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Derecho Administrativo – Concepto:
Es la rama del derecho público interno que tiene por objeto el conjunto de
principios y normas que regulan la estructura de la administración pública, las actividades
realizadas por las mismas en ejercicio de la función administrativa, los medios utilizados,
la participación de los administrados, el control sobre la función ejercida y las
responsabilidades emergentes del ejercicio de dicha función.1
El Derecho Administrativo es por excelencia competencia del Poder Ejecutivo,
pero también existen Actos Administrativos en el Poder Legislativo y Judicial”.
Importancia de su Estudio:
Tiene la finalidad de identificar los principios y las normas que orientan la
actuación del Estado en el cumplimiento de su propósito de servir al bien común, a través
del ejercicio de una de sus funciones, la administrativa. Finalidad del Estado: Bien
Común.2
Al estudiar al derecho administrativo se puede conocer las diversas maneras en
la que el Estado actúa, por otro lado, también entender las formas en que los
administrados pueden intervenir a participar en la actuación administrativa, como así
también conocer los recursos disponibles como una forma de revisión de los actos
administrativos.
Relaciones con otras disciplinas jurídicas
A) Derechos Constitucional: El Derecho Constitucional como rama del Derecho
Público Interno tiene por objeto a la Constitución que es el conjunto de principios y
normas que limitan, controlan y organizan los Poderes del Estado, entre los que
se encuentra el poder Administrativo.
 La Constitución en su función de limitación del poder estatal establece una serie
de derechos a favor de las personas, estos derechos se constituyen en
garantías contra la arbitrariedad de la administración pública a favor del
administrador.
 Por otra parte, la Constitución organiza el poder del Estado al establecer los
órganos, la composición y las competencias de los mismos, que constituyen la
fuente de regularidad de las funciones públicas.3
B) Derecho Tributario y Financiero: La relación con esta disciplina jurídica es notable
ya que al Derecho Tributario cabe la institución de los tributos y al Derecho
Financiero la realización de los ingresos y la ejecución de los gastos conseguidos
por medios de actos y procedimientos administrativos. De hecho, las actividades
desempeñadas por el Estado en la obtención de recursos y la satisfacción de los
gastos necesarios para atender sus fines envuelven actos, hechos y
procedimientos administrativos. 4
C) Derecho Penal: La relación con el Derecho Penal se percibe en dos sectores del
Derecho Administrativo.
 Derecho Administrativo Disciplinario: Es el conjunto de normas de carácter
administrativo por medio de la cual la administración pública ejerce su facultad
de corregir las irregularidades funcionales de los funcionarios públicos.
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 Derecho Administrativo Sancionador: Es el ejercicio de las facultades de
sanción contra los administrados quienes incurren en la violación de las normas
administrativas.5
D) Derecho Procesal Penal: Su vinculación surge del hecho de que sus medidas
sancionatorias, tanto a los funcionarios como a los administrados, deben
imponerse respetando los derechos procesales de las personas sometidas a la
pretensión punitiva del Estado, sea en el proceso penal o en el administrativo por
expresa disposición del Art. 17 de la C.N., tales como: El derecho a la defensa,
presunción de inocencia, debido proceso.6
 Derecho Civil: El Derecho Civil regla temas del Derecho Administrativo como:
Clasificación de los bienes públicos, responsabilidad extracontractual del Estado,
clasificación de las personas jurídicas públicas y con el derecho comercial lo relativo
a la constitución de las personas jurídicas.6
 Derecho Procesal Civil: La vinculación del Derecho Procesal Civil con el Derecho
Administrativo resulta evidente en nuestro orden jurídico, en el ámbito del proceso
contencioso administrativo en el que la ley 1462/35 que establece el Proceso
Contencioso Administrativo se remite expresamente a las disposiciones del Código
Procesal Civil como norma de aplicación supletoria.7
 Derecho Laboral: El Derecho Administrativo se relaciona con el Derecho Laboral en
dos aspectos puntuales.
 Las normas del Derecho Laboral son de aplicación supletoria en algunos aspectos
de la relación funcionarial pública, conforme a la Ley 1626/2000.
 La competencia del Estado de ejercer la policía administrativa laboral, por medio de
la Dirección Administrativa del Trabajo, ejerciendo el control sobre el cumplimiento
de la normativa laboral. (Vacaciones, 8 horas, menores de edad, permisos de
maternidad, previsión social…). 7
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Relaciones con otras disciplinas jurídicas:
D.
Constitucional
El Derecho Constitucional limita, controla y organiza a los poderes,
entre los que se haya el poder administrativo.
D. Tributario y
Financiero
Las actividades desempeñadas por el Estado en la obtención de
recursos y la satisfacción de los gastos necesarios para atender sus
fines envuelven actos, hechos y procedimientos administrativos,
competen al Derecho Administrativo y al Derecho Tributario y
Financiero.
D. Penal
La relación con el derecho penal se percibe en la facultad tanto del
Derecho Penal como del Derecho Administrativo de disciplinar a los
funcionarios públicos y sancionar a los administrados en caso de
infracciones administrativas.
D. Procesal
Penal
Las vinculaciones surgen del hecho que las medidas sancionatorias,
tanto a los funcionarios públicos como a los administrados, deben
imponerse respetando los derechos procesales sea en el derecho
administrativo como en el derecho penal.
D. Civil
El derecho civil regla los temas administrativos en general.
(Clasificación de bienes, patrimonio, etc.)
D. Procesal
Civil
Como norma de aplicación supletoria al proceso contencioso
administrativo.
D. Laboral
Aplicación supletoria a la ley del funcionario público y como policía
de la administrativa laboral sobre cumplimiento de las normativas.
Fuentes del Derecho Administrativo
Existen dos clases de fuentes:
 Fuentes Formales: Se hayan constituidas por las normas jurídicas de carácter
vinculantes que sirven para fundar las pretensiones de los litigantes y las sentencias
en sedes administrativas o contencioso administrativas. Las fuentes formales del
derecho son:
 La Constitución Nacional.
 Los Tratados Internacionales.
 La Ley.
 El Reglamento.
 Las Actos Administrativos.
 Los Contratos Administrativos.8
 Fuentes Informativas: Son las que sirven para orientar las decisiones de los
operadores del orden jurídico administrativo o las pretensiones de los administrados.
Son:
 La Doctrina.
 La Jurisprudencia.9
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UNIDAD II.
PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO. Concepto. Principio de
Supremacía del Interés Público sobre el Interés Privado. Principio de Legalidad.
Principio de Razonabilidad. Principio de Proporcionalidad.
Principio de Motivación. Principio de Impersonalidad. Principio de Publicidad.
Principio de Debido Proceso Legal. Principio de Moralidad Administrativa.
Principio de Control Judicial de las Actividades Administrativas. Principio de
Responsabilidad del Estado.
Los Principios Administrativos:
Los principios son valores del orden jurídico administrativo que debe informar toda
la normativa y la actividad de la administración pública. Es por ello que violar un principio
es mucho más grave que violar una norma, porque la violación del principio afecta a todo
el orden jurídico y no solamente una ventaja o desventaja establecida en la norma.10
Los Principios establecidos en el Derecho Administrativo son:
 Principio de Supremacía del Interés Público sobre el Interés Privado: Este
principio surge de la actividad estatal que consiste en la búsqueda de la satisfacción
del interés colectivo. El principio debe ser enfocado en dos aspectos relevantes para
la administración pública:
 Como elemento de orientación de la actividad: Tiene la virtualidad jurídica de
imponer que la actividad de la administración siempre tenga la finalidad de
satisfacer el interés de la colectividad y no intereses personales o de grupos.
 Como autorización legal para imponer restricciones a las actividades de los
particulares: Sirve de fundamento a los poderes de la administración pública para
la imposición de límites o restricciones a las actividades de los particulares, cuando
estas actividades pueden interferir en los intereses de la colectividad.11
La Constitución Nacional en su Art 128 establece “en ningún caso el interés de los
particulares primara sobre el interés general…”
 Principio de Legalidad o Juridicidad: Es la proyección del principio fundamental
del Estado de Derecho que implica que la voluntad de la administración pública
expresada por medio de las actividades funcionales proviene del conjunto de
principios y normas jurídicas. El principio de juridicidad se proyecta en la relación
jurídica administrativa en los siguientes supuestos:
 Subordina la actividad administrativa a la juridicidad: toda actividad de la
administración pública debe estar autorizada por el orden jurídico
 Determina la eficacia de la actividad administrativa: Si la administración pública
realiza una actividad no autorizada en el orden jurídico, dicha actividad quedará
invalidada por vicio de legalidad, y por consiguiente, ineficaz para producir efectos
jurídicos en la relación administrativa.
 Delimita la finalidad de la actividad administrativa: La juridicidad fija los límites de la
actividad de la administración pública conforme con la finalidad de la acción
autorizada, por lo que, si la decisión administrativa que constituye el medio
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autorizado por la ley para alcanzar una finalidad, no tiene la debida relación
proporcional, se torna un acto inválido.12
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Se debe comprender que es lo opuesto al el Derecho Civil pues en el mismo decimos
“Todo lo que no está prohibido por ley está permitido” y en el Derecho Administrativo:
“Todo lo que no está expresamente autorizado por ley o norma administrativa está
prohibido”
 Principio de Finalidad: La finalidad fijada en la norma jurídica conectada a la
satisfacción del interés de la colectividad o denominaciones similares como el interés
colectivo o el bien común, debe ser la orientación de la actividad de la administración
pública.13
 Principio de Razonabilidad: Este principio se constituye en un límite a la entidad
administrativa en el sentido de que sus decisiones deben tener una perfecta
concordancia entre el motivo, medio y fin. Es decir, existe racionalidad de una
actividad administrativa cuando los tres elementos (motivo, medio y fin) guardan una
congruencia interna y externa. Ejemplo:
 La violencia generalizada en el Estadio Defensores del Chaco. (Motivo)
 Las autoridades administrativas disponen el ingreso por separado de las hinchadas
(Medio)
 Para preservar la seguridad en el Estadio (Fin).14
 Principio de Proporcionalidad: La proporcionalidad se constituye en la medida del
ejercicio de la competencia administrativa para evitar el exceso o desvío del poder.
Este principio tiene el objetivo de evitar los excesos en el ejercicio de las competencias
administrativas y es de similar importancia en el ejercicio de las actividades
ordenadoras y en el ejercicio de su competencia disciplinaria y sancionadora.15
 Principio de Motivación (Fundamentación): Este principio impone a la administración
pública el deber de exponer las razones del hecho y de derecho por el cual tomo la
decisión administrativa. Solamente si la administración enuncia las razones de su
decisión se puede evaluar la concordancia o discordancia con los principios
informadores de la actividad administrativa. La administración pública debe
fundamentar lo resuelto.16
 Principio de Impersonalidad: Este principio tiene dos aspectos:
 La relacionada con la finalidad de administración pública, que implica que ella no
puede actuar para perjudicar o beneficiar a determinada persona, habida cuenta
que el interés público debe guiar su comportamiento.
 Que las decisiones administrativas no son imputables a los funcionarios que los
practican, sino a los órganos o entidades de la administración pública, de manera
que ella es el autor institucional de la decisión. El funcionario es apenas el titular
del órgano que formalmente realiza la voluntad estatal.17
 Principio de Publicidad: Este principio implica la necesidad de que todas las
actividades de la administración pública deben ser puesta a conocimiento de los
ciudadanos en cuya representación se ejerce el poder administrativo. La publicidad de
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los actos públicos es un requisito esencial que se origina de la organización
republicana del Estado.17
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 Principio del Debido Proceso Legal: Este principio aplicado al Derecho
Administrativo se traduce en la exigencia de que el ejercicio de la potestad punitiva de
la administración pública en el procedimiento administrativo sancionador, sean
efectuadas conforme con las pautas legales prefijadas y con las debidas garantías de
participación del acusado en el procedimiento. El debido proceso como conjunto de
reglas establecidas para el ejercicio de la pretensión punitiva de la administración
pública contra los funcionarios y los administrados por infracciones a las normas
administrativas, comprenden dos aspectos básicos:
 El Debido Proceso Material: Implica que el procedimiento administrativo
sancionador debe observar la concurrencia de los presupuestos previstos en las
leyes sancionadoras de fondo o materia, tales como la tipicidad de las infracciones
y la legalidad de las sanciones a las conductas típicas administrativas.
 El Debido Proceso Formal: Requiere la existencia de un cause normativo para el
desarrollo de la investigación contra la persona imputada que garanticen las
condiciones.18
 Principio de Moralidad Administrativa: La moralidad como Principio General del
Derecho implica la conducta encuadrada dentro de los valores de la rectitud y la
honestidad en las relaciones jurídicas. La moralidad administrativa se halla
conformada por un conjunto de reglas de conductas de los funcionarios de la
administración pública que, en el orden jurídico, son consideradas como pautas de
comportamiento deseables dentro de una sociedad. Las reglas de conducta de los
funcionarios administrativos serán inspiradas en los valores de la honestidad, la
eficiencia administrativa, la justicia y la equidad.
 Principio de Control Judicial de las Actividades Administrativas: En la proyección
del Estado de Derecho sobre la administración pública por lo que se habilita la
verificación de actividades administrativas por un órgano especializado e imparcial
como el Poder Judicial, para preservar los principios de la juridicidad de los actos
normativos y la correcta utilización de los recursos públicos en los actos financieros.19
Ejemplos:
 La acción contencioso administrativa para el control de la legalidad administrativa.
 La acción civil para reclamar la indemnización por los daños causados por la
administración pública.
 Las acciones de garantías constitucionales como las de Habeas Corpus, Amparo,
Habeas Data y la Inconstitucionalidad.
 Principio de Responsabilidad del Estado: Este principio se traduce en la obligación
de las entidades públicas de reparar económicamente los daños causados que se le
imputen conforme con el orden jurídico a consecuencia de conductas unilaterales,
lícitos o ilícitos, comisivos u omisivos, materiales o jurídicos. La obligación del Estado
de reparar los daños causados a los administrados por sus actividades, está
establecida en la propia Constitución Nacional.20
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UNIDAD III.
ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Concepto. Principios
Informadores de la Administración Pública: a) Principios vinculados a la actividad
funcional y b) Principios vinculados al aspecto formal u organizacional. Órgano
Público. Concepto. Cargo y agente público. Técnicas de Atribución de la actuación
de los agentes públicos al órgano administrativo. Estructura Administrativa en
Paraguay: a) Administración Central; b) Órganos Extra poderes; c) Administración
Descentralizada en el ámbito local; d) Entidades Estatales; e) Órganos
Descentralizados y f) Entidades Reguladoras.
Estructura de la Administración Pública:
Definición: Es el conjunto de entidades y órganos que establecen un orden jurídico
determinado para la realización de las actividades administrativas del Estado. Los
elementos que componen la definición son los siguientes.21
a) Conjunto de entidades y órganos administrativos
b) Determinadas por el orden jurídico del Estado.
c) Para la realización de las funciones administrativas.
Elementos componentes de la Estructura de la Adm. Pública:
 Entidades Públicas: Son centros de competencias dotadas por el orden jurídico de
personalidad jurídica propia para el ejercicio de sus actividades funcionales.
Ejemplo: Las Gobernaciones, los Municipios, las Secretarías de Estado.
 Los Órganos Públicos: Son los centros de competencias destinados al ejercicio de
determinadas actividades administrativa sin personalidad jurídica, dependientes de
las Entidades Públicas.
Ejemplo: El Dpto. de Tránsito de un Municipio, el Dpto. de Migraciones dependiente
del Ministerio del Interior, Asesoría Jurídica de una Gobernación.
 Cargos: Son los puestos de trabajo establecidos en forma jerárquica de los
diferentes órganos que integran la Estructura de la Administración Pública.
 Agentes Públicos: Son las personas físicas designadas legalmente (como la ley
dice) para el ejercicio de las funciones que se atribuyen a los diferentes órganos del
aparato estatal. (Funcionario Público).
Principios Informadores de la Administración Pública.
Se dividen en dos tipos de principios a) Principios vinculados a la actividad funcional y
b) Principios vinculados al aspecto formal u organizacional
PRINCIPIOS VINCULADOS A LA ACTIVIDAD FUNCIONAL
 Legalidad: El Principio de Legalidad como garantía de las personas contra los actos
de administración está consagrado en el:
 Art. 9 C.N. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni privado de lo que
ella no prohíbe.
 Como regla de actuación de los órganos públicos en el Art. 257 C.N., al disponer
“Los órganos de Estado se subordinan a los dictados por la ley”.22
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 Eficacia: Consiste en el logro de las metas o de los objetivos trazados para una
organización o una empresa pública.22
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Ejemplo: El Ministerio de Salud Pública se propone como meta del plan anual
aumentar el número de Centros Hospitalarios en un 10%, la gestión será eficaz si se
logra el aumento de los Centros Hospitalarios en la cantidad propuesta.
 Eficiencia: Es un principio de economía que toma en cuenta la relación
costo-producto, es decir, que parte de la base de relacionar, de comparar
cuánto cuesta producir un bien o servicio. Es así como se afirma que es
eficiente, si se logra producir un bien o un servicio, con el menor costo
posible.23
 Supremacía del Interés Público: Es también denominado principio de finalidad
pública, debe estar presente al momento de la elaboración de las leyes y al momento
de su ejercicio por la administración pública. El principio inspira al legislador y vincula
a las autoridades administrativas en toda su actuación.23
 Presunción de Legalidad de los Actos: Este principio comprende dos aspectos:
 Presunción de Verdad: con relación a la certeza de los hechos y, por otro lado,
 Presunción de Legalidad: pues si la Administración Publica se somete a la Ley, se
presume salvo prueba en contrario, que todos sus actos son verdaderos y
practicados con observancia de las normas legales pertinentes.24
 Impersonalidad: Significa que los actos y hechos administrativos son imputables no
a los funcionarios públicos que lo practican, sino a los órganos y entidades de la
administración pública.25
“Lo que hace el agente público no es a título personal, sino que a título del Estado”.
 Publicidad: Los actos de los administradores públicos deben ser conocidos por los
dueños del poder en cuya representación actúan los funcionarios como
administradores de la cosa pública La administración publica tutela los intereses
públicos por lo que no se justifica el secreto de sus actos salvo que el propio interés
público así lo determine.25
 Jerarquía: Es una técnica de distribución de las distintas funciones asignadas a los
órganos públicos. Es un sistema de estructuración elaborada, normalmente piramidal,
donde los órganos superiores ejercen el control y la dirección de las funciones
atribuidas a los órganos inferiores.26
PRINCIPIOS VINCULADOS AL ASPECTO FORMAL U ORGANIZACIONAL
Principio de auto-organización: Es la competencia atribuida por el orden jurídico a las
entidades públicas para crear los órganos públicos dependientes de la misma y
determinar su composición y funciones. 27
Principio de Competencia: puede ser definida como el conjunto de poderes,
atribuciones y facultades que son atribuidos por el orden jurídico a las entidades y
órganos públicos para el cumplimiento de las funciones que le han sido asignadas. 28
Jerarquía: Es una técnica de distribución de las distintas funciones asignadas a los
órganos públicos. Es un sistema de estructuración escalonada, normalmente piramidal,
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de los diversos órganos; en virtud del mismo, los órganos superiores ejercen el control y
la dirección de las funciones atribuidas a los órganos inferiores para reducirlos a unidad
y coordinarlos hacia un fin determinado.26
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Coordinación: La coordinación es una función administrativa que tiene por objeto reunir
las diversas actividades en el logro de una misma finalidad para evitar la duplicación de
esfuerzos y acciones de los distintos órganos públicos.29
Cooperación: Es una coordinación voluntaria desde una posición de igualdad de los
diversos Entes Públicos sin carácter imperativo ni coactivo para la efectividad de los fines
atribuidos a cada una de las entidades.30
Auto tutela Administrativa: Es la obligación de la Administración Publica de velar por
la juridicidad, moralidad, eficiencia de sus actos, como la adecuación de sus actividades
a las finalidades establecidas en las normas jurídicas administrativas. 30
Estructura Administrativa en Paraguay
 Administración Central: Conforme con los términos del Art. 1 de la ley 1626/2000, de
la función pública, se haya integrado con los órganos competentes de los poderes
constitucionales supremos como el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder
Judicial.31
 Administración de los Órganos Extra Poder: Estos órganos estatales son creados por
la C.N., con personalidad jurídica propia y sin dependencia funcional y jerárquica con
los otros órganos del Estado.
Ejemplo: Consejo de la Magistratura, Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.32
 Administración Descentralizada en el Ámbito Local: Las entidades descentralizadas
dentro del orden jurídico nacional las componen esencialmente los gobiernos
departamentales y municipios por mandato constitucional.32
 Entidades Estatales: Las entidades públicas son las que tienen personalidad jurídica
propia que la habilita a realizar sus actividades en el ámbito de las relaciones
jurídicas.33
 Entidades Reguladoras: Son entidades estatales creadas por Ley, con personalidad
jurídica, destinada a regular, controlar y dirimir conflictos en determinadas actividades
consideradas de interés de la colectividad.34
Ejemplos: INCOOP, ERSASAN, CONATEL, etc
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RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
95.
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RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
105.
35
Dromi,J.R. (2009). DerechoAdministrativo. Argentina:HispaniaLibro.Pág. 197.
36
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
112.
37
Dromi,J.R. (2009). DerechoAdministrativo. Argentina:HispaniaLibro.Pág. 109.
38
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
115.
39
VillagraMaffiodo,S.(2008).Principiosde DerechoAdministrativo(2da
ed.).Asunción - Paraguay:
Servilibro.Pág. 44.
40
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
117.
41
Dromi,J.R. (2009). DerechoAdministrativo. Argentina:HispaniaLibro.Pág. 124.
42
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
123.
43
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
127.
UNIDAD IV
Actividades Normativas de la Administración Pública
Hechos Administrativos
Es toda actividad material,traducidaenoperacionestécnicasoactuacionesfísicas ejecutadasen
el ejercicio de la función administrativa, productiva de efectos jurídicos directos o indirectos. 35
Impugnabilidad:Los hechosadministrativospuedenserobjetosde impugnación,seaparainterrumpirel
hecho o para obtener la reparación por su consecuencia dañosa. 36
Las vías para la impugnaciónexistendos:si aúnno se produjoel daño se debe interponerlagarantía del
Amparo,peropara que procedase debe agotar la instanciaadministrativa,la segundavíaidóneasi yael
daño se produjo es el juicio ordinario de indemnización de daños.
Actos Administrativos
Es todadeclaraciónunilateral efectuadaenel ejerciciode lafunciónadministrativaque produce
efectos jurídicos directos e individuales. 37
Elementos de Regularidad del Acto Administrativo
Los actos administrativos requieren para su validez de ciertos elementos cuya concurrencia
conjuntaloconvierte enunacto regularya lafaltade cualquierade elloslotornaenunacto viciadoyen
consecuencia, sancionada con la declaración de nulidad. 38
Los Presupuestos de la Regularidad del Acto Administrativo:
 Legalidad: En este punto el agente estatal se encuentra en posición radicalmente diferente a las
personasdel DerechoPrivadoparalasque rigelaregla“estápermitidotodolo quenoestáprohibido”.
En cambio, la autoridad no puede limitarse a examinar si el acto no le está prohibido,sino que debe
asegurarse que el mismo acto este positivamente autorizado. 39
 Motivación:Fundamentaciónde ladecisiónadministrativa,enloshechosyenelderechoquejustifican
la emisión del acto administrativo.
 Competencia: Es el conjunto de atribuciones que en forma expresa o razonablemente implícita
confiere la constitución y las leyes a las autoridades administrativas. 40
 Voluntad:La voluntaddelactoadministrativoestácompuestaporlavoluntadsubjetivadel funcionario
y la voluntad objetiva el legislador. 41
 Forma: Se entiende el modocomose instrumentayse daaconocerlavoluntadadministrativa.Esdecir,
el modo de exteriorización de la voluntad administrativa. 42
 Causa: La causa del acto administrativo eslacorrectaadecuaciónentre lospresupuestosdel actoysu
objeto, o sea es el vínculo de pertenencia entre el motivo y el contenido del acto. 43
44
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
128.
45
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
140.
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141.
47
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
145.
Tipos de Actos Administrativos
 Acto de Autorización:Es el acto unilateral por el cual,la administración,discrecionalmente
faculta el ejercicio de la actividad material, teniendo por regla, carácter precario. 44
 Acto de Admisión: Es el acto bilateral por el cual la administración faculta a alguien la
inclusión en el establecimiento gubernativo para el usufructo de un servicio público.
 Acto de concesión:Es el acto mediante el cual,laAdministraciónamplíalaesferajurídicade
alguien.Esdecir,confiere aunapersonaunderechoo un poderque antesnotenía. 45
 Acto de sanción: Es el acto por medio del cual la Administración impone una consecuencia
dañosa a los infractores del orden jurídico administrativo.
 Acto de Registro: Es el acto por el cual la Administraciónanota,enla forma prescriptaporel
derecho objetivo, determinados actos o hechos cuya realización se quiere hacer constar en
forma autentica.
 Acto de certificación:Es el acto por mediodel cual laAdministraciónafirmalaexistenciade
un acto o un de un hecho.Se hace constar por escrito,entregándoseal interesadoel
documentorespectivo. 45
Reglamento:
Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce
efectos jurídicos generales.
Es toda norma de alcance general emitida por la administración pública, que desde una
concepción amplia configura una de las especies del acto administrativo. 46
Caracteres
a) Unilateral
b) General
c) Ejecución de una Ley
Impugnabilidad
Se realizalaimpugnaciónante el Tribunal de Cuentas,puessu aplicaciónpuede afectara un
administrado
Simple Acto de Administración:
Constituye la forma de exteriorización de las actividades consultivas de determinados órganos
que emitendeclaracionesparala formaciónde la unidad decisoriade otros órganosadministrativos. Es
una modalidadde comunicaciónentre losdiferentesórganoscomponentesde laAdministraciónPublica.
47
Caracteres del Simple Acto de Administración:
 Faltade eficaciajurídica.
 Faltade estabilidad.
 Inimpugnabilidad.
48
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
147.
49
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
148.
UNIDAD V.
INVALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. Concepto. Supuestos de Invalidez
del Acto Administrativo. Convalidación y Conversión de los Actos
Administrativos:a)PorlaAdministración;b)Porel particularbeneficiario.Formas
de Extinciónde los Actos originalmenteválidos. Objeto de laRevocación. Efectos
de la Revocación. Actos originalmente viciados.
Anulación. Concepto. Sujeto habilitado para la anulación: a) Administración
Pública; b) Poder Judicial. Diferencia entre la Anulación y la Revocación del
Acto Administrativo.
INVALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.
La invalidez de los actos administrativos se concreta conla declaraciónde
la nulidad de la misma. La invalidez del acto administrativo ocurre por la falta de
uno de los requisitos de la regularidad del acto y se sanciona conla nulidad del acto
administrativo emitido en dichas condiciones. 48
SUPUESTOS DE INVALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO
 La nulidad por vicio de Objeto:Es nulo el acto cuando suobjeto está prohibido
por ley o física o jurídicamente imposible.
 La nulidad por vicio de la Competencia: Es nulo cuando el órgano
administrativo dictado porel órgano que no se halla habilitado para su emisión
por la razón de la materia, el territorio, el tiempo y el grado jurídico.
 La nulidad por vicio de Legalidad: Cuando el acto administrativo fue dictado
en violación de disposiciones constitucionales, legales y las reglamentaciones
dictadas en consecuencia.
 La nulidad por vicio de Forma: Son nulos los actos dictados en los supuestos
siguientes:
 Violación del derecho a la defensa.
 Cuando el acto carezca de la firma del agente responsable del órgano
emisor.
 Inexistencia de la forma escrita cuando la misma es esencial para la
emisión del acto.
 La nulidad por vicio de la Causa: Cuando no existe la debida proporcionalidad
entre la causay el efecto dela decisión o no existe el presupuesto fáctico o jurídico
de una decisión.
 La nulidad por vicio de la Voluntad: Cuando el agente emisor del acto haya
tomado la decisión por error, dolo o violencia. 49
50
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152.
51
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153.
CONVALIDACIÓN Y CONVERSIÓN DE LOS ACTOS
ADMINISTRATIVOS
La convalidación consiste en un acto que puede ser realizado tanto por la
Administración Publica como también por el administrado para suplir la invalidez
del acto. Los medios de convalidación dependiendo del sujeto de quien emana
reciben las denominaciones siguientes: 1-POR LA ADMINISTRACIÓN a)
Ratificación, b) Confirmación y 2- POR PARTE DEL BENEFICIARIO a)
Saneamiento b) Conversión del acto Administrativo.
CONVALIDACION POR LA ADMINISTRACIÓN
Ratificación: Cuando el segundo acto administrativo por el que se corrige los
defectos invalidantes del primero lo realiza el propio órgano administrativo que ha
emitido el acto. 50
Confirmación: Es cuando el acto que corrige el defecto del primero proviene del
superior jerárquico. 50
CONVALIDACION POR PARTE DEL BENEFICIARIO
Saneamiento: Es cuando el particular cuya manifestación es una exigencia legal
para la validez del acto, que fuera omitido en la emisión del primero, concurrente
ante la Administración aformular la manifestación requerida para la validez del acto.
51
Conversióndel Acto Administrativo: Es el acto administrativo pormedio del cual
la Administración convierte un acto invalido en acto de otra categoría con efecto
retroactivo a la fecha del acto original con el objetivo de aprovechar los efectos ya
producidos por el acto invalidado. 51
Presupuestos para la Regularidad de
los Actos Administrativos
Vicios de Invalidez del Acto
Administrativo
Legalidad Vicio de Legalidad
Motivación Vicio de la motivación
Competencia Vicio de Competencia
Forma Vicio de Forma
Pronunciamiento o Voluntad Vicio de la Voluntad
Causa Vicio de la Causa
52
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
155.
53
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156.
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157.
FORMAS DE EXTINCIÓN DE LOS ACTOS ORIGINALMENTE
VÁLIDOS
La modalidad usual de la extinción de los actos administrativos Es su
cumplimiento efectivo en la forma y tiempo que determina el acto, pero también
puede extinguirse conforme con otras modalidades previstas en el derecho
administrativo.
Algunas de las formas de Extinción de los Actos Administrativos son:
Cumplimiento del contenido del acto: Se extingue cuando se cumple conla decisión
expresada en la misma. 52
a) Agotamiento del contenido jurídico: Cumple su finalidad consu sola emisión.
Ejemplo: Vacaciones a funcionario públicos. 52
b)Ejecución material del acto: cuando el acto ordena la realización de una operación
material, ejecutada la misma se ha agotado sus efectos jurídicos. 52
Cancelación: Es una extinción del acto administrativo porque el administrado no
cumplió las condiciones que debía mantener para continuar disfrutado la situación
jurídica. 53
Renuncia: Consiste en la extinción de los efectos del acto por reacción del
beneficiario. 53
Ejemplo: la renuncia de un funcionario público.
Caducidad: Es un medio de extinción del acto administrativo por la concurrencia
delos supuestos siguientes:
 Por sobrevenir una norma jurídica que torno inadmisible la situación antes
permitida por el derecho y otorgada por el acto precedente
 Por el transcurso del plazo
 Incumplimiento de condición por el beneficiario, es cuando la situación
jurídica otorgada por el acto no fue cumplida por el beneficiario. 53
Revocación: Es el acto por medio del cual la Autoridad, en ejercicio de su
competencia administrativa, concluye que determinado acto o relación Jurídica no
atiende el interés público y por eso resuelve eliminarlo a fin de proveer de manera
más satisfactoria las conveniencias administrativas. 54
OBJETO DE LA REVOCACIÓN
El objeto de la revocación es un acto valido que ha sido emanado de manera regular
55
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
159.
56
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165.
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166.
EFECTOS DE LA REVOCACIÓN
La revocación suprime un acto o sus efectos, pero respeta los efectos que ya
transcurrieron, por tanto, el acto revocador tiene eficacia ex nunc. 55
ANULACIÓN. CONCEPTO
La anulación es una forma de extinción de los actos administrativos por vicios
originarios queafectan uno delos presupuestos deregularidad o legitimidad del acto.
El acto administrativo invalido es aquel dictado endiscordanciaconel ordenjurídico
y a los efectos de restablecer la juridicidad se procede a su anulación. 56
SUJETO HABILITADO PARA LA ANULACIÓN
Administración Publica: la Administración Publica emisora del acto
administrativo invalidado puede proceder a su anulación sea de oficio o a petición
del interesado.
Poder Judicial: Tiene la competencia para anular los actos administrativos, a
petición de parte, conforme con las acciones judiciales previstas para el efecto. 57
DIFERENCIAENTRE LA ANULACIÓN Y LA REVOCACIÓN DELACTO
ADMINISTRATIVO
Las causales de la revocación se fundan en los supuestos de convivencia y
oportunidad, mientras la anulación en los vicios de la legitimidad
El objeto de la revocación es un acto valido que se vuelve inoportuno o
inconveniente al interés general y en la nulidad el objeto es un acto viciado o
irregular con la pretensión de reparar la juridicidad violada
Los sujetos habilitados, en la revocación es competente únicamente la
Administración Publica y la anulación es competencia tanto de la Administración
como del Poder Judicial.
En cuanto a los efectos elato de revocaciónno tiene efecto retroactivo, y la anulación
tiene efecto retroactivo. 58
59
PeñaVillamil,M. (1997). DerechoAdministrativo TomoIII.Asunción:Ed. UniversidadCatólica.Pág.
360.
UNIDAD VI.
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Definición. Caracteres específicos del
Contrato Administrativo. Los Procedimientos de contratación. Licitación
Pública. Concepto. Las etapas del procedimiento de Licitación. Licitación por
Concurso de Ofertas. Concepto. Contratación Directa. Concepto. Concepto.
ContrataciónInmediata con Fondos Fijos. Concepto. Derechosy Obligaciones
de las Partes:a) de la Administración; b) del Contratista. Motivos de extinción
del Contrato Administrativo. Tipos de Contratos Administrativos.
Contratos Administrativos
Definición: el contrato administrativo s aquel acto que la administración
pública celebra con otra persona (pública o privada) con el fin de satisfacer una
necesidad colectiva, sujeto a reglas del derecho público administrativo exorbitante
(superior) del derecho privado. 59
Elementos del Contrato Administrativo:
 Sujetos:
 Administración Pública: sontodos los órganos públicos o entidades públicas,
dentro de la estructura del poder público.
 Los Contratistas: Son las personas privadas físicas o jurídicas, nacionales o
extranjeras.
 Competencia y Capacidad: ambos se vinculan a la validez del contrato.
 Competencia: se exige que el órgano público tenga la habilitación legal para
suscribir el contrato.
 Capacidad: Los contratistas tenga la aptitud legal para celebrar y ejecutar el
contrato.
 Consentimiento: para que haya contrato se requieren dos voluntades válidas y
opuestas que concurran a su formación.
 Causa: Es el presupuesto fáctico que motiva la celebración del contrato. Ej.:
Necesidad de una ruta.
 Objeto: Es la obligación pactada por las partes
 Para la Administración: la principal es la de pagar el precio convenido.
 Para el Contratista: La de realizar una obra, proveer un determinado bien
conforme con la naturaleza del contrato.
 Finalidad: La administración pública al contratar debe buscar la satisfacción del
interés público que se haya definido en la ley.
 Forma: La forma se constituye en un modo concreto en que se documenta,
materializa e instrumenta la declaración de la voluntad contractual.
60
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
183.
61
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
184.
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RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
199.
CaracteresespecíficosdelContrato Administrativo:
 La participación del órgano público en el contrato. En todo contrato
administrativo, el Estado u otros órganos públicos deben ser parte. 60
 Limitación de la libertad de las partes:
 No puede disponer libremente del procedimiento de contratación, pues, según
nuestra legislación conforme a la cuantía varía las vías de contratación.
 No puede elegir al contratista porquedebe adjudicar el contrato al oferente que
haya presentado mejor oferta. 60
 Objeto: para que pueda ser considerado contrato administrativo debe establecer
una obligación de dar o hacer relacionado con el funcionamiento de una actividad
de interés de la colectividad. 61
 Clausulas Exorbitantes: En un contrato administrativo es usual la existencia de
cláusulas cuya presencia en los contratos civiles serán causales de nulidad. Estas
son:
 Dirección y Control de la Ejecución del Contrato.
 Facultad de modificar unilateralmente el contrato.
 Facultad de imponer sanciones.
 Faculta de rescindir unilateralmente el contrato.
 Desigualdad de entre las partes: Por el hecho de que una de las partes (la
administración pública) establece las condiciones del contrato y el contratista no
hace más que aceptarlas, se concluye que hay desigualdad de partes, siendo esta
desigualdad característica de los contratos administrativos. 61
PROCEDIMIENTOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Se refiere a las distintas modalidades de selección del contratista, que
establece los siguientes tipos de procedimiento:
 Licitación Pública: para las contrataciones que superen el monto equivalente a
10.000 jornales mínimos. (Se debe publicar).
 Licitación por Concurso de Ofertas: para contrataciones cuyo monto se
encuentre entre los 2.000 y 10.000 jornales mínimos. (Cartas de Invitación).
 ContrataciónDirecta:Es utilizado para contrataciones cuyos montos no superen
los 2.000 jornales mínimos.
 Con Fondo Fijo: Es una vía de contratación inmediata que es financiada con el
rubro de Caja Chica, cuando el valor de la contratación no sea superior a 20
jornales mínimos y para determinado objeto del gasto público. 62
LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
 El llamado a Licitación o Convocatoria.
 La adquisición del Pliego de requisitos de la licitación.
 Presentación de Ofertas.
63
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
245.
 La Apertura de Ofertas.
 La Evaluación de la Oferta.
 La Adjudicación.
 La Suscripción del Contrato.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones de la Administración pública
Las principales obligaciones de la Administración pública conforme la naturaleza
del contrato son los siguientes:
A) pagar el precio fijado en la cantidad y en el plazo fijado en el contrato.
B) poner a disposición del contratista alguna cosa que fuera objeto del contrato. 63
Derechos de la Administración Publica: las obligaciones según lo estable la Ley
2051/03 en su Artículo 55.- “Las contratantes gozan de los siguientes derechos:
a) a que se ejecuten los contratos en sus términos y condiciones y,
en su caso, a exigir su cumplimiento forzoso;
b) a modificar unilateralmente el contrato por razones de interés
público, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan, si hubiere
mérito;
c) a suspender o rescindir el contrato por razones de interés
público;
d) a declarar la resolución o rescisión del contrato, y determinar
los efectos procedentes en cada caso; y
e) a imponer las sanciones previstas en los contratos y a ejecutar
las garantías, cuando el proveedor o contratista no cumpla con sus
obligaciones.
Las resoluciones adoptadas por las contratantes en ejercicio de estas
prerrogativas, se ejecutarán de inmediato.”
Obligaciones delcontratista
A) Ejecutar la obra o entregar el objeto del contrato en la calidad estipulada
B) Entregar la obra o Bienes dentro del plazo convenido
Derechos del contratista: conforme lo determina la Ley 2051/03 en su Artículo
56.-“Los proveedores y contratistas tendrán los siguientesderechos:
a) a la plena ejecución de lo pactado, salvo los supuestos de
rescisión, resolución y modificación unilateralestablecidos en esta ley, en su
reglamento y en las bases;
63
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
245.
b) al reajuste de precios, para compensar las variaciones
sustanciales sufridas en la estructura de costos de los contratos, en los
términos que fije la ley, el reglamento y el pliego de bases; y,
c) a que se le reconozcan intereses financieros, en caso de que las
contratantesincurran en mora en el pago. Sila mora fuera superior a sesenta
días, el proveedor o contratista tendrá derecho a solicitar de la Contratante
la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables.”
MOTIVOS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
ADMINISTRATIVO
Artículo 57 de la Ley 2051/03 “TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
Los contratos terminarán:
a) por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
b) por mutuo acuerdo de las partes;
c) por sentencia ejecutoriada de la autoridad jurisdiccional, que
declare la nulidad, resolución o rescisión del contrato;
d) por decisión unilateral de la Contratante, en caso de
incumplimiento del proveedor o del contratista;
e) por muerte del proveedor o contratista persona física, o por
disolución de la persona jurídica, siempre que esta última no se origine por
decisión interna voluntaria de sus órganos competentes. Los representantes
legales y los integrantesde los órganos dedirección delas personas jurídicas
cuya disolución se tramita, están obligados, bajosu responsabilidad personal
y solidaria, a informara la autoridad a la quecompete aprobarla disolución,
sobre la existencia de contratos queaquéllastengan pendientescon entidades
del sector público y a comunicar a las contratantes respectivas sobre la
situación y causales de disolución.
Para los casos de disolución de personas jurídicas, antes de expedir la
resolución quela declare, la autoridad correspondiente deberá comunicar sobre el
particular a la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), para que ésta, en el
término de diez días hábiles, informe si la persona jurídica cuya disolución se
tramita no tiene contratos pendientes con entidades del sector público o precise
cuáles son ellos. Con la contestación de la UCNT, o vencido el antedicho término,
se dará trámite a la resolución, sin perjuicio de la responsabilidad de los
funcionarios que incumplieren su deber de informar.
Deexistir contratos pendientesdela persona jurídica frentea los organismos,
entidades o municipalidades, la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT)
63
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
245.
informará sobre aquéllosa la Procuraduría Generaldela República, para queésta
adopte las acciones conducentes a proteger y defender los intereses públicos,
debiendo adoptarlas medidasnecesarias para garantizarlos intereses del Estado.
Para el caso de las municipalidadesla protección de los intereses está a cargo del
Ejecutivo Municipal.
Artículo 58.- TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO
Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de
fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses
públicos ejecutar total o parcialmente el contrato, las partes podrán, por mutuo
acuerdo, convenir la extinción detodaso algunasdelasobligacionescontractuales,
en el estado en que se encuentren.
Salvoestipulación en contrario, la extinción delas obligacionescontractuales
por mutuoacuerdonoimplicará renuncia a derechos causadoso adquiridosa favor
de la Contratante o del proveedor o contratista. En estos casos, dicha entidad no
podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo sujeto.
Artículo 59.- RESCISIÓN DEL CONTRATO
La Contratante podrá rescindir administrativamente los contratos a los que
se refiere esta ley, en los siguientes casos:
a) por incumplimiento del proveedor o contratista;
b) por quiebra o insolvencia del proveedor o contratista;
c) cuandoel valor de las multassupera el monto de la garantía de
cumplimiento del contrato;
d) por suspensión de los trabajos, imputable al proveedor o al
contratista, por más de sesenta días calendario, sin que medie fuerza mayor
o caso fortuito;
e) por fraudeo colusión debidamentecomprobadodelproveedor o
contratista desde la adjudicación hasta la finalización del contrato;
f) por habersecelebradoun contratocontra expresa prohibición de
esta ley; y,
g) en los demáscasos estipuladosen el contrato, de acuerdo con su
naturaleza.
La Contratante iniciará el procedimiento de rescisión dentro de los quince
días calendario siguientes a aquél en que se hubiere agotado el plazo límite de
aplicación de las penas convencionales.
63
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
245.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se
hiciera entrega de los bienes, se prestasen los servicios o se ejecutasen las obras, el
procedimiento iniciado quedará sin efecto, sin perjuicio de las responsabilidades
del proveedor o contratista.
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
1) se iniciará a partir de que al proveedor o contratista le sea
comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que
en un término de diez días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y
aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
2) transcurrido el plazo a que se refiere el inciso anterior, se
resolverá considerandolos argumentos, pruebasycircunstanciasdel caso; y,
3) la determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá
ser debidamente fundada, motivada y comunicada al proveedor o al
contratista dentro de los quince días hábiles siguientes a lo señalado en el
inciso a) de este artículo.
Artículo 60.- TERMINACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES A LA
CONTRATANTE
El proveedor o el contratista podrá dar por terminado el contrato, por las
siguientes causas imputables a la Contratante:
a) por incumplimientodelasobligacionescontractualespor másde
sesenta días calendario;
b) por la suspensión de los trabajos por más de sesenta días
calendario, dispuestos por la Contratante, sin quemedie fuerza mayor o caso
fortuito; y,
c) cuandolos diseños definitivos sean técnicamente inejecutables y
no se hubiesen solucionado los defectos dentro de los sesenta días
calendario siguientes a aquél en que el proveedor o contratista lo hubiere
hecho del conocimiento de la Contratante.”
64
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
274.
UNIDAD VII.
ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LIMITACIÓN U ORDENADORA:
Fundamento Constitucional. Concepto. Características.
Técnicas Jurídicas del ejercicio de la función ordenadora: a) Actividad
Normativa; b) Operaciones Materiales. Formas de Manifestación. Límites al
ejercicio de esta actividad. Sanciones: a) personales; b) patrimoniales.
ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LIMITACIÓN U ORDENADORA
La función administrativa de limitación o de ordenación es actividad de la
administración expresada en acto normativo concreto que condiciona, con
fundamento en la supremacía general y en forma de ley, la libertad y la propiedad
de los individuos, mediante acción fiscalizadora, sea preventiva o represiva
imponiendo coercitivamente a los particulares un deber de abstención a fin de
conformar los compromisos a los intereses sociales consagrados en el sistema
normativo.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL
Artículo 9 - DE LA LIBERTAD Y DE LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS
Toda persona tiene el derecho a ser protegida en su libertad y en su seguridad.
Nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena ni privado de lo que ella no
prohíbe.
Artículo 72 - DEL CONTROL DE CALIDAD
El Estado velará por el control de la calidad de los productos alimenticios,
químicos, farmacéuticos y biológicos, en las etapas de producción, importación y
comercialización. Así mismo facilitará el acceso de factores de escasos recursos a
los medicamentos considerados esenciales.
Artículo 128 - DE LA PRIMACIA DEL INTERES GENERAL Y DEL DEBER
DE COLABORAR
En ningún caso el interés de los particularesprimará sobre elinterés general.
Todoslos habitantes deben colaborar en bien delpaís, prestando losservicios y
desempeñando lasfuncionesdefinidas como carga pública, que determinen esta
Constitución y la ley.
CARACTERÍSTICAS
Es una actividad sometida a la legalidad.
Es una restricción a la actividad de los particulares.
Es de carácter Auto ejecutorio.
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RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
281.
66
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
282.
67
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
285.
Es de carácter coactivo y preventivo.
Su fin es el de evitar daños a la colectividad y promover el bien común.
TÉCNICAS JURÍDICAS DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN
ORDENADORA
Actividad normativa: pueden ser generales y particulares
Generales: Son los emitidos por la autoridad administrativa como las
reglamentaciones que autorizan las leyes
Particulares: Son actos de aplicación individualizado y concreto, de las
disposiciones legales y reglamentarias efectuadas por la administración pública que
se exterioriza con diferentes denominaciones conforme con el objeto. Estos actos
administrativos pueden recibir la denominación de orden, autorización, permiso,
prohibición. 65
OPERACIONES MATERIALES
Conforman un conjunto de hechos que puede efectuar la administración en los
supuestos de violaciones de las normas de carácter ordenador tales como
cierre de locales comerciales, demolición de edificios, decomiso de mercadería de
venta prohibidas o vencidas, fiscalización. 66
LÍMITES AL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
La actividad ordenadora administrativa implica restricción o limitación de los
derechos individuales que se hallan consagrados en la normativa constitucional por
lo que suejercicio debe tener límites precisos, conformeconsufinalidad consistente
en armonizar dichos derechos individuales con los intereses de la colectividad,
igualmente protegidos por orden normativo constitucional.
Por consiguiente, la doctrina enumera una serie de límites a la actividad ordenadora
o limitadora qué sonlas siguientes legalidades, razonabilidad, respeto a la intimidad,
irretroactividad de las normas, impugnabilidad judicial. 67
LAS SANCIONES
Las sanciones se clasifican en dos tipos:
Sanciones personales: inhabilitación, retiro de personalidad jurídica, caducidad.
Sanciones patrimoniales: la multa, la clausura, el decomiso y, la demolición.
70
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
323.
71
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330.
UNIDAD VIII. SERVICIO PÚBLICO.
Concepto. JustificacióndelServicio Público. Principios Jurídicos o Caracteres
del Servicio Público. Forma de Prestación:a)Directa;b) Indirecta. Explotación
simultánea de una misma actividad en régimen público y privado. Derechos y
Obligaciones del usuario del Servicio Público. Protección del Usuario: a)
Protección administrativa; b) Protección Judicial.
SERVICIO PÚBLICO
Es la actividad administrativa, indispensable para la vida social, de prestación al
público, asumida en exclusividad por el Estado, bajo un régimen jurídico público,
cuyos caracteres son la regularidad, continuidad, obligatoriedad, mutabilidad e
igualdad. 68
ELEMENTOS DEL CONCEPTO DE SERVICIO PÚBLICO
 Actividad administrativa.
 Indispensable para la vida social.
 Actividad de prestación.
JUSTIFICACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO
 Retirar de la especulación privada ciertas actividades de interés preferente de la
sociedad.
 Realizar la justicia social poniendo al alcance de sectores sociales menos
favorecidos ciertos servicios esenciales para su desarrollo.
 Suplir las deficiencias del sector privado de la economía. 69
PRINCIPIOS JURÍDICOSO CARACTERES DEL SERVICIO PÚBLICO
Los principios jurídicos del servicio público
Principio de continuidad: los servicios públicos deben ser prestados sin
interrupciones salvo disposiciónlegal en contrario
Principio de regularidad: es la prestación del servicio de acuerdo con las reglas
normas o condiciones preestablecidas para el fin al que será aplicado
Principio de la igualdad o uniformidad: la prestación del servicio debe ser igual
para todos aquellos que se encuentren en situaciones comparables respetando las
distinciones de su condición que conduzcan a eventuales diferencias
70
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323.
71
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
330.
Principio de neutralidad: este principio tiene dos facetas porun lado la
prestación de los servicios no puede ser condicionada a la declaración de una
determinada Concepciónfilosófica ideológica o religiosa.
Principio de generalidado universalidad: es la posibilidad de que el servicio
pueda ser exigido y usado portodos
Principio de obligatoriedad:la obligatoriedad del servicio tiene una doble
proyección para el sujeto responsable de la prestación y para el usuario del servicio
Principio de mutabilidad: este principio implica que los servicios públicos
pueden variar conforme con la modificación de las necesidades de la colectividad
Principio de la contraprestaciónpor el usuario: este principio se vincula a la
modalidad de contraprestación del usuario por la utilización del servicio público es
decir el pago
Principio de eficiencia:consiste en la prestación del servicio público del modo
que satisfaga las necesidades públicas y que dicha finalidad se cumpla delo menos
oneroso para el usuario
Principio de responsabilidad:la administración pública tiene responsabilidad
patrimonial porsu actuación en general y porel funcionamiento normal o anormal
de los servicios públicos en cuanto se trata de una acción de prestación del estado
FORMA DE PRESTACIÓN
 Directa: ocurre cuando el Estado lo ejecuta por medio de sus propios órganos o
funcionarios que integran su estructura administrativa central o por medio de
órganos creados para el efecto. Ejemplo: Ande.
 Indirecta: ocurre cuando el Estado, titular de la prestación de servicio transfiere
a una tercera persona la ejecución, pero no la titularidad del servicio.
Ejemplo: Empresas tercerizadas que operan para la Ande. 70
EXPLOTACIÓN SIMULTÁNEA DE UNA MISMA ACTIVIDAD EN
RÉGIMEN PÚBLICO Y PRIVADO
Existen ciertos servicios públicos que sonprestados en régimen de competencia
entre el sectorpúblico y privado en este supuesto los servicios considerados de
utilidad pública prestados porlos particulares al igual que el sector público son
objeto de una fuerte reglamentación por el estado para mantener los principios
informadores del servicio público. 71
7
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71
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330.
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338.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL USUARIO DEL SERVICIO
PÚBLICO
Usuario del Servicio Público: Es la persona que utiliza el servicio prestado porel
Estado, cuya utilización del servicio crea un vínculo jurídico entre la entidad que la
presta y el usuario, vínculo que impone derechos y obligaciones a las partes.
Ejemplo: Usuarios de la Ande. 71
Derechos del Usuario
 Derecho a la prestación del servicio.
 Derecho a la continuidad, regularidad e igualdad en el goce de los servicios.
 Derecho a la información.
Obligaciones del Usuario
El usuario está obligado al pago por el servicio recibido que se haya
establecido en una tarifa fijada previamente porla entidad encargada dela prestación
del servicio.
PROTECCIÓN DEL USUARIO
Los usuarios disponen de los medios jurídicos necesarios para exigir el
cumplimiento de los principios informadores de la prestación del servicio público y
los derechos que le acuerda la ley.
Protección Administrativa
La protección de los derechos de los usuarios de los servicios públicos, ante
las autoridades administrativas opera por medio de la iniciación y trámite del
sumario administrativo en defensa del consumidor. 72
Protección Judicial
Dictada la decisión que motiva la reglamentación en sede administrativa, el
usuario disponedela víadeimpugnación judicial, ente el Tribunal deCuentas dentro
del término de 15 días de notificada la resolución, conforme con la ley. 7
73
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346.
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348.
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348.
UNIDAD IX
INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN LA ECONOMÍA:
Actividad económica del Estado en a la producción de bienes y servicios.
Técnicas para asumir la intervención directa. Actividad de Fomento
Administrativo. Técnicas de fomento administrativo. Actividad de
Planificación. Base constitucional.
ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL ESTADO EN LA PRODUCCIÓN DE
BIENES Y SERVICIOS
PRODUCCIÓN DE BIENES: Es cuando el estado asume en forma directa la
producción de bienes económicos destinados a la comercialización de los mismos
en la sociedad. Para el efecto, el estado utiliza como instrumento jurídico y material
a las empresas públicas a las que encomienda la producción y comercialización de
los bienes. 73
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: Es cuando el estado asume la prestación del
servicio de carácter privado. Es decir, son servicios no calificados como servicios
públicos que son prestados dentro de un régimen jurídico público como la
obligatoriedad de su prestación, continuidad, regularidad y exigibilidad. 73
TÉCNICAS PARA ASUMIR LA INTERVENCIÓN DIRECTA
Las técnicas utilizadas por el estado para asumir en forma directa la intervención en
la producción de bienes y servicios son la nacionalización de empresas privadas
existentes y la creación deempresas públicas en sus diferentes modalidades jurídicas
Nacionalización: es la transferencia de bienes pertenecientes a particulares a la
colectividad para utilizarlos en interés público, es decir la nacionalización implica la
preexistencia de empresas privadas que se dedican a las actividades productoras de
bienes o servicios que por un acto legislativo son transferidos a favor del estado
Empresas públicas: es una entidad creada por ley para la intervención económica
del estado por medio de la prestación de un servicio o la producción de un bien
determinado. 74
ACTIVIDAD DE FOMENTO ADMINISTRATIVO
El fomento es una actividad administrativa por la que el estado interviene en forma
indirecta en la economía mediante una serie de medidas de apoyo a los agentes
privados en actividades consideradas de interés colectivo. 75
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353.
77
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355.
TÉCNICAS DE FOMENTO ADMINISTRATIVO
Se traducen en medidas impulsadas por la administración pública a favor de los
agentes privados de la economíay que pueden consistir en: medidas honoríficas
medidas jurídicas medidas técnicas medidas económicas medidas de carácter
dinerario. 76
ACTIVIDAD DE PLANIFICACIÓN
La planificación estatal es un instrumento de intervención en la economía qué
consiste en la organización racional de medios y de actividades para alcanzar
objetivos determinados.
Por consiguiente, se puede señalar que la planificación es una técnica de acción
consistente en la fijación de unos objetivos o resultados alcanzar a corto mediano o
largo plazo y la fijación de conductas y medios que habrán de emplearse para
alcanzar los objetivos fijados con la finalidad de conseguir el desarrollo económico
social y cultural de la sociedad.
BASE CONSTITUCIONAL
La actividad de planificación posee base Constitucional en los siguientes Artículos:
Artículo 6 - DE LA CALIDAD DE VIDA
La calidad de vida será promovida por el Estado mediante planes y políticas que
reconozcan factores condicionantes, tales como la extrema pobreza y los
impedimentos de la discapacidad o de la edad.
El Estado también fomentará la investigación sobre los factores de población y sus
vínculos con el desarrollo económico social, con la preservación del ambienteycon
la calidad de vida de los habitantes.
Artículo 176 - DE LA POLITICA ECONOMICA Y DE LA PROMOCION DEL
DESARROLLO
La política económica tendrá como fines, fundamentalmente, la promoción del
desarrollo económico, social y cultural.
El Estado promoverá el desarrollo económico mediante la utilización racional de
los recursos disponibles, con el objeto de impulsar un crecimiento ordenado y
sostenido de la economía, de crear nuevas fuentes de trabajo y de riqueza, de
acrecentar el patrimonio nacional y de asegurar el bienestar de la población. El
desarrollo se fomentará con programas globales que coordinen y orienten la
actividad económica nacional.
Artículo 177 - DEL CARACTER DE LOS PLANES DE DESARROLLO
Los planes nacionales de desarrollo serán indicativos para el sector privado, y de
cumplimiento obligatorio para el sector público.
78
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365.
79
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367.
UNIDAD X. RECURSOS DEL ESTADO.
Concepto de Bienes Públicos. Distinción entre dominio eminente y dominio
público. Formas de obtenciónde los bienes. Clasificaciónde los bienes públicos
en nuestra legislación. Cambio del destino de los bienes públicos.
Características de los bienes públicos. Utilización de bienes públicos por
particulares. Control de la Administración de los bienes públicos. Jurisdicción
Competente.
RECURSOS DEL ESTADO
Bienes Públicos
Son las cosas de titularidad de las Entidades Públicas que integran su
patrimonio por disposición legal, destinadas al cumplimiento de sus fines y que se
rigen por el régimen de derecho administrativo. 78
Bien: Es todo lo que es susceptible de tener un valor económico.
LA DISTINCIÓN ENTRE DOMINIO EMINENTE Y DOMINIO PÚBLICO
 Dominio Público: Es la expresión utilizada para referirse a los bienes de
propiedad del Estado, porlo que traduce la titularidad o derecho de propiedad que
tiene el Estado sobredeterminados bienes, es un domino patrimonial sobrebienes
propios del Estado.
 Dominio Eminente: Es el poder político por el cual el Estado somete a su
voluntad todas las cosas de su territorio. Es una de las manifestaciones de la
soberanía nacional, que no encuentra límites sino en el orden jurídico
constitucional y alcanza a los bienes de las Entidades Públicas, los bienes de los
particulares y las cosas apropiables del interés público.
Ejemplo: En virtud del Dominio Eminente el Estado puede reglamentar la forma
de concesión del uso del espacio electromagnético, los recursos naturales que
impone restricciones a la propiedad de los particulares. 79
FORMA DE OBTENCIÓN DE LOS BIENES
 Compra: Es la forma usual de adquisición delos bienes muebles e inmuebles que
se regirá por la Ley de Contrataciones Públicas y que conforme con el valor de
los bienes deberá hacerse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la
citada ley.
 Donación:Es cuando un particular transfiere en forma gratuita a favor del Estado
un bien inmueble o mueble.
 Sucesión: Puede ocurrir por dos vías.
 Cuando por vía testamentaria se instituye un bien a favor del Estado, tal
como ocurre generalmente con obras artísticas, bibliotecas, etc.
 Por sucesión vacante.
80
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
369.
 Expropiación:Es la forma coactiva deadquisición debienes porparte delEstado,
por medio del procedimiento reglado por la propia constitución, por acto
legislativo y que exige la previa calificación del interés social e indemnización al
propietario afectado.
 Construcción de Obras Públicas: Es el medio de incorporación al patrimonio
del Estado, de los bienes de carácter edilicio y los bienes destinados al uso de la
colectividad, como los caminos, parques y plazas.
 Recaudaciónde RecursosenDinero:Serecaudaconformeconlas disposiciones
de las leyes tributarias y presupuestarias.
 Préstamos Financieros:A través de los Empréstitos estatales a nivel nacional o
internacional, conforme con la autorización legislativa por la que se reciben los
recursos de una entidad determinada por contrato o por la colocación de Bonos
emitidos por el Estado. 80
Clasificación de los Bienes Públicos en la Legislación Paraguaya
Conforme al Código Civil Paraguayo LOS BIENES EN RELACION A LAS
PERSONAS A QUIENES PERTENECEN se dividen en:
Art.1898.- Son bienes del dominio público del Estado:
a) las bahías, puertos y ancladeros;
b) losríos ytodaslasaguasquecorren porsuscaucesnaturales, yestosmismos
cauces;
c) las playas de los ríos, entendidas por playas las extensiones de tierras que
las aguas bañan y desocupan en las crecidas ordinarias y no en ocasiones
extraordinarias;
d) los lagos navegables y sus álveos; y
e) los caminos, canales, puentes y todas las obras públicas construidas para
utilidad común de los habitantes.
Los bienesdel dominiopúblicodelEstado, son inalienables, imprescriptiblese
inembargables.
Art.1899.- Las personas particulares tienen el uso y goce de los bienes
públicos del Estado, pero estarán sujetas a las disposiciones de este Código y a las
leyes o reglamentos de carácter administrativo.
Art.1900.- Son bienes del dominio privado del Estado:
a) las islas que se formen en toda clase de ríos o lagos, cuando ellas no
pertenezcan a particulares;
81
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374.
82
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375.
83
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386.
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387.
b) los terrenos situados dentro de los límites de la República que carezcan de
dueño;
c) los minerales sólidos, líquidos y gaseosos que se encuentren en estado
natural, con excepción de las sustancias pétreas, terrosas o calcáreas. La
explotación y aprovechamientodeestas riquezas, se regirán porla legislación
especial de minas;
d) losbienesvacantesomostrencos, ylosdelaspersonasquemuerenintestadas
o sin herederos, según las disposiciones de este Código; y
e) los bienesdelEstadonocomprendidosen el artículo anterioro noafectados
al servicio público.
CAMBIO DEL DESTINO DE LOS BIENES
 Afectación: Es el acto por medio del cual se destina un bien de propiedad del
Estado para el uso de toda la colectividad, con lo cual se incorpora a la categoría
de bienes de dominio público del Estado. 81
 Desafectación: Cuando el poder público retira un bien del uso común de la
población y lo incorpora a su patrimonio privado. El acto de desafectación deber
ser efectuado por la misma categoría normativa por la que ha incorporado al uso
común del pueblo. 82
CARACTERÍSTICA JURÍDICA DE LOS BIENES PÚBLICOS
 Inenajenabilidad: Es la cualidad de un bien por el cual un titular no puede
disponer de él. (no se puede vender)
 Inembargabilidad: No pueden ser embargados.
 Imprescriptibilidad: Significa que los bienes del Estado no pueden adquirirse
por la ocupación pacífica, pública y continua por determinado tiempo.
CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES PÚBLICOS
 Contraloría Generalde la República: tiene la competencia de ejercer el control
de la ejecución presupuestaria y la administración de los bienes públicos y para el
efecto, los administradores de los bienes públicos deben remitir anualmente a
dicha entidad la rendición de cuentas y balance patrimonial de la entidad. 83
 Auditoría General del Poder Ejecutivo: Es el órgano de control interno de las
entidades y órganos del Poder Ejecutivo. 84
81
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374.
82
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Jurisdicción Competente
 Tribunal de Cuentas:La tutela judicial en los conflictos que se guardan relación
conla utilización delos recursos patrimoniales del Estado, pormedio delejercicio
de la acción contencioso administrativo.
 Juzgados en lo Civil: La determinación del resarcimiento de daños a la
administración pública por la mala administración de bienes por parte de los
funcionarios públicos.
 Juzgados en lo Penal: la responsabilidad penal.
UNIDAD XI.
RECURSOS HUMANOS. Servidores Públicos. Concepto legal. Principios
constitucionales de la Función Pública:a) los que rigen el accesoa la misma; b)
los que rigen el ejercicio de dicha función. Requisitos para el Acceso a la
Función Pública. Derechos de los Funcionarios Públicos: a) Derechos
Individuales consagrados en la Constitución Nacional;b) Derechos Colectivos
de los trabajadores. Obligación de los Funcionarios Públicos. Personas
inhabilitadas para el ejercicio de la función pública. Supuestos de terminación
de la relación jurídica laboral. Órganos competentes para resolver cuestiones
relativas a la función pública.
RECURSOS HUMANOS
FUNCIONARIOS PÚBLICOS
La Ley 1.626/00 en su Art. 4° establece: “Es la persona nombrada mediante
acto administrativo para ocupar de manera permanente un cargo incluido o
previstoen el presupuestogeneral dela nación, dondedesarrolla tareasinherentes
a la función del organismo o entidad del Estado en el que presta servicios.”
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LA FUNCIÓN
PÚBLICAPRINCIPIOS
Los principios que rigen la función publica son de dos tipos: 1) los que rigen el
acceso a la función publica; y 2) los que rigen el ejercicio de la función publica.
LOS QUE RIGEN EL ACCESO A LA FUNCION PUBLICA
 Principio de Idoneidad: Implica que la persona que ha de ejercer un cargo
público tenga acreditada su idoneidad moral y técnica.
 Principio de Igualdad:Consiste en la igualdad para accedera los cargos públicos
no electivos.
Artículo 47 - DE LAS GARANTÍAS DE LA IGUALDAD
El Estado garantizará a todos los habitantes de la República:
1) la igualdad para el acceso a la justicia, a cuyo efecto allanará los
obstáculos que la impidiesen;
2) la igualdad ante las leyes;
3) la igualdad para el acceso a las funciones públicas no electivas, sin más
requisitos que la idoneidad, y
4) la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la
naturaleza, de los bienes materiales y de la cultura.
LOS QUE RIGEN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA.
Las personas queejercen la función pública están al servicio del país deconformidad
a lo establecido en la Constitución Nacional en su Artículo 101 “DE LOS
FUNCIONARIOS Y DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS.Losfuncionariosy los
empleados públicos están al servicio del país. Todos los paraguayos tienen el
derecho a ocupar funciones y empleos públicos.”
Responsabilidad del Funcionario: Ningún funcionario o empleado público está
exento de responsabilidad si ha cometido delitos o faltas en el desempeño de sus
funciones conforme lo establecido en la Constitución Nacional en el Artículo 106 –
“DE LA RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO Y DEL EMPLEADO
PUBLICO Ningún funcionario o empleado público está exento de
responsabilidad. En loscasosde transgresiones, delitoso faltasquecometiesen en
el desempeñode sus funciones, son personalmenteresponsables, sin perjuicio de
la responsabilidadsubsidiariadel Estado, con derecho de éste a repetir el pagode
lo que llegase a abandonar en tal concepto.”
Legalidadde Actuación: Los órganos del Estado se subordinan a los dictados en la
ley, es lo establecido por el Precepto Constitucional en el “Artículo 257 - DE LA
OBLIGACION DE COLABORAR CON LA JUSTICIA Los órganos del Estado
se subordinan a los dictados de la ley, y las personas que ejercen funciones al
servicio del mismo están obligadas a prestar a la administración de justicia toda
la cooperación que ella requiera para el cumplimiento de sus mandatos”.
Publicidad de los Actos: Implica que el funcionario como administrador de la cosa
ajena debehacer conocersuactuación alpueblo atendiendo que la forma degobierno
del estado paraguayo es de carácter Republicano por imperio del Artículo 1 de la
C.N. que textualmente dice: – “DE LA FORMA DEL ESTADO Y DE GOBIERNO
La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye
en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma
que se establecen esta Constitución y las leyes.
La Repúblicadel Paraguayadoptaparasu gobiernola democraciarepresentativa,
participativay pluralista,fundadaen el reconocimientode la dignidad humana.”
REQUISITOS PARA EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA
De conformidad a la Ley 1.626/00 en su Artículo 14, textualmente determina-
“Los interesados en ingresara la función públicadeberán reunirlassiguientes
condiciones:
a) tener nacionalidad paraguaya;
b) contar con dieciochoañosde edad comomínimoycuarenta ycincoaños
como máximo;
c) justificarel cumplimientodelasobligacionespersonalesprevistasporla
Constitución Nacional y las leyes;
d) poseer idoneidad y capacidad, necesarias para el ejercicio del cargo,
comprobadasmedianteel sistemadeselección establecidopara el efecto;
e) estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos;
f) presentar certificado de antecedentes judiciales y policiales; y,
g) no registrar antecedentes de mal desempeño de la función pública.”
DERECHOS INDIVIDUALES CONSAGRADOS EN LA C.N.
 Derecho a la no discriminación.
 Derecho a la protección especial a los discapacitados.
 Derecho de protección especial de las trabajadoras en estado de gravidez.
 Derecho a la limitación de la jornada laboral.
 Derecho a los descansos establecidos en el Código Laboral.
 Derecho a la remuneración mínima.
 Derecho al aguinaldo anual.
 Derecho a la bonificación familiar.
 Derecho a la estabilidad laboral.
 Derecho a la seguridad social.
 Derecho a permiso de ausentarse a su lugar de trabajo.
 Derecho a la renuncia del cargo.
 Derecho a la defensa.
 Derecho a la promoción o ascenso.
DERECHOS COLECTIVOS DE LOS TRABAJADORES
 Derecho a la sindicalización.
 Derecho a la huelga.
 Derecho a la suscripción de convenio colectivo de trabajo.
Obligaciones de los Funcionarios
Artículo 57 de la Ley 1.626/00 establece-“ Son obligaciones del funcionario
público, sin perjuicio de lo que se establezca en los reglamentos internos de los
respectivos organismos o entidades del Estado, las siguientes:
a) realizarpersonalmenteel trabajo a su cargoen lascondicionesdetiempo,
forma, lugar y modalidad que determinen las normas dictadas por la
autoridad competente;
b) cumplir la jornada de trabajo que establece esta ley;
c) asistir puntualmente al trabajo y prestar sus servicios con eficiencia,
diligencia, urbanidad, corrección y disciplina, y portar identificación
visible para la atención al público dentro del horario establecido y,
cuando fuere necesario, en horas extraordinarias;
d) acatarlasinstruccionesdelos superioresjerárquicosrelativasal trabajo
querealiza cuandoellasnosean manifiestamentecontrariasa lasleyesy
reglamentos;
e) observar una conducta acorde con la dignidad del cargo;
f) guardar el secreto profesional en los asuntos que revistan carácter
reservado en virtud de la ley, del reglamento, de su propia naturaleza o
por instrucciones especiales;
g) observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que
implica una conducta honesta y leal en el desempeño de su cargo, con
preeminencia del interés público sobre el privado;
h) denunciarcon la debidaprontitud a la justiciaordinariaoa la autoridad
competente los hechos punibles o irregularidades que lleguen a su
conocimiento en el ejercicio del cargo;
i) presentar declaración jurada de bienes y rentas, en el tiempo y en la
forma que determinan la Constitución Nacional y la ley;
j) concurrira la citaciónporla instruccióndeun sumarioadministrativoo
prestar declaración en calidad de testigo;
k) someterse periódicamente a los exámenes psicofísicos que determine la
reglamentación pertinente;
l) permanecer en el cargo en caso de renuncia, por el plazo máximo de
treinta días, si antes no fuese reemplazado;
m) cumplirlasdisposicionesconstitucionales, legalesyreglamentariassobre
incompatibilidad y acumulación de cargos públicos;
n) capacitarse en el servicio;
o) velarpor la economía y conservación del patrimoniopúblicoa su cargo;
y,
p) abstenersederealizaractividadescontrariasalorden públicoyal sistema
democrático, consagrado por la Constitución Nacional.”
PERSONAS INHABILITADAS PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCION
PUBLICA
De conformidad a la Ley 1.626/00 en su Artículo 16.-“Están inhabilitados para
ingresar a la función pública, así como para contratar con el Estado:
a) loscondenadosporsentencia firmea pena privativa delibertad, mientras
dure la condena;
b) los condenadosa penasde inhabilitación para el ejercicio de la función
pública;
c) los condenados por la comisión de delitos electorales;
d) los declaradosincapacesen juicio de conformidad a lo establecidoen el
Artículo 73 del Código Civil;
e) los ex- funcionarios y empleados que hubiesen terminado su relación
jurídica con el Estadopor causa justificada no imputableal empleador,
salvo que hayan transcurrido más de cinco años de la destitución; y,
f) los jubilados con jubilación completa o total de la administración
pública.”
Terminaciónde la relaciónjurídica entre el Estado y sus Funcionarios
El Artículo 40 de la Ley de la Función Publica establece: “La relación jurídica
entre un organismo o entidad del Estado y sus funcionarios terminará por:
a) renuncia;
b) jubilación;
c) supresión o fusión del cargo;
d) destitución;
e) muerte; y
f) cesantía por inhabilidad física o mental debidamente
comprobada”.
ÓRGANOS JUDICIALES COMPETENTES PARA RESOLVER LAS
CUESTIONES VINCULADAS A LA FUNCIÓN PÚBLICA
 Tribunal de Cuentas: Son competentes por la vía de la demanda contenciosa
administrativa en las cuestiones litigiosas suscitadas entre los funcionarios
públicos y el Estado.
 Juzgado de Primera Instancia en lo Civil: Son competentes en las cuestiones
relativas a los funcionarios contratados.
 Tribunal Electoral:Son competentes para entender en los conflictos suscitados
entre los funcionarios de los gobiernos departamentales y municipales.
 Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral: Son competentes para las
cuestiones vinculadas a empleados de carácter privado y en caso de declaración
de huelga de los funcionarios públicos.
85
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
506.
86
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
510.
87
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515.
UNIDAD XII.
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS
PÚBLICOS. Concepto. Fundamento. Principios Informadores del
Procedimiento Disciplinario: a) Legalidad; b) Derecho a la defensa del
funcionario; c) Prohibición de la utilización de pruebas ilegales;d) Prohibición
de la doble persecución administrativa; e) Presunción de inocencia; f)
Proporcionalidad;g) culpabilidad; h) irretroactividad; j) Juicio Público. Tipos
de Faltas Administrativas: a) Leves; b) Graves. Sanciones Administrativas.
Órgano de aplicación de las sanciones disciplinarias
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIO
PÚBLICOS
Es el conjunto de actividades realizadas por los sujetos del procedimiento en
el marco dela investigación de la conductadelfuncionario porla supuesta comisión
de infracciones administrativas graves conla participación del funcionario afectado
en ejercicio del derecho a la defensa de sus intereses. 85
FUNDAMENTO
Reside en la necesidad que la Administración Publica tiene, como
organización prestadoradeservicios, de mantener la disciplina interna y de asegurar
que sus agentes cumplan las obligaciones a su cargo
PRINCIPIOS INFORMADORES DEL PROCEDIMIENTO
DISCIPLINARIO
Principio de Legalidad: La legalidad o juridicidad del procedimiento disciplinario
implica que se debecumplir con el orden jurídico establecido, los cuales se refieren
a la legalidad de las infracciones administrativas, la legalidad de las sanciones y el
procedimiento a seguir. 86
En resumida síntesis este principio consiste en la Ley debe estar la conducta
descripta como infracción, la sanción y el procedimiento a seguir.
Derecho a la Defensa del Funcionario: Es el derecho básico y esencial para la
operatividad de las reglas del debido proceso porquesolo en el efectivo ejercicio de
la defensa puede materializarse los demás derechos procesales consagrados en el
orden jurídico. 87
Prohibición de utilizar pruebas ilegales contra delfuncionario: Esta prohibición
tiene sustento jurídico en el Artículo 17. 9 de la ConstituciónNacional queexpresa
“En el proceso penal, o en cualquier otro del cual pudiera derivarse pena
88
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
520.
89
SánchezMoron,M. (2018). DerechoAdministrativo.Asunción:Editorial Tecnos.Pág. 271.
90
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523.
91
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
525.
sanción, toda persona tiene derecho a: que no se le opongan pruebasobtenidaso
actuaciones producidas en violación de las normas jurídicas”
Prohibiciónde la doble persecución administrativa:tiene como base Institucional
el Articulo 14. 4 que establece “que no se le juzgue más de una vez por el mismo
hecho. No se pueden reabrir procesos fenecidos, salvo la revisión favorable de
sentencias penales establecidas en los casos previstos por la ley procesal”
Presunciónde Inocencia del funcionario: Es la situación Jurídica del funcionario
sometido a sumario, quien debe ser considerado inocente de la falta administrativa
que se le atribuye mientras su responsabilidad en el hecho no sea declarada por
resolución administrativa. 88
Proporcionalidad: Significa que la sanción impuesta debe guardar una adecuada
relación con la gravedad de la falta, pero no, que necesariamente se deba aplicar la
sanción menos grave entre las varias posibles. 89
Culpabilidad: Significa que el funcionario inculpado debe ser sancionado en base
a las pruebas incorporadas en el sumario administrativo que tenga la entidad de ser
suficiente para destruir la presunción de inocencia del funcionario. 90
Irretroactividad: Este es un principio básico y fundamental, porel hecho de que la
ley rige para situaciones futuras, al respecto la Constitución Nacional en su Artículo
14 determina “DE LA IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY .Ninguna ley tendrá
efecto retroactivo, salvo que sea más favorable al encausado o al condenado”.
Juicio Público: se dirige a preservar el acceso del mismo de su defensor, al
expediente administrativo, para el ejercicio real y efectivo de la defensa y la
operatividad del principio contradictorio, 91
El Articulo 17.2 de la Constitución Nacional textualmente expresa: “que se le
juzgue en juicio público, salvo los casos contemplados por el magistrado para
salvaguardar otros derechos;”
TIPOS DE FALTAS ADMINISTRATIVAS
En nuestra legislación existen dos tipos de faltas: a) faltas leves, b) faltas
graves y conforme a la Ley de la Función Pública son las siguientes:
FALTAS LEVES
Artículo 66.- “Serán consideradas faltas leves las siguientes:
g) asistencia tardía o irregular al trabajo;
88
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
520.
89
SánchezMoron,M. (2018). DerechoAdministrativo.Asunción:Editorial Tecnos.Pág. 271.
90
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
523.
91
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
525.
h) negligencia en el desempeño de sus funciones;
i) falta derespetoa lossuperiores, a loscompañerosdetrabajooal público;
y,
j) ausencia injustificada.”
SANCIONES A LAS FALTAS LEVES
Artículo 67.- “Serán aplicadas a las faltas leves las siguientes sanciones
disciplinarias:
k) amonestación verbal;
l) apercibimiento por escrito; y
m)multa equivalente al importe de uno a cinco días de salario.”
FALTAS GRAVES
Artículo 68.- “Serán faltas graves las siguientes:
a) ausenciainjustificada pormásdetres díascontinuoso cinco alternosen el
mismo trimestre;
b) abandono del cargo;
c) incumplimientodeuna orden del superiorjerárquico, cuandoellaseajuste
a sus obligaciones;
d) reiteración o reincidencia en las faltas leves;
e) incumplimiento de las obligaciones o transgresión de las prohibiciones
establecidas en la presente ley;
f) violación del secreto profesional, sobre hechos o actos vinculados a su
función querevistanel carácterreservadoen virtuddela ley, el reglamento
o por su naturaleza;
g) recibirgratificaciones, dádivasoventajasdecualquier índoleporrazón del
cargo;
h) malversación, distracción, retención o desvío de bienes públicos y la
comisión de los hechos punibles tipificados en el Código Penal contra el
Estado y contra las funciones del Estado;
i) el incumplimientodelasobligacionesdeatenderlosserviciosesencialespor
quieneshayan sidodesignadospara el efecto, conformea los artículos130
y 131 de esta ley;
j) nombrarocontratarfuncionariosen transgresióna lodispuestoen esta ley
y sus reglamentos; y,
k) los demás casos no previstos en esta ley, pero contemplados en el Código
del Trabajo y las demás leyes como causas justificadas de terminación del
contrato por voluntad unilateral del empleador.”
SANCIONES ALAS FALTAS GRAVES
Artículo 69.- “Serán aplicadas a las faltas graves las siguientes sanciones
disciplinarias:
88
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
520.
89
SánchezMoron,M. (2018). DerechoAdministrativo.Asunción:Editorial Tecnos.Pág. 271.
90
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
523.
91
RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág.
525.
a) suspensión del derecho a promoción por el período de un año;
b) suspensión en el cargo sin goce de sueldo de hasta treinta días; o,
c) destitución o despido, con inhabilitación para ocupar cargos públicos por
dos a cinco años.
Las faltas establecidas en los incisos h), i), j) y k) del artículo anterior serán
sancionadas con la destitución”.
ORGANO DE APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
Artículo70.-“Lassancionesadministrativasporlasfaltaslevesseránaplicadas
por el jefe de la repartición pública donde preste sus servicios, sin sumario
administrativo previo. Si el inculpado se considerase inocente por la pena de
amonestación o apercibimiento, podrá solicitar la instrucción de un sumario
administrativo.”
Artículo71.-“Lassancionesdisciplinariascorrespondientesa lasfaltasgraves
serán aplicadas por la máxima autoridad del organismo o entidad del Estado en
queel afectadopreste sus servicios, previosumarioadministrativo, sin perjuiciode
remitirlosantecedentesa lajurisdicción penalordinaria,si elhechofuesepunible.”
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  • 1. 1 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 15. 2 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 24. 3 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 29. 4 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 31. Derecho Administrativo – Concepto: Es la rama del derecho público interno que tiene por objeto el conjunto de principios y normas que regulan la estructura de la administración pública, las actividades realizadas por las mismas en ejercicio de la función administrativa, los medios utilizados, la participación de los administrados, el control sobre la función ejercida y las responsabilidades emergentes del ejercicio de dicha función.1 El Derecho Administrativo es por excelencia competencia del Poder Ejecutivo, pero también existen Actos Administrativos en el Poder Legislativo y Judicial”. Importancia de su Estudio: Tiene la finalidad de identificar los principios y las normas que orientan la actuación del Estado en el cumplimiento de su propósito de servir al bien común, a través del ejercicio de una de sus funciones, la administrativa. Finalidad del Estado: Bien Común.2 Al estudiar al derecho administrativo se puede conocer las diversas maneras en la que el Estado actúa, por otro lado, también entender las formas en que los administrados pueden intervenir a participar en la actuación administrativa, como así también conocer los recursos disponibles como una forma de revisión de los actos administrativos. Relaciones con otras disciplinas jurídicas A) Derechos Constitucional: El Derecho Constitucional como rama del Derecho Público Interno tiene por objeto a la Constitución que es el conjunto de principios y normas que limitan, controlan y organizan los Poderes del Estado, entre los que se encuentra el poder Administrativo.  La Constitución en su función de limitación del poder estatal establece una serie de derechos a favor de las personas, estos derechos se constituyen en garantías contra la arbitrariedad de la administración pública a favor del administrador.  Por otra parte, la Constitución organiza el poder del Estado al establecer los órganos, la composición y las competencias de los mismos, que constituyen la fuente de regularidad de las funciones públicas.3 B) Derecho Tributario y Financiero: La relación con esta disciplina jurídica es notable ya que al Derecho Tributario cabe la institución de los tributos y al Derecho Financiero la realización de los ingresos y la ejecución de los gastos conseguidos por medios de actos y procedimientos administrativos. De hecho, las actividades desempeñadas por el Estado en la obtención de recursos y la satisfacción de los gastos necesarios para atender sus fines envuelven actos, hechos y procedimientos administrativos. 4 C) Derecho Penal: La relación con el Derecho Penal se percibe en dos sectores del Derecho Administrativo.  Derecho Administrativo Disciplinario: Es el conjunto de normas de carácter administrativo por medio de la cual la administración pública ejerce su facultad de corregir las irregularidades funcionales de los funcionarios públicos.
  • 2. 5 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 32. 6 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 33. 7 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 34.  Derecho Administrativo Sancionador: Es el ejercicio de las facultades de sanción contra los administrados quienes incurren en la violación de las normas administrativas.5 D) Derecho Procesal Penal: Su vinculación surge del hecho de que sus medidas sancionatorias, tanto a los funcionarios como a los administrados, deben imponerse respetando los derechos procesales de las personas sometidas a la pretensión punitiva del Estado, sea en el proceso penal o en el administrativo por expresa disposición del Art. 17 de la C.N., tales como: El derecho a la defensa, presunción de inocencia, debido proceso.6  Derecho Civil: El Derecho Civil regla temas del Derecho Administrativo como: Clasificación de los bienes públicos, responsabilidad extracontractual del Estado, clasificación de las personas jurídicas públicas y con el derecho comercial lo relativo a la constitución de las personas jurídicas.6  Derecho Procesal Civil: La vinculación del Derecho Procesal Civil con el Derecho Administrativo resulta evidente en nuestro orden jurídico, en el ámbito del proceso contencioso administrativo en el que la ley 1462/35 que establece el Proceso Contencioso Administrativo se remite expresamente a las disposiciones del Código Procesal Civil como norma de aplicación supletoria.7  Derecho Laboral: El Derecho Administrativo se relaciona con el Derecho Laboral en dos aspectos puntuales.  Las normas del Derecho Laboral son de aplicación supletoria en algunos aspectos de la relación funcionarial pública, conforme a la Ley 1626/2000.  La competencia del Estado de ejercer la policía administrativa laboral, por medio de la Dirección Administrativa del Trabajo, ejerciendo el control sobre el cumplimiento de la normativa laboral. (Vacaciones, 8 horas, menores de edad, permisos de maternidad, previsión social…). 7
  • 3. 8 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 35- 36. 9 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 39. Relaciones con otras disciplinas jurídicas: D. Constitucional El Derecho Constitucional limita, controla y organiza a los poderes, entre los que se haya el poder administrativo. D. Tributario y Financiero Las actividades desempeñadas por el Estado en la obtención de recursos y la satisfacción de los gastos necesarios para atender sus fines envuelven actos, hechos y procedimientos administrativos, competen al Derecho Administrativo y al Derecho Tributario y Financiero. D. Penal La relación con el derecho penal se percibe en la facultad tanto del Derecho Penal como del Derecho Administrativo de disciplinar a los funcionarios públicos y sancionar a los administrados en caso de infracciones administrativas. D. Procesal Penal Las vinculaciones surgen del hecho que las medidas sancionatorias, tanto a los funcionarios públicos como a los administrados, deben imponerse respetando los derechos procesales sea en el derecho administrativo como en el derecho penal. D. Civil El derecho civil regla los temas administrativos en general. (Clasificación de bienes, patrimonio, etc.) D. Procesal Civil Como norma de aplicación supletoria al proceso contencioso administrativo. D. Laboral Aplicación supletoria a la ley del funcionario público y como policía de la administrativa laboral sobre cumplimiento de las normativas. Fuentes del Derecho Administrativo Existen dos clases de fuentes:  Fuentes Formales: Se hayan constituidas por las normas jurídicas de carácter vinculantes que sirven para fundar las pretensiones de los litigantes y las sentencias en sedes administrativas o contencioso administrativas. Las fuentes formales del derecho son:  La Constitución Nacional.  Los Tratados Internacionales.  La Ley.  El Reglamento.  Las Actos Administrativos.  Los Contratos Administrativos.8  Fuentes Informativas: Son las que sirven para orientar las decisiones de los operadores del orden jurídico administrativo o las pretensiones de los administrados. Son:  La Doctrina.  La Jurisprudencia.9
  • 4. 10 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 42. 11 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 43. 12 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 44. UNIDAD II. PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO. Concepto. Principio de Supremacía del Interés Público sobre el Interés Privado. Principio de Legalidad. Principio de Razonabilidad. Principio de Proporcionalidad. Principio de Motivación. Principio de Impersonalidad. Principio de Publicidad. Principio de Debido Proceso Legal. Principio de Moralidad Administrativa. Principio de Control Judicial de las Actividades Administrativas. Principio de Responsabilidad del Estado. Los Principios Administrativos: Los principios son valores del orden jurídico administrativo que debe informar toda la normativa y la actividad de la administración pública. Es por ello que violar un principio es mucho más grave que violar una norma, porque la violación del principio afecta a todo el orden jurídico y no solamente una ventaja o desventaja establecida en la norma.10 Los Principios establecidos en el Derecho Administrativo son:  Principio de Supremacía del Interés Público sobre el Interés Privado: Este principio surge de la actividad estatal que consiste en la búsqueda de la satisfacción del interés colectivo. El principio debe ser enfocado en dos aspectos relevantes para la administración pública:  Como elemento de orientación de la actividad: Tiene la virtualidad jurídica de imponer que la actividad de la administración siempre tenga la finalidad de satisfacer el interés de la colectividad y no intereses personales o de grupos.  Como autorización legal para imponer restricciones a las actividades de los particulares: Sirve de fundamento a los poderes de la administración pública para la imposición de límites o restricciones a las actividades de los particulares, cuando estas actividades pueden interferir en los intereses de la colectividad.11 La Constitución Nacional en su Art 128 establece “en ningún caso el interés de los particulares primara sobre el interés general…”  Principio de Legalidad o Juridicidad: Es la proyección del principio fundamental del Estado de Derecho que implica que la voluntad de la administración pública expresada por medio de las actividades funcionales proviene del conjunto de principios y normas jurídicas. El principio de juridicidad se proyecta en la relación jurídica administrativa en los siguientes supuestos:  Subordina la actividad administrativa a la juridicidad: toda actividad de la administración pública debe estar autorizada por el orden jurídico  Determina la eficacia de la actividad administrativa: Si la administración pública realiza una actividad no autorizada en el orden jurídico, dicha actividad quedará invalidada por vicio de legalidad, y por consiguiente, ineficaz para producir efectos jurídicos en la relación administrativa.  Delimita la finalidad de la actividad administrativa: La juridicidad fija los límites de la actividad de la administración pública conforme con la finalidad de la acción autorizada, por lo que, si la decisión administrativa que constituye el medio
  • 5. 10 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 42. 11 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 43. 12 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 44. autorizado por la ley para alcanzar una finalidad, no tiene la debida relación proporcional, se torna un acto inválido.12
  • 6. 13 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 47. 14 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 48. 15 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 52. 16 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 54. 17 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 55. Se debe comprender que es lo opuesto al el Derecho Civil pues en el mismo decimos “Todo lo que no está prohibido por ley está permitido” y en el Derecho Administrativo: “Todo lo que no está expresamente autorizado por ley o norma administrativa está prohibido”  Principio de Finalidad: La finalidad fijada en la norma jurídica conectada a la satisfacción del interés de la colectividad o denominaciones similares como el interés colectivo o el bien común, debe ser la orientación de la actividad de la administración pública.13  Principio de Razonabilidad: Este principio se constituye en un límite a la entidad administrativa en el sentido de que sus decisiones deben tener una perfecta concordancia entre el motivo, medio y fin. Es decir, existe racionalidad de una actividad administrativa cuando los tres elementos (motivo, medio y fin) guardan una congruencia interna y externa. Ejemplo:  La violencia generalizada en el Estadio Defensores del Chaco. (Motivo)  Las autoridades administrativas disponen el ingreso por separado de las hinchadas (Medio)  Para preservar la seguridad en el Estadio (Fin).14  Principio de Proporcionalidad: La proporcionalidad se constituye en la medida del ejercicio de la competencia administrativa para evitar el exceso o desvío del poder. Este principio tiene el objetivo de evitar los excesos en el ejercicio de las competencias administrativas y es de similar importancia en el ejercicio de las actividades ordenadoras y en el ejercicio de su competencia disciplinaria y sancionadora.15  Principio de Motivación (Fundamentación): Este principio impone a la administración pública el deber de exponer las razones del hecho y de derecho por el cual tomo la decisión administrativa. Solamente si la administración enuncia las razones de su decisión se puede evaluar la concordancia o discordancia con los principios informadores de la actividad administrativa. La administración pública debe fundamentar lo resuelto.16  Principio de Impersonalidad: Este principio tiene dos aspectos:  La relacionada con la finalidad de administración pública, que implica que ella no puede actuar para perjudicar o beneficiar a determinada persona, habida cuenta que el interés público debe guiar su comportamiento.  Que las decisiones administrativas no son imputables a los funcionarios que los practican, sino a los órganos o entidades de la administración pública, de manera que ella es el autor institucional de la decisión. El funcionario es apenas el titular del órgano que formalmente realiza la voluntad estatal.17  Principio de Publicidad: Este principio implica la necesidad de que todas las actividades de la administración pública deben ser puesta a conocimiento de los ciudadanos en cuya representación se ejerce el poder administrativo. La publicidad de
  • 7. 13 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 47. 14 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 48. 15 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 52. 16 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 54. 17 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 55. los actos públicos es un requisito esencial que se origina de la organización republicana del Estado.17
  • 8. 18 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 57. 19 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 59. 20 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 61.  Principio del Debido Proceso Legal: Este principio aplicado al Derecho Administrativo se traduce en la exigencia de que el ejercicio de la potestad punitiva de la administración pública en el procedimiento administrativo sancionador, sean efectuadas conforme con las pautas legales prefijadas y con las debidas garantías de participación del acusado en el procedimiento. El debido proceso como conjunto de reglas establecidas para el ejercicio de la pretensión punitiva de la administración pública contra los funcionarios y los administrados por infracciones a las normas administrativas, comprenden dos aspectos básicos:  El Debido Proceso Material: Implica que el procedimiento administrativo sancionador debe observar la concurrencia de los presupuestos previstos en las leyes sancionadoras de fondo o materia, tales como la tipicidad de las infracciones y la legalidad de las sanciones a las conductas típicas administrativas.  El Debido Proceso Formal: Requiere la existencia de un cause normativo para el desarrollo de la investigación contra la persona imputada que garanticen las condiciones.18  Principio de Moralidad Administrativa: La moralidad como Principio General del Derecho implica la conducta encuadrada dentro de los valores de la rectitud y la honestidad en las relaciones jurídicas. La moralidad administrativa se halla conformada por un conjunto de reglas de conductas de los funcionarios de la administración pública que, en el orden jurídico, son consideradas como pautas de comportamiento deseables dentro de una sociedad. Las reglas de conducta de los funcionarios administrativos serán inspiradas en los valores de la honestidad, la eficiencia administrativa, la justicia y la equidad.  Principio de Control Judicial de las Actividades Administrativas: En la proyección del Estado de Derecho sobre la administración pública por lo que se habilita la verificación de actividades administrativas por un órgano especializado e imparcial como el Poder Judicial, para preservar los principios de la juridicidad de los actos normativos y la correcta utilización de los recursos públicos en los actos financieros.19 Ejemplos:  La acción contencioso administrativa para el control de la legalidad administrativa.  La acción civil para reclamar la indemnización por los daños causados por la administración pública.  Las acciones de garantías constitucionales como las de Habeas Corpus, Amparo, Habeas Data y la Inconstitucionalidad.  Principio de Responsabilidad del Estado: Este principio se traduce en la obligación de las entidades públicas de reparar económicamente los daños causados que se le imputen conforme con el orden jurídico a consecuencia de conductas unilaterales, lícitos o ilícitos, comisivos u omisivos, materiales o jurídicos. La obligación del Estado de reparar los daños causados a los administrados por sus actividades, está establecida en la propia Constitución Nacional.20
  • 9. 21 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 69. 22 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 76. UNIDAD III. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Concepto. Principios Informadores de la Administración Pública: a) Principios vinculados a la actividad funcional y b) Principios vinculados al aspecto formal u organizacional. Órgano Público. Concepto. Cargo y agente público. Técnicas de Atribución de la actuación de los agentes públicos al órgano administrativo. Estructura Administrativa en Paraguay: a) Administración Central; b) Órganos Extra poderes; c) Administración Descentralizada en el ámbito local; d) Entidades Estatales; e) Órganos Descentralizados y f) Entidades Reguladoras. Estructura de la Administración Pública: Definición: Es el conjunto de entidades y órganos que establecen un orden jurídico determinado para la realización de las actividades administrativas del Estado. Los elementos que componen la definición son los siguientes.21 a) Conjunto de entidades y órganos administrativos b) Determinadas por el orden jurídico del Estado. c) Para la realización de las funciones administrativas. Elementos componentes de la Estructura de la Adm. Pública:  Entidades Públicas: Son centros de competencias dotadas por el orden jurídico de personalidad jurídica propia para el ejercicio de sus actividades funcionales. Ejemplo: Las Gobernaciones, los Municipios, las Secretarías de Estado.  Los Órganos Públicos: Son los centros de competencias destinados al ejercicio de determinadas actividades administrativa sin personalidad jurídica, dependientes de las Entidades Públicas. Ejemplo: El Dpto. de Tránsito de un Municipio, el Dpto. de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior, Asesoría Jurídica de una Gobernación.  Cargos: Son los puestos de trabajo establecidos en forma jerárquica de los diferentes órganos que integran la Estructura de la Administración Pública.  Agentes Públicos: Son las personas físicas designadas legalmente (como la ley dice) para el ejercicio de las funciones que se atribuyen a los diferentes órganos del aparato estatal. (Funcionario Público). Principios Informadores de la Administración Pública. Se dividen en dos tipos de principios a) Principios vinculados a la actividad funcional y b) Principios vinculados al aspecto formal u organizacional PRINCIPIOS VINCULADOS A LA ACTIVIDAD FUNCIONAL  Legalidad: El Principio de Legalidad como garantía de las personas contra los actos de administración está consagrado en el:  Art. 9 C.N. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni privado de lo que ella no prohíbe.  Como regla de actuación de los órganos públicos en el Art. 257 C.N., al disponer “Los órganos de Estado se subordinan a los dictados por la ley”.22
  • 10. 21 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 69. 22 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 76.  Eficacia: Consiste en el logro de las metas o de los objetivos trazados para una organización o una empresa pública.22
  • 11. 23 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 77. 24 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 78. 25 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 80. 26 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 83. 27 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 81. Ejemplo: El Ministerio de Salud Pública se propone como meta del plan anual aumentar el número de Centros Hospitalarios en un 10%, la gestión será eficaz si se logra el aumento de los Centros Hospitalarios en la cantidad propuesta.  Eficiencia: Es un principio de economía que toma en cuenta la relación costo-producto, es decir, que parte de la base de relacionar, de comparar cuánto cuesta producir un bien o servicio. Es así como se afirma que es eficiente, si se logra producir un bien o un servicio, con el menor costo posible.23  Supremacía del Interés Público: Es también denominado principio de finalidad pública, debe estar presente al momento de la elaboración de las leyes y al momento de su ejercicio por la administración pública. El principio inspira al legislador y vincula a las autoridades administrativas en toda su actuación.23  Presunción de Legalidad de los Actos: Este principio comprende dos aspectos:  Presunción de Verdad: con relación a la certeza de los hechos y, por otro lado,  Presunción de Legalidad: pues si la Administración Publica se somete a la Ley, se presume salvo prueba en contrario, que todos sus actos son verdaderos y practicados con observancia de las normas legales pertinentes.24  Impersonalidad: Significa que los actos y hechos administrativos son imputables no a los funcionarios públicos que lo practican, sino a los órganos y entidades de la administración pública.25 “Lo que hace el agente público no es a título personal, sino que a título del Estado”.  Publicidad: Los actos de los administradores públicos deben ser conocidos por los dueños del poder en cuya representación actúan los funcionarios como administradores de la cosa pública La administración publica tutela los intereses públicos por lo que no se justifica el secreto de sus actos salvo que el propio interés público así lo determine.25  Jerarquía: Es una técnica de distribución de las distintas funciones asignadas a los órganos públicos. Es un sistema de estructuración elaborada, normalmente piramidal, donde los órganos superiores ejercen el control y la dirección de las funciones atribuidas a los órganos inferiores.26 PRINCIPIOS VINCULADOS AL ASPECTO FORMAL U ORGANIZACIONAL Principio de auto-organización: Es la competencia atribuida por el orden jurídico a las entidades públicas para crear los órganos públicos dependientes de la misma y determinar su composición y funciones. 27 Principio de Competencia: puede ser definida como el conjunto de poderes, atribuciones y facultades que son atribuidos por el orden jurídico a las entidades y órganos públicos para el cumplimiento de las funciones que le han sido asignadas. 28 Jerarquía: Es una técnica de distribución de las distintas funciones asignadas a los órganos públicos. Es un sistema de estructuración escalonada, normalmente piramidal,
  • 12. 23 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 77. 24 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 78. 25 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 80. 26 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 83. 27 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 81. de los diversos órganos; en virtud del mismo, los órganos superiores ejercen el control y la dirección de las funciones atribuidas a los órganos inferiores para reducirlos a unidad y coordinarlos hacia un fin determinado.26
  • 13. 28 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 82. 29 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 85. 30 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 86. 31 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 94. 32 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 95. 33 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 101. 34 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 105. Coordinación: La coordinación es una función administrativa que tiene por objeto reunir las diversas actividades en el logro de una misma finalidad para evitar la duplicación de esfuerzos y acciones de los distintos órganos públicos.29 Cooperación: Es una coordinación voluntaria desde una posición de igualdad de los diversos Entes Públicos sin carácter imperativo ni coactivo para la efectividad de los fines atribuidos a cada una de las entidades.30 Auto tutela Administrativa: Es la obligación de la Administración Publica de velar por la juridicidad, moralidad, eficiencia de sus actos, como la adecuación de sus actividades a las finalidades establecidas en las normas jurídicas administrativas. 30 Estructura Administrativa en Paraguay  Administración Central: Conforme con los términos del Art. 1 de la ley 1626/2000, de la función pública, se haya integrado con los órganos competentes de los poderes constitucionales supremos como el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial.31  Administración de los Órganos Extra Poder: Estos órganos estatales son creados por la C.N., con personalidad jurídica propia y sin dependencia funcional y jerárquica con los otros órganos del Estado. Ejemplo: Consejo de la Magistratura, Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.32  Administración Descentralizada en el Ámbito Local: Las entidades descentralizadas dentro del orden jurídico nacional las componen esencialmente los gobiernos departamentales y municipios por mandato constitucional.32  Entidades Estatales: Las entidades públicas son las que tienen personalidad jurídica propia que la habilita a realizar sus actividades en el ámbito de las relaciones jurídicas.33  Entidades Reguladoras: Son entidades estatales creadas por Ley, con personalidad jurídica, destinada a regular, controlar y dirimir conflictos en determinadas actividades consideradas de interés de la colectividad.34 Ejemplos: INCOOP, ERSASAN, CONATEL, etc
  • 14. 28 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 82. 29 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 85. 30 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 86. 31 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 94. 32 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 95. 33 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 101. 34 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 105.
  • 15. 35 Dromi,J.R. (2009). DerechoAdministrativo. Argentina:HispaniaLibro.Pág. 197. 36 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 112. 37 Dromi,J.R. (2009). DerechoAdministrativo. Argentina:HispaniaLibro.Pág. 109. 38 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 115. 39 VillagraMaffiodo,S.(2008).Principiosde DerechoAdministrativo(2da ed.).Asunción - Paraguay: Servilibro.Pág. 44. 40 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 117. 41 Dromi,J.R. (2009). DerechoAdministrativo. Argentina:HispaniaLibro.Pág. 124. 42 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 123. 43 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 127. UNIDAD IV Actividades Normativas de la Administración Pública Hechos Administrativos Es toda actividad material,traducidaenoperacionestécnicasoactuacionesfísicas ejecutadasen el ejercicio de la función administrativa, productiva de efectos jurídicos directos o indirectos. 35 Impugnabilidad:Los hechosadministrativospuedenserobjetosde impugnación,seaparainterrumpirel hecho o para obtener la reparación por su consecuencia dañosa. 36 Las vías para la impugnaciónexistendos:si aúnno se produjoel daño se debe interponerlagarantía del Amparo,peropara que procedase debe agotar la instanciaadministrativa,la segundavíaidóneasi yael daño se produjo es el juicio ordinario de indemnización de daños. Actos Administrativos Es todadeclaraciónunilateral efectuadaenel ejerciciode lafunciónadministrativaque produce efectos jurídicos directos e individuales. 37 Elementos de Regularidad del Acto Administrativo Los actos administrativos requieren para su validez de ciertos elementos cuya concurrencia conjuntaloconvierte enunacto regularya lafaltade cualquierade elloslotornaenunacto viciadoyen consecuencia, sancionada con la declaración de nulidad. 38 Los Presupuestos de la Regularidad del Acto Administrativo:  Legalidad: En este punto el agente estatal se encuentra en posición radicalmente diferente a las personasdel DerechoPrivadoparalasque rigelaregla“estápermitidotodolo quenoestáprohibido”. En cambio, la autoridad no puede limitarse a examinar si el acto no le está prohibido,sino que debe asegurarse que el mismo acto este positivamente autorizado. 39  Motivación:Fundamentaciónde ladecisiónadministrativa,enloshechosyenelderechoquejustifican la emisión del acto administrativo.  Competencia: Es el conjunto de atribuciones que en forma expresa o razonablemente implícita confiere la constitución y las leyes a las autoridades administrativas. 40  Voluntad:La voluntaddelactoadministrativoestácompuestaporlavoluntadsubjetivadel funcionario y la voluntad objetiva el legislador. 41  Forma: Se entiende el modocomose instrumentayse daaconocerlavoluntadadministrativa.Esdecir, el modo de exteriorización de la voluntad administrativa. 42  Causa: La causa del acto administrativo eslacorrectaadecuaciónentre lospresupuestosdel actoysu objeto, o sea es el vínculo de pertenencia entre el motivo y el contenido del acto. 43
  • 16. 44 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 128. 45 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 140. 46 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 141. 47 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 145. Tipos de Actos Administrativos  Acto de Autorización:Es el acto unilateral por el cual,la administración,discrecionalmente faculta el ejercicio de la actividad material, teniendo por regla, carácter precario. 44  Acto de Admisión: Es el acto bilateral por el cual la administración faculta a alguien la inclusión en el establecimiento gubernativo para el usufructo de un servicio público.  Acto de concesión:Es el acto mediante el cual,laAdministraciónamplíalaesferajurídicade alguien.Esdecir,confiere aunapersonaunderechoo un poderque antesnotenía. 45  Acto de sanción: Es el acto por medio del cual la Administración impone una consecuencia dañosa a los infractores del orden jurídico administrativo.  Acto de Registro: Es el acto por el cual la Administraciónanota,enla forma prescriptaporel derecho objetivo, determinados actos o hechos cuya realización se quiere hacer constar en forma autentica.  Acto de certificación:Es el acto por mediodel cual laAdministraciónafirmalaexistenciade un acto o un de un hecho.Se hace constar por escrito,entregándoseal interesadoel documentorespectivo. 45 Reglamento: Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos generales. Es toda norma de alcance general emitida por la administración pública, que desde una concepción amplia configura una de las especies del acto administrativo. 46 Caracteres a) Unilateral b) General c) Ejecución de una Ley Impugnabilidad Se realizalaimpugnaciónante el Tribunal de Cuentas,puessu aplicaciónpuede afectara un administrado Simple Acto de Administración: Constituye la forma de exteriorización de las actividades consultivas de determinados órganos que emitendeclaracionesparala formaciónde la unidad decisoriade otros órganosadministrativos. Es una modalidadde comunicaciónentre losdiferentesórganoscomponentesde laAdministraciónPublica. 47 Caracteres del Simple Acto de Administración:  Faltade eficaciajurídica.  Faltade estabilidad.  Inimpugnabilidad.
  • 17. 48 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 147. 49 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 148. UNIDAD V. INVALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. Concepto. Supuestos de Invalidez del Acto Administrativo. Convalidación y Conversión de los Actos Administrativos:a)PorlaAdministración;b)Porel particularbeneficiario.Formas de Extinciónde los Actos originalmenteválidos. Objeto de laRevocación. Efectos de la Revocación. Actos originalmente viciados. Anulación. Concepto. Sujeto habilitado para la anulación: a) Administración Pública; b) Poder Judicial. Diferencia entre la Anulación y la Revocación del Acto Administrativo. INVALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. La invalidez de los actos administrativos se concreta conla declaraciónde la nulidad de la misma. La invalidez del acto administrativo ocurre por la falta de uno de los requisitos de la regularidad del acto y se sanciona conla nulidad del acto administrativo emitido en dichas condiciones. 48 SUPUESTOS DE INVALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO  La nulidad por vicio de Objeto:Es nulo el acto cuando suobjeto está prohibido por ley o física o jurídicamente imposible.  La nulidad por vicio de la Competencia: Es nulo cuando el órgano administrativo dictado porel órgano que no se halla habilitado para su emisión por la razón de la materia, el territorio, el tiempo y el grado jurídico.  La nulidad por vicio de Legalidad: Cuando el acto administrativo fue dictado en violación de disposiciones constitucionales, legales y las reglamentaciones dictadas en consecuencia.  La nulidad por vicio de Forma: Son nulos los actos dictados en los supuestos siguientes:  Violación del derecho a la defensa.  Cuando el acto carezca de la firma del agente responsable del órgano emisor.  Inexistencia de la forma escrita cuando la misma es esencial para la emisión del acto.  La nulidad por vicio de la Causa: Cuando no existe la debida proporcionalidad entre la causay el efecto dela decisión o no existe el presupuesto fáctico o jurídico de una decisión.  La nulidad por vicio de la Voluntad: Cuando el agente emisor del acto haya tomado la decisión por error, dolo o violencia. 49
  • 18. 50 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 152. 51 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 153. CONVALIDACIÓN Y CONVERSIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS La convalidación consiste en un acto que puede ser realizado tanto por la Administración Publica como también por el administrado para suplir la invalidez del acto. Los medios de convalidación dependiendo del sujeto de quien emana reciben las denominaciones siguientes: 1-POR LA ADMINISTRACIÓN a) Ratificación, b) Confirmación y 2- POR PARTE DEL BENEFICIARIO a) Saneamiento b) Conversión del acto Administrativo. CONVALIDACION POR LA ADMINISTRACIÓN Ratificación: Cuando el segundo acto administrativo por el que se corrige los defectos invalidantes del primero lo realiza el propio órgano administrativo que ha emitido el acto. 50 Confirmación: Es cuando el acto que corrige el defecto del primero proviene del superior jerárquico. 50 CONVALIDACION POR PARTE DEL BENEFICIARIO Saneamiento: Es cuando el particular cuya manifestación es una exigencia legal para la validez del acto, que fuera omitido en la emisión del primero, concurrente ante la Administración aformular la manifestación requerida para la validez del acto. 51 Conversióndel Acto Administrativo: Es el acto administrativo pormedio del cual la Administración convierte un acto invalido en acto de otra categoría con efecto retroactivo a la fecha del acto original con el objetivo de aprovechar los efectos ya producidos por el acto invalidado. 51 Presupuestos para la Regularidad de los Actos Administrativos Vicios de Invalidez del Acto Administrativo Legalidad Vicio de Legalidad Motivación Vicio de la motivación Competencia Vicio de Competencia Forma Vicio de Forma Pronunciamiento o Voluntad Vicio de la Voluntad Causa Vicio de la Causa
  • 19. 52 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 155. 53 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 156. 54 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 157. FORMAS DE EXTINCIÓN DE LOS ACTOS ORIGINALMENTE VÁLIDOS La modalidad usual de la extinción de los actos administrativos Es su cumplimiento efectivo en la forma y tiempo que determina el acto, pero también puede extinguirse conforme con otras modalidades previstas en el derecho administrativo. Algunas de las formas de Extinción de los Actos Administrativos son: Cumplimiento del contenido del acto: Se extingue cuando se cumple conla decisión expresada en la misma. 52 a) Agotamiento del contenido jurídico: Cumple su finalidad consu sola emisión. Ejemplo: Vacaciones a funcionario públicos. 52 b)Ejecución material del acto: cuando el acto ordena la realización de una operación material, ejecutada la misma se ha agotado sus efectos jurídicos. 52 Cancelación: Es una extinción del acto administrativo porque el administrado no cumplió las condiciones que debía mantener para continuar disfrutado la situación jurídica. 53 Renuncia: Consiste en la extinción de los efectos del acto por reacción del beneficiario. 53 Ejemplo: la renuncia de un funcionario público. Caducidad: Es un medio de extinción del acto administrativo por la concurrencia delos supuestos siguientes:  Por sobrevenir una norma jurídica que torno inadmisible la situación antes permitida por el derecho y otorgada por el acto precedente  Por el transcurso del plazo  Incumplimiento de condición por el beneficiario, es cuando la situación jurídica otorgada por el acto no fue cumplida por el beneficiario. 53 Revocación: Es el acto por medio del cual la Autoridad, en ejercicio de su competencia administrativa, concluye que determinado acto o relación Jurídica no atiende el interés público y por eso resuelve eliminarlo a fin de proveer de manera más satisfactoria las conveniencias administrativas. 54 OBJETO DE LA REVOCACIÓN El objeto de la revocación es un acto valido que ha sido emanado de manera regular
  • 20. 55 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 159. 56 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción- Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 161. 57 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 165. 58 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 166. EFECTOS DE LA REVOCACIÓN La revocación suprime un acto o sus efectos, pero respeta los efectos que ya transcurrieron, por tanto, el acto revocador tiene eficacia ex nunc. 55 ANULACIÓN. CONCEPTO La anulación es una forma de extinción de los actos administrativos por vicios originarios queafectan uno delos presupuestos deregularidad o legitimidad del acto. El acto administrativo invalido es aquel dictado endiscordanciaconel ordenjurídico y a los efectos de restablecer la juridicidad se procede a su anulación. 56 SUJETO HABILITADO PARA LA ANULACIÓN Administración Publica: la Administración Publica emisora del acto administrativo invalidado puede proceder a su anulación sea de oficio o a petición del interesado. Poder Judicial: Tiene la competencia para anular los actos administrativos, a petición de parte, conforme con las acciones judiciales previstas para el efecto. 57 DIFERENCIAENTRE LA ANULACIÓN Y LA REVOCACIÓN DELACTO ADMINISTRATIVO Las causales de la revocación se fundan en los supuestos de convivencia y oportunidad, mientras la anulación en los vicios de la legitimidad El objeto de la revocación es un acto valido que se vuelve inoportuno o inconveniente al interés general y en la nulidad el objeto es un acto viciado o irregular con la pretensión de reparar la juridicidad violada Los sujetos habilitados, en la revocación es competente únicamente la Administración Publica y la anulación es competencia tanto de la Administración como del Poder Judicial. En cuanto a los efectos elato de revocaciónno tiene efecto retroactivo, y la anulación tiene efecto retroactivo. 58
  • 21. 59 PeñaVillamil,M. (1997). DerechoAdministrativo TomoIII.Asunción:Ed. UniversidadCatólica.Pág. 360. UNIDAD VI. CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Definición. Caracteres específicos del Contrato Administrativo. Los Procedimientos de contratación. Licitación Pública. Concepto. Las etapas del procedimiento de Licitación. Licitación por Concurso de Ofertas. Concepto. Contratación Directa. Concepto. Concepto. ContrataciónInmediata con Fondos Fijos. Concepto. Derechosy Obligaciones de las Partes:a) de la Administración; b) del Contratista. Motivos de extinción del Contrato Administrativo. Tipos de Contratos Administrativos. Contratos Administrativos Definición: el contrato administrativo s aquel acto que la administración pública celebra con otra persona (pública o privada) con el fin de satisfacer una necesidad colectiva, sujeto a reglas del derecho público administrativo exorbitante (superior) del derecho privado. 59 Elementos del Contrato Administrativo:  Sujetos:  Administración Pública: sontodos los órganos públicos o entidades públicas, dentro de la estructura del poder público.  Los Contratistas: Son las personas privadas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras.  Competencia y Capacidad: ambos se vinculan a la validez del contrato.  Competencia: se exige que el órgano público tenga la habilitación legal para suscribir el contrato.  Capacidad: Los contratistas tenga la aptitud legal para celebrar y ejecutar el contrato.  Consentimiento: para que haya contrato se requieren dos voluntades válidas y opuestas que concurran a su formación.  Causa: Es el presupuesto fáctico que motiva la celebración del contrato. Ej.: Necesidad de una ruta.  Objeto: Es la obligación pactada por las partes  Para la Administración: la principal es la de pagar el precio convenido.  Para el Contratista: La de realizar una obra, proveer un determinado bien conforme con la naturaleza del contrato.  Finalidad: La administración pública al contratar debe buscar la satisfacción del interés público que se haya definido en la ley.  Forma: La forma se constituye en un modo concreto en que se documenta, materializa e instrumenta la declaración de la voluntad contractual.
  • 22. 60 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 183. 61 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 184. 62 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 199. CaracteresespecíficosdelContrato Administrativo:  La participación del órgano público en el contrato. En todo contrato administrativo, el Estado u otros órganos públicos deben ser parte. 60  Limitación de la libertad de las partes:  No puede disponer libremente del procedimiento de contratación, pues, según nuestra legislación conforme a la cuantía varía las vías de contratación.  No puede elegir al contratista porquedebe adjudicar el contrato al oferente que haya presentado mejor oferta. 60  Objeto: para que pueda ser considerado contrato administrativo debe establecer una obligación de dar o hacer relacionado con el funcionamiento de una actividad de interés de la colectividad. 61  Clausulas Exorbitantes: En un contrato administrativo es usual la existencia de cláusulas cuya presencia en los contratos civiles serán causales de nulidad. Estas son:  Dirección y Control de la Ejecución del Contrato.  Facultad de modificar unilateralmente el contrato.  Facultad de imponer sanciones.  Faculta de rescindir unilateralmente el contrato.  Desigualdad de entre las partes: Por el hecho de que una de las partes (la administración pública) establece las condiciones del contrato y el contratista no hace más que aceptarlas, se concluye que hay desigualdad de partes, siendo esta desigualdad característica de los contratos administrativos. 61 PROCEDIMIENTOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Se refiere a las distintas modalidades de selección del contratista, que establece los siguientes tipos de procedimiento:  Licitación Pública: para las contrataciones que superen el monto equivalente a 10.000 jornales mínimos. (Se debe publicar).  Licitación por Concurso de Ofertas: para contrataciones cuyo monto se encuentre entre los 2.000 y 10.000 jornales mínimos. (Cartas de Invitación).  ContrataciónDirecta:Es utilizado para contrataciones cuyos montos no superen los 2.000 jornales mínimos.  Con Fondo Fijo: Es una vía de contratación inmediata que es financiada con el rubro de Caja Chica, cuando el valor de la contratación no sea superior a 20 jornales mínimos y para determinado objeto del gasto público. 62 LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN  El llamado a Licitación o Convocatoria.  La adquisición del Pliego de requisitos de la licitación.  Presentación de Ofertas.
  • 23. 63 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 245.  La Apertura de Ofertas.  La Evaluación de la Oferta.  La Adjudicación.  La Suscripción del Contrato. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES Obligaciones de la Administración pública Las principales obligaciones de la Administración pública conforme la naturaleza del contrato son los siguientes: A) pagar el precio fijado en la cantidad y en el plazo fijado en el contrato. B) poner a disposición del contratista alguna cosa que fuera objeto del contrato. 63 Derechos de la Administración Publica: las obligaciones según lo estable la Ley 2051/03 en su Artículo 55.- “Las contratantes gozan de los siguientes derechos: a) a que se ejecuten los contratos en sus términos y condiciones y, en su caso, a exigir su cumplimiento forzoso; b) a modificar unilateralmente el contrato por razones de interés público, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan, si hubiere mérito; c) a suspender o rescindir el contrato por razones de interés público; d) a declarar la resolución o rescisión del contrato, y determinar los efectos procedentes en cada caso; y e) a imponer las sanciones previstas en los contratos y a ejecutar las garantías, cuando el proveedor o contratista no cumpla con sus obligaciones. Las resoluciones adoptadas por las contratantes en ejercicio de estas prerrogativas, se ejecutarán de inmediato.” Obligaciones delcontratista A) Ejecutar la obra o entregar el objeto del contrato en la calidad estipulada B) Entregar la obra o Bienes dentro del plazo convenido Derechos del contratista: conforme lo determina la Ley 2051/03 en su Artículo 56.-“Los proveedores y contratistas tendrán los siguientesderechos: a) a la plena ejecución de lo pactado, salvo los supuestos de rescisión, resolución y modificación unilateralestablecidos en esta ley, en su reglamento y en las bases;
  • 24. 63 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 245. b) al reajuste de precios, para compensar las variaciones sustanciales sufridas en la estructura de costos de los contratos, en los términos que fije la ley, el reglamento y el pliego de bases; y, c) a que se le reconozcan intereses financieros, en caso de que las contratantesincurran en mora en el pago. Sila mora fuera superior a sesenta días, el proveedor o contratista tendrá derecho a solicitar de la Contratante la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables.” MOTIVOS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO Artículo 57 de la Ley 2051/03 “TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS Los contratos terminarán: a) por cumplimiento de las obligaciones contractuales; b) por mutuo acuerdo de las partes; c) por sentencia ejecutoriada de la autoridad jurisdiccional, que declare la nulidad, resolución o rescisión del contrato; d) por decisión unilateral de la Contratante, en caso de incumplimiento del proveedor o del contratista; e) por muerte del proveedor o contratista persona física, o por disolución de la persona jurídica, siempre que esta última no se origine por decisión interna voluntaria de sus órganos competentes. Los representantes legales y los integrantesde los órganos dedirección delas personas jurídicas cuya disolución se tramita, están obligados, bajosu responsabilidad personal y solidaria, a informara la autoridad a la quecompete aprobarla disolución, sobre la existencia de contratos queaquéllastengan pendientescon entidades del sector público y a comunicar a las contratantes respectivas sobre la situación y causales de disolución. Para los casos de disolución de personas jurídicas, antes de expedir la resolución quela declare, la autoridad correspondiente deberá comunicar sobre el particular a la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), para que ésta, en el término de diez días hábiles, informe si la persona jurídica cuya disolución se tramita no tiene contratos pendientes con entidades del sector público o precise cuáles son ellos. Con la contestación de la UCNT, o vencido el antedicho término, se dará trámite a la resolución, sin perjuicio de la responsabilidad de los funcionarios que incumplieren su deber de informar. Deexistir contratos pendientesdela persona jurídica frentea los organismos, entidades o municipalidades, la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT)
  • 25. 63 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 245. informará sobre aquéllosa la Procuraduría Generaldela República, para queésta adopte las acciones conducentes a proteger y defender los intereses públicos, debiendo adoptarlas medidasnecesarias para garantizarlos intereses del Estado. Para el caso de las municipalidadesla protección de los intereses está a cargo del Ejecutivo Municipal. Artículo 58.- TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses públicos ejecutar total o parcialmente el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir la extinción detodaso algunasdelasobligacionescontractuales, en el estado en que se encuentren. Salvoestipulación en contrario, la extinción delas obligacionescontractuales por mutuoacuerdonoimplicará renuncia a derechos causadoso adquiridosa favor de la Contratante o del proveedor o contratista. En estos casos, dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo sujeto. Artículo 59.- RESCISIÓN DEL CONTRATO La Contratante podrá rescindir administrativamente los contratos a los que se refiere esta ley, en los siguientes casos: a) por incumplimiento del proveedor o contratista; b) por quiebra o insolvencia del proveedor o contratista; c) cuandoel valor de las multassupera el monto de la garantía de cumplimiento del contrato; d) por suspensión de los trabajos, imputable al proveedor o al contratista, por más de sesenta días calendario, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; e) por fraudeo colusión debidamentecomprobadodelproveedor o contratista desde la adjudicación hasta la finalización del contrato; f) por habersecelebradoun contratocontra expresa prohibición de esta ley; y, g) en los demáscasos estipuladosen el contrato, de acuerdo con su naturaleza. La Contratante iniciará el procedimiento de rescisión dentro de los quince días calendario siguientes a aquél en que se hubiere agotado el plazo límite de aplicación de las penas convencionales.
  • 26. 63 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 245. Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciera entrega de los bienes, se prestasen los servicios o se ejecutasen las obras, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, sin perjuicio de las responsabilidades del proveedor o contratista. El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente: 1) se iniciará a partir de que al proveedor o contratista le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de diez días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes; 2) transcurrido el plazo a que se refiere el inciso anterior, se resolverá considerandolos argumentos, pruebasycircunstanciasdel caso; y, 3) la determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al proveedor o al contratista dentro de los quince días hábiles siguientes a lo señalado en el inciso a) de este artículo. Artículo 60.- TERMINACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES A LA CONTRATANTE El proveedor o el contratista podrá dar por terminado el contrato, por las siguientes causas imputables a la Contratante: a) por incumplimientodelasobligacionescontractualespor másde sesenta días calendario; b) por la suspensión de los trabajos por más de sesenta días calendario, dispuestos por la Contratante, sin quemedie fuerza mayor o caso fortuito; y, c) cuandolos diseños definitivos sean técnicamente inejecutables y no se hubiesen solucionado los defectos dentro de los sesenta días calendario siguientes a aquél en que el proveedor o contratista lo hubiere hecho del conocimiento de la Contratante.”
  • 27. 64 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 274. UNIDAD VII. ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LIMITACIÓN U ORDENADORA: Fundamento Constitucional. Concepto. Características. Técnicas Jurídicas del ejercicio de la función ordenadora: a) Actividad Normativa; b) Operaciones Materiales. Formas de Manifestación. Límites al ejercicio de esta actividad. Sanciones: a) personales; b) patrimoniales. ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LIMITACIÓN U ORDENADORA La función administrativa de limitación o de ordenación es actividad de la administración expresada en acto normativo concreto que condiciona, con fundamento en la supremacía general y en forma de ley, la libertad y la propiedad de los individuos, mediante acción fiscalizadora, sea preventiva o represiva imponiendo coercitivamente a los particulares un deber de abstención a fin de conformar los compromisos a los intereses sociales consagrados en el sistema normativo. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Artículo 9 - DE LA LIBERTAD Y DE LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Toda persona tiene el derecho a ser protegida en su libertad y en su seguridad. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena ni privado de lo que ella no prohíbe. Artículo 72 - DEL CONTROL DE CALIDAD El Estado velará por el control de la calidad de los productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos, en las etapas de producción, importación y comercialización. Así mismo facilitará el acceso de factores de escasos recursos a los medicamentos considerados esenciales. Artículo 128 - DE LA PRIMACIA DEL INTERES GENERAL Y DEL DEBER DE COLABORAR En ningún caso el interés de los particularesprimará sobre elinterés general. Todoslos habitantes deben colaborar en bien delpaís, prestando losservicios y desempeñando lasfuncionesdefinidas como carga pública, que determinen esta Constitución y la ley. CARACTERÍSTICAS Es una actividad sometida a la legalidad. Es una restricción a la actividad de los particulares. Es de carácter Auto ejecutorio.
  • 28. 65 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 281. 66 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 282. 67 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 285. Es de carácter coactivo y preventivo. Su fin es el de evitar daños a la colectividad y promover el bien común. TÉCNICAS JURÍDICAS DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN ORDENADORA Actividad normativa: pueden ser generales y particulares Generales: Son los emitidos por la autoridad administrativa como las reglamentaciones que autorizan las leyes Particulares: Son actos de aplicación individualizado y concreto, de las disposiciones legales y reglamentarias efectuadas por la administración pública que se exterioriza con diferentes denominaciones conforme con el objeto. Estos actos administrativos pueden recibir la denominación de orden, autorización, permiso, prohibición. 65 OPERACIONES MATERIALES Conforman un conjunto de hechos que puede efectuar la administración en los supuestos de violaciones de las normas de carácter ordenador tales como cierre de locales comerciales, demolición de edificios, decomiso de mercadería de venta prohibidas o vencidas, fiscalización. 66 LÍMITES AL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD La actividad ordenadora administrativa implica restricción o limitación de los derechos individuales que se hallan consagrados en la normativa constitucional por lo que suejercicio debe tener límites precisos, conformeconsufinalidad consistente en armonizar dichos derechos individuales con los intereses de la colectividad, igualmente protegidos por orden normativo constitucional. Por consiguiente, la doctrina enumera una serie de límites a la actividad ordenadora o limitadora qué sonlas siguientes legalidades, razonabilidad, respeto a la intimidad, irretroactividad de las normas, impugnabilidad judicial. 67 LAS SANCIONES Las sanciones se clasifican en dos tipos: Sanciones personales: inhabilitación, retiro de personalidad jurídica, caducidad. Sanciones patrimoniales: la multa, la clausura, el decomiso y, la demolición.
  • 29. 70 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 323. 71 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 330. UNIDAD VIII. SERVICIO PÚBLICO. Concepto. JustificacióndelServicio Público. Principios Jurídicos o Caracteres del Servicio Público. Forma de Prestación:a)Directa;b) Indirecta. Explotación simultánea de una misma actividad en régimen público y privado. Derechos y Obligaciones del usuario del Servicio Público. Protección del Usuario: a) Protección administrativa; b) Protección Judicial. SERVICIO PÚBLICO Es la actividad administrativa, indispensable para la vida social, de prestación al público, asumida en exclusividad por el Estado, bajo un régimen jurídico público, cuyos caracteres son la regularidad, continuidad, obligatoriedad, mutabilidad e igualdad. 68 ELEMENTOS DEL CONCEPTO DE SERVICIO PÚBLICO  Actividad administrativa.  Indispensable para la vida social.  Actividad de prestación. JUSTIFICACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO  Retirar de la especulación privada ciertas actividades de interés preferente de la sociedad.  Realizar la justicia social poniendo al alcance de sectores sociales menos favorecidos ciertos servicios esenciales para su desarrollo.  Suplir las deficiencias del sector privado de la economía. 69 PRINCIPIOS JURÍDICOSO CARACTERES DEL SERVICIO PÚBLICO Los principios jurídicos del servicio público Principio de continuidad: los servicios públicos deben ser prestados sin interrupciones salvo disposiciónlegal en contrario Principio de regularidad: es la prestación del servicio de acuerdo con las reglas normas o condiciones preestablecidas para el fin al que será aplicado Principio de la igualdad o uniformidad: la prestación del servicio debe ser igual para todos aquellos que se encuentren en situaciones comparables respetando las distinciones de su condición que conduzcan a eventuales diferencias
  • 30. 70 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 323. 71 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 330. Principio de neutralidad: este principio tiene dos facetas porun lado la prestación de los servicios no puede ser condicionada a la declaración de una determinada Concepciónfilosófica ideológica o religiosa. Principio de generalidado universalidad: es la posibilidad de que el servicio pueda ser exigido y usado portodos Principio de obligatoriedad:la obligatoriedad del servicio tiene una doble proyección para el sujeto responsable de la prestación y para el usuario del servicio Principio de mutabilidad: este principio implica que los servicios públicos pueden variar conforme con la modificación de las necesidades de la colectividad Principio de la contraprestaciónpor el usuario: este principio se vincula a la modalidad de contraprestación del usuario por la utilización del servicio público es decir el pago Principio de eficiencia:consiste en la prestación del servicio público del modo que satisfaga las necesidades públicas y que dicha finalidad se cumpla delo menos oneroso para el usuario Principio de responsabilidad:la administración pública tiene responsabilidad patrimonial porsu actuación en general y porel funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos en cuanto se trata de una acción de prestación del estado FORMA DE PRESTACIÓN  Directa: ocurre cuando el Estado lo ejecuta por medio de sus propios órganos o funcionarios que integran su estructura administrativa central o por medio de órganos creados para el efecto. Ejemplo: Ande.  Indirecta: ocurre cuando el Estado, titular de la prestación de servicio transfiere a una tercera persona la ejecución, pero no la titularidad del servicio. Ejemplo: Empresas tercerizadas que operan para la Ande. 70 EXPLOTACIÓN SIMULTÁNEA DE UNA MISMA ACTIVIDAD EN RÉGIMEN PÚBLICO Y PRIVADO Existen ciertos servicios públicos que sonprestados en régimen de competencia entre el sectorpúblico y privado en este supuesto los servicios considerados de utilidad pública prestados porlos particulares al igual que el sector público son objeto de una fuerte reglamentación por el estado para mantener los principios informadores del servicio público. 71
  • 31. 7 Ramírez Candía,M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 34. 71 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 330. 72 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 338. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL USUARIO DEL SERVICIO PÚBLICO Usuario del Servicio Público: Es la persona que utiliza el servicio prestado porel Estado, cuya utilización del servicio crea un vínculo jurídico entre la entidad que la presta y el usuario, vínculo que impone derechos y obligaciones a las partes. Ejemplo: Usuarios de la Ande. 71 Derechos del Usuario  Derecho a la prestación del servicio.  Derecho a la continuidad, regularidad e igualdad en el goce de los servicios.  Derecho a la información. Obligaciones del Usuario El usuario está obligado al pago por el servicio recibido que se haya establecido en una tarifa fijada previamente porla entidad encargada dela prestación del servicio. PROTECCIÓN DEL USUARIO Los usuarios disponen de los medios jurídicos necesarios para exigir el cumplimiento de los principios informadores de la prestación del servicio público y los derechos que le acuerda la ley. Protección Administrativa La protección de los derechos de los usuarios de los servicios públicos, ante las autoridades administrativas opera por medio de la iniciación y trámite del sumario administrativo en defensa del consumidor. 72 Protección Judicial Dictada la decisión que motiva la reglamentación en sede administrativa, el usuario disponedela víadeimpugnación judicial, ente el Tribunal deCuentas dentro del término de 15 días de notificada la resolución, conforme con la ley. 7
  • 32. 73 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción- Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 346. 74 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 348. 75 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 348. UNIDAD IX INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN LA ECONOMÍA: Actividad económica del Estado en a la producción de bienes y servicios. Técnicas para asumir la intervención directa. Actividad de Fomento Administrativo. Técnicas de fomento administrativo. Actividad de Planificación. Base constitucional. ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL ESTADO EN LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PRODUCCIÓN DE BIENES: Es cuando el estado asume en forma directa la producción de bienes económicos destinados a la comercialización de los mismos en la sociedad. Para el efecto, el estado utiliza como instrumento jurídico y material a las empresas públicas a las que encomienda la producción y comercialización de los bienes. 73 PRESTACIÓN DE SERVICIOS: Es cuando el estado asume la prestación del servicio de carácter privado. Es decir, son servicios no calificados como servicios públicos que son prestados dentro de un régimen jurídico público como la obligatoriedad de su prestación, continuidad, regularidad y exigibilidad. 73 TÉCNICAS PARA ASUMIR LA INTERVENCIÓN DIRECTA Las técnicas utilizadas por el estado para asumir en forma directa la intervención en la producción de bienes y servicios son la nacionalización de empresas privadas existentes y la creación deempresas públicas en sus diferentes modalidades jurídicas Nacionalización: es la transferencia de bienes pertenecientes a particulares a la colectividad para utilizarlos en interés público, es decir la nacionalización implica la preexistencia de empresas privadas que se dedican a las actividades productoras de bienes o servicios que por un acto legislativo son transferidos a favor del estado Empresas públicas: es una entidad creada por ley para la intervención económica del estado por medio de la prestación de un servicio o la producción de un bien determinado. 74 ACTIVIDAD DE FOMENTO ADMINISTRATIVO El fomento es una actividad administrativa por la que el estado interviene en forma indirecta en la economía mediante una serie de medidas de apoyo a los agentes privados en actividades consideradas de interés colectivo. 75
  • 33. 76 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 353. 77 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 355. TÉCNICAS DE FOMENTO ADMINISTRATIVO Se traducen en medidas impulsadas por la administración pública a favor de los agentes privados de la economíay que pueden consistir en: medidas honoríficas medidas jurídicas medidas técnicas medidas económicas medidas de carácter dinerario. 76 ACTIVIDAD DE PLANIFICACIÓN La planificación estatal es un instrumento de intervención en la economía qué consiste en la organización racional de medios y de actividades para alcanzar objetivos determinados. Por consiguiente, se puede señalar que la planificación es una técnica de acción consistente en la fijación de unos objetivos o resultados alcanzar a corto mediano o largo plazo y la fijación de conductas y medios que habrán de emplearse para alcanzar los objetivos fijados con la finalidad de conseguir el desarrollo económico social y cultural de la sociedad. BASE CONSTITUCIONAL La actividad de planificación posee base Constitucional en los siguientes Artículos: Artículo 6 - DE LA CALIDAD DE VIDA La calidad de vida será promovida por el Estado mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionantes, tales como la extrema pobreza y los impedimentos de la discapacidad o de la edad. El Estado también fomentará la investigación sobre los factores de población y sus vínculos con el desarrollo económico social, con la preservación del ambienteycon la calidad de vida de los habitantes. Artículo 176 - DE LA POLITICA ECONOMICA Y DE LA PROMOCION DEL DESARROLLO La política económica tendrá como fines, fundamentalmente, la promoción del desarrollo económico, social y cultural. El Estado promoverá el desarrollo económico mediante la utilización racional de los recursos disponibles, con el objeto de impulsar un crecimiento ordenado y sostenido de la economía, de crear nuevas fuentes de trabajo y de riqueza, de acrecentar el patrimonio nacional y de asegurar el bienestar de la población. El desarrollo se fomentará con programas globales que coordinen y orienten la actividad económica nacional. Artículo 177 - DEL CARACTER DE LOS PLANES DE DESARROLLO Los planes nacionales de desarrollo serán indicativos para el sector privado, y de cumplimiento obligatorio para el sector público.
  • 34. 78 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 365. 79 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 367. UNIDAD X. RECURSOS DEL ESTADO. Concepto de Bienes Públicos. Distinción entre dominio eminente y dominio público. Formas de obtenciónde los bienes. Clasificaciónde los bienes públicos en nuestra legislación. Cambio del destino de los bienes públicos. Características de los bienes públicos. Utilización de bienes públicos por particulares. Control de la Administración de los bienes públicos. Jurisdicción Competente. RECURSOS DEL ESTADO Bienes Públicos Son las cosas de titularidad de las Entidades Públicas que integran su patrimonio por disposición legal, destinadas al cumplimiento de sus fines y que se rigen por el régimen de derecho administrativo. 78 Bien: Es todo lo que es susceptible de tener un valor económico. LA DISTINCIÓN ENTRE DOMINIO EMINENTE Y DOMINIO PÚBLICO  Dominio Público: Es la expresión utilizada para referirse a los bienes de propiedad del Estado, porlo que traduce la titularidad o derecho de propiedad que tiene el Estado sobredeterminados bienes, es un domino patrimonial sobrebienes propios del Estado.  Dominio Eminente: Es el poder político por el cual el Estado somete a su voluntad todas las cosas de su territorio. Es una de las manifestaciones de la soberanía nacional, que no encuentra límites sino en el orden jurídico constitucional y alcanza a los bienes de las Entidades Públicas, los bienes de los particulares y las cosas apropiables del interés público. Ejemplo: En virtud del Dominio Eminente el Estado puede reglamentar la forma de concesión del uso del espacio electromagnético, los recursos naturales que impone restricciones a la propiedad de los particulares. 79 FORMA DE OBTENCIÓN DE LOS BIENES  Compra: Es la forma usual de adquisición delos bienes muebles e inmuebles que se regirá por la Ley de Contrataciones Públicas y que conforme con el valor de los bienes deberá hacerse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la citada ley.  Donación:Es cuando un particular transfiere en forma gratuita a favor del Estado un bien inmueble o mueble.  Sucesión: Puede ocurrir por dos vías.  Cuando por vía testamentaria se instituye un bien a favor del Estado, tal como ocurre generalmente con obras artísticas, bibliotecas, etc.  Por sucesión vacante.
  • 35. 80 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 369.  Expropiación:Es la forma coactiva deadquisición debienes porparte delEstado, por medio del procedimiento reglado por la propia constitución, por acto legislativo y que exige la previa calificación del interés social e indemnización al propietario afectado.  Construcción de Obras Públicas: Es el medio de incorporación al patrimonio del Estado, de los bienes de carácter edilicio y los bienes destinados al uso de la colectividad, como los caminos, parques y plazas.  Recaudaciónde RecursosenDinero:Serecaudaconformeconlas disposiciones de las leyes tributarias y presupuestarias.  Préstamos Financieros:A través de los Empréstitos estatales a nivel nacional o internacional, conforme con la autorización legislativa por la que se reciben los recursos de una entidad determinada por contrato o por la colocación de Bonos emitidos por el Estado. 80 Clasificación de los Bienes Públicos en la Legislación Paraguaya Conforme al Código Civil Paraguayo LOS BIENES EN RELACION A LAS PERSONAS A QUIENES PERTENECEN se dividen en: Art.1898.- Son bienes del dominio público del Estado: a) las bahías, puertos y ancladeros; b) losríos ytodaslasaguasquecorren porsuscaucesnaturales, yestosmismos cauces; c) las playas de los ríos, entendidas por playas las extensiones de tierras que las aguas bañan y desocupan en las crecidas ordinarias y no en ocasiones extraordinarias; d) los lagos navegables y sus álveos; y e) los caminos, canales, puentes y todas las obras públicas construidas para utilidad común de los habitantes. Los bienesdel dominiopúblicodelEstado, son inalienables, imprescriptiblese inembargables. Art.1899.- Las personas particulares tienen el uso y goce de los bienes públicos del Estado, pero estarán sujetas a las disposiciones de este Código y a las leyes o reglamentos de carácter administrativo. Art.1900.- Son bienes del dominio privado del Estado: a) las islas que se formen en toda clase de ríos o lagos, cuando ellas no pertenezcan a particulares;
  • 36. 81 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 374. 82 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 375. 83 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 386. 84 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 387. b) los terrenos situados dentro de los límites de la República que carezcan de dueño; c) los minerales sólidos, líquidos y gaseosos que se encuentren en estado natural, con excepción de las sustancias pétreas, terrosas o calcáreas. La explotación y aprovechamientodeestas riquezas, se regirán porla legislación especial de minas; d) losbienesvacantesomostrencos, ylosdelaspersonasquemuerenintestadas o sin herederos, según las disposiciones de este Código; y e) los bienesdelEstadonocomprendidosen el artículo anterioro noafectados al servicio público. CAMBIO DEL DESTINO DE LOS BIENES  Afectación: Es el acto por medio del cual se destina un bien de propiedad del Estado para el uso de toda la colectividad, con lo cual se incorpora a la categoría de bienes de dominio público del Estado. 81  Desafectación: Cuando el poder público retira un bien del uso común de la población y lo incorpora a su patrimonio privado. El acto de desafectación deber ser efectuado por la misma categoría normativa por la que ha incorporado al uso común del pueblo. 82 CARACTERÍSTICA JURÍDICA DE LOS BIENES PÚBLICOS  Inenajenabilidad: Es la cualidad de un bien por el cual un titular no puede disponer de él. (no se puede vender)  Inembargabilidad: No pueden ser embargados.  Imprescriptibilidad: Significa que los bienes del Estado no pueden adquirirse por la ocupación pacífica, pública y continua por determinado tiempo. CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES PÚBLICOS  Contraloría Generalde la República: tiene la competencia de ejercer el control de la ejecución presupuestaria y la administración de los bienes públicos y para el efecto, los administradores de los bienes públicos deben remitir anualmente a dicha entidad la rendición de cuentas y balance patrimonial de la entidad. 83  Auditoría General del Poder Ejecutivo: Es el órgano de control interno de las entidades y órganos del Poder Ejecutivo. 84
  • 37. 81 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 374. 82 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 375. 83 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 386. 84 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 387. Jurisdicción Competente  Tribunal de Cuentas:La tutela judicial en los conflictos que se guardan relación conla utilización delos recursos patrimoniales del Estado, pormedio delejercicio de la acción contencioso administrativo.  Juzgados en lo Civil: La determinación del resarcimiento de daños a la administración pública por la mala administración de bienes por parte de los funcionarios públicos.  Juzgados en lo Penal: la responsabilidad penal.
  • 38. UNIDAD XI. RECURSOS HUMANOS. Servidores Públicos. Concepto legal. Principios constitucionales de la Función Pública:a) los que rigen el accesoa la misma; b) los que rigen el ejercicio de dicha función. Requisitos para el Acceso a la Función Pública. Derechos de los Funcionarios Públicos: a) Derechos Individuales consagrados en la Constitución Nacional;b) Derechos Colectivos de los trabajadores. Obligación de los Funcionarios Públicos. Personas inhabilitadas para el ejercicio de la función pública. Supuestos de terminación de la relación jurídica laboral. Órganos competentes para resolver cuestiones relativas a la función pública. RECURSOS HUMANOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS La Ley 1.626/00 en su Art. 4° establece: “Es la persona nombrada mediante acto administrativo para ocupar de manera permanente un cargo incluido o previstoen el presupuestogeneral dela nación, dondedesarrolla tareasinherentes a la función del organismo o entidad del Estado en el que presta servicios.” PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LA FUNCIÓN PÚBLICAPRINCIPIOS Los principios que rigen la función publica son de dos tipos: 1) los que rigen el acceso a la función publica; y 2) los que rigen el ejercicio de la función publica. LOS QUE RIGEN EL ACCESO A LA FUNCION PUBLICA  Principio de Idoneidad: Implica que la persona que ha de ejercer un cargo público tenga acreditada su idoneidad moral y técnica.  Principio de Igualdad:Consiste en la igualdad para accedera los cargos públicos no electivos. Artículo 47 - DE LAS GARANTÍAS DE LA IGUALDAD El Estado garantizará a todos los habitantes de la República: 1) la igualdad para el acceso a la justicia, a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidiesen; 2) la igualdad ante las leyes; 3) la igualdad para el acceso a las funciones públicas no electivas, sin más requisitos que la idoneidad, y 4) la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de la cultura.
  • 39. LOS QUE RIGEN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA. Las personas queejercen la función pública están al servicio del país deconformidad a lo establecido en la Constitución Nacional en su Artículo 101 “DE LOS FUNCIONARIOS Y DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS.Losfuncionariosy los empleados públicos están al servicio del país. Todos los paraguayos tienen el derecho a ocupar funciones y empleos públicos.” Responsabilidad del Funcionario: Ningún funcionario o empleado público está exento de responsabilidad si ha cometido delitos o faltas en el desempeño de sus funciones conforme lo establecido en la Constitución Nacional en el Artículo 106 – “DE LA RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO Y DEL EMPLEADO PUBLICO Ningún funcionario o empleado público está exento de responsabilidad. En loscasosde transgresiones, delitoso faltasquecometiesen en el desempeñode sus funciones, son personalmenteresponsables, sin perjuicio de la responsabilidadsubsidiariadel Estado, con derecho de éste a repetir el pagode lo que llegase a abandonar en tal concepto.” Legalidadde Actuación: Los órganos del Estado se subordinan a los dictados en la ley, es lo establecido por el Precepto Constitucional en el “Artículo 257 - DE LA OBLIGACION DE COLABORAR CON LA JUSTICIA Los órganos del Estado se subordinan a los dictados de la ley, y las personas que ejercen funciones al servicio del mismo están obligadas a prestar a la administración de justicia toda la cooperación que ella requiera para el cumplimiento de sus mandatos”. Publicidad de los Actos: Implica que el funcionario como administrador de la cosa ajena debehacer conocersuactuación alpueblo atendiendo que la forma degobierno del estado paraguayo es de carácter Republicano por imperio del Artículo 1 de la C.N. que textualmente dice: – “DE LA FORMA DEL ESTADO Y DE GOBIERNO La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que se establecen esta Constitución y las leyes. La Repúblicadel Paraguayadoptaparasu gobiernola democraciarepresentativa, participativay pluralista,fundadaen el reconocimientode la dignidad humana.” REQUISITOS PARA EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA De conformidad a la Ley 1.626/00 en su Artículo 14, textualmente determina- “Los interesados en ingresara la función públicadeberán reunirlassiguientes condiciones: a) tener nacionalidad paraguaya; b) contar con dieciochoañosde edad comomínimoycuarenta ycincoaños como máximo;
  • 40. c) justificarel cumplimientodelasobligacionespersonalesprevistasporla Constitución Nacional y las leyes; d) poseer idoneidad y capacidad, necesarias para el ejercicio del cargo, comprobadasmedianteel sistemadeselección establecidopara el efecto; e) estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos; f) presentar certificado de antecedentes judiciales y policiales; y, g) no registrar antecedentes de mal desempeño de la función pública.” DERECHOS INDIVIDUALES CONSAGRADOS EN LA C.N.  Derecho a la no discriminación.  Derecho a la protección especial a los discapacitados.  Derecho de protección especial de las trabajadoras en estado de gravidez.  Derecho a la limitación de la jornada laboral.  Derecho a los descansos establecidos en el Código Laboral.  Derecho a la remuneración mínima.  Derecho al aguinaldo anual.  Derecho a la bonificación familiar.  Derecho a la estabilidad laboral.  Derecho a la seguridad social.  Derecho a permiso de ausentarse a su lugar de trabajo.  Derecho a la renuncia del cargo.  Derecho a la defensa.  Derecho a la promoción o ascenso. DERECHOS COLECTIVOS DE LOS TRABAJADORES  Derecho a la sindicalización.  Derecho a la huelga.  Derecho a la suscripción de convenio colectivo de trabajo. Obligaciones de los Funcionarios Artículo 57 de la Ley 1.626/00 establece-“ Son obligaciones del funcionario público, sin perjuicio de lo que se establezca en los reglamentos internos de los respectivos organismos o entidades del Estado, las siguientes: a) realizarpersonalmenteel trabajo a su cargoen lascondicionesdetiempo, forma, lugar y modalidad que determinen las normas dictadas por la autoridad competente; b) cumplir la jornada de trabajo que establece esta ley; c) asistir puntualmente al trabajo y prestar sus servicios con eficiencia, diligencia, urbanidad, corrección y disciplina, y portar identificación
  • 41. visible para la atención al público dentro del horario establecido y, cuando fuere necesario, en horas extraordinarias; d) acatarlasinstruccionesdelos superioresjerárquicosrelativasal trabajo querealiza cuandoellasnosean manifiestamentecontrariasa lasleyesy reglamentos; e) observar una conducta acorde con la dignidad del cargo; f) guardar el secreto profesional en los asuntos que revistan carácter reservado en virtud de la ley, del reglamento, de su propia naturaleza o por instrucciones especiales; g) observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que implica una conducta honesta y leal en el desempeño de su cargo, con preeminencia del interés público sobre el privado; h) denunciarcon la debidaprontitud a la justiciaordinariaoa la autoridad competente los hechos punibles o irregularidades que lleguen a su conocimiento en el ejercicio del cargo; i) presentar declaración jurada de bienes y rentas, en el tiempo y en la forma que determinan la Constitución Nacional y la ley; j) concurrira la citaciónporla instruccióndeun sumarioadministrativoo prestar declaración en calidad de testigo; k) someterse periódicamente a los exámenes psicofísicos que determine la reglamentación pertinente; l) permanecer en el cargo en caso de renuncia, por el plazo máximo de treinta días, si antes no fuese reemplazado; m) cumplirlasdisposicionesconstitucionales, legalesyreglamentariassobre incompatibilidad y acumulación de cargos públicos; n) capacitarse en el servicio; o) velarpor la economía y conservación del patrimoniopúblicoa su cargo; y, p) abstenersederealizaractividadescontrariasalorden públicoyal sistema democrático, consagrado por la Constitución Nacional.” PERSONAS INHABILITADAS PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA De conformidad a la Ley 1.626/00 en su Artículo 16.-“Están inhabilitados para ingresar a la función pública, así como para contratar con el Estado: a) loscondenadosporsentencia firmea pena privativa delibertad, mientras dure la condena; b) los condenadosa penasde inhabilitación para el ejercicio de la función pública; c) los condenados por la comisión de delitos electorales; d) los declaradosincapacesen juicio de conformidad a lo establecidoen el Artículo 73 del Código Civil; e) los ex- funcionarios y empleados que hubiesen terminado su relación jurídica con el Estadopor causa justificada no imputableal empleador, salvo que hayan transcurrido más de cinco años de la destitución; y,
  • 42. f) los jubilados con jubilación completa o total de la administración pública.” Terminaciónde la relaciónjurídica entre el Estado y sus Funcionarios El Artículo 40 de la Ley de la Función Publica establece: “La relación jurídica entre un organismo o entidad del Estado y sus funcionarios terminará por: a) renuncia; b) jubilación; c) supresión o fusión del cargo; d) destitución; e) muerte; y f) cesantía por inhabilidad física o mental debidamente comprobada”. ÓRGANOS JUDICIALES COMPETENTES PARA RESOLVER LAS CUESTIONES VINCULADAS A LA FUNCIÓN PÚBLICA  Tribunal de Cuentas: Son competentes por la vía de la demanda contenciosa administrativa en las cuestiones litigiosas suscitadas entre los funcionarios públicos y el Estado.  Juzgado de Primera Instancia en lo Civil: Son competentes en las cuestiones relativas a los funcionarios contratados.  Tribunal Electoral:Son competentes para entender en los conflictos suscitados entre los funcionarios de los gobiernos departamentales y municipales.  Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral: Son competentes para las cuestiones vinculadas a empleados de carácter privado y en caso de declaración de huelga de los funcionarios públicos.
  • 43. 85 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 506. 86 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 510. 87 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 515. UNIDAD XII. PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Concepto. Fundamento. Principios Informadores del Procedimiento Disciplinario: a) Legalidad; b) Derecho a la defensa del funcionario; c) Prohibición de la utilización de pruebas ilegales;d) Prohibición de la doble persecución administrativa; e) Presunción de inocencia; f) Proporcionalidad;g) culpabilidad; h) irretroactividad; j) Juicio Público. Tipos de Faltas Administrativas: a) Leves; b) Graves. Sanciones Administrativas. Órgano de aplicación de las sanciones disciplinarias PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIO PÚBLICOS Es el conjunto de actividades realizadas por los sujetos del procedimiento en el marco dela investigación de la conductadelfuncionario porla supuesta comisión de infracciones administrativas graves conla participación del funcionario afectado en ejercicio del derecho a la defensa de sus intereses. 85 FUNDAMENTO Reside en la necesidad que la Administración Publica tiene, como organización prestadoradeservicios, de mantener la disciplina interna y de asegurar que sus agentes cumplan las obligaciones a su cargo PRINCIPIOS INFORMADORES DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO Principio de Legalidad: La legalidad o juridicidad del procedimiento disciplinario implica que se debecumplir con el orden jurídico establecido, los cuales se refieren a la legalidad de las infracciones administrativas, la legalidad de las sanciones y el procedimiento a seguir. 86 En resumida síntesis este principio consiste en la Ley debe estar la conducta descripta como infracción, la sanción y el procedimiento a seguir. Derecho a la Defensa del Funcionario: Es el derecho básico y esencial para la operatividad de las reglas del debido proceso porquesolo en el efectivo ejercicio de la defensa puede materializarse los demás derechos procesales consagrados en el orden jurídico. 87 Prohibición de utilizar pruebas ilegales contra delfuncionario: Esta prohibición tiene sustento jurídico en el Artículo 17. 9 de la ConstituciónNacional queexpresa “En el proceso penal, o en cualquier otro del cual pudiera derivarse pena
  • 44. 88 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 520. 89 SánchezMoron,M. (2018). DerechoAdministrativo.Asunción:Editorial Tecnos.Pág. 271. 90 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 523. 91 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 525. sanción, toda persona tiene derecho a: que no se le opongan pruebasobtenidaso actuaciones producidas en violación de las normas jurídicas” Prohibiciónde la doble persecución administrativa:tiene como base Institucional el Articulo 14. 4 que establece “que no se le juzgue más de una vez por el mismo hecho. No se pueden reabrir procesos fenecidos, salvo la revisión favorable de sentencias penales establecidas en los casos previstos por la ley procesal” Presunciónde Inocencia del funcionario: Es la situación Jurídica del funcionario sometido a sumario, quien debe ser considerado inocente de la falta administrativa que se le atribuye mientras su responsabilidad en el hecho no sea declarada por resolución administrativa. 88 Proporcionalidad: Significa que la sanción impuesta debe guardar una adecuada relación con la gravedad de la falta, pero no, que necesariamente se deba aplicar la sanción menos grave entre las varias posibles. 89 Culpabilidad: Significa que el funcionario inculpado debe ser sancionado en base a las pruebas incorporadas en el sumario administrativo que tenga la entidad de ser suficiente para destruir la presunción de inocencia del funcionario. 90 Irretroactividad: Este es un principio básico y fundamental, porel hecho de que la ley rige para situaciones futuras, al respecto la Constitución Nacional en su Artículo 14 determina “DE LA IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY .Ninguna ley tendrá efecto retroactivo, salvo que sea más favorable al encausado o al condenado”. Juicio Público: se dirige a preservar el acceso del mismo de su defensor, al expediente administrativo, para el ejercicio real y efectivo de la defensa y la operatividad del principio contradictorio, 91 El Articulo 17.2 de la Constitución Nacional textualmente expresa: “que se le juzgue en juicio público, salvo los casos contemplados por el magistrado para salvaguardar otros derechos;” TIPOS DE FALTAS ADMINISTRATIVAS En nuestra legislación existen dos tipos de faltas: a) faltas leves, b) faltas graves y conforme a la Ley de la Función Pública son las siguientes: FALTAS LEVES Artículo 66.- “Serán consideradas faltas leves las siguientes: g) asistencia tardía o irregular al trabajo;
  • 45. 88 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 520. 89 SánchezMoron,M. (2018). DerechoAdministrativo.Asunción:Editorial Tecnos.Pág. 271. 90 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 523. 91 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 525. h) negligencia en el desempeño de sus funciones; i) falta derespetoa lossuperiores, a loscompañerosdetrabajooal público; y, j) ausencia injustificada.” SANCIONES A LAS FALTAS LEVES Artículo 67.- “Serán aplicadas a las faltas leves las siguientes sanciones disciplinarias: k) amonestación verbal; l) apercibimiento por escrito; y m)multa equivalente al importe de uno a cinco días de salario.” FALTAS GRAVES Artículo 68.- “Serán faltas graves las siguientes: a) ausenciainjustificada pormásdetres díascontinuoso cinco alternosen el mismo trimestre; b) abandono del cargo; c) incumplimientodeuna orden del superiorjerárquico, cuandoellaseajuste a sus obligaciones; d) reiteración o reincidencia en las faltas leves; e) incumplimiento de las obligaciones o transgresión de las prohibiciones establecidas en la presente ley; f) violación del secreto profesional, sobre hechos o actos vinculados a su función querevistanel carácterreservadoen virtuddela ley, el reglamento o por su naturaleza; g) recibirgratificaciones, dádivasoventajasdecualquier índoleporrazón del cargo; h) malversación, distracción, retención o desvío de bienes públicos y la comisión de los hechos punibles tipificados en el Código Penal contra el Estado y contra las funciones del Estado; i) el incumplimientodelasobligacionesdeatenderlosserviciosesencialespor quieneshayan sidodesignadospara el efecto, conformea los artículos130 y 131 de esta ley; j) nombrarocontratarfuncionariosen transgresióna lodispuestoen esta ley y sus reglamentos; y, k) los demás casos no previstos en esta ley, pero contemplados en el Código del Trabajo y las demás leyes como causas justificadas de terminación del contrato por voluntad unilateral del empleador.” SANCIONES ALAS FALTAS GRAVES Artículo 69.- “Serán aplicadas a las faltas graves las siguientes sanciones disciplinarias:
  • 46. 88 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 520. 89 SánchezMoron,M. (2018). DerechoAdministrativo.Asunción:Editorial Tecnos.Pág. 271. 90 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 523. 91 RamírezCandía, M. D. (2009). DerechoAdministrativo.Asunción - Paraguay:LitocolorEditora.Pág. 525. a) suspensión del derecho a promoción por el período de un año; b) suspensión en el cargo sin goce de sueldo de hasta treinta días; o, c) destitución o despido, con inhabilitación para ocupar cargos públicos por dos a cinco años. Las faltas establecidas en los incisos h), i), j) y k) del artículo anterior serán sancionadas con la destitución”. ORGANO DE APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS Artículo70.-“Lassancionesadministrativasporlasfaltaslevesseránaplicadas por el jefe de la repartición pública donde preste sus servicios, sin sumario administrativo previo. Si el inculpado se considerase inocente por la pena de amonestación o apercibimiento, podrá solicitar la instrucción de un sumario administrativo.” Artículo71.-“Lassancionesdisciplinariascorrespondientesa lasfaltasgraves serán aplicadas por la máxima autoridad del organismo o entidad del Estado en queel afectadopreste sus servicios, previosumarioadministrativo, sin perjuiciode remitirlosantecedentesa lajurisdicción penalordinaria,si elhechofuesepunible.”