El documento resume un acuerdo de intercambio de información entre Argentina y Uruguay. El acuerdo establece procedimientos para el intercambio de información tributaria entre los dos países con el fin de combatir la evasión fiscal. El acuerdo respeta las leyes locales de cada país en materia de secreto bancario y protección de datos personales.
Este documento resume la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA) de los Estados Unidos. La ley requiere que las entidades financieras extranjeras proporcionen información sobre cuentas estadounidenses a los Estados Unidos o enfrentar sanciones. También describe los modelos de acuerdos intergubernamentales y las fechas claves para el cumplimiento de FATCA.
Este documento presenta una discusión sobre varios ajustes controvertidos en el Impuesto a las Ganancias en Argentina. Inicialmente, analiza conceptos como devengamiento, balance comercial vs fiscal, y tratamiento de determinaciones de oficio. Luego, aborda el tratamiento de diferencias de impuestos, deudores incobrables, y operaciones de venta y reemplazo, donde existen diferentes interpretaciones entre el Fisco y los contribuyentes. Por último, menciona algunas particularidades en el tratamiento de inmuebles en el marco de operaciones de venta y re
El documento trata sobre los deberes de información tributarios en Argentina. Explora las últimas tendencias en la obtención de información tributaria, los límites constitucionales y legales a los deberes de información, y el régimen de información. Específicamente, analiza lo que la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) sabe sobre los contribuyentes a través de 25 fuentes de información, y cómo las inconsistencias entre el consumo reportado y la información disponible a la AFIP pueden generar una presunción de ganancias no declaradas y
FORUM 2012 - Entidades Financieras - BDO -Impuesto al ChequeAlberto Mastandrea
Este documento presenta una introducción al impuesto al cheque en Argentina. Explica las exenciones y exclusiones del impuesto, como transferencias de fondos relacionadas con exportaciones. También cubre las alícuotas aplicables, incluidos casos especiales como entidades financieras y monotributistas. Finalmente, concluye resaltando aspectos a considerar como una posible derogación del impuesto o reducción de alícuotas y exenciones.
IDEA - Regimenes de Retención y Percepción Provinciales - Saldos a FavorAlberto Mastandrea
Este documento resume las opciones disponibles para las provincias argentinas para monetizar los saldos a favor provinciales, incluyendo la compensación automática, solicitud de compensación, devolución, transferencia y reducción o atenuación de impuestos. Analiza estas opciones para las provincias de Buenos Aires, CABA, Santa Fe, Mendoza y Córdoba.
Este documento describe los regímenes de recaudación e información aplicables a bancos y entidades financieras en Argentina. Explica los principales regímenes de recaudación a nivel nacional y provincial, como retenciones de impuesto a las ganancias e IVA. También detalla los principales regímenes de información que deben cumplir las entidades financieras, como la declaración de cuentas bancarias, tarjetas de crédito, y operaciones inmobiliarias. El documento concluye señalando que estos regímenes
Presentación Bolivia - Curso de formación sobre Gestión de Calidad en las adm...EUROsociAL II
El documento resume la gestión de calidad en la administración tributaria de Bolivia. Describe los impuestos nacionales, departamentales y municipales, así como el modelo de distribución de los ingresos tributarios. Explica las funciones del Servicio de Impuestos Nacionales, incluyendo objetivos como incrementar la recaudación y la base de contribuyentes mediante el uso de tecnologías como la oficina virtual y acciones de cultura tributaria. Finalmente, analiza desafíos como combatir la evasión y el contrabando.
Este documento proporciona información sobre la gestión del Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú. El RUC es administrado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y asigna un número único a cada contribuyente para fines tributarios y de control. El documento describe el sistema tributario peruano, el proceso de inscripción y actualización de datos en el RUC, y cómo la información del RUC es utilizada para fines de recaudación, fiscalización y control.
Este documento resume la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA) de los Estados Unidos. La ley requiere que las entidades financieras extranjeras proporcionen información sobre cuentas estadounidenses a los Estados Unidos o enfrentar sanciones. También describe los modelos de acuerdos intergubernamentales y las fechas claves para el cumplimiento de FATCA.
Este documento presenta una discusión sobre varios ajustes controvertidos en el Impuesto a las Ganancias en Argentina. Inicialmente, analiza conceptos como devengamiento, balance comercial vs fiscal, y tratamiento de determinaciones de oficio. Luego, aborda el tratamiento de diferencias de impuestos, deudores incobrables, y operaciones de venta y reemplazo, donde existen diferentes interpretaciones entre el Fisco y los contribuyentes. Por último, menciona algunas particularidades en el tratamiento de inmuebles en el marco de operaciones de venta y re
El documento trata sobre los deberes de información tributarios en Argentina. Explora las últimas tendencias en la obtención de información tributaria, los límites constitucionales y legales a los deberes de información, y el régimen de información. Específicamente, analiza lo que la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) sabe sobre los contribuyentes a través de 25 fuentes de información, y cómo las inconsistencias entre el consumo reportado y la información disponible a la AFIP pueden generar una presunción de ganancias no declaradas y
FORUM 2012 - Entidades Financieras - BDO -Impuesto al ChequeAlberto Mastandrea
Este documento presenta una introducción al impuesto al cheque en Argentina. Explica las exenciones y exclusiones del impuesto, como transferencias de fondos relacionadas con exportaciones. También cubre las alícuotas aplicables, incluidos casos especiales como entidades financieras y monotributistas. Finalmente, concluye resaltando aspectos a considerar como una posible derogación del impuesto o reducción de alícuotas y exenciones.
IDEA - Regimenes de Retención y Percepción Provinciales - Saldos a FavorAlberto Mastandrea
Este documento resume las opciones disponibles para las provincias argentinas para monetizar los saldos a favor provinciales, incluyendo la compensación automática, solicitud de compensación, devolución, transferencia y reducción o atenuación de impuestos. Analiza estas opciones para las provincias de Buenos Aires, CABA, Santa Fe, Mendoza y Córdoba.
Este documento describe los regímenes de recaudación e información aplicables a bancos y entidades financieras en Argentina. Explica los principales regímenes de recaudación a nivel nacional y provincial, como retenciones de impuesto a las ganancias e IVA. También detalla los principales regímenes de información que deben cumplir las entidades financieras, como la declaración de cuentas bancarias, tarjetas de crédito, y operaciones inmobiliarias. El documento concluye señalando que estos regímenes
Presentación Bolivia - Curso de formación sobre Gestión de Calidad en las adm...EUROsociAL II
El documento resume la gestión de calidad en la administración tributaria de Bolivia. Describe los impuestos nacionales, departamentales y municipales, así como el modelo de distribución de los ingresos tributarios. Explica las funciones del Servicio de Impuestos Nacionales, incluyendo objetivos como incrementar la recaudación y la base de contribuyentes mediante el uso de tecnologías como la oficina virtual y acciones de cultura tributaria. Finalmente, analiza desafíos como combatir la evasión y el contrabando.
Este documento proporciona información sobre la gestión del Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú. El RUC es administrado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y asigna un número único a cada contribuyente para fines tributarios y de control. El documento describe el sistema tributario peruano, el proceso de inscripción y actualización de datos en el RUC, y cómo la información del RUC es utilizada para fines de recaudación, fiscalización y control.
IUE - Impuestos sobre las Utilidades de las Empresas.Lorgio Soliz
Breve presentación sobre los requisitos y procesos de evaluación, elaboración y presentación mediante formularios requeridos por el Servicio de Impuestos Nacionales en Bolivia.
El documento resume las principales características del Impuesto a la Venta de Arroz Pilado (IVAP) en Perú, incluyendo los bienes gravados, la tasa del impuesto, los sujetos obligados, y el momento en que nace la obligación tributaria. Se establece que el IVAP grava la importación y primera venta nacional de arroz descascarillado, semiblanqueado, blanqueado o partido, con una tasa del 4%. Los molinos son responsables solidarios del pago del impuesto si los bienes son retirados sin haberlo pag
El documento establece las directrices para implementar el atributo contable "Gravamen a los Movimientos Financieros - GMF" en el Sistema Integrado de Información Financiera del Estado Colombiano (SIIF Nación). El GMF es un impuesto que grava ciertas transacciones financieras y su registro asegurará que no se realicen anotaciones manuales por este concepto. Se definen los códigos contables y asientos correspondientes para registrar el GMF según el tipo de gasto o transacción.
Este documento provee definiciones clave, formatos y aspectos técnicos de la facturación electrónica en Bolivia. Resume las diferentes modalidades de facturación disponibles, los requisitos de formato para cada factura, fechas límite de emisión, y consideraciones técnicas como el uso de XML y códigos QR. Además, explica conceptos como dosificación, características especiales de ciertos tipos de facturas, y validación probatoria de documentos electrónicos.
El RUC es el registro de la SUNAT que contiene información de todos los contribuyentes del país. Cada contribuyente es identificado con un número RUC único e irrepetible de 11 dígitos. Para obtener el RUC, una persona puede realizar la pre-inscripción en Internet o acudir en forma presencial a una oficina de la SUNAT llevando documentos como el DNI y recibos de servicios.
El resumen describe un documento de una universidad en Venezuela que resume una resolución contra una empresa por incumplimiento de obligaciones tributarias. La resolución multó a la empresa por presentar su declaración de impuestos de manera extemporánea, tener sus libros de contabilidad con un mes de atraso, y no emitir ni entregar facturas de venta correctamente. La resolución concluye que estas acciones constituyen incumplimiento de la ley tributaria venezolana y justifican las multas impuestas.
Oficina Virtual, Portal Tributario Newton, Envio DaVinci, una guia de procedimientos que les ayudara a realizar las principales funciones de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales
Presentación Información Exógena 2015 - Diana Mendez y Manuel BenitezCamilo Peña
Este documento resume la información que debe ser reportada a la DIAN para el año 2015 de acuerdo con las Resoluciones 220 de 2014, 111 de 2015 y 24 de 2016. Explica la utilidad de la información exógena, los cambios introducidos para 2015, los obligados a reportar y los aspectos a tener en cuenta para el reporte.
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Este sistema administra los fondos públicos de las entidades del sector público y se rige por los principios de unidad de caja y economicidad. Se explican las etapas de ejecución del ingreso y gasto, incluyendo la estimación, determinación, percepción, compromiso, devengado y pago. También se detallan las responsabilidades de la Dirección Nacional de Tesorería Pública y las unidades ejecutoras en relación al sistema.
La resolución establece los sujetos obligados a presentar información exógena a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el año gravable 2011. Entre los obligados se encuentran personas naturales y jurídicas con ingresos brutos superiores a $500 millones en 2010, grandes contribuyentes, entidades que efectuaron retenciones en la fuente superiores a $3 millones, y aquellos que recibieron ingresos para terceros superiores a $500 millones. La resolución también especifica la información que debe ser presentada,
Este documento presenta una resolución directoral y una directiva de tesorería emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas del Perú. La resolución aprueba la Directiva de Tesorería No 001-2007-EF/77.15, la cual establece disposiciones y procedimientos generales relacionados con la ejecución financiera y operaciones de tesorería que deben seguir las unidades ejecutoras del gobierno. La directiva detalla los objetivos, base legal y alcance de las normas, y presenta disposiciones sobre la ejecución del gast
Este documento resume los principales impuestos en Venezuela, incluyendo el Impuesto al Débito Bancario (IDB), el impuesto a las actividades de juegos de envite y azar, y el Impuesto a las Actividades Económicas. Explica que la no sujeción significa que no se da el hecho imponible y no nace la obligación tributaria, a diferencia de la exención donde sí ocurre el hecho imponible pero se exime del pago. También detalla varias exoneraciones de estos impuestos para ciertos sectores e
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es un instrumento que registra e identifica a contribuyentes con fines impositivos. Todas las personas naturales y sociedades nacionales y extranjeras que realicen actividades en el país de forma permanente u ocasional están obligadas a inscribirse en el RUC. El RUC asigna un número de identificación a cada contribuyente para fines tributarios. Los contribuyentes deben actualizar sus datos en el RUC dentro de los 30 días si hay cambios como la dirección, actividad económica o representante
Universidad nacional san agustin monografiaNelson Suarez
Este documento describe el problema de la desnaturalización del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú debido a los pagos adelantados requeridos, como las percepciones a las importaciones. Esto afecta negativamente la liquidez de las empresas importadoras de plásticos, obligándolas a obtener financiamiento con altas tasas de interés. El documento analizará el efecto de estos pagos en la liquidez del sector de plásticos y propondrá estrategias para mejorarla y reformar las normas tributarias.
El documento discute la dolarización en Ecuador y sus beneficios. La dolarización ha traído la estabilidad monetaria más larga en la historia del país. Usar el dólar estadounidense reduce los costos de transacción. Sin embargo, la estabilidad monetaria solo es una condición necesaria pero no suficiente para el desarrollo económico, se necesitan también apertura comercial, fortalecimiento del estado de derecho, y reducción del tamaño y la intervención del estado en la economía.
El RUC es un instrumento que permite registrar e identificar a sujetos pasivos naturales y jurídicos en el sistema tributario. Tiene la importancia de conocer las obligaciones tributarias y calendarios de pagos para facilitar el cumplimiento. El RUC posee una base de datos sobre actividades económicas del país y aplica el vector fiscal sobre las obligaciones tributarias de cada contribuyente.
Analisis Sobre el Alcance de la Ley de Concertacion tributariacetae
El documento presenta un resumen del seminario sobre el alcance de la Ley de Concertación Tributaria en Nicaragua realizado por Manuel Antonio Carcache. La ley ordenará y fortalecerá el sistema tributario nicaragüense y los incentivos. Introducirá conceptos como la renta dual para gravar de forma simplificada las rentas de capital. Otorgará beneficios tributarios a exportadores, productores, inversiones hospitalarias, medios de comunicación, vehículos híbridos y el sector forestal.
El documento describe la administración financiera del sector público en el Perú. Explica que está regulada por la Ley No 28112 y se basa en los principios de transparencia, legalidad, eficiencia y eficacia. Describe la estructura del sistema a nivel central y descentralizado/operativo. También cubre temas como el registro único de información, el sistema nacional de tesorería y sus normas generales, y los principios que rigen la ejecución financiera de los ingresos y gastos.
12589-Texto del artículo-50059-1-10-20150515.pdfKelinKelin
1) La autora analiza una nueva obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero incorporada recientemente al ordenamiento español.
2) Dicha obligación obliga a declarar cuentas, bienes inmuebles, valores y seguros en el extranjero, y su incumplimiento genera ganancias patrimoniales por los bienes no declarados.
3) La autora plantea que esta medida podría vulnerar principios como la seguridad jurídica y la libre circulación de capitales en la UE.
12589-Texto del artículo-50059-1-10-20150515.pdfKelinKelin
1) La autora analiza una nueva obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero incorporada recientemente al ordenamiento español.
2) Dicha obligación obliga a declarar cuentas, bienes inmuebles, valores y seguros en el extranjero, y su incumplimiento genera ganancias patrimoniales por los bienes no declarados.
3) La autora plantea que esta medida podría vulnerar principios como la seguridad jurídica y la libre circulación de capitales en la UE.
Respecto al BENEFICIARIO FINAL comparto un material que pretende ayudar a clarificar algunos conceptos respecto a como determinar a los famosos BENEFICIARIOS FINALES y que sirva para llenar y presentar la Declaración Jurada Informativa a la SUNAT
IUE - Impuestos sobre las Utilidades de las Empresas.Lorgio Soliz
Breve presentación sobre los requisitos y procesos de evaluación, elaboración y presentación mediante formularios requeridos por el Servicio de Impuestos Nacionales en Bolivia.
El documento resume las principales características del Impuesto a la Venta de Arroz Pilado (IVAP) en Perú, incluyendo los bienes gravados, la tasa del impuesto, los sujetos obligados, y el momento en que nace la obligación tributaria. Se establece que el IVAP grava la importación y primera venta nacional de arroz descascarillado, semiblanqueado, blanqueado o partido, con una tasa del 4%. Los molinos son responsables solidarios del pago del impuesto si los bienes son retirados sin haberlo pag
El documento establece las directrices para implementar el atributo contable "Gravamen a los Movimientos Financieros - GMF" en el Sistema Integrado de Información Financiera del Estado Colombiano (SIIF Nación). El GMF es un impuesto que grava ciertas transacciones financieras y su registro asegurará que no se realicen anotaciones manuales por este concepto. Se definen los códigos contables y asientos correspondientes para registrar el GMF según el tipo de gasto o transacción.
Este documento provee definiciones clave, formatos y aspectos técnicos de la facturación electrónica en Bolivia. Resume las diferentes modalidades de facturación disponibles, los requisitos de formato para cada factura, fechas límite de emisión, y consideraciones técnicas como el uso de XML y códigos QR. Además, explica conceptos como dosificación, características especiales de ciertos tipos de facturas, y validación probatoria de documentos electrónicos.
El RUC es el registro de la SUNAT que contiene información de todos los contribuyentes del país. Cada contribuyente es identificado con un número RUC único e irrepetible de 11 dígitos. Para obtener el RUC, una persona puede realizar la pre-inscripción en Internet o acudir en forma presencial a una oficina de la SUNAT llevando documentos como el DNI y recibos de servicios.
El resumen describe un documento de una universidad en Venezuela que resume una resolución contra una empresa por incumplimiento de obligaciones tributarias. La resolución multó a la empresa por presentar su declaración de impuestos de manera extemporánea, tener sus libros de contabilidad con un mes de atraso, y no emitir ni entregar facturas de venta correctamente. La resolución concluye que estas acciones constituyen incumplimiento de la ley tributaria venezolana y justifican las multas impuestas.
Oficina Virtual, Portal Tributario Newton, Envio DaVinci, una guia de procedimientos que les ayudara a realizar las principales funciones de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales
Presentación Información Exógena 2015 - Diana Mendez y Manuel BenitezCamilo Peña
Este documento resume la información que debe ser reportada a la DIAN para el año 2015 de acuerdo con las Resoluciones 220 de 2014, 111 de 2015 y 24 de 2016. Explica la utilidad de la información exógena, los cambios introducidos para 2015, los obligados a reportar y los aspectos a tener en cuenta para el reporte.
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Este sistema administra los fondos públicos de las entidades del sector público y se rige por los principios de unidad de caja y economicidad. Se explican las etapas de ejecución del ingreso y gasto, incluyendo la estimación, determinación, percepción, compromiso, devengado y pago. También se detallan las responsabilidades de la Dirección Nacional de Tesorería Pública y las unidades ejecutoras en relación al sistema.
La resolución establece los sujetos obligados a presentar información exógena a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el año gravable 2011. Entre los obligados se encuentran personas naturales y jurídicas con ingresos brutos superiores a $500 millones en 2010, grandes contribuyentes, entidades que efectuaron retenciones en la fuente superiores a $3 millones, y aquellos que recibieron ingresos para terceros superiores a $500 millones. La resolución también especifica la información que debe ser presentada,
Este documento presenta una resolución directoral y una directiva de tesorería emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas del Perú. La resolución aprueba la Directiva de Tesorería No 001-2007-EF/77.15, la cual establece disposiciones y procedimientos generales relacionados con la ejecución financiera y operaciones de tesorería que deben seguir las unidades ejecutoras del gobierno. La directiva detalla los objetivos, base legal y alcance de las normas, y presenta disposiciones sobre la ejecución del gast
Este documento resume los principales impuestos en Venezuela, incluyendo el Impuesto al Débito Bancario (IDB), el impuesto a las actividades de juegos de envite y azar, y el Impuesto a las Actividades Económicas. Explica que la no sujeción significa que no se da el hecho imponible y no nace la obligación tributaria, a diferencia de la exención donde sí ocurre el hecho imponible pero se exime del pago. También detalla varias exoneraciones de estos impuestos para ciertos sectores e
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es un instrumento que registra e identifica a contribuyentes con fines impositivos. Todas las personas naturales y sociedades nacionales y extranjeras que realicen actividades en el país de forma permanente u ocasional están obligadas a inscribirse en el RUC. El RUC asigna un número de identificación a cada contribuyente para fines tributarios. Los contribuyentes deben actualizar sus datos en el RUC dentro de los 30 días si hay cambios como la dirección, actividad económica o representante
Universidad nacional san agustin monografiaNelson Suarez
Este documento describe el problema de la desnaturalización del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú debido a los pagos adelantados requeridos, como las percepciones a las importaciones. Esto afecta negativamente la liquidez de las empresas importadoras de plásticos, obligándolas a obtener financiamiento con altas tasas de interés. El documento analizará el efecto de estos pagos en la liquidez del sector de plásticos y propondrá estrategias para mejorarla y reformar las normas tributarias.
El documento discute la dolarización en Ecuador y sus beneficios. La dolarización ha traído la estabilidad monetaria más larga en la historia del país. Usar el dólar estadounidense reduce los costos de transacción. Sin embargo, la estabilidad monetaria solo es una condición necesaria pero no suficiente para el desarrollo económico, se necesitan también apertura comercial, fortalecimiento del estado de derecho, y reducción del tamaño y la intervención del estado en la economía.
El RUC es un instrumento que permite registrar e identificar a sujetos pasivos naturales y jurídicos en el sistema tributario. Tiene la importancia de conocer las obligaciones tributarias y calendarios de pagos para facilitar el cumplimiento. El RUC posee una base de datos sobre actividades económicas del país y aplica el vector fiscal sobre las obligaciones tributarias de cada contribuyente.
Analisis Sobre el Alcance de la Ley de Concertacion tributariacetae
El documento presenta un resumen del seminario sobre el alcance de la Ley de Concertación Tributaria en Nicaragua realizado por Manuel Antonio Carcache. La ley ordenará y fortalecerá el sistema tributario nicaragüense y los incentivos. Introducirá conceptos como la renta dual para gravar de forma simplificada las rentas de capital. Otorgará beneficios tributarios a exportadores, productores, inversiones hospitalarias, medios de comunicación, vehículos híbridos y el sector forestal.
El documento describe la administración financiera del sector público en el Perú. Explica que está regulada por la Ley No 28112 y se basa en los principios de transparencia, legalidad, eficiencia y eficacia. Describe la estructura del sistema a nivel central y descentralizado/operativo. También cubre temas como el registro único de información, el sistema nacional de tesorería y sus normas generales, y los principios que rigen la ejecución financiera de los ingresos y gastos.
12589-Texto del artículo-50059-1-10-20150515.pdfKelinKelin
1) La autora analiza una nueva obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero incorporada recientemente al ordenamiento español.
2) Dicha obligación obliga a declarar cuentas, bienes inmuebles, valores y seguros en el extranjero, y su incumplimiento genera ganancias patrimoniales por los bienes no declarados.
3) La autora plantea que esta medida podría vulnerar principios como la seguridad jurídica y la libre circulación de capitales en la UE.
12589-Texto del artículo-50059-1-10-20150515.pdfKelinKelin
1) La autora analiza una nueva obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero incorporada recientemente al ordenamiento español.
2) Dicha obligación obliga a declarar cuentas, bienes inmuebles, valores y seguros en el extranjero, y su incumplimiento genera ganancias patrimoniales por los bienes no declarados.
3) La autora plantea que esta medida podría vulnerar principios como la seguridad jurídica y la libre circulación de capitales en la UE.
Respecto al BENEFICIARIO FINAL comparto un material que pretende ayudar a clarificar algunos conceptos respecto a como determinar a los famosos BENEFICIARIOS FINALES y que sirva para llenar y presentar la Declaración Jurada Informativa a la SUNAT
Este documento resume una sesión especial de preguntas a expertos y profesionales encargados de implementar y monitorear FATCA en Estados Unidos y América Latina. Incluye presentaciones de Javier Vargas Muñoz de Banco de Costa Rica, Zenón Biagosch de FIDESnet y Ricardo Cadenas del Servicio de Rentas Internas de EE.UU. sobre las experiencias y desafíos de implementar FATCA en América Latina, incluyendo identificación de clientes, documentación, reportes y certificación.
El pasado 23/12/2016 los representantes de los Gobiernos de nuestro país y de Estados
Unidos firmaron un Acuerdo de características especiales que tiene como propósito principal facilitar el intercambio de información entre ambos países a fin de controlar el cumplimiento de las obligaciones inculadas con ciertos impuestos.
Presentación de un Ciclo de siete Conferencias dedicadas a Fiscalidad, Tributación, Imposición Directa.
En ellas se disertará sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto Temporal de la Solidaridad de las Grandes Fortunas. También habrá una dedicada al impacto de la Fiscalidad en los Criptoactivos (y viceversa). Tendrán lugar entre los días 13 de abril y 06 de julio de 2023. Conforme se vayan emitiendo a través de la Plataforma Zoom y el canal de Youtube de José Manuel Arroyo Quero, iremos colgando aquí las presentaciones de las diapositivas de cada una de las conferencias.
Este documento resume los principales aspectos del régimen de información de fideicomisos establecido por la Resolución General 3312 de la AFIP. Establece los deberes de información anual y por operaciones para fiduciarios, fiduciantes y beneficiarios sobre fideicomisos constituidos en el país y en el exterior. Detalla los datos a informar como partes intervinientes, bienes entregados, emisiones y resultados, entre otros.
Este documento presenta información sobre las negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre Perú y Honduras. Resume las rondas de negociación realizadas hasta el momento, los objetivos principales de cada país, y los temas clave discutidos como acceso a mercados, reglas de origen y cooperación aduanera. El documento también brinda contexto sobre el perfil económico y demográfico de Honduras. Las partes continúan negociando para resolver discrepancias restantes y finalizar el acuerdo comercial.
Este documento resume la experiencia de México con FATCA y GATCA y ofrece sugerencias para el cumplimiento. Compara FATCA y GATCA, destacando que mientras FATCA requiere registro ante el IRS y permite retenciones por incumplimiento, GATCA no incluye estas características. También describe la implementación de FATCA en México, incluyendo los desafíos de clasificar fideicomisos y hacer reportes en ceros. Finalmente, sugiere un enfoque paso a paso para el cumplimiento, comenzando con identificar entidades
Este documento describe la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero establecida en la Disposición Adicional 18a de la Ley General Tributaria. Se debe informar sobre cuentas bancarias, valores, seguros, rentas y bienes inmuebles situados fuera de España. El Real Decreto 1558/2012 desarrolla los detalles de esta obligación de información.
Este documento proporciona información sobre la capacitación para contratistas estatales en 2020, incluyendo la normatividad legal aplicable como la Constitución Nacional, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y decretos relacionados. También lista los documentos jurídicos, financieros y técnicos requeridos para participar en procesos de contratación estatal y explica la diferencia entre subsanar y aclarar ofertas. Resalta la importancia de leer completamente los pliegos de condiciones y la minuta del contrato antes de
Argentina. 2013, regimen exteriorizacion moneda extranjera. dr. javier arriolaCarlos María Folco
Este documento resume la presentación de Javier Arriola sobre el régimen de exteriorización de moneda extranjera establecido por la ley 26.860. Explica los fundamentos, alcances, instrumentos, beneficios y requisitos del régimen, así como opiniones del GAFI y la OCDE. Asimismo, detalla quiénes pueden acogerse, los pasos para instrumentar la exteriorización, y las implicancias fiscales de tenencia y venta de los instrumentos elegibles.
Implementación_del_Estándar_de_Intercambio_de_Información_Previa.pdfTu Nota
Honduras podría ser declarada como una "guarida fiscal", alertó este jueves el titular del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Marlon Ochoa, luego de recibir una comunicación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que urgió por la pronta aprobación de la Ley de Justicia Tributaria que se impulsa en el Congreso Nacional.
Actualmente, Honduras se encuentra en una evaluación del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con fines Fiscales de la OCDE, donde una calificación "no conforme" implicaría mayores dificultades para acceder a préstamos y donaciones para el desarrollo del país y sanciones ecónomicas para exportarción de productos.
En la comunición de la OCDE se manifiesta que la evaluación preliminar del marco jurídico del estándar sobre transparencia e intercambio de información previa solicitud (EOIR) en Honduras, identificó numerosas deficiencias que, si no se abordan, es probable que tengan un impacto significativo en el resultado de la revisión donde Honduras podría no alcanzar una calificación satisfactoria para junio de 2024.
"Es importante que Honduras haya promulgado la Ley de Justicia Tributaria y otras reformas necesarias hasta tal fecha, pues, en caso haya algún retraso, la revisión de Honduras puede ser afectada de forma negativa", resalta el documento.
La OCDE resaltó que el Foro Global asistió a Honduras para mejorar las áreas relacionadas con el EOIR de la propuesta de Ley de Justicia Tributaria, incluyendo las secciones relacionadas con la creación de un Registro de Beneficiarios Finales, con los poderes del SAR, para acceder a la información, en particular a la información bancaria y la abolición de las acciones al portador.
El organismo internacional señaló que en Honduras la información sobre la titularidad jurídica no está totalmente disponible ni en las propias entidades, ni en el Registro Mercantil, ni en la autoridad tributaria, donde hay entidades que pueden tener personalidad jurídica aunque no estén inscritas en el Registro Mercantil.
También resaltan que la información no se verifica ni se actualiza periódicamente y no existe ningún requisito legal e mantenimiento de registros. Tampoco hay supervisión ni cumplimiento de las obligaciones, por lo que existe el riesgo de que la información sobre la propiedad legal no esté disponible para esta categoría de entidades.
Mediante la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales, en ella se regula el derecho fundamental de hábeas data y se señala la importancia en el tratamiento del mismo tal como lo corrobora la Sentencia de la Corte Constitucional C – 748 de 2011 donde se estableció el control de constitucionalidad de la Ley en mención.
La nueva ley busca proteger los datos personales registrados en cualquier base de datos que permite realizar operaciones, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión (en adelante Tratamiento) por parte de entidades de naturaleza pública y privada.
En la siguiente presentación, establecemos la visión del lado del Ingeniero, no solo Jurídico, puesto que la Ley nos dice que debemos hacer, mas no como hacerlo, de esta forma brindamos un Plan de Acción para la aplicabilidad de la Ley alineado a las buenas practicas que garanticen la seguridad, calidad y cumplimiento de la Legislación Colombiana.
BAKER TILLY: Se aprobó en el Parlamento el Convenio de Doble Tributación entr...BTURUGUAY
A través de la Ley N° 19.697 del 29 de octubre del 2018 se aprobó el Convenio celebrado entre Uruguay y Paraguay para eliminar la doble imposición y prevenir la elusión y evasión fiscal con relación a los impuestos sobre la renta y el patrimonio y su protocolo
Este documento describe el Sistema Nacional del Endeudamiento Público en Perú. El sistema incluye la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (DNEP), que es el órgano rector del proceso de endeudamiento. El sistema cubre las operaciones de endeudamiento y administración de deuda del sector público no financiero, incluyendo los gobiernos nacional, regionales y locales. El documento también explica los marcos normativos y procedimientos relacionados con el endeudamiento interno y externo de los gobiernos regionales y locales.
Segunda de las siete conferencias programadas en el Ciclo sobre Imposición Directa.
En esta presentación, que se utilizó como base y guía para la Conferencia del 27 de abril de 2023, se desgrana, gracias a sus múltiples enlaces, toda la información fiscal necesaria para la completa comprensión del Impuesto sobre el Patrimonio.
También se ofrece información complementaria y se realiza un análisis conceptual, histórico y comparativo del Impuesto.
El pasado 29 de diciembre de 2016 se aprobó en Uruguay la Ley 19.484 denominada “Ley de Transparencia Fiscal” la cual entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2017. La ley recoge en su texto varios temas, que apuntan a que Uruguay se encuentre en concordancia con los estándares internacionales relacionados a la transparencia fiscal internacional, intercambio de información tributaria y prevención de lavado de activos.
El documento describe la página web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de Venezuela. Explica que el SENIAT se formó en 1994 a través de la fusión de dos organismos y tiene la función de recaudar impuestos y reducir la evasión fiscal. Incluye la misión, visión, objetivos y valores del SENIAT, así como imágenes y descripciones breves de las leyes y acuerdos que refuerzan el marco legal del sistema tributario venezolano.
Un efectivo intercambio de información entre Administraciones TributariasCPA Ferrere
Adecuación normativa y medidas administrativas necesarias para un efectivo intercambio de información entre Administraciones Tributarias: "El caso Uruguayo" - Cr. Pablo Ferreri, Director General de Rentas.
Similar a Curso BDO - Acuerdo Argentina - Uruguay (20)
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
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Mario Mendoza Marichal: Un Líder con Maestría en Políticas Públicas por la Universidad de Chicago
Mario Mendoza Marichal es un profesional destacado en el ámbito de las políticas públicas, con una sólida formación académica y una amplia trayectoria en los sectores público y privado.
2. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Agenda
1
Globalización de las Economías – Importancia de los Acuerdos
2
Tratados Vigentes – Experiencia Argentina
3
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
4
Objetivos de la Argentina. Situaciones Particulares
5
Legislación Interna de Uruguay
6
Conclusiones
7
Preguntas y Respuestas
g
p
3. 1. Globalización de las Economías
LA IMPORTANCIA DE LOS ACUERDOS DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
5. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Tratados Vigentes – Experiencia Argentina
• Convenios de Doble Imposición
Acuerdo Típicos
p
• Acuerdos administrativos de intercambio de
información
i f
ió
• Aduaneros
• Transporte
Acuerdos Específicos
A
d E
ífi
• Protección y Promoción de inversiones
• Seguridad Social
Page 5
6. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Tratados Vigentes – Experiencia Argentina
Acuerdos de Doble Imposición Firmados
PAISES
PAISES
Alemania
Países Bajos
Francia
Noruega
Italia
Rusia
España
Canadá
Finlandia
Australia
Gran Bretaña e Irlanda del Norte
Brasil
Suecia
Bolivia
Dinamarca
Chile
Bélgica
6
7. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Tratados Vigentes – Experiencia Argentina
Acuerdos Administrativos de Intercambio de Información
PAISES
PAISES
España
San Marino (*)
()
Italia
Bahamas (*)
China
Islas Caimán (*)
Mónaco
Brasil
Jersey
Chile
Guernesey
Costa Rica (*)
Bermudas
Ecuador
Andorra (*)
Uruguay (*)
Page 7
8. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Tratados Vigentes – Experiencia Argentina
CONVENIOS DE DOBLE
IMPOSICIÓN
•Aclaración normas de convenio
•Impuestos contenidos en convenio
ACUERDOS
ADMINISTRATIVOS DE
INTERCAMBIO DE
INFORMACIÓN
•Acuerdo de impuestos a incorporar en el acuerdo
•Fiscalizaciones simultaneas
•Fiscalizaciones conjuntas
FORMAS DE PRODUCIR
INFORMACIÓN
Page 8
•Espontánea
•Automática
•A requerimiento
9. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Tratados Vigentes – Experiencia Argentina
PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD.
No se intercambia información que
tenga carácter confidencial en el
país.
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD.
No se intercambia información si la
obtención de la misma implica un
esfuerzo desproporcionado.
PRINCIPIO DE SUBSIDIARIDAD. No
se intercambia información si el
país solicitante no agotó los
recursos para obtenerla por sus
propios medios.
PRINCIPIO DE RECIPROCIDAD. La
información será brindada por el
país que l requiere en similares
í
la
i
i il
condiciones.
Page 9
PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD La
ESPECIALIDAD.
información proporcionada debe ser
utilizada solo para fines fiscales.
10. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Tratados Vigentes – Experiencia Argentina
AUTORIDAD HABILITADA PARA FIRMAR
Acuerdos de Doble
Imposición:
Secretaría de Hacienda – Subsecretaría de Ingresos Públicos
Acuerdos administrativos de
intercambio de información:
Administración Federal de Ingresos Públicos
Res. N° 336/03 (M.E.P.)
Dto. 618/97
Art 9
Art.
Inc. e) Solicitar y prestar colaboración e informes, en forma directa, a administraciones aduaneras y tributarias
extranjeras y a organismos internacionales competentes en la materia.
Inc. f) Realizar en el extranjero investigaciones destinadas a reunir elementos de juicio para prevenir, detectar,
comprobar o reprimir los ilícitos tributarios, aduaneros y, en especial, el contrabando. Para el cumplimiento de
misiones que superes los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días se requerirá autorización previa del PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Page 10
12. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
INFORMACION
ASPECTOS
PROCEDIMIENTO
VIGENCIA
13. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
Intercambio a
SOLICITUD
Prohibición
FISHING EXPEDITIONS
Información
Previsiblemente
RELEVANTE
Bajo el control de
Entidades o Personas
LOCALES
INFORMACION A SUMINISTRAR
14. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
Autoridad
Competente
CARACTERISTICAS
SOLICITUD
Agotar
instancias
recolección
Garantías
Locales
Escrito
Persona
investigada y
Periodos
Justificada
15. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
Solicitud
Información
f
ió
Placeholder
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text
Notifica
Placeholder
h
Recepción
R Pl ió ld
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Entregar la
información o
i f
ió
Placeholder
explicar estado
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PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS
16. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
No cumple con
requisitos
i i
No agotó todos los
medios disponibles
Información sujeta a secreto
profesional, comercial,
empresarial,
empresarial mercantil o
proceso industrial
RECHAZO DE LA SOLICITUD
No
N se
encuentre
disponible
17. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
Firma del Acuerdo
ENTRADA EN VIGENCIA
23/04/2012
Ratificación
Congreso Nacional
Intercambio de
Notas comunicando
el cumplimiento
18. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
El Acuerdo entre Argentina y Uruguay
30 Días corridos
intercambio de Notas
Períodos Fiscales
DURANTE O DESPUES
de esa Fecha
Efectos
18
Entrada
en vigor
20. CARÁCTER
INFORMACION
La Información
podrá utilizarse
para d t
determinar
i
periodos no
prescriptos,
siempre que
EXISTAN OTROS
INDICIOS
LEY LOCA
AL
VIGENCIA
ACUERDO
Para los ejercicios
que se inicien
ce
durante o después
de la entrada en
vigencia.
ACUER
RDO
ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Objetivos de Argentina – Situaciones Particulares
21. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Objetivos de Argentina – Situaciones Particulares
PERIODOS FISCALES NO PRESCRIPTOS (PFNP)
Informe:
2
0
0
7
2
0
0
8
2
0
0
9
2
0
1
0
2
0
1
1
2
0
1
2
PRETENSION FISCAL
2
0
1
3
2014
1.
2.
Movimientos
2013
Intereses
2013
23. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Objetivos de Argentina – Situaciones Particulares
SI
NO
NO
Bienes Personales
más Impuesto a las
Ganancias y según
caso IVA
Origen exento
Ganancias
Origen
corresponde PFP
SI
Bienes Personales
Bienes Personales
24. ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Objetivos de Argentina – Situaciones Particulares
IMPUESTO
25. 5- Legislación Interna de Uruguay
SECRETO BANCARIO – REGIMEN DE NOMINATIVADAD DE ACCIONES –
PROCEDIMIENTO INTERNO DE INTERCAMBIO
26. 5.
5 ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION
Legislación Interna de Uruguay
•
Convenio para el Intercambio de Información Tributaria y Método para Evitar la
Doble Imposición
•
Proyecto de Ley sobre la Identificación de Titulares de Participaciones
Patrimoniales al Portador
•
Secreto B
S
t Bancario
i
•
Aspectos prácticos
27. CONVENIO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA Método para evitar la Doble Imposición
• Vigencia e Irretroactividad del Convenio
Vigencia
30 días después de recibida por vía diplomática la última notificación mediante la cual se
comuniquen haber cumplido con los procedimientos previstos en su país (aprobación
parlamentaria).
La información a brindar será para los períodos fiscales que inicien durante o después de
la fecha de vigencia.
En materia tributaria penal o impuestos instantáneos a partir de la fecha de vigencia.
Irretroactividad
El intercambio de la información no es retroactivo
A partir de información presente es posible sacar conclusiones sobre el pasado
Tiempo para tomar decisiones
28. CONVENIO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA
Método para evitar la Doble Imposición
•
Información a intercambiar
En general la información a intercambiar debe cumplir con:
Información que sea presumiblemente relevante
Información que obre en poder de sus autoridades o que se encuentre en poder o bajo
control de personas que se hallen en su jurisdicción territorial
Por información se entiende todo dato, declaración, documento o registro cualquiera
sea la forma que revista
Los derechos y las garantías reconocidas a las personas por las leyes o las prácticas
administrativas de la parte requerida seguirán siendo aplicables
29. CONVENIO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA
Método para evitar la Doble Imposición
•
Información a intercambiar
En particular cada parte garantizará:
•
Información que se encuentre en poder de bancos otras instituciones financieras
bancos,
y cualquier persona que actúe en calidad de mandatario o fiduciario (Ley 18.718
habilita a la DGI a solicitar el levantamiento del secreto bancario dentro de un
proceso judicial con vista a la parte investigada).
•
Información vinculada a la propiedad de sociedades, sociedades personales,
fideicomisos, fundaciones y otras personas incluyendo todas las personas que
componen una cadena de propiedad (Proyecto de Ley sobre Identificación de
Titulares de Participaciones Patrimoniales al Portador)
Portador).
•
Información de propiedad de las sociedades
30. CONVENIO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA
Método para evitar la Doble Imposición
•
Requisitos para el Intercambio de Información
El intercambio de información debe ser a solicitud de parte, por escrito y específico
respecto a contribuyentes sujetos a una investigación o fiscalización en curso. Se debe
proporcionar determinada información específica
específica.
No se admiten solicitudes genéricas individuales ni colectivas (fishing expeditions).
Debe existir Nexo Económico Suficiente (Nexo Uruguay).
No se habilita a inspectores de una parte operar en territorio de la otra parte.
La parte requirente debe agotar primero todos los medios para obtener la información
en su propio territorio
territorio.
No se exigirá proporcionar información sujeta al secreto profesional, comercial,
empresarial, mercantil o a un proceso industrial.
31. PROYECTO DE LEY SOBRE LA IDENTIFICACION DE LOS TITULARES
DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR
•
Objetivos
Cumplir estándares en materia de transparencia fiscal internacional y en particular
con el intercambio de información tributaria de conformidad con los compromisos
asumidos por el país. (Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información
en Materia Tributaria).
Cumplir con la obligación de identificar a los propietarios de acciones al portador sin
modificar el régimen legal existente que prevé la posibilidad de representar el capital
con acciones al portador o con acciones nominativas.
32. PROYECTO DE LEY SOBRE LA IDENTIFICACION DE LOS TITULARES
DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR
•
Obligados a Informar
Titulares de participaciones patrimoniales al portador emitidas por toda entidad
residente (Sociedades Anónimas, Fideicomisos, Fondos de Inversión entre otros)
Titulares de participaciones patrimoniales emitidas por entidades no residentes
siempre que tales entidades cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
•
•
Actúen en territorio nacional a través de un establecimiento permanente
Radiquen en territorio nacional su sede de dirección efectiva, para el desarrollo de
actividades empresariales en el país o en el exterior.
ti id d
i l
l í
l t i
Sede de dirección efectiva: cuando radique en territorio nacional la dirección y
control conjunto de sus actividades.
Actividad empresarial: Actividades lucrativas industriales comerciales y de servicios
industriales,
realizadas por empresas.
33. PROYECTO DE LEY SOBRE LA IDENTIFICACION DE LOS TITULARES
DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR
•
No obligados a Informar
Los titulares de participaciones patrimoniales en entidades no residentes que realizan
actos aislados en el país (Propietarias de inmuebles, acciones u otros activos).
Los titulares de participaciones patrimoniales en entidades que emiten títulos
nominativos (Ej.: Sociedades Anónimas con acciones nominativas).
Se hace referencia al titular y no al beneficiario final.
34. PROYECTO DE LEY SOBRE LA IDENTIFICACION DE LOS TITULARES
DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR
•
Registro de la Información
El Banco Central del Uruguay será el responsable de llevar el registro de la
información.
La información a registrar son l d
f
ó
los datos que permiten identificar al propietario d l
d
f
l
de los
títulos al portador y el valor nominal de los mismos.
Los titulares de las participaciones emitidas al portador son los obligados a informar
mediante d l
di
declaración j d su participación patrimonial a l entidad emisora y l
ió jurada
i i
ió
i
i l la
id d
i
las
eventuales transferencias.
La entidad emisora es la obligada a informar al Banco Central del Uruguay a partir del
momento en que recibe la i f
ib l información d l propietario y también l realiza mediante
ió del
i
i
bié lo
li
di
declaración jurada.
Se establecen sanciones formales, económicas y de suspensión de derechos
societarios para los titulares o para l entidades que i
i t i
l tit l
las tid d
incumplan en sus obligaciones
l
bli
i
de informar dentro de los plazos legales.
35. PROYECTO DE LEY SOBRE LA IDENTIFICACION DE LOS TITULARES
DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR
•
Acceso a la Información
La información que se registra es de carácter secreto. No obstante se faculta al Poder
Ejecutivo a publicar en ciertas circunstancias la nómina de los sujetos y entidades que
hubiesen incurrido en incumplimiento. Se prevén sanciones de prisión o penitenciaría
para l f
los funcionarios que violen l reserva.
i
i
i l la
La Dirección General Impositiva puede acceder a la información siempre que sea en el
marco de un proceso inspectivo o en el cumplimiento de solicitudes expresas y
fundadas
f d d por parte d l autoridad competente en el marco d convenios
t de la t id d
t t
l
de
i
internacionales en materia de intercambio de información o para evitar la doble
imposición.
La U id d d I f
L Unidad de Información y Análisis Financiero del BCU (UIAF) y l S
ió
A áli i Fi
i
d l
la Secretaría N i
t í Nacional
l
de Antilavado de Activos pueden acceder a la información en el desarrollo de tareas
relacionadas con la lucha contra el lavado de activos y y la financiación del
terrorismo.
.
La Justicia Penal o la Justicia competente en caso de obligaciones alimentarias.
La Junta de Ética y Transparencia Pública
36. SECRETO BANCARIO
•
Antecedentes Ley de Intermediación Financiera ( Nº 15.322, Art. 25)
El secreto bancario está establecido por ley y solo se puede levantar en los siguientes
casos:
Por autorización expresa y por escrito del interesado.
Por resolución fundada de la Justicia Penal o de la Justicia competente si estuviera
en j
juego una obligación alimentaria.
bli
ió li
i
En todos los casos sujeto a las responsabilidades más estrictas por los perjuicios
emergentes de la falta de fundamento de la solicitud y con sanciones de tres meses
de i ió
d prisión a seis años d penitenciaría.
i ñ de
i
i í
37. SECRETO BANCARIO
•
Flexibilización del secreto Bancario. Art. 54 de la Ley 18.083 (Reforma Tributaria)
con redacción dada por la Ley 18.718.
Se admite el levantamiento del secreto bancario en las siguientes condiciones:
Cuando la Administración Tributaria presente una denuncia fundada en caso de
defraudación tributaria y solicite en forma fundada y expresa ante la Sede Penal el
levantamiento del secreto bancario, las empresas de intermediación financieras
quedan relevadas de la obligación de reserva siempre que no medie en un plazo de 30
días hábiles pronunciamiento en contrario del Fiscal competente o del Juez de la
causa. Transcurrido dicho plazo o mediando resolución judicial expresa favorable, la
Sede dará curso a la solicitud.
Por Resolución Judicial, cuando el Director General de Rentas lo solicite en forma
expresa y fundada ante los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Civil. El Juez
solo hará lugar a la solicitud cuando la Administración Tributaria haya acreditado la
existencia de indicios objetivos que hagan presumir razonablemente la existencia de
evasión y la información sea necesaria para determinar los adeudos.(aplica para
operaciones posteriores al 1 de enero de 2011).
1º
38. SECRETO BANCARIO
•
Flexibilización del secreto Bancario. Art. 54 de la Ley 18.083 (Reforma Tributaria)
con redacción dada por la Ley 18.718. (cont.)
La misma información podrá ser solicitada por la Administración Tributaria en
cumplimiento de solicitudes expresas y fundadas por parte de la autoridad
competente de un Estado Extranjero en el marco de Convenios internacionales de
intercambio de información y para evitar la doble imposición. Se debe indicar en este
caso la entidad requirente y todos los antecedentes y fundamentos que justifiquen la
importancia de la información solicitada. (aplica para operaciones posteriores al 1º de
enero de 2011).
39. SECRETO BANCARIO
•
Proceso Judicial para el Levantamiento del Secreto Bancario
El proceso judicial de levantamiento del Secreto bancario se seguirá con la persona
física o jurídica titular de la información.
La demanda se presenta por escrito según el Código general de Proceso y se tramitará
por el procedimiento incidental previsto en el mismo código con las siguientes
modificaciones en ciertos plazos:
difi
i
i t
l
Plazo para la notificación de la providencia que confiere el traslado de la demanda, 3
días a contar de su dictado.
Plazo para la realización de una audiencia (si es necesaria), 30 días a contar de la
necesaria)
contestación de la demanda o del vencimiento del plazo previsto.
La sentencia del Juez será apelable por cualquiera de las partes y el recurso de
apelación tendrá efecto suspensivo.
Evacuado el traslado de la apelación o vencido el plazo correspondiente el Juzgado
deberá remitir el expediente al superior en un plazo de 5 días hábiles.
El Tribunal de Apelaciones deberá resolver en un plazo de 30 días a partir de la
recepción de los autos.
ó
No se admiten recursos contra la sentencia en segunda instancia.
40. SECRETO BANCARIO
•
Procedimientos y plazos para brindar la información
El BCU dispone de un plazo para dar cumplimiento a lo ordenado 5 días hábiles
contados desde la recepción de la comunicación o de la orden del Juzgado
competente.
Las instituciones financieras disponen de un plazo de 15 días hábiles para brindar la
información contado desde que recibieron la comunicación del BCU.
El BCU deberá proporcionar la información a la DGI en un plazo de 5 días hábiles.
41. ASPECTOS PRACTICOS
1) PF con inmuebles urbanos a nombre personal
a) No tributa IP porque no supera el MNI
LA DGI no dispone de información.
La DGI no d
G
dispone d una b
de
base d d
de datos con un registro patronímico d l
í
de los
propietarios de inmuebles (la base de datos es por padrón)
b) Tributa IP porque supera el MNI
La DGI dispone de información del contribuyente y del padrón y puede brindar la
misma.
2) PF que tiene inmuebles rurales a nombre personal
i
i
bl
l
b
l
La DGI dispone de la información pues la PF estará inscripta en el RUT (IRAE; IMEBA o
IRNR)
42. ASPECTOS PRACTICOS
3) PF que tiene inmuebles rurales en Uruguay a través de un Sociedad Anónima
con acciones nominativas
La información sobre los accionistas se encuentra en poder de la sociedad.
La DGI dispone información de la sociedad pero no dispone en primera instancia
información de la PF.
4) PF con inmuebles a nombre de una Sociedad del exterior (sin EP)
La DGI no dispone de información sobre los accionistas
p
5) PF con inmuebles a nombre de una SA con acciones al portador
La DGI puede acceder a la información de los accionistas de la Sociedad
p
6) PF con cuentas bancarias a nombre personal
p
proceda el
El Banco dispone la información y ante una solicitud en la cual p
levantamiento del secreto bancario, debe brindar la misma.
43. ASPECTOS PRACTICOS
7) PF con cuentas bancarias a nombre de PJ local o PJ del exterior
Los bancos disponen la información del beneficiario final en todos los casos.
El estado uruguayo optó por no llegar al beneficiario final en materia de intercambio de
información.
Es un tema que se deberá resolver (
q
(DGI, Poder Judicial, Bancos)
,
,
)
46. ¡MUCHAS GRACIAS!
MUCHAS
Becher y Asociados S.R.L, una sociedad Argentina de responsabilidad limitada, es miembro de BDO International Limited, una compañía limitada por garantía del Reino Unido, y
forma parte de la red internacional BDO de empresas independientes asociadas.
BDO es el nombre comercial de la red BDO y de cada una de las empresas asociadas de BDO.
p