2. EL CONTRATO DE CONSORCIO EN LA LEY GENERAL DE
SOCIEDADES
Artículo 445.-
Contrato de
Consorcio
Artículo 445.-
Contrato de
Consorcio
Artículo 446.-
Afectación de
bienes
Artículo 446.-
Afectación de
bienes
Artículo 448.-
Sistemas de
participación
Artículo 448.-
Sistemas de
participación
Artículo 447.-
Relación con
terceros y
responsabilidades
Artículo 447.-
Relación con
terceros y
responsabilidades
3. contrato de consorcio es aquél por virtud del cual dos o
más personas se asocian para participar en forma activa
y directa en un determinado negocio o empresa con el
propósito de obtener un beneficio económico.
CONTRATO DE CONSORCIO
7. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE UN CONSORCIADO
TIENEN DERECHO:
Mantener su autonomía y la
propiedad de sus bienes.
•Exigir que se cumpla con lo
establecido en el contrato de
consorcio.
•Decidir sobre aspectos que tengan
que ver con el desarrollo de la
actividad comercial.
•Estar debidamente informados de las
operaciones realizadas
independientemente o en forma
colectiva a través del consorciado
operador.
•El reparto de las ganancias producto
del negocio por el cual decidieron
asociarse.
TIENEN DERECHO:
Mantener su autonomía y la
propiedad de sus bienes.
•Exigir que se cumpla con lo
establecido en el contrato de
consorcio.
•Decidir sobre aspectos que tengan
que ver con el desarrollo de la
actividad comercial.
•Estar debidamente informados de las
operaciones realizadas
independientemente o en forma
colectiva a través del consorciado
operador.
•El reparto de las ganancias producto
del negocio por el cual decidieron
asociarse.
ESTAN OBLIGADOS :
•Llevar a cabo las actividades que le
corresponde desarrollar.
•Coordinar su respectiva actividad
con los demás consorciados.
•Asignar los bienes que se requieran
para el desarrollo del consorcio,
conservando la propiedad de los
mismos.
•Cumplir con todos los términos del
contrato.
ESTAN OBLIGADOS :
•Llevar a cabo las actividades que le
corresponde desarrollar.
•Coordinar su respectiva actividad
con los demás consorciados.
•Asignar los bienes que se requieran
para el desarrollo del consorcio,
conservando la propiedad de los
mismos.
•Cumplir con todos los términos del
contrato.
8. FORMALIDAD DE CONTRATO DE CONSORCIO
CONTENIDO DEL CONTRATO DECONTENIDO DEL CONTRATO DE
CONSORCIOCONSORCIO
Los datos de identidad de cada uno
de los participantes.
La decisión de los consorciados de
celebrar el contrato de consorcio.
La finalidad de consorcio.
La duración de consorcio.
Designación de un Administrador y
Operador.
Bienes que asignaran los consorciados
al consorcio.
Monto que cada consorciado recibirá
como producto de las ganancias.
Forma como se afrontara las perdidas
Normas en relación a la adopción de
acuerdos en la administración del
consorcio.
Mecanismo para la solución de
conflictos.
CONTENIDO DEL CONTRATO DECONTENIDO DEL CONTRATO DE
CONSORCIOCONSORCIO
Los datos de identidad de cada uno
de los participantes.
La decisión de los consorciados de
celebrar el contrato de consorcio.
La finalidad de consorcio.
La duración de consorcio.
Designación de un Administrador y
Operador.
Bienes que asignaran los consorciados
al consorcio.
Monto que cada consorciado recibirá
como producto de las ganancias.
Forma como se afrontara las perdidas
Normas en relación a la adopción de
acuerdos en la administración del
consorcio.
Mecanismo para la solución de
conflictos.
TIEMPO EN
CELEBRAR UN
CONTRATO DE
CONSORCIO
CUESTA
CELEBRAR
UN
CONTRATO
DE
CONSORCIO
DEBE
INSCRIBIRSE
EN LOS
REGISTROS
PUBLICOS
10. Contrato de Consorcio sin Contabilidad Independiente
Plazo máximo del contrato de consorcioPlazo máximo del contrato de consorcio
El consorcio es una persona Jurídica IndependienteEl consorcio es una persona Jurídica Independiente
Contrato de consorcio para efectos tributosContrato de consorcio para efectos tributos
Se debe comunicar a la Sunat la celebración del contrato de
consorcio
12. Ingreso y retiro de un Contrato de Consorcio
INGRESO
a) Al firmarse el Contrato, es decir, si
soy parte de ese grupo de personas
que quieren iniciar un Consorcio.
b) Posterior a la firma del Contrato, es
decir, si conozco que ya existe un
Consorcio y me interesa formar parte
de él. En ese caso y si los consorciados
están de acuerdo permitirán mi
ingreso que se formalizará con una
Adenda o bajo otro mecanismo
establecido en el contrato.
.
RETIRO
Un consorciado puede retirarse en
la forma y en los casos que
establezca el contrato.
13. Finalización un Contrato de Consorcio
EL CONTRATO DE CONSORCIO
PUEDE FINALIZAR POR
VARIOS MOTIVOS:
Cuando se cumple el plazo de duración
del Contrato
Si se hace imposible el desarrollo del
negocio para el cual se unieron los
consorciados.
Si las partes del Consorcio se reducen a
una
Por decisión de los Consorciados.
Por conclusión del objeto del contrato
VENTAJAS DEL CONTRATO
DE CONSORCIO
Conviene celebrar un Contrato de
Consorcio
Los regímenes que benefician a los
productores
14. CONCLUSION
Mediante la Ley y Reglamento vigentes, se dispone de manera general que, para
que un consorcio intervenga basta con una promesa formal de consorcio, sin
necesidad de registrar en los registros públicos la que deberá ser formalizada luego
del otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato.
El contrato de consorcio es un contrato asociativo, nominado y típico, de uso
frecuente y a veces irresponsable en procesos de contratación pública.
El contrato de consorcio regula relaciones de participación de empresas que
emprenden, buscan un interés común, que no origina la creación de otra persona
jurídica.
Todos los consorciados participan de manera activa y directa en las actividades
materia del consorcio, manteniendo su autonomía.
.