El documento clasifica las cosas sobre las que se ejercen los derechos reales en corporales e incorporales, y describe las subclasificaciones de las cosas corporales como muebles e inmuebles, divisibles e indivisibles, simples y compuestas, consumibles y no consumibles, entre otras.
Material utilizado por el Dr. Eduardo Molina Quiroga en el Curso de actualización "El impacto de la reforma del Código Civil y Comercial en el derecho administrativo"
Bienes. Cuadro comparativo: Código Civil vs. Código Civil y Comercial de la Nación. En el marco de la actividad "Actualización en el Código Civil y Comercial de la Nación", por Eduardo Molina Quiroga.
Material utilizado por el Dr. Eduardo Molina Quiroga en el Curso de actualización "El impacto de la reforma del Código Civil y Comercial en el derecho administrativo"
Bienes. Cuadro comparativo: Código Civil vs. Código Civil y Comercial de la Nación. En el marco de la actividad "Actualización en el Código Civil y Comercial de la Nación", por Eduardo Molina Quiroga.
La litosfera, la hidrosfera y la bioferaRosaline Pink
Las cuencas hidrográficas son las principales sistemas naturales que se encargan de la recolección y el transporte de agua ya sedimentos. Según la ejecución del Proyecto Hidrometeorológico Centroamericano (PHCA, 1967-1972), en la República de Panamá existen 52 cuencas hidrográficas; 18 se encuentran localizados en el mar Caribe y 34 en la vertiente del océano Pacífico.
En el siguiente trabajo podremos observar a su vez que los recursos marinos van más allá del canal de Panamá, estos recursos son fuente de ingresos del pueblo panameño y por tanto parte de la economía del país de diversas formas que estudiaremos a continuación.
El agua tiene una fundamental importancia en el desarrollo de las actividades humanas, y su uso se puede aplicar en casi todos los aspectos de la vida cotidiana; por lo tanto, se hace indispensable que el agua tenga calidad y que sea utilizada racionalmente. sin embargo, los panameños, desde hace años y debido a ignorancia, hemos tomado los recursos hídricos de nuestro país para arrojar en ellas los desechos inútiles.
El cambio climático está actuando ya y sus consecuencias serán catastróficas en los próximos años, según los últimos informes de instituciones como la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) o el Panel Intergubernamental del Cambio Climático de la ONU (IPCC). Sin embargo, el aumento de la temperatura, base del también denominado calentamiento global, se ha detenido en lo que llevamos de siglo. ¿Hay o no hay cambio climático? Y si lo hay, ¿en qué medida se está produciendo y cuáles serán sus efectos reales? Algunos científicos defienden que las respuestas no están tan claras, ya que las variaciones climáticas dependen de más factores que las emisiones de gases de efecto invernadero. Por esta razón, reclaman más investigaciones que permitan conocer la realidad de un problema tan complejo y de consecuencias tan trascendentes, a continuación nuestro ensayo les explicara las razones en contra y a favor del calentamiento en la tierra y como nos está afectando.
1. Derechos Reales,
clasificacion de las cosas.
Apuntes por Vladimir Sanchez C.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com cthulhudawn@msn.com 1
2. Derecho
s
Cuando hay una relación entre sujeto y objeto se llama
Derecho Real. Cuando esa relación es entre personas (deudor
y acreedor), se llama Derecho Personal.
Sujeto Activo Sujeto Pasivo
Sujeto Sujeto activo Derecho Real: En Acreedor Deudor
un Derecho Real,
existe un sujeto
Relación pasivo, que es la
Sociedad. La
Sociedad debe Derecho Personal : Aquí la
Objeto Sujeto pasivo respetar ese sociedad no tiene nada que ver.
Derecho.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 2
cthulhudawn@msn.c
3. Derechos
Reales
Los Derechos Reales, son lo que se ejercen sobre las cosas.
Cosa : Es todo lo que existe material o inmaterial, excepto las
personas libres.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 3
cthulhudawn@msn.c
4. Clasificación de las
Cosas
Corporales e incorporales
Corporales : Son todas aquellas que tienen una existencia física.
Por lo tanto pueden ser percibidas por los sentidos.
Incorporales : Aquellas que no tienen una existencia física. Por
ejemplo, los Derechos y créditos.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 4
cthulhudawn@msn.c
5. Las cosas corporales a su vez de subdividen en ::
Las cosas corporales a su vez de subdividen en
Muebles : Son aquellas que se pueden trasladar de un lugar a
otro, sin que sufran detrimento. Por ejemplo, una
silla, un esclavo, animales, etc.
Las cosas muebles pueden ser de dos clases: semovientes, aquellas
que se mueven por si mismas, por ejemplo un esclavo; o
inanimadas, aquellas que requiren de una fuerza externa para
moverse, por ejemplo una carreta.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 5
cthulhudawn@msn.c
6. Inmuebles : Aquellas que NO pueden trasladarse de un lugar a
otro.
Pueden ser de tres
clases :
Inmuebles propiamente tal : Por ejemplo, un fundo, una casa.
Inmuebles por destinacion : Son cosas muebles que se destinan
permanentemente a un inmueble
Inmuebles por adherencia : Son cosas muebles que se adhieren
permanentemente a un inmueble. Por ejemplo, un ladrillo, un arbol
que se compra y que posteriormente se planta.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 6
cthulhudawn@msn.c
7. Divisible e indivisible
Todas las cosas pueden ser divididas
Pero lo que diferencia un cosa divisible de una indivisible, es que al
fraccionarse, pueda seguir prestando utilidad, según su destinacion
natural. Por ejemplo, la madera resulta cosa divisible, ya que la
podemos fraccionar, y nos sigue prestando utilidad conforme a su
destinacion natural, la cual podría ser, construir algo con esa
madera; en cambio un caballo resulta cosa indivisible, porque al
fraccionarlo, ya no nos podría seguir prestando utilidad conforme a
su destino natural, que en este caso es el de animal de tiro y carga.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 7
cthulhudawn@msn.c
8. Simple y compuesta
Simple : Esta formada por una unidad. Por ejemplo, un lápiz.
Compuesta : Por antinomia, esta formada por varias unidades.
Por ejemplo, un cardúmen, etc.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 8
cthulhudawn@msn.c
9. Consumibles y no consumibles
Esto va en relación a si se destruyen o no, con su primer uso
adecuado a su naturaleza.
Consumible : Es aquella que se destruya con su primer uso
adecuado a su naturaleza. Por ejemplo, los
alimentos, los cuales al darles el primer uso
adecuado a su naturaleza, es decir, el
comerlos o beberlos, los destruyen.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 9
cthulhudawn@msn.c
10. No consumible : Aquellas cuyo primer uso adecuado a su
naturaleza NO las destruye. Por ejemplo,
una silla, la cual al darle su primer uso
conforme a su naturaleza, es decir, sentarse
en ella, la deja íntegra.
Intra comercio y Extra comercio :
Las cosas comunes : Son aquellas que nos pertenecen a
todos. Por ejemplo, el aire.
Las cosas públicas : Son aquellas que pertenecen al
Estado, pero este los entrega a los particulares. Por ej: las calles.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 10
cthulhudawn@msn.c
11. Cosas religiosas : Que estan destinadas al culto, no son
suceptibles de actos juridicos. Por
ejemplo, un cáliz.
Principal y accesoria :
Principal : Aquella que subsiste por si misma. Por ejemplo,
un árbol.
Accesoria : Aquellas que dependen de una principal. Por
ejemplo, la fruta de un árbol.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 11
cthulhudawn@msn.c
12. Frutos y
Frutos Productos Productos
Existen con o sin participacion del Requieren siempre la
hombre participacion del hombre.
Los frutos cuando se separan de lo Al elaborar un producto se
principal, no lo destruyen. destruye lo principal.
Los frutos pueden ser civiles, (los
que provienen del capital, por
ejemplo, intereses, la renta de
arrendamiento) o naturales.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 12
cthulhudawn@msn.c
13. Los frutos naturales pueden estar en tres estados.
Los frutos naturales pueden estar en tres estados.
Pendiente : Cuando esta unido a algo principal. Por
ejemplo, la manzana de un árbol.
Percibido : Cuando se separa de lo principal. Por
ejemplo, la manzana cuando se cae del árbol.
Consumido: Cuando ha desaparecido del patrimonio.
Los productos no admiten estos tres estados.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 13
cthulhudawn@msn.c
14. Fungibles y no fungibles
Fungibles : Aquellas que tienen igual poder liberatorio.
Es decir aquellas cuya individualidad se
confunde con la de otras, de manera que
resultan intercambiables o sustituíbles por
otras. Por ejemplo, las manzanas.
No fungibles : Por antinomia, son aquellas que no tienen
igual poder liberatorio. Esta cosa tiene un
valor especial. Es decir son aquellas dotadas
de una individualidad propia, de manera que
no resultan intercambiables o sustituíbles
por otra. Por ejemplo, un fundo Itálico.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 14
cthulhudawn@msn.c
15. Mancipi y Nec Mancipi
Mancipi : Son las dedicadas a la agricultura. La única
forma para adquirirlas es la Mancipatio.
Son cosas Mancipi, los esclavos, los animales de
tiro y carga, fundo en suelos itálicos, las
servidumbres rústicas.
Todas las demás son cosas Nec Mancipi, las cuales se pueden
adquirir, mediante una simple traditio (tradición).
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 15
cthulhudawn@msn.c
16. Intra patrimonio y Extra patrimonio
Intra patrimonio : Aquellas que estan actualmente en el
patrimonio de alguien.
Extra patrimonio : Aquellas que actualmente estan fuera del
patrimonio de alguien.
08/11/12 vnsanchezc@hotmail.com 16
cthulhudawn@msn.c