EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
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1. Republica Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Poder popular Para La Educación
Facultad de ciencia Jurídicas y Políticas
Universidad Yacambú
EL PATRIMONIO Y DERECHO REAL
María Gabriela Carmine Martínez
C.I: 25.591.367
№ De Expediente:CJP-151-00545
2. PATRIMONIO
En el ámbito económico, el patrimonio es el conjunto
de bienes, derechos y obligaciones con los que una
persona, grupo de personas o empresa cuenta y los
cuales emplea para lograr sus objetivos. En ese sentido,
se pueden entender como sus recursos y el uso que se
les da a estos.
DEFINICION TECNICA
Los elementos que forman parte de un patrimonio pueden considerarse como propios o también como heredados.
Por otra parte, dan una idea del estado en términos de riqueza o bienestar de individuos o colectivos.
A menudo se suele identificar el significado de patrimonio con otros términos como riqueza o hacienda, ya sea
de personas físicas o jurídicas y procedentes de los ámbitos tanto públicos como privados, lo que incluye a
empresas, organizaciones no lucrativas o países.
Si nos centramos en un enfoque más ligado a la contabilidad, definiríamos el patrimonio como una resta
del activo, que son los recursos que generan beneficio, menos el pasivo, que son las obligaciones y deudas con
las que cuenta la persona o empresa.
3. PATRIMONIO
• Entre las características que tiene el patrimonio podemos destacar las siguientes:
• Debe ser cuantificable, es decir, el patrimonio tiene que poder ser medido. La unidad de
medida más utilizada son las unidades monetarias.
• El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que son propiedad de una
persona o empresa.
• Generalmente la parte de activo del patrimonio puede ser convertido en liquidez por su
propietario. En función del tipo de activos que sean, será más o menos fácil realizar esta
conversión.
• Representa derechos y obligaciones económicas asociadas a su propietario.
• Puede traspasarse entre herederos o entre empresas.
•
CARACTERISTICAS DEL PATRIMONIO
4. PATRIMONIO
Tipos de patrimonio
A continuación te explicamos los diferentes tipos de patrimonio que existen:
•Patrimonio histórico: Es aquel que está relacionado con la historia de un territorio. Por ejemplo, las pinturas
rupestres de una cueva o la Gran Muralla China.
•Patrimonio natural: Tiene relación con aquellos parajes naturales y sus ecosistemas que son característicos y
tienen gran valor ambiental. Por ejemplo, un parque natural.
•Patrimonio material: En este tipo de patrimonio se incluyen los dos anteriores y todo aquello que sea tangible.
Por ejemplo, una casa sería patrimonio material.
•Patrimonio inmaterial: No es posible tocarlo pero está valorado por la sociedad.
• Por ejemplo la cultura de un país.
Patrimonio cultural
Una derivación corriente de este concepto es la de patrimonio
cultural. Esta aplicación del término se dirige a la herencia
cultural de una comunidad o un territorio, es decir, a sus
monumentos históricos, obras culturales, lugares protegidos,
costumbres y tradiciones arraigadas.
5. DERECHOS REALES
Los derechos reales, son los derechos que se constituyen sobre las cosas, en
oposición a los derechos personales que se constituyen sobre las personas
(derechos de hacer, o sobre su patrimonio).
Con la obviedad de que un derecho implica una obligación, hay juristas
para quienes, un derecho real, es en realidad un derecho personal, que
trae la obligación erga omnes (para todos) de respetar ese derecho real.
Los derechos reales no se constituyen sobre todas las cosas, sino sobre
aquellas que son objeto de apropiación, naturalmente eso es un espectro
amplio, por lo que es más fácil enunciar cosas que no son objeto de
apropiación como las estrellas, el sol, los mares, las personas. A
estas cosas que son objeto de apropiación se les denomina "bienes".
Un buen ejemplo de derecho real es el derecho de propiedad sobre
una vivienda, puesto que permite utilizarla, disponer de ella y percibir
sus frutos.
6. DERECHOS REALES
Ejemplos de derechos reales
El derecho real por excelencia es la propiedad. Para el derecho, la propiedad se
compone por tres elementos: el derecho a usar, el derecho a disfrutar y el derecho
a disponer. El derecho a usar no requiere mayor explicación. El derecho a disfrutar,
se refiere a que la persona que lo tiene puede no solo beneficiarse del uso del bien,
sino que también puede aprovechar los frutos (literales como en el caso de las crías
de animales, las cosechas de un terreno o civiles que pueden ser rentas, intereses u
otros pagos producto del bien). Finalmente, el derecho a disponer, que se refiere a la
facultad que tiene el dueño de enajenar o cambiar la naturaleza e incluso de destruir el
bien del cual es propietario.
7. DERECHOS REALES
Ejemplos de derechos reales
El derecho real por excelencia es
la propiedad. Para el derecho, la propiedad se
compone por tres elementos: el derecho a usar,
el derecho a disfrutar y el derecho a disponer.
El derecho a usar no requiere mayor explicación.
El derecho a disfrutar, se refiere a que la persona
que lo tiene puede no solo beneficiarse del uso
del bien, sino que también puede aprovechar los
frutos (literales como en el caso de las crías de
animales, las cosechas de un terreno o civiles que
pueden ser rentas, intereses u otros pagos
producto del bien). Finalmente, el derecho a
disponer, que se refiere a la facultad que tiene el
dueño de enajenar o cambiar la naturaleza e
incluso de destruir el bien del cual es propietario.
Los derechos reales se pueden clasificar de diversas
maneras según la teoría, así como también existen
diversos medios de transmitirlos. Los principales
derechos reales son:
1.La propiedad, misma que ya explicamos.
2.El usufructo, que consiste en el derecho de usar que
se transfiere a un tercero distinto al propietario.
3.La reserva de dominio que es cuando del derecho a
disponer no se transfiere cuando un bien inmueble se
enajena (cambia de dueño).
4.La hipoteca, que es un derecho de garantía, en que
un bien inmueble sirve como respaldo de un crédito
(deuda, obligación, etc.) y si este no se paga
el acreedor podrá poner a la venta (mediante autoridad
judicial) el bien o adjudicárselo (que se habla de su
propiedad).
5.La prenda, que es esencialmente lo mismo que la
hipoteca, únicamente que para los bienes muebles.
6.La servidumbre, que es cuando un bien inmueble
genera una obstrucción para otro bien inmueble, por lo
tanto el propietario del obstructor debe proporcionar
algún derecho de tránsito dentro del mismo, tal es el
caso de las servidumbres de paso, servidumbres de
acueducto, servidumbres de vista, etcétera.