El documento define los conceptos de funcionario público y servidor público. Explica que un funcionario ejerce autoridad y toma decisiones de acuerdo a las normas, mientras que un empleado tiene menos jerarquía. También distingue entre funcionarios políticos, que son designados discrecionalmente, y funcionarios de carrera. Finalmente, resume los principios que rigen la administración pública según la Constitución del país, como la eficacia y la transparencia.
Una de las Garantías Jurisdiccionales que la Constitución de 2008 instauró en el ordenamiento jurídico ecuatoriano es la Acción de Protección misma que tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los Derechos Constitucionales.
Una de las Garantías Jurisdiccionales que la Constitución de 2008 instauró en el ordenamiento jurídico ecuatoriano es la Acción de Protección misma que tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los Derechos Constitucionales.
En estas diapositivas se ilustran los principios que rigen el Procedimiento Administrativo General en el Perú, según la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
En estas diapositivas se ilustran los principios que rigen el Procedimiento Administrativo General en el Perú, según la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
El uso de la tecnología en la educación trae grandes cambios y entre ellos uno muy importante es cambio del currículo y del método de aprendizaje para los estudiantes, por eso se invita a todos los maestros a evaluar su método para ajustarlos a los cambios que nos trae el uso de la tecnología en los planteles educativos.
Si eres un pequeño empresario o empresario, el centro Guadalinfo de Villafranca de Córdoba ofrece sesiones formativas dirigidas al empresariado local. Se les introducirá en el uso de la plataforma para la gestión y mantenimiento de sus contenidos web, comercio electrónico, tiendas virtuales, administración electrónica, etc. La idea es promocionar y dar difusión al sector del comercio y empresarial de nuestra localidad. Las empresas villafranqueñas contarán con el asesoramiento del centro Guadalinfo para el uso y gestión de las tiendas virtuales, desde donde se trabajará igualmente para potenciar el uso de las herramientas 3.0, con el fin de dar difusión y promoción a las empresas villafranqueñas. El Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba colabora de esta manera con pymes y autónomos para mejorar su competitividad ofreciendo un buen servicio y productos de calidad, y motivando un cambio en la mentalidad que lleve a la apuesta por inclusión de las nuevas tecnologías en el día a día empresarial.
Fomentar la e-Administración a través de talleres, jornadas, acciones formativas, etc al empresario.
Colaborar con la Administración Local en la difusión y uso de la e-Administración.
Correo electrónico, Gmail, Google Calendar y Drive.
Talleres sobre el uso del certificado digital y el DNI-e.
Como crear una página de empresa en Redes Sociales.
Creación y Utilización de blogs.
La idea de éste proyecto parte de la demanda de los-as propios-as pequeños-as empresarios-as del pueblo de Villafranca para poder utilizar herramientas web 3.0 desde casa en horarios más cómodos y sin tener que realizar desplazamientos o trámites burocráticos que tardan más tiempo.
Evolución del Código Postal en Colombia, Ana Julia Sarria Alvarez - 4-72, Col...TELEMATICA S.A.
En los últimos dos años el código postal ha venido mejorando la atención al ciudadano a través del desarrollo de servicios web, utilizando SIG. El alcance de la participación en este evento es poder socializar el código postal en la empresa
privada y de tecnologías de punta. 4-72 pensando en los diferentes usuarios que tiene el Código Postal del Colombia, ha desarrollado
servicios que competen a estos, como son: Consultas de Código Postal para Personas Naturales, Personas Jurídicas, Operadores Postales, Entes territoriales. A través del uso de estos servicios pretendemos que cada uno de ellos apropie y utilice con mayor frecuencia el Código Postal.
Semana 4 La función pública - El servicio público ha sido erigido en Francia ...DANIELCHRISTIANVEGAE
El servicio público ha sido erigido en Francia a la altura de un verdadero mito, es decir, en una de sus imágenes fundadoras, que sirve de apoyo y soporte a la construcción de la identidad
2. Hipótesis El Estado no funciona sin una organización administrativa, estructurada a base de principios jurídicos, éticos y técnicos; por lo que en nuestro País resulta indispensable la reestructuración y el rescate le “lo público”.
3. Definición Servidor Publico._ Se puede entender por servidor público toda persona física, contratada o designada mediante elección o nombramiento, para desempeñar actividades atribuidas al Estado, a sus órganos fundamentales o a los de la administración publica.
10. Servidores por derecho propio Son servidores de carrera Los que, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo (LOSCA) para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
15. Empleado Ejerce funciones y cuadros administrativos de menos jerarquía. Empleados subordinadas al poder superior. Es siempre un servidor remunerado y designado por nombramiento directo. Puede ser removido según la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa (LOSCA).
16. Funcionarios Políticos Funcionarios que desempeñen un cargo político o que tienen responsabilidades políticas. Aquellos que generalmente desarrollan funciones propias de gobierno, pudiendo a su vez tener responsabilidades de representación o conducción institucional o política de los entes a que pertenecen, sean de la administración central o a la administración descentralizada,
17. Funcionarios Políticos Discrecionalmente designados y removidos por el titular del Ejecutivo o por quién éste delegue tal facultad. Funcionarios que dependen de la confianza de la autoridad que los nombró. Tareas de asesoramiento y confidencialidad. Ej.: Ministros, Directores ejecutivos, etc.
18. Funcionarios Titulares y Reemplazantes. Titulares._ Funcionarios que inmediatamente después de ser legalmente posesionados, empiezan a desempeñar su cargo. Reemplazantes._ Funcionarios quienes desempeñan el cargo ante la ausencia temporal o definitiva del titular. Ej.: Asambleístas
19. Nuestra Constitución Sección segunda Administración pública Art. 227.- La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación. Art. 228.- El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción. Su inobservancia provocará la destitución de la autoridad nominadora. 118
20. Sección tercera Servidoras y servidores públicos Art. 229.- Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier titulo trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público. Los derechos de las servidoras y servidores públicos son irrenunciables. La ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público y regulará el ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y cesación de funciones de sus servidores. Las obreras y obreros del sector público estarán sujetos al Código de Trabajo. La remuneración de las servidoras y servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus funciones, y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia. Nuestra Constitución
21. Art. 230.- En el ejercicio del servicio público se prohíbe, además de lo que determine la ley: 1. Desempeñar más de un cargo público simultáneamente a excepción de la docencia universitaria siempre que su horario lo permita. 2. El nepotismo. 3. Las acciones de discriminación de cualquier tipo. Nuestra Constitución