Infraestructura: Se evaluará la calidad de las instalaciones, los ambientes de
  aprendizaje preferiblemente aquellos donde se cuente con la infraestructura
  necesaria para el logro de las competencias requeridas, en especial talleres,
  laboratorios, salas de informática, entre otros.
• Personal docente y administrativo: se evaluará la formación académica del
  personal docente, su nivel de especialización, perfil, experiencia entre otros,
  así como el personal administrativo y de apoyo con que cuente la institución
  para el desarrollo del objeto del convenio.
• Bienestar del aprendiz: se evaluarán los programas de salud, consejería y
  orientación, recreación y deporte, arte y cultura, que la entidad pueda
  ofrecer a los aprendices directamente o a través de convenios para los
  aprendices. Igualmente, enfermería y biblioteca propia o en convenio.
• Idoneidad de la institución: Se evaluará la experiencia en años con que
  cuenta la entidad, número de promociones.
APORTES DEL SENA
El SENA financiará un porcentaje del valor de las acciones de formación de
    acuerdo con la complejidad tecnológica del aprendizaje, ya sea tecnología
    dura o blanda.
 Los recursos destinados por el SENA para el desarrollo de acciones de
    aprendizaje cubrirán exclusivamente los costos relacionados directamente
    con la formación así:
• Contratación de instructores
• Materiales de formación y
• Administración educativa hasta el 10% del valor total del aporte del SENA
    (materiales de formación y contratación de instructores).
• Opcionalmente, se podrá hacer un reconocimiento del 10% adicional por
    condiciones de bienestar para el aprendiz, cuando se evidencia la capacidad
    para ello propia o a través de convenios.
• En ningún caso se podrá financiar dotación, viáticos, compra de equipos y
    adecuación de infraestructura las cuales hacen parte del valor del aporte de
    contrapartida de la Institución.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA FORMACIÓN
• El Sena entregará al conviniente los diseños curriculares de los cursos de
  formación complementaria o los programas de formación titulada que
  requiere se impartan a través del convenio, suscrito para cubrir las
  necesidades manifiestas del mercado laboral.
• La entidad conviniente debe garantizar que los aprendices adquieran las
  competencias requeridas en cada uno de los cursos de formación
  complementaria o programas de formación titulada.
• Los grupos serán en promedio de 30 aprendices para formación titulada y de
  35 aprendices para formación complementaria.
• Los programas deben utilizar las estrategias metodológicas activas de
  formación por proyectos que se articulen a proyectos significativos o a
  actividades productivas reales durante el proceso de formación.
• Los diseños curriculares de los programas cuentan con los recursos
  didácticos y de apoyo para el desarrollo del curso o programa; por lo tanto, el
  conviniente debe garantizar el suministro completo de éstos durante la
  ejecución de la formación. Los materiales de formación requeridos,
  dependen del proyecto de formación establecido.
COMPETENCIA PARA LA SUSCRIPCIÓN
• La competencia para la celebración de estos convenios es la
  misma que está atribuida a los Directores Regionales y Distrito
  Capital, de conformidad con el Decreto 249 de 2004, Artículo
  24, Funciones de las Direcciones Regionales y Distrito Capital:
  “Son funciones de las Direcciones Regionales y Distrito Capital
  entre otras:… 3. Promover, coordinar, articular y suscribir
  alianzas y convenios con las demás entidades públicas y
  privadas, para aunar esfuerzos, recursos e impacto de los
  programas de formación, previa autorización impartida por el
  Consejo Directivo Regional o del Distrito Capital, en consonancia
  con las disposiciones presupuestales y las normas de
  contratación.…”
PROCEDIMIENTO PARA LA SUSCRIPCIÓN
• La Dirección de Formación Profesional en articulación con las Direcciones
  Regionales, identifican necesidades de formación teniendo en cuenta las
  investigaciones de los observatorios laborales regionales y nacional, y la
  disponibilidad de ambientes de aprendizaje de las entidades que atendieron
  la convocatoria, fueron visitadas y cumplen con las condiciones de
  infraestructura para brindar con calidad la formación. Los Centros avalan
  estas necesidades de acuerdo al plan operativo del centro y la pertinencia de
  la formación que requieren los diferentes municipios.
• La Dirección Regional, informa a las Entidades interesadas sobre los
  programas o cursos que se definió deben ofertar y las necesidades de
  documentación legal en cumplimiento de la lista de chequeo en la etapa
  precontractual. De allí se genera un primer plan operativo a desarrollar.
• Una vez recibida la documentación, el Sena verifica que la institución cumpla
  con todos los requisitos establecidos.
• Se presenta para aprobación del Concejo Directivo Regional y una vez sea
  aprobado, se elabora la minuta del convenio, se procede a la firma del
  mismo de acuerdo con el procedimiento establecido por el SENA para la
  suscripción de convenios.
FECHA LÍMITE DE ENTREGA DE PROPUESTAS:
VIERNES 20 DE ENERO DE 2012.
Lugar de entrega: Oficina de Archivo del
SENA Regional Córdoba, ubicada en el
primer piso del edificio administrativo de la
Entidad.

Ampliación de cobertura sena 2012

  • 1.
    PROGRAMA AMPLIACIÓN DE COBERTURA SENA REGIONAL CÓRDOBA
  • 2.
    Los convenios parala ampliación de cobertura, son las alianzas celebradas entre el SENA y aquellas instituciones de carácter público o privado, que se suscriben como respuesta estratégica para atender a un mayor número de colombianos fortaleciendo con calidad la formación para el trabajo en el país, permitiendo equidad en el acceso y la eficiencia en el uso de los recursos destinados al aprendizaje, mediante: • La utilización de la capacidad instalada con que cuentan las instituciones de educación superior, las entidades de formación para el trabajo y el desarrollo humano y las organizaciones gubernamentales dedicadas a la formación. • La cofinanciación de proyectos de formación profesional.
  • 3.
    CRITERIOS DE SELECCIÓN Tipo de Instituciones: Los convenios interinstitucionales se podrán suscribir con: • Instituciones de Educación para el trabajo y el desarrollo humano. • Instituciones de Educación Superior. • Fundaciones u organizaciones con o sin ánimo de lucro que tengan dentro de su objeto la formación para el trabajo.
  • 4.
    CRITERIOS DE SELECCIÓN Pertinencia de los Programas Deben responder a las necesidades de formación pertinentes requeridas en los mercados laborales de la región, validadas en los planes de centro y en las investigaciones de los observatorios laborales regionales o nacionales, correspondiendo preferentemente a: • Programas de baja especialización tecnológica y amplia oferta institucional en la región • Programas altamente especializados con baja oferta institucional en los cuales el SENA no cuenta con toda la tecnología • Programas que se identifiquen a partir de necesidades en el mercado laboral y de los planes estratégicos locales • Importante resaltar la atención en las zonas rurales, para lo cual se debe atender el plan de desarrollo municipal.
  • 5.
    CRITERIOS DE SELECCIÓN Modalidades de Formación Los programas de formación que aplican a la Estrategia de Ampliación de Cobertura mediante Convenios y Alianzas, son de formación titulada presencial en el nivel de técnico laboral y formación presencial complementaria y corresponden a programas de catálogo de formación titulada y complementaria SENA.
  • 6.
    CRITERIOS DE SELECCIÓN Priorización de programas: Tendrán preferencia aquellas instituciones que ofrezcan: • Programas del nivel de técnico laboral con componente de práctica laboral, donde el aprendiz pueda aplicar cualquier de las ocho (8) opciones de práctica laboral que tiene el SENA. • Programas de formación con posibilidades de cadena de formación en el SENA, instituciones de formación para el trabajo o Educación Superior. • Programas de formación que tengan relación con los reconocidos por el SENA.
  • 7.
    CRITERIOS DE SELECCIÓN Calidadde los programas: Las entidades con las que se suscriban los convenios de ampliación de cobertura, deben impartir la formación de los programas SENA, haciendo especial énfasis en: • Utilizar las cuatro fuentes del conocimiento: Trabajo colaborativo, instructor, tics y entorno. • Promover a los aprendices para ser cada vez mejores personas, solidarios, emprendedores y lideres. • Integrar desde el inicio de la formación el Emprendimiento para el desarrollo de su proyecto productivo. • Desarrollar como estrategia de formación, la formación por proyectos • Aplicar metodologías que faciliten el aprendizaje colaborativo. • Refuerza las actividades tendientes a adquirir habilidades y conocimientos propios del oficio que faciliten el aprendizaje y que presentan dificultades en el aprendiz para el logro de las competencias.
  • 8.
    APORTES DE LAINSTITUCIÓN • Las Instituciones interesadas en suscribir este tipo de convenios, podrán realizar aportes que serán evaluados y valorados por el SENA que pueden estar representados en recursos económicos o físicos, de preferencia equitativos entre las partes y que pueden estar representados en dinero, infraestructura, personal administrativo, bienestar al aprendiz y/o idoneidad de la institución
  • 9.
    APORTES DE LAINSTITUCIÓN • Infraestructura: Se evaluará la calidad de las instalaciones, los ambientes de aprendizaje preferiblemente aquellos donde se cuente con la infraestructura necesaria para el logro de las competencias requeridas, en especial talleres, laboratorios, salas de informática, entre otros. • Personal docente y administrativo: se evaluará la formación académica del personal docente, su nivel de especialización, perfil, experiencia entre otros, así como el personal administrativo y de apoyo con que cuente la institución para el desarrollo del objeto del convenio. • Bienestar del aprendiz: se evaluarán los programas de salud, consejería y orientación, recreación y deporte, arte y cultura, que la entidad pueda ofrecer a los aprendices directamente o a través de convenios para los aprendices. Igualmente, enfermería y biblioteca propia o en convenio. • Idoneidad de la institución: Se evaluará la experiencia en años con que cuenta la entidad, número de promociones.
  • 10.
    APORTES DEL SENA ElSENA financiará un porcentaje del valor de las acciones de formación de acuerdo con la complejidad tecnológica del aprendizaje, ya sea tecnología dura o blanda. Los recursos destinados por el SENA para el desarrollo de acciones de aprendizaje cubrirán exclusivamente los costos relacionados directamente con la formación así: • Contratación de instructores • Materiales de formación y • Administración educativa hasta el 10% del valor total del aporte del SENA (materiales de formación y contratación de instructores). • Opcionalmente, se podrá hacer un reconocimiento del 10% adicional por condiciones de bienestar para el aprendiz, cuando se evidencia la capacidad para ello propia o a través de convenios. • En ningún caso se podrá financiar dotación, viáticos, compra de equipos y adecuación de infraestructura las cuales hacen parte del valor del aporte de contrapartida de la Institución.
  • 11.
    ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DELA FORMACIÓN • El Sena entregará al conviniente los diseños curriculares de los cursos de formación complementaria o los programas de formación titulada que requiere se impartan a través del convenio, suscrito para cubrir las necesidades manifiestas del mercado laboral. • La entidad conviniente debe garantizar que los aprendices adquieran las competencias requeridas en cada uno de los cursos de formación complementaria o programas de formación titulada. • Los grupos serán en promedio de 30 aprendices para formación titulada y de 35 aprendices para formación complementaria. • Los programas deben utilizar las estrategias metodológicas activas de formación por proyectos que se articulen a proyectos significativos o a actividades productivas reales durante el proceso de formación. • Los diseños curriculares de los programas cuentan con los recursos didácticos y de apoyo para el desarrollo del curso o programa; por lo tanto, el conviniente debe garantizar el suministro completo de éstos durante la ejecución de la formación. Los materiales de formación requeridos, dependen del proyecto de formación establecido.
  • 12.
    COMPETENCIA PARA LASUSCRIPCIÓN • La competencia para la celebración de estos convenios es la misma que está atribuida a los Directores Regionales y Distrito Capital, de conformidad con el Decreto 249 de 2004, Artículo 24, Funciones de las Direcciones Regionales y Distrito Capital: “Son funciones de las Direcciones Regionales y Distrito Capital entre otras:… 3. Promover, coordinar, articular y suscribir alianzas y convenios con las demás entidades públicas y privadas, para aunar esfuerzos, recursos e impacto de los programas de formación, previa autorización impartida por el Consejo Directivo Regional o del Distrito Capital, en consonancia con las disposiciones presupuestales y las normas de contratación.…”
  • 13.
    PROCEDIMIENTO PARA LASUSCRIPCIÓN • La Dirección de Formación Profesional en articulación con las Direcciones Regionales, identifican necesidades de formación teniendo en cuenta las investigaciones de los observatorios laborales regionales y nacional, y la disponibilidad de ambientes de aprendizaje de las entidades que atendieron la convocatoria, fueron visitadas y cumplen con las condiciones de infraestructura para brindar con calidad la formación. Los Centros avalan estas necesidades de acuerdo al plan operativo del centro y la pertinencia de la formación que requieren los diferentes municipios. • La Dirección Regional, informa a las Entidades interesadas sobre los programas o cursos que se definió deben ofertar y las necesidades de documentación legal en cumplimiento de la lista de chequeo en la etapa precontractual. De allí se genera un primer plan operativo a desarrollar. • Una vez recibida la documentación, el Sena verifica que la institución cumpla con todos los requisitos establecidos. • Se presenta para aprobación del Concejo Directivo Regional y una vez sea aprobado, se elabora la minuta del convenio, se procede a la firma del mismo de acuerdo con el procedimiento establecido por el SENA para la suscripción de convenios.
  • 14.
    FECHA LÍMITE DEENTREGA DE PROPUESTAS: VIERNES 20 DE ENERO DE 2012. Lugar de entrega: Oficina de Archivo del SENA Regional Córdoba, ubicada en el primer piso del edificio administrativo de la Entidad.