4. TEORÍA CLASICA DEL PATRIMONIO
(AFECTACIÓN)
1.- Solo las personas pueden tener patrimonio.
2.- Todos deben tener un patrimonio.
3.- Es inalienable.
4.- Es indivisible. (Toda persona no tiene más que un
patrimonio).
5. TEORIA MODERNA DEL PATRIMONIO
(AFECTACION)
Bienes
Derechos
Obligaciones
APRECIABLES
EN DINERO
REALIZACION
DE UN FIN
JURIDICO Y
ECONOMICO
6. DERECHOS PERSONALES
FACULTAD JURIDICA ACREEDOR
SELE EXIJE EL CUMPLIMIENTO DE
UNA OBLIGACION
DEUDOR
LA OBLIGACION DE DAR, HACER O NO HACER
Esta relación nace, cuando alguna de las partes
incumple con sus obligaciones.
7. DERECHOS REALES
●Poder jurídico que en forma directa o inmediata se
ejerce sobre un bien para su aprovechamiento total o
parcial o en funciones de garantía, siendo oponible a
terceros en virtud de una relación jurídica, que se
establece entre estos y el titular del derecho.
8. PROPIEDAD
TODO AQUELLO QUE PUEDE SER OBJETO DE
APROPIACION.
TODO AQUELLO QUE PUEDE SER UTIL PARA EL
HOMBRE.
9. OBJETO DE LA PROPIEDAD
TODAS LAS COSAS QUE NO ESTÉN EXCLUIDAS DEL
COMERCIO
NATURAL DISPOSICION DE LEY
10. CLASIFICACION DE LOS BIENES
(DOCTRINA)
CORPORALES INCORPORALES
CONSUMIBLES NO CONSUMIBLES
FUNGIBLES NO FUNGIBLES
MOSTRENCOS VACANTES
MUEBLES INMUEBLES
13. PROPIEDAD
Es el Derecho Real de
usar, disfrutar y
disponer de los bienes
con las limitaciones
que exijan el interés
público y con arreglo a
las modalidades que
fijen las leyes.
18. MEDIOS PARA ADQUIRIR LA PROPIEDAD
1.- La ocupación
2.- La accesión y la
adquisición de frutos y
productos.
3.- La prescripción
adquisitiva.
4.- La adjudicación.
5.- La herencia.
6.- El Contrato.
7.- La Ley (por
expropiación).
19. LA OCUPACIÓN
●Toma de posesión permanente de las cosas sin dueño
o cuya legítima procedencia se ignore con el animo
de adueñarse de ellas.
● IURIS TANTUM.-
al
Cuando un mueble se encuentra en un
inmueble se presume de la cosa pertenece
dueño del inmueble.
● IURES DE IURES.- No admite prueba en contrario ejemplo: los
padres que deben dar los alimentos a sus
hijos.
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20. LA OCUPACION EN SUS DISTITNAS
FORMAS
●APROPIACIÓN DE
ANIMALES SIN MARCA
EN PREDIOS DE UN
SOLO DUEÑO.-
Establece que los
animales sin marca que
se encuentren en un
predio se presumen que
son del dueño mientras
no se demuestre lo
contrario.
21. LA OCUPACION EN SUS DISTITNAS
FORMAS
●DE LA OCUPACIÓN DE
TESOROS.-
Un tesoro es el
oculto de dinero u
preciosos cuya
deposito
objetos
legitima
procedencia se ignore;
tesoro oculto
que lo descubre
propiedad, si es
El
pertenece al
en su
en una
propiedad ajena corresponde
la mitad al dueño del terreno
y el descubridor.
22. LAOCUPACION EN SUS DISTINTAS
FORMAS
●DE LA OCUPACIÓN DE
AGUAS.-
El dueño del predio en que
exista una fuente natural o
que halla perforado un pozo
brotante tiene el derecho a
disponer de ellas pero si
estas pasan de una finca a
otra se aprovechamiento se
considera de utilidad
publica.
23. LA ACCESION
Es un medio para adquirir la propiedad mediante la
extensión de dominio.
NATURAL. Es la unión o incorporación de cosas sin la
intervención de la voluntad del hombre.
ARTIFICIAL.
la
Se produce con la intervención de
voluntad del hombre.
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F
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24. FORMAS DE ACCESION NATURAL
ALUVION
Es el material que
arrastra la corriente de
un rió y lo deposita en
un predio
incrementando su
extensión.
25. FORMAS DE ACCESION NATURAL
AVULSION
Es el desprendimiento de
una porción de tierra por
la corriente de un rió, es
identificable y se
deposita en otro predio.
26. FORMAS DE ACCESION NATURAL
NACIMIENTO DE
ISLAS
Las islas que se formen
en aguas de propiedad
particular pertenecerán
al dueño de estas.
27. FORMAS DE ACCESION NATURAL
MUTACIÓN EN EL
CAUSE DE UN RIO
Cuando el rió cambiare de
cause tratándose de aguas
de propiedad particular los
propietarios del dueño
adquirirán dichas aguas, si
las aguas son de propiedad
federal se citara a la ley
respectiva.
28. FORMAS DE ACCESION ARTIFICIAL
MUEBLES INMUEBLES
INCORPORACIÓN EDIFICACIÓN
ESPECIFICACIÓN SIEMBRA
LA MEZCLA PLANTACIÓN
CONFUSIÓN
29. INCORPORACIÓN
Cuando dos bienes
muebles que pertenecen
a dos dueños distintos, se
unen de tal manera que
vienen a formar uno solo
sin que intervenga de
mala fe, el propietario de
lo principal adquiere el
accesorio pagando su
valor.
30. COFUSION Y MEZCLA
La primera se realiza en líquidos,
mientras que la segunda en
sólidos; Si por voluntad de uno
solo pero de buena fe se mezclan
o confunden bienes de igual
arreglaran a la parte que
pero de diferente especie se
le
corresponda; En relación ha que
esta acción fuera ejecutada de
mala fe pierde el bien mezclado
además de pagar perjuicios al
dueño.
31. ESPECIFICACION
Al que de buena fe empleo
materia ajena en todo o en
parte, para formar una cosa de
nueva especie hará suya la obra
siempre que el merito artístico
de esta exceda en precio en la
materia cuyo valor indemnizara
al dueño; en caso de que no
exceda el precio de la materia el
dueño hará suya la obra y
tendrá derecho a reclamar
daños y perjuicios.
32. EDIFICACIÓN, SIEMBRA,
PLANTACIÓN
● La única regla es que siempre será el
bien inmueble, se dan las siguientes
HIPÓTESIS :
1.- En terreno propio con materiales
ajenos; adquiere la propiedad de
unos y otros pero con la obligación
de pagarlos y resarcir los daños.
33. EDIFICACIÓN, SIEMBRA,
PLANTACIÓN
2.- De buena fe en terreno ajeno; El dueño del terreno en
que se edifique o plante de buena fe tendrá derecho a
hacer suya la plantación previa indemnización.
34. EDIFICACIÓN, SIEMBRA,
PLANTACIÓN
3.- De mala fe por el No propietario; Pierde lo edificado
plantado, sin que tenga derecho a reclamar
indemnización alguna del dueño del suelo.
35. EDIFICACIÓN, SIEMBRA,
PLANTACIÓN
4.- Mala fe del propietario y del que edifica; Se entenderá
compensada esta circunstancia y se arreglaran los
derechos de uno y otro.
36. MALA FE
●Se entiende que existe mala
fe por parte del sembrador
cuando
terreno
sembrado
saben que el
que va a ser
no es de su
propiedad.
●Existe mala
propietario cuando
fe por el
a
ciencia y paciencia permite
que otro edifique sin
oponerse.
38. HERENCIAS
Para adquirir la propiedad
por este medio se
necesita previo juicio ya
sea testamentario o in
testamentario según se
amerite.
39. CONTRATOS
Es la manifestación de la
voluntad tendiente de
producir efectos de
derecho; crear, modificar
o extinguir obligaciones o
derechos.
40. PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Forma de adquirir la
propiedad a través de la
posesión de los bienes
por los requisitos
establecidos por la ley.
41. ADQUISICION DE FRUTOS Y
PRODUCTOS
FRUTOS: manifestaciones
naturales o especiales de las
cosas sin que ello implique su
deterioro no inmediato.
Naturales
Artificiales
Civiles
Industriales
A
D
Q
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S
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C
I
O
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PRODUCTOS: implica que su
uso continuo va deteriorando
la cosa se clasifica en:
42. ADQUISICION DE PRODUCTOS
●NATURALES.- Un árbol,
producción de la tierra.
●ARTIFICIALES.- En virtud
del trabajo.
●CIVILES.- Se producen
mediante actos jurídicos.
● INDUSTRIALES.- Implican
a la industria
43. FORMAS DE ADQUIRIR LA
PROPIEDAD
●PRIMITIVAS.
● DERIVADAS.
● A TITULO ONEROSO.
●A TITULO GRATUITO.
● POR ACTO ENTRE VIVOS. (CONTRATO)
● POR ACTO ENTRE VIVOS. (HERENCIA)
●A TITULO UNIVERSAL.
● A TITULO PARTICULAR.
44. COPROPIEDAD
Hay copropiedad cuando
un bien, un derecho o
bienes, derechos
una universalidad de
y
obligaciones apreciables
en dinero pertenecen pro
indiviso a dos o mas
personas.
45. PRINCIPIOS QUE RIGEN LA
COPROPIEDAD
1.- Todo acto de dominio, de
disposición jurídica de la cosa objeto
de copropiedad es valido solo si se
lleva acabo con el consentimiento
unánime de todos los propietarios.
2.- Los actos de administración de la
cosa se deben llevar acabo por la
mayoría de las personas e intereses.
●ACTO ADMINISTRATIVO.- alquilar, rentar, reparar,
pagar, mayoría de voluntades de los copropietarios a
mayoría de intereses.
46. ELEMENTOS DE VALIDEZ
●Ausencia de vicios de la
voluntad (dolo o mala fe)
●Forma
●Posibilidad del objeto de
existir físicamente
●Existencia
●Voluntad
●Solemnidad
●Objeto
47. ELEMENTOS DE LA COPROPIEDAD
●1.- PARTE ALÍCUOTA.-
mental, aritmética que no
tiene una existencia
material.
●2.- PRO INDEVISO.- que
no se divide, los
copropietarios son
dueños de todo pero nada
en particular.
48. FORMAS DE COPROPIEDAD
●Voluntarias o Forzosas
●Temporales y Permanentes
●Reglamentadas y Reglamentadas
●Sobre bienes determinados o sobre patrimonio
universal
●Por acto entre vivos y por causa de muerte
●Por virtud de hecho jurídico y por virtud de un
acto jurídico
54. FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
NO REGLAMENTADAS.-
No tiene una
reglamentación especial
en la ley.
55. FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
DETERMINADAS.-
Recaen sobre bienes
específicos; casa, terreno.
56. FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
SOBRE PATRIMONIO
UNIVERSAL.-
Recae sobre una
universalidad jurídica de
bienes, derechos y
obligaciones apreciables en
dinero.
57. FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
POR ACTO ENTRE
VIVOS.-
Se origina por medio del
contrato, de acto
jurídico unilateral
(donación) por
prescripción adquisitiva
o por hecho jurídico.
58. FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
CAUSA DE MUERTE.-
Se originan por el
intestado o por el
testamento en el
momento de la muerte del
autor de la herencia.
59. FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
POR VIRTUD DE UN
HECHO JURÍDICO.-
Ocupación, accesión, o
prescripción adquisitiva.
60. FORMAS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
POR VIRTUD DE UN
ACTO JURÍDICO.-
La que se origina por acto
jurídico unilateral, por
contrato o testamento.
61. COPROPIEDADES FORZOSAS
MEDIANERIA
Cuando hay una cosa que divide dos predios de
distintos dueños, una pared, setos, zanjas.
Cuando haya constancia que demuestra quien fabrico la
pared que divide los predios, el que costeo es dueño
exclusivo.
62. COPROPIEDADES FORZOSAS
MEDIANERIA
Se presume la copropiedad mientras no halla signo exterior
que demuestre lo contrario:
1.- En las paredes divisorias de los edificios
contiguos hasta el punto común de
elevación.
2.- En las paredes divisorias de los jardines o
corrales situados en poblados.
3.- En las cercas, vallados y setos que dividen
predios rústicos.
4.- Las zanjas o acequias abiertas entre las
heredades.
63. COPROPIEDADES FORZOSAS
CONDOMINIO
Régimen jurídico donde un conjunto de personas
tienen en propiedad exclusiva, un bien y son
copropietarios de las cosas comunes
PROPIEDAD EXCLUSIVA.- departamento
PROPIEDAD COMUN.- escaleras, elevadores, áreas
verdes.
64. DERECHO DEL TANTO ENTRE
COPROPIETARIOS
Los copropietarios de una
cosa indivisa no podrán
enajenar a extraños su
parte alícuota respectiva
si el coparticipe quiere
hacer uso del derecho
del tanto.
65. EXTINCION DE LA COPROPIEDAD
●La división de la cosa
común.
●Destrucción o perdida de
la cosa común.
●Enajenación,
consolidación, o reunión
de todas.
66. USUFRUCTO
Es un derecho real
temporal, vitalicio por
naturaleza, para usar y
disfrutar de los bienes
ajenos sin alterar su forma
o sustancia.
68. SUJETOS
●SUJETO PASIVO.- nudo propietario.
●SUJETO ACTIVO DETERMINADO.- usufructuario.
●SUJETO PASIVO INDETERMINADO.- terceros con
obligaciones de no hacer o molestar.
70. USUFRUCTO
●MODALIDADES.- El usufructo puede constituirse
desde o hasta cierto día puramente y bajo condición.
●INCAPACIDAD.- Las corporaciones que no pueden
adquirir, poseer, o administrar bienes raíces.
●CAPACIDAD PARA DAR EN USUFRUCTO.- solo lo
puede dar el que pueda enajenar.
71. MODOS DE CONSTITUCIÓN DEL
USUFRUCTO
●CONSTITUCIÓN
DIRECTA.- El dueño
concede directamente el
usufructo de la propiedad
ya sea a titulo gratuito u
oneroso.
●CONSTITUCIÓN POR
RETENCION.- Cuando el
propietario vende la
propiedad y se reserva el
usufructo.
72. MODOS DE CONSTITUCIÓN DEL
USUFRUCTO
●USUFRUCTO POR LEY.-
Cuando el sujeto a Patria
Potestad adquiere bienes por
cualquier titulo que no sea su
trabajo la propiedad y la
mitad del usufructo
pertenece al sujeto a PP, la
administración y la otra
mitad del usufructo
corresponde al que ejerza la
Patria Potestad.
73. MODOS DE CONSTITUCIÓN DEL
USUFRUCTO
●POR ACTO UNILATERAL
O PLURILATERAL.-
contratos
●POR PRESCRIPCIÓN.-
74. MODOS DE CONSTITUCIÓN DEL
USUFRUCTO
●A FAVOR DE UNA O
VARIAS PERSONAS.- ya
sea sucesiva o simultanea.
75. USUFRUCTO
FORMALIDADES DE PUBLICIDAD
●El usufructo de autobuses de transporte publico se
hace ante notario.
●El usufructo de inmueble se hace ante escritura
publica ante notario.
●Debe inscribirse ante el Registro Publico de la
Propiedad.
76. USUFRUCTO
TIEMPO DE DURACIÓN DEL USUFRUCTO
●PERSONAS FÍSICAS.-Vitalicio o temporal.
●PERSONAS MORALES.- La mayoría duran 20
años o terminan cuando se disuelve o dejan de
existir.
77. USUFRUCTO
●CAPACIDAD PARA
ADQUIRIR USUFRUCTO
SOBRE INMUEBLES.-
Cualquier persona mayor de
edad en pleno ejercicio de
sus derechos civiles.
●LIMITACIONES.- Las
sociedades extranjeras salvo
en aquellos casos en que la
Secretaria de Relaciones lo
autorice.
78. ACCIONES Y DERECHOS DEL
USUFRUCTO
●Derecho de Petición.- El cual
se encuentra previsto en el
articulo 8.
●Pretensiones reales,
personales, posesorias.
●Acciones Personales.-
Derivan de las relaciones
particulares.
79. ACCIONES Y DERECHOS DEL
USUFRUCTO
●Derechos.- Usar y recibir los frutos y beneficios de las
cosas y la posesión.
●Derecho de alquilar, ceder, gravar, hipotecar y vender
su derecho de usufructo pero todos los contratos que
celebre como usufructuario terminaran con el
usufructo.
●Derecho de mejorar la cosa.- pero no puede reclamar
paga por dichas mejorías pero si puede retirarlas
siempre que sea posible.
80. EFECTO DE LA TERMINACIÓN DEL
USUFRUCTO
●Terminado el usufructo
los contratos que halla
celebrado el usufructuario
no obligan al propietario y
este entrara en posesión
de la cosa.
81. OBLIGACIONES DEL USUFRUCTUARIO
●El usufructuario antes de entrar en el goce de los
bienes esta obligado:
●A formar a sus expensas, con citación del dueño un
inventario haciendo tasar los bienes muebles y hacer
constar el estado de los inmuebles.
●A dar la correspondiente caución de que disfrutara de
la cosa con moderación y las restituirá al propietario
con sus accesiones al extinguirse el usufructo.
82. USUFRUCTO DEL DONANTE
●El donador que conserva
el usufructo de los bienes
donados esta dispensado
de dar la caución referida.
83. USUFRUCTO
●DISPENSA DE FIANZA DEL USUFRUCTUARIO
El que se reserve la propiedad puede dispensar de dar
caución
●USUFRUCTO ONEROSO SIN PRESTACIÓN DE
CAUCIÓN
Si el usufructo se constituye por titulo oneroso y el
usufructuario no presta la correspondiente caución, el
propietario tiene derecho de intervenir en la
administración de los bienes para procurar su
conservación.
84. OBLIGACIONES DEL USUFRUCTUARIO DURANTE
EL DISFRUTE
●El usufructuario dada la
caución tendrá derecho a
todos los frutos de la cosa
desde el día en que
comience a percibirlos.
85. OBLIGACIONES DEL USUFRUCTUARIO A
TITULO GRATUITO
El usufructuario esta
obligado a hacer
reparaciones indispensables
para mantener las cosas en
el estado en que se
encontraban cuando lo
recibió.
86. OBLIGACIONES DEL NUDO
PROPIETARIO
●Entregar la cosa en buen
estado
●Garantizar el uso y gocé de la
cosa en forma pacifica al
usufructuario.
●Responder en los daños y
perjuicios por los vicios ocultos
●Hacer las reparaciones de la
cosa cuando el usufructo se
haya constituido a titulo
oneroso.
87. EXTINCIÓN DEL USUFRUCTO
●Por muerte del usufructuario
●Por vencimiento del plazo por el cual se constituyo
●Por cumplirse la condición impuesta en el titulo constitutivo
para la cesación de este derecho
●Por la reunión del usufructo y de la propiedad en una misma
persona
●Por prescripción negativa conforme a lo prevenido
●Por la renuncia expresa del usufructuario salvo los dispuesto
respecto de las renuncias hechas en fraude
●Por la perdida total de la cosa del objeto del usufructo
●Por la cesación del derecho del que constituyo el usufructo
●Por no dar caución al usufructuario.