2. Carrera : Derecho
Asignatura : Derecho Procesal Penal I
Modalidad educativa : Presencial.
Total horas : 68
Horas prácticas : 28
Horas teóricas : 40
Año de la carrera : 2012
Cuatrimestre : Segundo
3. El Derecho Procesal Penal por razones didácticas se enseña en dos programas, el primer
programa se le ha designado como derecho procesal penal Uno (I), conocido o
equivalente a parte General y el segundo programa derecho procesal penal II o parte
procesal.
Es requisito fundamental para cursar esta asignatura haber aprobado Derecho Penal I y
Derecho Penal II.
El actual plan de estudios que adopta la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad
Central de Nicaragua (UCN), tiene como propósito sistematizar el aprendizaje-enseñanza
de sus alumnos, razón por la que ha delimitado la esfera de cada una de esas partes en
que se ha concebido la asignatura Derecho Procesal Penal.
La primera parte de la asignatura del Derecho Procesal Penal I, denominada Derecho
Procesal Penal parte General, consiste en el estudio de las generalidades que rigen a
esta disciplina, algunos de ellos se encuentran recogidos al más alto nivel del
ordenamiento jurídico, es decir en nuestra constitución Política, así como normas básicas
que dirigen el proceso penal.
4. El estudio de la parte General del Derecho Procesal Penal, se abordan temas, que
constituyen la base y fundamento del derecho penal, por tal razón en él, encontramos:
los principios rectores, de la jurisdicción y competencia, las acciones procesales, la
acusación y la querella, los sujetos procesales, los actos procesales, las medidas
cautelares y las pruebas.
Aspectos generales y particulares que ayudan a conocer el ámbito del derecho
procesal penal nicaragüense.
El programa está diseñado para dotar de los conocimientos técnicos procesales que le
proporcione a los estudiantes la aplicación de esos conocimientos procesales y legales
cuando incursionen en el estudio de la parte practica de esta rama del derecho, como
un todo unitario, dirigido a la formación de los estudiante de hoy y futuros juristas, con
las competencias requeridas para insertarse y desarrollar el ejercicio profesional en los
distintos ámbitos que ofrece esta rama del derecho.
5. 1. Promover el respeto a la aplicación de la estricta legalidad Procesal Penal
Nicaragüense.
2. Promover en los estudiantes principios éticos en relación con el correcto ejercicio de
la Materia procesal penal Nicaragüense.
3. Que el estudiante adquiera los conocimientos esenciales para desarrollar de manera
escrita y oral un juicio penal ya sea de un delito grave, menos grave o faltas penales.
6. No. Unidad o tema CT CP Total
I Principios rectores del CPP 6 3 9
II. De la Jurisdicción y Competencia 4 2 6
III. De las acciones procesales 14 8 22
IV. De las partes y sus auxiliaries 4 4 8
V. De los actos procesales 4 4 8
VI. De las medidas cautelares 3 3 6
VII. De las pruebas 5 4 9
40 28 68
Totales
CT: Clases teóricas
CP: Clases prácticas
7. UNIDAD
I
PRINCIPIOS
RECTORES
DEL
CPP
1.1
Los
Principios
del
proceso
penal
1.2
Los
principios
del
procedimiento.
1.3
Principios
relativos
a
las
partes.
UNIDAD
II
DE
LA
JURISDICCIÓN
Y
COMPETENCIA
2.1
Disposicones
Generales.
2.2
De
la
Competencia
2.2.1
Objetiva.
2.2.2
Funcional.
2.2.3
Territorial.
2.3
De
las
cuestiones
de
competencia.
2.4
De
la
Inhibición
y
Recusación.
2.5
Del
Jurado.
UNIDAD
III.
DE
LAS
ACCIONES
PROCESALES
3.1
Del
ejercicio
de
la
acción
penal.
3.2
Manifestaciones
del
criterio
de
oportunidad.
3.3
De
las
excepciones.
3.4
Extinción
de
la
acción
penal.
3.4
De
la
Acusación
y
de
la
Querella.
3.5
Del
ejercicio
de
la
acción
civil
en
sede
penal.
8. UNIDAD IV. DE LAS PARTES Y SUS AUXILIARIES
4.1 Del Ministerio Público.
4.2 Del Acusador Particular y del Querellante.
4.3 Del Imputado y Acusado.
4.4 De los defensores.
4.5 De la victima.
4.6 De la Policia Nacional.
4.7 Del Instituto de Medicina Legal.
4.8 De otros auxiliaries.
UNIDAD V. DE LOS ACTOS PROCESALES
5.1 Disposiciones Generales.
5.2 De los plazos.
5.3 Del control de la duración del proceso.
5.4 Del auxilio entre Autoridades.
5.5 De las notificaciones, citaciones y audiencias.
5.6 De las Resoluciones Jurisdiccionales.
5.7 De la actividad procesal defectuosa.
9. UNIDAD VI. DE LAS MEDIDAS CAUTELARES
6.1 Disposciones Generales.
6.2 De la Prisión Preventiva.
6.3 De las medidas cautelares sustitutivas.
UNIDAD VII. DE LAS PRUEBAS
7.1 Disposiciones Generales.
7.2 Del Testimonio.
7.3 De los peritos.
7.4 De otros medios probatorios.
10. El curso se desarrollará a través de clases teóricas y prácticas. Para obtener una mayor
comprensión del alumno, se proporcionará lecturas especializadas de estrategia
didáctica.
El método diseñado para el desarrollo del curso es el de las clases teóricas dictadas
por el Profesor y la participación del estudiante, cuya intervención es fundamental para
lograr una adecuada interacción que facilitará la solución de casos prácticos, para cuyo
efecto se recurrirá al auxilio de expedientes judiciales previamente escogidos. A esto
se añade la selección de lecturas que permitirán una mayor comprensión de conceptos
y temas específicos.
Se utilizará el sistema de exposición de normas adjetivas penales nicaragüenses,
doctrina general del proceso penal, jurisprudencia y análisis de casuística, con el
parámetro de participación constante, activa y permanente de los estudiantes, con la
finalidad de construir la cátedra en base a sus requerimientos y conocimientos previos.
11. Esta asignatura es cuatrimestral, en tal sentido el sistema de evaluación a seguir
consiste en desarrollar tres exámenes. El valor de cada parcial corresponde a sesenta
puntos y en su transcurso deben acumular cuarenta puntos, ello para cada examen
con la finalidad que al sumar las tres evaluaciones deben acumular cinco ochenta
puntos y los otros ciento veinte puntos en razón de acumulados, lo que debe
proporcionar un gran total de trescientos puntos, los que se dividen entre tres y el
resultado es la nota final. Se recomienda dejar trabajos grupales, que pueden consistir
en investigaciones, exposiciones, debates, discusiones, participación en clase, de tal
forma que les permita acumular al estudiante el puntaje antes determinado, en ningún
caso el valor del examen corresponderá al puntaje máximo, es decir que el estudiante
no se juegue el valor total el examen.
A criterio del profesor, puede realizar pruebas sistemáticas, otorgándoles un puntaje
acumulativo. Ejercer control sobre la asistencia de los alumnos al salón de clases, así
como en la participación cotidiana, en base a los días que le corresponda recibir la
asignatura.
12. Los contenidos deberán ser desarrollados por los alumnos, a efectos de que estos
mejoren y perfeccionen sus habilidades y destrezas de comprensión de lectura y
producción de textos para su discusión. Las estrategias a emplearse son de
metodología activa; por ello se realizan las siguientes actividades:
Se ha implementado medios escritos y audiovisuales, para una mayor comprensión de
las instituciones procesales. Las lecturas tendrán relevancia para la calificación de la
nota práctica. En tal sentido, se ha escogido las siguientes lecturas:
a. Uso permanente de nuestra Legislación adjetiva (Código Procesal Penal,
Constitución Política.)
b. Impresos: Libros, textos, revistas jurídicas.
c. Mecánicos: Data show, papelografos.
d. Los trabajos prácticos, que se orientarán a aplicar los conocimientos a casos
hipotéticos, que se diseñarán para reforzar el aprendizaje.
e. Soporte: Pizarra, mapas conceptuales, mapas semánticos, cuadros sinópticos, etc.
f. Videos: Presunto culpable, El defensor etc.
13. • Código Procesal Penal De Nicaragua.
• Propuestas fundamentales del nuevo Código Procesal Penal de Nicaragua.
Cesar R. Crisóstomo Barrientos.
• Manual de Derecho Procesal Penal Nicaragüense. José María Tijerino.
• La Acusación en el proceso penal nicaragüense. Saúl Araya Matarrita.
• Principios del nuevo Proceso Penal. Cesar R. Crisóstomo Barrientos.
• Preparación del Juicio Oral. Preparación del Juicio Oral.
• Curso de Preparación Técnica en habilidades u destrezas del Juicio Oral.
Fernando Escribano.
• Prontuario en Derecho Procesal Penal Nicaragüense
• Sentencias Penales conforme al Código Procesal Penal. Año 2006.