2. ¿QUÉ VAMOS A ANALIZAR EN ESTA PRESENTACIÓN?
● ¿Qué es el maltrato infantil?
● Tipos de maltrato infantil
● Indicadores de Riesgo del maltrato infantil
● Análisis estadísticos del maltrato infantil
● Actuaciones según tipología de maltrato
● Marco legal de defensa del menor
● Agentes para la prevención e intervención en casos de maltrato infantil
● Protocolo de actuación en un centro escolar
● Protocolo de actuación en el ámbito judicial
● Protocolo de actuación autonómica: Junta de Andalucía
3. ¿QUÉ ES EL MALTRATO INFANTIL?
• Diversas definiciones:
• La OMS: Uso intencional de la fuerza, de
hecho o como amenaza, contra uno
mismo, otra persona, o grupo, que cause o
tenga probabilidades de causar lesiones,
muerte, daños psicológicos, del desarrollo
o privaciones.
• El Centro Reina Sofía: atendiendo a la
acción u omisión) y a su carácter
intencional, y considerando el tipo de
victima (uno mismo, otra persona, un
grupo, etc.) y el tipo de efectos a los que
alude la OMS. Entiende por violencia
cualquier acción u omisión
intencionalmente dañina.
4. En Resumen:
• Abusos y desatención de menores de 18 años que causen o puedan causar
un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su
supervivencia.
5. MALTRATO INFANTIL
Bajo el término genérico de Maltrato Infantil se engloban diversos tipos de situaciones,
diferentes en su detección, etiología y prevención.
Afectan negativamente a la salud física y/o psíquica
del niño/a y comprometen su
adecuado desarrollo.
Sus efectos negativos aumentan en intensidad a
medida que la situación se cronifican o es más severa.
6. Las situaciones de maltrato y abandono infantil se producen muy
frecuentemente en un ambiente privado y en el contexto del domicilio
A continuación se presentan una
serie de factores de riesgo e
indicadores teniendo en cuenta
los tipos de maltrato más
frecuentes
Las tipologías seleccionadas
como indicadores o factores de
riesgo han sido los de
negligencia, maltrato físico,
maltrato emocional y abuso
sexual por ser los más
significativos
INDICADORES DE RIESGO SEGÚN TIPOLOGÍA
8. TIPOLOGÍAS DE MALTRATO INFANTIL
POR EL MOMENTO EN EL QUE SE PRODUCE
Prenatal, cuando el maltrato se produce antes del nacimiento
del niño.
Postnatal cuando el maltrato se produce durante su vida extrauterina.
9. GRÁFICA TIPOS DE MALTRATO
● En esta gráfica se observa el tanto por
ciento de maltrato al menor
dependiendo de su tipología
Siendo
representativo el alto
porcentaje de
maltrato emocional
seguido por el
maltrato físico.
10. La prevalencia real del maltrato infantil es desconocida, ya que la mayoría de
los casos no son detectados.
Diferentes expertos asemejan
la situación a la de un iceberg,
estimando que los casos
detectados serian solo una
parte de los casos reales
LA FRECUENCIA
13. MARCO LEGAL
La base legal para luchar contra el maltrato es la Convención de Derechos del
Niño, en la Constitución, y en la LORPM (Ley orgánica de responsabilidad
penal de los menores) y en la ley educativa.
-LO 8/2013, de 9 de DICIEMBRE, LOMCE basada en el respeto de los
derechos y libertades de la Constitución.
-Ley 26/2015 de 28 de julio, donde se modifica el sistema de protección a la
infancia y a la adolescencia, donde los menores tienen que respetar a los
profesores, empleados de los centros escolares y compañeros
-Plan de Convivencia escolar: Orden del BOJA nº 96 del 21 de mayo de 2015
14. AGENTES PARA LA PREVENCIÓN E
INTERVENCIÓN
-Fiscalía de Protección de Menores
(menores de 14 años)
-LORPM con el derecho penal (Mayores de 14 años)
-Centro escolar: Tutor/a, equipo
educativo, equipo directivo del centro.
-Las familias
15. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN EL CENTRO ESCOLAR
VÍCTIMA AGRESOR MEDIDAS
ORGANIZATIVAS
Reforzar el autoestima Diálogo con el/los
agresor/es sobre su actitud
Cambio de organización
del aula
Atención individualizada
en clase
Dinámica de trabajo en el
grupo-clase
Cambio de grupo
Dinámica de trabajo en el
grupo-clase
Reuniones con las familias Reorganización de
horarios
Programa de apoyo entre
compañeros
Estrategias de
modificación de conducta
Incremento de vigilancia
en pasillos y patios
Reuniones con las familias
para orientar su actuación
y presentar posibles
apoyos externos
Aplicación de programas
de comunicación y
habilidades sociales
Acuerdos entre
profesorado sobre la
actuación en el aula
16. PROTOCOLO EN EL ÁMBITO JUDICIAL
VÍA PENAL
Código Penal:
-Delitos de lesiones
-Amenazas
-Coacciones
-Injurias
-Calumnias
-Agresiones
-Abusos sexuales
-Embaucamiento con fines sexuales a menores de 16 años
-Homicidio doloso, homicidio imprudente, asesinato
17. Vía Administrativa
La Administración como titular de los centros educativos públicos, pueden ser
responsables de los daños causados como consecuencia del acoso.
18. VÍA CIVIL
Responsabilidad civil:
1.- Negligencia o culpa “in vigilando”
*Del profesor
*De los padres de los acosadores
2.- Responsabilidad civil subsidiaria
19. PROTOCOLO ACTUACIÓN DE ACOSO ESCOLAR EN
ANDALUCÍA
1º Identificación y comunicación de la situación
2º Actuaciones inmediatas: reunión tutor/a, equipo directivo, departamento de orientación
3º Medidas de urgencia: para garantizar la seguridad del acosado/a y medidas cautelares
para el acosador/a
4º Reunión con los tutores legales informando sobre la situación adoptado y medidas. Y
al resto del equipo educativo
5º Recogida de información de distintas fuentes
6º Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias
7º Comunicación a la comisión de convivencia del centro y a la inspección educativa
8º Medidas y actuaciones a definir
9º Información a las familias o responsables legales del alumnado de las medidas
definitivas y avance del caso en concreto
10º Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa
ORDEN 20 DE JUNIO DE 2011, BOJA Nº 132, de 7/07/2011
20. CONCLUSIONES
Conocer de forma precisa los indicadores de maltrato y los factores de riesgo que
puedan ser observados desde su trabajo profesional es responder
adecuadamente ante una situación de maltrato y orientar a la familia como debe
responder hacia el menor, Así como conocer la legislación existente sobre
menores y su obligación de denunciar y colaborar en la protección a la infancia.