Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Dercons tema 2.4.3 complementaria
1. El uso y reproducción de este material es exclusivamente para usos didácticos www.ceuss.edu.mx
Derecho Constitucional
Unidad 2
2.4.3. Contenido material de la constitución
La Constitución material es aquella que integra la normatividad jurídica y la normalidad
reflejando la realidad. Tiene origen histórico, evoluciona de acontecimientos sociales. Las
concepciones materiales de la constitución surgen por el agotamiento de la concepción
formal de constitución ya que todo derecho constitucional que no tenga en cuenta las
realidades políticas acaba por carecer de virtualidad explicativa e interpretativa.
La doctrina de la constitución material supuso la negación de la constitución como norma.
Hay tres direcciones en las que derivó la constitución material:
Normativismo: Inspirado en Kelsen. La validez de las normas depende de su conformidad
con las normas de producción del derecho y esa es la función que se le otorga a la
constitución, la norma que regula la producción del resto del ordenamiento jurídico. Para
ella todas las normas tendrán validez de conformidad con la constitución. Este
procedimiento está basado en la validez de una norma superior que no puede ser parte de la
constitución escrita.
Es lo que denomina norma hipotética fundamental, norma superior a la propia constitución.
Esta concepción se basa en un estudio jurídico de la validez normativa basada en su órgano
de emisión y su adaptación a la constitución.
Teoría decisionista: Basada en las ideas de Schmidt. Esta teoría supuso en parte la
justificación de la política neonazi (y por ende de los regímenes totalitarios) porque
justifica cualquier decisión por parte del Estado. Considera la constitución no como una
norma sino como algo que la ha autorizado previamente y que es en definitiva quien le
otorga validez. El derecho no puede auto-fundamentarse y la constitución escrita no es una
excepción. En todo caso es una decisión anterior y superior al texto constitucional, decisión
que ha sido tomada por sus elementos fundamentales, entendidos como tales los poderes
del estado, la clase política, e incluso, la propia sociedad. Constitución es por tanto la
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Derecho Constitucional
Unidad 2
decisión singular sobre la forma y el modo de toda estructura política. Lo que conlleva es
que es legítima, no la constitución sino una decisión política.
Doctrina sociológica basada en la escuela italiana: Está basada en que toda constitución
parte de una consideración primaria. La preexistencia de una comunidad política dotada de
poder soberano, organizada en instituciones cuyo papel predominante corresponde al
estado. Sobre esta base se entenderá que la constitución no es otra cosa que la constitución
del propio estado y de su ordenamiento, entendido en su conjunto. La norma fundamental
contiene las normas básicas de producción pero no contienen las normas importantes que
afectan a la constitución del Estado. Para ellos constitución es toda norma que afecta a las
constituciones básicas del estado y entienden que dentro de la propia constitución existe
derecho escrito que formalmente no debería considerarse como constitución.