El documento describe los tres tipos principales de estados de excepción que existen: estado de alarma, estado de emergencia económica y estado de conmoción interior o exterior. También explica que durante un estado de excepción, el poder ejecutivo puede limitar ciertos derechos constitucionales de manera temporal y estrictamente necesaria, pero no derechos intangibles como el derecho a la vida. Además, los tratados internacionales de derechos humanos establecen limitaciones a la restricción de derechos y que los estados deben