Este documento describe la lucha histórica del pueblo Yukpa de Venezuela por recuperar sus territorios ancestrales. Aunque la constitución de 1999 reconoció los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo el derecho a la tierra, el proceso de demarcación de territorio para el pueblo Yukpa ha sido lento y problemático, enfrentando la oposición de terratenientes y empresas extractivas. Mientras tanto, los Yukpa han sufrido desalojos violentos, amenazas y muertes en su esfuerzo por rec
Presentación acerca de la situación en Ecuador para el curso "La cuestión étnica en América Latina", del trimestre 10-I. Licenciatura en Antropología Social, UAM-Iztapalapa
Presentación acerca de la situación en Perú para el curso "La cuestión étnica en América Latina", del trimestre 10-I. Licenciatura en Antropología Social, UAM-Iztapalapa
Presentación acerca de la situación en Ecuador para el curso "La cuestión étnica en América Latina", del trimestre 10-I. Licenciatura en Antropología Social, UAM-Iztapalapa
Presentación acerca de la situación en Perú para el curso "La cuestión étnica en América Latina", del trimestre 10-I. Licenciatura en Antropología Social, UAM-Iztapalapa
Composición visual (03-07-09) sobre las bases y ejes constitucionales, con anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica de Educación en la República Bolivariana de Venezuela.
Nos centramos en este pequeño ensayo en un recorrido histórico que nos permita evidenciar los cambios a través del tiempo en cuanto a las reformas constitucionales, leyes, decretos, políticas públicas e instituciones que fueron moldeando el asunto de la autonomía indígena en Venezuela. Sin duda el punto de vistas histórico es fundamental para situar correctamente el actual momento que viven los pueblos indígenas de Venezuela en relación al nivel de reconocimiento y posible permanencia en el tiempo de su autonomía y autodeterminación. Presentamos este recuento histórico en dos momentos: el primero previo a la discusión y aprobación del nuevo texto constitucional del año 1999, que es sin duda el hito histórico fundamental en cuanto al tratamiento del tema de la autonomía indígena en el país, y el segundo en lo acontecido desde el proceso constituyente hasta el momento actual.
Esta publicación es una herramienta para difundir los principios fundamentales de los derechos de las las comunidades indígenas. Publicado: Noviembre de 2013
Solidaridad con el Pueblo Mapuche: se prepara Comisión Nacional e internacion...Crónicas del despojo
La represión a las Comunidades mapuche se intensifica, es una escalada de violencia donde salen acusaciones absurdas y antojadizas que se materializan en violentos allanamientos con destrozos de las viviendas para buscar a una persona que a veces ni se encuentra allí pero igual se llevan lo que ellos consideran importante; ropa de trabajo, herramientas de trabajo que consideran botines de robos de los que siempre están acusando
Se realiza una breve exposición de la crisis, sus causas y su impacto en términos de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el Corredor Seco Guatemalteco. Se exponen además tres ejemplos concretos de transferencia y/o gestión del conocimiento apoyados por AECID-FAO en el marco de esa crisis. En concreto:
1- Sistema de alerta temprana que se apoyó con el proyecto regional FAO-AECID “Fortalecimiento en la Región Mesoamericana de la Resiliencia de la Agricultura Familiar, a través de la Prevención y Respuesta Efectiva Frente a Enfermedades Fito y Zoo-Sanitarias”.
2- Seminario de manejo agroecológico de la roya del Café. Proyecto FAO TCP/SLM/3403 y también se apoyó con el proyecto regional FAO-AECID mencionado más arriba.
3- Sistematización de la Segunda Cumbre Mundial de la Roya (financiada por Arauclima) que se celebró en Guatemala en Junio del 2017.
Fondo de Cooperación en Agua y Saneamiento de la Cooperación Española en Guatemala. 800.000 guatemaltecos accederán a agua potable y saneamiento con apoyo de la Cooperación Española.
SEGURIDAD ALIMENTARIA EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE LA AOD ESPAÑOLA EN EL OCCIDENTE DE HONDURAS. Presentación elaborada para el Encuentro Sub-Regional de Lucha Contra el Hambre PESA-FAO. Guatemala. Mayo 2005
La Estrategia de la Cooperación Española para el Occidente de Honduras (ECEO). La iniciativa de elaborar la ECEO surgió como una propuesta para dar respuesta a la necesidad de articular y ordenar las numerosas intervenciones de los diversos actores de la AOD española en el Occidente del país. La ECEO definió unas orientaciones estratégicas de las actuaciones en la zona, así como unos criterios para la concentración geográfica y sectorial de dichas actuaciones.
Se presenta aquí la versión completa.
La Estrategia de la Cooperación Española para el Occidente de Honduras (ECEO). La iniciativa de elaborar la ECEO surgió como una propuesta para dar respuesta a la necesidad de articular y ordenar las numerosas intervenciones de los diversos actores de la AOD española en el Occidente del país. La ECEO definió unas orientaciones estratégicas de las actuaciones en la zona, así como unos criterios para la concentración geográfica y sectorial de dichas actuaciones.
Sectores de actuación de la cooperación española en el occidente de Honduras. A principios de 2003, se comenzaron a dar lo primeros pasos concretos para estructurar la estrategia de la cooperación española en el Occidente de Honduras. En marzo de ese año, se constituye la denominada “Mesa de Occidente”, grupo de trabajo integrado por personal técnico de la Oficina Técnica de Cooperación (OTC) de la AECI en Honduras con el objetivo de establecer las líneas prioritarias de actuación de la Cooperación Española en el Occidente de Honduras. Evidentemente, la suma de líneas prioritarias no constituía todavía una estrategia para toda la AOD española, pero permitió contar con una base de discusión preliminar en la que integrar a los diferentes actores involucrados en la elaboración de la misma. Se presentan aquí las líneas prioritarias que fueron la base para la posterior estrategia de la AOD española en el Occidente de Honduras.
A iniciativa del Instituto Hondureño del Café, con especial referencia a su catador en jefe, Carlos Pineda, y con el apoyo técnico y finaciero de la Cooperación Española en Honduras, se puso en marcha en el año 2004 la primera escuela de catadores de Honduras, proyecto de trascendental importancia para la mejora de la calidad del café Hondureño.
La primera Escuela de Promotores Locales del Sector Cafetalero de Honduras, nació a iniciativa de la Cooperación Española en Honduras, con el apoyo de TROCAIRE y la participación decidida de las distintas instituciones cafetaleras nacionales. El objetivo básico de dicha escuela fue el de formar promotores (as) sociales que facilitaran en el corto y medio plazo la implementación de la Política Cafetalera Nacional en los municipios cafetaleros hondureños, con especial referencia a la conformación de comités municipales del café, que impulsaran, normaran y regularan la actividad cafetalera en el ámbito local.
El Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) con el apoyo técnico y financiero de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y de la Agencia Católica Irlandesa de Cooperación (TROCAIRE) decidieron poner en marcha un ambicioso Programa de Apoyo a Cooperativas orientado al trabajo directo con cooperativas de base, buscando su fortalecimiento como empresas y su integración en entidades comercializadoras regionales.
El programa reconocía la importancia del cooperativismo como modelo organizativo que permite a los pequeños productores competir en el complicado mercado nacional e internacional del café, movidos por los principios de solidaridad y cooperación mutua.
El programa benefició a más de 1000 pequeños y medianos productores organizados en 19 cooperativas. Las mismas fueron seleccionadas por su potencial para producir cafés de calidad, así como por estar organizadas o con voluntad de integrarse en estructuras regionales. Además eran cooperativas dispuestas a establecer mecanismos de capitalización interna con los fondos que recibieran.
Se adjunta la presentación del programa en su primera fase.
Se presenta la estrategia de la Cooperación Española para el apoyo a Denominaciones de Origen Protegidas para los mejores cafés de Honduras, en el marco del Programa de Apoyo al sector cafetalero Hondureño.
El Programa Café de la Cooperación Española en Honduras fue formulado para afrontar la grave situación generada por la crisis cafetalera mundial de principios de siglo XXI, con acciones que fueran mucho más allá de la mera respuesta de emergencia a los nocivos efectos económicos y sociales que provocaba el desplome de los precios. Para ello se estableció una estrategia que buscaba mejorar la competitividad de la caficultura hondureña, paliando en lo posible los efectos sociales negativos de la caída de los precios. Se presenta la versión ejecutiva de dicho programa.
El Programa Café de la Cooperación Española en Honduras fue formulado para afrontar la grave situación generada por la crisis cafetalera mundial de principios de siglo XXI, con acciones que fueran mucho más allá de la mera respuesta de emergencia a los nocivos efectos económicos y sociales que provocaba el desplome de los precios. Para ello se estableció una estrategia que buscaba mejorar la competitividad de la caficultura hondureña, paliando en lo posible los efectos sociales negativos de la caída de los precios. Se presenta el contenido de dicho programa así como los resultados alcanzados a Septiembre del 2006.
En mi condición de Gerente del Departamento de Comunicaciones y Relaciones, de la Central de Cooperativas Cafetaleras de Honduras, coordiné la elaboración de un documento de análisis de los impactos de la crisis en los productores afiliados a La Central, planteando también la tesis sobre la oportunidad que ofrecía la crisis cafetalera para los pequeños y medianos productores organizados en cooperativas e integrados en La Central. Se presente aquí la versión en power point.
En mi condición de Gerente del Departamento de Comunicaciones y Relaciones, de la Central de Cooperativas Cafetaleras de Honduras, coordiné la elaboración de un documento de análisis de los impactos de la crisis en los productores afiliados a La Central, planteando también la tesis sobre la oportunidad que ofrecía la crisis cafetalera para los pequeños y medianos productores organizados en cooperativas e integrados en La Central. Se presente aquí la versión ejecutiva.
En esta presentación, elaborada para la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) en su Oficina Técnica de Cooperación en Honduras (OTC- Honduras), se procura definir la naturaleza y la magnitud de la crisis y establecer líneas de trabajo que puedan superar sus efectos desde una perspectiva de competitividad para el sector, especialmente en lo que respecta a los pequeños y medianos productores, que son los que más sufren los efectos de la crisis.
El documento de trabajo, elaborado para la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) en su Oficina Técnica de Cooperación en Honduras (OTC- Honduras), procura definir la naturaleza y la magnitud de la crisis y establecer líneas de trabajo que puedan superar sus efectos desde una perspectiva de competitividad para el sector, especialmente en lo que respecta a los pequeños y medianos productores, que son los que más sufren los efectos de la crisis.
Venezuela es probablemente el país del Hemisferio en que hay una mayor discusión entorno a la vigencia efectiva de la Democracia Moderna. Aunque a primera vista existen elecciones periódicas, sujeción de las autoridades a la Constitución de la República, vigencia del respeto a la voluntad de las mayorías, pluralismo político y social así como la posibilidad de que accedan al poder los partidos de oposición, un análisis más detallado nos presenta numerosos indicios de lo se pudiera interpretar como el “creciente cerco” del “oficialismo Chavista” a los pilares básicos del Sistema Democrático Liberal. Un buen ejemplo de esta ofensiva gira entorno al principio de competencia como analizamos a continuación.
Se presenta a continuación un recuento histórico de la evolución del proceso democrático en Venezuela desde los tiempos de la Colonia, hasta el año 1978. Para ello se utiliza la clasificación y caracterización de los períodos propuestos por Gómez Buendía en su documento de “Historia de la Democracia en América Latina” resaltando similitudes y diferencias con respecto a las tesis del mencionado autor.
Tradicionalmente los medios de comunicación han sido, en el escenario democrático, un último recurso de los ciudadanos contra los abusos de poder; de este modo se los llegó a calificar como “el cuarto poder”, que prevenía y denunciaba los abusos de los tres poderes tradicionales, el ejecutivo, el legislativo y el judicial (Ramonet, 2003). Tan importante fue y es el trabajo de los medios en señalar las fallas del sistema democrático que la libertad de prensa alcanzó una condición “quasi-sagrada” e incuestionable que acabó consolidando el mito de que “la libertad de los medios de comunicación es siempre garantía de la libertad colectiva de expresión, base de la democracia”.
Con los fenómenos de la globalización y mundialización, asistimos a la concentración de los medios de comunicación tradicionales en grandes “grupos mediáticos” que integran tareas, un tiempo autónomas, como son las de la cultura de masas, la comunicación y la información (Ramonet, 2003). Estos grandes grupos tienden a confundir su propia libertad de expresión con el derecho de los ciudadanos a recibir una información rigurosa y veraz, en la que la difusión consciente de informaciones falsas o difamaciones, sea severamente sancionada. Pareciera como si los medios ya no se conformaran con ser un “cuarto poder”, sino que cada vez más buscan ser un “poder efectivo” que incida en el desarrollo de los acontecimientos políticos en escala nacional e internacional. En América Latina se observan numerosos ejemplos de esta nueva realidad, especialmente cuando los procesos de cambio politico que se viven en la Región, derivan en Golpes de Estado como el ocurrido en Venezuela en el 2002 o el más reciente de Honduras. En las dos situaciones los procesos de cambio constitucional (concluido, o sometido a consulta previa), estuvieron en el centro de la crisis y mostraron de manera “descarnada” el abandono del papel “imparcial” de los medios informativos en apoyo a la justificación del golpismo. Si bien se considera el ejemplo de Venezuela, centraré mi análisis en el caso Hondureño, pues precisamente éste abre la posibilidad de legitimar la ruptura del orden constitucional con argumentos “pseudo-legales”, generando un peligroso precedente que pudiera hacer retroceder los logros alcanzado con la Tercera Ola Democrática en América Latina.
La actual amenaza que supone la utilización indebida de los conocimientos tradicionales de los Pueblos Indígenas (PPII) ha activado un intenso debate sobre cuáles puedan ser los mecanismos más adecuados para garantizar su protección. En el caso de Venezuela este debate se enmarca en otro más amplio que enfrenta a los defensores de la propiedad privada con aquellos que, desde las posiciones gubernamentales, señalan las bondades de la propiedad colectiva. El Gobierno de la República Bolivariana, consecuente con esta última posición, ha fortalecido el marco de protección nacional a los derechos de los PPII sobre sus conocimientos tradicionales. Al mismo tiempo el Ejecutivo Nacional ha denunciado el carácter perjudicial del sistema de propiedad intelectual para los intereses de los Pueblos Indígenas. Dicha denuncia se centra especialmente en el ámbito internacional, oponiéndose además al establecimiento de un sistema de protección "sui géneris" que se adapte a las particulares circunstancias en que dichos conocimientos son producidos, conservados y transmitidos por los PPII. Si bien no sorprende la denuncia del actual sistema de protección nacional e internacional de la propiedad intelectual, teniendo en cuenta la actual orientación ideológica del Gobierno Bolivariano, sí resulta incompresible que Venezuela se oponga también, en los foros internacionales en que participa, a formular un sistema de protección "sui generis" que pudiera constituirse en una importante conquista internacional para los PPII en relación a sus conocimientos tradicionales.
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
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ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
LA DEMARCACION DE TERRITORIOS ANCESTRALES EN VENEZUELA: EL CASO DEL PUEBLO YUKPA, por Francisco Tomas
1. REIVINDICACIONES TERRITORIALES Y TRANSFORMACIONES DE LOS ESTADOS
LATINOAMERICANOS.
LA DEMARCACION DE TERRITORIOS ANCESTRALES EN VENEZUELA: EL CASO
DEL PUEBLO YUKPA.
INTRODUCCION.
Con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año
1999, se produce, por primera vez en la historia nacional, el reconocimiento constitucional
de los derechos de los pueblos indígenas (PPII). Así mismo se establece el carácter
multiétnico y pluricultural de la sociedad venezolana.
Pese a que los Indígenas Venezolanos constituyen sólo el 2,2% de la población del país1,
su protagonismo durante el Proceso Constituyente y los avances logrados desde
entonces, tanto en términos normativos como institucionales, son más que notables. Pese
a dichos avances persisten dudas sobre la aplicación efectiva de los derechos
reconocidos, especialmente en lo tocante al derecho a recuperar sus territorios
ancestrales y a la autonomía indígena.
ANTECEDENTES.
Para poder entender la actual situación de los pueblos indígenas de Venezuela en
relación a los reclamos históricos a la tierra y la autonomía, es necesario realizar un breve
recuento de la lucha del Movimiento Indígena Venezolano, en su reivindicación sobre
estos dos derechos. Para ello nos centraremos en dos momentos: el primero previo a la
discusión y aprobación de la nueva Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, del año 1999, que es sin duda el hito histórico fundamental en cuanto al
tratamiento del tema de la autonomía indígena en el país, y el segundo en lo acontecido
durante el Proceso Constituyente Venezolano.
Sin desestimar acontecimientos previos en los cuales estuvieron inmersos los indígenas
del país y en la línea de lo señalado por Aguilar Castro (2004), es a partir del año 1997
que se produce la conversión del Movimiento Indígena en un actor importante para la vida
política nacional entorno al “Caso Imataca”2. Hasta esa fecha hay que destacar también el
“Primer Congreso de Indios de Venezuela” celebrado en Caracas en abril de 1970, como
primer intento de expresión y construcción de espacios políticos autónomos de parte del
movimiento indígena.
Con el “Caso Imataca” la cuestión indígena alcanza una repercusión mayor no sólo a nivel
interno sino también en el ámbito internacional. El conjunto de movilizaciones efectuadas
en contra de la construcción del Tendido Eléctrico y la firma de la Declaración de Imataca
el 16 de Agosto del 1998 por todas las comunidades de la Sierra de Imataca, la gran
1
Presentan sin embargo una extraordinaria riqueza cultural con 32 etnias y una variedad de más de 20 lenguas
autóctonas.
2
Proyecto de tendido eléctrico de Guyana aprobado en 1997 por Rafael Caldera en el Decreto 1850 sobre la Reserva
Forestal de Imataca y ratificado posteriormente por el Presidente Chávez.
2. Sabana y el Rio Paragua son la base sobre la que se sustenta la primera argumentación
por parte indígena del derecho al territorio y a la autodeterminación3 .
La profunda crisis que experimentó la Democracia Venezolana durante los años 80s y 90s
supusieron la constitución y consolidación de una nueva hegemonía política y el
agotamiento de la vieja clase dirigente. En este contexto de cambios radicales que
coinciden con el fortalecimiento del Movimiento Indígena Venezolano, se produce el
advenimiento al poder del recién electo Presidente Chávez y la Convocatoria a la
Asamblea Constituyente.
Aprovechando la coyuntura generada por el proceso constituyente las organizaciones de
los pueblos indígenas convocaron el “Primer Congreso Extraordinario de los Pueblos
Indígenas de Venezuela”, celebrado entre 21 y el 25 de marzo en Ciudad Bolívar en el
que escogieron tres representantes para participar en la Asamblea Constituyente sobre
las bases comiciales esbozadas por el Presidente Chávez. Dichos representantes fueron
luego ratificados en un nuevo proceso electoral bajo la supervisión del Consejo Nacional
Electoral.
Con la incorporación de los representantes indígenas en los debates de la Constituyente,
la inserción del tema en la agenda de discusiones y la creación de una Comisión de
Pueblos Indígenas con el Estado, el Movimiento Indígena logró concentrar un alto nivel de
atención sobre sus reivindicaciones. Dos fueron los principales obstáculos que
enfrentaron los indígenas en este proceso: el primero fue el intento de impedir que se
constituyera una comisión ex profeso para este tema, se argumentó que el problema
indígena debía tratarse en la Comisión de Asuntos Sociales y el segundo tuvo que ver con
los debates entorno al tema de autodeterminación y el reconocimiento de los territorios
ancestrales (Aguilar Castro 2004). Algunos asambleístas argumentaron que de
reconocerse los términos “territorios indígenas” y “pueblos indígenas” 4 dentro de la nueva
Constitución, se podía poner en peligro la unidad nacional. Para estos constituyentes
reconocer dichos términos equivalía a decir “autoderminación” y “derechos colectivos”
orientados a la creación de naciones indígenas independientes. Es por ello que la
negativa al reconocimiento de estos dos aspectos centrales de la cuestión indígena,
territorio y pueblo, llevó a intensos debates entre la Comisión de Seguridad y Defensa y la
de Pueblos Indígenas entorno al artículo 119. En dicho artículo no se emplean los
términos “autonomía” o “autodeterminación”, pero si se reconoce su “organización social,
política y económica, sus culturas usos y costumbres, idiomas y religiones”. Tampoco se
emplea el término “territorio”, pero sí se reconoce “su hábitat” para desarrollar y garantizar
sus formas de vida” y se incluye el término “pueblos”, al redactarse de manera específica
en dicho artículo que “El Estado reconocerá la existencia de pueblos y comunidades
3
La “Declaración de Imataca” se fundamente en los siguientes postulados:1. Unidad e indivisibilidad del territorio
venezolano. 2. Unidad de toda la población venezolana por encima de divisiones de carácter racial, étnico, cultural, o de
cualquier otra índole. 3. El carácter multicultural, multilingüístico y multiétnico del Estado y Pueblo Venezolano. 4.
Derecho de las comunidades diferenciadas a mantener y desarrollar sus características culturales y lingüísticas en tanto
constituyen un patrimonio de la nación. 5. Imperativo de establecer la igualdad real y no sólo formal de todos los
sectores que integran la nación, así como el ejercicio de los derechos particulares de las comunidades diferenciadas. 6.
El principio del respeto mutuo como norma de las relaciones entre todos los venezolanos.7. Derecho de representación
y participación de los pueblos indígenas en todas las decisiones institucionales que afecten sus vidas. 8. Preexistencia
de los pueblos indígenas sobre el Estado Venezolano.
4
“el general Francisco Visconti, miembro de la Comisión de Defensa asomo el peligro de este reconocimiento, pues…
seria crear un Estado dentro de otro Estado” en la Revista Cenipec 01/2002. “algunos constitucionalistas venezolanos
pensaron que el termino “nación indígena” se inclinaba a un uso interventor en detrimento de la integridad de la unidad
nacional” en la Revista Cenipec 01/2002.
3. indígenas”. La inclusión del término “pueblos” vino condicionada a la aprobación de una
cláusula de salvaguarda, el artículo 126, en la línea de lo establecido en el Convenio 169
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Dicho articulo, luego de afirmar que
“los pueblos indígenas forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano” así
como el deber que estos pueblos tienen de “salvaguardar la integridad y soberanía
nacional”, concluye que ¨El término pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en
el sentido que se le da en el derecho internacional”.
AVANCES INSTITUCIONALES Y LEGALES.
Afortunadamente, para los pueblos indígenas venezolanos, el período transcurrido desde
la aprobación del texto constitucional hasta la fecha presenta un balance positivo, aunque
matizado, en relación al reconocimiento legal e institucional del derecho al territorio y la
autonomía. Entre los principales acontecimientos es necesario destacar la aprobación y
subsiguiente ratificación del Convenio 169 de la OIT, la promulgación de la Ley de
Demarcación del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas en el año 2000, la Misión
Guaycaipuro del año 2003, la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas del año
2005, la creación del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas en el año
2007, las leyes de Idiomas Indígenas y de Patrimonio Cultural Indígena, así como la
ratificación de la Declaración de las NNUU Sobre los Pueblos Indígenas, todos ello en el
mismo año.
Al mismo tiempo, en los 5 poderes del Estado5 se crearon instancias para la participación
intercultural, como por ejemplo las Gerencias, Direcciones y Oficinas indígenas en la
mayoría de los ministerios e instituciones del ejecutivo nacional. Por mandato
constitucional se estableció la elección de tres Diputados a la Asamblea Nacional, ocho
Legisladores regionales (Zulia, Apure, amazonas, Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro,
Monagas y Sucre; postulados por organizaciones y comunidades indígenas) y concejales
indígenas, destacando que en los últimos comicios se eligieron 6 Alcaldes Indígenas a
nivel nacional. Se creó también la Defensa Pública Indígena en el Tribunal Supremo de
Justicia. En cuanto al Poder Ciudadano existe una Defensoría de los pueblos indígenas a
nivel nacional y regional. De igual manera el Consejo nacional Electoral también tiene
representantes, traductores y voceros indígenas.
Con la promulgación de la "Ley De Demarcación Y Garantía Del Hábitat Y Tierras De Los
Pueblos Indígenas" en enero del 2001 se abre un capítulo fundamental en la lucha de los
pueblos indígenas de Venezuela para lograr ejercer el derecho a la propiedad colectiva
sobre sus territorios ancestrales que fue consagrado en el artículo 119 de la Constitución
de la República. Como entidad responsable de promover, asesorar y coordinar todo lo
relativo al proceso nacional de demarcación se crea, por decreto nº 1.392 de 3 de Agosto
del 2001, la "Comisión Nacional de Demarcación del Hábitat y Tierras de los Pueblos y
Comunidades Indígenas"6 cuyo trabajo hasta la fecha ha sido fuertemente cuestionado.
5
6
Legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano, electoral.
Según el Artículo 6 de la Ley de Demarcación, la Comisión Nacional de Demarcación del Hábitat y Tierras de los
Pueblos y comunidades Indígenas, está integrada por los Ministerios del Ambiente y de los Recursos Naturales; de
Energía y Minas; de la Producción y el Comercio; de Educación, Cultura y Deportes; de la Defensa; de Relaciones
Exteriores; del Interior y Justicia; y ocho (8) representantes indígenas y demás organismos que designe el Presidente de
la República.
4. EL PROBLEMA DE LA DEMARCACION DE TERRITORIOS ANCESTRALES: EL CASO
DEL PUEBLO YUPKA.
El pueblo Yukpa protagoniza una histórica lucha por la recuperación de sus territorios
ancestrales, de los que fueron desplazados, durante el período colonial y buena parte del
siglo XX, para dar paso a las haciendas ganaderas de Perijá. El caso se ubica en el
Estado Zulia, en la frontera Nor-occidental de Venezuela con Colombia, lo que agrava
significativamente el problema, ya que los Yukpas no sólo se enfrentan a los poderosos
intereses de los terratenientes ganaderos y la industria extractora de recursos naturales,
sino que también, en algunos casos, deben abandonar sus tierras debido a la presencia
de grupos irregulares armados.
Pese a los trabajos de delimitación iniciados por la Comisión Nacional de Demarcación
del Hábitat y Tierras, iniciados durante el 2001, sólo recientemente, el pasado 12 de
Octubre, se entregaron los primeros títulos de propiedad colectiva para los Yupka,
existiendo todavía muchas dudas sobre la cantidad y calidad de los terrenos entregados7.
Esta situación pone al descubierto el entramado de relaciones de poder, que ha sido
construido entorno a dichos territorios y que derivan en la ¨aparente¨ suspensión de los
buenos propósitos de la ¨Revolución Bolivariana¨ para con las comunidades indígenas de
la Sierra de Perijá y su sustitución por grandes proyectos de explotación y transporte de
recursos mineros en la zona.
Cansados de esperar, los Yukpa decidieron recuperar varias haciendas ubicadas en sus
territorios ancestrales como medio de presión para acelerar la demarcación. Desde
entonces las comunidades Yukpa han experimentado un notable incremento en el número
de desalojos violentos, amenazas de muerte y agresiones físicas por parte de sicarios
contratados por los hacendados de la región. Como parte de esta situación, en el mes de
Julio del 2008 se produjo la muerte del anciano José Manuel Romero, padre del Cacique
de la comunidad Chaktapa, como consecuencia de las heridas producidas en el desalojo
de la hacienda Kusare. Hasta la fecha no se han esclarecido los hechos que acarrearon la
muerte de José Manuel Romero ni se han derivado responsabilidades penales para los
culpables. De la misma manera, justo un día después de la entrega de los títulos
colectivos el pasado Octubre, se produce un nuevo hecho violento en el que fallecen dos
familiares del Cacique de Chaktapa, fuerte crítico del proceso de demarcación de tierras
impulsado por el Gobierno Bolivariano.
Detrás de toda esta problemática están presentes los intereses de los grandes proyectos
mineros y de infraestructuras que se quieren impulsar por parte de los organismos
multilaterales y el propio Gobierno Venezolano a través del IIRSA. Se trata de la
explotación de enormes yacimientos de carbón y fosfatos que existen en el eje final del
tramo Andino en la frontera Colombo-Venezolana. El problema estriba en que sobre los
territorios ancestrales en litigio ya existen derechos previos de explotación concedidos por
el Estado Venezolano a Corpozulia y diversas empresas internacionales, por lo que el
reconocimiento de los derechos indígenas sobre la totalidad de estos territorios tendría
que pasar necesariamente por la derogación de dichas concesiones.
7
Un buen análisis sobre las dudas entorno a los títulos entregados lo constituye los artículos: “Titulos “chimbos”
entregará Chávez el 12 de Octubre” http://www.soberania.org/Articulos/articulo_4979.htm y “Táctica y estrategia del
etnocidio “revolucionario bolivariano”. http://www.soberania.org/Articulos/articulo_5268.htm
5. En todo caso el Estado Venezolano reconoce el derecho del pueblo Yukpa a recuperar
sus territorios ancestrales en el artículo 9 de la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat
y Tierras de los Pueblos Indígenas. Este derecho viene respaldado también en lo
establecido en el artículo 16, tercer párrafo, del Convenio 169 de la OIT y el artículo 28 de
la Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. El
Gobierno Venezolano está obligado a arbitrar los mecanismos alternativos de solución de
conflictos para resolver este caso tal y como se establece en el artículo 43 de la Ley
Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas. La misma ley en su artículo 46 obliga a
la Comisión Nacional de Demarcación del Hábitat y Tierras de los Pueblos y
Comunidades Indígenas a realizar el pago de las cantidades de dinero que se
establezcan para satisfacer los derechos de terceros que pudieran ser perjudicados en
todo este proceso.
La Comisión Nacional se ha caracterizado por la lentitud en que ha desarrollado los
trabajos de delimitación y por la falta de información sobre los procesos en marcha. En el
lapso de casi diez años de trabajo de demarcación, se han otorgado, a nivel nacional,
unos 40 títulos de propiedad colectiva frente a los aproximadamente tres mil títulos
colectivos restantes. En general los títulos se entregaron en coyunturas de marcado
carácter "político" o por exigencia del Presidente Chávez, como fue el caso del pasado 12
de Octubre, Día Nacional de la Resistencia Indígena.
Junto al problema de la tierra, existe también el de la aplicación de la Ley de Consejos
Comunales en los territorios indígenas. El artículo 12 de la ley establece la creación de
comunales indígenas de acuerdo a los usos y costumbres indígenas. En el caso particular
de los Yupkas ésta disposición ha contribuido a crear una doble estructura de
organización a nivel local, puesto que, junto a los Caciques y autoridades tradicionales,
existen ahora voceros comunales administradores de recursos económicos, lo que genera
no pocos conflictos y divisiones. Pese a que la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades
Indígenas establece el carácter jurídico de las comunidades, se deja libertad a los pueblos
indígenas de establecer la conformación interna de sus comunidades, escogiendo
muchos de ellos la creación de consejos comunales para acceder a los recursos del
Estado. En tal sentido la creación de consejos comunales indígenas en territorios
originarios representa una amenaza para la autonomía indígena.
CONCLUSIONES.
Con la celebración de la Asamblea Nacional Constituyente del año 1998 y la aprobación
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999, se abre un
período fundamental para los PPII de Venezuela. Este período ha estado caracterizado
por importantísimos avances legislativos e institucionales orientados a hacer efectivos sus
derechos colectivos. El relativamente débil Movimiento Indígena Venezolano supo
aprovechas de manera óptima la oportunidad que le brindó la crisis del modelo político y
social de la Cuarta República para hacer efectivos sus reclamos históricos entorno a la
tierra y la autonomía. En este sentido la contribución de los PPII de Venezuela a la
transformación del Estado Venezolano fue muy destacada. Sin embargo, en la línea de lo
manifestado por diversos autores (Colmenares Olivar 2002 y Aguilar Castro, 2004) el
derecho a la autodeterminación y su expresión concreta en el ejercicio de la autonomía
quedaron reflejados de manera ambigua en el nuevo texto constitucional; ese sentido,
pese a la legislación complementaria posterior, se podrían considerar como avances no
definitivos y condicionados a la voluntad política del gobierno de turno.
6. Pese a los avances logrados, persisten dudas sobre la materialización efectiva de los
derechos de los PPII en especial en lo tocante a la autonomía y autodeterminación, lo que
en última instancia está estrechamente ligado con la demarcación y recuperación de sus
territorios ancestrales. Los retrasos en la entrega de títulos de propiedad colectiva, la
cuestionada calidad de los títulos entregados y los “magros” resultados del proceso de
demarcación a nivel nacional, generan escepticismo entorno a la efectividad de los
mecanismos de protección del actual gobierno. No parece aventurado concluir, que en el
caso de los territorios ancestrales indígenas en Venezuela, la efectividad de los procesos
de demarcación estará condicionada por la existencia o no de intereses estratégicos
nacionales sobre los territorios en litigio, lo que favorece la percepción de irregularidad en
el ejercicio de las funciones de la Comisión Nacional de Demarcación.
Otra coyuntura favorable para los PPII de Venezuela lo constituye el propio Gobierno
Bolivariano del Presidente Chávez, que ha dado muestras inequívocas de identificarse
con los intereses de los pueblos indígenas, convirtiendo este tema en uno de sus
principales “estandartes ideológicos”. Sin desmerecer los grandes avances legislativos e
institucionales en favor de los pueblos indígenas impulsados por el Gobierno Bolivariano,
lo cierto es que dichos avances y la participación activa del Movimiento Indígena
Venezolano en el actual gobierno le ha restado un tanto de capacidad crítica. En este
sentido la necesaria auditoría social de los propios PPII sobre el trabajo del Gobierno en
materia indígena, no ha sido especialmente incisiva. Tampoco se han promovido acciones
judiciales a nivel nacional y mucho menos a nivel internacional, para mejorar el
desempeño, en esta materia, de las instituciones gubernamentales como la Comisión
Nacional de Demarcación.
La "proactividad gubernamental" en favor de los PPII se presenta, en muchos casos,
ignorante e insensible ante la cultura y experiencia indígena al proponer y aplicar
mecanismos, como el de los Consejos Comunales, que no se corresponden con el
contexto cultural indígena. Esto también constituye una clara amenaza para la efectiva
aplicación de la autonomía indígena, comprometiendo además la unidad, independencia y
capacidad de crítica del Movimiento Indígena.
En resumen, el reconocimiento formal por parte del Estado Venezolano de los derechos
colectivos de los PPII, en especial el derecho a la autonomía y sus territorios ancestrales,
tiene que acompañarse de la concreción de estos derechos y, en la línea de lo planteado
por diversos autores (Assies,Van Der Haar, Hoekema. 2008:9), “presenta el desafío de
lograr un equilibrio entre, por una parte, la participación indígena en el estado y sus
instituciones y por la otra, el respeto a la autonomía de las instituciones indígenas .
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[14.02.2009.21:13]. http://www.kaosenlared.net/noticia/venezuela-estan-demarcandoterritorios-indigenas-para-entregarselos-me
Por Francisco José Tomás Moratalla.