Este documento explica el proceso para declarar el impuesto a la renta en Ecuador. Las personas naturales deben presentar la declaración en marzo usando el formulario 102-A y reportando todos los ingresos y gastos del año anterior. El plazo exacto depende del último dígito de su RUC. El documento también provee ejemplos del cálculo del impuesto para personas con un trabajo, con una actividad empresarial, o con múltiples fuentes de ingresos.
1. DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES
La declaración del Impuesto a la Renta se realiza en el formulario 102-A en el que se registran
todos los ingresos recibidos y gastos efectuados, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre
del año anterior (2012). El plazo para presentar esta declaración es en el mes de marzo según
el 9no dígito de RUC.
PERSONAS NATURALES
SI EL NOVENO DIGITO ES: FECHA DE VENCIMIENTO AÑO 2013 1 10 de marzo 2 12 de marzo 3
14 de marzo 4 16 de marzo 5 18 de marzo 6 20 de marzo 7 22 de marzo 8 24 de marzo 9 26
de marzo 0 28 de marzo
* Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados,
aquella se trasladará al siguiente día hábil.
CONSIDERE LOS SIGUIENTES PASOS PARA CALCULAR SU IMPUESTO A PAGAR:
EJEMPLO 1:
Si estoy en relación de dependencia:
Paso 1.- Determine su ingreso anual, sumando:
Ingreso Anual = Sueldo + Bonificaciones + Comisiones + Horas Extras + Utilidades + Subsidios
Paso 2.-Calcular el valor sobre el cual usted va a pagar su impuesto al que se denomina base
imponible
Ejemplo:
Base imponible: 25.000,00
– 2.337,50
– 5.500,00
17,162.50
9.35% Empleados privados 11.35% Empleados públicos
Paso 3.- Busque su rango en la tabla de Impuesto a la Renta 2012:
Para nuestro ejemplo, la base imponible esta en el tercer rango de la tabla, que va desde
15,480.00 a 18,580.00
Base Imponible = Ingreso anual - aporte al IESS* - Gastos personales**
* Existen otros porcentajes de aporte de Seguridad Social, Revisar página Web IESS
** Gastos personales:
Salud, Educación, Alimentación, Vivienda y Vestimenta
2. Las personas naturales podrán deducirse, hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados
sin que supere el valor equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada ($ 12,363.00) en
el año 2012 del Impuesto a la Renta de personas naturales, sus gastos personales sin IVA e
ICE, así como los de su cónyuge e hijos menores de edad o con discapacidad, que no perciban
ingresos gravados y que dependan del contribuyente
Límites individuales de los gastos personales:
Vivienda:
0,325 veces US$ 3.159,00 (2012) Educación: 0,325 veces US$
3.159,00 (2012) Alimentación: 0,325 veces US$ 3.159,00 (2012) Vestimenta: 0,325
veces US$ 3.159,00 (2012)
Salud:
1,3 veces
US$ 12.636,00 (2012)
Año 2012 En dólares
Fracción Básica Exceso hasta
Impuesto Fracción Básica
% Impuesto Fracción Excedente
0
9,720 0 0%
9,720
12,380 0 5%
12,380
15,480
133 10%
15,480
18,580
443 12%
18,580
37,160
815 15%
37,160
55,730
3,602 20%
55,730
74,320
7,316 25%
74,320
99,080
11,962 30%
99,080 En Adelante
19,392 35% NAC – DGERCGC11-00437 publicada en el S.S.R.O.606
de 28 - 12- 2011
Paso 4.- A su base imponible reste el primer valor del rango que corresponde:
Base Imponible – Fracción Básica = Fracción excedente
17,162.50 – 15,480.00 = 1,682.50
Paso 5.- A su fracción excedente multiplique por el porcentaje que se indica en la cuarta
columna.
Ejemplo: 1,682.50 x 12% = 201.90
Paso 6.- Al valor obtenido sume el impuesto base que indica la tabla en su tercera columna, el
resultado es su Impuesto a la Renta causado, el mismo que es retenido en su totalidad por el
empleador.
Ejemplo: 201.90 + 443 = 644.90
EJEMPLO 2:
Si solo tengo actividades empresariales:
Paso1. Determine su ingreso anual, sumando el valor de todas las facturas emitidas por sus
ventas de bienes o servicios y revíselos contra su registro de ingresos y egresos.
Paso2.- Sume el valor de todos los gastos relacionados con su actividad económica y que se
encuentren soportados con comprobantes válidos.
3. Paso3. Calcule el valor sobre el cual usted va a pagar su impuesto al que se denomina base
imponible.
Ejemplo:
Ingresos anuales por servicios prestados
45.500,00
Gastos relacionados a la actividad económica 16.000,00
Gastos personales
10.000,00
Paso 4. Busque su rango en la tabla de Impuesto a la Renta 2012
Año 2012 En dólares
Fracción Básica Exceso hasta
Impuesto Fracción Básica
% Impuesto Fracción Excedente 0
9,720 0 0%
9,720
12,380 0 5%
12,380
15,480
133 10%
15,480
18,580
443 12%
18,580
37,160
815 15%
37,160
55,730
3,602 20%
55,730
74,320
7,316 25%
74,320
99,080
11,962 30%
99,080 En Adelante
19,392 35% NAC – DGERCGC11-00437 publicada en el S.S.R.O.606
de 28 - 12- 2011
Para nuestro ejemplo, la base imponible esta en el quinto rango de la tabla que va desde
18,580 a 37,160
Paso 5. Calcule el impuesto como en el caso anterior (paso del 4 a 6)
Paso 6. Impuesto causado =
Si tengo dos o más actividades económicas:
Base Imponible= Ingreso anual - Gastos actividad - Gastos personales
Base Imponible = 45.500-16.000-10.000 = 19.500
953
Cuando una persona tiene 2 o más actividades económicas deben obligatoriamente consolidar
dichos ingresos y calcular el impuesto sobre una sola base imponible.
Ejemplo:
Actividad Ingresos Gastos
Gastos personales
Retención
Relación de dependencia 20,000.00 1,870.00
9,500.00
143.50
4. Actividad Independiente 19,200.00 7,700.00 60.00
Total 39,200.00 9,570.00 9,500.00 203.50
Calcule el impuesto causado como en los casos anteriores para nuestro ejemplo el
contribuyente debe pagar:
Impuesto causado =
1,047.50
(-) Retenciones
203.50
(=) Impuestos a pagar =
844.00
Base imponible = Total de ingresos – Total de Gastos
20.130
=
39.200 -
19.070
DECLARA Y PAGA TU IMPUESTO A LA RENTA OPORTUNA Y ADECUADAMENTE.
¿Debo presentar anexo?
Están obligados a presentar el anexo de GASTOS PERSONALES aquellas personas que en su
declaración del Impuesto a la Renta o en su proyección de gastos personales utilizan más del
50% de la fracción gravada con tarifa 0% del impuesto a la renta es decir 4,860.00 para el año
2012.