En esta presentación se definen los principales medios alternativos de solución de controversias y la intervención del Notario Público para llevar a cabo el procedimiento de mediación.
Breve descripcion de los requisitos inherentes al contrato y los vicios que pueden dar lugar a su nulidad o anulabilidad. Un paso somero por los tipos de contratos.
En esta presentación se definen los principales medios alternativos de solución de controversias y la intervención del Notario Público para llevar a cabo el procedimiento de mediación.
Breve descripcion de los requisitos inherentes al contrato y los vicios que pueden dar lugar a su nulidad o anulabilidad. Un paso somero por los tipos de contratos.
Estas diapositivas expresan lo que es la conciliación básicamente en materia civil, Concepto de la conciliación, quien es el conciliador, características que debe tener un conciliador, cuales son sus tareas, clasificación de la conciliación, objetivos dela misma, la conciliación en la República Dominicana y ventajas y desventajas de la conciliación.,
Litigio y medios de solución
Características de la jurisdicción
Deslinde entre jurisdicción y administración
Órganos Jurisdiccionales independientes del poder judicial
Divisiones de la jurisdicción
Competencia
1. La importancia de la Autonomía de la
voluntad en el arbitraje de Derecho
Internacional Privado
2. Es una forma alternativa de resolución de
conflictos, exclusivamente sobre temas
susceptibles de transacción, a través de la
decisión de un tercero particular o
privado, cuya resolución es de carácter
obligatorio para las partes, puesto que éstas
han manifestado previamente su voluntad de
someterse a ella.
3. Para que el arbitraje sea categorizado como
tal, considerado como un equivalente
jurisdiccional y goce de vida propia es
necesario destacar uno de sus componentes:
la autonomía de la voluntad y la libertad de
los que contratan (empresas, abogados y
ciudadanos). Sin libertad no hay
arbitraje, sino que éste nace y permanece en
la voluntad de las partes que son las que
determinan que se opte por esta vía de
resolución de conflictos.
4. El arbitraje, por tanto, encuentra su esencia
en la libertad y en la autonomía de la
voluntad, de modo que los ciudadanos
disponen de esa autonomía, como titulares
de verdaderos derechos subjetivos
privados, para integrar cualquier relación
jurídica que sea de libre disposición
e, incluso, modificarla y extinguirla.
5. La autonomía de la voluntad empieza en la
redacción del acuerdo arbitral, redacción que
puede efectuarse tanto al redactar el contrato
principal y, por tanto, con anterioridad a la
controversia (lo más común), como después
de surgida ésta, por entender las partes que
hay razones para sustraerse de la jurisdicción
estatal y solucionarlo vía arbitraje. Estas
razones suelen ser la rapidez, la eficacia, la
especialización del árbitro y la
confidencialidad.
6. La redacción es importante porque
supone vinculación, es decir, las
partes no pueden desdecirse, salvo
común acuerdo, de su opción por el
arbitraje, decisión basada, en la
autonomía de la voluntad.
7. Decisión tomada en común por varias personas sobre
alguna cosa.
Relación pacífica mantenida entre personas o
países. concordia. desacuerdo.
Documento en el que se exponen las obligaciones y
derechos que aceptan las partes que lo
firman. convenio.
Documento en el que se recogen las obligaciones y
derechos generales que han de tenerse en cuenta al
establecer otros de carácter más concreto.
8. Es el fundamento de obligatoriedad
del procedimiento
arbitral, transfiriendo derechos y
obligaciones de carácter procesal
entre las partes.
10. Cada una de las disposiciones o condiciones
de un contrato, ley, tratado, etc.
11. Es un acuerdo de voluntades que tiene
por objeto prever la solución de un
posible conflicto, mediante un
procedimiento arbitral
12. Es una obligación contraída por medio de
acuerdo, promesa o contrato
13. Las partes someten la resolución de un
conflicto ya existente al arbitraje, creando un
convenio para solucionarlo.
DEBE EXISTIR EL CONFLICTO PARA QUE
EXISTA ESTE
14. Lo celebran las partes y el Arbitro
defendiendo sus derechos y obligaciones del
litigio.
INTERVIENEN LAS PARTES Y NOMBRAN AL
PERITO.