DERECHO 
INTERNACIONAL 
PRIVADO 
DOMICILIO COMO FACTOR DE 
CONEXION 
Estado 
Capacidad 
Relaciones 
Familiares 
Solución venezolana, parte de los países 
americanos y de los países de Common Law 
Se ajusta mejor a las 
realidades demográficas, 
económicas y sociales. 
El Principio de la 
Nacionalidad 
Principio del 
Domicilio 
Código civil 
Venezolano 
Las disposiciones de la Ley 
referentes al domicilio regulan su 
concepto general, el cual se 
califica a través del término de 
residencia habitual
EL 
DOMICILIO 
Es considerado siempre presente, aunque 
momentáneamente no lo esté, para el ejercicio de 
sus derechos y el cumplimiento de sus 
obligaciones. 
“El domicilio de una persona 
se halla en el lugar donde tiene 
el asiento principal de sus 
negocios e intereses”, 
ARTICULO 
27 CCV 
Los funcionarios públicos, 
eclesiásticos o seculares, 
tienen su domicilio en el 
lugar donde deben 
desempeñar sus funciones, 
no siendo estas temporarias, 
periódicas o de simple 
comisión 
Los militares en servicio activo 
tienen su domicilio en el lugar en 
que se hallen prestando aquél, si 
no manifestasen intención en 
contrario, por algún 
establecimiento permanente, o 
asiento principal de sus negocios 
en otro lugar 
Los transeúntes o las personas 
de ejercicio ambulante, como lo 
s que no tuviesen domicilio 
conocido, lo tienen en el lugar d 
e su residencia actual 
El domicilio de las sociedades, 
corporaciones 
establecimientos y 
asociaciones autorizadas por 
las Leyes o por el Gobierno, 
es el lugar donde está situada 
su dirección o administración 
Los 
incapaces tienen el domicilio de sus 
representantes 
El domicilio que tenía el difunto deter 
mina el lugar en que se abre 
sucesión.
DOMICILIO 
CIVIL 
FIJEZA NECESIDAD UNIDAD 
El domicilio, aunque no es inmutable, es 
la sede jurídica más estable, 
en especial no varía con cualquier cambi 
o de habitación o residencia 
Todas las personas tienen domicilio 
, puesto que adquieren uno en el m 
omento del nacimiento y lo conserva 
n mientras no lo cambien 
A diferencia del Derecho Rom 
ano, el Código Civil 
Venezolano, acoge el principi 
o de la unidad del domicilio ge 
neral, como lo demuestra la 
definición de su Artículo 27, qu 
e se refiere al asiento “principa 
l” de los negocios e intereses 
DANIEL TORRES

Domicilio internacional

  • 1.
    DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO DOMICILIO COMO FACTOR DE CONEXION Estado Capacidad Relaciones Familiares Solución venezolana, parte de los países americanos y de los países de Common Law Se ajusta mejor a las realidades demográficas, económicas y sociales. El Principio de la Nacionalidad Principio del Domicilio Código civil Venezolano Las disposiciones de la Ley referentes al domicilio regulan su concepto general, el cual se califica a través del término de residencia habitual
  • 2.
    EL DOMICILIO Esconsiderado siempre presente, aunque momentáneamente no lo esté, para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. “El domicilio de una persona se halla en el lugar donde tiene el asiento principal de sus negocios e intereses”, ARTICULO 27 CCV Los funcionarios públicos, eclesiásticos o seculares, tienen su domicilio en el lugar donde deben desempeñar sus funciones, no siendo estas temporarias, periódicas o de simple comisión Los militares en servicio activo tienen su domicilio en el lugar en que se hallen prestando aquél, si no manifestasen intención en contrario, por algún establecimiento permanente, o asiento principal de sus negocios en otro lugar Los transeúntes o las personas de ejercicio ambulante, como lo s que no tuviesen domicilio conocido, lo tienen en el lugar d e su residencia actual El domicilio de las sociedades, corporaciones establecimientos y asociaciones autorizadas por las Leyes o por el Gobierno, es el lugar donde está situada su dirección o administración Los incapaces tienen el domicilio de sus representantes El domicilio que tenía el difunto deter mina el lugar en que se abre sucesión.
  • 3.
    DOMICILIO CIVIL FIJEZANECESIDAD UNIDAD El domicilio, aunque no es inmutable, es la sede jurídica más estable, en especial no varía con cualquier cambi o de habitación o residencia Todas las personas tienen domicilio , puesto que adquieren uno en el m omento del nacimiento y lo conserva n mientras no lo cambien A diferencia del Derecho Rom ano, el Código Civil Venezolano, acoge el principi o de la unidad del domicilio ge neral, como lo demuestra la definición de su Artículo 27, qu e se refiere al asiento “principa l” de los negocios e intereses DANIEL TORRES