La jurisdicción mercantil en Venezuela se rige por el Código de Comercio de 1955 e incluye tribunales ordinarios de diferentes niveles para resolver disputas relacionadas con actividades comerciales. Los tribunales de primera instancia conocen casos por encima de 15.001 U.T. de valor mientras que los tribunales municipales conocen casos menores. El derecho mercantil venezolano ha evolucionado con leyes especiales para regular diferentes industrias y el Código de Comercio aún está vigente a pesar de su antigüedad.
Conocer la estructura de la jurisdicción Contencioso Administrativa y de los procedimientos que rigen los recursos que se pueden usar contra los Actos Administrativos que afecten o lesionen los derechos o garantías constitucionales;
contenidos en las leyes vinculadas con esta materia
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Derecho Procesal Penal Venezolano. Los recursosCarmen Gil
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela (COPP) está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen los principios fundamentales respecto al alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
Los recursos son actividades procesales que determinan una nueva fase del mismo proceso. Es exigencia de orden público que la Justicia se administre lo más perfecta y garantizadamente posible.
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen el alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
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“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Derecho Procesal Penal Venezolano. Los recursosCarmen Gil
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela (COPP) está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen los principios fundamentales respecto al alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
Los recursos son actividades procesales que determinan una nueva fase del mismo proceso. Es exigencia de orden público que la Justicia se administre lo más perfecta y garantizadamente posible.
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen el alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
El Tribunal Supremo de Justicia, es parte del Sistema de Justicia y órgano rector del Poder Judicial, en consecuencia es su máxima autoridad jurisdiccional y ejerce su dirección, gobierno y administración, con la finalidad de asegurar al justiciable la protección y tutela de sus derechos y garantías constitucionales.
Las Salas que estructuran al Máximo Tribunal de la República son siete (7). Cada una de ellas está integrada por cinco (5) Magistrados o Magistradas, a excepción de la Sala Constitucional que la conforman siete (7) Magistrados o Magistradas. El Tribunal Supremo de Justicia en Pleno está constituido por los treinta y dos (32) Magistrados o Magistrados de las seis (6) Salas.
ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...ENJ
ENJ-2-305: Presentación: "Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral" (Módulos V, VI, VII, VIII y IX) Curso Procedimientos Penales del Juez de Paz I AJP
La jurisdiccion contencioso administrativabravoyorlsis
Origen, definición, aspectos importantes de la ley orgánica, competencias, organización, y características de la jurisdicción contencioso administrativa.
El Tribunal Supremo de Justicia, es parte del Sistema de Justicia y órgano rector del Poder Judicial, en consecuencia es su máxima autoridad jurisdiccional y ejerce su dirección, gobierno y administración, con la finalidad de asegurar al justiciable la protección y tutela de sus derechos y garantías constitucionales.
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Origen, definición, aspectos importantes de la ley orgánica, competencias, organización, y características de la jurisdicción contencioso administrativa.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO MERCANTIL II
CREATEC-CHARALLAVE
ALUMNO: WILFREDO DÍAZ
PROFESOR: JOSÉ MALO
Charallave, julio 2020
NÚCLEO TEMÁTICO V
“JURISDICCIÓN MERCANTIL”
2. Jurisdicción Mercantil
Hablar de jurisdicción mercantil es; adentrarnos en la historia de Venezuela y estudiar cómo fue
ese proceso del Derecho Mercantil, por ejemplo, el primer Código de Comercio data del 15 de
febrero de 1862, con la orientación del Código de Comercio de Francia de 1808 y del español de
1829, en la actualidad Venezuela cuenta con el Código de Comercio de 1955.
La Jurisdicción comercial o mercantil la encontramos en dicho Código en su Art.1082 del Libro
Cuarto y la podemos definir como la facultad del Estado de administrar justicia en materia
comercial, todo lo referente a los actos de comercios objetivos o subjetivos, en fin de conocer de
todas generalidades de las actividades comerciales. El Derecho Mercantil tiene como principio un
contenido público, que es la jurisdicción comercial que le permite al Estado por medio de los
organismos competentes, vigilar el cumplimiento legal
3. Jurisdicción Mercantil
Con respecto a la jurisdicción mercantil, según el poder que ejercen son tribunales ordinarios y
por su jurisdicción se compones por::
Corte de apelación: Compuesta por tres jueces profesionales, conocen en apelación las
sentencias de los tribunales de primera instancia.
Tribunales superiores o de alzada
De primera instancia o inferiores
De municipio
son tribunales unipersonales.
4. Jurisdicción Mercantil
En tanto a la competencia el Art. 1090 del Código de Comercio, nos habla del concomimiento
de todas las controversias relacionadas sobre los actos de comercio entre toda especie de
personas, diferencias en materia marítima, financiera, en otros.
La resolución N° 2018-0013 del 24 de octubre de 2018, publicada en Gaceta Oficial N° 41.620
del 25 de abril de 2019, TSJ modifica las competencias por cuantía para conocer en materia civil,
mercantil, tránsito, bancario y marítimo.
Los tribunales de municipio y ejecutores de medidas conocerán en primera instancia de los
asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda las 15.000 U.T.; y
Los juzgados de primera instancia conocerán de los asuntos que excedan las 15.001 U.T.
5. Características de la Jurisdicción Mercantil
El derecho mercantil venezolano ha ido evolucionando, en primer lugar sus fuente en lo que
respecta al Código de Comercio, con influencia de Francia y España; además la necesidad de
poder legislar en materia especiales como Seguros, la banca, actividades industriales, la ley de
navegación, en fin existen una serie o conjunto de leyes especiales, destinadas a regular la
actividad comercial, como elemento de desarrollo de las instituciones socioeconómicas del país.
Esta evolución hace que el derecho mercantil, ya no sea, el derecho de una clase determinada,
sino que se corresponda con la disciplina que orienta y ordena una determinada actividad, es por
eso su característica es plena en los asuntos que la ley someta a su competencia. Art. 1082 del
Código de Comercio.
Otra de sus principales característica es ejecutar y hacer sus determinaciones.
6. Principales procedimientos que se llevan a cabo ante la
Jurisdicción Mercantil
Referente al procedimiento de la jurisdicción mercantil, se llevara en tribunales ordinarios,
según el Art. 1097 de Código de Comercio.
Las notificaciones se realizan por medio de citas, para la continuación del proceso, igualmente
el juez determina el procedimiento que corresponda; acordando la comparecencia personal, de
testigos y demás diligencias probatorias para esclarecer los hechos, esta jurisdicción es
autónoma, en dichos procedimientos no existen los juicios orales, el juez igualmente busca
simplicidad y rapidez, en busca de la economía procesal.
Con respecto a la apelación de sentencias interlocutorias, tienen 3 días para ser admitida, y las
sentencias definitivas 5 días.
Dicho procedimiento se apoya en el Código de Procedimiento Civil, en caso de existir vacios.
7. Conclusión
El derecho mercantil Venezolano, se encuentra en constante desarrollo y cada día es más
interesante su estudio, todavía me pregunto el porqué un Código de 1955 aún está vigente? Claro
está dicha normativa indica; en casos de vacios, sus fuentes son el Código Civil y el Código de
Procedimiento Civil, igualmente se han aplicado ordenamientos especiales a actividades que
pueden ir más allá que un simple acto de comercio. Así mismo pude verificar lo que indica el Art. 7
del Código de Comercio, ya que considero que un estado no debe ser comerciante o ejecutar
actos de comercios, lo referente al desarrollo de la actividad económica la figura de la sociedad
unipersonal, PDVSA y las demás industrias básicas, la respuesta Art. 341 eiusdem.
En fin con respecto a la Jurisdicción Mercantil, esa característica de conocer todo lo referente
en materia comercial y las actividades especiales, podemos recalcar que dicha jurisdicción es
autónoma.
8. Bibliografía
Código de Comercio. (1955). Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 475. De fecha 23 de julio 1955
Código Civil. (1982). Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 2.990. De fecha 26 de julio de 1982.
Código de Procedimiento Civil. (1990). Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 4.209. De fecha 18 de
septiembre de 1990.
Resolución N° 2018-0013 del 24 de octubre de 2018, publicada en Gaceta Oficial N° 41.620 del
25 de abril de 2019
Dr. Ely Saúl Barbosa Parra El Derecho Mercantil Venezolano y los nuevos conceptos que
inciden en su concepción Mérida, Venezuela
Aula virtual UBA Núcleo Temático V Jurisdicción Mercantil Derecho Mercantil II