Este documento resume la naturaleza y estructura del sistema IURE 2000 utilizado por el Poder Judicial venezolano. Explica que provee seguridad jurídica a los justiciables al estructurar los procesos en tiempos determinados. También describe las divisiones del sistema como la URDD y OAP, y explica que los tribunales pueden ser unipersonales o colegiados dependiendo de la instancia y jurisdicción. Finalmente, resume brevemente las competencias, organización y procesos de los tribunales laborales de acuerdo a la ley venez
Según Couture, en sentido procesal, la prueba es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en un juicio. Desde el punto de vista de las partes, las pruebas es además una forma de crear la convicción del Magistrado.
Para Sentis Melendo, Prueba “es la verificación de las afirmaciones formuladas en el proceso conducentes a la sentencia”
Por Prueba entendemos los hechos personales y materiales en un proceso judicial, y que le sirven al Juez para llegar a la convicción o no de la certeza del hecho desconocido que el va a declarar en su sentencia” (Omar Alfredo Mora Díaz, Derecho Procesal del Trabajo, 2013, Pág. 262)
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
El Domicilio como factor de conexión en el Derecho Internacional Privadocaruciysmary
El Domicilio como factor de conexión en el Derecho Internacional Privado, definición entre otros, ventajas y desventajas de dicho factor de conexión respecto a la nacionalidad, empleando para ello las leyes vigentes en dicha materia, el Domicilio como factor de conexión personal y como criterio atributivo de jurisdicción
Según Couture, en sentido procesal, la prueba es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en un juicio. Desde el punto de vista de las partes, las pruebas es además una forma de crear la convicción del Magistrado.
Para Sentis Melendo, Prueba “es la verificación de las afirmaciones formuladas en el proceso conducentes a la sentencia”
Por Prueba entendemos los hechos personales y materiales en un proceso judicial, y que le sirven al Juez para llegar a la convicción o no de la certeza del hecho desconocido que el va a declarar en su sentencia” (Omar Alfredo Mora Díaz, Derecho Procesal del Trabajo, 2013, Pág. 262)
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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El Domicilio como factor de conexión en el Derecho Internacional Privadocaruciysmary
El Domicilio como factor de conexión en el Derecho Internacional Privado, definición entre otros, ventajas y desventajas de dicho factor de conexión respecto a la nacionalidad, empleando para ello las leyes vigentes en dicha materia, el Domicilio como factor de conexión personal y como criterio atributivo de jurisdicción
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
2. • Naturaleza y Estructura del IURE 2000
Es una plataforma sistemática exclusiva del
Poder Judicial y brinda a los justiciables
seguridad jurídica, debido a que esta
estructurado para que realicen las
actuaciones en un tiempo determinado
Este sistema
sirve para
Usuarios Jueces Abogados
3. • División del IURE 2000
URDD
Es la unidad
receptora de
documentos
OAP
Es la Oficina
de Atención
al Público
La última es donde trabaja el Tribunal es aquella
donde realiza sus actuaciones como son: actos,
actas, sentencias (interlocutorias y definitivas).
4. TRIBUNALES
Se entiende por Tribunal el conjunto de
Magistrados, donde su función es
jurisdiccional en diversos fueros.
Los Tribunales Unipersonales
se conforman por un solo
Juez.
Los Tribunales Colegiados
se conforman por tres o
mas Jueces
5. TRIBUNALES LABORALES
Los Tribunales Laborales tienen la facultad de
conocer los conflictos judiciales surgidos entre
trabajadores y empleadores o patronos, o por
relación del trabajo
LosTribunalesdeTrabajoson
Tribunales de Trabajo que
Conocen en Primera
Instancia
Tribunales Superiores del
Trabajo que conocen en
Segunda Instancia
Tribunal Supremo de
Justicia, en Sala de
Casación Social.
Artículo 14 Ley Orgánica Procesal del Trabajo
6. Organización
Los Tribunales de Trabajo se Organizan :
Primera Instancia
Tribunales de Mediación, Sustanciación,
Ejecución y Juicio del Trabajo. Son
unipersonales y lo conforman un Juez y un
Secretario.
Segunda Instancia
Tribunales Superiores del Trabajo, pueden
ser colegiados (Tres jueces y un
secretario) o Unipersonal como los de
Primera Instancia.
Artículo 15 Ley Orgánica Procesal del Trabajo
7. Competencia de los Tribunales de Trabajo
Facultad para sustanciar y decidir
1. Los asuntos contenciosos del trabajo, que no correspondan a
la conciliación ni al arbitraje como por ejemplo:
competencia para decidir las nulidades de cláusulas de
Convenciones colectivas.
2. Los que se susciten con ocasión de las relaciones de trabajo, los
relacionados con los interese colectivos o difusos
3.Las solicitudes de calificación de despido o de reenganche,
formuladas con base en la estabilidad laboral
4. Las solicitudes de amparo por violación o amenaza de violación
de los derechos y garantías
8. La organización,
atribución y
funciones de la
Defensoría Publica
de Trabajadores, se
determina en la
Ley Orgánica sobre
la Defensa Publica
La situación
procesal que surge
de la pluralidad de
personas, por
efecto de una
acción entablada
judicialmente se
conoce como
Litisconsorcio
“Dos o más personas pueden litigar en un mismo proceso judicial
del trabajo en forma conjunta, sea activa o pasivamente, siempre
que sus pretensiones sean conexas por su causa u objeto”
9. Es el procedimiento que a través del cumplimiento de
ciertas formalidades se logra la composición de las
partes en un conflicto laboral, hasta que se dicta y se
cumple la decisión que sobre el mismo se adopte.
Procesos Alternativos al proceso Judicial
Negociación o
Transacción
Mediación
Conciliación y
el Arbitraje
10. Conoce de oficio o a solicitud de partes los
conflictos colectivos de trabajo que pueden
afectar al sector público y a los servicios
públicos esenciales
El CONAMED (Comisión
Nacional De Mediación)
El SENAMED Servicio
Nacional De Arbitraje Y
Mediación
cuyo objetivo es propiciar la
autocomposición de los conflictos colectivos
de trabajo.
Requisitosparaserárbitro
Nacionalidad Venezolana
Reconocimiento de
Honorabilidad
Abg. De reconocida
competencia en Derecho de
Trabajo
Instituciones Venezolanas
Artículo 140 Ley Orgánica Procesal del Trabajo
11. La recusación es el procedimiento que por
causales determinantes usa la parte contra los
funcionarios ocasiónale según sea el caso
Causales
Los jueces de Trabajo y los funcionarios judiciales deberán
inhibirse o podrán ser recusados por:
Parentesco
Por enemistad
entre el inhibido o
recusado
Por haber dado
amistad o interés
con algunos de los
litigantes
Por prestar
patrocinio a
algunos de los
litigantes
12. Recusación
Inhibición
Se propone personalmente y por escrito ante
el Juez recusado:
Juez de Sustanciación Mediación y
Ejecución , antes de realizar la audiencia
preliminar.
Juez e Juicio, antes de la Audiencia de
Juicio.
Juez Superior, antes de que se efectue la
Audiencia por ante el Tribunal Superior del
Trabajo
el Juez a quien corresponda conocer de la misma,
deberá decidirla dentro de los 3 días hábiles
siguientes al recibo de las actuaciones.
13. Distintas normas aplicadas a este punto
Pruebas
escritas
Exhibición de
documentos
Tacha de
Instrumentos
Copias y
experimentos
Declaración de
parte
Prueba de
experticia
Entre otros…
Ley Orgánica Procesal del
Trabajo Art. 69
Su fin:
acreditar los hechos expuestos por las partes, producir certeza en el
Juez respecto a los puntos controvertidos y fundamentar sus
decisiones.